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JUZGADO LABORAL


Por estarlo así dispuesto en los autos caratulados: VISGARRA, MARCELO RAMÓN c/SUCESORES De VÍCTOR ERNESTO RAMÍREZ s/Cobro de Pesos Rubros Laborales CUIJ N° 21-04778508-9, tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Segunda Nominación de esta ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto: Santa Fe, 02 de mayo de 2019. Agréguese. Para que tenga lugar el sorteo de un Defensor Ad-Hoc, fijase el día 05/06/19, a las 12.00 horas. Notifíquese por edictos por el término de ley. Notifíquese por cédula. A sus efectos se publica en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 10 Mayo de 2019. Dr. David Marcelo Suasnabar Juez Dr. Diego J. Romero Secretario.

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Laboral de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Pcia. de Santa Fe, se hace saber a Ud. que en los autos: COOPERATIVA P.O.S.P.A.V. Y C. SETUBAL LTDA. c/herederos de OSCAR ACOSTA y Otros s/Consignación (Expte. CUIJ N° 21-04781382-1), se cita, llama y emplaza a todos aquellos que se crean con derecho a percibir la indemnización derivada de la muerte del señor Oscar Alberto Acosta, DNI N° 12.882.320, argentino, casado, fallecido en fecha 15/09/2018, para que comparezcan a estar a derecho y a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley, todo a tenor del decreto que ha recaído en autos y se transcribe: Santa Fe, 13 de Mayo de 2019. Proveyendo cargo Nº 4632/19: Téngase presente lo manifestado. Agréguese el oficio debidamente diligenciado que se acompaña. I) Habiéndose dado cumplimiento a lo requerido a fs. 21, se dispone: Cítese por Edictos a todos aquellos que se crean con derecho apercibir la indemnización derivada de la muerte de Oscar Alberto Acosta, que se publicarán por tres (3) días consecutivos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el lugar que al efecto habilitado la Corte Suprema de Justicia de la Provincia en esos Juzgados, para que dentro del término de tres (3) días después de la última publicación comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos. Notifíquese. Fdo. Dra. Patricia De Petre Jueza Dra. Cintia A. Porreca Secretaria A efectos se publica el presente en el BOLETÍN OFICIAL y ley 11.287. Santa Fe, 20 de Mayo de 2019.

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Tribunal Colegiado Nº 1, Dr. Cristian Omar Werlen, Primera Secretaría a cargo de la Dra. Marcela B. González, sito en calle San Jerónimo N° 1551 2° Piso de la ciudad de Santa Fe, se cita al Sr. Félix Marcelo Robles DNI Nº 18.707.313, para que el día 1 de Julio de 2019 a las 18,00 hs., comparezca al Salón de Despacho de dicho Juzgado, a absolver posiciones en el juicio FERNANDEZ, CARLOS ANTONIO c/ROBLES, FÉLIX MARCELO y/o COZZI, MARCELO ANDRÉS y/u Otro s/Indemnización de Daños y Perjuicios (Expte. 828 año 2009) por haberlo así solicitado la parte actora. Código Proc. Civ. Art. 162: Solicitada la absolución de posiciones, se decretará día y hora de audiencia y el apercibimiento de que si el citado no comparece sin justa causa o no concurriere a la que nuevamente se determine cuando ésta exista o si el compareciendo se negare a declarar, será tenido por confeso en la sentencia. La citación del absolvente deberá hacerse con una anticipación no menor de tres días al del acto, en el domicilio real de aquel. Si fueren varios los que hayan de absolver iguales posiciones se las recibirán en el mismo día evitando que se comuniquen. La absolución de posiciones debe prestarse ante el juez de la causa si el absolvente reside dentro de su jurisdicción; en caso contrario, ante el juez del mismo grado y fuero que corresponda al domicilio del absolvente. Art. 395: El que haya de reconocer un documento o absolver posiciones será citado con antelación no menor de diez días, bajo apercibimiento de que se tendrá aquel por reconocido o éstas por absueltas si no comparece o se niega a declarar. En tales casos, el actor podrá entablar la demanda tomando por base los hechos o documentos contesados o reconocidos, bajo la responsabilidad del demandado por todos los perjuicios y costas judiciales si resultare que ellos no son verdaderos A continuación se transcriben las partes pertinentes de los decretos que así lo ordenan: Santa Fe, 24 de noviembre de 2010. (…) Pruebas de la Parte Actora (fs. 10 vto. /12): (…) Confesional: Para que tenga lugar la absolución de posiciones por parte de los demandados Félix Marcelo Robles y Marcelo Andrés Cozzi, cítaselos a la audiencia señalada, bajo apercibimientos de ley. (…) Notifíquese. Fdo.: Dra. Susana Ortis Secretaria Dra. Mariel A. Rodríguez Ocampo Juez. Otro Decreto: Santa Fe, 6 de junio de 2011. A los fines de la notificación mencionada, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y déjese copia en el hall de estos Tribunales. Autorízase al Dr. Avilé Crespo y/o al profesional a quien éste designe a intervenir en el diligenciamiento. Notifíquese. Fdo.: Dra. Mariel A. Rodríguez Ocampo Juez Marcela B. González Secretaria. Otro Decreto: Santa Fe, 29 de Junio de 2018 Designase Juez de Trámite al Dr. Cristian Omar Werlen (art. 543 del CPCC). Notifíquese. Fdo. Dr. Esteban Gabriel Masino Dr. Cristian Omar Werlen. Jueces del Tribunal Colegiado Nº Uno. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de éste Tribunal, a los días del mes de Febrero de 2019. Otro Decreto: Santa Fe, 08 de Mayo de 2019. Atento la imposibilidad de constituirse el Tribunal en fecha 27/06/19 a las 8 hs, reprogramase la audiencia de vista de causa prevista, para el día 1° de Julio de 2019 a las 18 hs., citándose a las partes y testigos con transcripción de la parte pertinente del proveído del 24/11/10 (fs. 49/50) y los apercibimientos de ley. (…) Notifíquese. Fdo.: Dra. Liliana Piana, Secretaria. Dr. Cristian O. Werlen, Juez. Se autoriza a intervenir en su diligenciamiento a los Dres. Ramiro Avilé Crespo y/o Gustavo Moreno y/o a quien éstos designen. La presente goza del beneficio de litigar sin gastos. Art. 333 CPCC. Fernández, Carlos Antonio c/ Robles, Félix Marcelo y/o Cozzi, Marcelo Andrés y/u otro s/ Declaratoria de Pobreza (Expte. Nº 294 Año 2004) N° de resolución: 387/2007.

S/C 391312 May. 28 May. 31

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por así estar dispuesto en los autos CORREA LORENZO OSCAR s/Quiebra (Expte. Nº 21-01963752-9) la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 15 de Mayo de 2019. Autos y Vistos:… Considerando:… Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Correa Lorenzo Oscar, apellido materno Islam, argentino, DNI N° 8.322.482, CUIL Nº 20-08322482-8, mayor de edad, jubilado, domiciliado realmente en San Lorenzo 8264, de esta ciudad de Santa Fe y legal en calle Monseñor Vicente Zaspe 2476 Piso 2, Oficina 22 de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 LCQ se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes, al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 15/05/2019 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Sindico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 LCQ. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe SA. Sucursal Tribunales para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 05/07/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Sindico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 05/08/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 03/09/2019 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 17/10/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la LCQ. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 LCQ en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteada Sindica la CPN Maria Lucia Adur en la audiencia celebrada, desígnasela en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo.: Dra. Viviana Naveda Marcó Secretaria Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena Jueza.

