picture_as_pdf 2020-02-27

Juzgado de Primera Instancia


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, en los autos caratulados “ALBERTO MARCHIONNI SA C/ FERNANDEZ JULIO CESAR S/ PEDIDO DE QUIEBRA – Hoy Concurso Preventivo” (CUIJ N° 21-02003908-3) se ha dictado Sentencia que en su parte resolutiva dispone: “Santa Fe, 14 de febrero de 2020. AUTOS Y VISTOS: (…) RESUELVO: 1) Dejar sin efecto la sentencia de quiebra dictada en autos, según resolución de fecha 29 de octubre de 2019 (R° 694 del Tº 45 Fº 339/342).- 2) Declarar abierto el concurso preventivo de Julio Cesar Fernandez, argentino, mayor de edad, D.N.I. N° 23.345.140, CUIL N° 20-27345140-5, con domicilio real en Country el Pinar Lote 320 0 de Santo Tome, y legal en calle General López n°2841 de esta ciudad de Santa Fe.- 3) Disponer que seguirá actuando la Síndica designada, la C.P.N. Judit Kofman.- 4) Dejar establecido que se aplicarán al presente, el régimen específico de los “Pequeños Concursos” conforme lo normado por el art. 288, 289 Ley 24.522.- 5) Fijar un plazo de tres días para que el deudor presente al Juzgado los libros que lleve referidos a su situación económica a los fines de que el Secretario coloque nota datada a continuación del último asiento, y proceda a cerrar los espacios en blanco que existieren.- 6) Disponer la inhibición general del concursado, la que se anotará en el Registro General, Registro Público de Comercio, Registro de la Propiedad Automotor, y otros que pudieren corresponder. Se oficiará.- 7) Intimar al deudor a que, dentro de los tres días de notificada esta resolución, proceda a depositar judicialmente la suma de $ 23,800.- para abonar los gastos de correspondencia.- 8) Fijar el día 13/04/20, como fecha hasta la cual podrán los acreedores presentar sus pedidos de verificación al Síndico, conforme lo establecido por el art. 32 L.C.Q.- 9) Fijar el día 28/04/20, como fecha hasta la cual podrán efectuarse las observaciones a los pedidos de verificación (art. 34 L.C.Q.).- 10) Fijar el día 01/06/20, como fecha en la que el Síndico deberá presentar los Informes Individuales de los créditos.- 11) Fijar el día 29/07/20, como fecha en la que el Síndico deberá presentar el Informe General.- 12) Fijar el día 12/08/20, como fecha hasta la cual podrán efectuarse las observaciones al Informe General.- 13) Fijar el día 02/03/21, como fecha de vencimiento del periodo de exclusividad previsto en el art. 43, Ley 24.522.- 14) Fijar el día 23/02/21, a las 10.00 hs., como fecha de realización de la Audiencia Informativa.- 15) Disponer la anotación de la apertura del concurso en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y en los demás que correspondieren, requiriéndose informes sobre la existencia de otros anteriores. Se oficiará al efecto.- 16) Exhortar a todos los Juzgados donde tramiten juicios contra el concursado a los fines de que procedan a su remisión en los términos y con los alcances del art. 21 L.C.Q.- 17) Hacer saber al concursado que no podrá ausentarse del país sin previo cumplimiento de lo prescripto en el art. 25 de la L.C.Q. Practíquense las comunicaciones pertinentes a la Jefatura de Policía de la Provincia de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior de la Nación. Ofíciese.- 18) Disponer la publicación de edictos en la forma prevista por los arts. 27 y 28 L.C.Q., en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe y Diario “El Litoral” de ésta ciudad.- 19) Dejar establecido que las notificaciones a que refiere el art. 26 L.C.Q. se regirán por el régimen del art. 61 del C.P.C.C., aplicable por remisión del art. 278 L.C.Q.- Hágase saber, insértese. Expídase copia para el legajo respectivo. Ofíciese al Registro de Proveedores de la Provincia. Líbrense oficios y exhortos según se ordena, practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos (art. 23, Ley 3.456) y al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas (acordada 195, pto. 2º de la Corte Suprema de Justicia del 19/11/86).- Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.- Firmado: Dra. Viviana Naveda Marcó Secretaria Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena Jueza”. Se hace saber que el domicilio de la Síndica designada autos, C.P.N. Judit Kofman, se encuentra en calle Corrientes N° 3265, Piso 13 "D” de la ciudad de Santa Fe.-

