picture_as_pdf 2019-12-04

CAMARA DE APELACION


La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Rosario dentro de los autos: GIORDANELLI SUSANA ANTONIA c/BRICA LORENA MARICEL s/Demanda de Nulidad CUIJ N° 21-01602602-3 ha dispuesto citar y emplazar a los herederos de la Sra. Susana Antonia Giordanelli a los fines de comparecer a estar a derecho, por el término de tres días y bajo los apercibimiento de ley. Notificándose mediante edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por tres días. Rosario, Octubre de 2019. Dra. María Paula Ravena, Secretaria en Suplencia.

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JUZGADO LABORAL


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral de la 7ma Nominación de Rosario y en autos CORIA LAURA PAOLA C/GOLDEN CATERING SRL s/Cobro de Pesos Rubros laborales Expte. 21-04135665-8 se le hace saber que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario 30 de Agosto de 2019: con los autos a la vista se provee: atento lo peticionado y constancias de autos, precédase en los términos del art. 45 CPL a citar por edictos a Premiun Catering SRL para que comparezca a estar a derecho por el termino de ley y bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se le designara un defensor ad hoc. Expte 1757/2019. Fdo.: Dr. Marcelo Agustín Gallucci, Juez; Dra. María Teresa Caudana, secretaria. Rosario, 25 de Septiembre de 2019. Dr. Juan Manuel Conti, Secretario Subrogante.

S/C 410215 Dic. 4 Dic. 6

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El Sr. Juez del Juzgado del Trabajo de la Octava Nom. de Rosario, Dra. Silvana Quagliatti, Secretaria del Dr. Pedro Herrero, dentro de los autos caratulados: CANUT JORGE MOISÉS C/QBE ART SA (hoy EXPERTA ART SA) Y OTRO s/Demanda Laboral (Expte Nº 2370-12 ) hace saber al Sr. José Tomas Sojo que se ha fijado fecha de audiencia a los fines del art. 51 CPL (ley 7945) para el día 10 de marzo del 2020 a la hora 09:30hs debiendo las partes concurrir a la misma bajo apercibimientos contenidos en los arts. 51 y 52 del mismo cuerpo normativo, y que si faltare sin justa causa será tenido por confeso de los hechos expuestos en la demanda o su contestación, salvo pruebas en contrario (art. 66 CPL). Secretaria, Rosario, de noviembre del 2019. Dra. Luciana Trevisan, Prosecretaria.

S/C 410244 Dic. 4 Dic. 6

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia de la 5ta Nominación de Rosario y en autos DÍAZ SILVANA C/CUADRELLI ROBERTO s/Alimentos Expte. 676/1999 se le hace saber a Agostina Beren1ce Cuadrelli (DNI 40.843.048) que se ha dictado lo siguiente: Rosario 29 de Agosto de 2019. Atento que las constancias de autos surge que Agustina Berenice Cuadrelli ha alcanzado la edad de 21 años y por ende cesado de pleno derecho la obligación alimentaría, resulta procedente ordenar el cese de la retención de cuota alimentaría ordenada en Autos mediante Resolución Nº 535/99 de fecha 7 de mayo de 1999. Agréguese la constancia acompañada. Pasen los presentes a resolver sobre la regulación de honorarios. Rosario 02 de Octubre de 2019: Agréguense las constancias de pago de los aportes profesionales efectuados. Notifíquese a Agostina Berenice Cuadrelli por edictos que se publicaran en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales, tres veces, venciendo dicho término cinco días después de la ultima publicación. Ambos decretos fueron firmados por el Dr. Ricardo Dutto, Juez y por la Dra. María Cecilia Naveira, secretaria. Rosario, 21 de noviembre de 2019.

