picture_as_pdf 2019-12-23

JUZGADO LABORAL


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Laboral de la 10 Nominación de Rosario, Dra. Paula Calace Vigo, Secretaria de la Dra. Paula N. Hechem en autos: OVIEDO, MARIA ALEJANDRA c/GALENO A.R.T. S.A. s/Accidente y/o Enfermedades del Trabajo (Expte. Nº 1003/2019) se hace saber que se ha decretado lo siguiente: Rosario, 24 de Septiembre de 2019. Por presentado, en el carácter invocado a mérito del poder general que en copia se acompaña, désele la participación que por derecho corresponda. Acéptese el domicilio procesal constituido. Por contestada la demanda y ofrecida prueba, si en tiempo y forma estuviere, téngase presente. Atento lo manifestado y constancias obrantes en autos, cítese y emplácese por edictos a los herederos de Cristian Hernán Gastaldo para que comparezcan a estar a derecho en el presente juicio, bajo apercibimiento de ley... Fdo. Dra. Paula Calace Vigo (Jueza), Dra. Paula N. Hechem (Secretaria)“. En consecuencia se cita y emplaza a los herederos de Cristian Hernán Gastaldo (DNI. 29068035) para que comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Tales edictos se publicarán sin cargo y por tres días consecutivos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario. Dra. Hechem, Secretaria.

S/C 412119 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, Serena Anita Valeri (D.N.I. N° 2.381.171) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: VALERI, SERENA ANITA s/Declaratoria de herederos; (C.U.I.J. N° 21-02922873-3). Rosario, 3 de Diciembre de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 411146 Dic. 23

__________________________________________


La Sra. Jueza de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia de la Quinta Nominación de Rosario, hace saber que en los autos: JAQUE TORRES, MARÍA CECILIA c/GONZÁLEZ, RICARDO ANDRÉS s/Divorcio; CUIJ N° 21-11313679-8, se ha ordenado lo siguiente: Rosario, 26 de Junio de 2017 Por presentada, domiciliada, con patrocinio letrado. Otórguesele la participación que por derecho corresponda. Juez de Trámite: Dr. Marcelo Molina. Por interpuesta petición de divorcio. Téngase presente lo expuesto sobre los efectos del divorcio. Agréguese el acta de matrimonio acompañada. De la petición de divorcio: hágase saber. De lo expuesto sobre los efectos del divorcio: traslado por diez días. Notifíquese por cédula con transcripción del artículo 438 del Código Civil y Comercial. De no ser hallado/a el/la requerido/a en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de los vecinos si es que allí vive el mismo y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Fdo.: Dr. Marcelo José Molina (Juez), Dra. Milca Mileva Bojanich (Secretaria)/// Y Otro: “Rosario, 22 de Noviembre de 2019. Agréguense las cédulas sin diligenciar acompañadas. Notifíquese al Sr. Ricardo Andrés González por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Entradas del Tribunal, tres veces, venciendo dicho término 5 días después de la última publicación. Fdo.: Dra. Milca Mileva Bojanich (Jueza), Dra. María Cecilia Naveira (Secretaria) El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por el Sr. Defensor Horacio Fabio Ferreyra, a cargo de la Defensoría Civil N° 4.- Secretaria. Rosario, 5 de Diciembre de 2019. Dra. Naveira, Secretaria.

S/C 412125 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 6ta. Nominación de Rosario, Dr. Horacio Allende Rubino, Secretaria del Dr. Mariano Novelli, dentro de los autos caratulados: GUTIÉRREZ LAURA BEATRIZ y Otros c/VILLALBA DIEGO DAMIAN y Otros s/Daños y perjuicios (Expte. Nº 21-11870449-2, se ha declarado mediante decreto de fecha 25/09/2019 la rebeldía de Villalba Diego Damián (DNI N° 30.390.607) de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67 69 73 y 548 del C.P.C. Dado, sellado y firmado a los de Diciembre de 2019. Dra. Naveira, Secretaria.

