picture_as_pdf 2019-04-15

JUZGADO FEDERAL


El Juzgado Federal N° 1 de Santa Fe, Secretaría Civil y Comercial a cargo de la Dra. Darsaut, sito en calle 9 de Julio 1693 de la ciudad de Santa Fe en los autos caratulados: BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA c/ZARZA, DIEGO DANIEL s/Cobro de pesos / Sumas de dinero, Expte. FRO. 26874/2015, comunica al Sr. Diego Daniel Zarza, D.N.I. 32.587.050, que ha dictado resolución en los presentes autos la cual en su parte pertinente dice: Santa Fe, 25 de septiembre de 2018... resulta que:... Y Considerando que... Resuelvo: I.- Hacer lugar a la demanda promovida por el Banco de la Nación Argentina y consecuentemente condenar a Diego Daniel Zarza para que dentro del término de treinta (30) días corridos abone a la actora el capital que asciende a la suma de pesos mil setecientos diez ($ 1.710), con más los intereses en la forma indicada en el “Considerando” que antecede. Costas a cargo de la accionada. II.- Diferir la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes hasta tanto se determine el monto definitivo del juicio. Regístrese. Notifíquese personalmente o por cédula. Fdo.: Dr. Reinaldo Rubén Rodríguez, Juez Federal. El presente deberá ser publicado por dos (2) días. El presente deberá publicarse por el término de 2 días en el BOLETÍN OFICIAL. El presente debe ser publicado sin cargo, ente oficial. Dra. Darsaut, Secretaria.

S/C 386011 Abr. 15 Abr. 16

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Dra. María Carolina Moya, Jueza del Trámite del Tribunal Colegiado de Familia N° 2 Secretaría 1ra. de Santa Fe, en autos caratulados: Expte. CUIJ 21-10701061-8.- SUBSECRETARÍA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/CASAFUS SILVANA LORENA y TORREZ, WALTER ALBERTO s/Notificación de adopción de medida de protección excepcional y solicitud de control de legalidad, se notifica por edicto al Sra. Silvana Lorena Casafus, D.N.I. N° 30.185.129, con domicilio actual desconocido, de lo ordenado en autos: Santa Fe, 13 de Abril de 2018. Y VISTOS: Estos caratulados: Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia c/Casafus, Silvana Lorena y Torrez, Walter Alberto s/Notificación de adopción de medida de protección excepcional y solicitud de control de legalidad- CUIJ 21-10701061-8; en trámite por ante este Tribunal Colegiado de Familia Nº 2, Primera Secretaría, de la ciudad de Santa Fe, de los que, Considerando: La Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, interpone a fs. 68/69 formal notificación de adopción de la medida de protección excepcional y solicitud de control de legalidad, en relación a la Medida de Protección Excepcional de Derechos declarada mediante Disposición Nº 000019, de fecha 26 de septiembre de 2017, respecto de la niña Aneley Agostina Torrez, DNI Nº 47.105.472; acompañando copia de la Resolución Administrativa por la que se adopta la medida, su notificación, como asimismo, copia de informes y actuaciones administrativas que la fundamentan. Que, de conformidad al tercer párrafo del art. 51 de la Ley 12967, la medida excepcional se inicia desde la fecha en que quede firme administrativamente la resolución que así la adopte. En el caso que nos ocupa, y según el artículo 62 del Decreto reglamentario 619/10, la disposición administrativa ha quedado firme el día 06 de noviembre de 2017, por lo que correspondería consignar dicha fecha como comienzo de la Medida Excepcional. Así, se establecerá que la medida se ha iniciado el 06 de noviembre de 2017, siendo el máximo de duración de la medida el 05 de mayo de 2018, en concordancia con lo normado en el artículo 607 inc. c) del Código Civil y Comercial de la Nación. Que a fs. 81 obra dictamen del Sr. Defensor General Civil Nº 1 Dr. José María Quiroga, quien manifiesta que no formula observación a lo actuado por el organismo administrativo. Que de los antecedentes referidos surge que la decisión adoptada satisface integral y simultáneamente los derechos y garantías reconocidos por el art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, atendiendo al superior interés de la niña Aneley Agostina Torbez, preservado por la Ley Nacional Nº 26061; la Ley Provincial N° 12967, su modificatoria Nº 13237, y su decreto reglamentario Nº 619/10; por lo que corresponde ratificar la medida adoptada. Por ello, y el derecho aplicado ya citado, Resuelvo: 1°) Tener por efectuado el control de legalidad de la Medida de Protección Excepcional, adoptada mediante Disposición Nº 000019 de fecha 26 de septiembre de 2017, respecto de la niña Aneley Agostina Torres, DNI Nº 47.105.472; y en consecuencia ratificar la misma. 2°) Hágase saber que, la medida de protección excepcional tiene vigencia desde el 06 de noviembre de 2017, siendo el máximo de duración de la medida el 05 de mayo de de 2018. 3°) Comuníquese a la Defensorio Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines del art. 38 de la Ley 12967. Protocolícese el original, agréguese copia, notifíquese al Defensor General Civil Nº 1 Dr. José María Quiroga. Notifíquese y oportunamente archívese.” Fdo: Rubén Angel Cottet, Juez; María Paula Bainotti, Prosecretaria. Santa Fe, 04 de Mayo de 2018. Atento la integración subjetiva del Tribunal Colegiado de Familia Nº 2, desígnase como Jueza de Trámite a la Dra. María Carolina Moya (art. 543 CPCC). Proveyendo escrito cargo N° 8692: A; punto 1: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdesele la participación legal que por derecho corresponda. Al punto 2: Por promovida Formal Notificación de Adopción de Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional y Solicitud de Control de Legalidad, dispuesta por Disposición Nº 000031 de fecha 20 de marzo de 2018, respecto de la niña Aneley Agostina Torrez, DNI N° 47.105.472, a que se regirá por el trámite específico previsto en el artículo 66 bis, siguientes y concordantes de la Ley N° 12967. Cítese a la Sra. Silvana Lorena Casafus, DNI Nº 30.185.129 y al Sr. Walter Alberto Torres DNI Nº 32.871.584, para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la Subsecretaría de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe, y en su caso, para que ofrezcan pruebas en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Al punto 3: Téngase presente la autorización efectuada a los profesionales mencionados en el apartado y de la presente demanda, a fin de efectuar la procuración en las presentes actuaciones y proceder al retiro de los autos en los casos que corresponda. Hágase saber que en virtud de no haberse instrumentado hasta la fecha lo dispuesto en el último párrafo del artículo 65 de la Ley 12967 (ref. por Ley 13.237), por el presente se dispone que el diligenciamiento, notificación y la realización de todos los actos impulsorios y procedimentales estarán a cargo del organismo compareciente. Al punto 4: Venidos los autos: Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia c/Casafus, Silvana Lorena y Torrez, Walter Alberto s/Notificación de adopción de medida de protección excepcional y Solicitud de control de legalidad, CUIJ 21-10701061-8 - se proveerá. Al punto 5: Téngase presente lo peticionado para su oportunidad, y en caso de corresponder, se proveerá. Al punto 6: Dése intervención a la Defensorio General. Agréguese la documental detallada en el cargo actuaría; de fecha 03-05-2018 (fs. 49) Notifíquese. Fdo.: María Carolina Moya, Jueza; María Paula Bainotti, Prosecretaria.