S/C 415225 Feb. 27 Mar. 4

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Por disposición de la OFICINA DE PROCESOS SUCESORIOS (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la Ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: “AUDISIO, JUAN DOMINGO S/ SUCESORIO, CUIJ Nº 21-02014927-9” se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de JUAN DOMINGO AUDISIO, L.E. Nº 2.440.366, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo.: Dra. María Esther Mazzarello (Secretaria).

Santa Fe, 2019

$ 45 414565 Feb. 27

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TOSTADO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL


Por disposición del Juzgado de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado en autos caratulados: ARCE, EULOGIO ANTONIO s/Sucesorio - CUIJ Nº 21-26210979-5, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios de Eulogio Antonio Arce, DNI N° 6.317.290, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo: Dra. Marcela Barrera. Secretario Dra. Hayde María Regonat. Juez.

Tostado, 12 de diciembre de 2019. Dr. Tailleur, Secretario Subr.

$ 45 414193 Feb. 27 Mar. 4

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 11 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de san jorge, en autos: FERNANDEZ ISABEL HILARIA s/Sucesorio (Expte. CUIJ N° 21-26259269-0), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante Isabel Hilaria Fernández, D.N.I. Nº 2.314.071, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibición en los Estrados Judiciales. San Jorge, 30 de Diciembre de 2019. Marta Burgi de Oregioni, Secretaria.

$ 45 414500 Feb. 27 Mar. 11

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito nº 11 de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Jorge, en los autos caratulados: Expte. N° 1406 año 2018 - ANTUÑA GUSTAVO CLAUDIO s/Sucesorio, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GUSTAVO CLAUDIO ANTUÑA - D.N.I. Nº 12.592.565, con último domicilio en 25 de Mayo 317 de Cañada Rosquín, fallecido el 23/07/2018 en San Jorge, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo apercibimientos de ley, los que se publican a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados Judiciales. Fdo.: Dra. Burgi - Secretaria; Dr. Zoso - Juez. San Jorge, 4 de Febrero de 2020. Marta Burgi de Oregioni, Secretaria.

$ 45 414914 Feb. 27 Mar. 4

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral con sede en la ciudad de San Jorge (SF) y el los autos caratulados: PIACENTINI HUGO OSCAR s/Sucesorio - Expediente N° CUIJ: 21-26259610-6, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Piacentini, Hugo Oscar, DNI 6.295.414 para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibición en los Estrados Judiciales. San Jorge (SF) 6 de Febrero de 2020. Dra. Alberto, Prosecretaria.

$ 45 414453 Feb. 27 Mar. 11

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Jorge, en autos: MEYER, LAURA BEATRIZ s/Sucesorio - C.U.I.J. N° 21-26259717-9; se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de la causante Laura Beatriz Meyer, Doc. D.N.I. N° 29.056.110, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos legales. Se publica en BOLETÍN OFICIAL y se exhibe en estrados del Juzgado. San Jorge, 30 de Diciembre de 2019. Dra. Alberto, Prosecretaria.

$ 45 414236 Feb. 27 Mar. 4

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 11 en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Jorge, en autos caratulados: SCIOLLA, EVE TERESA CAROLINA s/Sucesorio - CUIJ: 21-26258847-2, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Sciolla, Eve Teresa Carolina, D.N.I. N° 00.752.251, para que comparezcan a estar a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. San Jorge, 16 de Diciembre de 2019. Marta Burgi de Oregioni, Secretaria.