S/C 412055 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 17ta. Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Silvia Beduino (Jueza), en los autos caratulados: HEMRAN, PABLO EZEQUIEL s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02924702-9, llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Pablo Ezequiel Hemran, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. A los efectos legales se publican edictos por una vez en el BOLETÍN OFICIAL por treinta días. Todo ello por estar así ordenado en el siguiente decreto: Rosario, 25 de Noviembre de 2019. Por presentada, con domicilio procesal constituido y con patrocinio de letrado. Désele a la compareciente la participación que por derecho corresponde. Estando acreditado el fallecimiento de Pablo Ezequiel Hemran (DNI 32.651.576) con el acta de defunción obrante a fs. 1, declárase abierto su juicio de declaratoria de Herederos. Téngase presente lo manifestado en relación al primer párrafo del Art. 2340 del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994) en cuanto dispone: “el interesado debe expresar si el derecho que pretende es exclusivo, o si concurren otros herederos”, e informar si existen coherederos menores de edad o incapaces. Asimismo, hágase saber que los denunciados como ‘coherederos deberán ser notificados del presente por cédula con la transcripción de los artículos 2287, 2288 y 2293 del CCCN, haciéndoles saber que sólo en caso de comparecer serán incluidos en la declaratoria de herederos. Cítese por edicto que deberá publicarse por un día en el BOLETÍN OFICIAL a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Ofíciese al: 1) Registro de Procesos Universales (Ley 8.744). En virtud de lo resuelto por la CSJSF mediante Acta Acuerdo N° 16 punto 7 de fecha 15/05/2018, deberá acompañar el peticionante la estampilla y reposición correspondiente a los fines de su diligenciamiento por la Oficina de Procesos Sucesorios vía correo electrónico. 2 Caja de Pensiones Sociales de la Provincia de Santa Fe; 3) Archivo de Protocolo Notariales a los efectos de que informe si se registran actos de última voluntad. Fecho, córrase vista al Sr. Fiscal. Hágase saber a los interesados que a fin de acreditar fallecimiento, nacimiento o todo vínculo invocado, sólo serán aceptadas las copias actuales expedidas por el Registro Civil, y no su copia certificada (art. 5 Ley 26.413). Se autoriza al profesional interviniente a suscribir cédulas y oficios atento lo dispuesto por el art. 25 incs. 1 y 2 del CPCC, debiendo las reparticiones oficiadas dar curso a los mismos, con transcripción del presente párrafo. Atento la existencia de presuntos herederos menores de edad, dése intervención al Defensor General, en los términos del art. 103 CCCN). Fecho, vista al Defensor General Dra. Bárbara Lechini (Secretaria) Dra. María Silvia Beduino (Jueza). El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil N° 10.

S/C 412066 Dic. 23

__________________________________________


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11º Nominación de Rosario, se ha ordenada citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los-bienes dejados por los causantes Gerardo Pedro Frezza, (DNI 5.983.461) y Esmeralda Antonia Navello (LC 5.565.272), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: FREZZA, GERARDO PEDRO y Otra s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-02916182-5. Rosario, 14 de Noviembre de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 411154 Dic. 23

__________________________________________


Por disposición de la Dra. Mariana Alvarado - Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Fuero Pleno de la Décimo Quinta Nominación de la Ciudad de Arroyo Seco - Secretaria de la Dra. Mariana S. Cattani y dentro de los autos caratulados: Comuna de Fighiera c/GIUGGIA, MATEO AGUSTÍN y Otros s/Ejecución Fiscal, Expte. CUIJ: 21-22766135-3, se ha dispuesto Notificar por edictos a Giuggia, Mateo A. y/o Guidi, Jorge O. y/o Guidi Norberto A y/o quien resulte propietario y/o poseedor y/o responsable jurídico del Rural ubicado en Zona Rural, de la Localidad de Fighiera, Pcia. de Santa Fe - Partida Provincial Nro.: 16-19-00-351797/0018, Padrón Nro.: 00377R (Catastro); lo siguiente Nº 937. Arroyo Seco, 29 de Octubre de 2019. Vista:... Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia darle curso: 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general la que deberá ser suscripta por el presentante y que se agrega a los autos: 3. Aceptar el domicilio ad lítem constituido (CPC. 38: 4. Imprimir a este proceso el tramite previsto en la Ley 5066 de esta provincia: 5. Atento encontrar en forma el titulo que se agrega ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 5.686.78- en concepto de capital con más la suma de $3.900-. estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460. CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27. L 5066): 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley: Notifíguese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Alvarado - Juez – Dra. Mariana S. Cattani - Secretaria. Arroyo Seco, 14 de Noviembre de 2019.