S/C 28228 Abr. 15 Abr. 17

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Por disposición del Dra. María Carolina Moya, Jueza del Trámite del Tribunal Colegiado de Familia N° 2, Secretaría 1ra. de Santa Fe, en autos caratulados: Expte. CUIJ 21-10701061-8.- SUBSECRETARÍA DE NIÑEZ ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/CASAFUS, SILVANA LORENA y TORREZ WALTER ALBERTO s/Notificación de adopción de medida de protección excepcional y solicitud de control de legalidad, se notifica por edicto al Sr. Torrez, Walter, Alberto, D.N.I. N° 32.871.584, con domicilio actual desconocido, de lo ordenado en autos: “Santa Fe, 13 de Abril de 2018. Y Vistos: Estos caratulados: Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia c/Casafus, Silvana Lorena y Torrez, Walter Alberto s/Notificación de adopción de medida de protección excepcional y solicitud de control de legalidad- CUIJ 21-10701061-8; en trámite por ante este Tribunal Colegiado de Familia Nº 2, Primera Secretaría, de la ciudad de Santa Fe, de los que. Considerando: La Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la provincia de Santa Fe, interpone a fs. 68/69 formal notificación de adopción de la medida de protección excepcional y solicitud de control de legalidad, en relación a la Medida de Protección Excepcional de Derechos declarada mediante Disposición Nº 000019, de fecha 26 de septiembre de 2017, respecto de la niña Aneley Agostina Torrez, DNI Nº 47.105.472; acompañando copia de la Resolución Administrativa por la que se adopta la medida, su notificación, como asimismo, copia de informes y actuaciones administrativas que la fundamentan. Que, de conformidad al tercer párrafo del Art. 51 de la Ley 12967, la medida excepcional se inicia desde la fecha en que quede firme administrativamente la resolución que así la adopte. En el caso que nos ocupa, y según el artículo 62 del decreto reglamentario 619/10, la disposición administrativa ha quedado firme el día 06 de noviembre de 2017, por lo que correspondería consignar dicha fecha como comienzo de la Medida Excepcional. Así, se establecerá que la medida se ha iniciado el 06 de noviembre de 2017, siendo el máximo de duración de la medida el 05 de mayo de 2018, en concordancia con lo normado en el artículo 607 inc. c) del Código Civil y Comercial de la Nación. Que a fs. 81 obra dictamen del Sr. Defensor General Civil Nº 1 Dr. José María Quiroga, quien manifiesta que no formula observación a lo actuado por el organismo administrativo. Que de los antecedentes referidos surge que la decisión adoptada satisface integral y simultáneamente los derechos y garantías reconocidos por el art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, atendiendo al superior interés de la niña Aneley Agostina Torrez, preservado por la Ley Nacional Nº 26061; la Ley Provincial N° 12967, su modificatoria Nº 13237, y su decreto reglamentario Nº 619/10; por lo que corresponde ratificar la medida adoptada. Por ello, y el derecho aplicado ya citado, Resuelvo: 1°) Tener por efectuado el control de legalidad de la Medida de Protección Excepcional, adoptada mediante Disposición Nº 000019 de fecha 26 de septiembre de 2017, respecto de la niña Aneley Agostina Torres, DNI Nº 47.105.472; y en consecuencia ratificar la misma. 2°) Hágase saber que, la medida de protección excepcional tiene vigencia desde el 06 de noviembre de 2017, siendo el máximo de duración de la medida el 05 de mayo de de 2018. 3°) Comuníquese a la Defensorio Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines del art. 38 de la Ley 12967. Protocolícese el original, agréguese copia, notifíquese al Defensor General Civil N° 1 Dr. José María Quiroga. Notifíquese y oportunamente archívese.” Fdo: Rubén Angel Cottet, Juez; María Paula Bainotti, Prosecretaria. Santa Fe, 04 de Mayo de 2018. Atento la integración subjetiva del Tribunal Colegiado de Familia Nº 2, desígnase como Jueza de Trámite a la Dra. María Carolina Moya (art. 543 CPCC). Proveyendo escrito cargo Nº 8692: Al punto 1: Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado acuérdesele la participación legal que por derecho corresponda. Al punto 2: Por promovida Formal Notificación de Adopción de Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional y Solicitud de Control de Legalidad, dispuesta por Disposición Nº 000031 de fecha 20 de marzo de 2018, respecto de la niña Aneley Agostina Torrez, DNI Nº 47.105.472, la que se regirá por el trámite específico previsto en el artículo 66 bis, siguientes y concordantes de la Ley N° 12967. Cítese o la Sra. Silvana Lorena Casafus, DNI Nº 30.185.129 y al Sr. Walter Alberto Torres, DNI N° 32.871.584, para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la Subsecretaría de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe, y en su caso, para que ofrezcan pruebas en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. Al punto 3: Téngase presente la autorización efectuada a los profesionales mencionados en el apartado V de la presente demanda, a fin de efectuar la procuración en las presentes actuaciones y proceder al retiro de los autos en los casos que corresponda. Hágase saber que en virtud de no haberse instrumentado hasta la fecha lo dispuesto en el último párrafo del artículo 65 de la Ley 12967 (ref. por Ley 13237), por el presente se dispone que el diligenciamiento, notificación y la realización de todos los actos impulsorios y procedimentales estarán a cargo del organismo compareciente. Al punto 4: Venidos los autos: Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia c/Casafus, Silvana Lorena y Torrez, Walter Alberto s/Notificación de adopción de medida de protección excepcional y solicitud de control de legalidad- CUIJ 21-10701061-8 - se proveerá. Al punto 5: Téngase presente lo peticionado para su oportunidad, y en caso de corresponder, se proveerá. Al punto 6: Dése intervención a la Defensorio General. Agréguese la documental detallada en el cargo actuarial de fecha 03-05-2018 (fs. 49) Notifíquese. Fdo.: María Carolina Moya, Jueza; María Paula Bainotti, Prosecretaria. Dra. Novello, Prosecretaria.

S/C 28227 Abr. 15 Abr. 17

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Por disposición de la Dra. Liliana Lourdes Michelassi, Jueza del Trámite del Tribunal Colegiado de Familia N° 2 de Santa Fe, en autos caratulados: Expte. CUIJ 21-10687919-9. SUBSECRETARIA DE LA NIÑEZ. ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/FRANCO DENISE SOLANVE y SEGOVIA SEBASTIAN MAXIMILIANO s/Medida de protección excepcional, se notifica por edicto a Denise Solange Franco, D.N.I. N° 39.951.862, con domicilio actual desconocido, de lo ordenado en autos: “Santa Fe, 27 de Febrero de 2018. Y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1) Tener por efectuado el control de legalidad de la Disposición Administrativa Nº 000118 de fecha 06 de Octubre de 2016, en relación a los niños Jonatan Gabriel Franco, DNI N° 55.214.620 e Indiana Jazmín Segovia, DNI Nº 53.778.625, ratificándose la misma. 2) Designar a Erika Carolina Segovia, DNI Nº 37.282.597, con domicilio en calle Ayacucho N° 3783 de la ciudad de Santa Fe, tutora del niño Jonatan Gabriel Franco, DNI N° 55.214.620, con los deberes y facultades inherentes al cargo, debiendo comparecer ante éste Tribunal en cualquier día de audiencia, a las 08,00 hs. a los fines de la aceptación y discernimiento de dicho cargo. 3) Designar a Gabriela Beatriz Rodríguez, DNI n° 23.427.766, domiciliada en calle San Luis Nº 2998 de la ciudad de Santa Fe, tutora de la niña Indiana Jazmín Segovia, DNI Nº 53.778.625, con los deberes y facultades inherentes al cargo, debiendo comparecer ante éste Tribunal en cualquier día de audiencia, a las 08,00 hs, a los fines de la aceptación y discernimiento de dicho cargo. 4) Comuníquese a la Defensorio Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a los fines del art. 38 de la Ley 12.967. Protocolícese el original, agréguese copia, notifíquese a la Defensora General Civil Nº 2. Notifíquese y oportunamente archívese. Fdo: Liliana Michelassi, Jueza; María Sol Novello, Prosecretaria. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Novello, Prosecretaria.