$ 45 414283 Feb. 27 Mar. 4

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 11 de la ciudad de San Jorge, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Idelfonso José Rolando, DNI N° 6.298.740, para que dentro del término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: ROLANDO IDELPONSO JOSÉ s/Sucesorio - CUIJ 21-26259357-3. Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley eb ek BOLETÍN OFICIAL. San Jorge, 27 de Diciembre de 2019. Dra. Alberto, Prosecretaria.

$ 45 414453 Feb. 27 Mar. 11

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CERES

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaría única de la ciudad de Ceres, en autos caratulados: PAGLIANO LUIS DECIDERIO s/Sucesorio, CUIJ 21-17428228-2, se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se creyeran con derechos sobre los bienes del causante, don LUIS DECIDERIO PAGLIANO, D.N.I. N° 7.112.498, para que comparezcan a éste Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del termino y bajo apercibimientos de ley. Ceres, 6 de Febrero de 2020. Dra. Palacios, Secretaria.

$ 45 414442 Feb. 27

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En los autos caratulados: MARTINOTTI ADA MARÍA S/Sucesorio - 21-17428190-1 que se tramitan por ante el Juzgado de Pra. Instancia de Distrito N° 10 en lo C. C. y L. de Ceres, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y quienes se consideren con derechos sobre los bienes dejados por la Sra. Ada María Martinotti, argentina, nacida en Ceres, Santa Fe el 11 de marzo de 1946 y fallecida en Santa Fe el día 02 de mayo de 2012, DNI N° 5.212.244, para que comparezcan a hacer valer los mismos dentro de los 30 días de la publicación del presente. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día. Ceres, 26 de Diciembre de 2019. Dra. Viviana Gorosito Palacios, Secretaria.

$ 45 414307 Feb. 27

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Cristóbal (SF), Dra. Graciela V. Gutscher - Secretaría única a cargo del Dr. Leandro Carlos Buzzani, se hace saber por este medio que en los autos caratulados: TAVELLA NOMAR JORGE AGUSTÍN c/CASTILLO RAÚL CARMELO y/ Otros s/Prescripción Adquisitiva 21-26135121-5 (Expte. N° 1068- Año 2.014), se ha dictado Sentencia, la cual en su parte resolutiva reza: San Cristóbal, 23 de setiembre de 2019. VISTOS:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Hacer lugar a la demanda declarando adquirido por usucapión la fracción de terreno descripta a fs. 169 conforme al plano de Mensura acompañado aprobado, cuya copia obra a fs 5. Dominio Inscripto por ante el Registro Gral. de la Propiedad bajo el N° 061770, Folio 1064, Tomo 168 Par, San Cristóbal. Partida para el pago del Impuesto Inmobiliario N° 07-01-00-034096/0009-9. 2) Previo pago de honorarios y aportes de ley, inscríbase el dominio a favor del actor Nomar Jorge Agustín Tavella, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad de Santa Fe y/o a las reparticiones públicas provinciales, municipales y/o comunales que correspondan, según considerandos precedentes. 3) Imponer las costas a la demandada, a cuyos efectos difiero la regulación de los honorarios profesionales. Provisoriamente las costas causadas por la actuación del Defensor de Ausente deberán ser soportadas por la parte actora, sin perjuicio de la oportuna repetición. Insértese el original, agréguese copia, hágase saber y oportunamente archívese. Fdo.: Dr. Leandro Carlos Buzzani - Secretario; Dra. Graciela V. Gutscher - Jueza. San Cristóbal, de Febrero de 2.020 .Fdo.:Dr. Leandro Carlos Buzzani.-

Secretario.

$ 198 414903 Feb. 27 Mar. 4

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 10 en lo Civil, Comercial y Laboral - San Cristóbal - (Pcia. de Santa Fe), en los autos caratulados: BALSUAR 3 SRL c/BARONI RUBÉN HUGO s/Ejecutiva 21-22865933-6, se dispuso lo siguiente: San Cristóbal, 02 de Julio de 2019. Agréguese la cédula y la publicación de edictos que acompaña. Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declárase rebelde a los herederos del demandado fallecido. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma proscripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Notifíquese. San Cristóbal, 6 de Agosto de 2019. Dra. Giampietri, Secretaria.

