picture_as_pdf 2019-06-28

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rosario, Dr. Ezequiel M. Zavalle, en los autos caratulados: GONZÁLEZ, KALEN AIEN s/Sumaria información”, CUIJ Nº 21-02913178-0, se hace saber que se ha dispuesto: “Rosario, 10 de Abril de 2019: Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, en mérito al poder especial acompañado. Por promovida la acción que expresa, a la que se imprime el trámite del juicio sumarisimo. Precédase a recaratular correctamente los presentes. Por ofrecida la prueba. A la documental: téngase presente. A la testimonial: fíjese fecha de audiencia testimonial para el d(a 20/05/2019 a las 09:00 horas, a los efectos de que comparezcan los testigos Sres. Sagarduy Fermín, Peroné Pablo, Evangelina Ester Frontavini, jazmín marta Zarzur y Laura Inés Vera. Notifíquese por cédula. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de tribunales una vez por mes, en el lapso de dos meses. Recábense informes sobre medidas precautorias a nombre del interesado al Registro General. Fecho; vista a la Asesoría letrada del Registro Civil. Martes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Fdo.: Dra. Gabriela B. Cossovich, Secretaria – Dr. Ezequiel M. Zabale, Juez de trámite.

$ 45 390250 Jun. 28

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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación, Dra. María Andrea Mondelli, secretaria autorizante de la Dra. Elvira Sauan, se hace saber que en los autos URQUIZA, AXEL GABIREL s/Solicitud Propia quiebra” CUIJ 21-02910375-2, se ha dictado la Quiebra por medio del auto N° 1583 de fecha 21/06/19, que se transcribe: “Y Vistos... Y Considerando... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Axel Gabriel Urquiza, DNI 40.120.023, argentino, mayor -de edad, soltero, domiciliado en calle Matienzo 2558 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe... 3) Ordenar al fallido y a terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquel; 4) Intimar al deudor para que cumpla los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la Ley 24522 y para que entregue al Síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad; 5) Prohíbese hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces; 7) Intimar al fallido para que dentro de las 48 horas, constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estados del juzgado;...11) Para sorteo de Síndico desígnase el día 03/07/2019, a las 10:00hs. Deferir las fechas hasta las cuales podrán presentarse las solicitudes de verificación de créditos ante el Síndico y para la presentación de los Informes Individual y General respectivamente, las que se fijarán por auto ampliatorio, aceptado que fuere el cargo por el Síndico a designarse; 12) Publíquense edictos conforme art. 89 L.C. en el BOLETÍN OFICIAL. Insértese y hágase saber. Dra. Sauan, Secretaria.

S/C 394522 Jun. 28 Jul. 4

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Por disposición del Juez de la Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16a Nominación de Rosario, Dr. Pedro Antonio Boasso, dentro de los autos caratulados: CASARES MARÍA EMILIA RITA c/ALCARAZ, ROSA s/Prescripción adquisitiva, Expte. N° 837/2014; se ha ordenado la publicación del siguiente edicto, “Nº 326 T° 66 F° 194 Rosario, 1 de abril de 2019. 1) Haciendo lugar a la acción de usucapión promovida en autos, respecto del inmueble deslindado en la presente sentencia, consistente en un lote de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, situado sobre calle Cochabamba 30,02 mts. de calle Cafferata hacia el Oeste, conformado por los siguientes lados, medidas, ángulos, linderos y superficies: Frente al Sur sobre calle Cochabamba 8,66 mts., lindando con calle Cochabamba, lado Este de 21,65 mts. lindando con Ana Laura Maruna y Elba Marta La Rosa, al Oeste de 21,65 mts. lindando con los Sres. Stella Maris Fuchilieri y Miguel Angel Fuchilieri y por el Norte 8,66 mts. lindando Femando Nelson, Evelina Beatriz, Hernán Jorge Batalles; formando una superficie total de 187,49 mts.2 de terreno y con ángulos de 90 grados; el que se encuentra empadronado en la .Sección 10, Manzana 14, Gráfico 44; del plano archivado al Dupl. 5686-R del Departamento Topográfico del SCIT; declarando probada la quieta, pública y pacífica posesión del mismo por el término de veinte años animus domini por parte de la actora, Rita María Emilia Casares, y por consiguiente la adquisición del dominio de dicho inmueble, a quien previo los recaudos de ley se le otorgará el título supletorio respectivo. 2) Imponer las costas a la demandada (artículo 251 C.P.C.C.), con la salvedad de que los honorarios profesionales de la defensora de oficio deberán ser provisoriamente soportados por la actora, conforme los considerandos ut-supra vertidos. 3) Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto se acompañe el impuesto inmobiliario respectivo. Insértese y hágase saber.- Firmado: Dr. Pedro Antonio Boasso (Juez); Dra. María Sol Sedita (Secretaria). Rosario, 13 de Junio de 2019.

