picture_as_pdf 2019-02-25

CÁMARA DE APELACIÓN


Por disposición de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Sala IV de Rosario, dentro de los autos caratulados “FATTORE ELSA ANA c/KOCIS PEDRO y Otros s/Prescripción Adquisitiva” CUIJ: 21-01121116-7 (366/2017) se hace saber que se ha dictado lo siguiente: “Acuerdo Nro. 364. Rosario, 04 de Diciembre de 2018... la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario. Resuelve: I) Rechazar los recursos de apelación y nulidad deducidos por la parte demandada a fs. 673, contra la Sentencia N° 1786, de fecha 03.08.2017, obrante a fs. 669 y ss., imponiendo las costas a la actora. II) Los honorarios por los trabajos desplegados en la Alzada se fijan en el 50% de los que correspondan por las tareas cumplidas en primera instancia. III) Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo. Dres Bentolila - Rodil - Baracat (Ar. 26 LOPJ) - (Vocales) - Dra. Gervasoni (Secretaria Subrogante). Rosario, 12 de Febrero de 2019. Dra. Gervasoni, Secretaria Subr.

$ 33 381437 Feb. 25 Feb. 27

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JUZGADO LABORAL


Por disposición del Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Laboral de la 3ra. Nominación de Rosario (SF), Dra. María Silvia Albertti, se hace saber que en los autos caratulados: CARDENAS JUAN AGUSTIN c/SERRA LAVALLEN JOSE y Otros s/Cobro de pesos” - Expte. N° 389/07, se cita a los herederos del Sr. José Serra Lavallen, DNI. 6.028.007, a los fines que comparezcan a estar a derecho en la causa expresada. Rosario, 12 de Febrero de 2.018. Fdo. Dra. María Silvia Albertti (Juez) - Dra. Valeria Soledad Barone (Secretaria).

S/C 381471 Feb. 25 Feb. 27

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Señora Jueza del Tribunal Colegiado de Familia Nro. 7, Dra. Valeria Vittori, Secretaría a cargo de la Dra. Silvina López Pereyra, en los autos caratulados “TALAVERA, GABRIELA Y OTROS c/BEARZOTTI, MARÍA GABRIELA-Sucesión- s/Adopción” CUIJ: 21-02898612-9 se ha dispuesto notificar por edictos a Gabriela Talavera, a Melissa Bearzotti y a los posibles sucesores de María Gabriela Bearzotti, los siguiente decretos: “Rosario, 08 de Octubre de 2018. Atento a que, en estos obrados no se dio trámite por no ser la presentante de la demanda elorganismo administrativo quien debería efectuarlo. De conformidad al comparendo de la DPPDNAF de fs. 67, lo actuado en la audiencia n° 39 de fecha 02 de octubre de 2018, el escrito cargo n° 24189/2018 de fecha 05 de octubre de 2018, y en virtud de lo dispuesto por los art. 594, 595 y 616 del CC y CN se provee: Juez de trámite: Dra. Valeria Vittori. Dése intervención al Sr. Defensor General. Cítese y emplácese a los posibles sucesores de María Gabriela Bearzzotti, D.N.I. N° 14.494.418, para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETÍN OFICIAL. El término vencerá cinco días después de la última publicación. La citación se hace bajo apercibimientos de rebeldía (art. 73 del CPCSF). Cúmplase con la ley 11.287. Ofíciese al Registro, de Procesos Universales a fin de que informe si existe declaratoria de herederos y/o sucesión iniciadas del causante. Asimismo, ofíciese nuevamente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n° 3 de Oberá, perteneciente a la 2da. Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones, a los fines de que remita copia certificada del expediente “Talavera, Eduardo Elíseo y otro s/guarda con fines de adopción” - Expte. N° 2319/2009, tal como fuese ordenado en los autos conexos CUIJ 21-11304515-6. Fdo: Dra. Valeria Vittori, Jueza, Dra. María Florencia Martínez Belli, Secretaria en Suplencia”. Otro Decreto: “Rosario, 4 de Febrero de 2019. Advirtiendo que, por un error involuntario se publicó en forma incorrecta los edictos ordenados en autos, publíquese nuevamente en debida forma a los fines de cumplimentar lo dispuesto mediante proveído de fecha 08 de octubre de 2018. Asimismo, publíquese el mismo consignando debidamente el apellido de la causante, siendo este “Bearzotti” y no “Bearzzotti” como erróneamente se proveyó en el decreto antes mencionado. Fdo.: “Dra. Silvina López Pereyra, Secretaria; Dra. Valeria Viviana Vittori, Jueza

S/C 380598 Feb. 25 Feb. 27

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Ricardo Arnoldo Pérez (D.N.I. 5.497.382) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: PEREZ, RICARDO ARNOLDO s/Declaratoria de Herederos; (CUIJ Nº 21-02906952-9). Rosario, 4 de Diciembre de 2018. Dra. María Verónica Lara, Secretaria de la Oficina de Procesos Sucesorios.