S/C 410214 Dic. 4 Dic. 6

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Por disposición del Sra. Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la Tercera Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados DE MIGUEL SANDRA c/MALDONADO RAÚL s/Supresión de Apellido Paterno Expte. 4011/2019 CUIJ 21-02920791 se ha dictado lo siguiente: Rosario, 11 de Noviembre de 2019 Téngase a la Dra. Silvana Rivero por presentada, con domicilios constituidos y en el carácter invocado a mérito del poder especial acompañado, otorgándole la participación que por Derecho te corresponde. Jueza del trámite: Dra. María José Diana. Téngase por interpuesta demanda de supresión del apellido paterno. Imprimase el trámite de juicio sumarísimo (art. 413 el Código Procesal CM y Comercial). Cítese al demandado para que comparezca a estar a Derecho, conteste la demanda y ofrezca prueba, en el término de bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula y con copia de la demanda. El Oficial Notificar deberá requerir de quien lo atienda o de vecinos si el demandado vive o trabaja allí y solo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación. De conformidad con lo dispuesto para el art. 70 del CC y C, publíquense los edictos de ley una vez por mes, en el lapso de dos meses. Líbrese oficio al Registe Civil, al Registro General de la Propiedad y la autoridad policial competente a fin que informen la existencia o no de medidas precautorias a nombre de la joven. Fdo.: Dra. María José Diana, Jueza; Dr. Hernán Andrés Julián, Secretario. Rosario, 19 de noviembre 2019.

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Por disposición de la Sra. Jueza del Tribunal Colegiado de Familia de la 5ta. Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Milca Mileva Bojanich (Jueza), en los autos caratulados: HERNÁNDEZ ORTEGA YUSLANDY s/Divorcio; CUIJ 21-11307776-7 se ha ordenado: Nº 3236. Rosario 7 de Noviembre de 2019. Y Vistos y Considerando Resuelvo: 1°) Declarar el divorcio de los cónyuges Yuslandy Hernández Ortega Pas B945074 y Carina Andrea Reynoso, DNI N° 31.058.045. 2°) Declarar disuelto el régimen de comunidad de ganancias al día 15 de octubre de 2019. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dra. María Cecilia Naveira, Secretaria; Dra. Milca Mileva Bojanich, Jueza. El presente edicto se publicará sin cargo alguno en virtud del patrocinio ejercido en los autos por la Defensoría Civil N° 3. Secretaria, Rosario, de 2019.

S/C 410274 Dic. 4 Dic. 6

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 16va. Nominación de Rosario, en autos: OCAMPO GIANA s/Cambio de nombre; Expte. Nro. 21-02900604-8, se hace saber, de conformidad con lo dispuesto por el art. 17 de la Ley 18.248, que la Srta. Giana Emeli Ocampo (DNI 12.480.804) a solicitado el cambio de nombre por el de Gianna Emeli Ocampo García. Publíquense edictos de ley una vez por mes en el lapso de dos meses en el BOLETÍN OFICIAL. Secretaría, 15/10/2019. Dra. Baclini, Secretaria en suplencia.

