picture_as_pdf 2019-05-22

CAMARA DE APELACION


Por disposición de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial - Sala 1ra. y dentro de los autos caratulados: BAILAN, ADRIAN MARCELO c/SAN ALBERTO S.R.L. s/Escrituración; (Expte. N° 325/2017 - C.U.I.J. Nº 21-01125298-9), se ha dictado la Resolución Nº 66, de fecha 11 de Marzo de 2019, por la cual se Resuelve: Declarar desierto el recurso de apelación y firme el fallo de Primera Instancia. Insértese, hágase saber y bajen. (Expte. Nro. 325/2017 - C.U.I.J. Nº 21-01125298-9). Fdo.: Dres. Kvasina; Ariza y Cifre (Vocales); Dra. Genesio (Secretaria). Dr. Audano, Prosecretario.

$ 33 390533 May. 22 May. 24

__________________________________________


JUZGADO LABORAL


El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Séptima Nominación, de Rosario, Dr. Marcelo Agustín Enzo Gallucci, dentro de los autos MINISTERIO DE TRAB. Y SS P.S.FE c/DYSERCONS S.A. s/Apremio 21-03736876-5 hace saber que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 28 de Septiembre de 2018. Previo a todo trámite, y advirtiendo que el proveído obrante a fs. 31, no se encuentra firmado, se procede a su reproducción: Rosario, 16 de Mayo de 2018 Agréguense los edictos acompañados. Previamente informe Mesa de Entradas sobre la existencia de escritos sueltos pendientes de agregación. Señor Juez: Informo a V.S. que al día de la fecha y en los presentes autos no existen escritos sueltos pendientes de ser agregados. Es todo cuanto puedo informar. Mesa de Entradas, 16/05/2018 Rosario, 16/05/2018. Atento lo informado por Mesa de Entradas, declárese rebelde a la demandada, siguiendo el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Rosario, 23 de Abril de 2019. Dr. Conti, Secretario Subr.

S/C 390399 May. 22 May. 24

__________________________________________


TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Sra. Juez del Tribunal Colegiado Instancia Unica Civil de Fam. 3ra. Nominación de Rosario, Dra. Silvina García, se hace saber al Sr. Fernando Matías Arrua Peña, CI uruguaya Nro. 4.473.922-1, que se ha iniciado solicitud de venia para viajar al exterior con la menor de edad Catalina Arrua Laborde, a fin de que conteste sobre la misma, se le corre traslado por el plazo de cinco días luego de la última publicación ordenada en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Se transcribe el decreto que así lo ordena: Rosario, 22 de Abril de 2019 Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, a mérito del poder especial acompañado. Acuérdesele la participación que por derecho corresponde. Por promovida Venia para Viajar al Exterior. Jueza de Trámite: Dra. Silvina García. Dése intervención al Defensor General. Atento lo manifestado y constancias de autos: Córrase traslado al progenitor de la menor por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales, por tres veces, venciendo el emplazamiento cinco días después de la última publicación (arts. 73 CPCC). En caso de incontestación se tendrá por consentida la salida del país previa vista al Defensor General resolver la cuestión. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Fdo: Dra. Silvina García (juez de trámite); Dr. Ricardo Perno (Secretario). Autos caratulados: LABORDE, MARÍA CECILIA c/ARRUA PEÑA, FERNANDO MATÍAS s/Venias y Dispensas; CUIJ Nº 21-11345272-9. Rosario, 8 de Mayo de 2019. Fdo.: Dr. Ricardo Pipió (Secretario).

$ 45 390435 May. 22 May. 24

__________________________________________


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9a Nominación de Rosario informa que en los autos: ELECTROMEC INDUSTRIAL S.R.L. Expediente: 21-02890359-3, Año: 2017 por Acuerdo N° 33, Sala IV Cámara de Apelación de Rosario de fecha 08/03/19 se ha declarado la quiebra de Electromec Industrial S.R.L., CUIT 33-70845833-9, domicilio social General López 1640 V. Gdor. Calvez. La fallida queda intimada para constituir domicilio procesal dentro de las 48 horas, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. Queda prohibido hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. El nombre del síndico y las fechas para la presentación de solicitudes de verificación y para los informes individuales y general se harán saber por otro edicto. Publíquese por 5 días en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Verónica Accinelli - Secretaria. Rosario 13 de Mayo de 2019.

S/C 390453 May. 22 May. 28

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito de Ejecución Nº 2 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE ALVEAR c/MARTI, LUCA s/Apremio Fiscal; Expte. N° 1773/16, se ha dictado lo siguiente: N° 2703. Rosario, 24/07/2018. Y Vistos: Los presentes autos seguidos por la COMUNA DE ALVEAR c/LUCA MARTI s/Apremio; (CUIJ 21-13277792-3) que tramitan por ante este Juzgado...; Y Considerando:...; Por tanto; Fallo: Mandando se lleve adelante la ejecución contra los bienes de Luca Marti, hasta que la actora perciba el importe integro de su crédito por la suma de pesos un mil ochocientos ($ 1800) con más los intereses según lo expuesto en los considerandos. Costas a la accionada (art. 251 CPCC). Difiérase la regulación de honorarios hasta la confección de la respectiva planilla. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. Mariana Martínez, Juez; Dra. María Elvira Longhi, Secretaria. Y otro que dice: Nº 4116. Rosario, 02/10/2018. Vistos: Los presentes caratulados COMUNA DE ALVEAR c/LUCA MARTI s/Apremio, Expte. Nro. 1773/2016, CUIJ Nº 21-13277792-3 que tramita por ante este Juzgado...; Y Considerando:...; Resuelvo: Hacer lugar a la aclaratoria deducida por la parte actora a fs. 31 contra la sentencia N° 2703 de fecha 24/07/18, debiendo en consecuencia, aclarar que se manda llevar adelante la ejecución contra los bienes de Luca Marti, hasta que la actora perciba el importe integro de su crédito de 8 módulos fiscales. Se deja establecido que a partir de que la presente quede firme y notificada se convertirá esta deuda de valor (módulos fiscales) a pesos (deuda de dinero) y a partir de allí se le aplicará la tasa de interés establecida en la sentencia. Insértese y hágase saber. (Autos: COMUNA DE ALVEAR c/LUCA MARTI s/Apremio, Expte. Nro. 1773/2016, CUIJ N 21-13277792-3). Fdo: Dra. Mariana Martínez, Juez; Dra. María Elvira Longhi, Secretaria. Fdo: Dra. Mariana Martínez, Juez; Dra. María Elvira Longhi, Secretaria. Por lo indicado se hace saber al Sr. Luca Marti, que se lo ha condenado a abonar la suma de 8 módulos fiscales con más sus intereses y costas. Dra. Longhi, Secretaria.

S/C 390389 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, en los autos caratulados: PIQET, ADRIANA CECILIA c/H&F ASOCIADOS SRL s/Juicio Ejecutivo; Expte. Nº 623/2018, se ha dispuesto: Rosario, 06 de Mayo de 2019. Téngase presente. Cítese por edictos a la sociedad demandada como lo solicita. Fdo. Dra. Mónica Klebcar (Jueza), Dra. Marianela Godoy (Secretaria). En consecuencia se hace saber que se ha ordenado citar por edictos, que se publicarán tres veces en el BOLETIN OFICIAL, venciendo el término cinco días después de la última publicación, al demandado H&F ASOCIADOS SRL (CUIT Nº 30-71475110-3), para que comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Rosario, 13/05/2019.

$ 33 390370 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, Dra. María A Mondelli, en los autos caratulados: TORNICASA, JOSÉ DOMINGO s/Concurso Preventivo; Expte. Nº 602/99, se hace saber que se ha dictado la siguiente Resolución: Nº 774 de fecha 04 de Abril de 2019. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: Tener por concluido el concurso preventivo de Tornicasa, José Domingo, DNI 11.448.624, cuyos demás datos obran en autos. Declarar el cumplimiento del concurso preventivo, que se tornará efectivo realizado que fuere lo establecido en los considerandos, firme y cumplimentada que estuviera la presente. A la regulación de honorarios, previamente determine la Sindicatura: El contralor del cumplimiento del acuerdo está a cargo del síndico en caso de no haberse constituido comité de acreedores. Los honorarios por su labor en esta etapa serán del uno por ciento de lo pagado a los acreedores, Art. 289 LCQ. Notifíquese por cédula y publíquense edictos por el término de un día. Ofíciese al Registro de Procesos Universales a los fines del art. 59 par. 7 LCQ. Dra. Elvira S. Sauan, Secretaria. Rosario, 15 de Abril de 2019.

