picture_as_pdf 2019-12-09

JUZGADO LABORAL


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Laboral de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se ha ordenado en los autos caratulados VERA, MARÍA LIDA c/COOPERATIVA DE TRABAJO COTRACOR y Otros s/Cobro de Pesos - Rubros Laborales (CUIJ Nº 21-04774443-9; Santa Fe, 13 de Agosto de 2019. Atento a constancias de autos, y haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declárese rebelde a la demandada COOPERATIVA DE TRABAJO DE TRANSPORTE DE CÓRDOBA CO.TRA.COR; Santa Fe, 30 de Octubre de 2019. Atento lo solicitado y constancias de autos, para que tenga lugar el sorteo de un Defensor Ad-hoc, fíjese nueva fecha para el día 02/12/2019 a las 12 horas. Notifíquese por edictos por el término de ley. 27 de Noviembre de 2019. Romina P. Meneghetti, prosecretaria.

S/C 410175 Dic. 9 Dic. 11

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Laboral de la Tercera Nominación de Santa Fe, en autos CUIJ Nº 21-04777285-8, caratulados: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL c/GODOY ROSA NORMA s/Apremios, se cita, llama y emplaza a los herederos de la Sra. Godoy Rosa Norma, D.N.I. Nº 3.715.371, fallecida en Santa Fe, para que comparezcan dentro del término de ley y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en hall de los Tribunales, en virtud del Decreto que asi lo ordena: Santa Fe, 9 de Septiembre de 2019. (...), cítase a los herederos de la demandada, (...) por edictos, que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL tres veces venciendo el término cinco días después de su última publicación, debiendo fijarse las notificaciones que se practiquen por edictos en el espacio habitual habilitado a tales efectos dentro del Tribunal, para que comparezcan a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Fecho, se proveerá. Notifíquese. Fdo. Dra. Mariana P. Ramoneda (Secretaria), Dr. Carlos J. G. Garibay (Juez). Carolina Noemí Helver, prosecretaria.

S/C 410163 Dic. 9 Dic. 11

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Nº 1 en lo Laboral de la 2da. Nom. (San Martín N° 2651 P.A.) de esta ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: MARTÍNEZ, ROBERTO ISMAEL c/APRILE, ALBINO DANIEL y Otros s/C.P.L. (Ex. Nº 733 año 2007), se ha dispuesto, atento lo solicitado, constancias de autos, y lo dispuesto en el Art. 597 del C.P.C.C. citar por edictos a los herederos del Sr. Albino Daniel Aprile, D.N.I. N° 6.309.708, a fin de que comparezcan en autos a tomar la intervención legal correspondiente. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de estos Tribunales. Santa Fe, 22 de Noviembre de 2019. Romina P. Meneghetti, prosecretaria.

S/C 410108 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra. Patricia N. De Petre, en los autos caratulados: LAPALMA, ROBERTO RAÚL c/MEDIOS DE COMUNICACIÓN SANTA FE S.A. y Otros s/Cobro de Pesos Laborales; (CUIJ 21-04779581-5) dispuso se cite al codemandado, Sr. Rafael Carlos Caronna, D.N.I. 10.271.232, en la forma prevista por el Art. 45 del C.P.L., para que comparezca a estar a derecho dentro del término de (3) días posteriores a la última publicación, bajo apercibimientos de rebeldía. Para mayor resguardo se transcribe en lo pertinente el decreto que así lo ordena: Santa Fe, 13 de Noviembre de 2019 (...) Atento las constancias obrantes en la causa, cítese y emplácese al demandado Rafael Carlos Coronna por edictos, que se publicarán por tres (3) días consecutivos en el BOLETIN OFICIAL y se exhibirán en el lugar que al efecto ha habilitado la Corte Suprema de Justicia de la Provincia en esos Juzgados, para que dentro del término de tres (3) días después de la última publicación comparezca a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía (Art. 45 del Código Procesal Laboral). Notifíquese. Firmado: Dra. Patricia N. De Petre (Jueza) - Dra. Cintia A. Porreca (Secretaria). Santa Fe, 25 de Noviembre de 2019.

S/C 410155 Dic. 9 Dic. 11

__________________________________________


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


-El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Doctor Lucio Alfredo Palacios, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Alberto Gomez , sito en calle San Jerónimo 1.551, Planta Baja de la ciudad de Santa Fe, hace saber a Ud. Que en los autos “FLORITO, ROBERTO GABRIEL S/QUIEBRA” CUIJ Nº 21-01996531-4, se ha dispuesto la publicación de Edictos durante dos días, según lo normado por el art. 218 de la L.C.Q., a tales fines se transcribe el decreto que así lo dispone: “SANTA FE, 28 de Noviembre de 2019. Por presentado informe final y proyecto de distribución. Pónganse los mismos de manifiesto en la Oficina por el término de ley. Publíquense edictos por dos días en el Boletín Oficial. Notifiquese”. Firmado: Dr. Jorge Alberto Gomez (Secretario); Doctor Lucio Alfredo Palacios (Juez). Santa Fe, Diciembre de 2019.

S/C 410919 Dic. 9 Dic. 10

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Y Comercial de la 6º Nominación de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados “ESQUERDO, MAYRA AYELEN S/QUIEBRA” CUIJ 21-01990329-7, se ha presentado el informe final y proyecto de distribución previstos por el art. 218 de la LCyQ nº 24522, la adecuación de ambos, regulándose los honorarios de la CPN María Rosa López en la suma de $73.709.09 con más aportes; y Apoderado del fallido Dr. Jorge Ariel Morel en la suma de $31.589.61 con más aportes. Lo que se publica a los efectos previstos por la norma mencionada. Santa Fe, 29 de NOVIEMBRE DE 2018. Dra. Natalia Gerard, Prosecretaria.

S/C 410654 Dic. 9 Dic. 10

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: CALABRESE, EDGARDO JUAN ANTONIO s/Sucesorio; CUIJ 21-02014211-9 - año 2019, se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Sr. Edgardo Juan Antonio Calabrese, D.N.I. M6.207.703, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos. Fdo. Dra. Beatriz Forno, Jueza; Dra. Claudia Sánchez, Secretaria. Santa Fe, 18 de Octubre de 2019.