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El juzgado de primera instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Juez), hace sabe que en autos: CANTERO, VERÓNICA ELISABET s/Solicitud Propia Quiebra: CUIJ 21-02920072-3 se ha dictado la Resolución Nº 1024 de fecha 17/09/2019, por la cual se ha resuelto: Y Vistos... Y Considerando... Resuelvo: 1) Declarando la quiebra de Verónica Elisabet Cantero, titular de DNI Nº 25.098.207 con domicilio en calle Amenábar 2730 Monblock, 10 1P /212 de Rosario. 2) Clasificar al proceso en la categoría B, oficiando a la Ecxma. Presidencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial a los fines de proceder al sorteo correspondiente. La fechas para cumplimiento de lo prescripto en el art. 88 última parte LCQ se fijarán por auto ampliatorio de la presente aceptado que fuere el cargo por el sindico sorteado. 3) Oficiar al Registro de Procesos Concursales, a fin de comunicar la presente. 4) Ordenar la inhibición general de la fallida oficiando al Registro General de la Propiedad de Rosario y Santa Fe, a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (CABA), al Registro Nacional de Créditos Prendarios a la Prefectura Naval Argentina, al Registro Nacional de Aeronaves, al Registro Público de Comercio y al Banco Central de la República Argentina ( al que deberá ordenársete que informe a todas las entidades bajo su control que deberán informar si el fallido opera en las mismas y, en tal caso, en que tipo de operaciones. Asimismo ofíciese al Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) para que informen sobre inmuebles en toda la provincia a nombre de la fallida. 5) Disponer se comunique la presente al Registro Público de Comercio. AFIP. API, a la Municipalidad de Rosario y a toda otra entidad que la Sindicatura entendiere menester, oficiándose. 6) Intimar a la deudora para que dentro de las 24hs entregue al sindico toda la documentación relacionada con la contabilidad. 7) intimar a la fallida y a los terceros que tuvieren bienes y documentación de aquella en su poder a ponerlos a disposición del síndico. 8) Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 9) interceptar la correspondencia dirigida a la fallida, entregándose la misma al sindico a cuyo fin se deberá oficiar al Correo Oficial SA y a las empresas Andreani SA y Oca S.A. 10) Librar los despachos que fueren menester a los fines de hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el art. 132 LCQ, a cuyo fin deberá oficiarse a los juzgados en lo Civil y Comercial de Circuito, de Circulo de Ejecución, Laborales, de Responsabilidad Extracontractual de la Provincia de Santa Fe ha efectos de hacerles saber de esta declaración de quiebra, de requerirte que informen sí la fallida es actor o demandado o tercero con participación procesal en algún juicio tramitado por ante alguno de esos juzgados (detallando los datos de carátula, numero de CUIJ y ubicación actual). 11) Hacer saber a la fallida que no podrá ausentarse del país sin autorización previa de este tribunal y en las condiciones previstas por el art. 103 LCQ efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes Oficiándose a la Policía Federal (Delegación Rosario), Dirección Gral. de Migraciones, a Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria. 12) Desapoderar la fallida de sus bienes existentes a la fecha y los que adquiera hasta su rehabilitación (art. 106 y ss. LCQ.) 13) Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que integran el activo del deudor. Hacer saber al síndico, aceptado que fuere el cargo, que deberá efectuar dentro del término de 15 días de notificado, un inventario de la totalidad de los bienes de la fallida que comprenderá solo los rubros generales y proceder a la incautación prevista por el art. 177 LCQ. A los efectos del cumplimiento de sus funciones se faculta al síndico a allanar el domicilio de la fallida clausurar sus establecimientos, oficinas y demás lugares donde éste tenga bienes y documentos, solicitar el auxilio de la fuerza publica y utilizar los servicios de cerrajero, otorgándosele la credencial correspondiente. 14) Publicar edictos conforme lo dispuesto en el art. 89 LCQ en el BOLETIN OFICIAL por el término de 5 días, 15) Hacer saber a la sindicatura designada que todos los oficios que ordena cursar la presente resolución deberán cumplimentarse de manera inmediata, y las constancias que acrediten su cumplimiento deberán encontrarse agregadas a las actuaciones a la brevedad, bajo apercibimientos de ley. 16) Hacer saber la fallida que ante cualquier enajenación, simulación, ocultamiento, distorsión o discriminación del valor de bienes que componen su activo o pasivo, y/o toda otra situación que pudiera configurar ilícito se remitirá los antecedentes al Ministerio Público de la Acusación. 17) Martes y viernes para notificaciones en la ofician. Publíquese sin cargo. 20 de septiembre de 2019. Fdo.: Dra. Verónica Gotlieb, Jueza; Dr. Lucas Menossi, secretario

S/C 402741 Dic. 4 Dic. 10

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 18º Nom. De Rosario, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NORESE JUANA GLORIA L.C. 5.513.439 publicando edictos por un (1) día en el Boletín Oficial y en el hall de tribunales (art. 2340 CC y C) para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados “Norese, Juana Gloria s/sucesorio CUIJ 21-02897266-8. Dra. Myrian Raquel Huljich (secretaria). Rosario, 21 May 2019.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial’ de la 9ª Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, notifica al Sr. Benites Ramón Isidro, DNI N° 17.343.832, lo declarado en autos: CONFINA S.R.L. c/BENITES, RAMON ISIDRO s/Ejecutivo CUIJ N° 21-01358243-9): Rosario, 25 de Julio de 2019. Por practicada planilla. Póngase de manifiesto por el término de ley. Notifíquese. Trábese embargo sobre los haberes que percibe el demandado como dependiente de Franco Jorge Horacio en el caso que no supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 10% del importe en que exceda este último y en el caso en que la remuneración supere el doble del salario mínimo vital mensual en el 20% del importe que exceda este último, por la suma de $ 33.835,40 con mas el 30% estimado provisoriamente para intereses y costas. Líbrese oficio al empleador y hágasele saber que deberá depositar el importe retenido en cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario, a nombre de estos autos y a la orden del Juez. Firma: Dra. Verónica A. Accinelli (Secretaria), Dr. Gabriel Oscar Abad (Juez). Dra. Santina, Prosecretaria.

