picture_as_pdf 2020-01-30

SANCHEZ RAMIRO JOSE SAS


SUBSANACIÓN


Para dar cumplimiento al trámite de autorización administrativa ante la Inspección General de Personas Jurídicas de la Pcia de Santa Fe, se hace saber por un día el siguiente edicto. Subsanación: Los únicos socios RAMIRO JOSÉ SANCHEZ y MARTÍN SANCHEZ, por reunión de socios unánime del día 13 de Diciembre de 2019 deciden subsanar la sociedad que gira bajo la denominación SANCHEZ, RAMIRO JOSE - SANCHEZ, MARTIN SOCIEDAD SIMPLE, conforme, Art. 25 LGS, adoptando el tipo social de sociedad por acciones simplificada, cuyas referencias se detallan:

1) Socios: el Sr. RAMIRO JOSE SANCHEZ, argentino, nacido el 3 de Febrero de 1975, titular del documento nacional de identidad número 24088585, CUIT 23-24088585-9, de profesión médico, domiciliado en la calle Salta 2428 6to. piso B de Rosario, casado en primeras nupcias con Melina Judith Cejas, y MARTIN SANCHEZ, argentino, nacido el 6 de Junio de 1970, titular del documento nacional de identidad número 21412509, CUIL 23-21412509-9, de profesión médico, domiciliado en la calle San Martín 2963, 3er piso Dto. 11 de la ciudad de Santa Fe, casado en segundas nupcias con María Cecilia Cere.

2) Socios que ejercen receso y/o que Ingresan: ninguno.

3) Denominación: SANCHEZ RAMIRO JOSE SAS, quien resulta la continuación jurídica de la sociedad no constituida regularmente SANCHEZ RAMIRO JOSE - SANCHEZ MARTIN SOCIEDAD SIMPLE, CUIT Nº 30-71549986-6.

4) Domicilio: Salta 2428 6to. piso B de Rosario, Prov. de Santa Fe.

5) Objeto Social: 1) La prestación por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros de servicios relacionados con la salud brindados por médicos y profesionales de la salud, 2) La realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: compra, venta, permuta, locación, administración y toda otra transacción lícita sobre bienes inmuebles propios o de terceros. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

6) Plazo de duración: 99 años desde la fecha de inscripción en el Registro Público.

7) Capital Social: $ 200.000 (Pesos doscientos mil).

8) Administración y representación: a cargo de una a dos personas humanas, socios o no. Se deberá designar por lo menos, un administrador suplente mientras las sociedad carezca de órgano de fiscalización. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Duran en el cargo hasta que se designen sus reemplazantes. Primer órgano de administración y representación: Administrador Titular: Ramiro José Sánchez, DNI 24088585. Administrador Suplente: Melina Judith Cejas, 25036339.

9) Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

$ 95 412837 En. 30

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AMARU S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: AMARU S.A. s/Designación de Autoridades; (Expte. N° 2764 - Año 2019), de tramite por ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber: Designación de Gerentes: Por acta de Asamblea General Ordinaria unánime (Art. 237 L.S.C.) de fecha 27 de Noviembre de 2019, la totalidad de los accionistas que representan el cien por ciento del capital social de la entidad AMARU S.A., C.U.I.T. N° 30-71461465-3, con domicilio social en zona rural de la localidad de Cayastá, Provincia de Santa Fe, inscripta en el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, bajo el N° 687, F° 116 del Libro 12 de Estatutos de Sociedades Anónimas, en fecha 11 de Diciembre de 2014, han resuelto -por unanimidad- proceder a la reelección de los miembros del Directorio por el período estatutario, el que estará integrado de la siguiente forma: Presidente: José Alcides Spalletti, argentino, casado, mayor de edad, D.N.I. N° 14.214.820, C.U.I.T. N° 20-14214820-0, con domicilio especial constituido (Art. 256 LGS) en zona rural de la localidad de Cayastá, Provincia de Santa Fe; Director Suplente: José Luis Spalletti, argentino, soltero, mayor de edad, D.N.I. N° 31.385.472, C.U.I.L. N° 20-31385472-9, con domicilio especial constituido (Art. 256 LGS) en en zona rural de la localidad de Cayastá, provincia de Santa Fe, quienes aceptaran sus designaciones y prestaran su conformidad mediante las firmas insertas por ellos al pie del Acta de Asamblea General Ordinaria unánime supra referida. Lo que se publica a los efectos legales. Santa Fe, 18 de Diciembre de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 45 412843 En. 30


