REGISTRADA BAJO EL Nº 13.944
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1 - Adhiérese la provincia de Santa Fe a la ley nacional N° 27506, por la que se crea el “Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento”, que tiene como objetivo el fomento de actividades económicas que implementen el uso del conocimiento y la digitalización de la información de acuerdo con los avances de la ciencia y las tecnologías, a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos en todo el territorio provincial.
ARTÍCULO 2 - Los beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento gozarán de estabilidad fiscal en todo el territorio de Santa Fe, no pudiendo ver incrementada su carga tributaria total provincial determinada al momento de su solicitud de adhesión en el Registro Nacional de Beneficiarios, y durante el término de vigencia de éste. La estabilidad fiscal alcanzará a los impuestos directos, tasas y contribuciones impositivas que tengan como sujetos pasivos a los beneficiarios inscriptos, extendiéndose a la carga tributaria de los municipios y comunas en la medida de su adhesión a la presente ley.
ARTÍCULO 3 - Invítase a las municipalidades y comunas a adherir al presente Régimen, sujeto al otorgamiento de exenciones análogas en el ámbito de su específica competencia tributaria, bajo condiciones de estabilidad.
ARTÍCULO 4 - El Poder Ejecutivo provincial establecerá en el Proyecto de Presupuesto y Ley Impositiva Anual programas y/o acciones de promoción que contemplen incentivos fiscales para aquellas actividades económicas objeto del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.
ARTÍCULO 5 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTIOCHO DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
C.P.N. CARLOS A. FASCENDINI
Presidente
Cámara de Senadores
ANTONIO JUAN BONFATTI
Presidente
Cámara de Diputados
D. FERNANDO DANIEL ASEGURADO
Subsecretario Legislativo
Cámara de Senadores
Dr. MARIO GONZALEZ RAIS
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
DECRETO N° 4043
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 09 DIC 2019
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede N° 13944 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
LIFSCHITZ
Pablo Gustavo Farías
Ministro de Gobierno
y Reforma del Estado
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