picture_as_pdf 2019-04-23

JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

GERARDO JAVIER OWSIANSKI


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nº 18, Secretaria del autorizante se ha dispuesto que los autos caratulados: VAN WEELE, RICARDO ANTONIO c/Otros (DNI Nº 20.660.321) s/C.P.L. Expte. Nº 675 Año 2016 que tramitan por ante el mencionado Juzgado, el Martillero Público Gerardo Javier Owsianski con domicilio en calle 25 de Mayo N° 2604 de este ciudad, proceda a vender en pública subasta, el día 3 de Mayo de 2019, a las 11:00 hs., o el día hábil posterior, a la misma hora si aquel resultará inhábil, por ante este Juzgado, y con la base del avalúo fiscal y de no existir postores seguidamente con una retasa del 25% y de persistir la falta de oferentes, se procederá a subastar sin base y al mejor postor parte indivisa nuda propiedad del siguiente inmueble: 1) Un lote de terreno con todo lo clavado, plantado, edificado y adherido al suelo, designado con el número Diecisiete (17) en el plano de subdivisión que se encuentra registrado y archivado en la Oficina de Catastro de la Provincia con el N° 25, el cual es parte del Establecimiento Las Mercedes, ubicado en el Distrito Ramayón: Departamento San Justo de ésta Provincia, compuesto de: Setecientos treinta y siete metros sesenta centímetros en sus lados Este y Oeste, por un mil trescientos ochenta y dos metros ochenta centímetros en sus costados Norte y Sud formando una superficie total de Cien Hectáreas y linda: al Norte, lote dieciséis de Juan Perelló: al Sud, lote dieciocho: al Este, con el lote tres de Juan Dominici y al Oeste, con el lote veintitrés de don Juan Dominici, camino por medio. Inscripto en el Registro General bajo el N° 99346 - F 1533 - T° 242- Depto. San Justo - Partida Inmobiliaria 06-10-00027961/0000-8. Del informe del A.P.I, surge que adeuda $ 24.207,23 (veinticuatro mil doscientos siete c/ 23/00) correspondientes a los periodos 2017/1-2-3-4-5-6; 2018/1-2-3-4-5-6-7; 2019/1. La Comuna de Ramayón informa que registra deudas en concepto de Tasa de Conservación y mantenimiento de caminos y calles de los períodos 2012- 2013- 2014- 2015- 2016- 2017- 2018, dando un total de $ 77.112,00 (pesos setenta y siete mil ciento doce). De la constatación realizada surge que se trata de un terreno delimitado con alambrado de cinco hilos con postes de madera y entrada de madera, (el portón de ingreso) en su parte Oeste, en buen estado. En su parte Sur, con seis hilos de alambre con postes de madera, en buen estado y al Este, con alambrado de cinco hilos y postes de madera en regular estado, en su parte Norte, casi la mitad, con alambrado en regular estado de seis hilos con postes de madera y en regular estado, el resto de la parte Norte, sin alambrado. El terreno se compone de tres potreros. Uno de veinte ha. Aproximadamente donde se implantó girasol. Uno de 44 ha. aproximadamente con rastrojo de soja y 34 ha. aproximadamente de rastrojo de girasol del año pasado, ahora pasó doble acción (está trabajado). Un piquete de aproximadamente 1/3 ha. y una ensenada que tiene rotas la manga y los portones. Los alambrados en buen estado y un tinglado de 4,00 x 4 metros aproximadamente con techo de chapas y cabriadas de hierro. Los alambrados internos se encuentran en regular estado. Un galpón de 8,00 x 12,00 metros aproximadamente de ladrillos asentados en barro con tirantes de madera y techo de chapas al cual le faltan tres chapas molino y tanque de loza con piso, con tres bebederos, uno en funcionamiento, el molino en marcha y el tanque en buen estado. Una vivienda, que consta de cocina, de 3,50 x 4,00 metros aproximadamente. Living comedor de 6,00 x 4 metros aproximadamente, un dormitorio de aproximadamente 3,00 x 4,00 metros, otro de 5,00 x 4,00 metros aproximadamente, otro de 5,00 x 4,00 y otro de 4,00 x 4,00 metros aproximadamente y una despensa de 3,00 x 3,00 metros aproximadamente, no cuenta con baño interno. Un baño exterior dividido en dos, en uno el inodoro y la otra pileta y ducha, solo funciona el inodoro. La vivienda consta de techo de zinc con tirantes de madera cielo raso de chapa en todos los ambientes, contra piso con alisado y coloreado, una parte de la cocina cuenta con revestimiento se bidé. (Vidrio precocido). No cuenta con luz eléctrica y en la cocina tiene agua provista del molino. Aberturas, dos puertas al frente de chapa y vidrios, 9 ventanas de hierro y vidrios y dos puertas una de madera y una de chapa y vidrio en su interior, toda la construcción, galpón, baño exterior como vivienda se encuentran en muy mal estado de conservación es de antigua data y se destinó la vivienda para deposito porque no se encuentra en condiciones de habitabilidad. Para terminar, además de lo descrito el Sr. Mario Daniel Radusso, informa que las medidas son correctas como figuran en el oficio que los linderos son al Sur Sucesores de Ángel Rullo; al Oeste calle de por .medio, con Poncino; al Este con Astore y al Norte con Lote de Marta Perrero y la otra parte con Perelló. Al punto 2 la actividad que se desarrolla es Agrícola, en cuanto al punto 3, se encuentra ocupado por el demandado pero está deshabitado. Del informe del Registro General surge que el inmueble mencionado registra embargo para estos autos de la parte indivisa de nuda propiedad del demandado de fecha 21/10/2016 aforo Nº 145201 por el monto de $ 280.836,00. No se registran anotaciones de hipotecas ni inhibiciones. Quienes resulten compradores deberán abonar en dinero efectivo el 10 % del importe a cuenta de precio y la comisión de ley del martillero del 3%. Los adquirentes deberán efectivizar el saldo de precio indefectiblemente dentro de los cinco días de aprobada la subasta mediante depósito en el Banco de Santa Fe, Sucursal San Justo a nombre de estos autos y a la orden de este Juzgado y si intimado no cumplimenta con dicho pago, será de aplicación el art. 497 del CPC. Para que caso de que los adquirentes planteen la nulidad de la subasta deberán integrar el saldo del precio a las resultas de la decisión sobre el planteo nulificatorio. No se admitirá la compra en comisión. Los impuestos, tasas y contribuciones que adeudaren los inmuebles son a cargo de los adquirentes a partir de la fecha de subasta como asimismo el impuesto a la compraventa y demás impuestos que en su caso correspondiere. Se encuentran agregados en autos, informes, constatación y demás documental informativa sirviendo la misma de suficiente título, no admitiéndose reclamo alguno por falta e insuficiencia de los mismos después del remate. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, Ley 11287 y acordada respectiva de la Excma. Corte Suprema de Justicia con dos avisos económicos en el diario El Litoral, autorizase al peticionante a la confección y distribución de 300 volantes de propaganda. Establécese un día antes de cada subasta, en la que se pondrá en exhibición los inmuebles. Fdo: Dra. Laura M. Alessio, Jueza. María Alejandra Gioda, Secretaria.

S/C 387686 Abr. 23 Abr. 29

__________________________________________