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COMPAÑÍA GENERAL DE HACIENDA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados COMPAÑÍA GENERAL DE HACIENDA S.R.L. s/Modificación al Contrato Social; (Expte. N° 2.763 - Año 2019), de trámite por ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber: Cesión de cuotas: Por instrumento privado de fecha 19 de Noviembre de 2019 el Sr. LEONARDO FASANO, argentino, nacido el 02 de Julio de 1984, divorciado en primeras nupcias de Luciana Anali Iglesias, de apellido materno Angeloni, comerciante, D.N.I. N° 30.792.105, C.U.I.T. N° 20-30792105-8, con domicilio en calle Padre Carlos Tibaldo N° 2878 de la ciudad de San Justo, Pcia. de Santa Fe cedió por la cantidad de $ 10.000 al Sr. SANTIAGO FASANO, argentino, nacido el 10 de Diciembre de 1977, soltero, de apellido materno Angelóni, comerciante, D.N.I. N° 26.099.690, C.U.I.T. N° 20-26099690-9, con domicilio en calle Independencia N° 2.667 de la ciudad de San Justo, Pcia. de Santa Fe, cuarenta (40) cuotas de capital representativas de $ 4.000, de las que tiene en la sociedad COMPAÑÍA GENERAL DE HACIENDA S.R.L., C.U.I.T. N° 30-70894179-0, con sede social en calle Independencia N° 2667 de la ciudad de San Justo, Pcia. de Santa Fe, inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, bajo el N° 1322, F° 318 del Libro 15 de S.R.L., en fecha 03 de Agosto de 2004 (Legajo N° 6157). Asimismo los socios titulares de la totalidad de las cuotas sociales que representan el cien por ciento (100%) del capital de la entidad precitada han resuelto por unanimidad modificar la cláusula Cuarta del contrato social a fin de adecuar la misma a la cesión de cuotas sociales, estableciéndose la redacción definitiva de dicha cláusula, en los siguientes términos: Cuarta: El capital social se fija en la suma de Pesos Doscientos Mil ($ 200.000), representado por doscientas (200) cuotas de capital de pesos un mil ($ 1.000) cada una, el cual se encuentra integrado en su totalidad. Las cuotas de capital quedan subscriptas en la siguiente proporción: Santiago Fasano, ciento cuarenta (140) cuotas representativas de ciento cuarenta mil pesos ($ 140.000) y Leonardo Fasano, sesenta (60) cuotas representativas de sesenta mil pesos ($ 60.000). Las cuotas sociales no podrán ser cedidas a terceros extraños sino en la forma prevista en el Art. 152 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, ó sea con el acuerdo de los socios que representen tres cuartas partes del capital cuando la Sociedad tuviera más de cinco socios y por unanimidad cuando tuviera cinco o menos. Las cuotas deben ser ofrecidas previamente a los consocios, quienes tienen prioridad de compra. Lo que se publica a los efectos legales. Santa Fe, 16 de Diciembre de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 96 412844 En. 30

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FASANO S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados FASANO S.R.L. s/Modificación al Contrato Social; (Expte. Nº 2.762 - Año 2019), de trámite por ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber: Cesión de cuotas; Por instrumento privado de fecha 19 de Noviembre de 2019 el Sr. HERNÁN MARTÍN IGLESIAS, argentino, nacido el 17-08-1976, casado en primeras nupcias con María Laura Fabbro, apellido materno Chartier, comerciante, D.N.I. N° 25.326.088, C.U.I.T. N° 20-25326088-3, con domicilio en calle Urquiza N° 2553, de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, cedió por la cantidad de $ 100.000 al Sr. SANTIAGO FASANO, argentino, nacido el 10-12-1977, soltero, de apellido materno Angeloni, comerciante, D.N.I. Nº 26.099.690, C.U.I.T. N° 20-26099690-9, con domicilio en calle Independencia N° 2.667 de la ciudad de San Justo, Pcia. de Santa Fe, mil (1.000) cuotas de capital representativas de $ 100.000, de las que tiene en la sociedad FASANO S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71456148-7, con sede social en calle Independencia N° 2950 de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, inscripta en fecha 22-05-2014, bajo el N° 474, Fº 82, Libro 18 de S.R.L. (Legajo N° 7822 del Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe; y la Sra. LUCIANA ANALÍ IGLESIAS, argentina, nacida el 05-11-1981, divorciada en primeras nupcias de Leonardo Fasano, apellido materno Chartier, abogada, D.N.I. N° 29.095.177, C.U.I.T. N° 27-29095177-7, con domicilio en calle Independencia N° 2950, de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, cedió por la cantidad de $ 100.000 al Sr. LEONARDO FASANO, argentino, nacido el 02-07-1984, divorciado en primeras nupcias de Luciana Analí Iglesias, de apellido materno Angeloni, comerciante, D.N.I. N° 30.792.105, C.U.I.T. N° 20-20792105-8, con domicilio en calle Independencia N° 2.667 de la ciudad de San Justo, Pcia. de Santa Fe, mil (1.000) cuotas de capital representativas de $ 100.000, de las que tiene en la sociedad FASANO S.R.L., C.U.I.T. N° 30-71456148-7, con sede social en calle Independencia Nº 2950 de la ciudad de San Justo, Provincia de Santa Fe, inscripta conforme a lo expresado supra. Asimismo los socios titulares de la totalidad de las cuotas sociales que representan el cien por ciento (100%) del capital de la entidad precitada han resuelto por unanimidad modificar los Articulos 4° y 7° del contrato social a fin de adecuar los mismos a la cesión de cuotas sociales, y designar nuevo Socio Gerente de la sociedad por el término de duración de la misma, estableciéndose la redacción definitiva de dichos artículos, en los siguientes términos: Artículo 4°: Capital Social: El capital social se fija en la suma de Pesos Doscientos Mil ($ 200.000), representado por doscientas (200) cuotas de capital de pesos un mil ($ 1.000) cada una, el cual se encuentra integrado en su totalidad. Las cuotas de capital quedan subscriptas en la siguiente proporción: Leonardo Fasano, cien (100) cuotas representativas de cien mil pesos ($ 100.000) (50% del Capital Social) y Santiago Fasano, cien (100) cuotas representativas de cien mil pesos ($ 100.000) (50% del Capital Social). Las cuotas sociales no podrán ser cedidas a terceros extraños sino en la forma prevista en el Art. 152 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, ó sea con el acuerdo de los socios que representen tres cuartas partes del capital cuando la Sociedad tuviera más de cinco socios y por unanimidad cuando tuviera cinco o menos. Las cuotas deber ser ofrecidas previamente a los consocios, quienes tienen prioridad de compra.