$ 33 390415 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, Dra. María A. Mondelli, en los autos caratulados: TORNICASA, MARISA ANTONIETA s/Concurso Preventivo; Expte. Nº 601/99, se hace saber que se ha dictado la la siguiente Resolución: Nº 775 de fecha 04 de Abril de 2019. Y Vistos:...; Y Considerando:...; Resuelvo: Tener por concluido el concurso preventivo de Tornicasa, Marisa Antonieta, DNI PE 93.728.574, cuyos demás datos obran en autos. Declarar el cumplimiento del concurso preventivo, que se tornará efectivo realizado que fuere lo establecido en los considerandos, firme y cumplimentada que estuviera la presente. A la regulación de honorarios, previamente determine la Sindicatura: El contralor del cumplimiento del acuerdo está a cargo del síndico en caso de no haberse constituido comité de acreedores. Los honorarios por su labor en esta etapa serán del uno por ciento de lo pagado a los acreedores, art. 289 LCQ. Notifíquese por cédula y publíquense edictos por el término de un día. Ofíciese al Registro de Procesos Universales a los fines del art. 59 par. 7 LCQ. Dra. Elvira S. Sauan, Secretaria. Rosario, 15 de Abril de 2019.

$ 33 390419 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, Dra. María A. Mondelli, en los autos caratulados: BOTTI, CARMEN LEONOR s/Concurso Preventivo; Expte. Nº 611/99, se hace saber que se ha dictado la la siguiente Resolución: Nº 773 de fecha 04 de Abril de 2019. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: Tener por concluido el concurso preventivo de Botti, Carmen Leonor, DNI 11.270.380, cuyos demás datos obran en autos. Declarar el cumplimiento del concurso preventivo, que se tornará efectivo realizado que fuere lo establecido en los considerandos, firme y cumplimentada que estuviera la presente. A la regulación de honorarios, previamente determine la Sindicatura: El contralor del cumplimiento del acuerdo está a cargo del síndico en caso de no haberse constituido comité de acreedores. Los honorarios por su labor en esta etapa serán del uno por ciento de lo pagado a los acreedores, Art. 289 LCQ. Notifíquese por cédula y publíquense edictos por el término de un día. Ofíciese al Registro de Procesos Universales a los fines del Art. 59 par. 7 LCQ. 15 de Abril de 2019. Dra. Elvira S. Sauan, Secretaria.

$ 33 390416 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, Dra. María A. Mondelli, en los autos caratulados: TERRAZZINO, DOMINGO DANIEL s/Concurso Preventivo; Expte. N° 610/99, se hace saber que se ha dictado la siguiente Resolución: Nº 776 de fecha 04 de Abril de 2019. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: Tener por concluido el concurso preventivo de Terrazzino, Domingo Daniel, DNI 5.395.484, cuyos demás datos obran en autos. Declarar el cumplimiento del concurso preventivo, que se tornará efectivo realizado que fuere lo establecido en los considerandos, firme y cumplimentada que estuviera la presente. A la regulación de honorarios, previamente determine la Sindicatura: El contralor del cumplimiento del acuerdo está a cargo del síndico en caso de no haberse constituido comité de acreedores. Los honorarios por su labor en esta etapa serán del uno por ciento de lo pagado a los acreedores Art. 289 LCQ. Notifíquese por cédula y publíquense edictos por el término de un día. Ofíciese al Registro de Procesos Universales a los fines del Art. 59 par. 7 LCQ. Rosario, 15 de Abril de 2019. Dra. Elvira S. Sauan, Secretaria.

$ 33 390417 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, dentro de los autos BANCO SANTANDER RIO S.A. c/DI BENEDETTO LUCIANO FABIÁN s/Juicio Ejecutivo; Expte. N° 21-02906205-3. Se hace saber al demandado Di Benedetto Luciano Fabián, DNI 28.645.502, que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 02 de Mayo de 2019. Agréguese la constancia acompañada. Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que el demandado Di Benedetto, Luciano Fabián no ha comparecido a estar a derecho, declárasele rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Fdo: Dr. Lucas Menossi (Secretario); Dra. Verónica Gotlieb (Jueza).

$ 33 390507 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Novena Nominación de Rosario, dentro de los autos: BANCO SANTANDER RIO S.A. c/SOSA HERNÁN DARÍO s/Juicio Ejecutivo; Expte. Nº 21-01364615-2, se hace saber al demandado Sosa Hernán Darío - DNI 34.820.241, que se ha dictado el siguiente auto Nº 502: Rosario, 6 de Mayo de 2019. Vistos y Considerando... Resuelvo: hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, ordenar llevar adelante la ejecución contra el patrimonio de Hernán Darío Sosa (DNI 34.820.241), hasta que se pague a Banco Santander S.A. la suma de $ 53.408,71, con más intereses a la vez y media la tasa activa sumada del Nuevo Banco de Santa Fe SA, para operaciones de descuento de documentos a 30 días desde el 28/9/12 (fecha de cierre de la cuenta), hasta el efectivo pago, más IVA sobre los intereses devengados. Costas al demandado. Los honorarios se regularán cuando sea aprobada la correspondiente liquidación. Los rubros que integran costas que no son honorarios devengarán intereses a una vez y media la tasa activa sumada del Nuevo Banco de Santa Fe SA, para descuento de documentos a 30 días desde la fecha en que cada gasto se haya realizado y hasta el efectivo pago. Regístrese, agréguese copia al expediente y notifíquese personalmente o por cédula. 13 de Mayo de 2019. Fdo. Dra. Verónica A. Accinelli (secretaria); Dr. Gabriel O. Abad (Juez). Rosario, 13 de Mayo de 2019. Dra. Accinelli, Secretaria.

$ 33 390508 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 3 de Rosario, dentro de los autos caratulados: CAJA SEG SOC PROF ARTE CURAR c/KALBERSATTEN, MAURO JORGE s/Apremios; (CUIJ 21-12617123-1), se ha ordenado notificar por edictos el siguiente decreto: Rosario, 1 de Junio de 2018. Por presentado, domiciliado y en carácter invocado, en mérito al poder general que en copias se glosa en autos que deberá certificar por ante la actuaría, otórgasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciado la acción de apremio. Cítese de remate a la parte demandada, bajo prevención de que, si no opone excepción legitima dentro del término de tres días, se mandará llevar adelante la ejecución sin más trámite. Trábese inhibición general de bienes sobre la demandada Kalbermatten Mauro Jorge, hasta cubrir la suma de $ 41.311,83, con más la de $ 12.393,54, en concepto de intereses y costas provisoriamente estimadas. Agréguense las constancias acompañadas. Resérvese en secretaria el sobre acompañado. Líbrense los despachos correspondientes. Insértese, regístrese y hágase saber. Firmado: Dra. Alejandra J. Martínez, Secretaria; Dra. Cecilia A. Camaño Jueza. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 10/05/2019. Dra. Martínez, Secretaria.

$ 52,50 390430 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 3 de Rosario, dentro de los autos caratulados: CAJA SEG SOC PROF ARTE CURAR c/KALBERMATTEN, MAURO JORGE s/Apremios (CUIJ 21-12617123-1), se ha ordenado notificar por edictos el siguiente decreto: Rosario, 14 de Diciembre de 2018. Atento lo informado por el oficial notificador en la cédula obrante en autos, previamente cítese y emplácese a comparecer el demandado conforme lo prevista por el articulo 73 del CPCC. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el lugar designado a tales efectos. Fecho, prosiga el trámite conforme lo previsto por el articulo 77 y 78 del CPCC. Firmado: Dra. Alejandra J. Martínez Secretaria; Dra. Cecilia A. Camaño Jueza. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 10/05/2019. Dra. Martínez, Secretaria.