$ 45 406090 Dic. 9

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en los Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Lucio Alfredo Palacios, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Alberto Gómez, sito en calle San Jerónimo 1.551, Planta Baja de la ciudad de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados SORIA, JUANA DEL MILAGO s/Quiebra; CUIJ 21-02014902-4, se ha dispuesto la publicación de edictos durante cinco días (5) haciendo saber que ha resultado sorteada Síndica la C.P.N. Teresa Zulema Marin, con domicilio legal en Pasaje Quiroga 1458 de esta ciudad, cuyo horario de atención al público es de lunes a viernes de 18,30 a 21,30 horas. Otro Proveído: Santa Fe, 14 de Noviembre de 2019. Prorróganse la fechas en la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de crédito al Síndico hasta el día 13/02/2020, fijándose nueva fecha para que la Sindicatura presente el Informe Individual de los créditos para el 01/04/2020 y la del 19/05/2020 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado para que presente el Informe General. Publíquense nuevamente edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Encomiendasele la publicación de edictos a la sindicatura. Notifíquese. Firmado: Dr. Jorge Alberto Gómez (Secretario); Dr. Lucio Alfredo Palacios (Juez). Santa Fe, 27 de Noviembre 2019.

S/C 410560 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados BIANCHINI, NORMA BEATRIZ s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ 21-02015175-4, en fecha 22/11/2019, se designó Síndico a la CPN María Victoria Galán, domiciliada legalmente en calle San Martín 2244 (Galería Santa Fe) - Piso 1 - Oficina 5 de la ciudad de Santa Fe y que el horario de atención es de Lunes a Viernes de 16 a 19 hs. Fdo. Dr. Lucio Alfredo Palacios (Juez) - Dr. Jorge Alberto Gómez (Secretario). Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de cinco días, sin cargo (art. 89 Ley 24522). Santa Fe, de 2019.

S/C 410422 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito Nº 2, 1ra. Secr. de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados TARDIO, CARLOS ALBERTO c/SILVA, LIBERATO ANTONIO s/Juicios Sumarios; CUIJ 21-15790092-4, se ha declarado la rebeldía del Sr. Liberato Antonio Silva, DNI 6.605.137. Para mayor recaudo de ley se transcribe el proveído que ordena el presente: Santa Fe, 19 de Noviembre de 2019. Agréguese y téngase presente. Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados y no habiendo comparecido el demandado Liberato Antonio Silva, decláreselo rebelde de acuerdo a lo establecido por el Art. 77 CPCC. Para sorteo de Defensor de Oficio del mismo, fíjase audiencia para el día Lunes 16 de Diciembre de 2019 a las 10:00 horas. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el Art. 67 del CPCC. Fdo: Dra. Teresita J. Bonavia (Secretaria); Dr. Dante Formentirii (Juez). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe. Secretaría. Santa Fe, 28/11/2019. Dra. Teresita J. Bonavia (Secretaria).

$ 33 410569 Dic. 9 Dic. 11

__________________________________________


Por orden del Juez de Distrito Nº 1, Civil y Comercial, 7° Nominación de Santa Fe, en autos: MUSSIN, MAXIMILIANO OSCAR s/Quiebra; CUIJ 21-02015430-3, se declaró la quiebra de Maximiliano Oscar Mussin, DNI 33.859.929, domiciliado legalmente en calle s/n, Estación Constituyentes, Villa Laura, pudiendo los acreedores verificar ante la síndica María Rosa López, en su domicilio sito en calle Uruguay 3150, los días hábiles de 14 a 20hs, hasta el 25/02/2020. Fdo: Dr. Lucio Alfredo Palacios, Juez; Dr. Jorge Alberto Gómez, secretario. Santa Fe, 26 de Noviembre de 2019.

S/C 410140 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición de la señora Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, sito en calle San Jerónimo Nº 1551, se hace saber que en autos caratulados: RIVERO, DARIO DELFIN s/Concurso Preventivo; Expte. CUIJ Nº 21-02012102-2, en audiencia celebrada el día 6/11/19 resultó sorteado Síndico para actuar en los autos de mención, el C.P.N. Raúl Rogelio Tallano, con domicilio en calle San Martín N° 3464 de la ciudad de Santa Fe. Se publica a los efectos legales. Fdo. Dra. Viviana Marín, Jueza; Dra. Ma. Romina Botto, Secretaria. Santa Fe, 26 de Noviembre de 2019. Luciana Rodríguez, prosecretaria.

S/C 410567 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: INSAURRALDE, MARIELA BELEN s/Solicitud Propia Quiebra; (Exp. CUIJ 21-02012230-4), se ha dispuesto en la resolución de fecha 28 de Noviembre de 2019. 1°) Declarar la quiebra de Mariela Belén Insaurralde, argentina, mayor de edad, D.N.I. 34.114.738, domiciliada realmente en calle Ruperto Godoy Nº 3211, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y con domicilio procesal en calle 4 de Enero Nº 1753, de esta ciudad de Santa Fe. 3°) Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°. Disponer la interceptación de la correspondencia, la que sera entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6°) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 04 de Diciembre de 2019 a las 10 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, conforme el procedimiento establecido en la Acordada de la Corte de fecha 05/12/2017. A tales efectos, ofíciese. 8°) Fijar hasta el día 05 de Febrero de 2020 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. 9°) Fijar los días: 06 de Marzo de 2020 para que la Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; el 07 de Abril de 2020 para la presentación de los informes individuales; y el 22 de Mayo de 2020 para la presentación del informe general. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Firmado: Diego Raúl Aldao, Juez; Mercedes Dellamónica, Secretaria.

S/C 410433 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez a cargo de 1ra. Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, en los autos caratulados: DIAZ, LIONEL OSCAR s/Pedido de Quiebra; Expte. CUIJ N° 21-02016856-8, Año 2019, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 28 de Noviembre de 2019. 1) Declarar la quiebra de Lionel Oscar Díaz, argentino, mayor de edad, soltero, empleado, DNI 32.212.416, apellido manterno Ibañez, domiciliado en Juan José Valle 5476 -Santa Fe-. 2) Ordenar al fallido y a terceros entreguen al Síndico en el término de 48hs. los bienes de aquél. 3) Intimar al deudor para que dentro del plazo de 24 Hs. entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionadas con su contabilidad. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que serán reputados ineficaces. 5) Disponer que la Sindicatura en el término de 30 días realice el inventario de los bienes del fallido, el cual comprenderá rubros generales. 6) Fijar como fecha hasta la cual se podrán realizar los pedidos de verificación al Síndico, el día 28 de Febrero de 2020. Fdo. Dr. Néstor Tosolini (Secretario); Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez). Santa Fe, 29 de Noviembre de 2019.