$·45 414532 Feb. 27 Feb. 28

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 10 en lo Civil, Comercial y de Faltas sito en Avda. de Los Trabajadores Ferroviarios N° 1233 de ésta ciudad de San Cristóbal, Departamento homónimo, de la Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados como: MUNICIPALIDAD DE SAN CRISTÓBAL c/FONTANELLAZ, LIDIA MABEL DE y Otros s/Apremios - Circuito - Expte. C.U.I.J. N° 21-22866928-5 AÑO 2019, que se tramitan por ante éste Juzgado, se ha ordenado lo siguiente: San Cristóbal, 21 de Noviembre de 2019. Téngase presente lo manifestado y por promovido juicio de apremio contra Lidia Mabel de Fontanellaz y/o quien resulte titular y/o responsable de pago de la liquidación de deuda acompañada, correspondiente al inmueble ubicado en calle Pringles N° 524, de ésta ciudad, e identificado en el pto. III. 1) Hechos del escrito de demanda, por cobro de la suma de pesos treinta mil doscientos setenta y cinco con cincuenta y seis centavos ($ 30.275,56.-) en concepto de Tasa General de Inmuebles Urbanos la suma total de $ 17.736,79, correspondiendo la suma de $ 1.017,96, por saldo de convenio y la suma de $ 16.718,83, por períodos adeudados, y en concepto de Contribución de Mejoras Obra: Red de Captación de Aguas Servidas Sistema no convencional: $ 12.538,77, conforme las liquidaciones que se acompañan y obran agregadas a autos (fs. 6 y 20), con más intereses y costas. Cítese y emplácese al accionado para que dentro de los 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en las puertas del Juzgado y el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 Ley 5066). Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de titularidad del demandado, por la suma demandada con más el 50% en concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Requiérase la información que solicita, oficiándose a tales fines a la Administración Provincial de Impuestos, delegación San Cristóbal y a la Dirección Provincial de Catastro, autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. A lo demás oportunamente y de corresponder. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifiquen Rossi y/o la oficial notificadora. Notifíquese. Fdo.: Dra. Claudia M. Giampietri – Secretaria – Dr. Germán Ariel Vivas, Juez. San Cristóbal, 18 de Diciembre de 2019.

S/C 414412 Feb. 27 Mar. 2

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito N° 10 en lo Civil, Comercial y de Faltas sito en Avda. de Los Trabajadores Ferroviarios N° 1233 de ésta ciudad de San Cristóbal, Departamento homónimo, de la Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados como: MUNICIPALIDAD DE SAN CRISTÓBAL c/QUIROZ, SANTOS s/Apremio Municipal” - Expte. C.U.I.J. N° 21-22866951-9 AÑO 2019, que se tramitan por ante éste Juzgado, se ha ordenado lo siguiente: San Cristóbal, 06 de Diciembre de 2019. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado, que en fotocopias se agrega a autos, previa certificación por la actuarla, devolviéndose el original al interesado. Acuérdasele la participación de ley. Por promovido juicio de apremio contra Santos Quiroz y/o quien resulte propietario y/o responsable de pago de la liquidación de deuda acompañada, correspondiente al inmueble ubicado en calle Hipólito Irigoyen al 400 (lote 11, manzana 34), de ésta ciudad, e identificado en el pto. III) HECHOS del escrito de demanda, por cobro de la suma de pesos veintitrés mil doscientos veintisiete con siete centavos ($ 23.227,07.-) en concepto de Tasa General de Inmuebles Urbanos, conforme la liquidación que se acompaña y agrega a autos, con más intereses y costas. Cítese y emplácese al accionado para que dentro de los 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en las puertas del Juzgado y el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 ley 5066). Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de titularidad del demandado, por la suma demandada con más el 50% en concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorizase al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Requiérasela información que solicita, oficiándose a tales fines a la Administración Provincial de Impuestos, delegación San Cristóbal y a la Dirección Provincial de Catastro, autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifíquen Rossi y/o la oficial notificadora. Notifíquese. Fdo. Dra. Claudia M. Giampietri – Secretaria. Dr. Germán Ariel Vivas, Juez.