$ 33 390431 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, en autos caratulados: MAINETTI ALDO RAÚL s/Prescripción Adquisitiva; Expte. Nro. 144/1988, se hace saber que se ha dictado la siguiente Aclaratoria: Nº 758, Rosario, 15 de Abril de 2019: Y Vistos: Los presentes autos caratulados: MAINETTI ALDO RAÚL s/Prescripción Adquisitiva; Expte. CUIJ 21-01211005-4 venidos a despacho para resolver la aclaratoria formulada a fs. 181. Y Considerando: Que cabe aclarar la Sentencia Nro. 409 de fecha 24 de Julio de 1995 dictada por el ex titular de este Juzgado Dr. Roberto Vázquez Ferreyra, en el sentido peticionado a fs. 181, consignando expresamente que se ha adquirido por prescripción la propiedad del siguiente inmueble Un lote de terreno interno, ubicado en zona urbana del distrito Rosario del departamento Rosario designado como lote 169-3 del plano de mensura registrado en el Servicio de Catastro e Información territorial con el número DU2412/1994 sobre Calle Sarmiento, entre Calle Saavedra y Calle Bv. Seguí, a los 46, 25 metros de esta última y a los 36, 08 metros hacia el interior de la manzana, poligonal cerrada de 4 lados, cuyas dimensiones lineales y linderos son los siguientes: lado norte mide 10.10 metros, linda con lote 169-5; el lado Este mide 7.28 metros linda con Donola Antonia, forma con el anterior un ángulo de 90°00’00”; el lado Sur mide 10. 10 metros, linda con Julio Basanta, forma con el anterior un ángulo de 90°00’00”; el lado Oeste mide 7. 28 metros, forma con el anterior un ángulo de 90°00’00” y con el primer lado un ángulo de 90°00’00’, linda con Fernando Decco y otro. Encierra una superficie de 73. 53 metros cuadrados, siendo la coordenada geodésica del centroide de la parcela de latitud -32° 58´ 43.03 y longitud -60° 38 44.97”. El acceso a la calle Sarmiento es a través del pasillo de Mensura Nro. DU 2412/1994 Lote 169-5 Observaciones Especificas del: lote 169-5 por la 1/3 parte indivisa. Inscripto el dominio al Tomo 116, Folio 193V, Nº 11528. Se trata del lote 169-3. Una fracción de terreno, ubicado en zona urbana del distrito Rosario del departamento Rosario designado como lote 169-5 del plano de mensura registrado en el Servicio de Catastro e Información Territorial con el número DU2412/ 1994 con frente al Este sobre Calle Sarmiento, entre Calle Saavedra y Bv. Seguí, a los 46. 25 metros de Bv. Seguí hacia el norte, poligonal cerrada de 4 lados, cuyas dimensiones lineales y linderos son los siguientes: lado Este mide 1. 37 metros, linda con Calle Sarmiento; el lado Norte mide 36.08 metros, linda con Vicente Taleti, forma con el anterior un ángulo de 90°00’00”; el lado Oeste mide 1.37 metros, linda con Donala Antonia L101, forma con el anterior un ángulo de 90°00’00”; con el lado Sur mide 36.08 metros, forma con el anterior un ángulo de 90°00’00” y con el primer lado un ángulo de 90°00’00”, linda con María Josefa Lara, Fernando Decco y Marcela Teresa Nardulli y con lote 169-3 del mismo plano. Encierra una superficie de 49.43 metros cuadrados; siendo la coordenada geodésica del centroide de la parcela de latitud -32° 58’ 42.81” y longitud- 60°38’45.41”. Observaciones Especificas del Lote: Mensura para información posesoria por 1/3 parte indivisa del lote 169-5”. Inscripto el dominio al Tomo 116, Folio 193V, Nº 11528. Se trata del lote 169-5, por lo que corresponde aclarar la Sentencia referida. Asimismo se aclara que el correcto nombre y apellido del actor es Aldo Raúl Mainetti L.E. 2184097, precediéndose por Secretaría a la recaratulación de los presentes. Que a mayor abundamiento, la Defensora de Oficio presta su conformidad al contestar el traslado que le fuere corrido a fs. 184. Por lo expuesto, Resuelvo: 1) Aclarar la Sentencia Nro. 409 de fecha 24 de Julio de 1995 en el sentido determinado en los considerandos de la presente. 2) Publíquense nuevamente edictos de ley en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. 3) Recaratúlense los presentes por Secretaría. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. María Belén Baclini (Secretaria) Dr. Néstor Osvaldo García (Juez). Rosario, Secretaría, 29 de Abril de 2019. Dr. Bitetti, Prosecretario.

$ 100 390396 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, en autos caratulados: ROMERO, RUBÉN ALBERTO y Otros c/HEREDEROS DE RODOLFO VERNA, DE JOSÉ GRECO y DE ELENA BALLESTA y CONTRA LOS SRES ELENA BALLESTA, JOSÉ ADOLFO FERNANDEZ, LIGIA JUANA POUNCHOU y MANUEL JUAN ARNARLI s/Prescripción Adquisitiva; Expte. Nro. 21-02884163-6, se hace saber que se ha dictado el siguiente decreto Rosario, 26 de Abril de 2019: No habiendo comparecido los herederos de Rodolfo Verna, de José Greco y de Elena Ballesta; y los Sres. Micaela Ballesta, José Adolfo Fernández, Ligia Juana Pounchou y de Manuel Juan Amarli a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, decláraselos rebeldes, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese. Fdo. Dra. María Belén Baclini (Secretaria); Dr. Néstor Osvaldo García (Juez). Secretaría, 03 de Mayo de 2019. Dr. Bitetti, Prosecretario.

$ 33 390394 May. 22 de May. 24

__________________________________________


Por disposición de la Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación, Dra. María Andrea Mondelli, secretaria autorizante de la Dra. Elvira Sauan, se hace saber que en los autos ESCOBAR, EZEQUIEL LEANDRO s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ 21-02914794-6, se ha dictado la Quiebra por medio del auto N° 1171 de fecha 13/05/19, que se transcribe: Y Vistos... Y Considerando... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Ezequiel Leandro Escobar, DNI Nº 36.007.516, CUIL 20-36007516-9, argentino, mayor de edad, soltero, domiciliado realmente en calle Amenabar 785 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido y a terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquel; 4) Intimar al deudor para que cumpla los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la Ley 24522 y para que entregue al Síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad; 5) Prohíbese hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces; 7) Intimar al fallido para que dentro de las 48 horas, constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estados del juzgado; 11) Para sorteo de Síndico desígnase el día 29/05/2019, a las 10:00hs. Deferir las fechas hasta las cuales podrán presentarse las solicitudes de verificación de créditos ante el Síndico y para la presentación de los Informes Individual y General respectivamente, las que se fijarán por auto amplia torio, aceptado que fuere el cargo por el Síndico a designarse; 12) Publíquense edictos conforme art. 89 L.C. en el BOLETIN OFICIAL. Insértese y hágase saber; Firman: Secretaria: Elvira Sauan- Juez: María Andrea Mondelli. Rosario.

S/C 390358 May. 22 May. 28

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, en autos caratulados: LINARES ANA BEATRIZ c/CAPPIELLO GENARO s/Intervención de Sociedades; Expte. Nº 824/2009, se hace saber que se ha dictado el siguiente Decreto: Rosario, 06 de Mayo de 2019: No habiendo comparecido los herederos del Sr. Genaro Cappiello pese a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificados y vencido el término para hacerlo, decláraselos rebeldes, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. María Belén Baclini (Secretaria); Dr. Néstor Osvaldo García (Juez). Secretaría, 08 de Mayo de 2019. Dr. Bitetti, Prosecretario.

$ 33 390393 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 10a. Nominación de Rosario, y en autos: SPIZZO GUSTAVO ANDRÉS c/FIDEICOMISO FARO y Otros s/Fijación Plazo - Escrituración - Daños y Perjuicios. Expte. CUIJ 21-01367559-4, se le hace que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 19 de Febrero de 2019: Téngase presente lo manifestado. Cumpliméntese con lo ordenado en fecha 20/12/2018. Atento a lo dispuesto por él articulo 597 del CPCC, cítese y emplácese a los herederos de Oscar Roberto Vázquez para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos por el término de ley. Firmado: María Andrea Mondelli (Jueza en Suplencia); Dra. Marianela Maulion (Secretaria). Secretaría, 08 de Mayo de 2019. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

$ 33 390397 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, en autos caratulados: DÍAZ, CESAR JOSÉ RAMÓN s/Solicitud Propia Quiebra; Expte. Nro. 21-02914052-6, se hace saber que se dicto la siguiente Resolución: N° 954, Rosario, 03 de Mayo de 2019: Y Vistos... Y Considerando... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra del Sr. César José Ramón Díaz, D.N.I. 27.638.473, con domicilio en calle Av. Francia 4071 de la ciudad de Rosario. 2) Calificar la presente causa como Pequeña Quiebra, atento a lo proscrito por el Art. 288 de la Ley de Concursos; 3) Disponer el desapoderamiento de pleno derecho de los bienes del fallido, existentes a la fecha y de los que adquiera hasta su rehabilitación, impidiéndosele el ejercicio de los derechos de disposición y administración (art. 107 de la ley 24.522). 4) Disponer la comunicación de la presente sentencia al Registro de. Procesos Concúrsales, al Registro de licitaciones de la Provincia de Santa Fe, al Registro Público de Comercio y demás reparticiones que correspondiere, oficiándose. 5) Ordenar la anotación de la inhibición general de bienes del fallido, librándose los respectivos despachos al Registro General Rosario, Registro Prendario y Registro Nacional de la Propiedad Automotor correspondientes. 6) Intimar al fallido para que entregue a la Sindicatura designada, en el término de 24 horas la documentación que obrare en su poder. 7) Intimar al fallido y a los terceros que detenten bienes del primero, para que entreguen los mismos a la sindicatura en el término de 24 hs.8) Ordenar la publicación de edictos de ley en el BOLETIN OFICIAL. 9) Prohibir la realización de pagos al fallido, bajo apercibimiento de ser declarados ineficaces. 10) Disponer se intercepte la correspondencia dirigida al fallido y su posterior entrega a la sindicatura, oficiándose a sus efectos al Correo Argentino. 11) Hacer saber al fallido que solo podrá salir del país previa autorización de éste Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 de la L.C.Q., efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. 12) Proceder al sorteo de Síndico Categoría B enviándose el mail correspondiente a la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial a sus efectos. 13) Disponer la inmediata realización de los bienes del fallido por intermedio de la sindicatura. Difiérase el sorteo de Perito Enajenador y su posterior designación hasta tanto el síndico designado haya aceptado el cargo y fijadas las fechas respectivas para la presentación del Informe Individual y General respectivamente, que se hará por auto ampliatorio. 14) Fijar los días martes y viernes para notificaciones en la oficina. 15) Oficiar a los Juzgados donde se tramitaren juicios contra el fallido en los términos y a los fines dispuestos por el artículo 132 de la Ley 24.522 modificado por Ley 26.086. 16) Hacer saber a la sindicatura que en oportunidad de aceptar el cargo deberá fijar domicilio y horario de atención, durante todos los días hábiles que no deberá ser inferior a las 6 horas diarias, y estar comprendidas entre las 8,00 y 20,00 horas. 17) Oficiar a la Administración Provincial de Impuestos a los fines de que tome la debida intervención, conforme lo previsto por el art. 29 del Código Fiscal, dentro de los dos días. Insértese y hágase saber. María Belén Baclini, secretaria; Dr. Néstor Osvaldo García (Juez). Dr. Bitetti, Prosecretario.