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El Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2º Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, Secretaría a cargo de la Dra. Marianela Godoy, comunica que en autos AGRIMARKET ARGENTINA SRL s/Concurso Preventivo, Expte. CUIJ Nº 21-02922148-8 por Resolución Nº 2609 de fecha 21/11/2019 se declaró la apertura del concurso preventivo de Agrimarket Argentina SRL, CUIT Nº 30-70879728-2, con domicilio en calle Dorrego Nº 453 PB C de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. 26 de Noviembre de 2019. Marianela Godoy (Secretaria).

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5ta. Nominación de Rosario, y en autos: ST. MARY ENRIQUE C/MARULLO JOSÉ ANTONIO Y OTROS s/Ejecución Hipotecaria Expte 21-02922340-5 se le hace que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 01 de noviembre DE 2019: Atento a lo solicitado y lo dispuesto por el articulo 511 del CPCC y resultando del informe del Registro General que consta anotado el dominio a nombre de la demandada, e inscripta la hipoteca que se ejecuta, cítese al deudor y terceros adquirentes si los hubiere, a sus sucesores o administrador provisorio de la herencia, o al representante legítimo en caso de concurso, quiebra o incapacidad, por edictos que se publicaran en el BOLETÍN OFICIAL, por el termino de cinco días, en cinco veces, a fin de que dentro de los cinco días siguientes a la última publicación abonen el crédito que se reclama de U$$ 40.161,20 con mas sus intereses y costas estimadas provisoriamente en la suma de U$$ 13.000 u oponga excepción legítima bajo apercibimiento de dictar sentencia en rebeldía y darlos por notificados de cualquier resolución o providencia posterior, sin perjuicio de la notificación por cédula. Fdo.: Dra. Silvina Rubulotta, Dra. Lucrecia Mantelo. Se hace saber que el inmueble se encuentra inscripto en matricula Nº 16-59286 departamento Rosario. Secretaría, Dra. María Belén Baclini, Secretaria en suplencia.

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El Juzgado Distrito Civil y Comercial 6° Nominación de Rosario a cargo del Dr. Néstor García, en los autos caratulados HERRERA OSCAR HUGO s/Conversión de Concurso Preventivo hoy Quiebra (Expte. Nº 1442/2006) hace saber a los interesados que por Resolución Nº 2472 de fecha 29 de octubre de 2019 se ha aprobado el Proyecto de Distribución y por Resolución Nº 2512 de fecha 1 de noviembre de 2019 se han regulado honorarios a la CPN Evangelina Roxana Trepat, CUIT 27- 18416888-5 en la suma de $ 560.000 (pesos quinientos sesenta mil), al CPN Martín Nicolás Alberto Mateo, CUIT 20-26460323-5 en la suma de $ 245.000 (pesos doscientos cuarenta y cinco mil), a la Dra. María Laura Raspall, CUIT 27-25007483-8 y al Dr. Rubén Alejandro Medici, CUIT 20-16265765-9 en la suma de $ 240.000 (pesos doscientos cuarenta mil) y en proporción de ley. A la Dra. Claudia Esther Francavilla, CUIT 27-20821110-8 en la suma de $ 105.000 (pesos ciento cinco mil). Regular los honorarios al Dr. Sebastián Fariña, CUIT 20-26398448-0 en la suma de $ 50.000 (pesos cincuenta mil), y al Dr. Lionel Bernardo Corti, CUIT 20-27059720-4 en la suma de $ 50.000 (pesos cincuenta mil). Fdo.: Dra. María Belén Baclini, Secretaria.