S/C 409879 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


Por disposición de la Dra. Mariana Alvarado - Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de Fuero Pleno de la Décimo Quinta Nominación de la Ciudad de Arroyo Seco - Secretaria de la Dra. Mariana S. Cattani y dentro de los autos caratulados: COMUNA DE FIGHIERA c/GIUGGIA, MATEO AGUSTÍN y Otros s/Ejecución Fiscal, Expte. CUIJ: 21—22766132-9, se ha dispuesto Notificar por edictos a GIUGGIA, MATEO AGUSTÍN y/o GUIDI, JORGE O. y/o GUIDI, NORBERTO A. y/o QUIEN RESULTE PROPIETARIO y/o POSEEDOR y/o RESPONSABLE JURÍDICO del Rural ubicado en ZONA RURAL, de la Localidad de Fighiera, Pcia. de Santa Fe; Partida Provincial Nro.: 16-19-00-351797/0012, Padrón Nro.: 00372R (Catastro): lo siguiente: N° 2.940.- Arroyo Seco, 29 de Octubre de 2019. VISTA:... RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso: 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general la que deberá ser suscripta por el presentante y que se agrega a los autos: 3. Aceptar el domicilio ad lítem constituido (CPC. 38): 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia: 5. Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 10.880,41, en concepto de capital con más la suma de $3.900-. estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11. L 5066 y arts. 452 y 460. CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27. L 5066): 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere: 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley: Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Alvarado - Juez - Dra. Mariana S Cattani - Secretaria. Arroyo Seco, 14 de Noviembre de 2019. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 409878 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, en autos: TIVANO PATRICIA AÍDA c/GARMENDIA JUAN RAMÓN y Otros s/Daños y perjuicios; Expte. Nro. 21-00185221-0 se hace saber que por decreto de fecha 30 de Octubre de 2019 se cita y emplaza a comparecer a estar a derecho a los herederos de Olga Margarita Hepp (DNI 12.064.088), por el término de 3 días, bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. El decreto fue firmado por el Dr. Lucas Menossi, Secretario. Secretaría, 12/12/2019. Dra. Baclini, Secretaria.

$ 33 411915 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, en autos: SILVESTRE, MARIO ALBERTO c/DANIEL GIAVARINI DISTRIBUCIONES SRL y Otros s/Cobro de pesos; Expte. Nro. 21-02913851-3, se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Rosario, 9 de Septiembre de 2019 Previo a todo trámite y a fin de evitar futuras nulidades acompañe cédula de notificación del primer decreto de trámite al codemandado Daniel Giavarini Distribuciones S.R.L.. Además, estando fallecido el codemandado Daniel Giavarini, cítese y emplácese a los herederos mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley, a comparecer a estar a derecho en los presentes, conforme lo normado por el Art. 597 C.P.C.C. Asimismo, deberá notificar a todas las partes intervinientes el decreto de fs. 72 donde se ha dispuesto seguir el trámite ordinario en los presentes. Fdo. Dra. María Belén Baclini, Secretaria.

$ 33 411917 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, en autos: ZALTRON, RODRIGO LEONARDO y Otros s/Prescripción Adquisitiva Expte. Nro. 21-02879196-5 se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario, 31 de Octubre de 2019 Agréguense las constancias acompañadas. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, en mérito al poder especial acompañado. Désele la participación que por derecho le corresponda. Por iniciada acción de posesión veinteañal que expresa. Emplácese para que comparezcan a estar a derecho en el término y bajo los apercibimientos de ley a quienes detenten la propiedad y/o a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble sito en Provincias Unidas N° 1899 de esta ciudad, con dominio inscripto bajo Matrícula N° 16016336, Dpto. Rosario. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales por tres veces, venciendo su término cinco días después de la última publicación. Cítese al Estado Nacional, Estado Provincial y a la Municipalidad de Rosario, a fin de que hagan valer sus derechos, si los tuvieren. Acompañe informe comercial del demandado (Nosis, Org. Veraz SA, etc.). Asimismo, líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a los fines de que proceda a constatar el inmueble objeto de los presentes. Hágase saber que dichas diligencias deberán renovarse al momento de escriturar. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Firmado: Dra. Gabriela Cossovich – Dr. Ezequiel Zabale. Se hace saber que el inmueble se encuentra empadronado bajo la partida número 16-03-17-314204/0001-3. Y Dominio inscripto al Folio, Real 16-016 336 del 18 de Octubre de 1995. Dra. Baclini, Secretaria suplencia.