S/C 28225 Abr. 15 Abr. 17

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Por disposición de la Dra. Silvina Boleas, Juez del Trámite del Tribunal Colegiado de Familia N° 5 de Santa Fe, 2da. Secretaría en autos caratulados: Expte CUIJ Nº 21-10707348-2.- SDNAF (ALBARENQUE Y.L.G) s/Control de legalidad, se notifica por edicto a Marcela Ernestina Urrutia, D.N.I. Nº 35.651.576, con domicilio actual desconocido, de lo ordenado en autos: “Santa Fe, 28 de Noviembre de 2018. Autos y Vistos:... Considerando... Resuelvo: Tener por efectuado el control de legalidad de la medida de protección excepcional, adoptada por Disposición Administrativa N° 000037 de fecha 10 de Abril de 2018 (cfr. fs. 69/72), ratificándose la misma, con el alcance del considerando precedente, en cuanto al plazo de su vigencia. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese. Oportunamente archívese. Fdo.: Dra. Silvina Boleas, Jueza; Patricia Ebenegeer, Secretaria. Santa Fe, 1 de Marzo de 2019. Agréguense las cédulas acompañadas y téngase presente lo informado por el Sr. Oficial Notificador. Atento lo solicitado y constancias de autos, precédase a notificar la Resolución dictada en autos al Sr. Rosendo Cruz Danilo Albarenque y a la Sra. Marieta Ernestina Urrutia por edictos, conforme lo normado por el artículo 73 del C.P.C.C. Notifíquese. Fdo.: Dra. Silvina Boleas, Jueza; Patricia Ebenegger, Secretaria. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 29 de Marzo de 2019. Dra. Ebenegger, Secretaria.

S/C 28224 Abr. 15 Abr. 17

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados: RUIZ DÍAZ, NORMA BEATRIZ c/BUSTOS, MIGUEL ANGEL s/Divorcio (CUIJ Nº 21-10703714-1) tramitados por la Defensoría General Civil Nº Uno ante el Tribunal Colegiado de Familia N° 3 Secretaría 2da., de la ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza a Miguel Angel Bustos a comparecer en estos autos a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley, los que se publicarán tres veces en el término de 5 días en el BOLETÍN OFICIAL. Se transcribe el proveído que así lo ordena: Santa Fe, 20.02.2018. Hágase saber que ha sido designada Jueza de Trámite la Dra. Susana María Romero (art. 543 del CPCC). Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado; acuérdasele la participación legal que por derecho corresponda. Téngase por promovida demanda de Divorcio (art. 438 del Cód. Civ. y Com.) de Norma Beatriz Ruiz Díaz. De la petición de divorcio, hágase saber a Miguel Angel Bustos. De la propuesta reguladora, córrase traslado por el término de diez días. Agréguese la documental fundante (art. 137 CPCC). A lo demás, téngase presente para su oportunidad y de corresponder. Notifíquese por cédula con transcripción del artículo 438 del Cód. Civ y Com (art. 62, inc. 2° del CPCC). A los fines notificatorios líbrese oficio ley 22.172 al Sr. Juez de igual grado y clase con jurisdicción en la localidad de Cohglan, Provincia de Buenos Aires. Autorízase al Defensor actuante y/o a quien éste designe a intervenir en su diligenciamiento. Hágase saber al Oficial Notificador que en el momento de hacer efectiva la diligencia, y de no ser hallado el destinatario en el domicilio denunciado, deberá requerir a quien lo atienda o de los vecinos la confirmación de que es allí donde vive el mismo y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Siendo de imposible implementación el impulso oficioso que prescribe el art. 709 del Código Civil y Comercial, atento la falta de recursos técnicos y humanos del Tribunal, hágase saber que el mismo estará a cargo de los litigantes. Notifiquen los integrantes de esta Secretaría. Notifíquese. Fdo. Dra. Gabriela Suárez (Secretaria) - Dra. Susana María Romero (Jueza). Santa Fe, 15 de marzo de 2019. Agréguese cédula ley y documental acompañada. Conforme lo peticionado y constancias de autos (informe de fs. 29) y lo dispuesto por el art. 597 del C.P.C.C., cítese a Miguel Angel Bustos, DNI Nº 8.490.498 a comparecer en estos autos a estar a derecho en el término y bajo apercibimientos de ley, los que se publicarán 3 veces en el término de 5 días en el BOLETÍN OFICIAL. Notifíquese. Fdo. Dra. Gabriela Suárez (Secretaria) - Dra. Susana María Romero (Jueza). Dra. Luciana Bonnin, Prosecretaria.

S/C 386000 Abr. 15 Abr. 17

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Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Tribunal Colegiado de Familia N° 5, Segunda Secretaria, sito en calle Urquiza 2463 de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “SDNAF (RAMALLO, N.C., M.L. y M.I.) s/Control de legalidad” C.U.I.J. 21-10707009-2, se notifica por edictos a la Sra. Cecilia Guadalupe Contrera - D.N.I 27.414.224, que se ha dictado la siguiente resolución: “Santa Fe, 28 de septiembre de 2018. AUTOS Y VISTOS:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Tener por efectuado el control de legalidad de la medida de protección excepcional, adoptada por Disposición Administrativa Nº 000038, de fecha 10 de Abril de 2018 (cfr. fs. 90195), ratificándose la misma, con el alcance del considerando precedente. 2) Notifíquese la presente a la Sra. Defensora General. Protocolícese, agréguese copia, notifíquese. Oportunamente archívese. Fdo. Dr. Alejandro Azvalinsky, Juez - Dra. Patricia Ebenegger, Secretaria. Santa Fe, Febrero de 2019. Dr. González, Secretario.

S/C 28226 Abr. 15 Abr. 17

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposicion del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2da Nominacion de Rosario y en autos, “BANCO CREDICOOP CL C/ DAUTEL LUIS OSVALDO S/ MEDIDA PREVIO EJECUTIVO” EXPTE 21-02890134-5 se le hace saber que se ha dictado el siguiente decreto: “Rosario 20 de Marzo de 2019: Como lo solicita, fíjese nueva fecha de audiencia a los mismos fines y apercibimientos que la anteriormente fijada para el día 24/04/2019 a las 10:30 hs (reconocimiento de documental). FIRMADO DRA MARIANELA GODOY DRA MONICA KLEBKAR.

$ 33 386799 Abr. 15 Abr. 17

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Por estar así ordenado en el juicio caratulado: PIZARRO, MIGUEL ANEL c/ALMADA, BAUTISTA s/Usucapión (Expte. N° 21-01986872-6) que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Santa Fe se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 29 de Agosto de 2017. Agréguese. Por iniciada demanda ordinaria de usucapión contra Almada, Bautista, a quien si cita y emplaza a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y exhíbanse conforme lo disponen la Ley 11.287 y la Acordada vigente. Asimismo publíquense edictos en el Diario El Litoral por el término de ley. Dése intervención a la Comuna de San Martín de las Escobas y a la Provincia de Santa Fe. Previo a todo trámite precédase a inscribir la anotación de Litis sobre el inmueble que se pretende usucapir, oficiándose al Registro General (art. 1905 CCCC). Asimismo exprese la fecha del inicio de la posesión conforme art. 1905 CCC. Notifíquese. Fdo.: Dra. Piedrabuena (Juez) - Dra. Naveda Marcó (Secretaria). Santa Fe, 23 de Abril de 2018. Dra. Marcó, Secretaria.

$ 33 386028 Abr. 15 Abr. 17

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta Nominación de Rosario y en autos “FORASTIERI ADELA DE LOS M. S/ DECLARATORIA DE HEREDEROS” EXPTE 21-01243090-3 se le hace saber a VICTOR JORGE FLORES que se ha dictado las siguientes Resoluciones y decreto: “N° 20 Rosario 04 de Febrero de 2019: Y VISTOS Y CONSIDERANDO RESUELVO: Regular los honorarios de los Dres. Jose Luis Ceballos y Rodolfo Razzari en proporción de ley en la suma de $521.063,03 equivalente a 198,79 unidades Jus (art. 7 inc. 1 C y 10 de la Ley 6767 y sus modificatorias) hasta tanto la presente quede firme y notificada, luego de los cual se convertirá en deuda dineraria y se le aplicara la tasa activa mensual sumada que publica el Banco de la Nación Argentina. Notifiquese a Caja Forense. Insertese y Hágase saber”. FIRMADO DRA MARIA BELEN BACLINI DR. NESTOR GARCIA. “Rosario 28 de Febrero de 2019: atento lo manifestado y constancias de autos fíjese fecha de audiencia a los fines del articulo 622 del CPCC para el día 16 de Abril de 2019 a las 8:30 horas, bajo apercibimiento de ley. De lo manifestado, hágase saber a los herederos conforme lo dispuesto por el articulo 623 del CPCC. Notifiquese por cédula”. FIRMADO DRA. MARIA BELEN BACLINI.”Rosario 18 de marzo de 2019: Y VISTOS. Y CONSIDERANDO RESUELVO: Aprobar el inventario y avaluó practicado en fecha 29/05/2018 obrante a fs. 11 que se protocolizara conjuntamente con la presente, hallándose su fotocopia certificada por la Actuaria agregada en autos, declarándolo firme y obligatorio para los herederos. Insertese y hágase saber”. FIRMADO DRA BELEN BACLINI DR NESTOR GARCIA.