S/C 410216 Dic. 4 Dic. 10

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Por disposición del juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12º Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: MIJAIL RICARDO s/Propia Quiebra, CUIJ Nº 21-01471910-2, se ha ordenado publicar edicto haciendo saber que en autos se ha dictado el auto de conclusión por Art. 231, 20 PARR LCQ, cuyo contenido se transcribe a continuación: Rosario, 28/05/2019, Nº 1034: VISTOS Y CONSIDERANDO:...RESUELVO: 1) Revocar el decreto del 16 de Agosto de 2018. 2) Declarando la Conclusión de la presente quiebra en los términos del Art. 231 tercer párrafo LCQ. 3) Oficiando al Registro de Procesos Concúrsales a fin de comunicar la presente. 4) Oficiando al Registro General de la Propiedad de Rosario y de Santa Fe, al Registro de la Propiedad del Automotor y/o a los que corresponda a los fines de anotar el levantamiento de la inhibición general de quien fuere fallida, si tales diligencias no se hubieren ya realizado. 5) Ordenado el cese de la intercepción de la correspondencia dirigida a quien fuere fallida, oficiándose a tal efecto, si tales diligencias no se hubieren ya realizado. 6) Levantando la prohibición de salida del país, oficiándose a tal efecto a la Policía Federal (delegación Rosario), Dirección General de Migraciones y/o quien corresponda, si tales diligencias no se hubieren ya realizado. 7) Ordenando la publicación de edictos comunicando la presente en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley, haciendo saber que todas las comunicaciones a las que refiere la presente habrán de librarse vencida que sea tal publicación. 8) Correr vista al deudor a efectos de que solicite el libramiento de las demás comunicaciones que estime pertinente. 9) Previo retiro de la documental y culminación de las labores residuales que pudieren tenor lugar, dar por concluida la intervención de la Sindicatura. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dr. Fabián E. Daniel Bellizia, Juez; Dra. Agustina Filippini, Secretaria. Rosario, 28 de noviembre de 2019. Dr. Santiago Pascual, Prosecretario.

S/C 410189 Dic. 4 Dic. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale en autos caratulados PORTALUPPI NICOLÁS OSVALDO s/Pedido de Quiebra, se ha resuelto mediante resolución Nº 2488 de fecha 29/10/19: 1°) Declarando en estado de quiebra a Portaluppi Nicolás Osvaldo, DNI Nº 36.657.340, con domicilio en calle Pasco 3948. Domicilio fiscal en Av. Pellegrini 3630, todo de la ciudad de Rosario, 2°) Anótese la inhibición general del fallido en el Registro General de Propiedades y hágase saber de la presente declaración de quiebra al Registro de Procesos Concúrsales. 3°) Intímese al fallido y a los terceros que detenten bienes y documentos de aquel a ponerlos a disposición de la Sindicatura. 4°) Intímese al deudor para que dentro de la 24 horas haga entrega de los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5°) Prohíbese hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 6°) Líbrese los despachos que fuera menester a los fines de interceptar la correspondencia del fallido y entregarla al Síndico 7°) Intímese al fallido o a sus administradores para que dentro de las 48 horas constituyan domicilio procesal dentro del radio urbano de esta ciudad, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 8°) Hágase saber a la fallido y/o sus administradores que no podrán ausentarse del país sin autorización judicial hasta la presentación del informe general por la sindicatura. Ofíciese a los organismos pertinentes a fin de asegurar el cumplimiento de la mencionada prohibición. 9°) Postérgase el sorteo de martillero a la fecha de presentación del informe general. 10°) Desígnese funcionario incautador en el presente proceso falencial al Señor Sindico quien a tal efecto tendrá facultad de allanar domicilio y requerir el uso de la fuerza pública, otorgándosele la credencial correspondiente. 11°) A los fines de sorteo de Síndico desígnase la audiencia del día 30/10/19 a las 10:00 hs., ofíciese a sus efectos. 12°) Notifíquese a la DGR, a la DGI y Municipalidad de Rosario. 13°) Líbrense los despachos que fuere menester para hacer efectivo el fuero de atracción dispuesto por el Art. 132 de la Ley 24.522. 14°) Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN Oficial. 15°) Hágase saber al Sr. Síndico actuante que en ocasión de aceptar el cargo deberá establecer el horario de atención al público durante todos los días hábiles, que no deberá ser inferior a las 6 (seis), horas diarias y estar comprendido entre las 08:00 y 20.00 hs. 16°) Hágase saber al fallido y/o sus administradores que cualquier enajenación, simulación, ocultamiento o disminución al valor de bienes que componen su activo será considerada incursión en el delito de quiebra fraudulenta y se remitirán los antecedentes a la Justicia de Instrucción. Dra. Gabriela Cossovich, secretaria