$ 33 411919 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, y en autos: ROBLES, MARÍA LILIANA ELSA c/SABETTI, JOSÉ y Otros s/Prescripción Adquisitiva, Expte Nº 21-02905178-7 , se le hace saber que se ha dictado LO siguiente: “Nº 1857 - Rosario 13/11/2019: Vistos y Considerando: Los presentes autos: ROBLES, MARÍA LILIANA ELSA c/SABETTI, JOSÉ y Otros s/Prescripción Adquisitiva, CUIJ 21-02905178-7 venidos a despacho a los fines peticionados; Resuelvo: I) Por presentado, con domicilio legal constituido y en el carácter invocado. Désele la participación que por derecho le corresponde. Por iniciada acción de usucapión en los términos expresados. Imprímase al presente el trámite del juicio ordinario (artículo 387 inc. a) del’ CPCC. Cítese y emplácese a estar a derecho a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley. Ofíciese a la Dirección General de Catastro y al Registro General de Propiedades a fin que informen los datos catastrales y regístrales del inmueble a usucapir. Ofíciese a la Municipalidad que corresponda, a la Fiscalía de Estado Provincial y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado EX-ONABE, a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble. Fecho, ofíciese al Registro Nacional de las Personas y/o Secretaría electoral correspondiente a fin de que informen en su caso respecto del domicilio de los titulares regístrales informados por el Registro General de Propiedades. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley. II) Inscribir como litigioso (art. 276 CPCC) el inmueble cuyo dominio se halla inscripto en el registro General de Rosario al tomo 344B Folio 1165 N° 144.559. Líbrese a tal fin el despacho que fuera menester. III) Ordenase que todas las notificaciones por cédula se deberán realizar a través de Oficial Notificador, Juez Comunitario de Pequeñas Causas o por el procedimiento previsto en la Ley 22.172, según corresponda, pues por razones de transparencia, eficacia, idoneidad y seguridad, no se autorizará en ningún caso la notificación postal contemplada en el art. 66 del CPCC. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Firmado: Dra. María José Casas, Secretaria Dr. Luciano D. Juárez, Juez. Se hace saber que se trata de dos lotes cuyos dominios se encuentran inscriptos al Tomo: 87 Folio: 264 bis Número: 111521 y Tomo: 281, Folio: 326 Número: 51173. Ciudad de Alvear, Provincia de Santa Fe. Secretaría. Rosario. Dra. Baclini, Secretaria.

$ 33 411918 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, en autos: MORENO, DANIEL MARTÍN c/TURRISE, BASILIO -HEREDEROS- s/Usucapión, Expte. Nro. 21-02892910-9, se hace saber, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 13 de Junio de 2018 Por presentado, aceptase el domicilio procesal constituido y en el carácter invocado, conforme al poder que acompaña. Por iniciada formal demanda de usucapión que tramitará según las normas del proceso ordinario. Cítese y emplácese a los titulares del dominio por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 y lo dispuesto por los Acuerdos Ordinarios —Acta 8/2018 del 13 de marzo de 2018 y 10/2018 del 27 de marzo de 2018 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Publíquense edictos de ley. Agréguese la documental acompañada. Ofíciese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, al Sr. Fiscal de Estado, a la Municipalidad de Rosario y a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (Ex-ONABE) haciéndole saber sobre la promoción de esta causa a los fines de que tome la intervención que por derecho le corresponde. Cumplimente con el Art. 1905 del Código Civil y Comercial de la República Argentina. Previamente en ocasión de invocar la posesión de inmueble acompañe servicios a nombre del peticionante. Realice una constatación a los fines de tomar conocimiento del mismo. Acompañe oficio del Registro de procesos sucesorios del causante/titular del dominio inicial don Basilio Turrise. Notifíquese. Firmado: María Belén Baclini Secretaria; Gabriel Abad, Juez. Se hace saber que el inmueble se encuentra inscripto en el Tomo 326G/Folio 1617 N° 106932. Dra. Baclini, Secretaria.

$ 33 411920 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


El Sr. Juez de la 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: SULLIVAN, SILVIO JUAN c/LOVELL, FILIBERTO y Otros s/Prescripción Adquisitiva 21-02891509-5, hace saber a los herederos de don Carlos Hernández y/o don Filiberto Lovell, que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 13 de Marzo de 2018: “Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, a mérito del poder especial acompañado, désele al compareciente la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa. Atento al fallecimiento de los demandados (Lovell Filiberto y Hernández Cartas) cítese y emplácese a estar a derecho, por edictos que se publicaran por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales, a los herederos de los mismos y en caso de conocerse el domicilio notifíquese por cédula. Cítese al Estado Nacional, Provincia de Santa Fe en la persona del Sr. Gobernador y a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez en la persona del Sr. Intendente, con los datos del inmueble a usucapir, para que comparezcan y manifiesten si existe interés fiscal comprometido. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Líbrese mandamiento, al Sr. Oficial de Justicia interviniente a fin de que se constituya en el inmueble en cuestión e informe si el mismo se encuentra ocupado y en su caso, por quién y en qué carácter. Atento a lo informado por el Registro de Procesos Universales líbrese oficio al Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6° y 12° Nominación de Rosario a los fines de comuníquese sobre la tramitación de los presentes. Asimismo, de conformidad con lo normado por el art. 1905 tercer párrafo del CCyCN a la inscripción litigiosa: autos. Notifíquese por cédula. Previo a resolver deberá cumplimentar con el art. 16 inc. a) L.I.A. Fdo.: Dra. Mónica Klebcar, Juez Suplente. Dra. Myrian Huljich, Secretaria. SULLIVAN, SILVIO JUAN c/LOVELL, FILIBERTO y Otros s/Prescripción Adquisitiva 21-02891509-5. Y Otro: Se ha dictado la siguiente resolución: Rosario, 13/03/2018 Resolución Nº 427, F° 400, Tº 91; Y Vistos: Lo solicitado precedentemente y constancias de autos, Resuelvo: Inscríbase como litigioso el inmueble inscripto al T° 314 F° 15 Nº 102414, Dpto. Rosario, librándose a sus efectos los recaudos de ley. Líbrese el despacho correspondiente, previo pago del impuesto de setos art. 35 y 36 L.I.A.. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dra. Mónica Klebcar, Juez Suplente, Dra. Myrian Huljich, Secretaria. SULLIVAN, SILVIO JUAN c/LOVELL, FILIBERTO y Otros s/Prescripción Adquisitiva – Expte. Nº 21-02891509-5. Dra. Baclini, Secretaria.