S/C 410451 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1, en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dr. José Ignacio Lizasoain Juez y Dr. Néstor Antonio Tosolini, Secretario, en los autos: Exp. N° 21-02016002-8; MARTINES, JUAN PABLO s/Quiebra, se ha dispuesto por resolución de fecha 25/11/2019, publicada conforme las disposiciones del Art. 89 LCQ en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia, que se haga saber que ha sido designado Síndico de esta Quiebra el CPN Claudio Aníbal Severo, con domicilio en calle San Martín 3124 de esta cuidad, con horario de atención a los señores acreedores en el domicilio procesal indicado precedentemente, de 10.30 a 12.00 y de 16,00 a 18.00 horas. Publíquese, Notifíquese. Fdo. Dr. José I. Lizasoain, Juez; Dr. Néstor A. Tosolini, Secretario.

S/C 410134 Dic. 9 Dic. 10

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: GONZALEZ, CATALINA NOEMI s/Pedido de Quiebra; CUIJ Nº 21-02015560-1, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Catalina Noemí González, D.N.I. Nº 26.540.281, argentina, mayor de edad, domiciliada realmente en calle Avellaneda N° 7659 y legalmente en calle Chacabuco N° 1869, ambos de esta ciudad. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del Art. 88 L.C.Q., se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 11) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 27/11/19 a las 10.00 hs. 12) Fijar el día 20/02/2020, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verifícación. 13) Fijar el día 12/03/2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 21/04/2020 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 09/06/2020, para la presentación del Informe General. Firmado: Dr. Gabriel Abad, Juez; Dra. Verónica Toloza, Secretaria.

S/C 410168 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: PEREYRA, FABIO ADMAN s/Quiebra; CUIJ Nº 21-02015356-0, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Fabio Adrián Pereyra, de apellido materno Feresin, D.N.I. N° 22.070.477, argentino, mayor de edad, soltero, empleado, domiciliado realmente en calle Florencio Fernández N° 4535 de la ciudad de Santa Fe y legalmente en calle Crespo N° 2582, Oficina 6, de esta ciudad. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (15/04/20). 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 27/11/19 a las 10.00 hs. Comuníquese a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial. 12) Fijar el día 11/12/19, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 04/02/20 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Firmado: Dr. Juez a/c - Dra. Verónica Toloza, Secretaría.

S/C 410167 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: CASTILLO, FERNANDO JESÚS s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ Nº 21-02016703-0, se ha dispuesto: Santa Fe, 26 de Noviembre de 2019. 1) Declarar la quiebra de Fernando Jesús Castillo, de apellido materno Herrera, D.N.I. N° 39.454.755, argentino, mayor de edad, soltero, empleado, domiciliado realmente en calle Saavedra 4883 de la ciudad de Santa Fe y legalmente en calle General López N° 2840 Piso 4 Oficina 14, de esta ciudad, 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 LC.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (15/05/2020). 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 11) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 27/11/2019 a las 10.00 hs. Comuníquese a la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora del fallido -Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz- a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, librándose oficio a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12) Fijar el día 12/02/2020, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación .de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento de! plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 28/02/2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 31/03/2020 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 15/05/2020 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por el art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Comuníquese al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Firmado: Dr. Gabriel O. Abad, Juez; Dra. Verónica G. Toloza, secretaria.

S/C 410166 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra .Beatriz Forno se hace saber que en los autos caratulados VILLANUEVA RAMIRO LUIS s/Quiebra; (CUIJ Nº 21-01994189-9) se ha dispuesto publicar el presente por el término de dos (2) días de conformidad con lo establecido en el art. 218 de la Ley 24522 haciendo saber que en las citadas actuaciones se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 11 de Noviembre de 2019. Proveyendo escrito cargo Nº 14314/2019: De manifiesto el Informe Final y Proyecto de Distribución reformulado. Publíquense los edictos en los términos del Art. 218 de la LCQ. Notifíquese. Firmado Dra. Beatriz Forno, Jueza - Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria. El Proyecto de Distribución dispone: Tasa de Justicia y Fojas de Actuación $ 50,00; Honorarios C.P.N. Marcela Maldonado en la suma de $ 46.712,96; Aportes al Consejo Profesional de Ciencias Económicas en la suma de $ 4.671,30; Honorarios a el Dr. Luciano Martín Arce en la suma de $ 19.488,34; Aportes a Caja Forense la suma de $ 2.533,48. Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria.

S/C 410019 Dic. 9 Dic. 10

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación con asiento en esta ciudad de Santa Fe en los autos caratulados: GARZON DELFINA ESTER y Otros c/MORLA CARLOS ALBERTO s/Ordinario; (CUIJ 21-00988156-2), se cita a los herederos del demandado Carlos Alberto Morla, D.N.I. Nº 6.234.416, cuyo último domicilio fue el de calle Avda. Aristóbulo del Valle N° 5064, para que comparezcan en autos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Se publica en el BOLETÍN OFICIAL, por el término de Ley, y se fija en el hall Central de Tribunales, sito en calle San Jerónimo Nº 1151 Planta Baja de esta ciudad a los efectos legales. Santa Fe, 6 de Noviembre de 2019. Marcelo D. Leizza, prosecretario.

$ 33 410023 Dic. 9 Dic. 11

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en los Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo Dr. Lucio Alfredo Palacios, Secretaria a cargo del Dr. Jorge Alberto Gómez, sito en calle San Jerónimo 1.551, Planta Baja de la ciudad de Santa Fe, hace saber que en autos caratulados hace saber que en los autos caratulados SORIA, JUANA DEL MILAGRO s/Quiebra; Expediente CUIJ Nº 21-02014902-4, ha resultado sorteada Sindica la C.P.N. Teresa Zulema Marín, con domicilio legal en Pasaje Quiroga N° 1.458 de esta ciudad, cuyo horario de atención al público es lunes a viernes de 18,30 a 21,30 horas. Publíquese edictos durante 5 días en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el Art. 89 de la L.C.Q. Firmado: Dr. Jorge Alberto Gómez (Secretario). Santa Fe, 8 de Noviembre de 2019.

