DECRETO N° 0148
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
11 DIC 2019
VISTO:
La ley sancionada por la H. Legislatura en fecha 28 de noviembre de 2019, recibida en el Poder Ejecutivo el día 04 de diciembre del mismo año, y registrada bajo el N° 13.931; y
CONSIDERANDO:
Que el contenido de la ley declara de interés público al conocimiento y la difusión del Folclore en razón de su aporte a la formación del patrimonio de la identidad y el patrimonio cultural, asimismo, dispone la incorporación del Folclore en la currícula escolar (primaria y secundaria) en todo el territorio provincial;
Que siendo relevante y de interés de la nueva gestión el contenido de la norma, se estima conveniente que los nuevos equipos de gobierno de las jurisdicciones relacionadas con la temática, que han asumido a partir del 11 de diciembre próximo pasado, tengan la posibilidad de considerarla en el marco de las demás políticas públicas a implementar, lo que no es posible concluir en el plazo que fija el artículo 59 de la Constitución Provincial;
Por lo expuesto y en uso de las facultades reconocidas al Poder Ejecutivo por el artículo 57, último párrafo; 59 y 72 inc.3 de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Vétase totalmente la Ley sancionada por la H. Legislatura en fecha 28 de noviembre de 2019 recibida en el Poder Ejecutivo el 04 de diciembre del mismo año, y registrada bajo el N° 13.931.
ARTÍCULO 2.- Devuélvase a la H. Legislatura con Mensaje de estilo.
ARTÍCULO 3.-. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
PEROTTI
Prof. Adriana Ema Cantero
30179
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