Rosario 04 de Abril de 2019.

$ 33 386571 Abr. 15 Abr. 17

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Por así estar dispuesto en los autos: RETAMOSO LUIS ANÍBAL s/Quiebra (Expte. N° 21-02007253-6) la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 26 de Marzo de 2019. Autos y Vistos:...; Considerando:... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Retamoso Luis Aníbal, apellido materno Martínez, argentino, D.N.I. N° 6.256.739, CUIL Nro. 20-6256739-3, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en Luis León de los Santos 1121, de la ciudad de San José del Rincón y legal en calle 25 de Mayo 2126 Piso 2 Depto. B, de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se libraran a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C.- 5) Intimar al deudor para que entregue al Sindicó, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q.- 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectué por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 27/03/2019 a las 10.00 hs.- A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 22/05/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 06/06/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 22/07/2019 como fecha hasta la cual Sindico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 03/09/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Unica de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteada Sindica la CPN Lucila mes Prono en la audiencia celebrada en el día de la fecha, desígnasela en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo Dra. Viviana Naveda Marcó - Secretaria - Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, Jueza.

S/C 386033 Abr. 15 Abr. 23

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Por así estar dispuesto en los autos: BARBISAN ANA LAURA s/Quiebra (Expte. N° 21-02003302-6) la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación; Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 26 de Marzo de 2019. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Barbisan Ana Laura, apellido materno Pereyra, argentina, D.N.I. N° 23.427.868, CUIL Nro. 27-23427868-7, mayor de edad, empleada, domiciliado realmente en calle Pasaje 76 Manzana 16 Casa 169 PA Barrio Zaspe de Santo Tome y legal en calle Aristóbulo del Valle 4480 de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de lo bienes al Sindico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 27/03/2019 a las 10.00 hs.- A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Sindico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 22/05/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres Salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 06/06/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 22/07/2019 como fecha hasta la cual Sindico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 03/09/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteada Sindica la CPN Judit Kofman en la audiencia celebrada en el día de la fecha, desígnasela en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo Dra. Viviana Naveda Marcó - Secretaria - Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena - Jueza.

S/C 386030 Abr. 15 Abr. 23

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Por así estar dispuesto en los autos: GUSSELLA RAUL ALBERTO s/Quiebra (Expte. CUIJ N° 21-02006997-7) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 26 de Marzo de 2019. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Gussella Raúl Alberto, argentino, de apellido materno “Pessarello”, D.N.I. N° 11.658.503, CUIL N° 20-11658503-1, mayor de edad, jubilado, con domicilio real en calle Santiago del Estero N° 3036 de la ciudad de Santo Tomé, y legal en calle Monseñor Zaspe N° 2670 de esta ciudad de Santa Fe; 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y. a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 27/03/19 a las 10.00 hs.- A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena: Jueza. Viviana Naveda Marcó: Secretaria. Conste: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 27 de Marzo de 2019 para estos autos, resultó sorteada Sindica la C.P.N. Susana Nieves Del Milagro Martín con domicilio en calle Uruguay Nº 3150 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 386032 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Ira. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados TAVELLA HERBERTO ANGEL s/Quiebra (Expte. CUIJ Nº 21-02907844-5 Año: 2019) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, se ha ordenado: Santa Fe, 1) Declarar la Quiebra de Herberto Angel Tavella, argentino, casado, mayor de edad, jubilado, DNI 7.873.635, con domicilio real en calle Azopardo Nº 7035, constituyendo domicilio legal en calle 1° de Mayo N° 1671, Piso 1, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 4) Ordenar al fallido y a los terceros que tengan bienes de aquél para que los entreguen al Síndico, quien tomará posesión de los mismos. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes del fallido en el término de 30 días. 10) Fijar el día 6 de mayo de 2019 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. Fdo.: Dr. Lizasoain (Juez) - Dr. Tosolini (Secretario). Santa Fe.

S/C 386091 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: LOCADITO, IVAN MAURICIO s/Quiebra (Expte. CUIJ 21-02006966-7), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, Marzo 22 de 2019. ...Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Iván Mauricio Locadito, argentino, mayor de edad, DNI: 25.157.065, empleado, domiciliado realmente en calle Pasaje 165,90 N° 1447 entre Mitre y Dorrego y constituyendo domicilio legal en calle Monseñor Zaspe 2670 ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes de la fallida, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida los entreguen al Síndico. 5- Intimar a la fallida para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir a la fallida la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber a la fallida que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la- Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles de la fallida con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 27.03.19 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 06.05.19 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 12- Señalar el día 21.06.19 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día 19.08.19 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 13- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra la fallida a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 14- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 15.- Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la L.C.Q. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos.- Otro decreto: “Sta. Fe, Marzo 28 de 2019. Habiéndose realizado.....sorteo.....un sindico......bolilla correspondiente a la CPN Gabriela Verónica Trivisonno.....con domicilio en calle Corrientes 3168...Comparezca a aceptar el cargo.......Notifíquese”. Fdo: Dr. Claudio A. Bermúdez (Juez). Dra. Alfonsina Pacor (Secretaria).

S/C 386097 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición del Sr. Juez a cargo de 1ra. Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, en los autos caratulados: CORIA, MARTA GABRIELA s/Solicitud Propia Quiebra, Expte. CUIJ Nº 21-02008227-2, Año 2019, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, ——. 1) Declarar la quiebra de Marta Gabriela Coria, argentina, mayor de edad, empleada, DNI: 31.578.263, domiciliada realmente en Pasaje Chubut 7348 -Santa Fe-. 2) Ordenar al fallido y a terceros entreguen al Síndico en el término de 48 Hs. los bienes de aquél. 3) Intimar al deudor para que dentro del plazo de 24 Hs. entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionadas con su contabilidad. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que serán reputados ineficaces. 5) Disponer que la Sindicatura en el término de 30 días realice el inventario de los bienes del fallido, el cual comprenderá rubros generales. 6) Fijar como fecha hasta la cual se podrán realizar los pedidos de verificación al Síndico, el día 23 de Mayo de 2019. Fdo. Dr. Néstor Tosolini (Secretario) - Dr. José Ignacio Lizasoain (Juez). Santa Fe, de 2019.

S/C 386090 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: OROÑO, MARÍA DE LOS ANGELES s/Quiebra (CUIJ 21-02007250-1), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 20.3.19. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de María de los Angeles Oroño, apellido materno Segovia, argentino, DNI N° 35.956.544, mayor de edad, empleado del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, domiciliado realmente en calle Solis 3557 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Junín 2853 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Sindico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 27/3/19 alas 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por laque se sorteará el Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 6/5/19 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 12 - Fijar el día 20/5/19 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 17/6/19 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 13/8/19 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la Ley Concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro Decreto: Santa Fe, 28/3/19. Habiendo resultado sorteado el síndico Héctor González, con domicilio en calle facundo 25 de Mayo 3407 para intervenir en autos OROÑO, MARÍA DE LOS ANGELES s/Quiebra” (CUIJ 21-02007250-1) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 386101 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: MENDOZA, JUAN CARLOS s/Quiebra (CUIJ 21-02005056-7-), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 20.3.19. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Juan Carlos Mendoza, argentino, DNI N° 32.860.550, mayor de edad, empleado de supermercado Kilgelmann, domiciliado realmente en calle Independencia 3076 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en callé Gobernador Crespo 3350 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Sindico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar ‘interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 27/3/19 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 6/5/19 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 12 - Fijar el día 20/5/19 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 17/6/19 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día 13/8/19 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la Ley Concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro Decreto: Santa Fe, 28/3/19. Habiendo resultado sorteado el síndico Aldo Alfredo Maydana, con domicilio en calle facundo Pasaje M. Quiroga 1458 para intervenir en autos MENDOZA JUAN MARCELO s/Quiebra (CUIJ 21-02005056-7) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).