S/C 410177 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 1 en Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS c/GRUPO C SA. y Otro s/Ejecución Fiscal; CUIJ 21-02005213-6, que tramitan por ante este Juzgado, se ha resuelto lo siguiente, a saber: Santa Fe, 05 de Noviembre de 2019. Autos y Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución contra GRUPO C S.A. y/o RENE NERIO CITRONI, hasta que la actora se haga integro cobro del capital reclamado con más los intereses y costas conforme las pautas vertidas en el considerando precedente. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Santa Fe, 21 de Noviembre de 2019. Fdo. Carlos Federico Marcolín (Juez) - Dr. Pablo Silvestrini (Secretario).

S/C 410025 Dic. 9 Dic. 11

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados MENDOZA, ALICIA MABEL c/MARTÍNEZ, CARLOS s/Ejecutivo; CUIJ 21-01984750-8, se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 4 de Noviembre de 2016. Previo a proveer lo peticionado, intímese al peticionante a cumplimentar en su totalidad lo dispuesto por las leyes 10.244, 10.727 en el término de dos días bajo apercibimiento de ley. Asimismo, previa certificación de copia por la Actuaría devuélvase al peticionante el sobre con documental acompañado y repóngase el boleto de compra venta que se adjunta. Notifíquese. Fdo: Dra. María Ester Noe de Ferro (Secretaria); Dr. Eduardo Roberto Sodero (Juez). Otro Decreto: Santa Fe, 30 de Noviembre de 2016. Agréguense la boletas acompañadas. Atento a lo expresado, ofíciese a API a los fines de que se expida acerca de la reposición del boleto en cuestión. Notifíquese. Fdo: Dra. María Ester Noe de Ferro (Secretaria); Dr. Eduardo Roberto Sodero (Juez). Otro Decreto: Santa Fe, 14 de Febrero de 2017. Por evacuada la vista por API. Proveyendo escrito introductorio: 1.- Por presentada y en el carácter invocado, acuérdesele la participación que por derecho corresponda, en mérito al poder especial obrante a fs. 3.2. Por promovidas Medidas Preparatorias de Juicio Ejecutivo de Escrituración contra Carlos Martínez; Para que tenga lugar el reconocimiento de la documental acompañada por parte del nombrado, señálese fecha de audiencia para el día 21 de Marzo de 2017 a las 10,30 horas. Cíteselo bajo apercibimientos de ley (Art. 395 C.P.C.C. (Documental: Téngase presente. Notifíquese. Fdo: Dra. María Ester Noe de Ferro (Secretaria); Dr. Eduardo Roberto Sodero (Juez). Otro Decreto: Santa Fe, 20 de Marzo de 2017. Agréguese la cédula acompañada. Notifíquese. Fdo: Dra. María Ester Noe de Ferro (Secretaria); Dr. Eduardo Roberto Sodero (Juez). Otro Decreto: Santa Fe, 22 de Marzo de 2017. No habiendo comparecido el Sr. Carlos Martínez a la audiencia para la cual fue debidamente citado conforme acredita la cédula obrante a fs. 19, haciendo efectivos los apercibimientos ordenados en fecha 14/2/2017 (fs. 18), téngase por reconocida la firma y contenido de la documental objeto de las presentes medidas. Notifíquese. FDO: Dra. María Ester Noe de Ferro (Secretaria) Dr. Eduardo Roberto Sodero (Juez). Otro Decreto: Santa Fe, 2 de Mayo de 2017. Téngase presente lo expresado. Notifíquese. Fdo: Dra. María Ester Noe de Ferro (Secretaria); Dr. Eduardo Roberto Sodero (Juez). Otro Decreto: Santa Fe, 05 de Abril de 2017 Previo a proveer lo peticionado, acompañe cédula de notificación a la contraria del proveído de fecha 22 de Marzo de 2017 (fs. 21) de los autos caratulados Mendoza, Alicia Mabel c/Martínez, Carlos s/Medidas Preparatorias de Juicio Ejecutivo; (Expte. CUIJ Nro. 21-01977892-1). Notifíquese. Dra. María Ester Noe de Ferro (Secretaria); Dr. Eduardo Roberto Sodero (Juez). Otro Decreto: Santa Fe, 03 de Mayo de 2017 Proveyendo el escrito en diligencia de fs. 21: Agréguese la cédula acompañada. Previo a proveer la demanda, acompañe informe de subsistencia de dominio del bien objeto de autos. Notifíquese. Dra. María Ester Noe de Ferro (Secretaria); Dra. Beatriz Estela Forno (Jueza). Otro Decreto: Santa Fe, 28 de Junio de 2017 Agréguese el informe acompañado. Proveyendo el escrito cargo N° 2721 (fs. 27). Téngase a los comparecientes porpresenados, domiciliados y en el carácter invocado acordándosele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda ejecutiva de escrituración contra Carlos Martínez, a quien se cita y emplaza para que en el término de tres (3) días, comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de ley y en los términos del art. 457 C.P.C.C. Notifíquese. Dra. María Ester Noe de Ferro (Secretaria); Dra. Beatriz Estela Forno (Jueza). Otro Decreto: Santa Fe, 15 de Agosto de 2017 Agréguese la cédula acompañada. Haciéndose efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde al demandado. Notifíquese. Dra. María Ester Noe de Ferro (Secretaria); Dra. Ana Rosa Alvarez (Jueza). Otro Decreto: Santa Fe, 06 de Octubre de 2017 Agréguese la cédula acompañada. Cítase de remate al demandado, con prevención de que si en el término de tres (3) días no opone excepciones legítimas, se mandará llevar adelante la ejecución. Notifíquese. Dra. María Ester Noe de Ferro (Secretaria); Dra. Ana Rosa Alvarez (Jueza). Otro Decreto: Santa Fe, 20 de Octubre de 2017 Pasen los autos a resolución, previo reposición en su totalidad del sellado faltante según liquidación practicada a fs. 33/vto. Notifíquese. Dra. María Ester Noe de Ferro (Secretaria); Dra. Beatriz Estela Forno (Jueza). Otro Decreto: Santa Fe, 03 de Noviembre de 2017. Téngase presente la reposición efectuada. Informe Mesa de Entradas sobre la existencia de escritos sueltos para ser agregados a las presentes. Dra. María Ester Noe de Ferro (Secretaria). Otro Decreto: Santa Fe, 27 de Junio de 2018. Con arreglo a las facultades conferidas por el artículo 20 del CPCC y previo al dictado de resolución, se dispone como medida de mejor proveer, líbrese oficio a la Secretaria Electoral de la Provincia de Santa Fe, a los fines de que informe último domicilio del demandado Carlos Martínez. Notifíquese. Dra. María Ester Noe de Ferro (Secretaria); Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza). Otro Decreto: Santa Fe, 22 de Octubre de 2019. Agréguense la documental y el oficio diligenciado acompañado. Téngase presente lo manifestado. Atento las constancias de autos y lo solicitado, publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL con conscripción de todos los decretos obrantes en autos), los que deberán exhibirse en el hall de la planta baja de estos Tribunales. Notifíquese. Fdo. Dra. María Ester Noe de Ferro (Secretaria); Dra. Maria Romina Kilgelmann (Jueza). Lo que se publica a los efectos en el BOLETIN OFICIAL y en la Sede Judicial respectiva. 8 de Marzo de 2019.

