picture_as_pdf 2020-02-03

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

MANUEL ANTONIO SUAREZ


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados (CUIJ 21-01972311-6); BERTOLIO, MABEL NELIDA (L.C. 4.408.458) c/Otros DNI 10.383.695, DNI 6.124.187, L.C. 1.532.683) s/División de Condominio (Ordinario), que se tramitan por ante el Juzgado autorizante se ha resuelto que el Martillero Público Manuel Antonio Suarez CUIT N° (23-07635208-9), proceda a vender en pública subasta, la que se realizará en las puertas del Juzgado de Circuito de la ciudad de Coronda el día 19 de Febrero de 2020 a las 10:00 horas, o el día hábil siguiente a la misma hora, si aquél resultare feriado. El bien saldrá a la venta con la base del avalúo fiscal o sea $ 294.531,48, de no existir postores seguidamente con la retasa en un 25% o sea $ 220.898,61 y de persistir la falta de oferentes, a continuación sin base y al mejor postor. El siguiente bien inmueble inscripto al Tomo 155 Par, Folio 1783, N° 111288, Tomo 157 Par, Folio 941, N° 45083, Tomo 139 Par, Folio 774. N° 20482, Tomo 106 Impar, Folio 192, N° 1821 Bis, Tomo 46, Folio 61, N° 43958, todos del Departamento San Jerónimo cuya descripción según título es la siguiente: Un inmueble ubicado en Distrito Arocena, Departamento San Jerónimo, Provincia de Santa Fe, el que según plano confeccionado por el Ingeniero Jorge R. Betemps, en el mes de Mayo de mil novecientos sesenta y nueve e inscripto en el departamento Topográfico de la Dirección General de Catastro bajo el Número cincuenta y siete mil seiscientos ochenta y dos, este inmueble se designa como lote “A1” y “A2” y en conjunto miden: Ochocientos Cincuenta y dos metros sesenta y seis centímetros en el lado Norte linea B-C; por donde linda con Carlos Botolotto, Arroyo Colastine en medio; dos mil trescientos treinta y cinco metros treinta centímetros en el lado oeste linea A-B por donde linda con Luciano Fernández; cuatrocientos treinta y dos metros cuarenta centímetros en el lado Sud línea A-III por donde linda con Clorinda Giménez Melo de Maggi, camino público en medio, el lado Este es una línea quebrada que mide: seiscientos ochenta y nueve metros cuarenta y cuatro centímetros, Línea III-I; y cuatrocientos veinte metros sesenta centímetros linea I-II por donde linda con el lote B adjudicado a Miguel Angel Momo; mil seiscientos cuarenta y ocho metros cuarenta y ocho centímetros línea II-C por donde linda con parte de ciento sesenta y nueve hectáreas, cuarenta t tres áreas, noventa y ocho centiareas y cuarenta decímetros cuadrados. Informa Registro General: que el inmueble se encuentra inscripto a nombre del actor y demandados en estos autos. No posee Embargos. No posee hipotecas. No posee Inhibiciones. Subsiste Declaratoria de Herederos a nombre de uno de los co-demandados en autos (DNI Nº 10.383.695) y no se registran sobre los derechos y acciones que le corresponden al declarado heredero. Informa API: que la partida N° 11-10-00-151705/0002-8 que posee una deuda de $ 5.857,78 al 15/08/2019. Informa Comuna de Arocena: que al no posee deuda al 01/08/2019. Informa SCIT: que se deberá proceder a regularizar el estado parcelario. Informa la Sra. Jueza Comunal de Arocena: (...), a los 23 días del mes de Diciembre del año dos mil diecinueve, (...), me constituí en el lugar indicado y pocedí a realizar la Constatación Judicial solicitada: se trata de un campo de 169ha. Que linda al sur en parte con el camino público, y en parte (422m) con lote del Sr. (...), al Este en parte del Sr. (...), (685m) y el resto con campo del Sr. (...), Al Norte es atravesado por el Arroyo Colastiné, por lo que sus linderos se encuentran sin delimitar. Cuenta con un alambrado perimetral de 5 hilos, en regular estado de conservación en sus costados Oeste y Sur. Mientras que en su costado Este existe un alambrado que lo separa del campo del Sr. (...), y prosigue esa línea hasta cercanías del Arroyo Colastiné marcando casi la mitad del campo en su ancho. Cuenta con un molino con tanque bebedero, una tapera y un galpón en mal estado de conservación. Un porcentaje indeterminado de la totalidad del campo es terreno inundable. Los títulos no fueron presentados pero se encuentra agregada a estos autos copia simple de los mismos por lo que quien resulte comprador deberá conformarse con las constancias de autos, no admitiéndose reclamo alguno por falta o insuficiencia de los mismos. Condiciones de venta: Quien resulte comprador, el día de la subasta deberá abonar el 10% en concepto de seña y a cuenta del precio en dinero en efectivo o en cheque certificado de cualquier entidad bancaria con más el 3% en concepto de comisión de ley del martillero actuante en dinero en efectivo., (...), El adquirente deberá efectivizar el pago del saldo de precio indefectiblemente dentro de los 5 (cinco) días de aprobada la subasta, mediante depósito en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Agencia Tribunales. Caso contrario, devengará un interés a la tasa que se estableció en la sentencia dictada en autos, desde la fecha de la subasta hasta su efectivo pago. Asimismo deberá constituir domicilio en jurisdicción del juzgado como así también indicar número de documento de identidad, estado civil y domicilio real, bajo apercibimiento de dar por notificadas las sucesivas providencias en la forma y oportunidad previstas por el Art. 37 del C.P.C. y C. Hágase saber que no se acepta compra en comisión. Si se tratare de una sociedad, deberá acompañar estatutos y poder para comprar. Para el caso que el adquirente planteare la nulidad de la subasta, deberá integrar el saldo de precio a las resultas de la decisión sobre el planteo nulificatorio. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL, el que se exhibirá en el hall de planta baja de estos Tribunales (ley 11.287), en los que constará que el comprador deberá conformarse con los títulos o constancias de autos y que después del remate no se admitirá reclamación alguna por insuficiencia o falta de título, (...), Hágase saber que de corresponder el pago del IVA - que no está incluido en el precio- sera a cargo del comprador y se depositará en el acto del remate en cuenta judicial del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Agencia Tribunales, para estos autos y a la orden de este juzgado. Que aprobada el acta de remate, deberá depositar el saldo de precio en efectivo en moneda legal vigente (pesos), bajo los apercibimientos establecidos en el art. 497, primer párrafo del C.P.C.yC. Se hace saber que los impuestos y tasas son a cargo del comprador a partir de la aprobación de la subasta y que el mismo deberá hacerse cargo de los gastos que irrogue la inscripción del dominio a su nombre. Informes en Secretaría del Juzgado o al Martillero, T.E. 03496-423558 o 03496 - 15462596 de Lunes a Jueves en el horario de 17:00 a 19:00 hrs. Santa Fe, 26 de Diciembre de 2019. Firmado: Dra. María Ester Noe de Ferro, secretaria.

$ 480,60 413252 Feb. 3 Feb. 5

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