S/C 390403 May. 22 May. 28

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nom. de Rosario, se hace saber que en autos: FÉNIX SERVICIOS GENERALES s/Concurso Preventivo; Expte. CUIJ 21-02913702-9, por Auto N° 983 de fecha 07-05-2019, se ha decretado la apertura del Concurso Preventivo de Fénix Servicios Generales S.R.L., con domicilio en calle Ayacucho 3888 de Rosario, Provincia de Santa Fe, sociedad inscripta en el Registro Público de Comercio Contratos al T° 153, F° 8358 N° 876 y modificaciones, siendo su estado subsistente, se ha fijado el día 05-07-19 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al síndico sus peticiones de verificación de créditos, fijar el día 30-08-19 la fecha de presentación del Informe Individual y el día 11-10-19 para la presentación del Informe General y fijar el día 13-09-19 y 27-09-19 como fechas para dictar la Resolución prevista en el art. 36 y hasta el cual el deudor deberá presentar la propuesta fundada de agrupamiento y clasificación en categorías de los acreedores verificados y declarados admisibles, respectivamente y diferir el vencimiento del período de exclusividad hasta el día 26-03-20, debiendo celebrarse la Audiencia Informativa el día 19-03-20 a las 9 horas, habiendo sido designados Síndicos Categoría “A” los CPN Fabbro - Tavara - Gaytan, con domicilio en calle Pje. Yatasto 793 de Rosario. Se publica edictos en el BOLETIN OFICIAL y diario El Forense. Secretaría, 10 de Mayo de 2019. Dr. Bitetti, Prosecretario.

$ 165 390402 May. 22 May. 28

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito de la 3ra. Nominación de Rosario, en los autos caratulados: ASOCIACIÓN MUTUAL DEL LITORAL c/PUEBLA SERGIO ORLANDO s/Cobro de Pesos; Expte. Nº 335/2014, se hace saber a Puebla Sergio Orlando que se dictaron los siguientes decretos: Rosario 26 de Abril de 2019: Fíjese como nueva fecha de audiencia a fin de absolución de posiciones y reconocimiento de documental la del día 18/06/19 a las 09:00 hs conforme lo peticionado. A tal fin, notifíquese por cédula. Rosario, 07 de Mayo de 2019: Autorizase a notificar por edictos que se publicaran dos (2) días y en la forma prescripta por el Art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Ambos fueron firmados por Dra. Alejandra J Martínez (Secretario); Dra. Cecilia A. Camaño (Juez). Secretaría, 13/05/2019.

$ 33 390401 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Néstor Osvaldo García, Secretaría de la Dra. María Belén Baclini, en los autos caratulados: E.P.E. c/MARTÍNEZ DORA y Ot. s/Demanda Ejecutiva; (Expte. N° 966/2003), se ha dispuesto notificar por edictos a la Sra. Dora Selva Martínez, DNI Nro. 05.531.135, lo siguiente; Rosario, 17 de Abril de 2019. Previo a todo trámite, notifique a la contraparte conforme lo dispuesto por el art. 62 inc. 3, atento que el expediente de marras se encuentra paralizado por más de 6 meses. Notifíquese por cédula. Fecho, acompañada que sea la cédula respectiva, se proveerá lo que corresponda. Fdo. María Belén Baclini, secretaria. Rosario, 23 de Abril de 2019. Atento lo manifestado, póngase de manifiesto por el término de ley la liquidación practicada en autos. Notifíquese por cédula conjuntamente el decreto de fs. 144 y el presente. Fdo. María Belén Baclini, secretaria. En consecuencia: queda Ud. debidamente notificado de la des-paralización del expediente, asimismo se ha puesto de manifiesto por el plazo de 3 días hábiles contados a partir de la recepción de la presente, la planilla de Capital, intereses e I.V.A que al 29/03/2019, asciende a la suma de $ 2647,91 (pesos dos mil seiscientos cuarenta y siete c/91/00). Se deja constancia que el presente, se encuentra exento de reposición; conforme lo normado por el Art. 45 Ley 10.014, que textualmente reza: La Empresa y las actividades que conforman su finalidad específica estarán exentas del pago de todo gravamen o tributación de origen provincial y municipal. 29 de Abril de 2019. María Belén Baclini, secretaria.

S/C 390400 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, y en autos: ZURBRIGGEN LUIS ALBERTO s/Ausencia con Presunción de Fallecimiento; Expte. 21-02882205-4, se le hace que se ha dictado la siguiente Resolución N° 321 Rosario, 15 de Marzo de 2019: Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: 1) declarar a Luis Alberto Zurbriggen (DNI 23.142.704) ausente con presunción de fallecimiento. 2) Fijar la fecha del presunto deceso el día 20 de Septiembre de 1998. 3) Inscribir la presente en el Registro Civil, oficiándose a tal fin previa acreditación de la cancelación de honorarios y/aportes profesionales. 4) Disponer la publicación de esta sentencia por el término de dos días en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 5) Imponer las costas a la solicitante de la declaración. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Marianela Maulion, Secretaria; Dr. Luciano D Juárez Juez. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

$ 33 390391 May. 22 May. 23

__________________________________________


El señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, por el presente hace saber que en los Autos: GARCÍA, FRANCO NAHUEL s/Solicitud Propia Quiebra - C.U.I.J. Nº 21-02904608-2, se ha resuelto designar Síndica a la Contadora Pública Lalla, Dora Susana, con domicilio en Avenida Bernheim N° 8.225, de esta ciudad, teléfono N° 0341-4571185. Asimismo, se ha fijado como fecha hasta la cual los Acreedores y sus Garantes, deberán formular sus Pedidos de verificación de Créditos ante la Síndica, el día 24 de Mayo de 2.019. También, se han fijado como fechas para la Presentación de los Informes Individuales y General por parte de la Sindicatura, el 24 de Julio de 2.019 y 06 de Septiembre de 2.019, respectivamente. Secretaría, Dra. María Belén Baclini, secretaria.

S/C 390407 May. 22 May. 28


__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, y en autos: PEREYRA MARÍA DE LOS ANGELES c/ONGAY NÉSTOR RAÚL s/Escrituración; Expte. N° 21-02840207-1, se hace saber que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario-10 de Abril de 2019: Informando verbalmente el Actuario en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Una vez notificada la rebeldía, de conformidad con lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, según surge del Acta N° 48 de fecha 5 de Diciembre de 2017, en cuanto a que los sorteos de los Profesionales de Nombramientos de Oficio sean efectuados por la oficina de Sorteos de Peritos, Martilleros y Síndicos dependiente de la Presidencia de la Cámara de Apelación, en lo Civil y Comercial, líbrense a tales fines los despachos pertinentes, para la posterior designación de Defensor de Oficio. Fdo.: María José Casas (Secretario); Luciano D. Juárez (Juez). Secretaría, 08 de Mayo de 2019. María Belén Baclini, secretaria en suplencia.

$ 33 390398 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Decimoprimera Nominación de Rosario, Dra. Delia Giles, en los autos caratulados: RIVERO HÉCTOR ALBERTO y Otros c/LUALPE SRL s/Prescripción Adquisitiva; Expte. Nro. 360/2010, se hace saber que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario 15 de Abril de 2019: Téngase presente lo manifestado a los fines de ordenar el procedimiento atento la facultad que me confiere el art. 21 del CPCCSF y siendo que no se ha podido determinar los domicilios de los herederos de los Sres. Muguerza Luis y Bellitieri Miguel corresponde ordenar: Cítese y emplácese por edictos a los herederos de los Sres. MUGUERZA LUIS y BELLITIERI MIGUEL publicándose los mismos en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de planta baja para que en el término de tres días comparezcan a estar a derecho bajo los apercibimientos de rebeldía. Asimismo se hace saber que en caso de incomparecencia serán representados por el defensor de oficio nombrado en autos. Ofíciese a los juzgados respectivos donde tramitan los sucesorios a fin de que tomen razón de la presente citación. Firmadas por la Dra. María A. Mondelli (Jueza Suplencia) - Dr. Sergio González (Secretario). María Belén Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 33 390426 May. 22 May. 24

__________________________________________


Se hace saber que en autos caratulados CLINICEN s/Concurso Preventivo, Expte. N° 803/02, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Gabriel O. Abad, Secretaría de la Dra. Verónica A. Accinelli, Rosario, 15 de Febrero de 2019: y vistos:... y considerando:... resuelvo: Regulo los honorarios del CP Raquel Liliana Purgan, en la suma de $ 69.267,60 con más aportes de ley e i.v.a. en caso de corresponder. La profesional deberá solventar los honorarios de sus letrados patrocinantes. Regístrese y agréguese copia al expediente. Rosario, 13 de Mayo del 2019. Dra. Accinelli, Secretaria.