$ 45 377867 Dic. 17

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), dentro de los autos caratulados: YUNEZ, RUBI ALBA s/Declaratoria de herederos” Expte 21-02901620-5, llama a los herederos, acreedores o legatarios de Yunez Rubi Alba (DNI 02.767.556) para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Por un día para que dentro de los 30 días siguientes se presenten en autos quien pretenda invocar derecho alguno y bajo los apercibimientos de ley. Rosario.

$ 45 374773 Feb. 25

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), dentro de los autos caratulados: CORZANI RINO s/Sucesorio; Expte. 21-02903617-6, llama a los herederos, acreedores o legatarios de Corzani Rino (DNI 05.992.285) para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Por un día para que dentro de los 30 días siguientes se presenten en autos quien pretenda invocar derecho alguno y bajo los apercibimientos de ley. Rosario. Dr. Menossi, Secretario.

$ 45 375401 Feb. 25

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<>Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados “ORTIZ Y ORTEGA S.A. c/DANNIBALLE CLAUDIA MARCELA y Otros s/Cobro de pesos”, Expte. N° 21-00759253-9; se ha dispuesto lo siguiente: “Nº 3161. Rosario, 30 Octubre de 2018. Y VISTOS... Y CONSIDERANDO... FALLO: I) Haciendo lugar a la demanda incoada, y en consecuencia, condenando a la demandada a abonar a la actora, dentro del término de cinco días la suma reclamada, con más un interés equivalente a la tasa activa sumada del Banco Nación para sus operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde la fecha de la mora y hasta el efectivo pago. II) Imponiendo las costas al vencido. III) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Sauan (Secretaria) - Dra. Mondelli (Juez). Dra. Elvira Sauan, Secretaria. Rosario, 14 de Febrero de 2019.

$ 33 381491 Feb. 25 Feb. 27

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nom. de Rosario, dentro de los autos caratulados “VERA, VANESA JORGELINA c/CANDÍA, MARÍA ISABEL y Otros s/Usucapión”, Expte. N° 21-00762097-4 (868/2012) ; se han dispuesto los siguientes decretos: En fs. 500, “Rosario, 25 de Junio de 2018: Nº habiendo comparecido los herederos de Emilio Ricardo Juan Benegas a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificados y vencido el término para hacerlo, decláraselos rebelde. Para sorteo de Curador que tendrá la doble función de curador ad-hoc de la herencia y de defensor de los herederos rebeldes, desígnese fecha de audiencia para el día 06 de agosto de 2018 a las 10 hs. Notifíquese por cédula y por edictos por el término de ley. Fdo. Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria) Dra. María A. Mondelli (Jueza)“, en fs. 512, “Rosario, 13 de Agosto de 2018: Por notificado. Desígnese nueva fecha para sorteo de Curador conforme los términos ordenados mediante decreto de fecha 25/06/18, fs. 500, para el día 02 de octubre de 2018 a las 10 horas. Notifíquese conforme lo ordenado en la referida providencia. Fdo. Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria) - Dra. María A. Mondelli (Jueza), en fs. 519, “Rosario, 08 de Octubre de 2018: Desígnese nueva fecha para sorteo de Curador que tendrá la doble función de curador ad-hoc de la herencia y de defensor de los herederos rebeldes, para el día 03 de diciembre de 2018 a las 10hs. Notifíquese por cédula y por edictos por el término de ley. Fdo. Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria) Dra. María A. Mondelli (Jueza) y en fs. 526. “Rosario, 10 de Diciembre de 2018: Desígnese nueva fecha para sorteo de Curador que tendrá la doble función de curador ad-hoc de la herencia y de defensor de los herederos rebeldes, para el día 19 de mayo de 2019 a las 10hs. Notifíquese por cédula y por edictos por el término de ley. Fdo. Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria) Dra. María A. Mondelli (Jueza). Rosario, 14 de Febrero de 2019. Dra. Sauan, Secretaria.

