MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCIÓN Nº 1030
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
21 MAY 2019
V I S T O :
El expediente Nº 00501-0145001-5 del S.I.E., mediante el cual se gestiona el llamado a concurso interno interjurisdiccional para la cobertura del cargo de Coordinador en la Dirección Provincial de Promoción y Prevención de la Salud de este Ministerio, correspondiente a la categoría 7 del agrupamiento Hospitalario-Asistencial del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83; y
CONSIDERANDO:
Que la presente gestión se encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del referido escalafón, modificado por los Decretos Nros. 1729/09 y 4439/15;
Que de acuerdo con lo informado en autos por la Dirección General de Personal el referido cargo se encuentra vacante, habiéndose cumplimentado los requisitos legales y administrativo-contables previos para la realización del concurso;
Que ha tomado intervención en estas actuaciones la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;
Que se han adjuntado el Perfil, la Formación Particular y las Condiciones y Competencias requeridos para el puesto ofrecido;
Que, asimismo, han asumido la participación que por la normativa vigente –Ley N° 10052 y modificatorias– en la materia les corresponde, los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E.;
Que la composición del Jurado obedece a lo ordenado por los artículos 93º y 94° del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, con la modificación introducida por el Decreto N° 1729/09;
Que si bien por Resolución Nº 510 del 26/02/19 se había llamado a concurso para cubrir el referido cargo, teniendo en cuenta lo informado a fs. 60 por la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Regulación Normativa, corresponde dejar sin efecto dicho acto administrativo, en razón de que -a la fecha de su emisión- no se contaba con la intervención previa de los organismos técnicos del Ministerio de Economía;
POR ELLO:
LA MINISTRA DE SALUD
R e s u e l v e :
ARTICULO 1º.- Déjase sin efecto la Resolución N° 510 emitida en fecha 26 de febrero de 2019.-
ARTÍCULO 2º.- Llámase a concurso interno interjurisdiccional para cubrir el cargo de COORDINADOR en la Dirección Provincial de Promoción y Prevención de la Salud de este Ministerio, correspondiente a la categoría 7 del agrupamiento Hospitalario-Asistencial del Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial aprobado por Decreto-Acuerdo Nº 2695/83.-
ARTÍCULO 3°.- El concurso interno se realizará de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, con las modificaciones introducidas por los Decretos Nros. 1729/09 y 4439/15, limitado al personal de planta permanente de la Administración Pública Provincial comprendido en el citado escalafón, con excepción de los designados con carácter provisional (artículo 88º).-
ARTÍCULO 4°.- Apruébanse la descripción y el perfil del puesto solicitado así como las condiciones generales y particulares exigibles, todo lo cual se encuentra detallado en el Anexo “A” de la presente. Asimismo, la composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de méritos para la categoría a concursar, se explicitan en el Anexo “B” de esta resolución.-
ARTÍCULO 5°.- Establécese que la fecha, lugar y hora de las etapas subsiguientes a la evaluación de antecedentes, serán determinados por los integrantes del jurado del concurso, pudiendo éstos cambiar las mismas en caso de existir inconvenientes para su realización; todo lo cual deberá ser publicado en el sitio Web Oficial de la Provincia y comunicado vía e-mail a cada postulante.-
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el artículo 92º, texto actual, del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, y archívese.-
Nota: Se publica sin los anexos, pudiéndose consultar en la página web del gobierno de la provincia de Santa Fe.
S/C 28542 May. 24 May. 28
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SUBSECRETARIA DE
CONTRATACIONES Y
GESTION DE BIENES
RESOLUCIÓN Nº 0194
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,
21/05/2019
VISTO:
Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Resolución SCyGB Nº 81/19, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 3720/17;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
RESUELVE:
ARTICULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: “ROSSI ALUMINIO” de ROSSI RACCA ADRIAN MARCELO CUIT Nº 20-22888386-8
ARTICULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: ASCENSORES DELTA S.A. CUIT Nº 30-70149528-0; ABC S.A. CUIT Nº 30-66037310-8; BIOSYSTEMS S.A. CUIT Nº 30-65274402-4; OSCAR SCORZA EQUIPOS Y SERVICIOS S.R.L. CUIT Nº 30-70832128-8.
ARTICULO 3: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: BIO IMPLANT S.R.L. CUIT N.º 30-70921726-3.
ARTICULO 4: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de seis (06) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: “PHOENIX SEGURIDAD” de CANCIO EDUARDO HÉCTOR CUIT N.º 20-16608544-7.
ARTÍCULO 5: Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 28543 May. 24 May. 27
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RESOLUCIÓN Nº 0195
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,
21/05/2019
VISTO:
Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la renovación de antecedentes de otras; y
CONSIDERANDO:
Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;
Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;
Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 3720/17;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE
CONTRATACIONES Y
GESTIÓN DE BIENES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: SPC IDENTIFICACIÓN GRÁFICA S.R.L. CUIT N.º 30-70748994-0.
ARTICULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: PLÁSTICOS LASPIUR S.R.L. CUIT N.º 30-61736892-3; REPAS S.A. CUIT N.º 33-599959483-9.
ARTÍCULO 3 : Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 28544 May. 24 May. 27
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