picture_as_pdf 2020-02-03

REGISTRADA BAJO EL N° 13963


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1.- Declárase con carácter de Fiesta Provincial, a la actual "Peña Solidaria de la Asociación de Bomberos Voluntarios de San Guillermo", que se realiza en el mes de febrero de cada año, en la ciudad de San Guillermo, departamento San Cristóbal.

ARTÍCULO 2.- Declárase a la ciudad de San Guillermo, departamento San Cristóbal, como sede permanente de la Fiesta Provincial de la Peña Solidaria de la Asociación de Bomberos Voluntarios de San Guillermo.

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

DR. MARIO GÓNZALEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

3 ENE. 2020


De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

ESTEBAN RAÚL BORGONOVO

Ministro de Gobierno, Justicia,

Derechos Humanos y Diversidad

30335

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