S/C 391244 May. 28 Jun. 4

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Por así estar dispuesto en los autos GARCÍA SEBASTIAN HORACIO s/Quiebra (Expte. Nº 21-1999941-3) la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 15 de Mayo de 2019. Autos y Vistos:… Considerando:…Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de García Sebastián Horacio, apellido materno Lizoqui, argentino, DNI N° 32.871.304, CUIL Nº 20-32871304-8, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en 3 de Febrero 1186 de Santo Tome y legal en calle Marcial Candioti 5644 de la ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 LCQ se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 15/05/2019 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 LCQ. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe SA Sucursal Tribunales para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 05/07/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 05/08/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 03/09/2019 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 17/10/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la LCQ. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 LCQ en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteado Síndica la CPN Ortiz Nancy Cristina en la audiencia celebrada, desígnasela en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo.: Dra. Viviana Naveda Marcó Secretaria Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena Jueza.

S/C 391241 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos: DÍAZ, DANIELA LUISA BEATRIZ s/Solicitud Propia Quiebra (Expte. CUIJ Nº 21-02009110-7) Año 2019, la siguiente resolución: Santa Fe, Vistos:… Resulta:… Considerando:… Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Daniela Luisa Beatriz Díaz, DNI 27.121.460, con domicilio real en calle Pasaje Falucho 4657 de la ciudad de Santa Fe y domicilio legal en calle Juan de Garay 2448, ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. 5- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida para que los entreguen al síndico. 6- Intimar a la fallida para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. A esos efectos, líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177 inc. 2°). 7- Prohibir hacer pagos a la fallida, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 8 Ordenar interceptar la correspondencia y las comunicaciones dirigidas a la fallida, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará al Correo Oficial de la República Argentina SA. 9- Hacer saber a la fallida que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24522. Practíquense las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 10- Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría B para el día 22 de Mayo de 2019 a las 10.00 horas. 11 Fijar el día 26 de Julio de 2019 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24522). 12- Fijar el día 12 de Agosto de 2019 como fecha hasta la cual la fallida y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 13 Señalar el día 10 de Septiembre de 2019 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (art. 35 Ley 24522) y el 24 de Octubre de 2019 para la presentación del Informe General (art. 39 Ley 24522). 16- Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el art. 89 de la Ley 24522. Hágase saber, insértese, expídase copias para los autos principales y el legajo pertinente art. 279 Ley 24522 líbrense los mandamientos, oficios y exhortes ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada N° 195, punto 2° de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, de Santa Fe del 10/11/86. Fdo.: Dr. Di Chiazza Juez Dra. Mariana Nelli Secretaria).

S/C 391240 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos LEGUIZAMON GUSTAVO GABRIEL s/Quiebra (Expte. CUIJ 21-02009260-9) Año 2017, la siguiente resolución: Santa Fe: Vistos:… Resulta:… Considerando:… Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Leguizamón Gustavo Gabriel DNI N° 33.568.407, con domicilio real en calle Caferatta 8910 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y domicilio legal en calle Monseñor Zaspe 2670, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. 5) Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida para que los entreguen al Síndico. 6) Intimar a la fallida para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. A esos efectos, líbrese mandamiento al Señor Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7) Prohibir hacer pagos a la fallida, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría B para el día 22 de Mayo 2019 a las 10.00 horas. 11) Fijar el día 26 de julio de 2019 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24522). 12) Fijar el día 12 de Agosto de 2019 como fecha hasta la cual la fallida y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 13) Señalar el día 10 de Septiembre de 2019 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (art. 35 Ley 24522) y el 24 de Octubre de 2019 para la presentación del Informe General (art. 39 Ley 24522). 16) Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el art. 89 de la ley 24522. Hágase saber, insértese, expídase copias para los autos principales y el legajo pertinente art. 279 Ley 24522 líbrense los mandamientos, oficios y exhortes ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2° de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/1l/86). Fdo.: Dr. Di Chiazza Juez Dra. Mariana Nelli, Secretaria.

S/C 391238 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos CACERES, GLADYS MARÍA s/Solicitud Propia Quiebra 21-02007847-9, Año 2019) la siguiente resolución: Santa Fe: Visto:… Resulta:… Considerando:… Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Gladys María Cáceres, DNI Nº 12.711.329, con domicilio real, según manifiesta, en calle Bucetich s/n de la localidad de Recreo Santa Fe y domicilio legal en calle Marcial Candioti 5644 de esta Ciudad. 5) Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido para que los entreguen al Síndico. 6) Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. A esos efectos, líbrese mandamiento al Señor Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ). 7) Prohibir hacer pagos al fallido, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría B para el día 22 de Mayo de 2019 a las 10.00 horas. 11) Fijar el día 26/07/2019 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24522). 12) Fijar el día 12/08/2019 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 13) Señalar el día 10/09/2019 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (art. 35 Ley 24522) y el 24/10/2019 para la presentación del Informe General (art. 39 Ley 24522). 17) Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el art. 89 de la Ley 24522. Hágase saber, insértese, expídase copias para los autos principales y el legajo pertinente art. 279 Ley 24522 líbrense los mandamientos, oficios y exhortes ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada N° 195, punto 2° de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo.: Dr. Iván Gustavo Di Chiazza, Juez Dra. Mariana Nelli, Secretaria.

S/C 391237 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos ANZELMINO SAÚL EDUARDO s/Quiebra (Expte. CUIJ N° 21-02009585-4) Año 2019 la siguiente resolución: Santa Fe; Vistos:… Resulta:… Considerando:… Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Anzelmino Saúl Eduardo DNI N° 30.109.321, con domicilio real en calle Santa Cruz Nº 6400 de la ciudad de Santa Fe y domicilio legal en calle Fray Cayetano Rodríguez Nº 3881, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. 5) Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida para que los entreguen al Síndico. 6) Intimar a la fallida para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. A esos efectos, líbrese mandamiento al Señor Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ).7) Prohibir hacer pagos a la fallida, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría B para el día 29 de Mayo 2019 a las 10.00 horas. 11) Fijar el día 02 de Agosto de 2019 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24522). 12) Fijar el día 20 de Agosto de 2019 como fecha hasta la cual la fallida y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 13) Señalar el día 17 de Septiembre de 2019 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (art. 35 Ley 24522) y el 31 de octubre de 2019 para la presentación del Informe General (art. 39 Ley 24522). 16) Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el art. 89 de la ley 24522. Hágase saber, insértese, expídase copias para los autos principales y el legajo pertinente art. 279 Ley 24522 líbrense los mandamientos, oficios y exhortes ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada Nº 195, punto 2° de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe deL 10/11/86). Fdo.: Dr. Di Chiazza Juez Dra. Mariana Nelli Secretaria).