Artículo 7°: Administración: La administración, dirección y representación legal de la sociedad, así como el uso de la firma social estará a cargo de un socio designado Gerente. Para el uso de la firma social deberá anteponer a la suya personal la denominación de la sociedad con el aditamento -Socio Gerente-. El socio designado gerente podrá ser relevado de su cargo por mayoria absoluta de capital subscripto. De no mediar tal circunstancia desempeñará sus funciones durante el plazo de duración de la sociedad. En el ejercicio de la administración podrá celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al objeto social, entre ellos constituir toda clase de derechos reales, permutar, ceder, celebrar contratos de locación y rescindirlos, nombrar agentes, otorgar poderes generales y especiales a favor de cualquiera de los socios o terceras personas para representarla en todos los asuntos judiciales, extrajudiciales y/o administrativos de cualquier fuero o jurisdicción que ellos fueren, tomar dinero en préstamo, garantizando o no con derechos reales, aceptar prendas o constituirlas y cancelarlas, adquirir o ceder créditos, comprar y vender bienes muebles e inmuebles, derechos y acciones, permutar, dar y recibir en pago, cobrar y recibir, efectuar pagos, transacciones, realizar todo acto o contrato por el cual se adquieran o enajenen bienes, contratar o subcontratar cualquier clase de negocio, solicitar créditos, abrir cuentas corrientes y efectuar toda clase de operaciones con los bancos de la Nación Argentina, Banco Hipotecario S.A., Nuevo Banco de Santa Fe S.A., y cualquier otro banco nacional, provincial, municipal, o privado, del país o del extranjero, constituir hipotecas y/o prendas de acuerdo con las disposiciones legales vigentes en la forma y condiciones que considere más convenientes, haciéndose constar que la presente reseña es meramente enunciativa, pudiendo en consecuencia ejercer todas las facultades para administrar y disponer de los bienes sociales, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme al Art. 375 y 1191 del Código Civil y Comercial de la Nación y Art. 9 del decreto-ley 5965/63. El Socio Gerente no podrá comprometer la firma social en negociaciones ajenas al giro comercial, tampoco podrá otorgar o constituir fianzas, garantías o avales, a favor de terceros, que comprometan a la sociedad. Para todo acto de disposición respecto de los bienes inmuebles y para la constitución de derechos reales sobre ellos, se requerirá resolución con el voto favorable unánime de los socios. Designación de Gerente: Los socios deciden por unanimidad designar como gerente al Sr. Leonardo Fasano. Lo que se publica a los efectos legales. Santa Fe, 16 de Diciembre de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 198 412842 En. 30

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LOS ROBLES SERVICIOS

AGROPECUARIOS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados LOS ROBLES SERVICIOS AGROPECUARIOS SRL s/Modificación al Contrato Social; (CUIJ 21-05202080-5), de trámite por ante el Registro Público, se hace saber que por instrumento privado de fecha 24/10/2019 celebrado en la ciudad de El Trébol (SF), se ha procedido a la cesión de cuotas sociales y a modificar el contrato social de acuerdo al siguiente detalle:

1) Cesión de Cuotas: GRISELDA PILAR PAVARIN, cede y transfiere a MARCELO ANTONIO TURLETTI, DNI 18.111.071, y este adquiere la cantidad de 4.000 cuotas sociales representativas de Cuarenta mil pesos ($ 40.000) del Capital Social, y ALEJANDRO MIGUEL MENNA, cede y transfiere a EMILIO ARIEL CARDINI DNI 26.407.246, y este adquiere la cantidad de 4.000 cuotas sociales representativas de Cuarenta mil pesos ($ 40.000) del Capital Social. Ambas cesiones en conjunto representan el total de la participación que ambos cedentes tienen y les corresponde en la sociedad, libre de todo gravamen y de restricción alguna.

2) Modificación Artículo 4º del Contrato Social: Con la cesión acordada, se procede a modificar el artículo Cuarto del Contrato Social, el que quedará redactado así: Cuarta: Capital. El capital social se fija en la suma de pesos Ochenta mil ($ 80.000) dividido en Ocho mil (8.000) cuotas de pesos diez ($ 10) de valor nominal cada una, las que se encuentran totalmente suscriptas por cada uno de los socios, según el siguiente detalle: Marcelo Antonio Turletti Cuatro mil ($ 4.000) cuotas representativas de pesos Cuarenta mil ($ 40.000) del Capital Social y Emilio Ariel Cardini Cuatro Mil ($ 4.000) cuotas representativas de pesos diez. Cuarenta mil (40.000) del Capital social. Las cuotas se integran en un 25% en dinero efectivo. La integración del saldo se deberá realizar dentro de un plazo máximo de dos años computados a partir de la fecha de inscripción de la sociedad, en oportunidad que sea requerido por la reunión de socios.

