TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición de la Señora Jueza del Tribunal Colegiado de Familia Nro. 7, Dra. Valeria Vittori, Secretaría a cargo de la Dra. Silvina López Pereyra, en los autos caratulados “TALAYERA, GABRIELA Y OTROS c/BEARZOTTI, MARÍA GABRIELA-Sucesión- s/Adopción” CUIJ: 21-02898612-9 se ha dispuesto notificar por edictos a Gabriela Talavera, a Melissa Bearzotti y a los posibles sucesores de María Gabriela Bearzotti, los siguiente decretos: “Rosario, 08 de Octubre de 2018. Atento a que, en estos obrados no se dio trámite por no ser la presentante de la demanda elorganismo administrativo quien debería efectuarlo. De conformidad al comparendo de la DPPDNAF de fs. 67, lo actuado en la audiencia n° 39 de fecha 02 de octubre de 2018, el escrito cargo n° 24189/2018 de fecha 05 de octubre de 2018, y en virtud de lo dispuesto por los art. 594, 595 y 616 del CC y CN se provee: Juez de trámite: Dra. Valeria Vittori. Dése intervención al Sr. Defensor General. Cítese y emplácese a los posibles sucesores de María Gabriela Bearzzotti, D.N.I. N° 14.494.418, para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL. El término vencerá cinco días después de la última publicación. La citación se hace bajo apercibimientos de rebeldía (art. 73 del CPCSF). Cúmplase con la ley 11.287. Ofíciese al Registro, de Procesos Universales a fin de que informe si existe declaratoria de herederos y/o sucesión iniciadas del causante. Asimismo, ofíciese nuevamente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n° 3 de Oberá, perteneciente a la 2da. Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones, a los fines de que remita copia certificada del expediente “Talayera, Eduardo Elíseo y otro s/guarda con fines de adopción” - Expte. N° 2319/2009, tal como fuese ordenado en los autos conexos CUIJ 21-11304515-6. Fdo: Dra. Valeria Vittori, Jueza, Dra. María Florencia Martínez Belli, Secretaria en Suplencia”. Otro Decreto: “Rosario, 4 de Febrero de 2019. Advirtiendo que, por un error involuntario se publicó en forma incorrecta los edictos ordenados en autos, publíquese nuevamente en debida forma a los fines de cumplimentar lo dispuesto mediante proveído de fecha 08 de octubre de 2018. Asimismo, publíquese el mismo consignando debidamente el apellido de la causante, siendo este “Bearzotti” y no “Bearzzotti” como erróneamente se proveyó en el decreto antes mencionado. Fdo.: “Dra. Silvina López Pereyra, Secretaria; Dra. Valeria Viviana Vittori, Jueza
S/C 380598 Feb. 11 Feb. 13
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El Señor Juez de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia de la 5ta. Nominación de Rosario Dr. Ricardo José Dutto, dentro de los autos caratulados “PATKOSKY ROCÍO s/Guarda Preadoptiva” C.U.I.J 21-10998715-5, notifica a la Sra. Susana Beatriz Patkosky la siguiente sentencia: Nº 1220. Rosario, 20 de mayo de 2016. Y VISTOS: los presentes caratulados: Patkosky Rocío s/Guarda Preadoptiva Expte. N° 948/15... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Otorgar la adopción plena de Rocío Milagros Patkosky D.N.I. 46.043.361 hija de Susana Beatriz Patkosky D.N.I. 30.392.588 nacida en Rosario el 27 de agosto de 2004, de sexo femenino, anotada en el Registro Civil Sección Hospitales Maternidad Martín bajo el Tomo 5, A, acta n° 1380 A, Año 2004 a la unión convivencial compuesta por Mirian Lorena Luggren D.N.I. 30.534.320 y Andrés Ariel Reinoso D.N.I. 25.974.914, con efecto retroactivo al 05 de diciembre de 2014 debiéndose comprometer a mantener los lazos construidos con la comunidad educativa por parte de la niña y el contacto con sus compañeros de escuela; 2) Ordenar la inmovilización de la partida de nacimiento y disponer que la niña sea inscripta con el nombre de Rocío Milagros Reinoso Luggren; 3) Librar la correspondiente comunicación al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas acompañándose copia certificada del presente fallo, efectuada que fuera la notificación a la madre y al Defensor General” Fdo. Dr. Ricardo Dutto (Juez de Trámite), Dra. Tania Camila Roimeser (Secretaria).-. Rosario, 14 de diciembre de 2018. Dra. Carolina S. Perroni, Prosecretaria.