$ 230 410183 Dic. 9 Dic. 11

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nro. 1 en Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS c/LEIVA, JUSTO ABEL y Otros s/Ejecución Fiscal; CUIJ 21-02004009-9, que tramitan por ante este Juzgado, se ha resuelto lo siguiente, a saber: Santa Fe, 04 de Noviembre de 2019. Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1) Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, mandar que se lleve adelante la ejecución, hasta que la adora se haga integro cobro de la suma reclamada conforme resulta del considerando que antecede. 2) Costas a los vencidos. 3) Diferir la regulación de honorarios hasta que se practique liquidación. Regístrese y hágase saber. Santa Fe, 19 de Noviembre de 2019. Fdo.: Dra. María Romina Kilgelmann (Jueza) - Dra. María Ester Noe de Ferro, (Secretaria).

S/C 410024 Dic. 9 Dic. 11

__________________________________________


Por estar así dispuesto en autos caratulados QUIROZ, MIGUEL ANGEL s/Quiebra; CUIJ Nº 21-01985237-4, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la 10° Nominación de la ciudad de Santa Fe. se hace saber que la Sindicatura ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos conforme a lo previsto en el Art. 218 de la Ley N° 24522 (LCQ). Santa Fe, 13 de Noviemhre de 2019. Fdo. Dra. María Ester Noe de Ferro, Secretaria; Dra. María Romina Kilgelmann, Jueza. 22 de Noviembre de 2019.

S/C 410176 Dic. 9 Dic. 10

__________________________________________


Por estar así ordenado en los autos caratulados: DUQUEZ, DANIELA B. s/Quiebra; C.U.I.J. N° 21- 02016446-5, Año 2019, que se tramitan ante el Juzgado de 1ra. Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Santa Fe, y conforme lo prescripto por el Art. 89 de la Ley N° 24.522, se hace saber que en los autos de referencia ha sido designada en el carácter de Síndico titular en este proceso falencial, la C.P.N. Adriana Raquel Bonaparte, D.N.I. N° 17.009.746, con domicilio constituido en calle Moreno N° 2.407 (3000) Santa Fe, Tel-Cont: (0342) 455-7209, E-mail: abonapar@fce.unl.edu.ar, quién recibirá las solicitudes de verificación de créditos (art. 200 L.C.Q.), en ese domicilio hasta e1 día 10 de Febrero de 2.020 inclusive, en el horario de 9,30 a 12,00hs. Asimismo se informa que la fallida posee C.U.I,L. Nº 27-28240552-5. Santa Fe, 20 de Noviembre de 2019. Dra. María Ester Noe de Ferro, Secretaria.

S/C 410187 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe en autos HEREDIA HÉCTOR EDUARDO s/Quiebra; CUIJ 21-01996081-9, se hacer saber que el monto total de los honorarios regulados asciende a la suma de $ 105298,70, distribuidos en un 70% en favor del CPN Dirgo Brancatto, esto es la suma de $ 73.709,09, el 30% restante en favor del Dr. Alejandro Agustín González, esto es la suma de $ 31.589,61; Asimismo la Sindicatura a formulado proyecto de Distribución de fondos y el mismo se encuentra de manifiesto por el término de ley (Art. 218 LCQ). Fdo. Dr. Gabriel Abad (Juez); Dra. Verónica Toloza (Secretaria). Santa Fe, 26 de Noviembre de 2019. Natalia Gerard, prosecretaria.

S/C 410115 Dic. 9 Dic. 10

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Ena. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: RUIZ, CARMEN SILVINA s/Quiebra; (Expte. Nº 21-02015344-7), en fecha 26/11/2019 se ha procedido a la declaración de quiebra de Carmen Silvina Ruiz, DNI N° 20.779.092, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle Azopardo Nº 10381 y con domicilio ad litem constituido en calle Saavedra Nº 2800, ambos de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder de la deudora y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar a la fallida para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 06 de Marzo de 2020. Secretaría, 26 de Noviembre de 2019. Dra. María Ester Noe de Ferro, Secretaria.

S/C 410091 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados LEDESMA, MARCELO GUSTAVO s/Solicitud de Propia Quiebra; (CUIJ Nº 21-01995832-6), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1 de la ciudad de Santa Fe, a cargo de Juez a Cargo y Dra. Verónica Toloza, Secretaria, se hace saber por dos (02) días. publicándose en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el Informe Final, el Proyecto de Distribución de Pondos y la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes según se detalla: CPN Oscar L. Vassoler $ 73.709,09 y Dr. Fernando E. Berlanga $ 31.589,61 (Art. 218 LCQ). Santa Fe, de Noviembre de 2019. Natalia Gerard, prosecretaria.

$ 112 410588 Dic. 9 Dic. 10

__________________________________________


Por disposición de la Jueza de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados OCAMPO, LEONARDO MARTÍN s/Solicitud Propia Quiebra; (21-02014514-2), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 27 de Noviembre de 2019: 1). Declarar la quiebra de Leonardo Martín Ocampo, DNI 32.207.793, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado en España Nº 1262 de la ciudad de Coronda, Provincia de Santa Fe, y con domicilio ad litem constituido en calle 4 de Enero N° 1753, oficina PB, de la ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día 04 de Diciembre de 2019 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 19 de Noviembre de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 19 de Marzo de 2020 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 30 de Abril de 2020 para que presente el informe general. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene el deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Ivan G. Di Chiazza, Juez a/c. Walter E. Hrycuk, Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 27 de Noviembre de 2019. Secretario.