S/C 391236 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos CECATTI, MARÍA LAURA s/Solicitud Propia Quiebra (Expte. CUIJ N° 21-02007116-5) Año 2019, la siguiente resolución: Santa Fe, Vistos:… Resulta:… Considerando:… Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de María Laura Cecatti DNI 30.938.404, con domicilio real en calle Pedro de Vega 1030 de la ciudad de Santa Fe según certificado de declaración de domicilio a fs. 4 y domicilio legal en calle General Necochea 3142, ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. 5) Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida para que los entreguen al Síndico. 6) Intimar a la fallida para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencia). A esos efectos, líbrese mandamiento al Señor Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ).T. Prohibir hacer pagos a la fallida, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría B para el día 29 de Mayo 2019 a las 10.00 horas. 11) Fijar el día 02 de Agosto de 2019 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24522). 12) Fijar el día 20 de Agosto de 2019 como fecha hasta la cual la fallida y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 13) Señalar el día 17 de Septiembre de 2019 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (art. 35 Ley 24522) y el 31 de Octubre de 2019 para la presentación del Informe General (art. 39 Ley 24522).16) Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el art. 89 de la ley 24522. Hágase saber, insértese, expídase copias para los autos principales y el legajo pertinente art. 279 Ley 24522 líbrense los mandamientos, oficios y exhortes ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada N° 195, punto 2° de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo.: Dr. Iván G. Di Chiazza, Juez - Dra. Mariana Nelli, Secretaria.

S/C 391234 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos: LEIVA, GABRIEL CEFERINO NICANOR s/Solicitud Propia Quiebra (Expte. CUIJ 21-02009791-1) Año 2019, la siguiente resolución: Santa Fe, Vistos:… Resulta:… Considerando:… Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Gabriel Ceferino Nicanor Leiva DNI N° 22.961.063 con domicilio real en calle Eva Perón 2643, Piso 7, Dpto. A de la ciudad de Santa Fe y domicilio legal en calle Monseñor Zaspe 2670 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe. 5) Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida para que los entreguen al Síndico. 6) Intimar al fallido para que dentro de las veinticuatro horas de aceptado el cargo por el Sindico, ponga sus bienes a disposición del funcionario falencial. A esos efectos, líbrese mandamiento al Señor Oficial de Justicia para que se haga efectiva la medida (art. 177, inc. 2, LCQ).7) Prohibir hacer pagos al fallida, reputándose ineficaces aquéllos que hiciera. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista correspondiente a la categoría B para el día 22 de Mayo 2019 a las 10.00 horas. 11) Fijar el día 26 de Julio de 2019 como fecha hasta la cual los acreedores deben presentar al Síndico las solicitudes de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24522). 12) Fijar el día 12 de Agosto de 2019 como fecha hasta la cual la fallida y los acreedores podrán formular por escrito las impugnaciones a las solicitudes formuladas. 13) Señalar el día 10 de Septiembre de 2019 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito (art. 35 Ley 24522) y el 24 de Octubre de 2018 para la presentación del Informe General (art. 39 Ley 24522).16) Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el art. 89 de la Ley 24522. Hágase saber, insértese, expídase copias para los autos principales y el legajo pertinente art. 279 Ley 24522 líbrense los mandamientos, oficios y exhortes ordenados y practíquense comunicaciones a la Administración Provincial de Impuestos y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada N° 195, punto 2° de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe del 10/11/86). Fdo.: Dr. Iván G. Di Chiazza Juez Dra. Mariana Nelli Secretaria).

S/C 391233 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del Sr. Juez de de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, Santa Fe, secretaría a mi cargo, se hace saber que en autos caratulados: MONZÓN GABRIELA s/Quiebra Expte. CUIJ Nº 21-00902947-5, de trámite ante este Juzgado, se ha puesto de manifiesto el Proyecto de Distribución de fondos y regulación de honorarios de los profesionales intervinientes. Publíquese edictos por el término de ley (2 días). Santa Fe, 10 de mayo de 2019. Fdo.: Dra. María Guadalupe Gon, Secretaria

S/C 391342 May.28 May. 30

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Por disposición de la Sr. Juez de de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, Santa Fe, secretaría a mi cargo, se hace saber que en autos caratulados GARCÍA, MARIO GABRIEL s/Quiebra Expte. Nº CUIJ 21-01967797-1, de trámite ante este Juzgado, se ha puesto de manifiesto el Proyecto de Distribución de fondos complementarios y regulación de honorarios de los profesionales intervinientes. Publíquese edictos por el término de ley (2 días). Santa Fe, 15 de Mayo de 2019. Fdo.: Dra. María Guadalupe Gon, Secretaria

S/C 391343 May. 28 May. 30

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación se hace saber que en los Autos: FACIO, MARIO s/Quiebra CUIJ N° 21-00024456-9, se ha dispuesto: Santa Fe, 15 de Abril de 2019. Téngase por presentado el Informe final. Proveyendo escrito cargo Nº 3255: De manifiesto por el término de ley el proyecto de distribución rectificado efectuado por Sindicatura. Atento a lo previsto por el Art. 218 LCQ, publíquense edictos por el término de la ley en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Notifíquese. Fdo.: Dra. Laura Maydana, Secretaria. Dra. Viviana Marín, Jueza. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.

S/C 391350 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios que se consideren con algún derecho a la herencia del Sr. Miguel Angel Barrera, L.E. 6.224.224, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales en los autos caratulados: BARRERA, MIGUEL ÁNGEL s/Sucesorio (Expte. CUIJ 21-01986018-0, año 2017). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, Santa Fe, 17 de mayo de 2019. Fdo. Dra. Mariana Nelli, Secretaria.

$ 45 391461 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la 7ª Nominación, de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados RUFANACHT LAURA ANDREA s/Quiebra (Expte. N° 372 - Año 2011), se dicto la siguiente resolución: Santa Fe, 13 de Mayo de 2019. Autos y Vistos: Estos caratulados: Rufanacht Laura Andrea s/Quiebra; (Expte. N° 372 - Año 2011) en trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación; y Considerando: Que se desprende de las presentes actuaciones que se encuentra totalmente cubierto el pasivo verificado y declarado admisible y se hallan cumplidos los requisitos para disponer la conclusión de la quiebra por pago total. Por ello y de conformidad con lo dictaminado por la Sindicatura a fs. 126 del legajo original y lo dispuesto en el art. 228 de la Ley Nº 24.522 y su modificatoria Nº 26.684; Resuelvo: 1. Declarar conclusión de la quiebra de Laura Andrea Rufanacht, D.N.I. N° 21.588.184, de apellido materno Curcio, con los efectos de los artículos 227 y 228 de la ley N° 24.522 y su modificatoria ley N° 26.684, dando por concluida la intervención de la Sindicatura. 2. Estando acreditados los aportes de los profesionales intervinientes con las conformidades de Caja Forense y Consejo Profesional de Ciencias Económicas, disponer el cese de las medidas cautelares ordenadas, librándose los oficios pertinentes a los fines de la comunicación y toma de razón, así como de la finalización de este proceso concursal. 3. También, previo cumplimiento de lo anterior, ordenar la publicación por dos días de esta resolución mediante edictos en el BOLETIN OFICIAL y oficiar al Registro de Procesos Concúrsales a sus efectos. Encomiéndase a la Sindicatura su diligenciamiento. Regístrese, hágase saber y agréguese copia al legajo que establece el art. 279 de LCQ. (Fdo. Gómez, Sec. Palacios, Juez). Lo que se publica a sus efectos legales en el BOLETIN OFICIAL. María Nazaret Canale, Prosecretaria.