$ 52,50 381492 Feb. 25 Feb. 27

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En los autos: “API c/INDUPOR S.A. y Otros s/Ejecución Fiscal”, CUIJ 21-02861013-8 que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. María A. Mondelli, Secretaría de la Dra. Elvira S. Sauan, se ha dispuesto lo siguiente: “Rosario, 27 de Junio de 2016. Tomo: 103 Folio: 369 Resolución: 1785. Y VISTOS: Lo peticionado y constancias de autos, RESUELVO: Por presentada, con domicilio legal constituido y en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado el cual deberá ser certificado. Por iniciada la demanda de Apremio. Cítese de remate a la demandada para que en el término perentorio de 10 días oponga excepción legítima, bajo apercibimientos de ley. Trábese embargo por la suma de $ 371.686,63 por capital más la suma de $111.505,99 para intereses y costas provisorias. Martes y Viernes para Notificaciones en la Oficina. Al punto 4), desígnese Notificadores AD-HOC a la Dra. Lorena Brica y/o Martín Gonella, quienes deberán aceptar el cargo cualquier día y hora hábil de audiencia. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. María A. Mondelli (Juez), Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria); Agréguese la cédula acompañada. Atento las constancias de autos, notifíquese por edictos como lo solicita. Fdo. Dra. María A. Mondelli (Juez), Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria). Rosario, 27 de Diciembre de 2018.

S/C 381580 Feb. 25 Feb. 27

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Juzgado de 1ra. Inst. Civil y Comercial 9na. Nominación de Rosario. “Rosario, 17 de Diciembre de 2018. Por presentadas, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado, a mérito del poder que acompaña. Por iniciada acción de nulidad de cosa juzgada írrita de los autos: PÉREZ, RICARDO GUSTAVO c/FANUCCI, JUAN y Otros s/Escrituración” CUIJ N° 21-02841879-2 y su conexo “PÉREZ, RICARDO GUSTAVO c/FANUCCI, JUAN y Otros s/Ejecución de sentencias” CUIJ N° 21-02897365-6 contra 1) Ricardo Gustavo Pérez, 2) María Saveria de Bonis, Juan Carlos Ferletta y Ana María Lucía Ferletta, en su carácter de herederos de Atilio Ferletta, y contra 3) Silvia Fanuchi, en su carácter de heredera de Juan Fanuchi, por la suma de $ 600.000.- más costas, el que tramitará por el procedimiento de juicio ordinario. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar derecho dentro del término de 3 días bajo los apercibimientos de ser declarados rebeldes y de continuar el juicio sin su representación. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si el mismo vive allí; y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada la información obtenida. En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Ofíciese al Registro de Procesos Universales para que informe si existe juicio sucesorio abierto a nombre de los causantes Atilio Ferletta y Juan Fanuchi. Sin perjuicio de ello, acompañe copia certificada de sus declaratorias de herederos en caso de obrar en su poder. Bajo la fianza ofrecida que deberá extenderse acreditando suficiente solvencia ante la Secretaria en debida forma, anótese como litigioso el inmueble objeto de la presente demanda. Ofíciese al registro correspondiente. En cuanto a la medida de no innovar, precédase a dejar constancia del inicio de las presentes actuaciones en los autos conexos, previa constitución de fianza. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5/12/17 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Portante, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la Ley 12851. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Por presentada declaración jurada de pobreza (Ley 13.615) por parte de Fabiana Sandra Rivero (DNI 21.531.668). Téngase presente que actuará con los beneficios y en los términos de los arts. 333 y 335 del CPCC. Atento lo peticionado al punto XV), dése intervención a la Justicia Penal a los fines solicitados. Advirtiéndose que algunas de las constancias de certificación de copias emitidas por la Escribana Diana Ragni carecen de su firma, acompañe documental debidamente certificada. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web httD://iurixonlinp.iu5ticiasantafe.gov.ar:7782/GE INTERNET/faces/internet/Inicio.jsp, con la clave: 6776. Fdo.: Dr. Gabriel Oscar Abad (Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9a Nominación de Rosario) - Dra. Verónica A. Accinelli (Secretaria Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario). Rosario, 20 de Diciembre de 2018. Dra. Accinelli, Secretaria.