S/C 414413 Feb. 27 Mar. 2

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Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 10 en lo Civil, Comercial y de Faltas sito en Avda. de Los Trabajadores Ferroviarios N° 1233 de ésta ciudad de San Cristóbal, Departamento homónimo, de la Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados como: MUNICIPALIDAD DE SAN CRISTÓBAL c/QUIROZ, SANTOS y Otros s/Apremio Municipal, Expte. C.U.I.J. Nº 21-22866950-1 año 2019, que se tramitan por ante éste Juzgado, se ha ordenado lo siguiente: “San Cristóbal, 06 de Diciembre de 2019. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado, que en fotocopias se agrega a autos, previa certificación por la actuaría, devolviéndose el original al interesado. Acuérdasele la participación de ley. Por promovido juicio de apremio contra Santos QUIROZ y/o quien resulte propietario y/o responsable de pago de la liquidación de deuda acompañada, correspondiente al inmueble ubicado en calle Hipólito Irigoyen esq. Laprida (lote 12, manzana 34), de ésta ciudad, e identificado en el pto. III) HECHOS del escrito de demanda, por cobro de la suma de pesos veintinueve mil ciento catorce con sesenta y siete centavos ($ 29.114,67.-) en concepto de Tasa General de Inmuebles Urbanos, conforme la liquidación que se acompaña y agrega a autos, con más intereses y costas. Cítese y emplácese al accionado para que dentro de los 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Sin perjuicio de las notificaciones dispuestas, notifíquese al accionado mediante la publicación de edictos en las puertas del Juzgado y el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 28 Ley 5066). Bajo exclusiva responsabilidad del peticionante, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, si fuere de titularidad del demandado, por la suma demandada con más el 50% en concepto de intereses y costas futuras. A esos fines: ofíciese. Autorízase al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Requiérase la información que solicita, oficiándose a tales fines a la Administración Provincial de Impuestos, delegación San Cristóbal y a la Dirección Provincial de Catastro, autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifiquen Rossi y/o la oficial notificadora. Notifíquese. Fdo.: Dra. Claudia M. Giampietri - Secretaria. Dr. Germán Ariel Vivas - Juez.

S/C 414411 Feb. 27 Mar. 2

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de San Cristóbal, en los autos caratulados: Expte. N° 42/2019 - DÍAZ OSVALDO RAMÓN s/Declaratoria de herederos, se cita y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante DÍAZ OSVALDO RAMÓN, D.N.I. N° 6.297.061, para que dentro del término y apercibimiento de ley hagan valer sus derechos. Se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en las Puertas del Juzgado. San Cristóbal, 30 de Abril de 2019. Fdo: Ricardo Ruiz Díaz, Secretario y Graciela V. Gutscher, Jueza.

$ 45 414884 Feb. 27

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El Juzgado de Distrito Judicial N° 10 de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Cristóbal, a cargo de la Dra. Graciela V. Gutscher (Jueza), Dr. Ricardo Ruiz Díaz (Secretario), hace saber que en autos caratulados hace saber que en los autos caratulados: MASSERA, CARLA GUADALUPE s/Quiebra (CUIJ Nº 21- 26139257-4), ha resultado sorteada Sindica la C.P.N. Teresa Zulema Marin, con domicilio legal en Caseros N° 633 de San Cristóbal, cuyo horario de atención al publico es lunes a viernes de 17 a 20 horas. Publíquese edictos durante 5 días es el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el art. 89 de la L.C.Q. Fdo.: Dr. Ricardo Ruiz Díaz (Secretario) - Santa Fe, 3 de Febrero de 2020. Dr. Buzzani, Secretario.

S/C 414086 Feb. 27 Mar. 4

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