$ 62,50 394664 Jun. 28 Jul. 2

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15a. Nominación de Rosario, en autos: PANARISI ANGEL - Sucesores c/PROFYRIS CONSTANTINO s/Usucapión, Expte. Nro. 21-01596281-7, se le hace saber que por decreto de fecha 05 de Junio de 2019 se ha fijado fecha de audiencia de conciliación para el día 27 de Junio de 2019 a las 10:30 hs. El decreto fue firmado por Dra. Ma. Eugenia Sapei (Secretaria) - Dr. Carlos E. Cadierno (Juez). Dra. Baclini, Secretaria.

$ 45 394639 Jun. 28

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Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18a. Nominación de Rosario, secretaria de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: LUCERO YANINA NOEMI s/Solicitud propia quiebra CUIJ 21-02911621-8 mediante Resolución N° 1165 de fecha 19 de Junio de 2019, se ha ordenado: Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Yanina Noemí Lucero, DNI Nº 38.726.926, con domicilio real en la calle Pje. Grisel 7067 de la ciudad de Rosario Provincia de Santa Fe y legal en la calle Paraguay 1766 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. 2) Oficiar al Registro de Procesos Concúrsales, a fin de comunicar la presente. 3) Ordenar la inhibición general del fallido, oficiando al Registro General de la Propiedad de Rosario y Santa Fe. a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (CABA), al Registro Nacional de Créditos Prendarios, a la Prefectura Naval Argentina, al Registro Nacional de Aeronaves, al Registro Público de Comercio y al Banco Central de la República Argentina, (al que deberá ordenársele que informe a todas las entidades bajo su control que deberán informar si el fallido opera en las mismas y, en tal caso, en que tipo de operaciones). Asimismo, ofíciese al Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), a efectos de que tenga a bien informar respecto de los bienes de cualquier naturaleza que resulten de titularidad del fallido, en todo el país y al Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre del fallido. 4) Disponer se comunique la presente al Registro Público de Comercio, AFIP, API (a los fines del art. 23 del Código Fiscal), a la Municipalidad de Rosario y a toda otra entidad que la Sindicatura entendiere menester, oficiándose. 5) Intimar al deudor para que dentro de las 24hs. entregue al síndico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 6) Intimar a al fallido y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquél en su poder a ponerlos a disposición del síndico. 7) Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 8) Interceptar la correspondencia dirigida al fallido, entregándose la misma al síndico, a cuyo fin se deberá oficial al Correo Oficial S.A. y a las empresas Andreani S.A. y Oca S.A.. 9) Librar los despachos que fueren menester a los fines de hacer efectivo el mero de atracción dispuesto por el art. 132 LCQ, a cuyo fin deberá oficiarse a los juzgados en lo Civil y Comercial, de Circuito, de Circuito de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual de la Provincia de Santa Fe, ha efectos de hacerles saber de esta declaración de quiebra, de requerirle que informen si el fallido es actor o demandado o tercero con participación procesal en algún juicio tramitado por ante alguno de esos juzgados (detallando los datos de carátula, número de CUIJ, y ubicación actual), en tal caso, si corresponde, se ordene la remisión a este juzgado y, si no corresponde tal remisión, se ponga constancia en los respectivos expedientes. Los oficios deberán ser remitidos por la secretaría vía correo electrónico, haciéndole saber al oficiado que es innecesario responder si el fallido no es parte de ningún juicio tramitado por ante su juzgado. 10) Hacer saber al fallido que no podrá ausentarse del país sin autorización previa de este tribunal y en las condiciones previstas por el art. 103 LCQ, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. Oficiándose a la Policía Federal (Delegación Rosario), Dirección General de Migraciones, a Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria. 11) Desapoderar al fallido de sus bienes existentes a la fecha y los que adquiera hasta su rehabilitación (art. 106 y ss. L.C.Q.). 12) Clasificar al proceso en la categoría “B” a los fines de sorteo de síndico a sus efectos designase la audiencia del día 26 de junio de 2019 a las 10 hs. Las fechas para cumplimiento de lo prescripto en el art. 88 última parte LCQ se fijarán por auto ampliatorio de la presente aceptado que fuere el cargo por el síndico sorteado. 13) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que integran el activo del deudor. Hacer saber al síndico, aceptado que fuere el cargo, que deberá efectuar dentro del término de 15 días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida -que comprenderá sólo los rubros generales - y proceder a la incautación prevista por el art. 177 LCQ. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al síndico a allanar el domicilio del fallido, clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde éste tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza pública y utilizar los servicios de cerrajero, otorgándosele la credencial correspondiente. 14) Publicar edictos conforme lo dispuesto en el art. 89 LCQ en el Boletín Oficial por el término de 5 días. 15) Hacer saber a la sindicatura designada que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberán encontrarse agregadas a las actuaciones a la brevedad, bajo apercibimientos de ley. 16) Hacer saber al fallido que ante cualquier enajenación, simulación, ocultamiento, distorsión o discriminación del valor de bienes que componen su activo o pasivo, y/o toda otra situación que pudiera configurar ilícito, se remitirán los antecedentes al Ministerio Público de la Acusación. 17) Martes y viernes para notificaciones en la oficina. Insértese y hágase saber. Publíquense edictos durante cinco días, sin cargo conforme arts. 89 y 182 LCQ. Rosario, 12 de Junio de 2019. Dra. Huljich, Secretaria.