S/C 391207 May. 28 May. 30

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Segunda Nominación, Dr. Formentini (Juez), a cargo de la Secretaria, la Dra. Teresita Bonavia, con asiento en localidad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/LENCINA WALTER GERMÁN s/Sumario (Expte. Nº 21-15152945-0), se ha dispuesto citar por edictos: A los siete días del mes de Mayo del año 2019 siendo día y hora fijados para tomar audiencia de conciliación y, en su caso, proveído de pruebas dentro de los autos caratulados: Nuevo Banco de Santa Fe S.A. c/Lencina, Walter Germán s/Sumario - Expte. 708/2016; CUIJ N° 21-15152945-0. En presencia de S.S. el Dr. Dante Formentini comparecen por la parte actora la Dra. Espósito, María Eugenia y por la parte demandada la Dra. Almirón, María Laura. Abierto el acto, y fracasada la instancia conciliatoria, acordados los hechos litigiosos, se procede a fijar Audiencia de producción de prueba para el día Viernes 6 de Setiembre de 2019 a la 10:00 hs. En la Sala de Audiencias de Oralidad Civil N° 1 - San Jerónimo 1551, Planta Baja- y a proveer la prueba ofrecida. A la prueba por las partes, se dispone: Proveído de la parte actora (fs. 116): Documental: Téngase presente la acompañada en sobre cerrado con el escrito introductorio. Reconocimiento de Documental y Confesional: A fin de que el demandado reconozca el contenido y firma de la documental y absuelva posiciones a tenor del pliego interrogatorio que obsta en sobre cerrado reservado en secretaría, bajo apercibimiento de que si dejara de comparecer sin justa causa serán tenidos por confesos (art. 162, CPCC), se lo cita a comparecer a la audiencia en fecha Martes 11 de Junio de 2019 a las 09:00 horas, la que deberá ser notificada por edictos conforme lo dispuesto por el art. 67 del CPCC, de no haber comparecido el absolvente en persona a la audiencia preliminar, haciéndose saber que el suscripto podrá emplear el método de libre interrogación, en uso de las facultades que otorgan los arts. 21 y 165, CPCC, bajo apercibimiento de tenerla por confesa en caso de incomparecencia injustificada. Pericial Caligráfica: Oportunamente. Proveído de la parte demandada (fs. 119): Se deja constancia que toda la prueba que no ha sido proveída en este acto ha sido desistida por las partes. Hágase saber que la audiencia de producción de prueba que se ha fijado en los presentes autos, se registrará audiovisualmente en el marco de lo recomendado en Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Asimismo se les hace saber a las partes que en caso de querer obtener una copia de la audiencia que se celebre deberán traer un DVD limpio y grabable, a esos fines. Se hace saber a las partes que al inicio de la audiencia fijada se intentará una conciliación para el presente proceso, debiendo en caso de comparecer apoderados, hacerlo con facultad suficiente a estos fines (arts. 21 y 19, CPCC). Por otra parte, se deja constancia que, el Juzgado citará a la misma a los peritos intervinientes, a fin de que formulen las explicaciones que sean necesarias al informe pericial a presentar salvo que el Tribunal los exime expresamente de comparecer. Se deja constancia que en oportunidad de la Audiencia de producción de pruebas podrán las partes formular su alegato in voce. En cuyo caso se decretará inmediatamente el llamamiento de autos para sentencia (ordinario y sumario). Todas las partes se notifican del proveído de pruebas de esta audiencia y de la fecha de audiencia de producción de pruebas fijado en este acto, firmando al pie. A la parte que no se encuentre presente en este acto, por intervenir con apoderado, deberá notificársele la audiencia dé posiciones a su domicilio real (art. 162, CPCC), notificación a cargo de la contraparte. Asimismo se deja constancia que las partes autorizan al Tribunal a notificarlas por vía telefónica, mensajería instantánea (WhatsApp o similar), o correo electrónico de la fecha de audiencia pericial, brindando a tal fin los datos de contacto pertinentes. De la actora meugeniaesposito@lexsantafe.com.ar; de la demandada almirón-maríalaura@.hotmail.com. Con lo que, no siendo para más, se da por terminado el acto previa lectura y ratificación. Fdo. Dr. Formentini (Juez); Dra. Bonavia (Secretaria). Santa Fe, 10 mayo de 2019. Yanina A. Lotto Gómez, Prosecretaria.

$ 33 391332 May. 28 May. 31

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación, cargo de la Secretaría, Dra. Mariana Nelli con asiento en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/CABRERA NOELIA SOLEDAD s/Ejecutivo (Expte. Nro. 21-02002396-9) se ha resuelto; Santa Fe, 29 de Octubre de 2018. Proveyendo escrito cargo N° 13632/18: Agréguense las boletas de iniciación y los sellados acompañados. Certifíquense por la actuaría las fotocopias del poder obrante a fs. 1/5, si correspondiere. Por promovida demanda de Juicio Ejecutivo contra Noelia Soledad Cabrera; con domicilio donde se indica, por la suma de $ 134.982,49, con más intereses y costas. Cítese y emplácese a la demandada para que comparezca a estar a derecho en el término y bajo apercibimiento de ley. Procédase a inscribir la inhibición general de la demandada en cantidad suficiente para cubrir la suma reclamada en autos, con más el 30%, que se presupuesta provisoriamente para intereses y costas. A sus efectos, ofíciese al Registro General de la Propiedad Inmueble y al Registro Nacional de la Propiedad Automotor. Autorízase al peticionante y/o a quien éste designe a intervenir en su diligenciamiento. Notifíquese. Fdo. Dr. Di Chiazza (Juez); Dra. Nelli (Secretaria). Santa Fe, 25 Abril de 2019. María José Lusardi, Prosecretaria.

$ 33 391334 May. 28 May. 31

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia Ovil y Comercial de Distrito de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra. Viviana E. Marín, se notifica que ha sido dictado sentencia definitiva en los autos caratulados: BÓRTOLI DIEGO GERMÁN c/ACCHIARDI LUCÍA EMA y Otros s/Ordinario, Expte. Nº 21-00024311-3, y que transcripta en su parte pertinente dice: Santa Fe, 29 de Setiembre de 2017. Autos y Vistos: (...). Considerando: (...) Resuelvo: 1°) Hacer lugar a la demanda de usucapión respecto del inmueble deslindado en el escrito de demanda, cuyas medidas y linderos constan en el plano de mensura, fijando en consecuencia el día 22/11/2010 como fecha en la cual se produjo la adquisición del derecho real por parte del Sr. Diego Germán Bórtoli. 2°) Oportunamente, inscríbase el inmueble en el Registro General, previo cumplimiento de los recaudos legales respectivos, pago de honorarios y depósito de los aportes correspondientes a las Cajas Profesionales, siempre que las constancias regístrales y catastrales así lo permitan. 3º) Publíquense los edictos por el plazo de ley en el BOLETIN OFICIAL los que se exhibirán en el Hall de Planta baja de estos Tribunales y diario El Litoral de esta ciudad. 4°) Las costas se imponen de conformidad al considerando VI. 5°) Diferirla regulación de honorarios hasta que las partes practiquen liquidación en los términos del art. 8 de la Ley 6767. Hágase saber, insértese y archívese. Fdo. Dr. Daniel R. Maurutto, Secretario. Dra. Viviana E. Marín (Jueza). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 23 de abril de 2019. Laura M. Maydana, secretara.