$ 52,50 380541 Feb. 11 Feb. 13
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Atilio Arnoldo Curatolo (D.N.I. 6.022.314) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: CURATOLO, ATILIO ARNOLDO s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02906532-9). Rosario, 5 de Diciembre de 2018. Dra. María Verónica Lara, Secretaria de la Oficina de Procesos Sucesorios.
$ 45 377953 Dic. 17
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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: “BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES SA C/ LEROS SRL Y OTROS S/ JUICIO EJECUTIVO” Expte. Nro. 21-02859419-1 se hace saber que se han dictado los siguientes decretos: “Rosario, 13 de Junio de 2018: Citese de remate a la parte demandada por el termino y bajo los apercibimientos de ley”.FIRMADO DRA. MARIANELA GODOY (SECRETARIA) Dra. MONICA KLRBCAR (Jueza) “Rosario 26 de Julio de 2018: Autos para sentencia”.FIRMADO DRA. MARIANELA GODOY (SECRETARIA) Dra. MONICA KLRBCAR (Jueza) “Rosario, 24 de Agosto de 2018: Proveyendo escrito cargo 12058/2018: Acredite notificación de autos para sentencia a CARLOS ANTONIO LACAMOIRE” FIRMADO DRA. MARIA BELEN BACLINI (SECRETARIA EN SUPLENCIA) Dra. MONICA KLRBCAR (Jueza)
Secretaria, 26 de Diciembre de 2018.
$ 33 380800 Feb. 11 Feb. 13
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El juzgado de primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), dentro de los autos caratulados “ARJOL, FLORENCIA Y OTROS s/Sumaria Información” Expte 21-02905504-9, se ha ordenado: “Rosario, 5 de noviembre de 2018. Encontrándose cumplimentados los recaudos dispuestos por providencia de fecha 10 de octubre de 2018 (fs. 9) se provee: por presentados, domiciliados, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Otórgaseles la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la pretensión que expresa. Notifíquese por edictos que se publicarán en el Boletín Oficial una vez por mes durantes dos meses haciendo saber la petición formulada (art. 70 CCC). Líbrese oficio al Registro General de Rosario a efecto de que informe si existen registradas medidas cautelares. Dése intervención al Defensor General (art. 103 CCC). Córrase vista al Sr. Asesor Letrado del Registro Civil y a la Sra. Fiscal.” Fdo. Verónica Gotlieb (Jueza) Fdo. Lucas Menossi (Secretario).
$ 45 377087 Feb. 11
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “BANCO COLUMBIA S.A. c/GIGENA ANTONIO LISANDRO s/Ejecutivo” Expte. 21-01662076-6, se ha dispuesto lo siguiente: notificar por edicto la siguiente resolución: “Nº 2663 de fecha 17/10/2018. “FALLO:... Ordenando seguir adelante la ejecución contra Antonio Lisandro Gigena hasta tanto el actor se haga integro cobro de la suma reclamada de $ 5.360,25 (pesos cinco mil trescientos sesenta con 25/100) con más los intereses fijados en los considerandos e IVA ¿obre los mismos. Imponiendo las costas al demandado (Art. 251 C.P.C.C.). Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se apruebe la planilla respectiva. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. Susana Gueiler (Juez) - Dra. Myrian Huljich (Secretaria). Rosario, 27/12/2018. - Jonatan Pierini, Prosecretario.
