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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de Santa Fe) en autos caratulados CORIA, LILI ESTHER S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS CUIJ Nº 21-02014653-9, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. CORIA, Lili Esther, DNI Nº 93.718.526, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales. Firmado: Dra. María Esther Mazzarello (Secretaria)

Santa Fe, 08 de Noviembre de 2.019.-

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El señor Juez de Primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en autos caratulados: Expte. N° 970/2010 MENDOZA, JUAN RODOLFO c/LOSTALO MARIA CLARA TERESITA s/Ordinario - Usucapión, a dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 31 de agosto de 2018. (...) Téngase por iniciado Juicio Ordinario de Prescripción Adquisitiva Usucapió, contra Rosa Juana Manzoni en su condición de titular registral y de heredera de Martina Manzoni y los herederos de ésta y de Clara Manzoni, a saber: además de la ya mencionada Rosa Manzoni, Ramón Eudoro Manuel Lostaló, Ramón Manuel Lostaló, Juan Carlos Lostaló y Marta Clara Teresita Lostaló, a quienes se cita y emplaza a comparecer a estar a derecho por es término de 10 días y bajo apercibimientos de rebeldía. Cítese a todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble de referencia por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL, conforme Ley 11.287, y en el diario El Litoral por el término de ley, a fin de que dentro del quinto día de la ultima publicación comparezcan a tomar intervención, bajo apercibimientos de ley. Notifíquese a la Comuna de Arroyo Leyes y a la Provincia de Santa Fe para que tomen la intervención que estimen corresponda. Resérvese en Secretaria la documental acompañada- Notifiquen Alcázar, Furiani, Druetta Nieto, Leizza, Echevarría, Rebechi y/o empleador notificador. Notifíquese. Firmado: Dr. José Ignacio Lizasoain, Juez - Dr. Néstor Antonio Tosolini, Secretario. Santa Fe, Octubre de 2019.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: GUTIÉRREZ, LUIS LEANDRO s/Solicitud propia quiebra (CUIJ: 21-02018181-5) se ha declarado en fecha 13/02/2020 la quiebra de LUIS LEANDRO GUTIÉRREZ, D.N.I. 31.879.497, mayor de edad, empleado, apellido materno NUÑEZ, domiciliado realmente en calle General López 4139 y con domicilio ad lítem constituido en calle Monseñor Zaspe 2670, ambos de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 11/03/2020 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Sindico hasta el día 13/04/2020. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez) - Dr. Gómez (Secretario).

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Por estar así ordenado en los autos caratulados: CORIA, MARCOS PABLO s/Quiebra, C.U.I.J. Nº 21-02017338-6, Año 2019, que se tramitan ante el Juzgado de 1ra. Instancia del Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe, y conforme lo prescripto por el Art. 89 de la Ley N° 24.522, se hace saber que en los autos de referencia ha sido designada en el carácter de Sindico titular en este proceso falencial, la C.P.N. Adriana Raquel Bonaparte, D.N.I. N° 17.009.746, con domicilio constituido en calle Moreno N° 2.407 (3000) Santa Fe, Tel-Cont: (0342) 455-7209, E-mail: abonapar@fce.unl.edu.ar, quién recibirá las solicitudes de verificación de créditos (art. 200 L.C.Q.) en ese domicilio hasta el día de 19 de Marzo de 2.020 inclusive, en el horario de 9,30 a 12,00 hs. Asimismo se informa que el fallido posee C.U.I.L. N° 20-25002633-2. Santa Fe, 6 de Febrero de 2.020. Dra. Pacor Alonso, Secretaria.

S/C 414446 Mar. 2 Mar. 6

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: GONZÁLEZ, MATÍAS FERNANDO s/Solicitud de propia quiebra (CUIJ 21-02016225-9), se ha dispuesto: Santa Fe, 6 de Febrero de 2020. RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Matías Fernando González, argentino, mayor de edad, casado, D.N.I. 32.730.336, apellido materno González, con domicilio real en Monoblock 8, Escalera 15, Piso 1, Departamento 133 del B° FONAVI San Jerónimo y legal en calle General López 2840, Piso 4, Oficina 14 ambos de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar al deudor para que entregue al Sindico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 26 de febrero de 2020 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 25 de marzo de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 08 de abril de 2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 06 de mayo de 2020 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 19 de junio de 2020 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er. párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario) - Dr. Carlos F. Marcolín (Juez).