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Segunda Nominación, a cargo de la Secretaría, Dra. Bonavia, con asiento en localidad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A c/BANFI JOSÉ EMANUEL s/Sumario (Expte. Nº 144 Año 2015), se ha dispuesto citar por edictos: A los 30 días del mes de Abril del año dos mil diecinueve siendo día y hora fijados para tomar audiencia de conciliación y, en su caso, proveído de pruebas dentro de los autos caratulados: Nuevo Banco de Santa Fe S.A. c/Banfi José Emanuel s/Sumario (CUIJ 21-15181503-8). En presencia de S.S. El Dr. Dante Formentini comparece por la parte adora Nuevo Banco de Santa Fe SA su abogada Dra. Ma. Eugenia Espósito. Abierto el acto, y fracasada la instancia conciliatoria, acordados los hechos litigiosos, se procede a fijar Audiencia de producción de prueba para el día 30 de agosto próximo a las 10:30 hs. y a proveer la prueba ofrecida. A la prueba por las partes, se dispone: Actora: La ofrecida a fojas 137. Documental: Téngase presente la acompañada. Pericial: Con respecto a la Pericial y con la única finalidad de evitar mayores gastos y costas al actor y/o a la parte demandada vengo a solicitar que la misma se provea únicamente si la demandada compareciera en persona a la audiencia fijada de absolución de posiciones y reconocimiento de documental y en el cateo concreto del desconocimiento de la firma inserta en la documental. Reconocimiento de Documental: Ofrecida a fs. 137. Absolución de Posiciones: A fin de que el demandado y el actor absuelvan posiciones, bajo apercibimiento de que si dejaran de comparecer sin justa causa serán tenidos por confesos (art. 162, CPCC), se lo cita a comparecer a la audiencia de producción de prueba más arriba establecida, la que deberá ser notificada por cédula conforme lo dispuesto por el art. 62 inc. 5, CPCC, de no haber comparecido el absolvente en persona a la audiencia preliminar, haciéndose saber que la/el suscripta/o podrá emplear el método de libre interrogación, en uso de las facultades que otorgan los arts. 21 y 165, CPCC, bajo apercibimiento de tenerla por confesa en caso de incomparecencia injustificada. Demandada: No se consigna. Se deja constancia que toda te prueba que no ha sido proveída en este acto ha sido desistida por las partes. Hágase saber que la audiencia de producción de prueba que se ha fijado en los presentes autos, se registrará audiovisualmente en el marco de lo recomendado en Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Asimismo se les hace saber a las partes que en caso de querer obtener una copia de la audiencia que se celebre deberán traer un DVD limpio y grabable, a esos fines. Se hace saber a las partes que al inicio de la audiencia fijada se intentará una conciliación para el presente proceso, debiendo en caso de comparecer apoderados hacerlo con facultad suficiente a estos fines (arts. 21 y 19, CPCC). Por otra parte, se deja constancia que, el Juzgado citará a la misma a los peritos intervinientes, a fin de que formulen las explicaciones que sean necesarias al informe pericial a presentar salvo que el Tribunal los exime expresamente de comparecer. Se deja constancia que en oportunidad de la Audiencia de producción de pruebas podrán las partes formular su alegato in voce. En cuyo caso se decretará inmediatamente el llamamiento de autos para sentencia (ordinario y sumario). Todas las partes se notifican del proveído de pruebas de esta audiencia y de la fecha de audiencia de producción de pruebas fijado en este acto, firmando al pie. A la parte que no se encuentre presente en este acto, por intervenir con apoderado, deberá notificársele la audiencia de posiciones a su domicilio real (art. 162, CPCC), notificación a cargo de la contraparte. Asimismo se deja constancia que las partes autorizan al Tribunal a notificarlas por vía telefónica, mensajería instantánea (WhatsApp o similar), o correo electrónico de la fecha de audiencia pericial, brindando a tal fin los datos de contacto pertinentes. De la actora 0342 154222270: meugeniaesposito@lexsantafe.com.ar Con lo que no siendo para más, se da por terminado el acto previa lectura y ratificación. Fdo. Dra. Bonavia (Secretaria) Dr. Fonnentini (Juez). Santa Fe, 15 de mayo de 2019. Yanina A. Lotto Gómez, Prosecretaria.

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El Señor Juez de Primera Instancia de Circuito 2ª Nominación, Secretaria Única de la Ciudad de Santa Fe, hace saber que en los autos: “BANCO HIPOTECARIO S.A. c/ZABALA CARLOS DANIEL s/Ejecutivo - CUIJ 21-01982795-7, ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 13 de Febrero de 2019. No habiendo comparecido el demandado Zabala Carlos Daniel, decláraselo rebelde. Notifíquese. Otro Decreto: Santa Fe, 27 de Marzo de 2019. Ampliando el decreto que antecede; Notifíquese por edictos (art.73 del C.P.C.C.). Amplíase a cinco (5) días a partir de la última publicación el emplazamiento al demandado Zabala, Carlos Daniel. Publíquense los mismos en el Boletín Oficial y cumpliméntense la ley 11.287/95. Notifíquese. - Dra. Teresita J. Bonavía (Secretaria) - Dr. Dante Formentini (Juez). - Santa Fe, 6 de mayo de 2019 – Yanina A. Lotto Gómez, Prosecretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de Juzgado de 1° Instancia de Circuito Nº 2 de Santa Fe, en los autos caratulados COHÉN SA SOCIEDAD DE BOLSA C/ PICAZZO, GABRIEL ALEJANDRO S/Ejecutivo, CUIJ 21-15181745-6 (Expte. Nº 386/15), que tramitan por ante el Juzgado del epígrafe, se ha ordenado notificar al Sr. Picazzo Gabriel Alejandro DNI 32.871.115, lo siguiente: Santa Fe, 10 de Abril de 2018 Agréguese. No habiendo comparecido el demandado Picazzo Gabriel Alejandro, decláraselo rebelde. Notifíquese. Otro: Santa Fe, 17 de Abril de 2019. Notifíquese por edictos (art.73 del CPCC). Amplíase a cinco (5) días a partir de la última publicación el emplazamiento al demandado Picazzo Gabriel Alejandro. Publíquense los mismos en el BOLETÍN OFICIAL y cumpliméntense la ley 11.287/95. Notifíquese. Fdo.: Dr. Dante Formentini Juez Dra. Teresita Bonavia Secretaria. Se publica en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe copia en el hall de tribunales. Santa Fe, 06 de Mayo de 2019

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados AQUINO, PATRICIA BEATRIZ sobre Solicitud Propia Quiebra (Expte. Nº CUIJ 21-02010203-6) se ha declarado la quiebra en fecha 20/05/2019 de Patricia Beatriz Aquino, DNI N° 23.358.462, argentina, mayor de edad, empleada, de apellido materno Witman, domiciliada realmente en Callejón Funes Nº 4609 y legalmente en Necochea Nº 3142, ambos de la ciudad de Santa Fe. Se dispuso el día 05/06/2019 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 04/07/2019. Se ordenó a la fallida y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación dé los bienes de la fallida en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes de la fallida. Disponer que la fallida no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley Nº 24.522 oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 LCQ). Fdo.: Dr. Lucio A. Palacios, Juez; Dr. Jorge A. Gómez Secretario.