S/C 381443 Feb. 25 Feb. 27

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Autos: “BRUNETTI, JUAN CARLOS c/PÉREZ, RICARDO GUSTAVO y OTROS s/NULIDAD COSA JUZGADA ÍRRITA” - CUIJ: 21-02909166-5 - Juzgado: 1ra. Inst. Civil y Comercial 9na. Nom. Rosario, 17 de Diciembre de 2018. Por presentadas, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado, a mérito del poder que acompaña. Por iniciada acción de nulidad de cosa juzgada írrita de los autos “PÉREZ, RICARDO GUSTAVO c/FANUCCI, JUAN y Otros s/Escrituración” CUIJ N° 21-02841879-2 y su conexo “PÉREZ, RICARDO GUSTAVO c/FANUCCI, JUAN y Otros s/Ejecución de sentencias” CUIJ N° 21-02897365-6 contra 1) Ricardo Gustavo Pérez, 2) María Saveria de Bonis, Juan Carlos Ferletta y Ana María Lucía Ferletta, en su carácter de herederos de Atilio Ferletta, y contra 3) Silvia Fanuchi, en su carácter de heredera de Juan Fanuchi, por la suma de $300.000.- más costas, el que tramitará por el procedimiento de juicio ordinario. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar derecho dentro del término de 3 días bajo los apercibimientos de ser declarados rebeldes y de continuar el juicio sin su representación. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si el mismo vive allí; y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada la información obtenida. En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Ofíciese al Registro de Procesos Universales para que informe si existe juicio sucesorio abierto a nombre de los causantes Atilio Ferletta y Juan Fanuchi. Sin perjuicio de ello, acompañe copia certificada de sus declaratorias de herederos en caso de obrar en su poder. Bajo la fianza ofrecida que deberá extenderse acreditando suficiente solvencia ante la Secretaria en debida forma, anótese como litigioso el inmueble objeto de la presente demanda. Ofíciese al registro correspondiente: En cuanto a la medida de no innovar, precédase a dejar constancia del inicio de las presentes actuaciones en los autos conexos, previa constitución de fianza. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5/12/17 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la Ley 12851. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Por presentada declaración jurada de pobreza (Ley 13.615) por parte de Juan Carlos Brunetti (DNI 6.063.083). Téngase presente que actuará con los beneficios y en los términos de los arts. 333 y 335 del CPCC. Atento lo peticionado al punto XV), dése intervención a la Justicia Penal a los fines solicitados. Acompañe la documental que menciona al punto XIX. 1) última parte. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web htto://iurixonline.justiciasantafe.gov.ar:7782/GE INTERNET/faces/internet/Inicio.jsp, con la clave: 4273. Fdo.: Dr. GABRIEL OSCAR ABAD (Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9a Nominación de Rosario) - Dra. VERÓNICA A. ACCINELLI (Secretaria Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario. Rosario, 20 de Diciembre de 2018. Dra. Accinelli, Secretaria.