S/C 394590 Jun. 28 Jul. 4

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: TARJETA NARANJA SA c/PERRERO MARINA IVON s/Ejecutivo, Expte. Nro. 61/2018, se hace saber a PERRERO MARINA IVON, que se ha dictado la siguiente Fallo: Nº 347. Rosario, 06 de Marzo de 2019: Y Vistos… Y Considerando… Resuelvo: 1) Ordenando seguir adelante la ejecución contra Perrero Marina Ivon hasta tanto el actor se haga integro cobro de la suma reclamada de pesos diecisiete mil doscientos cuarenta y nueve 77/100 ($17.249,77) con más los intereses establecidos en los considerandos desde la mora y hasta el día de su efectivo pago. 2) Costas al vencido (art. 251 CPCC). 3) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mónica Klebcar (Jueza) - Dra. Marianela Godoy (Secretaria). Dra. Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 33 394581 Jun. 28 Jul. 2

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En los autos caratulados: IRSA PROPIEDADES COMERCIALES S.A. c/METALÚRGICA FERROSUD S.A. s/Juicio Ejecutivo, CUIJ Nº 21-02893050-7, que tramita ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Cadierno, Juez - Dra. SAPEI, Secretaria, se ha ordenado notificar a la firma Metalúrgica Ferrosud S.A., lo siguiente: “Rosario, 07 de Junio de 2019. Cítese de remate a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley. Fdo. Dr. Cadierno, Juez - Dra. Sapei, Secretaria. Rosario, Junio de 2019.

$ 33 394623 Jun. 28 Jul. 2

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Quaglia, Juez, Pro Secretaría de la Dra. Valeria Beltrame, en los autos: USMAN EQUIPAMIENTOS SRL s/Concurso Preventivo, Expte. Nº 268/2019, CUIJ 21-02914658-3, ha dispuesto la publicación a los fines de informar que por Resolución Nº 773 de fecha 10/05/2019 se ha declarado la apertura del concurso preventivo de la firma Usman Equipamientos SRL, con domicilio legal en calle Corrientes Nº 832 Piso 2 de la ciudad de Rosario, dictándose auto ampliatorio de fecha en 18/06/2019, haciéndose saber que ha sido designado y aceptado el cargo de Síndico el C.P. Martín Marcos Rossi, con domicilio legal en calle Sarmiento N° 819 Piso 6° Of. 14 de Rosario, fijando horario de atención días hábiles judiciales de 9:00 hs a 13:00 hs y de 16:00 a 20:00 hs. Asimismo se ha fijado el día 29/07/2019 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación de sus créditos, y los días 09/09/19 y 21/10/2019, las fechas en las que la sindicatura deberá presentar el informe individual y el informe general, respectivamente. Rosario, 24/06/2019.

$ 215 394668 Jun. 28 Jul. 4

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Por disposición del Sr. Juez Subrogante, Dr. Ezequiel Zabale, del Juzgado Vacante de Primera Instancia Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de la ciudad de Rosario, Secretaría del Dr. Sergio A. González, y de conformidad a lo normado en el artículo 597 del C.P.C.C.S.F., se hace saber que en los autos caratulados: MACIEL, RAMÓN VICTORINO el TAPIA, LUIS s/Escrituración Expte. Nº 574/2012, CUIJ 21-01444236-4, se citan a los herederos del Sr. LUIS TAPIA a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley, a fin, de que ejerzan sus derechos y comparezcan en el presente juicio. Rosario, 13 de Junio de 2019. Fdo.: Dr. Sergio A. González, Secretario.