S/C 386102 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: FERNÁNDEZ, MARÍA EMILIA (CUIJ 21-02007863-1), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 25 de febrero de 2019.- Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1-Declarar la quiebra de María Emilia Fernández, argentino, DNI N° 30.703.360, soltera, mayor de edad, empleado del Ministerio de Seguridad, domiciliado realmente en calle Pavón N° 2685 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Monseñor Zaspe N° 2670 3350 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 27.3.19 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 6.5.19 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 12 - Fijar el día 20.5.19 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 17.6.19 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día 13.8.19 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la Ley Concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Oficiase a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Dra. Maria Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria)- Dr. Claudio Alejandro Bermúdez (Juez). Otro Decreto: Santa Fe, 29 de Marzo de 2019. Habiendo resultado sorteado el síndico Javier Darío Falco para intervenir en autos: Fernández, María Emilia s/Solicitud Propia Quiebra, (CUIJ 21-02007863-1) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Dra. Maria Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria) - Dr. Claudio Alejandro Bermúdez (Juez). Dra. Pacor Alonso, Secretaria.

S/C 386100 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados SEGOVIA, GRACIELA GUADALUPE s/Solicitud Propia Quiebra (Expte. N° 21-02008741-9) se ha declarado la quiebra en fecha 28 de Marzo de 2019 de Segovia Graciela Guadalupe, DNI 14.131.505, mayor de edad, empleada, apellido materno Bouchett, domiciliada realmente en Maipú 1715 PA, y con domicilio ad litem constituido en calle Junín 2883 de la ciudad y provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 10/04/2019 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 14/05/2019. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley Nº 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la Publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Palacios (Juez) - Dr. Gómez (Secretario). Santa Fe, 28 de Marzo de 2019. Dr. Gómez, Secretaria.

S/C 386113 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados MORENO, VICENTE DAVID s/Solicitud propia quiebra (CUIJ: 21-02002780-8) se ha declarado la quiebra en fecha 08/11/2018 de Vicente Hugo Moreno, D.N.I. 35.293.311, mayor de edad, empleado, casado, apellido materno Moreno, domiciliado realmente en calle San Martín 3680 de la ciudad de Santo Tomé, provincia de Santa Fe, y con domicilio ad lítem constituido en calle 25 de Mayo 2589 Piso II, Oficina III de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. Asimismo en la citada resolución, se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Posteriormente, por resolución de fecha 29/03/2019 se estableció que el correcto número de DNI del fallido es 35.293.311 y que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el/día 10/05/2019. Asimismo se fijo como fecha para que la Sindicatura presente el Informe Individual de los créditos para el 25/06/2019 y la del 21/08/2019 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado para que presente el Informe General. Fdo. Dr. Palacios (Juez) - Dr. Gómez (Secretario).

S/C 386108 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: OLIVA, RAÚL ALBERTO s/Solicitud propia quiebra (Expte. Nº 21-02003417-0) se ha ordenado la prórroga de las fechas del proceso concursal, por lo tanto se dispuso nueva fecha para el sorteo de síndico el día 10/04/2019 a las 10 hs. Prorroganse la fechas en la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de crédito al Síndico hasta el día 14/05/2019, fijándose nueva fecha para que la Sindicatura presente el Informe Individual de los créditos para el 25/06/2019 y la del 13/08/2019 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado para que presente el Informe General. Publíquense nuevamente edictos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q) Fdo. Dr. Palacios (Juez) - Dr. Gómez (Secretario).

S/C 386110 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: AGUILERA, FERNANDO MARCELO s/Solicitud propia quiebra (Expte. N° 21-02008504-2) se ha declarado la quiebra en fecha 28 MAR 2019 de Fernando Marcelo Aguilera, DNI 23.738.712, mayor de edad, empleado, apellido materno Verón, domiciliado realmente en Alto Verde, manzana 3, pasaje 2 s/n, y con domicilio ad litem constituido en calle Monseñor Zaspe 2670 de la ciudad y provincia de Santa Fe. Se dispuso el día 10/04/2019 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 14/05/2019. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 L.C.Q.). Fdo.: Dr. Palacios (Juez) - Dr. Gómez (Secretario).

S/C 386109 Abr. 15 Abr. 23

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Por haberse dispuesto en los autos caratulados: TORRES, ALEJANDRA ETEL s/Pedido de quiebra, CUIJ: 21-01987978-7, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la dudad de Santa Fe, se hace saber que, se ha presentado el informe final y proyecto de distribución, regulándose los horarios de los profesionales intervinientes. A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: Santa Fe, 14 de marzo de 2018. ...Proveyendo escrito cargo N° 1952: Agréguese el informe de saldo bancario adjunto. Por presentado informe final y proyecto de distribución. De manifiesto por el término de ley. Precédase a notificar conforme lo establecen los arts. 218 y 219 de la Ley 24522. Notifíquese. Fdo: Dr. Diego Raúl Aldao (Juez).

S/C 386119 Abr. 15 Abr. 16

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos: GARCÍA, MARIELA CECILIA s/Quiebra, (Expte. Nº 1282 AÑO 2011 - CUIJ N° 21-00930270-8), se ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 25 de Julio de 2018.- Autos y Vistos: (...) Considerando: (...) Resuelvo: 1) Declarar la conclusión de la quiebra de Mariela Cecilia García, D.N.I. N° 22.584.856, con los efectos del art. 228 de la Ley 24.522, dándose por concluida la intervención de la Sindicatura. 2) Disponer el cese de las medidas cautelares ordenadas, librándose los oficios pertinentes a los fines de la comunicación y toma de razón, así como de la finalización de este proceso falencial; y, 3) Ordenar la publicación de esta resolución mediante edictos en el Boletín Oficial. Hágase saber, insértese, agréguese. FDO: Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez a/c) Dra. Verónica G. Toloza (Secretaria).

S/C 386134 Abr. 5 Abr. 16

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Por estar así ordenado en los autos caratulados: CASTAGNINO, LILIANA GRACIELA s/Quiebra, C.U.I.J. 21-00028296-8, Año 2014, que se tramitan ante el Juzgado de Ira. Instancia del Distrito. N° 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, y -conforme lo prescripto por el 3° párr. Art. 218 Ley Nº 24.522, se hace saber que el 14 de Febrero de 2019 V.S. ha puesto de manifiesto por el término de ley el Nuevo Proyecto de Distribución efectuado por la Sindicatura que se detalla: I) Créditos Privilegiados: 1) Sindicatura: Honorarios $ 57.984,44, Aportes C.P.C.E. $ 5.798,44 y Gastos $ 5.916,51; 2) Apoderado: Honorarios $ 24.850,47, y Aportas C.F.A.P. $ 3.230,56; y 3) Banco Macro S.A.: Arancel de verificación $ 300.-; y II) Créditos Quirografarios (a cuenta): 1) Banco Macro S.A. $ 35.404,36. Total a Distribuir: $ 133.484,78. Asimismo, se informa que la fallida posee C.U.I.L. N° 27-16880022-9. Santa Fe, 27 de Febrero de 2.019. Dra. Maydana, Secretaria.