S/C 410089 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición del Juez José Lizasoain, Secretario a cargo Dr. Néstor A. Tosolini, a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial 9na. Nominación, Secretaria Única Comercial, de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados BO DOLI GLADIS c/SECCO, FELISA DEL TRANSITO s/Usucapión; (Expte. Nro. 21-01985372-9, Año 2017, se cita, llama y emplaza a todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble de referencia ubicado en calle Menchaca y Echague de la ciudad de Recreo, Departamento La Capital se identifica como Lote Nro 1, Manzana 3659 ,PII 10-10-00139441/0000 de los sucesores de Drago Luis Alberto con LE 6.247.156 y con ultimo domicilio conocido Junin 3648 de esta ciudad de Santa Fe y/o quien jurídicamente resulte responsable del inmueble ubicado, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a estar a Derecho y hacer valer sus derechos. Firmado Juez José Lizasoain, Dr Néstor A.Tosolini, Secretario. Santa Fe, 26 de Noviembre de 2019. Marcolo D. Leizza, prosecretario.

$ 33 410456 Dic. 9 Dic. 11

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 1ra. Nominación, de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados VILLALBA MARISA VIRGINIA c/MEYER CAMILO s/Usucapión CUIJ 21-01998103-4 Año 2018, que se tramitan ante el Juzg. de Distrito.Primera Instancia Civil y Comercial 1ra. Nominación, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe autorizándosele a continuar se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de don Meyer Camilo DNI 2.394.573 y con ultimo domicilio conocido en calle Lavalle 7543 esta ciudad de Santa Fe para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a estar a Derecho y hacer valer sus derechos todo aquel que se considere con derechos sobre el inmueble objeto de la presente sobre el inmueble a usucapir cuya Pll 10-11-041195420111-4 Lote 14, Manzana 118, Tomo 2621, Folio 01666, Nro 013745, Fecha 040766 de la ciudad de Santa Fe , Secretaria Daniel R. Marutto, Secretario Dra. Viviana Marín Jueza. Santa Fe, 27 de Noviembre de 2019. María Romina Botto, secretaria.

$ 33 410457 Dic. 9 Dic. 11

__________________________________________


La Sra. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Santa Fe, hace saber que en autos: ARAGÓN, SEBASTIAN ALBERTO s/Quiebra , CU1J 21-01995064-3 se ha ordenado poner de manifiesto el Informe Final y el Proyecto de Distribución con los honorarios regulados a los profesionales intervinientes. Como recaudo se transcribe el auto regulatorio de honorarios y el decreto que en su parte pertinente textualmente dicen: Santa Fe, 09 de Octubre de 2019. Tomo 43, Folio 323, Resolución 931. Vistos: Considerando: Resuelvo: Regular los honorarios del CPN Reynaldo Alberto Mateo en la suma de $22.113 y del CPN Cristian D. Escobar en la suma de $51.597. Regular los honorarios del Dr. Martín Miguel Vicens en la suma de $31.589 (ius=10). Vista al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas y a la Caja Forense. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo.: Dra. María Romina Kilgelmann, Juez; Dra. María Ester Noé de Ferro, secretaria. Otro: Santa Fe, 25 de Noviembre de 2019 Proveyendo escrito de fs. 116: Por evacuada la vista. Proveyendo escrito de fs. 122: Agréguense el informe de saldo de cuenta judicial y las constancias que se acompañan. Por presentado por la Sindicatura readecuación del Informe Final y Proyecto de Distribución de fondos que prescribe el art. 218 LCQ Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, debiendo exhibirse en el hall central de planta baja de estos Tribunales. Notifíquese. Fdo.: Dra. María Romina Kilgelmann, Juez; Dra. María Ester Noé de Ferro, secretaria, 29 de noviembre de 2019.

S/C 410575 Dic. 9 Dic. 10

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, Juez a cargo , Secretaría a cargo del Dr. Walter Eduardo Hrycuk, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos caratulados: GAYOSO LORENA ELISABET s/Solicitud Propia Quiebra (CUIJ Nº 21-01995836-9), en Santa Fe, 23 de Octubre de 2019: Autos y Vistos: Considerando: Resuelvo: 1. Regular en la suma de $ 73.709,09 los honorarios profesionales de la Sindica interviniente en autos, CPN María del Pilar Piva y en la suma de $ 31.589,61 equivalentes a 9,48 unidades jus los correspondientes al abogado del fallido, Dr. Rubén Gabriel Villanueva. Córrase vista a la Caja Forense y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Publíquense edictos. 2. En vista de lo resuelto habrá de readecuarse el proyecto de distribución conforme los honorarios regulados.3. Regístrese, hágase saber y agréguese copia al legajo que prescribe el artículo 279 LCQ. Fdo.: Dr. Walter Eduardo Hrycuk, (secretario). Juez a cargo .-

S/C 410678 Dic. 9 Dic. 10

__________________________________________


Por haberse dispuesto en los autos caratulados PÉREZ, GISELA ELISABET s/Solicitud Propia Quiebra Expte CUIJ Nº 21-01977302-4, de tramite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2da Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que: se ha presentado el informe final y proyecto de distribución reformulado, y se han regulado los honorarios de las profesionales intervinientes. A continuación, se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: Santa Fe, 05 de Noviembre de 2019. Por presentado proyecto de distribución reformulado. Publíquense edictos por el término de ley. Notifíquese. Fdo.: Dr. Carlos Federico Marcolin, (Juez; Dr. Pablo C. Silvestrini, Secretario.

S/C 410570 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados MOUNIER, ANGELA GRACIELA s/Pedido de Quiebra (CUIJ Nº 21-02009728-8), atento lo ordenado en fecha 21 de octubre de 2019 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1°) Se ha declarado la quiebra de Angela Graciela Mounier DNI Nº 12.399.602, de apellido materno Duarte. 2°) Se ordena a la fallida y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia de la primera, y se intima a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el día 12 de febrero de 2020 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado sindico a la CPN Sandra Del Carmen Cerino, con domicilio en calle Moreno Nº 2407, Planta Alta, de esta ciudad. Fdo.: Dra. Viviana E. Marin, Jueza; Dra. Luciana Rodríguez Prosecretaria. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (art. 89 ley 24522). Santa Fe, 28 de noviembre de 2019. Luciana Rodríguez, prosecretaria.