3) Modificación Cláusula 5ª: Se procede a reformar el artículo Quinto del Contrato Social, que refiere a la administración y representación y uso de la firma social, adaptando la referencia normativa al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, quedando redactado así: Quinta: Administración y representación. Uso de la Firma Social. Fiscalización: La administración, dirección y marcha de los negocios sociales estará a cargo de los señores Marcelo Antonio Turletti y Emilio Ariel Cardini, en carácter de socios gerentes; gozando del uso de la firma social en forma individual e indistinta. En el uso de sus atribuciones los socios gerentes podrán realizar todos los actos, contratos y negocios que resulten ser propios de sus actividades, siéndoles absolutamente prohibido comprometerla en fianzas o garantías por operaciones ajenas a la sociedad bajo pena de responder personalmente por los daños y perjuicios que ocasionaren a la sociedad. En el ejercicio de la administración los socios gerentes están facultados para realizar cualquier operación con bancos oficiales y/o privados, instituciones de créditos, comprar, vender o gravar bienes muebles e inmuebles, semoviente, constituirse en acreedores prendarios, otorgar poderes especiales o generales, demandar o contestar demandas, y otra actividad y/o acto relacionado con la marcha de la administración social, inclusive los previstos en el artículo 375 del Código Civil y Comercial y 9° del decreto-ley 5965/63, con la especial constancia que la anterior especificación es meramente enunciativa y no limitativa. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios conforme lo dispone el artículo 55 de la ley Nº 19550, reformada por ley Nº 22903.

4) Modificación Cláusula 11ª: Se procede a reformar el artículo Décimo Primera del Contrato Social, eliminándose la figura del representante de los herederos: Décima Primera: Fallecimiento o incapacidad. La sociedad no se disolverá por muerte o incapacidad de alguno de los socios. En tales circunstancias los socios restantes podrán: a) resolver por mayoría de votos representativos del capital social, la disolución y liquidación de la sociedad en la forma prescripta en la cláusula duodécima; b) continuar con la sociedad, pagando a los herederos o representantes legales del socio, en su caso lo que a aquél le corresponde en la sociedad; c) continuar con el giro social, con los herederos o representantes legales del socio fallecido o incapacitado, quienes deberán en tal caso unificar la representación. Asimismo se procedió a ordenar el texto del contrato social. Conste, Santa Fe, 9 de Diciembre de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 207 412868 En. 30

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ANTONIO AGROPECUARIA S.A.


ESTATUTO


A los fines dispuestos por el Art. 10 de la ley 19550, se hace saber que en fecha 18/10/2019 se ha resuelto constituir una sociedad anónima denominada ANTONIO AGROPECUARIA S.A., la que estará integrada por: Roberto Antonio La Mattina, argentino, nacido el 9 de Marzo de 1970, DNI Nº 21.557.059, CUIT 20-21557059-3, casado, empresario, domiciliado en calle García del Cossio 2198 bis, lote 124 de Rosario, Provincia de Santa Fe, Juan Cruz La Mattina, argentino, nacido el 8/7/1998, DNI Nº 41.342.906, CUIT Nº 20-41342906-5, soltero, empleado, domiciliado en calle García del Cossio 2198 bis, lote 124 de Rosario, Provincia de Santa Fe y Maximiliano La Mattina argentino, nacido el 16/9/1993, DNI Nº 37.450.642, CUIT N° 20-37450642-1, soltero, martillero público, domiciliado en calle García del Cossio 2198 bis, lote 124 de Rosario, Provincia de Santa Fe. La sociedad tendrá por objeto, realizar por cuenta propia o de terceros: a) la explotación de establecimientos agrícolas, ganaderos, avícolas, frutícolas, forestales, y/o de granja en campos propios o arrendados a terceros; b) dar en arrendamiento campos propios. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Podrá contratar profesionales facultados para realizar las tareas propias del objeto que así lo requieran. Los administradores podrán ejercer los actos propios relativos al objeto social desde la fecha de la constitución. El plazo de duración será de 99 años, contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Rosario. El capital social es de $ 250.000, dividido en doscientas cincuenta mil acciones de un peso de valor nominal cada una; la sociedad prescinde de la sindicatura. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 55 ley 19.550. La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros titulares que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes durarán en sus funciones hasta tres ejercicios. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección. Los directores en su primera sesión deben designar un presidente y cuando el directorio fuera plural, podrán designar un vicepresidente, este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento. El directorio funciona con un quórum representado por la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. La Asamblea fija la remuneración del directorio. El Directorio estará compuesto: Roberto Antonio La Mattina, Director titular y Presidente; Juan Cruz La Mattina, director titular; Maximiliano La Mattina, director titular, Andrea Fabiana Antebi, DNI N° 20.598.667, directora suplente. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio y en su reemplazo, al Vicepresidente en caso de ausencia o impedimento del presidente. La fecha de cierre del ejercicio es el 31 de Mayo de cada año.

$ 99 413017 En. 30

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AGRO LORETO S.A.


ESTATUTO


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber por el término de un día que por Acta de Asamblea de fecha 15 de Noviembre de 2019, se nombró amplió el Directorio de AGRO LORETO S.A., y se designó a sus integrantes para los próximos tres ejercicios, quedando el mismo compuesto de la siguiente manera:

Presidente: Joaquín Amuchástegui, argentino, nacido el 21/02/1969, D.N.I. 20.298.430, C.U.I.T. 20-20298430-5, de profesión comerciante, casado, con domicilio real en la calle Ernesto Palacio N° 9266 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Vicepresidente: Tomás Alfonso Casey, argentino, nacido el 25/03/1968, D.N.I. 20.195.134, C.U.I.T. 20-20195134-9, de profesión comerciante, casado, con domicilio real en la calle Pellegrini N° 2045 de la ciudad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe.