S/C 386136 Abr. 15 Abr. 16

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Por estar así ordenado en los autos caratulados: ABBATE, PATRICIA ELENA CONCEPCIÓN s/Solicitud Propia Quiebre, C.U.I.J. 21-01970729-3, Año 2016, que se tramitan ante el Juzgado de Ira. Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, y conforme lo prescripto por el 3° párr. Art. 218 Ley N° 24.522, se hace saber que el 26 de Febrero de 2.019 V.S. ha puesto de manifiesto por el término de ley el Nuevo Proyecto de Distribución efectuado por la Sindicatura que se detalla: I) Créditos Privilegiados: I) Sindicatura: Honorarios $ 57.984,44, Aportes C.P.C.E. $ 5.798,44 y Gastos $ 5.966,51; 2) Apoderado: Honorarios $ 24.850,47, y Aportes C.F.A.P. $ 3.230,56; 3) Asociación Mutual General San Martín: Arancel de verificación $ 606.-; y 4) Nuevo Banco de Santa Fe S.A.: Arancel de verificación $ 606.-; y II) CRÉDITOS QUIROGRAFARIOS (a cuenta): 1)Asociación Mutual General San Martin $ 2.786,83 y 2) Nuevo Banco de Santa Fe S.A. $ 12.656,34. Total a Distribuir: $ 114.485,59. Asimismo, se informa que la fallida posee C.U.I.L. N° 27-13925471-1. Santa Fe, 18 de Marzo de 2019. Dra. Maydana, Secretaria.

S/C 386135 Abr. 15 Abr. 16

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Por disposición del Señora Jueza de la. Instancia de Circuito N° 20 de la ciudad de Calvez, se hace saber que en autos caratulados: RODRÍGUEZ, GABRIEL ATILIO c/FERNANDEZ, MARÍA ISABEL s/Ejecutivo, (Expte. N° 295 Año 2016), se ha resuelto lo siguiente: Gálvez, 19 de Febrero de 2019. Y Vistos:...; Considerando:...: Resuelvo: 1) Regular los honorarios del/os Dr/s. Maximiliano Fenoglio, en la suma de $ 2.621,14 (1 Jus - valor Jus $ 2.621,14). 2) En virtud de lo resuelto por la CSJSF in re Municipalidad de Santa Fe c. Bergagna, Eduardo - Apremio Fiscal- (Expte. 121/10) s/Recurso de inconstitucionalidad (fallo del 01/08/2017), disponer que los estipendios regulados sean cuantificados automáticamente según el valor vigente, de la unidad Jus prevista en el art. 32 de la Ley 6767 (modif. Ley 12.851), a la fecha en que adquirió firmeza dicho auto regulatorio. 3) Estipular que los honorarios así cuantificados devengarán un interés moratorio equivalente a la tasa activa capitalizada que percibe el Nuevo Banco de Santa Fe para las operaciones de descuento de documentos, de conformidad a lo resuelto por la Corte Provincial en autos Pereyra, Mario Simón c/Municipalidad de Rafaela - Recurso Contencioso Administrativo de Plena jurisdicción- s/Incidente de Apremio por Honorarios (Regulación de Honorarios), (fallo CSJSF del 18/12/2018 - Reg AyS t287 p. 452/455). 4) Córrase vista a Caja Forense. Insértese el original, agréguense copia y hágase saber. Fdo.: Dra. Mónica E. Saliva (Secretaria) Dra. Candela Powell (Jueza). En consecuencia, queda la Señora María Isabel Fernández, debidamente notificada del decreto de regulación de honorarios transcripto precedentemente. Gálvez, 25 de Febrero de 2019. Dra. Saliva, Secretaria.

$ 33 386039 Abr. 15 Abr. 17

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 19 de la ciudad de Esperanza (Santa Fe), en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ESPERANZA c/HEMBOLD, ENRIQUE JUAN s/Apremio Municipal - CUIJ 21-22698276-8, se ha ordenado lo siguiente: Esperanza, 23 de Noviembre de 2018. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio, por cobro de la suma de $ 16.144,76 adeudados en concepto de patente única sobre vehículos, con más sus intereses y costas contra Enrique Juan Hembold domiciliado donde se expresa, a quien se cita de remate con la prevención de que si dentro del término de ley no opone excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Líbrese mandamiento de intimación de pago y trábese embargo sobre la unidad denunciada DOMINIO HIS019-05 si fuere propiedad de la parte demandada, por el capital reclamado, con más la suma de $ 6.400.- estimada provisoriamente para intereses y costas. A sus efectos ofíciese al Registro General de la Propiedad Automotor, autorizando al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Resérvese en Secretaria la documental acompañada, agregándose fotocopias a los autos. A lo demás téngase presente. Martes y viernes notificaciones por Secretaria. Notifiquen indistintamente el Oficial de Justicia y/o los empleados Ribba, Zunino y/o Lang. Notifíquese. Fdo: Dra. Gabriela M Torassa, Secretaria. Norberto Alfonso Erni, Juez. Esperanza, 7 de Marzo de 2019. Dra. Torassa, Secretaria.

S/C 386015 Abr. 15 Abr. 17

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 19 de la ciudad de Esperanza (Santa Fe), en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ESPERANZA c/MARADONA, WALDINA ENCARNACIÓN s/Apremio Municipal - CUIJ 21-22698347-0, se ha ordenado lo siguiente: Esperanza, 06 de Diciembre de 2018. Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio, por cobro de la suma de $ 107.254,82 con más sus intereses y costas contra Waldina Encarnación Maradona, domiciliados donde se expresa, a quienes se cita de remate con la prevención de que si dentro del término de ley no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Líbrese mandamiento de intimación de pago y trábese embargo sobre el bien inmueble denunciado, si fuere propiedad del demandado, en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado, con más la suma de $ 43.000 estimada provisoriamente para intereses y costas. A sus efectos ofíciese al Registro General de la Propiedad, autorizando a la nombrada a intervenir en su diligenciamiento. Resérvese en Secretaria la documental acompañada. Notifiquen indistintamente el Oficial de Justicia y/o los empleados Zunino, Lang y/o Monti. Notifíquese. Fdo.: Dra. Gabriela M. Torassa, Secretaria. Norberto Alfonso Erni, Juez. Esperanza, 7 de Marzo de 2019.

S/C 386023 Abr. 15 Abr. 17

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 19 de la ciudad de Esperanza (Santa Fe), en autos caratulados: Municipalidad de Esperanza el JARA, ALEXIS ALBERTO s/Apremio Municipal - CUIJ 21-22698321-7 se ha ordenado lo siguiente: Esperanza, 30 de noviembre de 2018. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por promovida demanda de apremio, por cobro de la suma de $ 9.245,64 adeudados en concepto de patente única sobre vehículos, con más sus intereses y costas contra Alexis Alberto Jara domiciliado donde se expresa, a quien se cita de remate con la prevención de que si dentro del término de ley no oponen excepción legítima, se mandará llevar adelante la ejecución. Líbrese mandamiento de intimación de pago y trábese embargo sobre el automotor denunciado dominio MLX947-04 en cuanto fuere de propiedad del demandado en autos, en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado, con más la de $ 3.700.- estimada provisoriamente para intereses y costas futuros. A sus efectos ofíciese al Registro General de la Propiedad Automotor con las autorizaciones solicitadas. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Notifiquen indistintamente el Oficial de Justicia y/o los empleados Ribba, Zunino y/o Lang. Notifíquese. Fdo.: Dra. Gabriela M. Torassa, Secretaria. Norberto Alfonso Erni, Juez. Esperanza, 7 de Marzo de 2019.

S/C 386016 Abr. 15 Abr. 17

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 19 de la ciudad de Esperanza, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Celestina Espinosa, L.C. 02.955.289 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley, en los autos caratulados: ESPINOSA, CELESTINA s/Sucesorio, Expte. 1285 Año 2018, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales (arts. 592 y 67 mod. Ley 11.287 C.P.C.C. y cumplimentado con lo resuelto en el acuerdo ordinario celebrado el 7-2-1996 acta no 3). Esperanza (Sta Fe), 15 de Marzo de 2019. Dra. Fascendini, Prosecretaria.