S/C 381440 Feb. 25 Feb. 27

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Autos: “CANUTO, LUIS ORLANDO c/PEREZ, RICARDO GUSTAVO y Otros s/NULIDAD COSA JUZGADA IRRITA” - CUIJ: 21-02909169-9 Juzgado: 1ra. Inst. Civil y Comercial 9na. Nom. Rosarios, 17 de diciembre de 2018. Por presentadas, con domicilio procesal admitido, en el carácter invocado, a mérito del poder que acompaña. Por iniciada acción de nulidad de cosa juzgada írrita de los autos “PÉREZ, RICARDO GUSTAVO c/FANUCCI, JUAN y Otros s/Escrituración” CUIJ Nº 21- 02841879-2 y su conexo “PÉREZ, RICARDO GUSTAVO C/ FANUCCI, JUAN Y OTROS s/Ejecución de sentencias” CUIJ N° 21-02897365-6 contra 1) Ricardo Gustavo Pérez, 2) María Saveria de Bonis, Juan Carlos Ferletta y Ana María Lucía Ferletta, en su carácter de herederos de Afilio Ferletta, y contra 3) Silvia Fanuchi, en su carácter de heredera de Juan Fanuchi, por la suma de $500.000.- más costas, el que tramitará por el procedimiento de juicio ordinario. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar derecho dentro del término de 3 días bajo los apercibimientos de ser declarados rebeldes y de continuar el juicio sin su representación. De no ser hallado el requerido en el domicilio denunciado, el notificador deberá solicitar de quien lo atienda o vecinos si el mismo vive allí; y sólo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada la información obtenida. En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Ofíciese al Registro de Procesos Universales para que informe si existe juicio sucesorio abierto a nombre de los causantes Atilio Ferletta y Juan Fanuchi. Sin perjuicio de ello, acompañe copia certificada de sus declaratorias de herederos en caso de obrar en su poder. Bajo la fianza ofrecida que deberá extenderse acreditando suficiente solvencia ante la Secretaria en debida forma, anótese como litigioso el inmueble objeto de la presente demanda. Ofíciese al registro correspondiente. En cuanto a la medida de no innovar, precédase a dejar constancia del inicio de las presentes actuaciones en los autos conexos, previa constitución de fianza. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5/12/17 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la Ley 12851. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Por presentada declaración jurada de pobreza (Ley 13.615) por parte de Luis Edgardo Canuto (DNI 10.875.046). Téngase presente que actuará con los beneficios y en los términos de los arts. 333 y 335 del CPCC. Atento lo peticionado al punto XV), dése intervención a la Justicia Penal a los fines solicitados. Acompañe la documental que menciona al punto XIX. 1) última parte. Se informa a las partes que el presente expediente puede ser consultado en la web http://iurixonline.justiciasantafe.gov.ar:7782/GE INTERNET/faces/internet/Inicio.jsp, con la clave: 3795. Fdo.: Gabriel Óscar Abad (Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9a Nominación de Rosario) - Dra. Verónica A. Accinelli (Secretaria Juzgado de Primera Instancia de

Distrito en lo Civil y Comercial de la 9a Nominación de Rosario). Rosario, 20 de Diciembre de 2018. Dra. Accinelli, Secretaria.

S/C 381438 Feb. 25 Feb. 27

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, se hace saber que en autos: LICATTA, LIDIA LIBERTAD c/LICATTA, MIRTA ALICIA y Otros s/DIVISIÓN DE CONDOMINIO (Expte: CUU: 21-01479677-8), se ha decretado lo siguiente: Rosario, 04 de Febrero de 2019. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebeldes a los herederos del demandado. Notifíquese por edictos. Fecho; se nombrará Defensor de Oficio.- Fdo. Dr. Fabián D.E. Bellizia (Juez) - Dra. Agustina Filippini (Secretaria). Rosario, 13 de Febrero de 2019. Dra. Agustina Filippini, Secretaria.

$ 33 381435 Feb. 25 Feb. 27

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En los autos caratulados: “MUTUAL AGINCO c/NEUMACAR SA y Otros s/Juicio Ejecutivo” Expte. N° 21-02866342-8”, que tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 4ta. Nominación de Rosario; a cargo de la Dra. Cicuto, Secretaría de la Dra. Jaime, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 29 de septiembre de 2017. Al putno 2) del petitorio, previamente acredite la notificación del Auto Nº 2935/16 a la co demandada Neumacar S.A. por intermedio del Sr. Oficial de Justicia, haciéndosele saber al mismo que deberá recabar información acerca de si la demandada tiene su domicilio en calle Santa Fe 253 de San Jorge, librándose el despacho correspondiente. Informando verbalmente la Actuaría en este acto que los co demandados Sres. Guillermo Albertengo y Ricardo Andrés Albertengo no han comparecido a estar a derecho, no obstante estar debidamente notificados, así como que no existen escritos pendientes de agregación, decláreselos rebeldes y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Firmado: Dra. Cicuto (Juez) - Dra. Jaime (Secretaria). Otro Decreto: Rosario, 21 de Agosto de 2018. Téngase presente lo manifestado. En relación a la notificación por edictos de la codemandada NEUMACAR SA, estese al proveído de fecha 02 de mayo de 2018. En relación al codemandado Guillermo Albertengo, notifíquese por edictos, conforme peticiona. En relación al codemandado Ricardo Albertengo, cítese de remate al mismo con la prevención de que si dentro del término improrrogable de 3 días no opone excepción legítima se llevará adelante la ejecución. Firmado: Dra. Cicuto (Juez) - Dra. Jaime (Secretaria).