$ 165 390559 May. 22 May. 28

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rosario, Dr. Ezequiel M. Zabale, Secretaría de la Dra. Gabriela B. Cossovich, se hace saber que en los autos caratulados: BENGOECHEA SERGIO RUFINO s/Concurso Preventivo, Expte. 1622/04 CUIJ 21-01113404-9. Nº 3605 Rosario, 27 de Diciembre de 2018. Y Vistos... Y Considerando:... Resuelvo: Declarar concluida la presente quiebra. Publíquense edictos de ley. Publíquense edictos por el término de ... días. Rosario, de Mayo de 2019. Dra. Cossovich, Secretaria.

$ 165 390544 May. 22 May. 28

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, en autos caratulados: CAPPIELLO GENARO C/ LINARES ANA BEATRIZ s/Demanda mere declarativa; Expte. Nro. 359/2009, se hace saber que se ha dictado el siguiente Decreto: ROSARIO, 06 de Mayo de 2019: No habiendo comparecido los herederos del Sr. Genaro Cappiello a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificados y vencido el término para hacerlo, decláraselos rebeldes, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. María Belén Baclini, secretaria; Dr. Néstor Osvaldo García (Juez). Secretaría, 08 de Mayo de 2019. Dr. Bitetti, Prosecretario.

$ 33 390425 May. 22 May. 24

__________________________________________


En los autos caratulados: TORNILLO MANUEL ANGEL y Otros c/BUA SALVADOR y Otros s/Prescripción Adquisitiva; (CUIJ Nº 21-02890590-1) radicado en el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rosario de la Provincia de Santa Fe, Juzgado a cargo del Dr. Ezequiel Zabale (Juez) y secretaría a cargo de la Dra. Gabriela Cossovich (Secretaria), se ha dispuesto notificar a los herederos y/o legatarios de los Sres. Salvador Búa y Carmela Tornatore, por edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de la siguiente providencia: Rosario, 22 de Abril de 2019 Advirtiendo que se incurrió en error en el decreto de fecha 08/04/2019, revóquese por contrario imperio y en su lugar: Previo a lo solicitado, ofíciese al RPU a los fines de que informe si existe sucesión abierta a nombre de la codemandada Carmela Tornatore. Para el caso de resultar negativa, en virtud de los fallecimientos denunciados y lo dispuesto por el Art. 597 CPCCSF cítese y emplácese por edictos a los herederos y/o legatarios de los Sres. Salvador Búa y Carmela Tornatore a los fines de que comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de declararlos rebeldes y designa un defensor de la lista oficial. Fdo por la Dra. Gabriela Cossovich (Secretaria) y por el Dr. Ezequiel Zabale (Juez).

$ 33 390557 May. 22 May. 24

__________________________________________


Se hace saber que el juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados -MUNICIPALIDAD. DE ARROYO SECO c/DONATI MIGUEL A. s/Apremio; Expte. N° 124/2018, ha dictado la siguiente resolución: N° 955. Arroyo Seco, 16/05/2018. Vista... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso: 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5- Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 18.896,62, en concepto de capital, con más la suma de $ 9.448,31 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobro un bien rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Donati Miguel A. y/o a quien resulte ser responsable fiscal de las constancias de deuda en concepto impuesto de patentes única sobre vehículo, perteneciente al dominio EWI-383 y/o poseedor y/o tenedor del vehículo, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 11 de Abril de 2019. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 390439 May. 22 May. 24

__________________________________________


Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GARCÍA JESÚS SEBASTIAN s/Apremio Municipal” CUIJ Nº 21-22764740-7, ha dictado el siguiente decreto: Nº 1435. Arroyo Seco, 19/06/2018.- Vista... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5- Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $4.593.35.- en concepto de capital, con más la suma de $2.296,67.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. García Jesús Sebastián y/o a sus sucesores y/o poseedores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de las constancias de deuda en concepto impuesto de patentes única sobre vehículo, perteneciente al dominio EJF-878 y/o poseedor y/o tenedor del vehículo, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaria, 17 de Abril de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 390437 May. 22 May. 24

__________________________________________


Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MACHUCA ALDO R. y Otros s/Apremio” Expte. N° 608/16, ha dictado la siguiente Resolución: Nº 142. Arroyo Seco, 22/02/2018. VISTA... RESUELVO: 1- Admitirla y en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5- Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 13.861,45- en concepto de capital, con más la suma de $ 6.930,72.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Ora. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Machuca Aldo R. y Susana Ciaralli y/o a sus sucesores y/o propietarios y/o terceros y/o a quien resulte ser responsable fiscal de la constancia de deuda nro. 3/00131 ó/2016, 9/000997/2016 y 7/000076/2016, en concepto de tasa general inmueble, tasa. municipal consolidada y agua y desagües cloacales pertenecientes al inmueble cuyo N° de partida es 0004808-00, ruta 35, manzana 005, lote 008, sito en caite B. Voluntarios 8 de la ciudad de Arroyo Seco, de acuerdo a las constancias de deudas emitidas por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 11 de Abril de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 390438 May. 22 May. 24

__________________________________________


Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PÉREZ PABLO A. s/Apremio” Expte. Nº 62/2018, ha dictado el siguiente decreto: Nº 1119. Arroyo Seco, 28/05/2018. Vista... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5- Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 2.565 en concepto de capital, con más la suma de $1.282.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo—, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Pérez Pablo Andrés y/o a sus sucesores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de la constancia de deuda en concepto de Infracción de Tránsito Nro. 70094 sobre vehículo, perteneciente al dominio NCB-227, de acuerdo a la Constancia de deuda emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 11 de Abril de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 390440 May. 22 May. 24

__________________________________________


Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15ta. Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GALIANO RUBÉN s/Apremio, Expte. Nº 794/2017, ha dictado el siguiente decreto: N° 1230. Arroyo Seco, 04/06/2018 Vista... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5- Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $1.811,56.- en concepto de capital, con más la suma de $1.811,56.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada.- Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.-“ Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Galiano Rubén Rolando y/o a sus sucesores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de la constancia de deuda en concepto de Infracción de Tránsito nro. 63893 sobre vehículo, perteneciente al dominio NYR-051, de acuerdo a la Constancia de deuda emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 4 de Abril de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 390441 May. 22 May. 24

__________________________________________


Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TADDEI VANINA JULIANA s/Apremio Municipal” CUIJ Nº 21-22764643-5, ha dictado el siguiente decreto: “Nº 1324. Arroyo Seco, 11/06/2018.- Vista....Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado’ actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5- Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $35.112,44.- en concepto de capital, con más la suma de $17.556,22.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada.- Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.-“ Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a la Sra. Taddei Vanina Juliana y/o a sus sucesores y/o poseedores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de las constancias de deuda en concepto impuesto de patentes única sobre vehículo, perteneciente al dominio CEI-364 y/o poseedor y/o tenedor del vehículo, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 4 de Abril de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 390442 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 15 de la ciudad de Arroyo Seco, en los autos: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/ALARCON CIRILO RAMÓN s/Juicio Ejecutivo, Expte. 38/2017, se ha dispuesto lo siguiente: “Nº 214. Arroyo Seco, 16 de Febrero de 2017. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados “NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/ALARCON CIRILO RAMÓN s/Juicio Ejecutivo” Expte 38/2017, Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC,38). 3. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato acompañada y que se agrega a los autos, la que deberá ser suscripta por los presentantes. 4. Imprimir a este proceso el trámite de juicio ejecutivo contra Cirilo Ramón Alarcón. 5. Ordenar se emplace a la demandada para que comparezca estar a derecho en el plazo de 3 días, bajo apercibimiento de rebeldía. 6...7. Atento a que el título acompañado apareja ejecución y ante la manifestación de desconocimiento de bienes, ordenar inhibición general del demandado Cirilo Ramón Alarcón, por la suma de pesos diecisiete mil ochocientos noventa y seis c/ 37/100 ($17896,37.-) en concepto de capital, con más la suma de pesos ocho mil novecientos cuarenta y ocho ($8948.-) estimados provisoriamente en concepto de intereses y costas del proceso. Dicho inhibición recién podrá efectivizarse una vez intimado al pago al deudor (interpretación armónica art. 452 y 460.CPC), quien deberá ser notificado en su domicilio real denunciado por el actor. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado (Juez), Dra. Mariana S. Cattani (Secretaria)“. Otro: Arroyo Seco, 06 de Julio de 2018. Atento a lo informado por el Registro Nacional de las Personas y constancias de autos, cítese y emplácese por edictos al demandado, publicándose en el Boletín Oficial (Art. 73 CPCC). Fdo. Dra. Mariana Alvarado (Jueza), Dra. Mariana Sabina Cattani (Secretaria)“. En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar y emplazar por edictos al demandado Alarcón Cirilo Ramón (DNI 24.402.883) para que comparezca a estar a derecho por edictos que se publicarán tres veces en el Boletín Oficial, venciendo el término cinco días después de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde, continuándose el juicio sin su representación. Arroyo Seco, 10 de Abril de 2019. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