$ 45 386025 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de Distrito No 17 de la ciudad de Villa Ocampo (Santa Fe), en los autos caratulados: VETACH, FEDERICO MANUEL s/Sucesorio; (Expte. 42/2010), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, legatarios y acreedores de don Federico Manuel Vetach, L.E. 06.337.010, y en definitiva a todos aquellos que se creyeren con derecho a la herencia del mismo, para que comparezcan a los autos de referencia a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Villa Ocampo, 27 de Noviembre de 2018. Dra. Migueletto, Secretaria.

$ 45 386085 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 24 de la ciudad de San Carlos Centro, en los autos caratulados: FERREYRA, CAROLINA LORENA c/GAMBOA, PABLO ALEJANDRO s/Juicio Sumario, (CUIJ N° 21-25107536-8 - Expte. N° 404/18), se hace saber al Sr. Pablo Alejandro Gamboa (D.N.I. N° 28.922.422), que con fecha 22.03.2019, se lo ha declarado rebelde, en virtud de no haber comparecido a estar a derecho. Fdo.: Marini (Juez) - Fertonani (Secretaria). San Carlos Centro, 28 de Marzo de 2.019.

$ 33 386112 Abr. 15 Abr. 17

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 20 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, Dra. Lilián Teresa Insaurralde, Secretaria a cargo de la Dra. Silvina Daniela Demboryniski; se ha dispuesto publicar el presente edicto cinco veces durante diez días; al efecto de hacer saber que en autos caratulados: DALL’ASTA AIDE DOLI s/Declaratoria de herederos (Expte. N° 498/2018), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de la causante Dall’asta Aide Dolí, DNI N° 0.594.279; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, en las puertas del Juzgado y en un medio gráfico y radial de los de mayor difusión en el ámbito local. San Javier, 20 de Noviembre de 2018. Fdo.: Dra. Lilián Insaurralde (Jueza) Dra. Silvina Demboryniski (Secretaria). Santa Fe, 27 de Marzo de 2019. Dra. Demboryniski, Secretaria.

$ 45 386125 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 20 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, Dra. Lilián Teresa Insaurralde, Secretaría a cargo de la Dra. Silvina Daniela Demboryniski; se ha dispuesto publicar el presente edicto cinco veces durante diez días; al efecto de hacer saber que en autos caratulados: GONZALEZ ROBERTO ANGEL s/Declaratoria de herederos; (Expte. Nº 524/2017), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de la causante González Roberto Angel, M. N° 6.306.156; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, en las puertas del Juzgado y en un medio gráfico y radial de los de mayor difusión en el ámbito local. San Javier, 5 de Noviembre de 2018. Fdo.: Dra. Lilián Insaurralde (Jueza) - Dra. Silvina Demboryniski (Secretaria).

$ 45 386124 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, en autos caratulados: BOXLER, FRANCISCO s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-01990355-6; año 2017), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Francisco Boxler, DNI N° 6.190.032, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. (Fdo.) Dra. Beatriz Forno, Jueza; Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria. Santa Fe, 19 de Marzo de 2019.

$ 45 386037 Abr. 15

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Por disposición de la Oficina de trámites sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial de la Primera nominación de la ciudad de Santa Fe) en los autos caratulados: ABBONDANZA, ANGEL MARIO s/Sucesorio, (CUIJ 21-02007500 -4, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y/o acreedores del causante: Angel Mario Abbondanza, DNI N° 11.263.100, de apellido materno Buccolieri, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL - Fdo.: Dra. Estela López Bustos, Secretaria. Santa Fe, 22 de Marzo del año 2.019.

$ 45 386062 Abr. 15

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Por estar así dispuesto en los autos caratulados Cabrera, Graciela Margarita s/Sucesorio; CUIJ 21-02007336-2, que tramitan por ante la Oficina de Procesos Sucesorios y con intervención del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante Cabrera, Graciela Margarita Doc. Tdent. 18.340.809, fallecida el día 07/09/2013, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de Ley, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Transparente del Palacio de Tribunales. Santa Fe, 19 de Marzo de 2019. Dr. Beltramo, Secretario.

$ 45 386099 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Santa Fe, en autos caratulados: ELORZA, JORGE CARLOS s/Declaratoria de herederos, CUIJ N° 21-02007364-8 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Jorge Carlos Elorza, D.N.I. N° 12.437.937 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. El decreto respectivo dice en su parte pertinente: Santa Fe, 21 de Febrero de 2019. Estando acreditado el fallecimiento de Juan Carlos Elorza con la partida de defunción acompañada, declárase abierta su declaratoria de herederos. Publíquense los edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y exhíbanse en el hall de Tribunales. Notifíquese. Dr. Hugo Raúl Beltramo, Secretario. Santa Fe, 27 de Marzo de 2019.

$ 45 386001 Abr. 15

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados BERTONE, CARLOS DANTE Y PETROSINO, SARA MARÍA VIRGINIA s/Declaratoria de herederos, Expte. Nro. 21-01998884-5, año 2018, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Carlos Dante Bertone, DNI: 14.337.261 y Sara María Virginia Petrosino, DNI (f) 6.090.955, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de conformidad con Ley 11.287 -acuerdo ordinario del 7/2/96, Acta N° 3. Santa Fe, 27 de Marzo de 2019. Dr. Silvestrini, Secretario.

$ 45 386078 Abr. 15

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Por disposición de la Oficina de Tramites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: ROSEMBERG, SAÚL VÍCTOR s/Declaratoria de herederos, Expte. CUIJ N° 21-02000550-2, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Saúl Víctor Rosemberg, DNI N° 06.255.504, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 20 de Febrero de 2019. Fdo.: Dra. Estela Cristina López Bustos - Secretaria. Dra. Beltramo, Secretario.

$ 45 386088 Abr. 15

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Por disposición de la Oficina de Tramites Sucesorios (Juzgado de primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación) en autos caratulados: SAURÍN, LUCRECIA ROSALÍA s/Sucesorio; (CUIJ 21-02008086-5) se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios que se consideren con algún derecho sobre los bienes de la Sucesión de doña Saurín, Lucrecia Rosalía, DNI: F 4.474.857 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dr. Hugo R. Beltramo (Secretario). Santa Fe, 29 de Marzo de 2019.

$ 45 386116 Abr. 15

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 Civil y Comercial de la Décima Nominación de esta ciudad, oficina de procesos sucesorios, en los autos caratulados: PERRIN TURENNE CARLOS ANTONIO s/Sucesorio, 21-02007765-1, se cita, llama y emplaza por el término y bajo apercibimientos de ley, a quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia de la causante: Perrin Turenne Carlos Antonio - en vida - DNI/LE Nº 6256465. Dr. Hugo Raúl Beltramo (Secretario). Santa Fe, 29 de Marzo de 2019. Dra. Bustos, Secretaria.

$ 45 386131 Abr. 15

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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta Nominación de Santa Fe) en autos caratulados NOVERO, ISOLDA MARÍA y Otros s/Sucesorio; (CUIJ 21-020075265-9) que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Santa Fe, el Señor Juez ha ordenado lo siguiente: citar, llamar y emplazar a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por los causantes Isolda María Novero, DNI F 3.340.112 y Salvador Rogelio Perren, DNI 6.198.588, para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a los efectos de ley. Fdo. Dra. Estela López Bustos (Secretaria). Santa Fe, 20 de Marzo de 2019.

$ 45 386031 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5ta. Nominación de Santa Fe) en autos caratulados FITZ MAURICE, ELVA ZUNILDA s/Sucesorio; (CUIJ 21-02007526-8) que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 5ta Nominación de Santa Fe, el Señor Juez ha ordenado lo siguiente: citar, llamar y emplazar a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia dejados por tal causante Elva Zunilda Fitz Maurice, DNI 12.147.759, para que comparezcan a hacer valer sus derechos. lo que se publica a los efectos de ley. Fdo. Dr. Hugo Beltramo (Secretario). Santa Fe, 21 de Marzo de 2019. Dr. Beltramo, Secretario.