$ 33 394575 Jun. 28 Jul. 2

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaria a cargo de la Autorizante, en autos caratulados: BANCO HIPOTECARIO SA c/CAÑETE CELIA IRENE s/Juicio Ejecutivo; Expte. 21-01663651-4, se ha resuelto: Fallo: 1) Ordenando seguir adelante la ejecución contra Cañete Celia Irene hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada de de $ 25.000 con más los intereses fijados en los considerandos. 2) Imponiendo las costas al demandado (Art. 251 CPCC). 3) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique la planilla respecto. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. Susana Gueiler, Juez; Dra. Myrian Huljich, Secretaria. Rosario, 24/06/19. Jonatan Pierini, Prosecretario.

$ 33 394588 Jun. 28 Jul. 2

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Por orden del Sr. Secretario de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ma. Nominación de Rosario, Secretaria del Dr. Menossi Lucas; Juzgado a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb, se ha dispuesto publicar el presente a fin de hacer saber que en autos caratulados: CARACCIOLO ROSANA ROMINA c/MERDENI LUCIA FATIMA s/Ejecutivo; Expte. 722/14, se ha dictado la siguiente Resolución: Nº 1074 de fecha 22/06/2018. Y Vistos:… Y Considerando:… Resuelvo: 1) Hacer lugar parcialmente a la demanda mandando a llevar adelante la ejecución contra la demandada, hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma de $ 31500 con más los intereses establecidos en los considerandos precedentes. 2) Imponer las costas a la parte demandada vencida (art. 251 CPCC). 3) Los honorarios se regularán una vez firme la planilla correspondiente. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dra. Verónica Gotlieb, Jueza; Dr. Menossi Lucas, Secretario.