$ 52,50 411921 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Juez de 1ra. Instancia de Ejecución Civil de Circuito de la 1ra. Nominación de Rosario, Dra. Mariana Martínez, dentro de los autos caratulados: VILLA CASSINI ASOCIACIÓN MUTUAL c/VERA JORGE ALBERTO y Otros s/Juicio Ejecutivo, Expte. CULI: 21-13881111-2, se hace saber a la codemandada Silvia Beatriz Michelud, DNI 30.288.325, que se ha dictado la siguiente providencia: Rosario, 11 de Octubre de 2019, Informado verbalmente en este acto el Actuario que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho declárasela rebelde siguiendo el juicio sin su representación. Agréguese la cédula acompañada. Fdo. Dra. Mariana Martínez (Juez) - Dra. Silvina López Pereyra (Secretaria).

$ 33 411922 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de, la ciudad Rosario, ha ordenado citar y emplazar a los herederos del demandado Juan José Martos, D.N.I. N° 2.136.686, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Datos identificatorios del inmueble objeto de la acción: Unidad de Propiedad Horizontal situada en calle Zelaya Nº 1169 - 1° Piso - Depto “2” - Rosario, guarismos “01-02” - Dominio: Tomo: 547 - Folio: 198 - N° 142137 - Legajo: 2781 -P.H. Rosario, Diciembre de 2019. Dra. Verónica A. Accinelli, Secretaria. Autos: RUSSO, MARCELO FABIÁN c/MARTOS, JUAN JOSÉ s/Prescripción Adquisitiva - C.U.I.J. Nº 21-02886108-4. Rosario, 6 de Diciembre de 2019. Dra. Accinelli, Secretaria.

$ 33 411923 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, en autos: SAN MARTINO GUSTAVO G. c/BARCELO MARÍA R y Otros s/Juicios Ejecutivos. Expte. Nro. 21-01122907-4, se hace saber a Letto Claudia Jaquelina, que se ha dictado lo siguiente: Rosario 25 de Noviembre de 2019: Téngase presente la planilla y póngase de manifiesto en la oficina por el termino y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula. A la cautelar solicita, aprobada que fuera la planilla. Firmado: Dra. Gabriela Cossovich Dr. Ezequiel Zabale. Se hace saber que la planilla asciende al monto de $ 257.639. Dra. Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 33 411924 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


El Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nom. Rosario. Jueza. Mónica Klebcar, Secretaria, Marianela Godoy, en los autos: ZIGON, GABRIEL ALEJANDRO c/CROSMAR CEREALES S.R.L. s/Juicio Ejecutivo - 21-02910628-9 (99/2019) se hace saber a Crosmar Cereales SRL lo siguiente: Nº 2474 - Rosario, 06/11/19 - Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: Aprobar la planilla practicada en cuanto por derecho corresponde hasta la concurrencia de la suma de $ 301.894,51. Insértese y hágase saber. Fdo. Marianela Godoy, Secretaria; Mónica Klebcar, Jueza. Dra. Dulcich, Prosecretaria.