$ 52,50 381582 Feb. 25 Feb. 27

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Por disposición de la Sra. Jueza de Distrito Civ. y Com. de la 17ma. Nom. de Rosario, Maria Silvia Beduino, se hace saber que en autos: RAMÍREZ, ADRIÁN CASIO c/GENTILI, RAMIRO CARLOS s/Ejecución Hipotecaria, CUIJ Nº 21-02893989-9, se ha dispuesto, lo siguiente: “Rosario, 05 de Febrero de 2019. Agréguense las constancias acompañadas. Atento lo solicitado y lo dispuesto por el art. 511 CPCC y resultando del informé del Registro General que consta anotado a nombre de la parte demandada e inscripta también la hipoteca que se ejecuta, cítese al deudor y terceros adquirentes si los hubiere, a sus sucesores o administrador provisorio de la herencia o al representante legítimo en caso de concurso, quiebra o incapacidad, por edictos que se publicarán en el “BOLETÍN OFICIAL”, por el término de cinco días, en cinco veces, a fin de que dentro de los cinco días subsiguientes a la última publicación abonen el crédito que se reclama de $167.166,70 con mas el 30% estimado provisoriamente para atender intereses y costas u opongan excepción legítima, bajo apercibimiento de dictar sentencia en rebeldía y darlos por notificados de cualquier resolución o providencia posterior, sin perjuicio de la citación por cédula. Fdo: Dra. Ma. Amalia Lantermo (Secretaria) - Dra. María Silvia Beduino (Jueza). Rosario, 14 de Febrero de 2019. Dra. Netri, Prosecretaria.

$ 165 381543 Feb. 25 Feb. 27

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de Rosario, Dr. Marcelo C. M. Quaglia, en los autos caratulados: PROJECT S.A. s/Concurso Preventivo” Expte. Nro. 822/2018 CUIJ 21-02906906-6, se hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: “Resolución Nro. 3278, Rosario 28 de Diciembre de 2018. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1) Declarar abierto el concurso preventivo de PROYECT S.A., con domicilio real en calle Nansen 323 Local 2064 shopping El Portal y legal en calle Córdoba 1452 Piso 1 Of. E, ambos de la ciudad de Rosario; 2) Para el sorteo de síndico Categoría B, desígnase la audiencia del día 06.02.2019, oficiándose a sus efectos; 3) Cumplidos los presupuestos previstos en el artículo 288, cabe señalar que estamos ante un pequeño concurso; 4) Aceptado que fuera el cargo por el síndico correspondiente, se designarán las fechas referidas en el art. 14 inc. 3, 9 y 10 LCQ y correrán las vistas y plazos del Art. 14 inc. 11 y 12 LCQ; 5) El plazo para la publicación de edictos que contempla el art.27 LCQ y art. 14 inc. 4, se computará aceptado que fuera el cargo por el síndico sorteado, fijándose en el auto ampliatorio a que refiere el punto anterior los diarios en que se dará cumplimiento a la publicación; 6) Ofíciese a fin de cumplimentar los recaudos previstos en el art. 21 LCQ; 7) Notifíquese a la al BCRA, A.P.I., a AFIP y a la Municipalidad de Rosario a sus efectos; 8) Anótese la inhibición general del deudor, líbrense los despachos de rigor a tal fin al Registro General, Registro Nacional de Automotores y demás reparticiones correspondientes; 9) Comuníquese al Registro de Procesos Concúrsales y al Registro Público de Comercio; éste último deberá expedir además un informe completo y actualizado de la sociedad concursada; 10) Intímese al concursado -bajo los apercibimientos proscriptos por el art. 30 LCQ- para que en el término de tres días deposite la suma de $400.- para gastos de correspondencia (art. 14 inc. 8 LCQ); 11) Hágase saber al concursado que deberá dar estricto cumplimiento a lo normado por el art. 25 LCQ, bajo apercibimientos de ley; 12) Intímese al concursado para que en el término de tres días presente ante este Tribunal los libros referidos a su situación económica, de corresponder (art. 14, inc. 5). Insértese y hágase saber. Fdo.: Dr. Marcelo C. M. Quaglia (Juez) - Dra. Valeria Beltrame (Prosecretaria). Rosario, 14 de Febrero 2019. Dr. Crosio, Secretario.

$ 367 381584 Feb. 25 Mar. 7

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Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, en los autos caratulados: “Sarabia Diego Gabriel s/Declaratoria de herederos”, CUIJ 21-02897424-5, llama a los herederos, acreedores y legatarios de Sarabia Diego Gabriel, titular del D.N.I. N° 37.886.550, por el término de ley, parque comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 31 de Julio de 2018. Dr. Pasotti, Prosecretario.