$ 33 380446 Feb. 11 Feb. 13
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Por disposición del Sr. Juez de primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 10 de Rosario, juzgado vacante, se hace saber que dentro de los autos caratulados:’“AHAYA JOSÉ LUIS c/VARELA GUILLERMO ALBERTO Y OTROS s/Daños y Perjuicios (CUIJ 21-01394066-2)“, se ha ordenado citar y emplazar a los herederos y/o sucesores de Marcelino Antonio Latanzi, a fin de que comparezcan en los presentes, a hacer valer sus derechos por el término-y bajo apercibimientos de ley, y conforme lo normado por el art. 597 del C.P.C.C. Firmado: Dra. María Silvia Beduino, Secretaria. - Rosario, 01
de Febrero de 2019. Silvio Pasotti, Prosecertario.
$ 33 380579 Feb. 11 Feb. 13
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de 1a Instancia de Ejecución Civil de Circuito de la 2a Nominación de Rosario, Dra. Mariana Martínez, Secretaría a cargo de la Dra. María Elvira Longhi, en autos caratulados: “SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/COMINO S.R.L. s/Ejecución Fiscal”, Expte. CUIJ 21-13886034-2, se ha ordenado notificar a Coming S.R.L. lo siguiente: “No 5310. Rosario, 28 de noviembre de 2018. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... FALLO: Ordeñando llevar adelante la ejecución contra los bienes de COMING S.R.L hasta que la actora perciba el importe íntegro del crédito por la suma de pesos dieciocho mil treinta y cinco con 64/100 ($ 18.035,64), con más un interés igual a la tasa activa (sumada) que cobra el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. para operaciones de descuento de documentos a 30 días, desde la fecha de la obligación y hasta su efectivo pago. Costas a la demandada (art. 251 CPC). Difiérase la regulación de honorarios hasta la confección de la respectiva planilla. Insértese y hágase saber.” Fdo. Dra. Mariana Martínez (Juez en suplencia) Dra. María Elvira Longhi (Secretaria). Publicación sin cargo.
S/C 380467 Feb. 11 Feb. 13
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 5 de Rosario, dentro de los autos caratulados: ARANCIBIA, NATALIA CARINA c/GÓMEZ, MARÍA c/Apremio (CUIJ 21-02899600-1) se ha ordenado notificar por edictos el siguiente proveído: “Rosario, 30 de Noviembre de 2017. Y VISTOS: Lo solicitado precedentemente, los trabajos realizados y demás constancias de autos. RESUELVO: I) Regular los honorarios de la Dra. Natalia Carina Arancibia, en la suma de $ 1.875,53 (equivalente a 1 jus) -(Art.6 y 8 Ley 6767). II. Establecer que el ajuste por unidad jus (cfr. art. 32. Ley 6767), será aplicable mientras la presente no se halle firme, oportunidad en la cual el monto actualizado se convertirá en deuda dineraria, y devengará desde la mora un interés equivalente a la tasa activa promedio mensual sumada que publica el B.C.R.A. (art. 768 inc. c) CCCN). Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Silvina Rubulotta, Secretaria - Dra. Lucrecia Mantello Jueza. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 05/02/2019. Silvina L. Rubulotta, Secretaria Subrogante.