S/C 410219 Dic. 4 Dic. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale, en autos caratulados AVILA HERNÁN ANDRÉS s/Solicitud Propia Quiebra, se ha resuelto mediante resolución N° 2252 de fecha 30/09/19: 1) Declarar la quiebra de Avila Hernán Andrés, con domicilio real en calle San Juan 1473, dpto. 3 de la ciudad de Rosario, DNI 31.235.958. 2) Designar como fecha para sorteo de Síndico de la lista respectiva el día 09/10/19 a las 11 hs. 3) Decretar la inhibición de la fallida. Ofíciese a los Registros correspondientes. 4) Intimar a la fallida para que en el término de 24 hs entregue al Síndico la documentación relacionada a su actividad. 5) Declarar la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 6) Intimar a la fallida y a los terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquel. 7) Diferir la determinación de la fijación de las fechas de verificación de créditos hasta que el Síndico sorteado acepte el cargo. 8) Fijar los días martes y viernes para notificaciones en Oficina. 9) Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL de ésta provincia. 10) Oficiar a los Juzgados donde tramitaren juicios contra la fallida, a los fines normados por el art. 132 de la ley 24.522. 11) Hacer saber a la fallida que solo podrán salir del país previa autorización de éste Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 de la ley 24.522, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. 12) Desapoderar a la fallida de los bienes de su propiedad existentes a la fecha de declaración de ésta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (arts. 107 ss y concds de la ley 24.522). 13) Proceder a la incautación de los bienes y papeles de la fallida poniéndose en posesión de los mismos al Síndico, librándose los despachos pertinentes (Art. 177/79 y conc. LC). 14) Ordenar la intercepción de la correspondencia epistolar, oficiándose a esos efectos, haciéndole saber al Síndico que debe cumplimentar lo dispuesto en el art. 114 LC. 15) Notificar al API (art. 29 del Código Fiscal). 16) Oficiar al Registro de Procesos Concúrsales y demás registros pertinentes. 17) Procédase a la realización de la totalidad de los bienes que componen el activo de la fallida atráves del procedimiento que oportunamente informará la sindicatura. Dra. Gabriela Cossovich, secretaria

S/C 410218 Dic. 4 Dic. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 3 de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale, en autos caratulados EUFI S.A. s/SOLICITUD PROPÍA QUIEBRA, se ha resuelto mediante resolución N° 2485 de fecha 24/10/19: 1) Declarar la quiebra de EUFI S.A., con domicilio real en calle Virasoro 2854 de la ciudad de Rosario, registrada en el Registro Público de Comercio en Estatutos al Tomo 84, Folio 7392, Número 407. 2) Designar como fecha para sorteo de Síndico de la lista respectiva el día 06/11/19 a las 11 hs. 3) Decretar la inhibición de la fallida. Ofíciese a los Registros correspondientes. 4) Intimar a la fallida para que en el término de 24 hs entregue al Síndico la documentación relacionada a su actividad. 5) Declarar la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 6) Intimar a la fallida y a los terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquel. 7) Diferir la determinación de la fijación de las fechas de verificación de créditos hasta que el Síndico sorteado acepte el cargo. 8) Fijar los días martes y viernes para notificaciones en Oficina. 9) Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial de ésta provincia. 10) Oficiar a los Juzgados donde tramitaren juicios contra la fallida, a los fines normados por el art. 132 de la ley 24.522. 11) Hacer saber a la fallida y sus administradores que solo podrán salir del país previa autorización de éste Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 de la ley 24.5-22, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes. 12) Desapoderar a la fallida de los bienes de su propiedad existentes a la fecha de declaración de ésta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (arts. 107 ss y concds de la ley 24.522). 13) Proceder a la incautación de los bienes y papeles de la fallida poniéndose en posesión de los mismos al Síndico, librándose los despachos pertinentes (Art. 177/79 y conc. L.C.). 14) Ordenar la intercepción de la correspondencia epistolar, oficiándose a esos efectos, haciéndole sabeyal Síndico que debe cumplimentar lo dispuesto en el art. 114 L.C. 15) Notificar al A.P.I. (art. 29 del Código Fiscal). 16) Oficiar al Registro de Procesos Concursales y demás registros pertinentes. 17) Precédase a la realización de la totalidad de los bienes que componen el activo de la fallida, a través del procedimiento que oportunamente informará la sindicatura. Dra. Gabriela B. Cossovich, Secretaria.