S/C 414397 Mar. 2 Mar. 6

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: PORTILLO, ELSA GUADALUPE s/Solicitud propia quiebra (CUIJ 21-02016400-7), se ha dispuesto: Santa Fe, 06/FEB/2020. RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de ELSA GUADALUPE PORTILLO, argentina, mayor de edad, viuda, D.N.I. 6.728.623 apellido materno Alegre, con domicilio real en calle Azopardo 2210 y legal en calle Catamarca 3337, ambos de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 12 de febrero de 2020 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 11 de marzo de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 25 de marzo de 2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 22 de abril de 2020 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 05 de junio de 2020 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er. párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario) - Dr. Carlos F. Marcolín (Juez).

S/C 414398 Mar. 2 Mar. 6

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: BRACA, JORGE GABRIEL s/Quiebra (CUIJ 21-02016195-4), se ha dispuesto: Santa Fe, 06/FEB/2020. RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de JORGE GABRIEL BRACA, argentino, mayor de edad, D.N.I. 34.618.803, apellido materno Pérez, soltero, con domicilio real en calle Ricardo Aldao 779 de la localidad de Recreo y legal en calle Francia 1531 PB “1” de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 04 de marzo de 2020 a las 10.00 hs.- 13) Fijar el día 01 de abril de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 15 de abril de 2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.- 15) Señalar el día 13 de mayo de 2020 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 26 de junio de 2020 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 – 3er. párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario) - Dr. Carlos F. Marcolin (Juez).

S/C 414399 Mar. 2 Mar. 6

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: GONZÁLEZ, ADRIANA BEATRIZ s/Quiebra (CUIJ 21-02014849-4), se ha dispuesto: Santa Fe, 06/FEB/2020. RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de ADRIANA BEATRIZ GONZÁLEZ, argentina, mayor de edad, viuda, apellido materno Cuello D.N.I. 14.569.572, con domicilio real en calle Estanislao Zeballos 5359, Depto 4° y legal en calle San Jerónimo 2542, Oficina 3, ambos de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 19 de febrero de 2020 a las 10.00 hs.- 13) Fijar el día 18 de marzo de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 01 de abril de 2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 29 de abril de 2020 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 12 de junio de 2020 para la presentación del Informe General.- Sin previo pago (art. 89 — 3er. párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (secretario) - Dr. Carlos F. Marcolín (Juez).

S/C 414400 Mar. 2 Mar. 6

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: GRANAU, DEBORA GUADALUPE s/Quiebra (CUIJ 21-02015063-4) se ha dispuesto: Santa Fe; 06/FEB/2020. RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de DEBORA GUADALUPE GRANAU, argentina, mayor de edad, D.N.I. 30.452.720, casada, apellido materno Granau, con domicilio real en calle Pasaje Público 475 de la ciudad de Recreo y legal en calle Fray Cayetano Rodríguez 3881 de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder; Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 19 de Febrero de 2020 a las 10.00 hs.- 13) Fijar el día 18 de marzo de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 01 de abril de 2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos.- 15) Señalar el día 29 de abril, de 2020 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 12 de junio de 2020 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (secretario) Dr. Carlos F. Marcolín (Juez).

S/C 414439 Mar. 2 Mar. 6

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: CABIA, DAMIAN TIMOTEO s/Solicitud propia quiebra (CUIJ 21-02016941-6).- se ha dispuesto: Santa Fe, 06/FEB/2020. RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Damián Timoteo Cabla, argentino, mayor de edad, casado, D.N.I. 29.142.287 apellido materno Uriarte, con domicilio real en calle Scalabrini Ortiz 5942 de la localidad de Cabaña Leiva, Provincia de Santa Fe y legal en calle Alvear 3557, Depto. B de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 26 de febrero de 2020 a las 10.00 hs.- 13) Fijar el día 25 de marzo de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 08 de abril de 2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 06 de mayo de 2020 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 19 de junio de 2020 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 – 3er. párrafo Ley 24.522). Fdo.: Dr. Silvestrini (Secretario) – Dr. Marcolin (Juez).

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Por disposición de S.S., Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 18 de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados AGUIAR JOVITA Y MARTÍNEZ LEÓN s/Presunción de Fallecimiento - Expte. Nº 1057/2018 se ha ordenado rifar y emplazar una vez por mes, durante seis meses a los Sres. León Martínez y Jovita Aguiar, último domicilio conocido en la localidad de Ramayón, Departamento San Justo, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en esta causa, bajo apercibimientos de ley. Cítese por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL una vez por mes, durante 6 meses (art. 88 C.C.C.). Cítese asimismo por edictos a publicarse en un diario y/o periódico de circulación local. - Fdo. Laura M. Alessio, Jueza - María Itatí Göhringer, Secretaria. San Justo, 31 de Julio de 2019 - María Alejandra Gioda, Secretaria.

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