S/C 410502 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados RÍOS MARÍA s/Pedido de Quiebra (CUIJ N° 21-02012146-4), atento lo ordenado en fecha 18 de octubre de 2019 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1°) Se ha declarado la quiebra de María Ríos, DNI Nº 12.136.287, de apellido materno González. 2°) Se ordena a la fallida y a terceros la entrega al sindico de los bienes de pertenencia de la primera, y se intima a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el día 10 de febrero de 2020 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado síndico al CPN Ricardo Pedro Melini, con domicilio en calle Urquiza N° 2295, de esta ciudad. Fdo.: Dra. Viviana E. Marin, Jueza; Dra. Luciana Rodríguez, Prosecretaria. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (art. 89 ley 24522). Santa Fe, 28 de noviembre de 2019. Luciana Rodríguez, prosecretaria.

S/C 410503 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados MARTÍNEZ, MARÍA SOLEDAD s/Concurso Preventivo (CUIJ N° 21-02006854-7), se ha dispuesto publicar el presente, haciendo saber que: el 27 de Noviembre de 2019 se han reprogramado los plazos establecidos en la resolución de fecha 23/09/19, fijándose el 05 de febrero de 2020 para que Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; 06 de marzo de 2020 para la presentación de los informes individuales, 22 de abril de 2020 para la presentación del informe general y el día 08 de octubre de 2020 para la audiencia informativa. Fdo.: Dra. Viviana E. Marin, Jueza; Dra. Ma. Romina Botto, Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (ley 24522). Santa Fe, 27 de Noviembre de 2019. Luciana Rodríguez, prosecretaria.

S/C 410506 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado en autos CARBAJAL GRACIELA NOEMI s/Solicitud Propia Quiebra Expte. CUIJ Nº 21-02014417-0) año 2019, la siguiente resolución: Santa Fe, VISTOS: RESULTA: CONSIDERANDO: RESUELVO: Hacer lugar al recurso que antecede y, en consecuencia, dejar debidamente aclarado que el apellido correcto de la fallida es Carbajal y no Carabajal como erróneamente se consignara en la resolución de fecha 11/10/2019 (fs. 38/40). Publíquense edictos a sus efectos. Hágase saber, insértese. Fdo.: Dr. Di Chiazza, Juez; Dra. Mariana Nelli, (Secretaria).

S/C 410536 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados SUKLIET, RUBÉN PEDRO s/Solicitud Propia Quiebra (Expte. N° 21-02016646-8) se ha declarado la quiebra en fecha 26 de noviembre de 2019 de Rubén Pedro Sukliet, DNI 11.453.776, mayor de edad, jubilado, domiciliado realmente en calle Entre Ríos 1533 de la localidad de Monte Vera, y con domicilio ad litem constituido en calle Corrientes 2861 1° piso, de la ciudad y provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 04/12/2019 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 27/02/2020. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 LCQ). Fdo.: Dr. Palacios, Juez; Dr. Gómez Secretario.

S/C 410561 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos SALSANO MARÍA EUGENIA s/Quiebra (Expte. Nº 21-02016123-7) la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 26 de Noviembre de 2019. Autos y Vistos: Considerando: Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Salsano Mana Eugenia, apellido materno Vieri, argentino, DNI Nº 26.120.742, CUIL Nº 27-26120742-2, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle Ruperto Godoy 1060 de la Ciudad de Santa Fe y legal en calle Mariano Comas 3049 de la Ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Sindico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Sindico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 LCQ se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Sindico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 27/11/2019 a las 10:00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 LCQ. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe SA Sucursal Tribunales para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 21/02/2020, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Sindico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 11/03/2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 14/04/2020 como fecha hasta la cual Sindico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 28/05/2020 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la LCQ. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 LCQ en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ, con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteado el CPN Marcelo Carlos Rebecchi, en la audiencia celebrada, desígnasela en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo.: Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria; Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, Jueza.

S/C 410535 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos LUCERO RAMÓN RICARDO s/Quiebra (Expte. N° 21-02015823-6) la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 19 de Noviembre de 2019. Autos y Vistos: Considerando: Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Lucero Ramón Ricardo, apellido materno Zeballos, argentino, DNI N° 13.708.872, CUIL Nº 20-13708872-0, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Santa Fe 2921 de la Ciudad de Santo Tome y legal en calle Amenabar 3066 de la Ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Sindico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 LCQ. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 LCQ se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Sindico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 20/11/2019 a las 10:00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Sindico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 LCQ. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe SA Sucursal Tribunales para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 14/02/2020, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 04/03/2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 03/04/2020 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 20/05/2020 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la LCQ. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 LCQ en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ, con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultada sorteado Síndico el CPN Ignacio Martín Pacheco Huber, en la audiencia celebrada, desígnasela en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo.: Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria; Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, Jueza.

S/C 410534 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos MOLINA MARIANA ANAHI s/Quiebra (Expte. CUIJ Nº 21-02014779-9) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 26 de Noviembre de 2019. Autos y Vistos: Considerando: Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Molina Mariana Anahi, argentina, de apellido materno Molina, DNI Nº 35.749.456, CUIL Nº 27-35749456-2, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle s/n Barrio Matadero de la localidad de Santa Rosa de Calchines, y legal en calle Primera Junta Nº 4048 de esta ciudad de Santa Fe; 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 LC. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 LCQ. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 LCQ se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 20/11/2019 a las 10:00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 LCQ. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe SA Sucursal Tribunales para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 14/02/2020, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 04/03/2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 03/04/2020 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 20/05/2020 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra la fallida, a sus efectos ofíciese. Fecho, exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la LCQ. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 LCQ en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ, con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo.: Dra. Beatriz Forno, Jueza; Dra. Viviana Naveda Marcó, secretaria. Conste: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 27 de Noviembre de 2019 para estos autos, resultó sorteado Síndico el CPN Sara Carlos Alberto con domicilio en calle Juan de Garay Nº2855 de esta

ciudad.

S/C 410531 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos DEVARD, ALEJANDRA VERÓNICA s/Quiebra (Expte. CUIJ N° 21-02015354-4) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 26 de Noviembre de 2019. Autos y Vistos: Considerando: Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Alejandra Verónica Devard, apellido materno Amerarte, argentina, DNI N° 23.814.496, CUBL N° 27-23814496-0, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle Mateo Booz 2375 de la ciudad de Santo Tomé, y legal en calle Crespo 2582, Oficina 6 de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 LC. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 LCQ. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art.88 LCQ se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 27/11/2019 a las 10:00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 LCQ. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe SA Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraidas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 21/02/2020, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 11/03/2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 14/04/2020 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 28/05/2020 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la LCQ. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 LCQ en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ, con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste: Que en el sorteo realizado el día 27 de Octubre de 2019 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteada Sindica la CPN Judih Koffmann con domicilio en calle Comentes 3265, piso 13 Depto. D de esta ciudad.