$ 33 394620 Jun. 28 Jul. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos: COMUNA DE GENERAL LAGOS c/BARRIONUEVO, NÉSTOR OSCAR s/Apremio Circuito; Expte. CUIJ Nº 21-22765605-8, se ha dictado lo siguiente: Nº 1322. Arroyo Seco, 31 Mayo de 2019. Vista:… Resuelvo: 1) Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2) Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3) Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4) Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5) Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $ 1.543,52 en concepto de capital, con más la suma de $ 1.543,52 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6) Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7) Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Alvarado, Juez; Cattani, Secretaria. Se cita de remate al Sr. Néstor Oscar Barrionuevo y/o titular y/o poseedor del vehículo TYL-139 para que opongan excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hicieren. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Arroyo Seco, 13 de Junio de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 392636 Jun. 28 Jul. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos: COMUNA DE GENERAL LAGOS c/CORTINEZ, BRUNO FRANCISCO JESÚS s/Apremio Circuito: Expte. CUIJ Nº 21-22765608-2, se ha dictado lo siguiente: Nº 1319. Arroyo Seco, 31 May de 2019. Vista:… Resuelvo: 1) Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2) Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3) Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4).Imprimir a este proceso el tramite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5) Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $ 12.581,45 en concepto de capital, con más la suma de $ 6.290,72 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6) Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7) Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Alvarado, Juez; Cattani, Secretaria. Se Cita de remate al Sr. Bruno Francisco Jesús Cortinez y/o titular y/o poseedor del vehículo 746-HYJ para que opongan excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hicieren. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Arroyo Seco, 13 de Junio de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 394635 Jun. 28 Jul. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos: COMUNA DE GENERAL LAGOS c/FACCHIANO GIANFRANCO s/Apremio Circuito; Expte. CUIJ Nº 21-22765600-7, se ha dictado lo siguiente: Nº 1347. Arroyo Seco, 03 Jun de 2019. Vista:… Resuelvo: 1) Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2) Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3) Admitir el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4)Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5) Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 1.575,67 en concepto de capital, con mas la suma de $ 1.575 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6) Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hicieren; 7) Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Alvarado, Juez; Cattani, Secretaria. Se cita de remate al Sr. Gianfranco Facchiano y/o titular y/o poseedor del vehículo FJV-100 para que opongan excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hicieren. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Arroyo Seco, 13 de Junio de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 394633 Jun. 28 Jul. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos: COMUNA DE GENERAL LAGOS c/SACCHI, JOSÉ ALFREDO y Otros s/Apremio Circuito; Expte. CUIJ Nº 21-22765607-4, se ha dictado lo siguiente: Nº 1315. Arroyo Seco, 31 Mayo de 2019. Vista:… Resuelvo: 1) Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2) Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3) Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4)Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5) Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado sobre el vehículo marca Chevrolet, dominio HSA-441,de titularidad del codemandado José Alfredo Sacchi, por la suma de pesos $ 1.543,52 en concepto de capital, con mas la suma de $ 1.543,52 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6) Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar mandamientos de intimación de pago y embargo sobre bienes libres del codemandado Lucas Nicolás Sacchi, por la suma de $ 2.469,64, en concepto de capital, con mas la suma de $ 2.469,64 estimados provisoriamente por intereses y costas. Intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio real denunciado por el actor en la demanda; 7) Citar de remate a los deudores individualizados para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hicieren; 8) Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Alvarado, Juez; Cattani, Secretaria. Se Cita de remate al Sr. José Alfredo Sacchi y al Sr. Lucas Nicolás Sacchi y/o titulares y/o poseedores del vehículo HSA-441 para que opongan excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hicieren. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Arroyo Seco, 13 de Junio de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 394632 Jun. 28 Jul. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos: COMUNA DE GENERAL LAGOS c/YORIE, EDUARDO RAMÓN s/Apremio Circuito; Expte. CUIJ Nº 21-22765602-3, se ha dictado lo siguiente: Nº 1336. Arroyo Seco, 03 Junio de 2019. Vista:… Resuelvo: 1) Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2) Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3) Admitir el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4) Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5) Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 4.767,74 en concepto de capital, con mas la suma de $ 2.380, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6) Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hicieren; Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber Fdo.: Alvarado, Juez; Cattani, Secretaria. Se Cita de remate al Sr. Eduardo Ramón Yorie y/o titular y/o poseedor del vehículo HKU-931 para que opongan excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hicieren. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Arroyo Seco, 13 de Junio de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 394631 Jun. 28 Jul. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos: COMUNA DE GENERAL LAGOS c/NIERI NICOLÁS ANDRÉS y Otros s/Apremio Circuito; Expte. CUIJ Nº 21-22765601-5, se ha dictado lo siguiente: Nº 1318. Arroyo Seco, 31 Mayo de 2019. Vista:… Resuelvo: 1) Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2) Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3) Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4) Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5) Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado sobre el vehículo marca Renault, dominio IPC-531, de titularidad del codemandado Franco Gastón Nieri, por la suma de pesos $ 1.543,52 en concepto de capital, con más la suma de $ 1.543,52 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6) Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar mandamiento de intimación de pago y embargo sobre bienes libres del codemandado Nicolás Andrés Nieri, por la suma de $ 7.717,65 en concepto de capital, con más la suma de $ 3.858,82, estimados provisoriamente por intereses y costas. Intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio real denunciado por el actor en la demanda; 7) Citar de remate a los deudores individualizados para que opongan excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hicieren; 8) Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Alvarado, Juez); Cattani, Secretaria. Se Cita de remate al Sr. Franco Gastón Nieri y al Sr. Nicolás Andrés Nieri y/o titulares y/o poseedores del vehículo IPC-531 para que opongan excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hicieren. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Arroyo Seco, 13 de Junio de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 394629 Jun. 28 Jul. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos COMUNA DE GENERAL LAGOS c/MERCADO MOREL, EDGAR s/Apremio Circuito; Expte. CUIJ Nº 21-22765603-1, se ha dictado lo siguiente: Nº 1321. Arroyo Seco, 31 Mayo de 2019. Vista:… Resuelvo: 1) Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2) Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3) Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4)Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5) Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $ 13.965,86 en concepto de capital, con más la suma de $ 6.982,93 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6) Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7) Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Alvarado, Juez; Cattani, Secretaria. Se Cita de remate al Sr. Edgar Morel Mercado y/o titular y/o poseedor del vehículo WMB-618 para que opongan excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hicieren. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Arroyo Seco, 13 de Junio de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 394628 Jun. 28 Jul. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos: COMUNA DE GENERAL LAGOS c/ROMERO. EDUARDO JOSÉ s/Apremio Circuito; Expte. CUIJ Nº 21-22765604-9, se ha dictado lo siguiente: Nº 1320. Arroyo Seco, 31 Mayo de 2019. Vista:… Resuelvo: 1) Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2) Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3) Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4) Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5) Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $ 6.400,08 en concepto de capital, con más la suma de $ 3.200,02, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6) Citar de remate al deudor individualizado para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7) Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Alvarado, Juez; Cattani, Secretaria. Se cita de remate al Sr. Eduardo José Romero y/o titular y/o poseedor del vehículo 971-DTU para que opongan excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hicieren. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Arroyo Seco, 13 de Junio de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 394625 Jun. 28 Jul. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos: COMUNA DE GENERAL LAGOS c/SILENZI, SEBASTIAN IGNACIO s/Ejecución Fiscal; Expte. CUIJ N° 21-22764658-3, se ha dictado lo siguiente: Nº 1307. Arroyo Seco, 11 Junio de 2018. Vista:… Resuelvo: 1) Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2) Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3) Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4) Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5) Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $ 8.213,09 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.106,54 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6) Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7) Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Alvarado, Juez; Cattani, Secretaria. Se citar de remate al Sr. Sebastián Ignacio Silenzi y/o titular y/o poseedor y/o tenedor del vehículo 250-KFU para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Arroyo Seco, 11 de Junio de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 394622 Jun. 28 Jul. 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos: COMUNA DE GENERAL LAGOS c/NUÑEZ, OSVALDO y Otros s/Apremio; Expte. CUIJ Nº 21-22764654-0, se ha dictado lo siguiente: Nº 1299; Arroyo Seco, 11 Junio de 2018. Vista:… Resuelvo: 1) Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2) Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3) Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4) Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5) Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $ 2.161,34 en concepto de capital, con más la suma de $ 1.080,67 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6) Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7) Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Alvarado, Juez; Cattani, Secretaria. Se citar de remate al Sr. Osvaldo Núñez y/o titular y/o poseedor y/o tenedor del vehículo AA581AA para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Arroyo Seco, 11 de Junio de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 394619 Jun. 28 Jul, 2