Suplente: Fabián Eugenio Sturzenegger, argentino, nacido el 26/09/1961, D.N.I. N° 14.650.117, C.U.I.T. N° 20-14650117-7, de profesión Ingeniero Agrónomo, casado, con domicilio real en la calle Iturraspe N° 1184 de la ciudad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe.

$ 45 413020 En. 30

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BMR MANDATOS Y NEGOCIOS S.A.


DESIGNACIÓN DE DIRECTORIO


Se hace saber que la Sociedad BMR MANDATOS Y NEGOCIOS Sociedad Anónima, que gira con domicilio en la ciudad de Rosario, con Estatutos inscriptos en el Registro Público de Comercio de Rosario en fecha 20 de Octubre de 2008, al T° 89, F° 11.827, N° 634, por resolución adoptada por sus integrantes en Asamblea Ordinaria de fecha 23 de Agosto del año 2019 en forma unánime, han acordado la designación Directores de BMR MANDATOS Y NEGOCIOS S.A., de acuerdo al siguiente detalle:

Designación de Directorio: Compuesto por los siguientes Directores y distribuidos de la siguiente manera: Presidente: Sr. GUSTAVO G. ASEGURADO, D.N.I. 20.031.898; Director Titular: Sr. GUIDO F. BOGGIANO, D.N.I. 28.059.111; Director Titular: Dr. FERNANDO J. LUCIANI, D.N.I. 27.539.900; Director Suplente: Sr. FERNANDO J. STAFFIERI, D.N.I. 30.685.270.

Todos ellos constituyeron domicilio especial (Artículo 256 L.S.) en calle San Martín 730 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 45 412985 En. 30

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BARRANCAS INDUMENTARIA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En la ciudad de Rosario, Santa Fe, a los 16 días de Setiembre de dos mil diecinueve, se reúnen, LILIANA RAQUEL CAMOZZI, DNI 6.207.780, CUIT 27-06207780-3 y VIRGINIA IMPERATRICE, apellido materno Camozzi, DNI 26.066.781, CUIT 27-26066781-0; únicos integrantes de la sociedad BARRANCAS INDUMENTARIA S.R.L., CUIT 30-70783162-2 y BALLATORE SERGIO LUIS, DNI 24.479.651, CIUT 20-24479651-7; todos hábiles para contratar convienen por unanimidad:

a) ratificar la oferta/ cesión gratuita de la totalidad de las cuotas sociales de la sociedad BARRANCAS INDUMENTARIA S.R.L., que posee LILIANA RAQUEL CAMOZZI a favor de VIRGINIA IMPERATRICE y que surgen por instrumentos públicos ante la Escribana titular registro 736 Dra. Moira Maini mediante acta Nº 401, folio 405 folia notarial Nº 02394330 de fecha 15 de Setiembre de 2011 y mediante acta Nº 244, folio 245, folia notarial Nº 2517381 de fecha 7 de Junio de 2019.

b) modificar la cláusula sexta ampliando el número de gerentes, quedando redactada de la siguiente manera: Sexta: Administración, dirección y representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas en forma indistinta con el aditamento de “Gerente”, precedida de la denominación social. En este acto se designa como Gerentes a la Sra. VIRGINIA IMPERATRICE y a la señora LILIANA RAQUEL CAMOZZI. Los gerentes en cumplimiento de sus funciones podrá efectuar suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de sus funciones, podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos 375 del Código Civil y decreto 5965/63, artículo 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

c) modificar la cláusula segunda de contrato social de la empresa, quedando redactada de la siguiente manera: Segunda: Domicilio: La sociedad tendrá su domicilio legal en Güemes 2063 piso 10 Dpto. 2 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier parte del país.

d) VIRGINIA IMPERATRICE vende, cede y transfiere a SERGIO LUIS BALLATORE, la cantidad de cuatrocientos cincuenta (450) cuotas de diez pesos ($ 10) cada una y que suman un monto total de pesos cuatro mil quinientos ($ 4.500). La cesión se realiza por un monto de pesos cuarenta y cinco mil ($ 45.000), Modificar la cláusula quinta del contrato social de la sociedad, quedando redactada de la siguiente forma: Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos noventa mil ($ 90.000), el que se encuentra dividido en nueve mil (9.000) cuotas de pesos diez ($ 10) cada una, suscripta por los socios como sigue: la señora VIRGINIA IMPERATRICE pesos ochenta y cinco mil quinientos ($ 85.500) representado por ocho mil quinientas cincuenta (8.550) cuotas de capital de pesos diez ($ 10) cada una y el señor SERGIO LUIS BALLATORE pesos cuatro mil quinientos ($ 4.500) representado por cuatrocientos cincuenta (450) cuotas de capital de pesos diez ($ 10,00) cada una.