$ 45 386029 Abr. 15 Abr. 23

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de la ciudad de Santa Fe en autos caratulados: GARCÍA, MARTA ISABEL c/DE ANGELO, JOSÉ s/Demanda Ordinaria por Usucapión, Expte N° 482 Año 2012 se dictado lo siguiente: Santa Fe, 03 de Diciembre de 2018. Agréguese. Declárese rebelde al demandado. Notifíquese. Firmado: Dr. Claudio Bermúdez (Juez). Dra. Ma. Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria).

$ 45 386060 Abr. 15 Abr. 17

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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: PIN, CARLOS ALBERTO RAMÓN s/Sucesorio - CUIJ 21-02001901-5, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Carlos Alberto Ramón Pin, argentino, soltero, D.N.I. 8.500.040, nacido el 08/02/1947, apellido materno Techiolli, fallecido en Centeno (Sta. Fe) el día 29/12/2017, con último domicilio en Centeno (Sta. Fe), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y se exhiben en el Hall de Tribunales. Fdo. Dra. Estela Cristina López Bustos (Secretaria). Santa Fe, 25 de Marzo de 2019.

$ 45 386130 Abr. 15 Abr. 23

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito N° 11 con asiento en la ciudad de San Jorge (Pcia. de Santa Fe), en los autos caratulados: CARUSO, EDUARDO RAÚL s/Sucesorio; (Expte. N° 24 - Año 2019) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Eduardo Raúl Caruso, DNI N° 10.171.740, domiciliado en calle Plumerillo Nº 2017 de la localidad de San Jorge (Pcia. Santa Fe), fallecido en San Jorge (Santa Fe) el día 08 de octubre de 2.018, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL. San Jorge, 26 de Marzo de 2019. Dra. Alberto, Prosecretaria.

$ 45 386044 Abr. 15 Abr. 23

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SAN CRISTOBAL

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Circuito N° 10 en lo Civil, Comercial y de Faltas sito en Avda. de Los Trabajadores Ferroviarios N° 1233 de ésta ciudad de San Cristóbal Departamento homónimo, de la Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados como- MUNICIPALIDAD DE SAN CRISTÓBAL c/LEDA ISABEL GAITAN y Otros s/Apremio Municipal - Expte. C.U.I.J. N° 21-22866779-7 año 2019, que se tramitan por ante éste Juzgado, se ha ordenado lo siguiente: San Cristóbal, 05 de Febrero de 2019. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder general acompañado, que en fotocopias se agrega a autos, previa certificación por la actuaría, devolviéndose el original al interesado. Acuérdasele la participación de ley. Por promovido juicio de apremio contra Leda Isabel Gaitan, con domicilio en calle Ituzaingó N° 416 de ésta ciudad, y/o contra quien resulte propietario del inmueble que identifica en el pto. III) HECHOS del escrito de demanda y/o contra el responsable del pago de la liquidación acompañada, por cobro de la suma de pesos trece mil ochocientos setenta y nueve con setenta y siete centavos ($ 13.879,77) en concepto de tasa general de inmuebles urbanos, con más intereses y costas. Cítese y emplácese al accionado para que dentro de los 8 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Agréguese la documental acompañada. Téngase presente la prueba ofrecida. Requiérase la información que solicita, oficiándose a tales efectos, autorizando al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Autorizase la notificación en la forma peticionada. Notifiquen: Rossi y/o la oficial notificadora. Notifíquese. Fdo.: Dra. Claudia M. Giampietri - Secretaria. Dr. Germán Ariel Vivas - Juez. San Cristóbal, 14 de marzo de 2019.

S/C 385866 Abr. 15 Abr. 17

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Por estar así dispuesto en estos autos caratulados: Expte. Nº 112/1988 DAVICINO, DOMINGA s/Sucesorio y sus acumulados Expte. N° 1097/07 BRUNA, ESTEBAN EDUARDO s/Declaratoria de heredaros y Expte. N° 1098/07 Bruna, José Rafael s/Declaratoria de herederos que tramitan por ante este Juzgado de Distrito Nº 10 de 1ra. Inst. en lo Civil, Comercial y Laboral de San Cristóbal, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Esteban Eduardo Bruna, Doc. Ident. N. N° 6.283.016, fallecido en la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos, Pcia. Santa. Fe, anotado Tomo III, Acta 645, Año 1998, en fecha 03 de Septiembre de 1998, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica, a sus efectos, en el BOLETIN OFICIAL y en sede judicial. San Cristóbal, Prov. Santa Fe. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.

$ 45 385863 Abr. 15 Abr. 23

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Por estar así dispuesto en estos autos: Expte. Nº 112/1988 DAVICINO, DOMINGA s/Sucesorio y sus acumulados: Expte. N° 1097/07 BRUNA, ESTEBAN EDUARDO s/Declaratoria de heredaros y Expte. N° 1098/07 Bruna, José Rafael s/Declaratoria de herederos, que tramitan por ante este Juzgado de Distrito Nº 10 de 1ra. Inst. en lo Civil, Comercial y Laboral de San Cristóbal, Departamento San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don José Rafael Bruna, Doc. Ident. Nº Doc. Ident. N. N° 6.287.003, fallecido en la localidad de Humberto 1°, Departamento Castellanos, Pcia. Santa. Fe, anotado Tomo 2, Acta 48, Año 2007, en fecha 07 de Noviembre de 2007, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica, a sus efectos, en el BOLETIN OFICIAL y en sede judicial. San Cristóbal, 6 de Mayo de 2019. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.

$ 45 385864 Abr. 15 Abr. 23

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 13, Civil, Comercial y Laboral - Segunda Nominación - de la ciudad de Vera (SF), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de Carina Gladis Niemis, DNI 21.987.911, en autos: NIEMIS CARINA GLADIS s/Declaratoria de herederos (Expte. 635/2018), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado. Vera, 20 de Marzo de 2019. Dra. Deiber de Fabbro, Secretaria.

$ 45 386103 Abr. 15

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 4, en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados: FERNANDEZ DARÍO ALCIDES s/Quiebra; Expte. Nº 363/2017 en fecha 21 de Febrero de 2019, la Sra. Sindica María Dolores Barissi, ha presentado informe final y proyecto de distribución. Como recaudo se transcribe el decreto que así lo ordena: Reconquista, 12 de Marzo de 2019 Venidos los autos y proveyendo Cargo 754/2019: Téngase presente el informe final y proyecto de distribución. De manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos por el término de ley conforme lo normado en el art. 218 LCQ. Notifíquese. Fdo.: Dr. Juan Manuel Astesiano, Secretario. Dr. José María Zarza, Juez. Reconquista, 19 de Marzo de 2019.

S/C 386075 Abr. 15 Abr. 23

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Por estar así ordenado en los autos caratulados: Expte. Nº 86/2018 UNIÓN AGRÍCOLA DE AVELLANEDA COOP. LTDA c/ARANDA CRISTHIAN LEONEL s/J. Ordinario, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito número cuatro en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de la ciudad de Reconquista (Santa Fe), se lo notifica de los decretos de fecha 19/10/2018 y 27/12/2018 al Sr. Aranda Cristhian Leonel D.N.I. 28.212.690. Reconquista, 19 de Octubre de 2018. Agréguese el oficio y cédula acompañados. Atento a las constancias de autos y los apercibimientos oportunamente decretados, declárese rebelde al demandado Aranda Cristhian Leonel. Notifíquese. Fdo. Dra. Margarita A. Cismondi, Juez. Dra. María Martina Ballario, Secretaria. Otro Decreto: Reconquista, 27 de Diciembre de 2018 Agréguese la cédula acompañada. Atento a lo manifestado, notifíquese por Edictos (art.73 del CPCC). Notifíquese. Fdo. Dra. Margarita A. Cismondi, Juez. Dra. María Martina Ballario, Secretaria. Reconquista, 20 de Marzo de 2019. Dra. Ballario, Secretaria.

$ 52,50 386027 Abr. 15 Abr. 17

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