$ 33 380574 feb. 11 Feb. 13
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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15ª Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MILO HUGO s/Apremio” Expte. N° 657/2016, ha dictado la siguiente resolución: “Nº 2108. Arroyo Seco, 19/09/2017. VISTA... RESUELVO: 1) Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3) Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4) Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5) Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 7.583,32 en concepto de capital, con más la suma de $ 3.791 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y u, 1.5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L. 5066). 6) Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7) Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. 8) Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.” Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. MILO HUGO y/o a sus sucesores y/o propietarios y/o terceros y/o a quien resulte ser responsable fiscal de la constancia de deuda Nº 3/001287/2016, 9/000968/2016, 3/001286/2016, 9/000967/2016 y 7/000058/2016, en concepto de tasa general inmueble, tasa municipal consolidada y agua y desagües cloacales pertenecientes al inmueble cuyo N° de partidas son 0004255-00 y 0004322-00, ruta 10, manzana A, lote 014 y 016, sito en calle Alvarado 312 de la ciudad de Arroyo Seco, de acuerdo a las constancias de deudas emitidas por la Municipalidad de Arroyo Seco. - Secretaría, 6 de diciembre de 2018 – Mariana Cattani, Secretaria.
S/C 380518 Feb. 11 Feb. 15
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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15ª Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/FERNÁNDEZ ALEJANDRO J. s/Apremio” Expte. Nº 917/2017, ha dictado el siguiente decreto: Nº 1222. Arroyo Seco, 04/06/2018.- VISTA:... RESUELVO: Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2) Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos 3) Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4) Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5) Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 2.283 en concepto de capital, con más la suma de $ 1.141,50 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066). 6) Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7) Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. 8) Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. “ Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra.’ Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Fernández Alejandro Javier y/o a sus sucesores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de la constancia de deuda en concepto de Infracción de Tránsito nº 63989 sobre vehículo, perteneciente al dominio 455-HCQ, de acuerdo a la Constancia de deuda emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 10 de Diciembre de 2018. Mariana Cattani, Secretaria.
S/C 380508 Feb. 11 Feb. 15
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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15ª Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PINEDA ROQUE R. s/Apremio, CUIJ: 21-22764238-3, ha dictado la siguiente resolución: “Nº 1899. Arroyo Seco, 13/08/2018.- VISTA....RESUELVO: 1) Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2) Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en-copia suscripta por el presentante se agrega a los autos. 3) Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4) Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5) Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 14.651,11 en concepto de capital, con más la suma de $ 7.352,55 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L. 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 – L. 5066). 6) Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7) Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. 8) Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.” Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Pineda Roque Ramón y/o a sus sucesores y/o poseedores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de las constancias de deuda en concepto impuesto de patentes única sobre vehículo, perteneciente al dominio NBT-U7 y/o poseedor y/o tenedor del vehículo, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco.
Secretaría, 22 de noviembre de 2018. - Mariana S. Cattani, Secretaria.
S/C 380520 Fe. 11 Feb. 15
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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15ª Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/SACCO BARBARA V. s/Apremio”, Expte. 21-22764139-5, ha dictado la siguiente resolución: “Nº 1901. Arroyo Seco, 13/08/2018. VISTA:... RESUELVO: 1) Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2) Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos 3) Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4) Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5) Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 8.896,81 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.448,40 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado, lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor respectivo, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6) Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7) Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8) Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada.
Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.” Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. - Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a la Sra. Sacco Barbara Victoria y/o a sus sucesores y/o poseedores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de las constancias de deuda en concepto impuesto de patentes única sobre vehículo, perteneciente al dominio IRZ-095 y/o poseedor y/o tenedor del vehículo, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 10 de diciembre de 2018. Mariana Cattani, Secretaria.
S/C 380522 Feb. 11 Feb. 15
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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15ª Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TALNOR S.R.L. s/Apremio” Expte: 1.161/2017, ha dictado la siguiente resolución: “ARROYO SECO, 24 de Agosto de 2018. Por presentado, en el carácter invocado a mérito de la escritura de mandato que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos. Aceptase el domicilio ad litem constituido. Por iniciada demanda de apremio contra TALNOR S.R.L. y/o contra quien resulte titular registral del dominio FEM-694 y/o contra sus sucesores y/o poseedores y/o contribuyentes y/o representantes y/o concesionario y/o consignatario y/o comisionistas y/o mandatarios y/o comerciantes habituales en el ramo de venta de automotores, remolques o acoplados Imprímase a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. Intímese al pago y cítese de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. Téngase presente las autorizaciones expresadas, bajo exclusiva responsabilidad del Dr. Frea. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Atento haber solicitado el embargo sobre un dominio que no se encuentra demandado en autos, aclare su petición y se proveerá.” Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. Otro: “N° 2216. Arroyo Seco, 18/09/2018. Y VISTOS... RESUELVO: trabar embargo sobre el rodado dominio FEM-694 por la suma de $ 109.630,04 en concepto de capital, con más la suma de $ 32.889,02 estimados provisoriamente. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a TALNOR S.R.L. y/o a quien resulte ser responsable fiscal de la constancia de deuda en concepto de impuesto de patente única sobre vehículo, perteneciente al dominio FEM-694 y/o poseedor y/o tenedor, del vehículo, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. - Secretaria, de diciembre de 2018 – Mariana Cattani, Secretaria.