S/C 410530 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos BARRETO, CLAUDIO FABIÁN s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-02010749-6), se ha dispuesto: Santa Fe, 28 de Agosto de 2019. Resuelvo: 1)- Declarar la quiebra de BARRETO, CLAUDIO FABIÁN argentino, mayor de edad, D.N.I. 31.671.211, Casado, de apellido materno GONZÁLEZ, con domicilio real en calle Lavalle Nº 2215 de la ciudad de Santo Tomé, y legal en calle Suipacha Nº 2631, Interno, Planta Alta, de la ciudad de Santa Fe, ambos de la Provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, para el día 09 de Octubre de 2019 a las 10:00 hs. 13) Fijar el día 06 de noviembre de 2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 21 de noviembre de 2019, como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 19 de diciembre de 2019, como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 21 de febrero de 2020, para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er. párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristián Silvestrini (Secretario); Dr. Carlos Federico Marcolín (Juez). 28 de Agosto de 2019.

S/C 410564 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados GÓMEZ, MONICA ALEJANDRA s/Quiebra; (CUIJ 21-02014788-9) se ha declarado en fecha 28/11/2019 la quiebra de MONICA ALEJANDRA GÓMEZ, D.N.I. 30.489.439, mayor de edad, empleada, apellido materno PACHECO, domiciliada realmente en Pasaje Cayastá 4833 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, y con domicilio ad lítem constituido en calle Fray Cayetano Rodríguez 3881 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 11/12/2019 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 14/02/2020. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez) - Dr. Gómez (Secretario).

S/C 410557 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos CABAÑA, NORMA BEATRIZ s/Quiebra; (CUIJ 21-02015210-6), se ha dispuesto: Santa Fe, 27 de Noviembre de 2019; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de NORMA BEATRIZ CABAÑA argentina, mayor de edad, casada, D.N.I. 21.741.581 apellido materno León, con domicilio real en calle Laprade 3663 de la ciudad de Santo Tome y legal en calle 9 de Julio 2238, 1° Piso, Of. 131 de esta ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 18 de diciembre de 2019 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 18 de febrero de 2020 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 04 de marzo de 2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 03 de abril de 2020 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 22 de mayo de 2020 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er. párrafo Ley 24522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (secretario); Dr. Carlos F. Marcolín (Juez).

S/C 410559 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos ORONA, GABRIEL GUSTAVO s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ 21-02013752-2), se ha dispuesto: Santa Fe, 27 de Noviembre de 2019. Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de GABRIEL GUSTAVO ORONA, argentino, mayor de edad, DNI 33.296.530, casado, de apellido materno MARTÍNEZ, con domicilio real en calle Carlos Carranza Nº 9750, Barrio Santa Marta, y legal en calle Monseñor Vicente Zaspe Nº 2476, Piso 2, Oficina 22, ambos de la ciudad de Santa Fe, provincia del mismo nombre. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registro de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.Q. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, para el día 18 de diciembre de 2019 a las 10:00hs. 13) Fijar el día 18 de febrero de 2020, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 04 de Marzo de 2020, como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 03 de abril de 2020, como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 22 de mayo de 2020, para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - 3er párrafo Ley 24.522). Fdo. Dr. Pablo Cristian Silvestrini (secretario); Dr. Carlos F. Marcolín (Juez).

S/C 410558 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos SELLOS WALTER CESAR s/Quiebra; (Expte. Nº 21-02015703-5), la Sra Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 26 de Noviembre de 2019. Autos y Vistos:...; Considerando:... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Sellos Walter César, apellido materno Lujan, argentino, D.N.I. Nº 23.738.543, CUIL Nº 20-23738543-9, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en Manzana Nº 4 y Pasaje Nº 10 de Alto Verde de la ciudad de Santa Fe y legal en calle Saavedra 2800 de la ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Sindico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88/ÚC.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de losibiertqs al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 27/11/2019 a las 10.00 hs. A tal fin, comuniqúese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 21/02/2020, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 11/03/2020 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 14/04/2020 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 28/05/2020 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ. con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultada sorteada Sindica la CPN Nancy Cristina Ortiz, en la audiencia celebrada, desígnasela en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo Dra. Viviana Naveda Marcó - Secretaria - Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena - Jueza.

S/C 410529 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________


Por disposicim del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 19 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de Esperanza, Juez a/c Dra. Romina Kilgelmann, Secretaria Dra. Gisela Gatti, por decreto de fecha 21/10/2019 se hace saber que en los autos LUCENA, MARCELO DANIEL s/Quiebra - Expte. 614/2016 (CUIJ 21-26294353-1), se han regulado los honorarios de los funcionarios actuantes en la suma de $ 105.298.70 distribuidos en la siguiente proporción 70% para la sindicatura, CPN María Inés Margherit ($ 73.709,09) y $ 30% para el letrado patrocinante del fallido, Dr. Héctor Gonem ($ 31.589,61). Asimismo se ha instado la puesta de manifiesto del informe final del art. 218 a trabés de la publicación del siguiente edicto y corrido vista a la Caja Forense y Consejo Profesional de Ciencias Economicas. Esperanza, 13 de Noviembre de 2019. Dra. Gisela Gatti, Secretaria. Julia Fescendini, prosecretara.

S/C 410075 Dic. 9 Dic. 10

__________________________________________


Por disposición de la Dra. Lilian M.T. Insaurralde, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: FERNANDEZ, HAIDÉE CECILIA s/Quiebra - (CUIJ 21-26167808-7; Expte. Nº 523/2017), por resolución de fecha 27 de noviembre de 2017 se ha resuelto: (...) 1) Declarar la quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) de la señora Haidée Cecilia Fernández, DNI Nº 35.023.276, argentina, mayor de edad, empleada del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe; con domicilio real en calle Santiago Cabral 1745 y constituyendo procesal en calle Santa Fe 968, ambos de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. (...) Se hace saber que el nuevo Síndico designado en autos es el CPN Alfio Martín Re, con domicilio constituido en calle Nuñez y Burges Nº 2153 de la ciudad de San Javier, fijando horario de atención al público los días lunes a viernes de 9.00 a 12:00 hs., y de 17,00 a 19.00 hs. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y espacio destinado a tal sin. 28 de Noviembre de 2019. Dra. Silvina Demboryniski, secretaria.

S/C 410527 Dic. 9 Dic. 13

__________________________________________