$ 115 413031 En. 30

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COMPLEMENTOS N.Y. S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Prórroga de la Sociedad: Mediante reunión de socios de fecha 10 de Septiembre de 2019, se ha resuelto por unanimidad prorrogar la vigencia de la sociedad por un (1) año a contar desde el vencimiento del contrato, 11 de Septiembre de 2019. por lo que se ha resuelto modificar la cláusula quinta del mismo, la que en su nueva redacción se transcribe: Quinta: El plazo de duración de la sociedad será de once años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

Designación de la representación social: En reunión de socios de fecha 26 de Diciembre de 2019 se conviene designar al Sr. Rodolfo Francisco Marottoli, argentino, D.N.I. N° 23.185.352, nacido el 20 de Febrero de 1973, comerciante, casado en primeras nupcias con Romina Andrea Navarta, con domicilio en calle Candelaria N° 2223 de la localidad de Funes, como gerente de la firma.

Determinación de la sede social: En reunión de socios de fecha 25 de Diciembre de 2019 se conviene establecer la sede social en calle Candelaria N° 2223 de la ciudad de Funes, Provincia de Santa Fe.

$ 45 412997 En. 30

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COMPAÑÍA DE NEGOCIOS INDUSTRIALES Y COMERCIALES CONICO S.A.


MODIFICACIÓN DE DOMICILIO


Se hace saber, con relación a COMPAÑÍA DE NEGOCIOS INDUSTRIALES Y COMERCIALES CONICO S.A., que conforme lo resuelto en Acta de Directorio de fecha 27 de Noviembre de 2019, se ha resuelto disponer la modificación de domicilio de la sede social a calle Dorrego 1638 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 45 413037 En. 30

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CAUCHOS CORREA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10° inc. b) de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, se hace saber que el 23 de Diciembre de 2019 se instrumentó lo siguiente:

1- Reconducción Social: 20 años a partir de la inscripción de la reconducción social en el Registro Público de Rosario.

2- Cambio de sede social: de calle Sargento Cabral Nº 1368 a Hipólito Irigoyen N° 1469, ambas de la localidad de Correa.

3- Cesión de cuotas: En primer lugar se dispuso cambiar el valor de la cuota social de $ 10 (pesos diez) a $ 1 (pesos uno). Se dispone luego las siguientes cesiones:

a) Darío Javier Pagani, cede, vende y transfiere la totalidad de sus cuotas sociales, es decir 1.530 cuotas sociales de $ 1, cada una a favor de Patricia Elizabeth Morici.

b) María Del Carmen Zuloaga, cede, vende y transfiere la totalidad de sus cuotas sociales, es decir 170 cuotas sociales de $ 1, cada una de la siguiente forma: a) a favor de Patricia Elizabeth Morici, la cantidad de 145 cuotas sociales de valor nominal $ 1, cada una; y b) a favor de Carlos Alberto Sonnet, la cantidad de 25 cuotas sociales de valor nominal $ 1, cada una.

c) Darío José Morici, cede, vende y transfiere la totalidad de sus cuotas sociales, es decir 550 cuotas sociales de $ 1, cada una a favor de Carlos Alberto Sonnet.

d) Susana María Morici, cede, vende y transfiere la totalidad de sus cuotas sociales, es decir 550 cuotas sociales de $ 1, cada una a favor de Carlos Alberto Sonnet.

e) María Elena Sonnet, cede, vende y transfiere la totalidad de sus cuotas sociales, es decir 550 cuotas sociales de $ 1, cada una a favor de Carlos Alberto Sonnet.

4- Aumento de Capital: Se resuelve elevar el Capital Social a la suma de $ 100.000, y además, cambiar el valor nominal de cada cuota a emitirse de $ 1, (pesos uno) a $ 1.000 (pesos mil), quedando de esta forma el capital dividido en 100 cuotas sociales de $ 1.000 cada una, quedando: Carlos Alberto Sonnet con 49 cuotas sociales; Patricia Elizabeth Morici con 49 cuotas sociales; y condominio sobre 2 cuotas sociales de Carlos Alberto Sonnet, Patricia Elizabeth Morici y sucesión de Mario Sonnet.

5- Ratificación de gerentes: Se ratifica en sus cargos de Socios Gerentes a Patricia Elizabeth Morici y a Carlos Alberto Sonnet, con uso de la firma social en forma conjunta.

$ 80 413036 En. 30

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CAES S.R.L.


CONTRATO


Integrantes de la sociedad_ Los señores, GRANT, LEONARDO ANDRÉS, argentino, DNI 23.790.414, CUIT 20-23790414-2, domiciliado en calle Fontanarrosa 310 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, nacido el 09 de Diciembre de 1973, de profesión comerciante, de estado civil casado en primeras nupcias con Beccacece Cintia María, DNI 23.242.037, GRANT, MARÍA LAURA, argentina, DNI 22.542.046, CUIT 27-22542046-2, domiciliada en calle José Hernández 946 P:00 D:01 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, nacida el 01 de Diciembre de 1971, de profesión comerciante, de estado civil soltera y RODRIGUES, ANTONIO OSCAR, argentino, DNI 24.292.178, CUIT 20-24292178-0, domiciliado en calle Carranza Angel 1124 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, nacido el 05 de Diciembre de 1974, de profesión comerciante, de estado civil casado en primeras nupcias con Grant Silvana Andrea, DNI 27.970.94, deciden la constitución de la siguiente sociedad de responsabilidad limitada.

Fecha de Constitución 17/12/2019.

