REGISTRADA BAJO EL Nº 13.975
LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1 - Ratifícase por el presente el Acuerdo denominado “Consenso Fiscal 2019”, celebrado entre el Poder Ejecutivo Nacional, el jefe de Gobierno de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los Poderes Ejecutivos provinciales firmantes, suscripto el 17 de Diciembre de 2019 que, como anexo A, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2 - Suspéndase por la presente hasta el 31 de Diciembre del año 2020, la vigencia de los incisos b), c), d), h), j), k), I), m) y s) de la Cláusula III del Consenso Fiscal 2017 de fecha 16 de Noviembre de 2017, ratificado por el Congreso de la Nación mediante la ley Nº 27429 y por la Legislatura de la Provincia de Santa Fe mediante la ley Nº 13748:
ARTÍCULO 3 - Modifícase el artículo 22 de la ley Nº 13.750, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 22 - Una vez vigente la ley denominada “PyMES Santafesinas” referida en el artículo anterior, el beneficio de estabilidad fiscal allí dispuesto se extenderá hasta el 31 de Diciembre de 2020. Para el caso de actividades industriales, dicho beneficio será de aplicación hasta el 31 de Diciembre de 2021.
ARTÍCULO 4 - Facúltase al Poder Ejecutivo a disponer todas las medidas y dictar las normas necesarias para dar cumplimiento a los compromisos asumidos en el Acuerdo ratificado por el artículo 1. En el caso de que el dictado de normas a que se alude en el párrafo anterior resulte de competencia legislativa, previamente el Poder Ejecutivo las remitirá para su aprobación a la Legislatura Provincial.
ARTICULO 5 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTIOCHO DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
Dra. ALEJANDRA S. RODENAS
Presidenta
Cámara de Senadores
Ing. MIGUEL LIFSCHITZ
Presidente
Cámara de Diputados
Dr. RAFAEL E. GUTIÉRREZ
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
Lic. GUSTAVO PUCCINI
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
DECRETO Nº 0003
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”
2 ENE 2020
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nº 13975 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el BOLETIN OFICIAL, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.
PEROTTI
Dr. Esteban Raúl Borgonovo
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad - 3 de Febrero 2649 2° Piso, oficina N° 227 - email:tecnicalegislativa@santafe.gov.ar
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