picture_as_pdf 2020-01-14

REGISTRADA BAJO EL Nº 13.916


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1 - Apruébase el Convenio Marco de Cooperación, celebrado entre el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, representado por la titular del Ministerio de Educación, Dra. Claudia Elisabeth Balagué, y el Instituto Internacional de Planeamiento de la Educación de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Oficina para América Latina (IIPE - UNESCO Buenos Aires), representado por su Director, Dr. Pablo Cevallos Estarellas, con rúbrica el 20 de septiembre de 2018 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales - Decreto Nº 1767/84 - de la Dirección General de Técnica Legislativa, el 11 de octubre de 2018, bajo el Nº 8742, Folio 178, Tomo XVI, que fuera aprobado por Decreto Nº 0773/19, cuya copia forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTIUNO DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

CPN CARLOS A. FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO

Subsecretario Legislativo

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZÁLEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados


SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional", 23 DIC 2019

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Dr. ESTEBAN BORGONOVO

Ministro de Gobierno, Justicia,

Derechos Humanos y Diversidad


La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad - 3 de Febrero 2649 2º Piso, oficina n° 227 - email:tecnicalegislativa@santafe.gov.ar

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