Denominación: CAES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

Domicilio: San Martín 1467 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Duración: La sociedad tendrá un plazo de quince (05) años a contar de la inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto: La sociedad tiene por objeto la fabricación de trofeos, banderas y regalos empresariales, comercialización por mayor y menor de trofeos, banderas y regalos empresariales, diseño, fabricación y comercialización de productos empresariales y fabricación y comercialización de indumentaria y ropa de trabajo- A tal fin la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y por este contrato.

Capital: El capital social será de Pesos Trescientos treinta mil ($ 330.000), representado en Tres mil trescientas cuotas sociales de Peso cien ($ 100), cada una. Los socios suscriben las cuotas en la proporción que seguidamente se detalla. El Señor Grant, Leonardo Andrés suscribe la cantidad de un mil cien (1100) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, es decir un capital de pesos ciento diez mil ($ 110.000), integrado en este acto en bienes cuyo inventario se adjunta y forma parte integrante del presente, debidamente certificado por Contador Público Nacional; la Señorita Grant, María Laura, suscribe la cantidad de un mil cien (1100) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, es decir un capital de pesos ciento diez mil ($ 110.000), integrado en este acto en bienes cuyo inventario se adjunta y forma parte integrante del presente, debidamente certificado por Contador Público Nacional y el señor Rodrígues, Antonio Oscar, suscribe la cantidad de un mil cien (1100) cuotas de pesos cien ($ 100) cada una, es decir un capital de pesos ciento diez mil ($ 110.000), integrado en este acto en bienes cuyo inventario se adjunta y forma parte integrante del presente, debidamente certificado por Contador Público.

Administración y Representación: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de socios gerentes, teniendo el uso de la firma social en forma indistinta, mencionando en cada caso que lo hacen en representación de la sociedad, Los gerentes tendrán todas y cada una de las facultades para representar a la sociedad ante los distintos organismos nacionales, provinciales y/o municipales, como asimismo para realizar todos los actos comerciales tendientes al logro del objeto social. Por unanimidad se resuelve designar como gerente a los señores, GRANT, LEONARDO ANDRÉS, argentino, DNI 23.790.414, comerciante y GRANT, MARÍA LAURA, argentina. DNI 22.542.046 quienes aceptan en este acto dicho cargo.

Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios, quienes en cualquier momento pueden revisar todos los documentos y comprobantes de la sociedad, pudiendo nombrar profesionales para tales funciones, quienes podrán efectuar balances, compulsas, arqueos y todo lo que fuere necesario de acuerdo a la finalidad para la cual fueron contratados, siendo los honorarios a cargo del socio que lo designe. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad, los socios expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Se reunirán cuantas veces lo requieran los negocios sociales convocados- por uno cualquiera de los socios. La convocatoria se hará por un medio fehaciente, con cinco días de anticipación, de modo que quede constancia en la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el artículo 160 de la Ley 19.550. Podrá decidirse el establecimiento de un órgano de fiscalización según lo previsto en el artículo 158 de la citada ley.

Fecha de cierre del ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

$ 120 412972 En. 30

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CENTRAL DE CATERING S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Se hace saber que por reunión de fecha 24 de Julio del año 2019, CENTRAL DE CATERING S.R.L. CUIT 30-70997916-3, se ha establecido el domicilio social en calle Alemania 1811 de la ciudad de San Lorenzo Provincia de Santa Fe. Por lo que por reunión de socios de fecha 18/12/2019, se ha modificado la cláusula segunda del contrato social quedando redactada de la siguiente manera: Segunda: (Domicilio): La sociedad tendrá su domicilio real y legal en la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe. El domicilio legal podrá ser trasladado a cualquier parte del país, como así también establecer agencias y sucursales en cualquier puntó del país o del extranjero. (CENTRAL DE CATERING S.R.L. s/Sede Alemania 1181 San Lorenzo, CUIJ 21-05514684-2).

$ 45 413023 En. 30

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EL CIVIL S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 1ª Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, EL CIVIL S.R.L., expediente Nº 5318/2019, sus socios según documento privado firmado en Rosario el 30 de Noviembre de 2019, proceden a ceder cuotas de capital de la siguiente manera: como cedentes Espina Sandra Viviana, D.N.I. 20.148.292, cede 21.000 (veintiún mil) cuotas de capital, y como cesionario Sebastián Pagani, DNI Nº 24.720.934, CUIT 20-24720934-5, argentino, nacido el 30 de Diciembre de 1975, comerciante, con domicilio en Pje. Piano 4498 de la ciudad de Rosario, y Delvana Carla Espina, DNI 32.895.211, cede 9.000 (nueve mil) cuotas de capital al cesionario Sr. Sebastian Pagani y cede 30.000 (treinta mil) cuotas de capital al cesionario Sr. Martín Enrique Arpe, DNI Nº 25.206.640, CUIT 20-25206640-4, argentino, nacido el 02 de Enero de 1977, comerciante, con domicilio en calle Magallanes 1149 calle B de la ciudad de Rosario.