S/C 381518 Feb. 25 Mar. 12

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante HAYDEE GIL (D.N.I. 4.492.213) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “Gil Haydee s/Declaratoria de herederos” (CUIJ N° 21-02909665-9). Dra. María Verónica Lara. Rosario, 07 de febrero de 2019.

$ 45 381504 Feb. 25

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nom. de Rosario, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante BELLIDO, RAMONA PASCUALA, L.C. 8.763.414 publicándose edictos por un (1) día en el BOLETÍN OFICIAL (art. 2340 CCYC) para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: BELLIDO, RAMONA PASCUALA s/Declaratoria de herederos, CUIJ Nº 21-02902344-9. Dra. Elvira Sauan, Secretaria. Rosario, 14 de Febrero de 2019. Dra. Sauan, Secretaria.

$ 45 381489 Feb. 25

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nom. de Rosario, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ANSELMO, ANA MARÍA , D.N.I. 12.282.557, publicándose edictos por un (1) día en el BOLETÍN OFICIAL (art. 2340 CCYC) para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: “ANSELMO, ANA MARÍA s/Declaratoria de herederos “ CUIJ Nº 21-02903706-7 Dra. Elvira Sauan, Secretaria. Rosario, 14 de Febrero de 2019.

$ 45 381490 Feb. 25

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nom. de Rosario, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MURCIA, LAURA ANTONIA, D.N.I. 3.004.044, publicándose edictos por un (1) día en el BOLETÍN OFICIAL (art. 2340 CCYC) para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: “MURCIA, LAURA ANTONIA s/Sucesorio” CUIJ Nº 21-02897477-6 - Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria). Rosario, 14 de Febrero de 2019. Dra. Sauan, Secretaria.

$ 45 381493 Feb. 25

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nom. de Rosario, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes: VILLALBA, FRANCISCO, L.E. 2.163.566; RODRÍGUEZ, MARÍA ANGÉLICA, L.C. 1.096.706; RODRÍGUEZ, JESÚS NAZARENO, D.N.I. 1.094.369; RODRÍGUEZ, JUAN ROQUE, L.E. 2.162.768 publicándose edictos por un (1) día en el BOLETÍN OFICIAL (art. 2340 CCYC) para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: “VILLALBA, FRANCISCO y Otros s/Declaratoria de herederos “ CUIJ Nº 21-02901503-9 - Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria). Rosario, 13 de Febrero de 2019. Dra. Sauan, Secretaria.

$ 45 381494 Feb. 25

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nom. de Rosario, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Azzalin, Mario Pedro, D.N.I. 06.033.729 publicándose edictos por un (1) día en el BOLETÍN OFICIAL (art. 2340 CCYC) para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: “AZZALIN, MARIO PEDRO s/Declaratoria de herederos” CUIJ N° 21-02902908-0. Dra. Elvira S. Sauan, Secretaria. Rosario, 13 de Febrero de 2019.

$ 45 381495 Feb. 25

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Por disposición de la Sr. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 8° Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, Garola, Cyntia Del Carmen, DNI 4.578.357 publicándose edictos por un (1) día en el BOLETÍN OFICIAL (art. 2340 CCYC) para que dentro del término de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Autos caratulados: “GAROLA, CYNTIA DEL CARMEN s/Sucesorio” Expte. 21-02904358-9 Dra. María José Casas (Secretaria). Rosario, 13 de Febrero de 2019. Dra. Sauan, Secretaria.

$ 45 381496 Feb. 25

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Pedro Alberto Aranda (D.N.I. 14.294.456) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: Aranda Pedro Alberto s/Declaratoria de Herederos (CUIJ Nº 21-02908541-9). Dra. María Verónica Lara. Rosario, 28 de Diciembre de 2018.

$ 45 381537 Feb. 25

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante ENZO OSCAR SOSA (D.N.I. 6.020.426) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: SOSA ENZO OSCAR s/Sucesorio (CUIJ Nº 21-02907128-1). Dra. María Victoria Netri, Prosecretaria. Rosario, 28 de Noviembre de 2018. Dra. Netri, Prosecretaria.