S/C 410220 Dic. 4 Dic. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, Dr. Ezequiel Zabale, en autos caratulados INDUSTRIAS TEXTILES GB s/Concurso Preventivo Hoy Quiebra, se ha resuelto mediante resolución Nº 2401 de fecha 16/10/19: 1) Declarar la quiebra de Industrias Textiles GB SA, inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario al T.93, F. 19, Nº 3 con domicilio real en calle Julio A. Roca 560 de Granadero Baigorria y domicilio legal en calle Rioja 1474, primer piso, oficina 2, de la ciudad de Rosario 2) Ordenar que continúe actuando en los presentes el síndico ya designado en autos. 3) Ordenar la liquidación de los bienes de la fallida por el sistema que proponga la sindicatura dentro del término de diez días. 4) Ofíciese a los Registros Público de Comercio y de Procesos Concursales y efectúe las comunicaciones de ley (art. 132 LCQ). 5) Cumpliméntese con la realización de un inventario de bienes de la fallida. Publíquense edictos de ley. Dra. Gabriela B. Cossovich, Secretaria.

S/C 410217 Dic. 4 Dic. 10

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), dentro de los autos caratulados BOGADO, GASTÓN EXEQUIEL y OTROS c/RODRÍGUEZ, MIGUEL OSCAR y OTROS s/Daños y Perjuicios; CUIJ 21-01526688-8, en fecha 25 de Febrero de 2019, se ha ordenado: Informando verbalmente el Actuario que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que los herederos de Miguel Oscar Rodríguez no han comparecido a estar a derecho, decláraseles rebeldes y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. A todo evento, notifíquese por cédula a Emilio Meglio el decreto que lo tuvo por rebelde dictado en fecha 24 de noviembre del 2009 (fs. 101). A lo demás, oportunamente. Rosario, 25 de noviembre de 2019. Fdo.: Dra. Verónica Gotlieb, Jueza; Dr. Lucas Menossi, Secretario.

$ 33 410222 Dic. 4 Dic. 6

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12a. Nominación de Rosario, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y legatarios y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por la causante - DE LA LAMA, ANGELA – D.N.I. Nº 2.816.649 - para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos en el término de 30 días a partir de la publicación de edictos. A los efectos legales se publican edictos por un día en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales (Art. 2340 C.C.C.N.). Autos: De La Lama, Ángela s/Sucesorio; CUIJ 21-02872105-3). Rosario, 28 de Noviembre de 2019. - Dra. Agustina Filippini, secretaria.

$ 45 410188 Dic. 4

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Garavano Jorge Alberto, D.N.I. 11.441.772, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: GARAVANO, JORGE ALBERTO s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-02922665-9. – Dra. María Verónica Lara, Secretaria.

$ 45 410200 Dic. 4

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Kasparian Manuchak Armenia, D.N.I. 2.942.544, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: KASPARIAN MANUCHAK ARMENIA s/Sucesión Testamentaria; CUIJ 21-02922665-9. – María Verónica Lara, Secretaria.