La cláusula quinta del contrato social queda redactada de la siguiente manera: Quinta: El Capital social se fija en la suma de $ 600.000 (Pesos, seiscientos mil). El socio Pagani Sebastián, posee 30.000 (treinta mil) cuotas de capital de $ 10 (Pesos diez) cada una, equivalentes a $ 300.000 (Pesos trescientos mil), y el socio Arpe Martín Enrique, posee 30.000 (treinta mil) cuotas de capital de $ 10 (Pesos diez) cada una, equivalentes a $ 300.000 adquiridos según la presente Cesión de Cuotas, lo que representa el cien por ciento de las cuotas suscriptas, y que a la fecha se encuentran pendientes de integración el 56,25% de las mismas, cuyos socios adquirentes se compromenten a integrar dentro de los dos años a partir del 12 de Enero de 2018 en proporción a sus tenencias de cuotas sociales.

Domicilio social: Tierra del Fuego 1466 - Pueblo Esther.

Socio Gerene: Sebastián Pagani, DNI 24.720.934.

Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley. Rosario, 18 de Diciembre de 2019. Dra. Mónica Liliana Gesualdo, Secretaria.

$ 60 412984 En. 30

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FRIDA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En cumplimiento de las disposiciones del artículo 10° inc. b) de la Ley General de Sociedades N° 19.550, se hace saber que en la reunión de socios del 29 de Octubre de 2019, se instrumentó lo siguiente:

Cesión cuotas de capital social: el socio Emmanuel R. Gerbasi, como titular de 1.000 cuotas de capital de valor nominal $ 100 cada una, vende, cede y transfiere en su totalidad incluyendo todos los derechos y obligaciones proporcionales a dichas cuotas a favor de la señorita Marcela A. Nuñez, argentina, DNI Nº 30.102.617, nacida el 27 de Marzo de 1983, soltera, de ocupación ama de casa, CUIL 27-30102617-5, con domicilio en Dean Funes 3453 de Rosario - Santa Fe. Quedando así el Capital Social constituido por 2000 cuotas de $ 100 cada una, suscriptas e integradas por los socios de la siguiente manera: el señor Adrián E. Viglietti, 1000 cuotas de capital de $ 100 cada una y la señorita Marcela A. Nuñez, 1000 cuotas de capital de $ 100 cada una.

Fecha del instrumento: 27 de Diciembre de 2019.

$ 45 413045 En. 30

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GOL LOGÍSTICA S.R.L.


CONTRATO


1) Integrantes de la sociedad: Franco Matías Bazan argentino, empleado, nacido el 2 de Noviembre de 1985, D.N.I. Nº 31874779 domiciliado en Pública Nº 3890 3° 3 T 1 de esta ciudad, CUIT 20-31874779-3, casado en primeras nupcias con Erica Mariel Lazzaro DNI 32295391, Gabriel Omar Lazzari argentino, empleado, soltero, nacido el 23 de Octubre de 1987, D.N.I. N° 33436156 domiciliado en Benito Juárez Nº 2322 PB A de esta ciudad, CUIT 20-33436156-0 y Gabriel Oscar Lazzari argentino, empleado, nacido el 18 de Agosto de 1964 DNI Nº 17021125 CUIT 20-17021125-2, domiciliado en Benito Juárez N° 2304 de esta ciudad, casado en primeras nupcias con Lidia Rosa Medina DNI 17324927.

2) Fecha de instrumento constitutivo: 12 de Diciembre de 2019.

3) Denominación: GOL LOGÍSTICA S.R.L.

4) Domicilio: Benito Juárez N° 2304 de la ciudad de Rosario.

5) Duración: Veinte años contados a partir de la inscripción de la Sociedad en el Registro Público de Comercio.

6) Objeto Social: Intermediación en el transporte de carga contratando vehículos de terceros.

7) Capital Social: Se fija en la suma de $ 150.000 (pesos ciento cincuenta mil) dividido en 15.000 (cinco mil) cuotas de $ 10 (pesos diez) cada una, que le corresponden a los socios en la siguiente proporción: Franco Matías Bazan, suscribe $ 30.000 (pesos treinta mil), Gabriel Omar Lazzari, suscribe $ 30.000 (pesos treinta mil), y el socio Gabriel Oscar Lazzari $ 90.000 (pesos noventa mil quinientos).

8) Administración: Estará a cargo del Sr. Gabriel Oscar Lazzari, quien asume con carácter de socio gerente y representará a la sociedad.

9) Fiscalización: Estará a cargo de todos los socios.

10) Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

$ 55 413042 En. 30

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JORGE MODAS S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


1. Integrantes de la sociedad: JORGE ANTONIO ABRAHAM, de nacionalidad argentina, nacido el 10 de Octubre de 1958, de profesión comerciante, de estado civil casado en primeras nupcias con Graciela del Carmen Dassie, con domicilio en la calle Italia 825, Piso 4° de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 12.720.925, CUIT 20-12720925-2, y la señora GRACIELA DEL CARMEN DASSIE, de nacionalidad argentina, nacida el 3 de Agosto de 1958, de profesión comerciante, de estado civil casada en primeras nupcias con Jorge Antonio Abraham, con domicilio en calle Italia 825, Piso 4° de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 12.198.272, CUIT 27-12198275-2.

2. Fecha del instrumento: 12 de Diciembre de 2019.

3. Plazo de duración: 10 años a partir del 22 de Diciembre de 2019.

4. Capital social: Pesos Doscientos mil ($ 200.000) dividido en mil doscientas (2.000) cuotas de Pesos Cien ($ 100) de valor nominal cada una.

5. Los socios ratifican todas las demás cláusulas del contrato social las que quedan subsistentes en toda su fuerza y vigor.

$ 45 413012 En. 30

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