SECRETARIA DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
RESOLUCIÓN Nº 0017
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,
12/02/2020
VISTO:
Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la renovación de antecedentes de varias firmas proveedoras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 307/19, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO
DE CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
RESUELVE:
ARTICULO 1: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: ALAM-CO S.A. CUIT N.º 30-70892221-4; ARIES INGENIERÍA S.A. CUIT N.º 30-70928251-0; CABANELLAS & CIA S.A.C.I. CUIT N.º 30-50081389-6; CANTERAS SAN NICOLÁS S.R.L. CUIT N.º 30-56717574-6; CVT S.A. CUIT N.º 30-70999671-8; NECOD ARGENTINA S.R.L. CUIT N.º 30-68629797-3; “OCASA” de ORGANIZACIÓN COURIER ARGENTINA S.A. CUIT N.º 30-66204961-8.
ARTICULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: B. BRAUN MEDICAL S.A. CUIT N.º 30-69074787-8.
ARTICULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 30447 Feb. 17 Feb. 18
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RESOLUCIÓN Nº 0018
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,
12/02/2020
VISTO:
Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de dos (02) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 307/19, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
RESUELVE:
ARTICULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: BIOINGEPRO S.R.L. CUIT N.º 30-70971598-0; REARTE EDGARDO DANIEL CUIT N.º 20-28157769-8.
ARTICULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: DROGUERÍA DEL SUD S.A. CUIT N.º 30-53888062-7; DROGUERÍA BIOMEDIC S.R.L. CUIT N.º 30-71530843-2; M2 CONSTRUCCIONES S.A. CUIT N.º 30-71232617-0; RIOS DORA GLADYS CUIT N.º 27-14765531-8.
ARTICULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 30448 Feb. 17 Feb. 18
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EMPRESA PROVINCIAL
DE LA ENERGÍA
RESOLUCIÓN N° 040
SANTA FE, 03-02-2020
VISTO: El Expte. Nº 1-2018-912.402-EPE. (2 Cuerpos), en cuyos obrados recayó la Resolución N° 527/19 que aprobó el nuevo Régimen de Abastecimiento y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras para la Explotación del Servicio Público de Venta de Electricidad de esta EPESF; y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 704/19 se dispuso prorrogar la entrada en vigencia de la normativa citada;
Que las modificaciones efectuadas en la estructura primaria de la Empresa con la designación de sus responsables, durante el período establecido para adecuar las normas correspondientes, tornaron imposible completar la totalidad de reformas necesarias para su implementación;
Que a fs. 252 la Gerencia General, solicita el dictado del acto administrativo que mantenga la vigencia de la Resolución N° 005/99 y sus modificatorias hasta el 31-03-2020, período que servirá para la adecuación normativa por parte de las áreas competentes;
Que a tenor de lo expuesto, el nuevo régimen aprobado por la Resolución N° 527/19 comenzará a regir a partir del día 01 de Abril del corriente;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones establecidas en los Artículos 6º y 17º de la Ley Orgánica Nº 10014 y delegación efectuada por el Decreto N° 0018/2019 del Poder Ejecutivo Provincial;
EL INTERVENTOR DE LA
EMPRESA PROVINCIAL DE
LA ENERGIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establecer como fecha de entrada en vigencia del Régimen de Abastecimiento y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras para la Explotación del Servicio Público de Venta de Electricidad de esta EPESF, aprobado por la Resolución N° 527/19, el 01 de Abril del corriente.
ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
S/C 30445 Feb. 17 Feb. 18
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