$ 45 410199 Dic. 4

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Isabelino Verón D.N.I. 8.344.311, por un día, para que se acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: VERÓN ISABELINO s/Declaratoria - Sucesión; (CUIJ N° 21-02914819-5). Rosario, 25 de Noviembre de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 410208 Dic. 4

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comecial de la 2° Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante la Sra. Di Benedetto, Francisca, DNI Nº 1.094.962, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: DI BENEDETTO, FRANCISCA s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02923810-0. Rosario, 26 de Noviembre de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 410231 Dic. 4

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sonia Virginia Hernández (DNI 3.893.031), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados HERNÁNDEZ, SONIA VIRGINIA s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02922553-9). Rosario, 21 de Noviembre de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Familia de la 4° Nominación, de Rosario, dentro de los autos caratulados: Perfetto, María Soledad s/Otras Acciones no Nomencladas; CUIJ 21-11331760-1, se hace saber que se ha solicitado la supresión del apellido paterno Pierucci y la conservación únicamente del apellido materno Perfetto, del menor Agustín Hugo Pierucci Perfetto, utilizando como nombre y apellido Agustín Hugo Perfetto. Rosario, 26 de Noviembre de 2019. Fdo: Dra. María José Caviglia (Secretaria).

$ 45 410303 Dic. 4

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 5a. Nominación de Rosario, se ordena la rectificación del edicto publicado en fecha 16/05/2016 que cita a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante María Bernarda Gomez o María Bernarda Gómez (D.N.I. 2.832.387), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: GOMEZ, MARÍA BERNARDA s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02908841-9). Dra. Vanina C. Grande. Rosario, de Noviembre de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Ceccato Angela (DNI 93.628.129), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: CECCATO ANGELA s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02914885-3). Rosario, de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 410195 Dic. 4

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 14ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Ramírez Eugenio (DNI 7.911.630), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: RAMIREZ EUGENIO s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02921923-8). Rosario, de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 410196 Dic. 4

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Rodríguez Nilda Haydee (DNI 3.214.646), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: RODRÍGUEZ NILDA HAYDEE s/Declaratoria de herederos; (CUIJ N° 21-02921099-0). Rosario, de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 410198 Dic. 4

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2a. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Neydi Nélida Monateri, (D.N.I. 5.821.548), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados MONATERI NEYDI NELIDA s/Declaratoria de herederos; (CUIJ N° 21-02922247-6). Rosario, 25 de Noviembre de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 410201 Dic. 4

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Francisco Juan Blando (DNI Nº 3.680.742), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados BLANDO FRANCISCO JUAN y Otros s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02919314-9). Rosario, 20 de Noviembre de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 410202 Dic. 4

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Leonor Ana Contreras (L.C. 5.536.285), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados BLANDO, FRANCISCO JUAN y Otros s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02919314-9). Rosario, 20 de Noviembre de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 410203 Dic. 4

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Buttice Esteban Alberto (DNI 7.841.057), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados BUTTICE ESTEBAN ALBERTO s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02923075-4). Rosario, de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 410197 Dic. 4

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Antonia Elena Sotelo (DNI 1.099.020), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados SOTELO, ANTONIA ELENA s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02922474-6). Rosario, 19 de Noviembre de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 410207 Dic. 4

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Rosa Beatriz López (DNI 6.210.924), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados LÓPEZ, ROSA BEATRIZ s/Declaratoria de herederos; (CUIJ Nº 21-02922475-4). Rosario, 19 de Noviembre de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 410206 Dic. 4

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Por disposición del Sr. Juez de la Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante López José (DNI 8.405.667), por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados LÓPEZ, JOSE s/Sucesorio; 21-02918672-0. Dra. Grande. Rosario, 20 de Noviembre de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 410205 Dic. 4

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Yolanda Anita Ramona Menna DNI N° 3.239.149, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: MENNA YOLANDA ANITA RAMONA s/Declaratoria de herederos; CUIJ N° 21-02922165-8. Rosario, 26 de Noviembre de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.

$ 45 410204 Dic. 4

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