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de Arroyo Seco, a cargo de la Dra. Mariana Alvarado, dentro de los autos: COMUNA DE GENERAL LAGOS c/TORRES, CRISTIAN EDUARDO s/Apremio Municipal; Expte. CUIJ Nº 21-22764628-1, se ha dictado lo siguiente: Nº 1255. Arroyo Seco, 05 Junio de 2018. Vista:… Resuelvo: 1) Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2) Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general acompañada que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3) Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC art. 38); 4) Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5) Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $ 6.679,98 en concepto de capital, con más la suma de $ 3.339,99 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7) Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Alvarado, Juez; Cattani, Secretaria. Se cita de remate al Sr. Cristian Eduardo Torres y/o titular y/o poseedor del vehículo 748-KGI para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. Se deja constancia que la publicación del presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.066 y sus modificatorias. Arroyo Seco, 11 de Junio de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 394617 Jun. 28 Jul. 2

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Basso Emilio Roberto DNI 6.011.741, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: BASSO EMILIO ROBERTO s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02975372-5. Rosario, 21 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394578 Jun. 28

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8a. Nominación de Rosario, y en autos: BARRAL, AQUILINO s/Declaratoria de Herederos; Expte. 21-02901772-4, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Aquino Barral (DNI 5.959.344), para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de un día (art. 2340 del Código Civil y Comercial). María Belén Baclini, secretaria.

$ 45 394579 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Anabel Caproli, DNI N° 29.618.100, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: CAPROLI, ANABEL s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-02915630-9. Rosario, 18 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394572 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Gerardo Ernesto Balloni, DNI N° 16.563.412, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: BALLONI GERARDO ERNESTO s/Declaratoria de Herederos; CUIJ N° 21-02915628-7. Rosario, 19 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394570 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Victorio Balloni, LE N° 3.095.297, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: BALLONI VICTORIO s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-02913998-6. Rosario, 19 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394569 Jun. 28

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Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, Juez Dr. Pedro A. Boasso, Secretaria Dra. Bárbara Lechini, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Hernández Rogelio, DNI Nº 6.018.956, dentro de los autos caratulados: HERNÁNDEZ ROGELIO s/Sucesorio; Expte. CUIJ N° 21-02915984-7, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de diez días, bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL, y en hall de Tribunales. Rosario, 4 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394568 Jun. 28

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 3º Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Zabale Ezequiel (Juez) y la Dra. Lechini Bárbara, se cita, llama y emplaza a los herederos acreedores y legatarios del causante Horacio Berto Montanari, con CUIL 20060215473, DNI Nº 6.021.547, a que comparezcan a estar a derecho dentro del termino y bajo apercibimientos de ley dentro de los autos caratulados: MONTANARI HORACIO BERTO, s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02914900-0. Lo que se publica a sus efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 6 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394567 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Manuel Ernesto Escobar (DNI 8.524.505), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: ESCOBAR MANUEL ERNESTO s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02910796-0). Rosario, 19 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394566 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Inocencio Torales, DNI N° 5.989.253, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: TORALES, INOCENCIO s/Declaratoria de Herederos; Expte. CUIJ N° 21-02914729-6. Rosario, 24 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394614 Jun. 28

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Edgardo Raúl Giménez, DNI 6.125.292, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: GIMÉNEZ, EDGARDO RAÚL s/Sucesorio; CUIJ 21-02915765-8. Rosario, 18 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394595 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el Causante Robin Jorge Emilio DNI Nº 6.046.974, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: ROBIN JORGE EMILIO y Otro s/Sucesión; CUIJ 21-02916040-3. Rosario, 24 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394565 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Aimino Victoria Ester LC Nº 4.781.647, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: ROBIN JORGE EMILIO y Otro s/Sucesión CUIJ 21-02916040-3. Rosario, 24 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394563 Jun. 28

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Por disposición de la Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Selva Argentina Sainz (DNI 1.918.249) y Juan José Leone (LE 2.894.490), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: SAINZ, SELVA ARGENTINA y Otros; s/Sucesión; (CUIJ Nº 21-02912875-5). Rosario, 19 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394573 Jun. 28