S/C 391247 May. 28 Jun. 4

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: AQUINO, JORGE RAFAEL sobre Solicitud Propia Quiebra (Expte. Nº CUIJ 21-02009924-8) se ha declarado la quiebra en fecha 20/05/2019 de Jorge Rafael Aquino, DNI Nº 26.860.235, argentino, mayor de edad, empleado, de apellido materno Wittman, domiciliado realmente en calle Entre Ríos Nº 1520, de la ciudad de Santo Tome y legalmente en Necochea Nº 3142, de la ciudad de Santa Fe. Se dispuso el día 05/06/2019 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 04/07/2019. Se ordenó a la fallida y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes de la fallida en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes de la fallida. Disponer que la fallida no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley N° 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 LCQ). Fdo.: Dr. Lucio A. Palacios Juez Dr. Jorge A. Gómez Secretario).

S/C 391248 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: VALLEJOS, MARCELO ALEJANDRO s/Solicitud Propia Quiebra (Expte. CUIJ: 21- 02008261-2), se ha dispuesto en la resolución de fecha 21 de Mayo 2019: 1) Declarar la quiebra de Marcelo Alejandro Vallejos, argentino, mayor de edad, DNI 37.407.199 domiciliado realmente en calle Mariano Candioti Nº 4436, de la ciudad de Santo Tome, Provincia de Santa Fe y con domicilio procesal en Amenábar Nº 3066, Dpto. 1°, de la Ciudad de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6) Fijar la audiencia del sorteo del Sindico el 22 de Mayo de 2019 a las 10 hs. a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos martilleros y síndicos dependiente de la Secretaria de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 8) Fijar hasta el día 21 de Junio de 2019 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9) Fijar los días: 02 de Agosto de 2019 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 02 de Septiembre de 2019 para la presentación de los informes individuales; y el 15 de Octubre de 2019 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Fdo.: Diego Raúl Aldao, Juez María Guadalupe Gon, Secretaria.

S/C 391289 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: SOSA, MAXIMILIANO GASTÓN s/Solicitud Propia Quiebra (Expte. CUIJ: 21-02009865-9), se ha dispuesto en la resolución de fecha 21 de Mayo de 2019: 1) Declarar la quiebra de Maximiliano Gastón Sosa, argentino, mayor de edad, DNI 33.839.320 domiciliado realmente en calle Mariano Cabal Nº 4180, de la Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y con domicilio procesal en Hipólito Irigoyen Nº 4180, de la Ciudad de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Sindico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 22 de Mayo de 2019 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 8) Fijar hasta el día 21 de Junio de 2019 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9) Fijar los días: 02 de Agosto de 2019 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 02 de Septiembre de 2019 para la presentación de los informes individuales; y el 15 de Octubre de 2019 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Fdo.: Diego Raúl Aldao, Juez María Guadalupe Gon, Secretaria.

S/C 391288 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: BALDO, ALICIA MABEL s/ Quiebra (Expte. CUIJ: 21-02009353-3), se ha dispuesto en la resolución de fecha 20 de Mayo 2019: 1) Declarar la quiebra de Alicia Mabel Baldo, argentina, mayor de edad, DNI 17.728.483, domiciliada realmente en calle La Pampa Nº 6073, Ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y con domicilio procesal en Fray Cayetano Rodríguez Nº 3881, de esta ciudad de Santa Fe. 3) Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12). Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 22 de Mayo de 2019 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 8) Fijar hasta el día 21 de Junio de 2019 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9) Fijar los días: 02 de Agosto de 2019 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 02 de Septiembre de 2019 para la presentación de los informes individuales; y el 15 de Octubre de 2019 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Fdo.: Diego Raúl Aldao, Juez María Guadalupe Gon, Secretaria.

S/C 391286 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: ROLDÁN, JULIA ELISA s/Solicitud Propia Quiebra (CUIJ 21-02003379-4), se ha dispuesto: Santa Fe, 17 de mayo de 2019... Resuelvo:

1) Declarar la quiebra de Julia Elisa Roldán, argentina, mayor de edad, soltera, D.N.I. 20.473.860, apellido materno Uriarte, con domicilio real en calle Alberdi 4730 y legal en calle Amenabar 2962, ambos de esta ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 05 de junio de 2019 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 03 de Julio de 2018 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 31 de julio de 2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 29 de agosto de 2019 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 11 de octubre de 2019 para la presentación del Informe General. - Sin previo pago (art. 89 - 3er. párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Silvestrini (Secretario) – Dr. Carlos F. Marcolín (Juez).

S/C 391418 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: LAUTO, OSVALDO NORBERTO c/CAÑAS, LUIS ALBERTO y Otros s/Usucapión, Expte. CUIJ 21-01975702-9 - Año 2016; se cita, llama y emplaza a todo aquél que se considere con derecho sobre el inmueble ubicado en la Manzana Nº 14, Lote N° 25 de la localidad de Sauce Viejo, Provincia de Santa Fe, a fin de que dentro del quinto día de la última publicación comparezcan a tomar intervención bajo apercibimientos de ley. Publicándose edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo dispuesto en la ley 11.287. Santa Fe, 7 de mayo de 2019. Marcelo Leizza, Prosecretario.

$ 33 391410 May. 28 May. 31

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: AMUS, JAVIER ALBERTO s/Quiebra” CUIJ N° 21-01986325-2, se hace saber a los Sres. Acreedores que se ha puesto de manifiesto el Informe Final y Proyecto de Distribución presentado por la sindicatura conforme lo previsto por el art. 218 de la ley 24522. El mismo será aprobado si no es objeto dentro de los 10 días a contar desde la última publicación de este edicto. Asimismo se pone en conocimiento que V.S. ha reculado honorarios en $ 57.984,43 al C.P.N. Qüesta Rivas Esteban, y en $ 24.850,47 al Dr. Pedro Emiliana Búsico, según resolución de fecha 14 de Febrero de 2019. Firmado: Dr. Carlos F. Marcolín (Juez) y Dra. Claudia Sánchez (Secretaria).

S/C 391432 May. 28 May. 30

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza a los herederos del Sr. Alcides Julián Ojeda D.N.I. 8.433.882, en los términos y con los alcances del art. 597 del CPCC, para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley en autos caratulados: “NUEVO BANCO BISEL S.A. c/OJEDA, ALCIDES y/o ALCIDES JU- y Otros s/Juicios Ordinarios, CUIJ N° 21-14710727-4, de trámite ante dicho Juzgado con domicilio calle San Jerónimo Nº 1551 de la ciudad de Santa Fe, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe en el hall del Palacio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la ley 11.287 y lo resuelto en el Acuerdo Ordinario celebrado el 07/02/96, Acta Nro. 3. Santa Fe, 28 de marzo de 2019 – Luciana Rodríguez, Prosecretaria.

$ 33 391445 May. 28 May. 31

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe en autos caratulados: COMUNA DE ARROYO LEYES c/QUIROGA, CARLOS BASILIO s/Apremio Fiscal CUIJ Nº 21-01962394-4, se ha dispuesto: Santa Fe, 30 de Abril de 2019 Agréguese el informe bancario acompañado. Previamente, de manifiesto la liquidación practicada a fs. 190 por el término de ley. Notifíquese mediante edictos conforme ya se ordenará oportunamente. Firmado: Dra. Beatriz Forno, Jueza - Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaría. En consecuencia, se publica la mencionada liquidación: Cantidad de JUS 3,06 Valor JUS al 16/04/2018 $ 1875,52. Honorarios regulados decreto 16/04/2018 $ 5750 Aportes 13% $ 747,5 Cantidad de JUS 3,06 Valor JUS al 01/03/2019 $ 2.621,14 Honorarios actualizados a la fecha de la presente liquidación $ 8.020,68 Aportes de ley (13%) $ 1.042,68 Total: $ 9.063,36. En consecuencia, arroja la presente actualización la suma de pesos nueve mil sesenta y tres con treinta y seis centavos. Santa Fe, 16 de mayo de 2019. Sin Cargo – Marisa Wagner, Prosecretaria.