$ 33 390375 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito N° 33 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE ALVEAR c/PAREDES, HUMBERTO s/Apremio Fiscal, Expte. Nº 113/2018, se ha dictado las siguientes resoluciones: “Nº 1682. Villa gdor. Calvez, 03 de Julio de 2018. Autos y Vistos: Los presentes caratulados “Comuna de Alvear c/Paredes, Humberto s/Apremio fiscal” Expte. Nro. 113/18, de los que resulta Y Considerando: ...; Por tanto, en mérito de lo expuesto y disposiciones legales citadas. Fallo: Declarando la Nulidad del procedimiento con costas en el orden causado (art. 250 C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad. Insértese y hágase saber. (Expte. N° 113/18). Fdo: Dra. Viviana Bravo, Juez; Dra. Laura F. Acosta, Secretaría”. Y otro que dice: “N° 1894. Villa Gdor. Gálvez, 06/08/2018. VISTO: El recurso de apelación y nulidad interpuesto por la actora en los presentes caratulados COMUNA DE ALVEAR c/PAREDES HUMBERTO s/Apremio Fiscal, Expte. 113/201, contra la sentencia Nº 1682 de fecha 03/07/2018, protocolizada al T° 110, F° 107/108. Y Considerando...; Resuelvo 1) Conceder el recurso de apelación y nulidad interpuesto en relación y con efecto suspensivo contra la sentencia N° 1682 de fecha 03/07/20 ^.protocolizada al T° 110, F° 107/108 ,2) Disponer la elevación de los autos al Superior previo cumplimiento de las formalidades de Ley. Téngase por constituido domicilio en la Alzada. Insértese, agréguese copia y notifíquese. Fdo: Dra. Viviana Bravo, Juez; Dra. Laura F. Acosta, Secretaría”. Por lo indicado se hace saber al Sr. Humberto Paredes que se ha declarado la nulidad del procedimiento y que se ha concedido el recurso de apelación presentado por la actora. Dra. Acosta, Secretaria.

S/C 390390 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito Nº 33 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE ALVEAR c/SOLIS, RAMÓN s/Apremio Fiscal Expte. Nº 116/18, se ha dictado el siguiente decreto: “N° 2474. Villa Gdor. Gálvez, 10 de Octubre de 2018. Autos y Vistos: Los presentes caratulados: COMUNA DE ALVEAR c/SOLIS, RAMÓN s/Apremio Fiscal CUIJ: 21-22896650-6, de los que resulta que la parte actora, por medio de apoderada promueve formal demanda de apremio fiscal contra Ramón Solis, tendiente al cobro de una deuda a su cargo, ...: Y Considerando: ...; Por tanto, en mérito de lo expuesto y disposiciones legales citadas Fallo: Mandando llevar adelante la ejecución contra Ramón Solís hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de lo reclamado con más los intereses, conforme considerandos precedentes. Costas a la demandada (art. 251 CPCC), difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad, una vez practicada la planilla. Insértese y hágase saber.- Fdo: Dra. Viviana Bravo, Juez; Dra. Laura F. Acosta, Secretaria. Por lo indicado se hace saber al Sr. Ramón Solís que se lo ha condenado a abonar la suma de 25 módulos fiscales, con más sus intereses y costas. Dra. Acosta, Secretaria.

S/C 390392 May. 22 May. 24

__________________________________________


Se hace saber que en los autos caratulados: GOVINO, RODOLFO ENRIQUE s/Sucesión, (Expte. N° 717/17), en trámite por ante el Juzgado de la. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15a Nominación de Rosario se ha dispuesto librar al Registro Público de Comercio oficio a fin de solicitarle se sirva transferir a nombre de la hija y única heredera del causante Rodolfo Enrique Govino, Graciela Marta Govino, argentina, casada, mayor de edad, DNI N° 12.720.682, con domicilio Ayacucho 1828 de Rosario, la totalidad de las nueve mil quinientas (9500) cuotas que correspondían al causante en la razón social José Orsi y Cía S.R.L., y que tienen un valor de $ 10.- cada una. El contrato original de la referida S.R.L. se encuentra inscripto en ese Registro con fecha 10/09/70 al T° 121, F° 3987, N° 1280 de la Sección Contratos, fue adecuado a la Ley N° 19.500 al T° 132, F° 1250, N° 436, prorrogado su plazo de duración e inscripta dicha prórroga con fecha 21/04/81 al T° 132, F° 1899, N° 492, habiéndose aumentado el capital social según inscripción efectuada el 08/10/91 al T° 132, F° 4389, N° 1361. El capital fue nuevamente aumentado mediante inscripción efectuada el 01/07/97 al T° 148, F° 8204, N° 994 y existe una última prórroga efectuada mediante inscripción efectuada el 02/07/99 al T° 150, F° 9597, N° 1103.

$ 45 380600 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12a.Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante el Basilio Alberto Levinson (DNI 10.072.611) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: LEVINSON, BASILIO ALBERTO s/Sucesorio (CUIJ N° 21-0291220-9). Dra. María Verónica Lara. Rosario, 14 de Mayo de 2019.

$ 45 390450 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Ezequiel M. Zabale, Secretaria de la Dra. Gabriela Cossovich, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Raimundo, Rogelio (DNI. 6.003.486), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. (Autos: “RAIMUNDO, ROGELIO s/Declaratoria de herederos “, Expte. Nº 395/2018). Rosario, 09/05/2019. Dra. Sedita, Secretaria.

$ 45 390369 May. 22 Jun. 4

__________________________________________


El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na Nominación de la ciudad de Rosario, Pcia de Santa Fe, Dr. Abad, dentro de los autos caratulados: VEGA NORBERTO s/Declaratoria de herederos, CUIJ 21-02914176-9, de trámite por ante la Oficina de Procesos Sucesorios, Secretaría de la Dra. Grande, cita a los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don Norberto Vega, DNI 6.055. 750 para que comparezcan a hacer valer sus derechos y lo acrediten dentro del término de treinta días hábiles, publicándose el edicto por un día. Rosario, 14 de Mayo de 2019. Dra. Grande, Secretaria. Dra. Lara, Secretaria.

$ 45 390420 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 4ta Nom. de la ciudad de Rosario, Dr. Alejandro H. Lanata, en los autos caratulados: BARBERO, ELISA RAQUEL y Otros c/LO MASCÓLO ANA MARÍA s/Consignación (CUIJ 21-12610391-0). se ha dispuesto Rosario, 05 de Noviembre de 2018.- Al escrito cargo No 10.361/18, se provee: Escando acreditado el fallecimiento de Lucas Martín Robledo, emplácese por edictos a sus herederos para que comparezcan a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma proscripta por el Art. 57 del Código Procesal Civil y Comercial. Al escrito cargo Nº 10.534/18, se provee: Puestos los autos a despacho en el día de la fecha, agréguese el escrito suelto obrante en la carpeta respectiva. Fdo.: Dr. Alejandro H. Lanata (Juez) Dr. Iván G. Sánchez (Prosecretario). Rosario, 28/12/2018. Dra. Barro, Secretaria.

$ 33 390371 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 4ta Nom. de la dudad de Rosario, Dr. Alejandro H. Lanata, en los autos caratulados “BARBERO, ELISA RAQUEL y Otros c/LO MASCÓLO ANA MARÍA s/Consignación (CUIJ 21-12610390-2”. se ha dispuesto: Rosario, 02 de Noviembre de 2018.- Estando acreditado el fallecimiento de Lucas Martín Robledo, emplácese por edictos a sus herederos para que comparezcan a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Fdo.: Dr. Alejandro H. Lanata (Juez) – Dr. Iván G. Sánchez (Pro-secretario). Rosario, 28/12/2018. Dra. Barro, Secretaria.

$ 33 390373 May. 22 Mar. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Marina Consuelo Caneda (DNI 1.043.237), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: CANEDA, MARINA CONSUELO s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02912180-7). Dra. Vanina Carla Grande. Secretaria Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, 24 de abril de 2019. Dra. Grande, Secretaria.

$ 45 390381 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11ra Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Reverter Mirelly Rosa, DNI 01.882.404 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados REVERTER MIRELLY ROSA s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-02913020-2, Dra. Barbara Lechini, Secretaria/Oficina de Procesos Sucesorios. Rosario, de Mayo de 2019. Dra. Lechini, Secretaria.

$ 45 390383 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MIGUEL SANCHES (LE 8.617.667) y de DOMINGA MAZZITELLI (DNI 391.953) para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de un día (art. 2340 del Código Civil y Comercial). María Belén Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 45 390382 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8a. Nominación de Rosario, y en autos ABRAHAM, MARTÍN y Otros s/Declaratoria de herederos 21-02893095-7, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Martín Abraham (D.N.I. 3.850.192) y de Cristina Andrea Rivero y/o Cristina Rivero (D.N.I. 7.583.731) para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de un día (art. 2340 del Código Civil y Comercial). Rosario, 10 de Mayo de 2019. Dra. Casas, Secretaria.

$ 45 390379 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Ira. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Décimo Quinta Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados FELCHLIN GUSTAVO LUIS ADOLFO s/Sucesorio; CUIJ 21-02901060-6, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Gustavo Luis Adolfo Felchlin (DNI Nº 6.001.251) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos por un día en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, Mayo de 2019. Dra. Sapei, Secretaria.