$ 33 412021 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3a. Nominación de Rosario, en autos: DONDO DOMINGA s/Quiebra. Expte. Nro. 21-01116390-1 se hace saber que se ha dictado lo siguiente: Rosario 08 de Noviembre de 2019: Por presentado informe final y proyecto de distribución. Póngase los mismos de manifiesto en la oficina por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el BOLETÍN OFICIAL A la regulación de honorarios, previamente y a los fines del dictado de una única resolución abarcativa, acompañe constancias de inscripción fiscal de los restantes profesionales. Firmado: Dra. Gabriela Cossovich – Dr. Ezequiel Zabale. N° 2754 – Rosario, 22 de Noviembre de 2019: Y Vistos… Y Considerando… Resuelvo: Regular los honorarios de los trabajos expresados del CPN Hugo Robles en la suma de $ 145.943,99; del Dr. Corbo Fernando María en $ 97.295,99 y del Dr. Ricardo Eugenio Giusepponi en $ 104.245,70, que serna abonados por quien corresponda. Se hace saber que la tasa a aplicarse será la tasa activa del Banco Nación para operaciones ordinarias. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Gabriela Cossovich – Dra. Lucrecia Mantelli, Jueza en suplencia.

S/C 411925 Dic. 23 Feb. 3

__________________________________________


Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7° Nominación de Rosario se ha ordenado citar a los herederos de BOFFT CELINA para que en el plazo de ley comparezcan a estar a derecho y tomen la intervención que les corresponda, bajo apercibimiento de declararlos rebeldes y designar defensor de oficio (art. 72, 76 y ss y 597 CPCC). Autos: FERRINI YANINA MABEL c/BOFFT CELINA s/Usucapión; Expte. CUIJ N° 21-02893398-0. Rosario, 13/12/2019. Dra. Jaime, Secretaria en suplencia.

$ 33 411863 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los fines de que comparezcan herederos, deudos y/o familiares del Sr. Raúl Walter Fernandez (DNI 24.479.975) cuyo cuerpo se procederá a reducir a los fines de que comparezcan a ejercer sus derechos, con la prevención de que en caso de no comparecer se procederá a la reducción del cuerpo, por el término de ley. Autos caratulados: ACUÑA, LIDIA NOEMI s/Venia Judicial; (CUIJ Nº 21-02915676-7). Dra. Susana Silvina Gueiler, secretaría de la Dra. Myrian Raquel Huljich. El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil Nº 8. Secretaria, Rosario, 23 de Octubre de 2019. Dra. Lobay, Prosecretaria.

S/C 412091 Dic. 23

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 4 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: TAPPARO, ROBERTO ANDRÉS y Otros c/TRAVERSO, LUIS ANGEL EMILIO y Otros s/Escrituración; (CUIJ Nº 21-02894592-9), se declara la rebeldía de los herederos de CARLOS LEONARDO COMBA, MERCEDES CORTS y ROSA ANTONIA CORTS, atento a que no han comparecido a estar a derecho en los presentes autos, bajo los siguientes términos: Rosario, 02 de Octubre de 2019. Informándose verbalmente por Secretaría, en este acto, que no han comparecido a estar a Derecho los herederos de Carlos Leonardo Comba, Mercedes Corte y Rosa Antonia Corts, decláraselos rebeldes. Para sorteo de Curador “ad hoc” de la herencia y, en su caso, de Defensor de Oficio de los mismos, fíjase audiencia para el día 04/11/19 a las 10:00 horas. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma proscripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Fdo. Dr. Alejandro Lanata (Juez) - Dra. Marcela Norma Barro (Secretaria) y Otro: Rosario, 27 de Noviembre de 2019. Para sorteo de Curador “ad hoc” de la herencia y, en su caso, de Defensor de Oficio, desígnase nueva fecha de audiencia para el día 27/12/19 a las 10:00 horas. Notifíquese por edictos, que se publicarán por dos (2) días y en la forma proscripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Fdo. Dra. Claudia A. Ragonese (Jueza) - Dra. Marcela Norma Barro (Secretaria). Rosario.

$ 33 411864 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Juzgado de Circuito de Ejecución Civil de la 1ra. Nom. a cargo de la Dra. Martínez, Juez, Dra. López Pereyra, Secretaria dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE FUNES c/OBREGON PEDRO s/Apremio; CUIJ 21-13900241-2; Se cita y/o emplaza a los herederos del Sr. Pedro Obregon, DNI 7.857.354 para que comparezcan a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía. Se transcribe el decreto; Rosario, 08 de Noviembre de 2019 Estando acreditado el fallecimiento del Sr. Pedro, Obregon, conforme lo dispuesto por el art. 597 del Código Procesal Civil y Comercial, emplácese por edictos a sus herederos para que comparezcan a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma prescripta por el art. 67 del Código citado. Notifíquese por cédula al último domicilio del causante (fs. 18) y al denunciado a fs. 10. Firmado: Dra. Martínez -Juez, Dra. López Pereyra, Secretaria.