S/C 391458 May. 28 May. 31

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Conforme lo dispuesto en autos: HERNÁNDEZ, MIGUEL ANGEL y Otros c/PAYA, RUBÉN PERFECTO y Otros s/Usucapión CUIJ 21-01993760-4, de trámite ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 17 de la ciudad de Coronda, a cargo del Sr. Juez Dr. Néstor Pedro Cogliano y Secretaría a cargo del Dr. Juan Daniel Roulet, por la presente publicación edictal se cita a los Sres. Rubén Perfecto Paya y Nazareno Pascual Sabbatini y/o a todos aquellos que se consideren con derechos sobre el inmueble a usucapir, para que comparezcan a tomar intervención en autos y hagan valer los derechos que estimen le corresponden, todo bajo apercibimientos de ley. A los efectos que pudieran corresponder, se publican edictos en el BOLETÍN OFICIAL y lugar designado por la CSJ. - Coronda, 30 de abril de 2019 – Juan Daniel Roulet, Secretario.

$ 33 391281 May. 28 May. 31

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de San Justo Nº 18 - Cabal 2545 - San Justo Santa Fe, en autos caratulados: REDIGONDA, MARICEL y Otros c/ABOLI, PETRONA y Otros s/Usucapión (Expte. 299/2018), se hace saber que el Sr. Juez ha dispuesto lo siguiente: San Justo, 4 de Setiembre de 2018. Agréguese. Téngase presente y cumplimentado con lo ordenado en el proveído de fecha 7/5/2018 (fs. 43). Proveyendo escrito cargo N° 2219 (fs. 42 vto.): Por iniciada demanda de prescripción adquisitiva a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, contra Petrona Aboli y/o quien resultare su propietario y/o se considere con derechos sobre el inmueble en Zona Rural del distrito de Colonia Dolores y que se encuentra empadronado bajo el N° 06-18-00-025515/0000-7, a quienes se citará y emplazará a comparecer a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley. Recábense los informes previstos por la Ley 14.159 al Registro General, oficiándose a sus efectos. Asimismo, cítese a la Provincia de Santa Fe y a la Comuna de Colonia Dolores, para que dentro del término de ley comparezcan a tomar la intervención que estimen correspondiente en estos autos. Notifiquen: Alessio, Candioti, Germán, Leone, Lo Prestí y/o la Sra. Oficial Notificadora. Notifíquese. Fdo Marta Alejandra Gioda (Secretaria) Laura M. Alessio (Jueza). Otro decreto: San Justo, 30 de abril de 2019. Agréguese. Téngase presente. Atento lo manifestado y constancia de autos, cítese por edictos a los demandados, por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo María Alejandra Gioda (Secretaria) Laura M. Alessio (Jueza). Se cita, llama y emplaza a Petrona Aboli viuda de Coria, para que comparezca a tomar intervención en autos en el plazo de ley contados a partir del vencimiento de la última publicación, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. San Justo, 14 de mayo de 2019. María Alejandra Gioda, Secretaria.

$ 33 391326 May. 28 May. 31

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Circuito no 24 de la Localidad de San Carlos Centro, Dr. Marini, a cargo de la Secretaría, Dra. Fertonani, con asiento en localidad de San Carlos Centro, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/VELAZQUEZ ÓSCAR ISMAEL s/Ejecutivo (Expte. Nº 813 - Año 2017), se ha dispuesto citar por edictos en el BOLETÍN OFICIAL: San Carlos Centro, 22 de Noviembre de 2017. Por presentados, domiciliados y en el carácter invocado, otórgueseles la participación legal correspondiente. Por promovida demanda de juicio Ejecutivo contra el Sr. Oscar Ismael Vázquez, por cobro de la suma de $ 40.807,69 (pesos cuarenta mil ochocientos siete con sesenta y nueve centavos), con más sus intereses y costas. Cítese y emplácese al demandado para que dentro del término de 10 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Al punto c), resérvese la documental original en Secretaría y agréguese copia a autos. Al punto d), ordénese la inhibición general de bienes del demandado en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y en el Registro General de la Propiedad Inmueble, en una cantidad suficiente para cubrir el capital reclamado con más la suma de $ 12.242,31 estimados provisoriamente para intereses y costas. Al efecto, ofíciese, autorizando al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Al punto e), oportunamente. Notifíquese. Fdo. Dr. Marini (Juez), Dra. Fertonani (Secretaria).

$ 33 391329 May. 28 May. 31

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Circuito N° 24 de la Localidad de San Carlos Centro, Dr. Marini, a cargo de la Secretaría, Dra. Fertonani, con asiento en localidad de San Carlos Centro, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/ESPÍNDOLA DELMA BEATRIZ s/Ejecutivo (Expte. Nº 869/2017), se ha dispuesto citar por edictos en el Boletín Oficial: San Carlos Centro, 15 de Febrero de 2018. Por presentados, domiciliados y en el carácter invocado, otórgueseles la participación legal correspondiente. Por promovida demanda de juicio ejecutivo contra la Sra. Delma Beatriz Espíndola por el cobro de la suma de $ 40.060,91 (pesos cuarenta mil sesenta con noventa y un centavos) con más sus intereses y costas. Cítese y emplácese a la demandada para que dentro del término de 10 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Al punto c), resérvese la documental original en Secretaría y agréguese copia a autos. Al punto d), ordénese la inhibición general de bienes del demandado en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor y en el Registro General de la Propiedad Inmueble, en cantidad suficiente hasta cubrir el capital reclamado con más la suma de $ 12.018,27 estimados provisoriamente para intereses y costas. Al efecto, ofíciese, autorizando al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Al punto e), oportunamente. – San Carlos Centro, 15 de abril de 2019 - Notifíquese. Fdo. Dr. Marini (Juez), Dra. Fertonani (Secretaría).

$ 33 391331 May. 28 May. 31

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Judicial N° 34 de Villa Ocampo, en autos: SALAZAR, ARNALDO RUBÉN c/SALAZAR, ROSALÍA y Otros s/Demanda Ordinaria de Usucapión, Expte. Nº CUIJ: 21-23324530-2, se ha ordenado: Villa Ocampo, 18 de Diciembre de 2.018. Por promovida Demanda Ordinaria de Usucapión contra Rosalía Salazar, de domicilio desconocido y/o contra sucesor/es y/o quien/es resulte/n titular/es registral/es del inmueble en cuestión. Cítese y emplácese a los accionados en cuestión. Cítese y emplácese a los accionados por medio de edictos que se publicarán por Tres (3) días en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales a que comparezcan a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley (art. 73 CPCC). Cítese a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de Villa Ocampo para que manifiesten si existe interés fiscal comprometido en el presente juicio. ...Notifíquese”. Fdo. Miguel E. Juárez, juez; Luisina Inés Zarza, Secretaria.

