DECRETO Nº 0804
SANTA FE, CUNA DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, 17/ABR/2019
VISTO:
El expediente N° 02001-0041821-5, del registro del Sistema de Información de Expedientes, -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, mediante el cual el Sr. Inspector General de Personas Jurídicas propone la conformación de un equipo de trabajo abocado al fortalecimiento institucional del organismo, que funciona bajo la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe; y
CONSIDERANDO:
Que a partir de la sanción del decreto 0456/2018, la Inspección General de Personas Jurídicas desarrolla sus actividades bajo la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que en consonancia con lo anterior, el Sr. Gobernador dicta el decreto Nº 4146/2018, que introduce una modificación a la estructura vigente de la repartición adecuando la misma a pautas más modernas de administración con el objetivo de mejorar la atención de los usuarios de Inspección General de Personas Jurídicas (IGPJ), favoreciendo de esta manera la constitución y control de asociaciones civiles y sociedades comerciales esenciales para el desarrollo económico y social de la Provincia de Santa Fe,
Que la modificación citada, crea la Coordinación Técnica Santa Fe/Rosario, nivel B4, y la Inspección y Auditoría Informática para Santa Fe y Rosario, ambas Nivel B3, figuras para las cuales resulta necesario desarrollar los procesos administrativos que regulen su accionar;
Que por otra parte, la Nación, a partir de la sanción de la Ley Nº 27.349 Apoyo al Capital Emprendedor, crea la Sociedad Anónima Simplificada (SAS)que incorpora una figura novedosa en materia de sociedades siendo necesario que el Registro readecue sus sistemas administrativos internos para dar respuesta a los nuevos requerimientos;
Que junto con ello el Sr. Gobernador firma en diciembre de 2018 convenio con el Poder Judicial de la Provincia, para abordar en conjunto la relación entre IGPJ y el Registro Público Judicial;
Que en esta instancia y por todo lo expuesto se considera oportuno el desarrollo de flujos administrativos y procedimientos normativos para la readecuación de la Inspección General de Personas Jurídicas, y a efectos de garantizar su cumplimiento efectivo, se plantea la conformación de un equipo de trabajo ad/hoc;
Que ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante dictamen Nº 166/2019;
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas a este Poder Ejecutivo por el art. 72 inc 1) de la Constitución de la Provincia;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°- Apruébese el Proyecto de Fortalecimiento Institucional de la Inspección General de Personas Jurídicas, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuyo cronograma de trabajo como Anexo 1 forma parte integrante del presente decreto, con una duración de un año contado a partir de la notificación del mismo.-
Artículo 2° - Aféctese al agente Ing. José María Velásquez, DNI Nº 16.031.235, Administrador Provincial categoría 7 del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, como responsable operativo del proyecto, reportando a todos los efectos al Sr. Inspector General de Personas Jurídicas, Dr. Luciano Lerme.-
Artículo 3° - Aféctese al agente José Kober, DNI Nº 27.890.614, Categoría 7 de la Dirección Provincial del Registro Civil, para participar en el proyecto bajo la coordinación del Sr. José María Velásquez.-
Artículo 4 - Deléguense en el Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos las siguientes facultades;
- Afectar al personal que se considere necesario para el cumplimiento de los objetivos propuestos, preservándose para el agente, el cargo que revista en el lugar de origen.
- Convenir con las Universidades Nacionales, Institutos y otras Organismos Oficiales, estudios afines para el cometido de la Misión;
- Celebrar contratos de locación de obra intelectual o de servicios necesarios para el logro de los objetivos y contratar personas expertas de reconocida capacidad que se estime necesario para el cumplimiento de los cometidos que surgen del presente.
- Controlar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de quienes sean contratados bajo cualquier modalidad en el marco del presente decreto.-
Artículo 5°- Comuníquese a los demás Ministerios a efectos de prestar colaboración oportuna en los temas que se requieran.-
Artículo 6°- Refréndese por el Señores Ministro de Justicia y Derechos Humanos y de Gobierno y Reforma del Estado.-
Artículo 7° - Regístrese, comuníquese y archívese.
LIFSCHITZ
Dr. Ricardo Isidoro Silberstein
Dr. Pablo Gustavo Farias
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