$ 45 381539 Feb. 25

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARÍA INÉS MAYDANA (DNI 10.302.421) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “MAYDANA, MARÍA INÉS s/Declaratoria de herederos (CUIJ Nº 21-02909695-0). Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Rosario, 7 de Febrero de 2019.

$ 45 381499 Feb. 25

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Jorge Luis Eduardo Rodolfo Rainoldi (DNI 6.037.446) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “RAINOLDI, JORGE LUIS EDUARDO RODOLFO s/Sucesorio” (CUIJ Nº 21-02906164-2). Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Rosario, 19 de Diciembre de 2018.

$ 45 381498 Feb. 25

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Rosario, Dr. Eduardo Oroño, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de AMANDA CONCEPCIÓN MARCOSANO (DNI 2.383.438) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría. Dra. Baclini, Secretaria.

$ 45 381448 Feb. 25 Mar. 7

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de DELIA LENCINA (DNI 5.533.031) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 05 de Febrero de 2019. Dra. Baclini, Secretaria.

$ 45 381446 Feb. 25 Mar. 12


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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito de la Segunda Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Mónica Klebcar (Jueza), dentro de los autos caratulados: “LOMBARDI, CARMELO s/Declaratoria de herederos”, Expte. 982/2016, CUIJ: 21-02868300-3, llama a los herederos, acreedores o legatarios de don Carmelo Lombardi (D.N.I. 5.972.808), por treinta días para comparecer a este tribunal a hacer valer sus derechos. Dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Fdo.: Dra. Mónica Klebcar (Jueza) - Dra. Marianela Godoy (Secretaria). Rosario, Secretaría, 28 de Diciembre de 2018. Dra. Dulcich, Prosecretaria.

$ 45 381450 Feb. 25

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y legatarios y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante - DOS SANTOS FERNANDES, ROGELIO ENRIQUE - DNI. Nº 6.057.636 - y/o DOS SANTOS FERNANDEZ, ROGELIO ENRIQUE, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos en el término de 30 días a partir de la publicación de edictos. A los efectos legales se publican edictos por un día en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales (Art. 2340 C.C.C.N.). (Expte. CUIJ: 21-02902048-2.- Rosario, 14 de Febrero de 2019. Dr. Santiago Pascual, Prosecretario.

$ 45 381433 Feb. 25

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GERMÁN IGLESIA (DNI 3.686.110) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: “Iglesia Germán s/Declaratoria de Herederos” (Expte. Nº 21-02909254-8). Dra. María Verónica Lara, Secretaria. Rosario, 1 de Febrero 2019.

$ 45 381433 Feb. 25

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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el 14.287.003) por un día, para que lo acrediten caratulados: MARTI RODOLFO JESÚS s/Sucesorio. Verónica Lara. Rosario, 06 de Diciembre de 2018. Dra. Lara, Secretaria.

$ 45 381459 Feb. 25

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimoséptima Nominación de la ciudad de Rosario, secretaría a cargo de la Dra. María Amalia Lantermo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante, CARMEN NORI POLINESI, DNI 4.103.644, que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales dentro de los autos “POLINESI, NORI CARMEN s/Declaratoria de herederos”. CUIJ No 21-01636743-2. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 14 de Febrero de 2019. Dra. Netri, Prosecretaria.

$ 45 381542 Feb. 25 Mar. 12

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimoséptima Nominación de la ciudad de Rosario, Secretaría a cargo de la Dra. María Amalia Lantermo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Abdala Salvador Ganem, DNI 3.689.251, que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales dentro de los autos: GANEM, ABDALA SALVADOR s/Sucesorio”, CUIJ Nº 21-02904731-3. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 12 de Febrero de 2019. Dra. Netri, Prosecretaria.

$ 45 381541 Feb. 25 Mar. 12

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Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Decimosexta Nominación de Rosario, a cargo de Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, de conformidad a lo ordenado en el Art. 67 de la Ley 11.287, se hace saber que en los autos caratulados “ESPAÑOL, ANTONIA JOSEFA y Otros s/Declaratoria de herederos”, Expte. CUIJ N° 21-02897526-8. Se cita y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de la Sra. Español, Antonia Josefa, D.N.I. N° 5.508.943 y del Sr. Pasinato, Eduardo, D.N.I. N° 5.979.934, por el término de treinta días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 6 de Febrero de 2019. Dra. Sedita, Secretaria.

$ 45 381483 Feb. 25