picture_as_pdf 2020-02-12

SUBSECRETARÍA DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 0013


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,

06/02/2020

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 307/19, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTICULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: CAFARO COC Y DANILO S.R.L. CUIT N° 30-71186256-7.

ARTICULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: AR FIX S.R.L. CUIT N° 30-70930243-0; “DROGUERIA SAUCE VIEJO” DE EGGEL ABEL OMAR CUIT 20-20254253-1; HORMIGONES RIO SALADO S.A. CUIT N° 30-71134842-1; POSE S.A. 30-70910712-3.

ARTICULO 3: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de nueve (09) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: EMSADE S.A. CUIT N° 33-70838459-9.

ARTICULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 30432 Feb. 12 Feb. 13

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RESOLUCIÓN Nº 0012


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,

06/02/2020

VISTO:

El informe elevado por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de una (01) firma; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que la misma ha cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCYGB N.º 170/19, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 0063/19;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro de Beneficiarios para Compras Menores y Excepciones de la Provincia de Santa Fe, por el término de treinta y seis (36) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: QUESADA BRITOS EMMANUEL CUIT N° 20-34299182-4.

ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 30431 Feb. 12 Feb. 13

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TRIBUNAL DE CUENTAS


RESOLUCIÓN Nº 0004 - TCP


SANTA FE, 6 de febrero de 2019

VISTO:

El expediente n.º 00901-0095595-5, del Sistema de Información de Expedientes - Tribunal de Cuentas de la Provincia, iniciado por la Presidencia del Órgano de Control Externo con motivo de la declaración por parte del Gobierno Nacional y Provincial al año 2020, como “Año del General Manuel Belgrano”, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Nº 2, de fecha 2 de enero de 2020 el Poder Ejecutivo Nacional declara al presente año como el “Año del General Manuel Belgrano”, disponiendo en su artículo 2º que toda documentación oficial de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, así como los Entes autárquicos dependientes de ésta, deberá llevar la leyenda: “2020 – AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO”;

Que por el artículo 3º del mencionado decreto se encomienda la realización de acciones tendientes a destacar, rememorar y reflexionar sobre la figura de Manuel Belgrano y su legado, y en su artículo 4º se invita a los Gobiernos Provinciales y a la ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a sus disposiciones;

Que con la firma del Decreto Nº 0004 el Gobernador de la Provincia de Santa Fe, adhiere al Decreto Nacional Nº 2/20, y dispone en su artículo 2º que durante el presente año, toda la documentación oficial de la Administración Pública Provincial comprendida en los alcances del Artículo 4º inciso A) Apartado 1.- Subapartados I. y II. e Inciso B) de la Ley Nº 12510, deberá llevar al pié la leyenda “2020 – AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO”;

Que por el artículo 4º del mencionado decreto provincial, se invita a los Poderes Legislativo y Judicial, como así también a los municipios y comunas de la Provincia, a adoptar medidas de similar tenor a las allí establecidas;

Que a los conceptos vertidos sobre la figura del prócer, por el Presidente de la República Argentina y el Gobernador de la Provincia de Santa fe, en los Considerandos de sendas disposiciones ut supra mencionadas son compartidos por el Cuerpo Colegiado y se dan por reproducidos en su totalidad;

Que Manuel Belgrano encabeza la lista de patriotas que se destacaron desde los inicios de la Revolución de Mayo, formando parte de la Primera Junta de Gobierno;

Que el prócer estuvo íntimamente vinculado con la Provincia de Santa Fe en dos etapas de su vida: la expedición al Paraguay y la creación de la Bandera;

Que por las razones expuestas, el Tribunal de Cuentas entiende procedente y trascendente adherir a las disposiciones del Decreto Nº 2/20 del Poder Ejecutivo Nacional y del Decreto Nº 0004/20 del Gobernador de la Provincia de Santa Fe.

Por ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 192º, segundo párrafo ab initio de la Ley Nº 12510 y lo resuelto en Reunión Plenaria de fecha 6-2-2020, registrada en Acta Nº 1665;

EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE

LA PROVINCIA

RESUELVE:

Artículo 1º:Adherir a las disposiciones contenidas en el Decreto Nº 2/20 del Poder Ejecutivo Nacional y en el Decreto Nº 0004/20 suscripto por el Gobernador de la Provincia de Santa Fe, por los cuales se declara el año 2020 como “Año del General Manuel Belgrano”.

Artículo 2º: Disponer durante todo el año 2020, en el ámbito de este Órgano de Control Externo, la adecuación de todos los formularios vigentes y en uso, folletería, publicaciones web y toda otra documentación, a los que se deberá agregar al pié la leyenda: “2020 – AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO”.

Artículo 3º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, a través de la Dirección General de Informática en el sitio Web de este Tribunal de Cuentas; notifíquese a las H. Cámaras Legislativas, comuníquese en Novedades Intranet TCP a los estamentos internos, y; luego, archívese.

S/C 30433 Feb. 12 Feb. 14

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ANEXO: Partido Democrata Cristiano - Santa Fe