S/C 380523 Feb. 11 Feb. 15
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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15ª Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TRANSPORTADORA LA PAMPEANA S.A. s/Apremio” Cuij 21-2.2764374-6, ha dictado la siguiente resolución: “N° 647. Arroyo Seco, 24/04/2018.- VISTA... RESUELVO: 1) Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2) Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos. 3) Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4) Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5) Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 42.440,61 en concepto de capital, con más la suma de $ 12.732,18 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado, lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7) Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. 8) Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. - Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.” Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a TRANSPORTADORA LA PAMPEANA, S.A. y/o a quien resulte ser responsable fiscal de la constancia de deuda en concepto de impuesto de patente única sobre vehículo, perteneciente al dominio GBP-180 y/o poseedor y/o tenedor del vehículo, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 27 de noviembre de 2018.
S/C 380524 Feb. 11 Feb. 15
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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15ª Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PÉREZ PABLO A. s/Apremio” Expte. N° 62/2018, ha dictado el siguiente decreto: “N° 1119. Arroyo Seco, 28/05/2018. VISTA... RESUELVO: 1) Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2) Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos. 3) Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4) Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5) Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 2.565 en concepto de capital, con más la suma de $ 1.282 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066).
6) Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7) Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8) Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.” Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Pérez Pablo Andrés y/o a sus sucesores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de la constancia de deuda en concepto de Infracción de Tránsito Nº 70094 sobre vehículo, perteneciente al dominio NCB-227, de acuerdo a la Constancia de deuda emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. - Secretaría, 10 de diciembre de 2018. – Mariana Cattani, Secretaria.
S/C 380519 Feb. 11 Feb. 15
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En autos caratulados “MAGNAVACHI FABIÁN RAMÓN Y OTROS c/GRUPO LANDS SA Y OTROS s/Cobro de Pesos. Exp. 1106/16 que tramitan por ante este Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial de la 2ª Nom. Rosario, a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, hace saber a la codemandada Cejas Mariela Silvana DNI 22.896.042 que en fecha 21/11/18 se ha declarado su rebeldía. Cecilia Dulcich, Prosecretaria.
$ 33 380609 Feb. 11 Feb. 13
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Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 5ª Nominación de Rosario, Dr. Maximiliano Cossari y Secretaria de la Autorizante, se hace saber que en los autos caratulados “GHIGLIONE, FEDERICO ANDRÉS c/MARTÍNEZ, ADRIANA JOSEFINA s/Cobro de Pesos CUIJ Nro. 21-12612829-8; se ha ordenado el emplazamiento por edictos de la demandada Adriana Josefina Martínez por tres días, venciendo dicho término en cinco días desde la última publicación y de acuerdo a lo dispuesto por el art. 73 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Santa Fe. Fdo. Dr. Maximiliano Cossari (Juez); Dra. Gabriela Almará (Secretaria).