$ 45 391299 May. 28 May. 31

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Por disposición de la Señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 19 de la Ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, se cita, llama, y emplaza a todos los que se consideren con derecho sobre los bienes que fueran de Don Pablo Sebastián Trionfini D.N.I. 27.196.809 en los autos caratulados: TRIONFINI, PABLO SEBASTIÁN s/Sucesorio (Expte. 129 – Año 2019) para que en el término y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacerlos valer. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de éstos Tribunales. Se transcribe la parte pertinente del decreto que lo ordena: Esperanza, 25 de Febrero de 2019. (...) A tales fines, publíquense Edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin en Sede Judicial (art. 67 CPCC). (....) Notifíquese. Dra. Viviana Marín (Jueza a/c) - Dra. Gisela Gatti (Secretaria). Esperanza, 25 de Abril de 2019 – Julia Fascendini, Prosecretaria.

$ 45 391305 May. 28 Jun. 3

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La señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nº 17 de la Ciudad de Villa Ocampo – Sta. Fe, cita, llama y emplaza por el término y bajo los apercibimientos de ley, a todos los herederos, legatarios y acreedores del causante Carlos Manuel Rodríguez, para que comparezcas ante dicho Tribunal a hacer valer sus derechos, en los autos caratulados: RODRÍGUEZ, CARLOS MANUEL s/Sucesorio - Expte. 1045/2018. — Villa Ocampo, 10 de mayo de Mayo de 2019 – Marta Migueletto, Secretaria.

$ 45 391427 May. 28 Jun. 3

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 19 de la ciudad de Esperanza, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de: Severino Félix Ranalletta, D.N.I. N° 6.257.688, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales en los autos caratulados: RANALLETTA, SEVERINO FÉLIX s/Sucesorio - Expediente 160, año 2019 - Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Esperanza, 18 de mayo de 2019. Julia Fascendini, Prosecretaria.

$ 45 391444 May. 28 Jun. 4

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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe) en los autos caratulados HERNÁNDEZ, JORGE ALBERTO s/Sucesorio C.U.I.J. 21-02001989-9, se cita, se llama y se emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Jorge Alberto Hernández, L.E. 3.163.058, para que hagan valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Secretaria OTS, 17 de mayo de 2019. - Dra. Estela Cristina López Bustos, Secretaria.

$ 45 391324 May. 28 Jun. 4

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de esta ciudad de Santa Fe), en autos caratulados “SORARUI, CARLOS LORENZO s/Sucesorio”, Expte. CUIJ N° 21-02007742-2, Año 2019, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Carlos Lorenzo Sorarui (D.N.I. Nº 6.352.632), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 3 de Mayo de 2019. Claudia B. Sánchez, Secretaria.

$ 45 391321 May. 28 Jun. 4

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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe); en los autos caratulados: MARTÍNEZ, JUAN CARLOS s/Sucesorio (CUIJ Nº 21-02008761-4); se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Juan Carlos Martínez D.N.I. Nº 16.537.407, argentino, domiciliado realmente en calle 2 de Junio Nº 265 de la ciudad de Gálvez, Departamento San Jerónimo, Provincia de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL – Santa Fe, 15 de mayo de 2019 - Fdo.: Dra. Estela Cristina López Bustos, Secretaria.

$ 45 391251 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de doña María Angélica Maciel, fallecida en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe el día 24 de octubre de 2013 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales en autos MACIEL, MARÍA ANGÉLICA s/Sucesorio - CUIJ N° 21-00840409-4. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo dispuesto en art. 592 y 67 mod. Ley 11.287 C.P.C. – Santa Fe, 22 de abril de 2019 – Fdo.: Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena (Jueza) - Dra. Viviana Naveda Marcó (Secretaria).

$ 45 391224 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del Juez de Primera Instancia Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: ASENSIÓN MANUEL MARIO s/Sucesorio - (Expte. Nº 21-01991973-8), se cita llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Asensión Manuel Mario, D.N.I. 6.259.056, para que comparezcan a-hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 17 de Mayo de 2019 - Notifíquese. Fdo: Néstor Antonio Tosolini, Secretario.

$ 45 391205 May. 28

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Por disposición de la Oficina de Trámites sucesorios, Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Santa Fe, en autos caratulados: TRAVERSO, BLANCA HAYDEE s/Sucesorio CUIJ 21-02007495-4 se cita llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Traverso Blanca Haydee Tipo y Nº de documento: D.N.I. 6.092.017, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 26 de marzo de 2019 – Fdo.: Estela López Bustos, Secretaria.

$ 45 391203 May. 28

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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Santa Fe) en autos caratulados KUNZE, MARÍA EMILIA y Otros s/Sucesorio (CUIJ N° 21-02009351-7) se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Hipólito López, D.N.I. Nº 6.201.486 y de María Emilia Kunze, D.N.I. N° 1.701.817, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dra. Estela Cristina López Bustos, Secretaria.

$ 45 391480 May. 28

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Nelly Glady Acuña, D.N.I. Nº 1.572.505, en autos: MOYANO, ANTONIO ALBINO y ACUÑA, NELLY GLADY s/Sucesorio - CUIJ 21-01973475-4, tramitados por ante este Juzgado para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Para mayor recaudo se transcribe el decreto que así lo ordena: Santa Fe, 9 de Agosto de 2017. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y exhíbanse los mismos en el hall de Planta Baja de estos Tribunales. Santa Fe, 8 de noviembre de 2018 - Firmado: Dr. Palacios, Juez – Dr. Tosolini, Secretario.

$ 45 391226 May. 28

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: CUEVAS, RODOLFO y Otra s/Sucesorio - CUIJ N° 21-00027833-2, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de doña Margarita Gómez, D.N.I. N° 3.196.135, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en el hall de Tribunales. Santa Fe, 30 de abril de 2019 - Fdo. Dra. Beatriz Forno (Jueza a/c) - Dr. Daniel R. Maurutto (Secretario).

$ 45 391252 May. 28 Jun. 4

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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe en los autos caratulados “ESCOBAR, OMAR DANIEL s/Sucesorio - (Expte. CUIJ Nº 21-02002488-4), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Omar Daniel Escobar, D.N.I. 6.255.990 para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 7 de mayo de 2019 – Claudia Sánchez, Secretaria.

$ 45 391277 May. 28 Jun. 4

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en Autos: GIUPPONI, ANA CLEMENTINA s/Sucesorio CUIJ 21-02008813-0, se cita y emplaza a todos las personas que se creyeren con derechos a los bienes de Doña Ana Clementina Giupponi, D.N.I. Nº 2.042.794, para que hagan valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, y se exhibirán en el lugar designado por la CSJ. — Secretaría, 13 de may de 2019 – María Esther Mazzarello, Secretaria.

$ 45 391291 May. 28 Jun. 4

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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe), en autos caratulados: GUZMAN, ANDRÉS ALCIDES y Otra s/Sucesorio (O.T.S.) - CUIJ Nº 21.02002108-7, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Andrés Alcides Guzmán, L.E. Nº 2.493.950, y de la Sra. Italia Albiero, M.I. Nº 2.086.638, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término (30 días) y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales (Ley 11.287). Santa Fe, 16 de mayo de 2019. Firmado: Dr. Estela Cristina López Bustos, Secretaria.

$ 45 391294 May. 28

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