S/C 412177 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez, a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, Dr. Ezequiel M. Zabale, se hace saber que en los autos caratulados: MIÑO, MARÍA EUGENIA s/Quiebras; Expte. Nº 385/2012 (CUIJ: 21-01124105-8), tramitados ante ese Juzgado, se ha dictado la resolución N°: 2952 de fecha 10 de Diciembre de 2019 declarado la conclusión de la quiebra de María Eugenia Miño, titular DNI Nº 21.662.311. Secretaría, 16 de Diciembre de 2019. Dra. Cossovich, Secretaria.

S/C 412057 Dic. 23 Feb. 3

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), dentro de los autos caratulados DI PAOLO ROBERTO PABLO c/CASOLI JUAN CARLOS s/Ejecutivo; CUIJ 21-01605353-5, en fecha de 13 Diciembre de 2018 se ha dispuesto: Agréguese. Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que los herederos de Juan Carlos Casoli no han comparecido a estar a derecho, decláraseles rebeldes y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. En relación a la reinscripción del embargo, acompañe el oficio N° 531/2015 de fecha 08/04/2015 debidamente diligenciado. Fdo: Dra. Verónica Gotlieb (Jueza); Dr. Lucas Menossi (Secretario). Rosario, 13 de Diciembre de 2019.

$ 33 412141 Dic. 23 Dic. 27

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), dentro de los autos caratulados FIGUEROA, DANIELA EMILCE s/Concurso Preventivo; CUIJ 21-02921954-8, se ha dispuesto: Resuelvo: 1) Declarando abierto el concurso preventivo de Daniela Emilce Figueroa, DNI 29.926.399, con domicilio real en calle Larrea 3125 de esta ciudad y domicilio procesal en Bv. Segui 1488. 2) Ofíciese a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial para que tenga a bien a disponer el sorteo de Síndico categoría “B”. Aceptado que mere el cargo respectivo la Sindicatura deberá establecer el horario de atención al público y se designarán las fechas referidas en el art. 14 incs. 3°, 9° y 10° LCQ por auto ampliatorio del presente. 3) Procédase a la publicación de edictos de ley en el Boletín Oficial de Santa Fe y en el diario “El Forense”. 4) Ofíciese a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 21 LCQ (modificado por ley 26.086 -art. 4-). 5) Comunícase la presente a la API a sus efectos (art. 23 Código Fiscal), AFIP-DGI y a la Municipalidad de Rosario. 6) Anótase la inhibición general del concursado, librándose los despachos a tal fin al Registro General de Rosario, Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Registro Nacional de Buques y demás reparticiones correspondientes. 7) Comunícase al Registro de Procesos Concúrsales la apertura del presente. 8) Intímase al concursado para que en el término de 3 días deposite en autos la suma de $ 5400, para gastos de correspondencia (art. 14 inc. 8° de la LCQ), bajo los apercibimientos proscriptos por el art. 30 de la LCQ. 9) Hágase saber al concursado que deberá dar estricto cumplimiento a lo normado por el art. 25 de la LCQ, bajo los apercibimientos de ley. 10) Córrase vista a la Sindicatura por el plazo de diez días -que se computará a partir de la aceptación del cargo- a fin de que se pronuncie respecto lo requerido por el art. 14, incs. 11° y 12° LCQ (modificado por ley 26.086). 11) Intímase al concursado para que en el término de tres días presente ante este Tribunal los libros y todo otro registro referido a su situación económica, si es que así correspondiera. Insértese y hágase saber. Fdo: Dra. Verónica Gotlieb (Jueza); Dr. Lucas Menossi, Secretario.

$ 260 412142 Dic. 23 Feb. 3

__________________________________________


FIRMAT

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, Distrito Judicial Nº 16, Dra. Laura Barco, dentro de los autos caratulados: BERTI JORGE OSCAR s/Sucesiones - Insc. Tardías - Sumarias- Volunt; CUIJ 21-26417205-2; se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el extinto Jorge Oscar Berti (DNI Nº 13.781.104), por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese en el BOLETIN OFICIAL y en el Tablero del Juzgado. Firmat, 6 de Diciembre de 2019. Federico J. Solsona, prosecretario.

$ 45 411996 Dic. 23

__________________________________________


Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante doña Hilda Inés Vivas, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer vales sus derechos en los autos caratulados: VIVAS, HILDA INÉS s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-26416904-3. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Firmat, 28 de Noviembre de 2019. Dr. Darío Loto, Secretaría. Dr. Federico J. Solsona, prosecretario.

$ 45 411933 Dic. 23 Feb, 3

__________________________________________


Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito N° 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante doña Ilda Elida Núñez, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer vales sus derechos en los autos caratulados NUÑEZ, ILDA ELIDA s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-26416906-3. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Firmat, 28 de Noviembre de 2019. Dr. Darío Loto, Secretaría Subr.