$ 33 380452 Feb. 11 Feb. 13
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Por disposición de la Sra. Jueza Comunitaria de las Pequeñas Causas de la localidad de María Susana, en los autos caratulados “COMUNA DE MARÍA SUSANA c/YERN. PEDRO y/o quien resulte propietario y/o titular y/o contribuyente responsable del inmueble sito en calle Rondeau Nº 1035 de María Susana s/Cobro de pesos por Tributos locales” Expte N° 03-2015 se ha dictado la siguiente resolución: Mana Susana, 5 de Diciembre de 2018. Y VISTOS (...) CONSIDERANDO (...) RESUELVO: 1) Hacer lugar a la pretensión y en consecuencia condenar a la parte demandada a pagar a la actora en el término de 10 días el capital reclamado ($ 3.510,50) con mas sus intereses calculando de acuerdo a las pautas establecidas precedentemente. 2) Imponer las costas a la demandada perdidosa (art. 251 C.P.C y C). 3) Deferir la regulación de Honorarios de la Dra. Antici y del Dr. Nardone hasta tanto se practique la planilla de liquidación de capital e intereses, insértese, agréguese copia en autos y notifíquese por cédula y mediante la publicación de edictos por 3 días en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Marta Mercedes Vives (Jueza) – María Susana (Sta Fe), 19 de diciembre de 2018 – Dra. María Mercedes Vives, Jueza.
$ 45 380531 Feb. 11 Feb. 22
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8va Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Luis Ynieri (D.N.I. 6.016.251) y María Rosalía López (D.N.I. 1.649.033) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “YNIERI, LUIS y Otro s/Declaratoria de Herederos” (CUIJ Nº 21-02908565-7). Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, 21 de Diciembre de 2018. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380458 Feb. 11
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Fernando Francisco Solano Carpanetto (D.N.I. 6.050.999) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “CARPANETTO, FERNANDO FRANCISCO SOLANO s/Sucesorio” (CUIJ N° 21-02908846-9). Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. - Rosario, 1 de febrero de 2018. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380607 Feb. 11
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Nelly Ida Santa Bureau (D.N.I. 3.578.384) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “BUREAU NELLY IDA SANTA s/Sucesorio” (Expte. Nº 21-02908487-1). - Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, 27 de Diciembre de 2018. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380619 Feb. 11
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Marcela Alejandra Muñoz (D.N.I. 16.271.780) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “MUÑOZ MARCELA ALEJANDRA s/Declaratoria de Herederos” (Expte. Nº 21-02907138-9). - Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, 17 de Diciembre de 2018. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380457 Feb. 11
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6ta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Sunilda Margarita García (D.N.I. 3.546.293) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles.
Autos caratulados: “GARCÍA, SUNILDA MARGARITA s/Sucesorio” (CUIJ Nº 21-02906949-9). Dra. María Victoria Berrone Prosecretaria Oficina de Procesos Sucesorios - Rosario, 29 de Noviembre de 2018. María Victoria Berrote, Prosecretaria.
$ 45 380456 Feb. 11
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6ta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Cayetana Turnaturi (D.N.I. 4.437.977) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “TURNATURI, CAYETANA s/Declaratoria de Herederos” (CUIJ Nº 21-029087271-2). - Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, 18 de Diciembre de 2018. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380455 Feb. 11
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Emilio Delgado Rosa (D.N.I. 11.753.827) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “DELGADO ROSA, EMILIO s/Declaratoria de Herederos” (CUIJ No 21-02907965-7). - Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. - Rosario, 17 de Diciembre de 2018. – María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380454 Feb. 11
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Por disposición del Juez en suplencia de Distrito Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Miguel Juan Carlos Capella Santi (D.N.I. 5.984.617) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “CAPELLA SANTI MIGUEL JUAN CARLOS s/Declaratoria de Herederos” (Expte. Nº 21-02907694-1). Dra. - Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. - Rosario, 11 de Diciembre de 2018. – María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380535 Feb. 11
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Luis Milani (D.N.I. 6.007.420) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “MILANI LUIS s/Declaratoria de Herederos” (CUIJ Nº 21-02908743-9). - Rosario, 28 de diciembre de 2018. – María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380533 Feb. 11
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 15° Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Carlos Cadierno, Secretaría de la Dra. Ma. Eugenia Sapei, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña Sacchi, Noemí Graciela (D.N.I. 6.031.179), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días siguientes al vencimiento de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL 5 veces en 10 días (art. 2340 C. C. y C. y 592 CPCC). (Autos: “SACCHI, NOEMÍ GRACIELA s/Sucesorio”, Expte. Nº 708/2018). – Rosario, 04/02/2019 – María Sol Sedita, Secretaria.
