picture_as_pdf 2019-06-28

SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES Y

GESTION DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 0232


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

21/06/2019


VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de dos (02) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 3720/17 y Resolución SCYGB N.º 510/17;

POR ELLO:

EL SUBDIRECTOR DE CONTRATACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: BRODA FEDERICO CUIT N.º 20-28375486-4; “LOOPING BAR RESTAURANTE” de MARTÍN PONCE Y ELSA CABRERA CUIT N.º 30-71629775-2.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: HERRERO RICARDO LUIS CUIT N.º 20-08106354-1; SANTA FE MATERIALES S.A. CUIT N.º 30-70721457-7.

ARTÍCULO 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 28806 Jun. 28 Jul. 1


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RESOLUCIÓN Nº 0233


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”, 21/06/19

VISTO:

El informe elevado por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de dos (02) firmas como nuevas proveedoras: y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadrada en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09, 3720/17 y Resolución SCYGB N.º 510/17;

POR ELLO:

EL SUBDIRECTOR DE CONTRATACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: ARGELTRA S.A. CUIT N.º 30-66136130-8; COOPERATIVA DE TRABAJO EL PEHUEN LTDA. CUIT N.º 33-71058864-9.

ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 28807 Jun. 28 Jul. 1

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