$ 45 411934 Dic. 23 Feb. 3

__________________________________________


CASILDA

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral N° 2 de Casilda, se hace saber que en los autos caratulados: JAKAS, MARIA ELSA s/Declaratoria de herederos; N° 437/2019, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante de estos autos María Elsa Jakas, por el término de treinta días a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese por (un) día. Casilda.

$ 45 411967 Dic. 23

__________________________________________


CAÑADA DE GOMEZ

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación con asiento en la ciudad de Cañada de Gómez, a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Secretaría del Dr. Guillermo Coronel, se cita a quienes resulten interesados en formular su oposición en los términos del Art. 70 CCCN. A continuación se transcribe el decreto dictado: Cañada de Gómez, 30 de Septiembre de 2019. Al escrito cargo Nº 8656/19, se provee: Agréguense las constancias acompañadas; II) Por presentada, en la representación legal que invoca y acredita con el testimonio de la partida de nacimiento Nº 41 inscripta al tomo 1 del año 2013 del Registro Civil y Archivo Departamental de Cañada de Gómez, correspondiente a la niña Victoria Martina Orona, y con patrocinio letrado. Téngase por constituido domicilio procesal - el que se acepta-, III) Téngase por iniciada la acción que expresa con sustento en lo dispuesto en los Art. 64° último párrafo y 69° inc. c) CCCN, y a los fines de que el orden de los apellidos de la niña identificada con DNI N° 52.754.834. Victoria Martina sea Orona Martínez, primero el apellido materno y segundo el paterno; IV) De conformidad a lo dispuesto en el Art. 70° CCCN, en esta acto se dispone: 1) Imprimir a la presente causa la vía del juicio sumarísimo; 2) Dar intervención al Ministerio Público; 3) A los fines de que quienes resulten interesados formulen su oposición en los términos del Art. 70° CCCN, publíquense los edictos a los que alude la disposición legal citada; 4) Recábense asimismo los informes de medidas precautorias existentes respecto de la niña Victoria Martina Orona, requeridos en la disposición legal citada; V) Cítese al Sr. Pablo Jesús Martínez, con domicilio denunciado en Urquiza s/n de la ciudad de Totoras (S.F) para que dentro del término de Ley comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. VI) Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. Martes y viernes para notificaciones en la oficina. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL una vez por mes, en el lapso dos meses. Cañada de Gómez, 14 de Noviembre de 2019. Mariano Jesús Navarro, secretario.

$ 45 409045 Dic. 23

__________________________________________


SAN LORENZO

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito N° 12 en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, la Secretaria que suscribe comunica a Samuel Ducatenzeiler, que dentro de los autos: MUNICIPALIDAD PTO. GRAL. SAN MARTÍN c/DUCATENZEILER y Ot. s/Apremio Fiscal - CUIJ Nº 21-25345930-9, se ha dictado la siguiente resolución: San Lorenzo, 14 de Noviembre de 2019; Agréguese la constancia acompañada. Previo a lo solicitado: se hace saber que ha asumido como Juez a cargo de este Juzgado el Dr. Alejandro Marcos Andino. Notifíquese. Publíquese sin cargo por 3 días en el BOLETIN OFICIAL. Art. 28 ley 5066. San Lorenzo, 12 de Diciembre de 2019. Luz María Gamst, secretaria.

S/C 411869 Dic. 23 Dic. 30

__________________________________________


Por disposición de Sr. Juez de Circuito Civil y Comercial de San Lorenzo, se ha ordenado notificar por edictos por tres días a las Sras. Guillermina Rodríguez, Sara Guillermina Cabrera, Ventura Cabrera y Martina Cabrera de la siguiente providencia: San Lorenzo, 22 de Noviembre de 2019. Agréguense copias certificadas acompañadas. Cítese y emplácese a los herederos de Ventura Cabrera; Guillermina Rodríguez; Sara Guillermina Cabrera; Ventura Cabrera; Martina Cabrera y María Luisa Cabrera, para que dentro del término y bajo apercibimientos de lee comparezca a estar a derecho. Notifíquese por edictos a los cuatro primeros y por cédula al domicilio denunciado a la Sra. María Luisa Cabrera. Autos: PERNA CLAUDIO NORBERTO c/CABRERA VENTURA y Otros s/Prescripción Adquisitiva; CUIJ Nº 21-23396939-4. Fdo. Dra. Silvina Raquel Bernardelli, (secretaria); Fdo. Dr. Guillermo Roldán (Juez). San Lorenzo, 13 de Diciembre de 2019. Dra. Bernardelli, Secretaria.

$ 33 412155 Dic. 23 Dic.30

__________________________________________