$ 45 380442 Feb. 11 Feb. 15
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ª Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña Leuzzi, María Rosalía Josefa y/o Leuzzi, María Rosolia Giuseppa (D.N.I. 92.607.398) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (art. 2340 C C y C). (Autos: LEUZZI, MARÍA ROSALÍA JOSEFA s/Declaratoria de Herederos, CUIJ Nº 21-02890610-9. – Rosario, 04/02/2019 – Mariano M. E. Romano, Prosecretario.
$ 45 380441 Feb. 11
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Aloisio Pascual Félix y/o Aloisio, Pasquale Felice (CL 599.702) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (art. 2340 CCy C). (Autos: “ALOISIO PASCUAL FÉLIX s/Declaratoria de Herederos “ CUIJ Nº 21-
02890609-6). Rosario, 04/02/2019 – Mariano M. E. Romano, Prosecretario.
$ 45 380440 Feb. 11
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Por disposición del Sr. Juez. del Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Díaz, Aldo Marcelo (D.N.I. 6.171.812) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (art. 2340 CC y C). (Autos: “DÍAZ, ALDO MARCELO s/Declaratoria de Herederos” CUIJ Nº 21-02895712-9). - Rosario, 26/12/2018 – María Sol Sedita, Secretaria.
$ 45 380439 Feb. 11
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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario en los autos caratulados:”FERNÁNDEZ DAIANA JAQUELINE c/FERNÁNDEZ DARÍO EDUARDO y Otros s/Filiación”, Expte. Nº 2413/2016.
Rosario, 20/12/2018. Atento lo dispuesto por el art. 597 del C.P.C, emplácese por edictos que se publicarán por el término de ley en el Boletín Oficial, a los herederos le Damián Alejandro Ruiz. Rosario, 04/02/2019. Jonatan Pierini, Prosecretario.
$ 33 380447 Feb. 11 Feb. 13
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Guillermo Alberto Pellegrini (D.N.I. 8.048.510) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “PELLEGRINI, GUILLERMO ALBERTO s/Sucesorio” (CUIJ Nº
21-02906936-8). Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. - Rosario, 19 de Diciembre de 2018. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380465 Feb. 11
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Víctor Alberto Bianco (D.N.I 5.975.192) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “BIANCO, VÍCTOR ALBERTO s/Sucesorio” (CUIJ N° 21-02908294-1). - Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, 18 de Diciembre de 2018. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380464 Feb. 11
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Javier Alberto Barbona (D.N.I. 6.141.068) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “BARBONA, JAVIER ALBERTO s/Declaratoria de Herederos” (CUIJ Nº 21-02906998-8). - Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, 20 de Diciembre de 2018. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380463 Feb. 11
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Norberto Emilio Dherin (D.N.I. 6.039.073) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “DHERIN NORBERTO EMILIO s/Declaratoria de Herederos” (Expte. N° 21-02908810-9). - Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, 1 de febrero de 2018. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380468 Feb. 11
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a: los bienes dejados por el causante Segundo Emilio Gerez (LE 3.832.496) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “GEREZ, SEGUNDO EMILIO s/Declaratoria de Herederos” (CUIJ N° 21-02908997-0). - Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, 21 de Diciembre de 2018. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380462 Feb. 11
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 8 de Rosario, dentro de los autos caratulados: FERRARO, GIOVANNI Y OTROS s/Declaratoria de Herederos (CUIJ 21-02888765-2) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o todo el que tenga derecho en la sucesión de Giovanni Ferraro (Juan), Cédula de Identidad 456.677, y de María Infantino, pasaporte 6723453/P, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por 1 día. Rosario, 05/12/2018.