$ 45 390384 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8a. Nominación de Rosario, y en autos BAKRIONUEVO, LUCIANA MARICEL s/Sucesorio 21-02902597-2 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Luciana Maricel Barrionuevo (D.N.I. 26.606.150) para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan, este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de un día (art. 2340 del Código Civil y Comercial). Rosario, 10 de Mayo de 2019. Dra. Casas, Secretaria.

$ 45 390376 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores, y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Occhipinti Teresa Nydia D.N.I. N° 92.658.448 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: OCCHIPINTI TERESA NYDIA s/Sucesorio (CUII 21-02914010-0) Dra. María Verónica Lara, Rosario, 08 de mayo de 2019. Dra. Grande, Secretaria.

$ 45 390412 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8a. Nominación de Rosario, y en autos CENTIS, ANGEL OSCAR s/Declaratoria de herederos 21-02901816-9 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Angel Oscar Centis (D.N.I. 6.032.339), para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de un día (Art. 2340 del Código Civil y Comercial). Rosario, 10 de Mayo de 2019. Dra. Casas, Secretaria.

$ 45 390372 May. 22

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Juez Dra. Mónica Klebcar, del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª. Nominación de Rosario, conforme al Art. 2340 CCC, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por el causante don Brancatto Hugo Alberto (DNI Nº 13.413.662) a fin de que dentro de los 30 (treinta) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, Mayo de 2.019. Dra. Marianela Godoy, Secretaria. Dra. Dulcich, Prosecretaria.

$ 45 390521 May. 22

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ANTONIO FERNANDO FAILLACE (DNI 6.014.171), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. María Belén Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 45 390404 May. 22 May. 28

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 10a. Nominación de Rosario, y en autos: MARÍA DEL CARMEN NEIRA s/Sucesión testamentaria; Expte. 21-02866017-8, se llama a los herederos, acreedores y legatarios de María del Carmen Neira (DNI 3.957.932) para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos; Publíquense sin cargo. María Belén Baclini, Secretaria en suplencia.

S/C 390406 May. 22 May. 28

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de JOSÉ RAMÓN MIRIANI (DNI M 2.306.990) para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de diez días y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. María Belén Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 45 390409 May. 22 Jun. 4

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante José Cuarto Sacramone, L.E. Nº 3.687.142, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: SACRAMONE, JOSÉ CUARTO s/Sucesorio, CUIJ Nº 21-02914920-5. Dra. María Verónica Lara. Rosario, 14 de Mayo de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 390520 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Séptima Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante María Encarnación Villar, DNI 18.113.467, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: VILLAR MARÍA ENCARNACIÓN s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02912624-8). Dra. María Verónica Lara. Rosario, 15 de Mayo 2019.

$ 45 390601 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Décimo Séptima Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Raúl Aquiles Villar, DNI 5.942.392, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: VILLAR RAÚL AQUILES s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02910529-1). Dra. María Verónica Lara. Rosario, 15 de Mayo 2019.

$ 45 390599 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5ta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante La Spina, Rubén Mario (DNI N° 05.979.594), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados LA SPINA, RUBÉN MARIO s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-02913747-9. Dra. María Verónica Lara. Rosario, 14 de Mayo de 2019. Dra. Lara, Secretaria.

$ 45 390556 May. 22

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Juan Bernardino González Fioravanti, DNI Nº 2.395.080, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados González Fioravanti, Juan Benardino y Ot. s/Sucesión; CUIJ 21-02914030-5. Dra. Vanina Carla Grande. Rosario, Mayo de 2019.

$ 45 390532 May. 22

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2a Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante María Araceli Soberon, DNI Nº 5.550.732 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados GONZÁLEZ FIORAVANTI, JUAN BENARDINO y OT. s/Sucesión; CUIJ 21-02914030-5. Dra. Vanina Carla Grande. Rosario, Mayo de 2019.

$ 45 390531 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Blanca Rosa Zeballos (DNI 898.093), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: ZEBALLOS BLANCA ROSA s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02909678-0). Rosario, 21 de Febrero de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 390503 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante De Ascencao, Adriana (DNI 11.448.116), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: DE ASCENCAO, ADRIANA s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02911847-4). Rosario, de Mayo de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 390361 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Clara Dominga Martín (DNI 1.040.021), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: MARTIN CLARA DOMINGA s/Declaratoria de Herederos; (CUIJ Nº 21-02911217-4). Rosario, 26 de Marzo de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 390632 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Gliosci Antonio Angel Eduardo (DNI 5.516.654), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: GLIOSCI ANTONIO ANGEL EDUARDO s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02913323-6). Rosario, de Mayo de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 390363 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Indalecia Lucia Lubrani (DNI 0.579.455), y por el causante Hemeterio Celedonio Vera (DNI 1.978.921), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: VERA HEMETERIO CELEDONIO y Otros s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02909980-1). Rosario, 13 de Marzo de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 390364 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Maita, Angela Margarita (DNI 1.684.003), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: MAITA, ANGELA MARGARITA s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02912556-9). Rosario, de Mayo de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 390365 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Lamanuzzi, Elsa Teresa (DNI 5.564.949), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: LAMANUZZI, ELSA TERESA s/Sucesión Testamentaria; (CUIJ Nº 21-02912555-1). Rosario, de Mayo de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 390366 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante María Leonarda Mattina (DNI 3.192.308), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: MATTINA MARIA LEONARDA s/Declaratoria de Herederos; (CUIJ Nº 21-02906890-6). Rosario, 25 de Marzo de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 390367 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Moreno, Alcides Gregorio (DNI 6.035.512), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: MORENO, ALCIDES GREGORIO s/Declaratoria de Herederos; (CUIJ Nº 21-02910904-1). Rosario, 9 de Mayo de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 390368 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Luisa Omega Peñaranda (DNI 2.071.309), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: PEÑARANDA, LUISA OMEGA s/Declaratoria de Herederos; (CUIJ Nº 21-02910788-9). Rosario, 29 de Marzo de 2019. Dra. María Verónica Lara, Secretaria.

$ 45 390362 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez en suplencia de Distrito Civil y Comercial de la 10º Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante María Petrona Córdoba (DNI 1.103.583), y José Alberto Sala (DNI 6.102.012), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: CORDOBA, MARIA PETRONA y Otros s/Declaratoria de Herederos; (CUIJ Nº 21-02907169-9). Rosario, 1 de Abril de 2019. Dra. María Verónica Lara, Secretaria.

$ 45 390463 May. 22

__________________________________________


FIRMAT

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral, de la 1° Nominación de Firmat, llama a los herederos, acreedores o legatarios de don ALBERTO TEODORO RETZLAFF, por diez días, para que comparezcan a éste Tribunal a hacer valer sus derechos. A los efectos legales se publican edictos en el Boletín Oficial y se fijan en un espacio habilitado a tal efecto en sede de éstos Tribunales, conforme lo dispuesto en el art. 67 del CPC, reformado por la Ley 11.287. (Expte. N° 1238/18, RETZLAFF ALBERTO TEODORO s/Declaratoria de herederos). Firmat, 7 de Febrero de 2019. Dra. Barco, Secretaria.

$ 45 385765 May. 22 Jun .4

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de 1º Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat, Dra. Analía M. Irrazábal (en suplencia), se cita, llama y emplaza a herederos y/o sucesores universales de Doña Carmelinda Lucero y Don Juan Godoy, para que comparezcan a estar a derecho en los autos caratulados: PAZ, HUGO ANGEL c/GODOY, JESÚS y Ots. s/Juicio de Escrituración; Expte. Nº 529/2016, de trámite por ante este Juzgado de la Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat, Nº 16, dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Firmat, 23 de Abril de 2019. Expte. Nº 529/16. Dra. Laura M. Barco, Secretaria.

$ 33 390443 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Dra. Analía Irrazábal (en suplencia) en autos caratulados: FUNES, ISRAEL ONILIO s/Sucesión Testamentaria; Expte. Nº 570/2019, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de Israel Onilio Funes, para que dentro del término de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL y Tablero del Tribunal. Fdo.: Federico J. Solsona. Firmat, 15 de Mayo de 2019.

$ 45 390545 May. 22 May. 28

__________________________________________


CASILDA

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 7 en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de Casilda, llama, cita, emplaza a los herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados, por el causante Fermani Juan José (DNI N° M6.181.132), por 30 días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense los edictos por un día en el BOLETIN OFICIAL. (Autos: FERMANI JUAN JOSÉ s/Sucesión; (Expte. Nº 757/2018). Casilda, Dra. Sandra S. González Secretaria.

$ 45 390434 May. 22

__________________________________________


El señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral, de la 2da Nominación de Casilda, Dr. Gerardo A. M. Marzi, llama a los herederos, acreedores o legatarios de VÁZQUEZ BEATMZ ANGÉLICA, por el término de 30 días a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese un día. Casilda, de Mayo de 2019. Fdo.: Sandra S. González Secretaria.