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Por disposición de la Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Carlos Alberto Leone (LE 8.284.917), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: LEONE, CARLOS ALBERTO s/Sucesión; (CUIJ Nº 21-02913489-5). Rosario, 19 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394574 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sebastián Beros Igoa, DNI 24.322.159, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: BEROS IGOA SEBASTIAN s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02909683-7. Rosario, 21 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394576 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante José Luis Saura, DNI Nº 5.927.041, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: SAURA, JOSE LUIS s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02914191-3. Rosario, 19 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394564 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Mauricio León Grines, DNI Nº 3.745.597, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: GRINES, MAURICIO LEON s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02914192-1. Rosario, 18 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394562 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Bilotta Natalina y/o Natalia (DNI 93.628.782), y de Cervigni Roberto Gerardo, DNI 3.678.938, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados BILOTTA NATALIA y Otros s/Sucesorio; CUIJ 21-02914977-9. Rosario, 24 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394552 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante María del Pilar Ali, DNI 1.767.266, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: ALI MARIA DEL PILAR s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02914683-4. Rosario, 24 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394553 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Pavoni Esther Josefa, LC 2.942.545, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: PAVONI ESTHER JOSEFA s/Sucesorio; CUIJ 21-02914841-1. Rosario, 24 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394554 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Eduardo Veizaga DNI 92.404.743), y de Carmen María Bustamante, DNI 2.800.615, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados VEIZAGA EDUARDO y Otros s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02912489-9. Rosario, 24 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394555 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Elena De la Rosa, LC 1.097.369, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: DE LA ROSA ELENA s/Sucesorio; CUIJ 21-02912224-2. Rosario, 24 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394556 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Moreira Rubén, M 7.857.229, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: MOREIRA RUBEN s/Sucesorio; CUIJ 21-02913441-0. Rosario, 24 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394557 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Bernard Luis Felipe, DNI 6.023.065, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: BERNARD LUIS FELIPE s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02912846-1. Rosario, 24 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394559 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 10º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Catalina Gracia Di Iorio, DNI 5.568.352, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados DI IORIO CATALINA GRACIA s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02902861-0. Rosario, 24 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394560 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 1º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Rubén Enrique Porciel, DNI 6.080.935, y de Muniategui, Alicia Mirta DNI 12.162.671, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados MUNIATEGUI, ALICIA MIRTA y Otros s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02914909-4. Rosario, 24 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394561 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Luis Antonio Tevez, DNI 7.841.531, y de Estela Diana Zingale, DNI 13.502.398, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados TEVEZ, LUIS ANTONIO y OTROS s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02913995-1. Rosario, 24 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394545 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Rivero Angélica Florentina, LC 5.544.032, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados RIVERO ANGELICA FLORENTINA s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02915283-4. Rosario, 24 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394541 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Cardozo José Luis, DNI 11.752.259, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados CARDOZO JOSE LUIS s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02915842-5. Rosario, 24 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394543 Jun. 28

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Villarruel Juan José, DNI 6.056.451, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: VILLARRUEL JUAN JOSE s/Sucesorio; CUIJ 21-02906895-7. Rosario, 24 de Junio de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 394542 Jun. 28

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la señora Juez de 1° Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 1 de Distrito Judicial N° 7 de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaria Subrogante de la Dra. Viviana M. Guida, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante Doña Beatriz Felisa Blua, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 (treinta) días, bajo apercibimientos de ley. Autos: BEATRIZ FELISA BLUA s/Sucesión; (CUIJ N° 21-25807004-3). Publíquese por 1 (un) día. Casilda, 6 de Junio de 2019. Dra. Viviana Guida (Secretaria Subrogante).

$ 45 394627 Jun. 28

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El Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Casilda, Notifica a los herederos denunciados en el Expte, y se dispone la citación de herederos, acreedores y de todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, HERMINIA DULON, por edicto publicado por en día en el diario de publicaciones oficiales, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Dra. Sandra S. González, Secretaria.

$ 45 394599 Jun. 28

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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Segunda Nominación de Distrito Judicial Nº 7 de la ciudad de Casilda, llama a los herederos, acreedores o legatarios de NELLI ELENA ANA PAULUCCI, por un (1) día para que dentro, de los treinta días comparezcan ante ese Tribunal a hacer valer sus derechos. Casilda, 31 de Mayo de 2019. Dra. Sandra S. González, Secretaria.

$ 45 394530 Jun. 28

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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Segunda Nominación de Distrito Judicial Nº 7 de la ciudad de Casilda, llama a los herederos, acreedores o legatarios de WALTER ANTONIO CHAGAY, por un (1) día para que dentro de los treinta días comparezcan ante ese Tribunal a hacer valer sus derechos. Casilda, 13 de Junio de 2019. Dra. Sandra S. González, Secretaria.