$ 45 380575 Feb. 11
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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, Secretaría a cargo de la Autorizante, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de GUTIÉRREZ STELLA MARIS D.N.I 12.955.341 para que comparezcan dentro del término de diez días a hacer valer sus derechos ante éste Tribunal. Rosario, 04/02/2019 – Jonatan Pierini, prosecretario.
$ 45 380443 Feb. 11 Feb. 12
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Por disposición del Juez en suplencia de Distrito Civil y Comercial de la 11ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Gabriel Alejandro Palermo (D.N.I. 23.936.835) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “PALERMO GABRIEL ALEJANDRO s/Declaratoria de herederos” (Expte. N° 21-02908678-5). - Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, 27 de Diciembre de 2018. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380461 Feb. 11
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Miguel Angel Gómez (D.N.I. 13.953.569) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: GÓMEZ MIGUEL ANGEL s/Sucesorio” (CUIJ Nº 21 -02908701-3) - Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. - Rosario, 21 de Diciembre de 2018. – María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380459 Feb. 11
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Por disposición del. Juez de Distrito Civil y Comercial de l 18ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Bernardo José Strubbia (D.N.I. 5.990.156) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles.
Autos caratulados: SRUBBIA BERNARDO JOSÉ s/Declaratoria de Herederos” (CUIJ Nº 21-02908849-4). Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. - Rosario, 27 de Diciembre de 2018. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380482 Feb. 11
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Olga Eugenia Masime (D.N.I. 4.873.638) y Juan Carlos Marrone (D.N.I. 6.031.495) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “MASIMIR OLGA EUGENIA y otros s/Sucesorio” (CUIJ N° 21-02908339-5). - Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, 14 de Diciembre de 2018. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380479 Feb. 11
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Rogelio Rodolfo Ariño (D.N.I. 6.040.302) y Elida Edita Bodo (D.N.I. 3.571.587) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “ARIÑO, ROGELIO RODOLFO y Otros s/Sucesorio (CUIJ Nº 21-02907811-1). - Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, 19 de Diciembre de 2018. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380460 Feb. 11
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12da Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Ede Nilda Pellegrini (D.N.I. 4.007.950) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “PELLEGRINI, EDE NILDA s/Sucesorios (CUIJ Nº 21-02908578-9). - Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. - Rosario, 14 de Diciembre de 2018. – María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380478 Feb. 11
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Graciela Beatriz Mamarella (D.N.I. 12.111.580) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “MAMARELLA, GRACIELA BEATRIZ s/Declaratoria de Herederos” (CUIJ Nº 21-02908458-8). - Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. - Rosario, 14 de Diciembre de 2018. – María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380477 Feb. 11
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Francisco Petrillo (D.N.I. 93.534.038) y de Antonietta Vitantonio y/o Antonia Vitantonio (D.N.I. 93.523.984) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “PETRILLO FRANCISCO y Otro s/Sucesorio” (Expte. N° 21-02908470-7). Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. - Rosario, 17 de Diciembre de 2018. – María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380474 Feb. 11
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Leonor Morinico (D.N.I. 4.920.898) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: MORINICO LEONOR s/Sucesorio” (CUIJ N° 21-02906768-3). - Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Oficina de Procesos Sucesorios. - Rosario, 17 de Diciembre de 2018. – María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 380472 Feb. 11
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Melincué,
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y
DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Nº 8 de Melincué, el Secretario que suscribe cita a los herederos, legatarios y acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes del causante don DAVID ADRIAN OJEDA por un días, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Autos “OJEDA, ADRIAN DAVID S/ SUCESION” (Expte. Nº 1187-2018).-
Melincué, de Octubre de 2018.-
$ 45 374980 Feb. 11
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