$ 45 390588 May. 22

__________________________________________


CAÑADA DE GOMEZ

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, de la 1º Nom. del Distrito Judicial Nº 6, a cargo del Dr. José María Fidelibus, Juez Subrogante, Secretaria del Dr. Guillermo Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de NICOLINI SILVIA NANCY DEL LUJAN, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez, Fdo.: Guillermo Coronel, secretario.

$ 45 390451 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de la ciudad de Cañada de Gómez, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de María Josefa Mogetta, y Alfredo López, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro de los autos caratulados: MOGETTA MARÍA JOSEFA Y LÓPEZ ALFREDO s/Declaratoria de Heredero Expte. Nº 763/2016 dentro del término y bajo los apercibimientos/de ley. Cañada de Gómez, 20 de Marzo de 2019. Fdo.: Dr. Mariano Jesús Navarro Secretario.

$ 45 390433 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Cañada de Gómez, Pcia. de Santa Fe, a Cargo del Dr. José María Fidelibus, Juez Subrogante, Secretaria del Dr. Guillermo Coronel, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don Norberto Juan Betique, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Todo por así estar dispuesto dentro de los autos caratulados BETIQUE NORBERTO JUAN s/Sucesión, Expte. Nº 136/19. Cañada de Gómez, Mayo de 2019 Fdo. Dr. Coronel, Secretario.

$ 45 390432 May. 22

__________________________________________


SAN LORENZO

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de San Lorenzo Distrito Judicial N° 12, Dr. Marcelo Escola, Secretaria Dra. Mónica Muchiutti, dentro de los autos caratulados: RL S/ Medida Definitiva Ley 12967. Expte. Nº 764/15, se notifica al Sr. J. Esteban Longhini la siguiente resolución que se transcribe en su parte pertinente: San Lorenzo, 13 de Junio de 2016 T° 29 F° 214/215 N° 1373. Resuelvo: 1) Ratificar la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario, respecto de la Disposición N° 8/15 del 15 de mayo de 2015 y la Resolución N° 1134. 2) Que continúen actuando los equipos técnicos de la Dirección Provincial de Niñez. Comuniques a la Defensoría del Pueblo a los fines del artículo 38 de la Ley 12967 y a la Defensora de los Derechos de la Niñez de la Provincia, Dra. Analía Colombo. Notifíquese a la Asesora de Menores. Insértese y hágase saber Fdo.: Dr. Marcelo Escola, Juez; Dra. Mónica Muchiutti Secretaria.

S/C 390380 May. 22 May. 28

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de San Lorenzo Distrito Judicial N° 12, Dr. Marcelo Escola, Secretaria Dra. Mónica Muchiutti, dentro de los autos caratulados: LÓPEZ B.J. S/ Control de Legalidad de Medida Definitiva, CUIJ 21-23849725-3-, se notifica de forma gratuita al Sr. Eduardo Javier López la siguiente resolución que se transcribe en su parte pertinente: T° 52 Fº 29/31 Nº 4175 San Lorenzo, 13/03/19 Y Vistos…Y Considerando…Resuelvo:…1) Hacer lugar al control de legalidad y ratificar el acto administrativo tal lo sostiene la Disposición N° 81/18 del 14 de Noviembre de 2018 en cuanto a la resolución definitiva de la situación de los mencionados niños y adolescentes, declarando en situación de adaptabilidad a Brandan Josué y Jeremías Ezequiel López y Sol Enuley y Esperanza Bosque y respecto a Camila Abigail López, declarar la tutela de la Sra. Carolina Ma. Itatí Arévalo, DNI Nº 31.331.161, quién deberá aceptar el cargo cualquier día y hora hábil de audiencia por ante Secretaría. 2) Ofíciese al RUAGA a los efectos pertinentes. Notifíquese a los progenitores, a la Delegación Regional San Lorenzo de la Dirección de Niñez, a la Asesora de Menores y a la Dra. Analía Colombo Defensora de Niñez de la Provincia. Insértese y hágase saber. Fdo: Dr. Marcelo Escola Juez Dra. Mónica Muchiutti Secretaria.

S/C 390374 May. 22 May. 28

__________________________________________


La Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de San Lorenzo, en autos caratulados: FREGONESE, VILMA S/Sucesión; (Expte. N° 4/19) CUIJ 21-25346391-8, llama a los herederos, acreedores o legatarios de doña Vilma Dora Fregonese, por diez días para que comparezcan a este Juzgado a hacer valer sus derechos. San Lorenzo, 13 de Mayo de 2019. Dra. Luz M. Gamst (Secretaria).

$ 45 390386 May. 22 Jun. 4

__________________________________________


El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don MUZZOLON VICTOR HUGO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 4 de Abril de 2019. Pablo A. Devadder, Prosecretario.

$ 45 390378 May.22 Jun.4

__________________________________________


El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña RUZ NORA MARY, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 13 de Mayo de 2019. Melisa Peretti, secretaria.

$ 45 390388 May. 22 Jun. 4

__________________________________________


El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don CORIA IGNACIO LUIS, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 13 de Mayo de 2019. Nadia Aronne, Prosecretaria.

$ 45 390387 May. 22 Jun. 4

__________________________________________


VILLA CONSTITUCION

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primero Instancia de circuito Nº 14 de Villa Constitución a cargo del Dr. Diógenes Drovetta (Juez) dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE VILLA CONSTITUCIÓN C/ CORNEJO HUGO S/Apremio Expte. N° 21-23482880-8, Se cita al Sr. Cornejo Hugo DNI 8.103.270. Contribuyente y/o responsable fiscal y/o sucesores y/o actual Propietario y/o poseedor animus domini del inmueble padrón N° 14256/2. Calle B° Troilo S.3 N° 114, manzana 3/1 Parcela 1, a fin de que oponga excepción legítima dentro del término de 8 días y bajo los apercibimientos e llevarse adelante la ejecución en caso de no hacerlo. Se deja constancia que la publicación de presente edicto es sin cargo, en virtud de la Ley 5.006 y sus modificaciones. Villa Constitución. Dra. Analía Vicente, Secretaria.

S/C 390605 May. 22 May. 24

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Villa Constitución (Santa Fe), en los autos caratulados: MANSILLA, EVA NERIA y Otros s/Declaratoria de Herederos Expte. N° 183/2019, CUIJ N° 21-25580873-4, se cita a los Herederos, Acreedores y/o Legatarios de Doña Eva Neria Mansilla y don Rubén Victorio Farias, para que comparezcan por 30 (treinta) días a este tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución, 15 de Mayo de 2019, Dra. Agueda M. Orsana Juez, Dr. Alejandro Danino Secretario.

$ 45 390591 May. 22 Jun. 4

__________________________________________


MELINCUE

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 8 Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Melincué, cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores de Doña Mastrangelo Gregoria Marta, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Secretaria Dra. Luciana P. Parenti. Noviembre 2018. (Autos: MASTRANGELO GREGORIA MARTA S/Declaratoria de Herederos Sucesión, Expte. N° 1162/2018).

$ 45 390445 May. 22 May. 28

__________________________________________


VENADO TUERTO

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 1ra. Nom. de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. Mana Celeste Rosso, Secretaria del Dr. Leandro Carozzo, se llama, cita y emplaza, a los herederos, acreedores y/o legatarios de Doña María Angélica Avalis DNI Nº 3.961.124, por su fallecimiento a hacer valer sus derechos ante este Tribunal por el término de ley. Autos: AVALIS, MARIA ANGELICA s/Sucesorio CUIJ Nº 21-24612415-6. Venado Tuerto, 9 de Mayo de 2019. Secretaria.

$ 45 390558 May. 22 May. 28

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, 2da. Nom., Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel Carlos Carlini, Secretaría del Dr. Alejandro Walter Bournot, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña SUSANA GRACIELA GUERINI DNI 12.186.941, fallecida el día 28 de Diciembre de 2018, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de la ley. Conste (Expte. CUIJ N° 23.24612155-6). Venado Tuerto, 10 de Abril de 2019.

$ 45 390625 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, 2da. Nom., Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel Carlos Carlini, Secretaría del Dr. Alejandro Walter Bournot, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña NORMA ALICIA LOPES, DNI 11.841.492, fallecida el día 15 de Febrero 2019, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de la ley. Conste. (Expte. CUIJ N° 21-24612346-9). Venado Tuerto, 2 de Mayo de 2019.

$ 45 390623 May. 22

__________________________________________


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Gabriel Alberto Carlini Juez, Secretario Dr. A. Walter Bournot, se cita y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Don Jorge Omar Vilariño, DNI 11.118.918, para que en el termino de ley comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos de ley. Autos caratulados: VILARIÑO, JORGE OMAR s/Declaratoria de Herederos; (CUIJ 21-24612502-0 Año 2019).

$ 45 390564 May. 22 May. 28

__________________________________________


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dra. Maria Celeste Rosso Jueza, Secretario Dr. Leandro Carozzo, se cita y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Juan Carlos Barucco, DNI 6.117.674, para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos de ley. Autos caratulados: BARUCCO, JUAN CARLOS s/Declaratoria de herederos; (CUIJ 21-24612496-2 año 2019).

$ 45 390563 May. 22 May. 28

__________________________________________