$ 45 394534 Jun. 28

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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Segunda Nominación de Distrito Judicial Nº 7 de la ciudad de Casilda, llama a los herederos, acreedores o legatarios del Sr. OSCAR RODOLFO ALANIS, por un (1) día para que dentro de los treinta días comparezcan ante ese Tribunal a hacer valer sus derechos. Casilda, 13 de Junio de 2019. Dra. Sandra S. González, Secretaria.

$ 45 394532 Jun. 28

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 6 de la ciudad de Cañada de Gómez, (Provincia de Santa Fe), la Secretaria que suscribe comunica, que se cita y emplaza por edictos a los herederos y/o sucesores de Miguel Angel Romar (LE 4.327.548) en su carácter de copropietario del inmueble empadronado bajo la partida de impuesto inmobiliario 150900-208184-0002-2 a fin que comparezcan en los presentes, a hacer valer su derechos por el término y bajo apercibimientos de ley, y conforme lo normado por el Art. 597 del CPCC. Todo ello dentro de los autos: ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS c/ROMAR MIGUEL ANGEL y Otros s/Apremios; Expte. CUIJ Nº 21-22984995-3. Publíquese sin cargo por cinco (5) días (artículo 132 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe). Cañada de Gómez, Mayo de 2019.

S/C 394523 Jun. 28 Jul. 4

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nº 6, 2da. Nominación, de la ciudad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe se cita al demandado Sr. EDGARDO ESTANISLAO MARENGO, DNI 6.180.090, y a terceros adquirentes si los hubiere, a sus sucesores o administrador provisorio de la herencia; o al representante legítimo en caso de concurso, quiebra o incapacidad, por edicto que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y en la forma establecida en Art. 67 CPC y C (texto según Ley 11287), por el término de cinco (5) días, en cinco veces a fin de que dentro de los cinco (5) días subsiguientes a la última publicación, abonen el crédito que se reclama de U$S 19.800, intereses y costas; u opongan excepción legítima bajo apercibimiento de dictar sentencia en rebeldía y darlos por notificados de cualquier resolución o providencia posterior. (Expte. 909 Año 2018). Dra. María Laura Aguaya, Jueza; Dr. Mariano Navarro, Secretario.

$ 45 394663 Jun. 28 Jul. 4

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VILLA CONSTITUCION

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En los autos caratulados: LAVELLA LUIS y SBARBATTI TERESA s/Sucesión; Expte. N° 492/19, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Villa Constitución, a cargo de la Dra. Griselda Ferrari, Secretaría de la Dr. Mauro R. Bonato, se cita y emplaza a los herederos, legatarios o acreedores de Doña Teresa Sbarbatti, para que comparezcan ante éste tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución, 12 de Junio 2019. Fdo.: Dr. Mauro Bonato, Secretario.

$ 33 394529 Jun. 28 Jul. 2

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En los autos caratulados: LAVELLA LUIS y SBARBATTI TERESA s/Sucesión, Expte. N° 492/19, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de Villa Constitución, a cargo de la Dra. Griselda Ferrari, Secretaría de la Dr. Mauro R. Bonato, se cita y emplaza a los herederos, legatarios o acreedores de Don Luis Lavella, para que comparezcan ante éste Tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución, 12 de Junio 2019. Fdo.: Dr. Mauro Bonato, Secretario.

$ 33 394531 Jun. 28 Jul. 2

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MELINCUE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito N° 8 de Melincué, el Secretario que suscribe cita a los herederos, legatarios y acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes del causante don Tulio Bombechi, por un día, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: BOMBECHI, TULIO s/Sucesión Testamentaria; (Expte. N° 521-2019). Melincué, 19 de Junio de 2019. Luciana P. Parenti, secretaria.

$ 45 394600 Jun. 28

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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito N° 8 de Melincué, la Secretaria que suscribe cita a los herederos, legatarios y acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes del causarle Don Luis Roberto Medina y de Don Héctor Roberto Medina, por un día, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: MEDINA, LUIS ROBERTO y MEDINA, HÉCTOR ROBERTO s/Sucesiones; (Expte. N° 601-2019). Melincué, 19 de Junio de 2019. Luciana P. Parenti, secretaria.

$ 45 394597 Jun. 28

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Por disposición de la señora Jueza de 1º Instancia de Distrito N° 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de NICANOR SEVERO ALVAREZ, para que en el término y bajo apercibimientos de ley comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Expte. N° 247 año 2019. Melincué, 19 de Junio de 2019. Luciana P. Parenti, secretaria.

$ 45 394648 Jun. 28 Jul. 25

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