PARANA CREW S.R.L.
CONTRATO
1- Integrantes de la sociedad: el señor EDUARDO GUILLERMO DUBOIS, de nacionalidad argentina, nacido el 02/03/1976, casado en primeras nupcias con Cecilia Evangelina Almirón, de profesión comerciante, domiciliado en Zubiria 6285 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, DNI 24.784.821, CUIT 20-24784821-6; el señor JOAQUIN GONZALO PORTILLA, de nacionalidad argentina, nacido el 08/12/1976, divorciado según acta 1620/13 del tribunal colegiado de familia N° 5, Rosario, del 04110/2013, de profesión comerciante, domiciliado en Marull 573, dpto. 3 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, DNI 25.707.128, CUIT 20-25707128-7 y el señor PEDRO RUBEN MENDEZ, de nacionalidad argentina, nacido el 08/03/1967, soltero, de profesión marinero, domiciliado en calle Paraná 292 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, provincia de..Santa Fe, DNI 18.031.587, CUIL 20-18031587-0
2- Fecha de instrumento de Constitución: 04 de febrero de 2019.
3- Razón social: PARANA CREW S.R.L.
4- Domicilio: Zuviria 6289, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
5- Objeto social: La sociedad tendrá por objeto, realizar por cuenta propia o de terceros, o asociaciones con terceros: 1) El transporte de carga de productos, vía fluvial y terrestre en cualquier parte de la República o del extranjero. 2) La prestación de servicio de armado de tripulación de todo tipo de buques o embarcaciones destinadas al transporte de mercaderías y productos. 3) Comercialización de combustibles líquidos, por mayor, sin depósito, por comisión o cuenta propia. Se excluye el transporte de personas. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad tiene plena capacidad jurídica de adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer actos que de ningún modo estén prohibidos por este contrato o por las leyes.
6- Plazo de duración: El termino de duración de la sociedad se fija en diez (10) años a partir de su inscripción en el Registro Publico de Comercio, salvo disolución anticipada resuelta por unanimidad de votos en asamblea de socios, e inscripta en debida forma.
7.- Capital social: El capital social se fija en la suma de Pesos Trescientos Mil ($300.000), dividido en treinta mil (30.000) cuotas sociales, de pesos diez. - ($ 10) cada una.
8.- Administración y fiscalización, La Dirección y Administración de los negocios sociales estará a cargo de uno o mas gerentes, socios o no, designándose como socio gerente al socio Sr. Eduardo Guillermo Dubois. La fiscalización podrá ser ejercida por todos los socios, conforme lo dispuesto por la Ley 19.550.
9.- Organización de la representación El/los gerentes/s obligara/n a la Sociedad, actuando conjunta, separada o indistintamente firmando en cada caso con su firma particular, precedida por la denominación social “PARANA CREW S.R.L.” y con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente”, según corresponda.
10.- Fechade cierre de-ejercicio: 31 de agosto de cada año.
$ 120 380913 Feb. 20
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S.A. MOLINOS FENIX
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
S.A. MOLINOS FENIX, comunica que por Asamblea Ordinaria celebrada el 20 de diciembre de 2018 y Reunión de Directorio de fecha 20 de diciembre de 2018, se procedió a elegir a los miembros del Directorio y de la Comisión Fiscalizadora y, a distribuir los cargos en la siguiente forma: Directores Titulares: Presidente: Contador Público Guillermo T. Herfarth, Vicepresidente: Señora Clotilde S. E. N. de Herfarth, Secretario: Arquitecto Fernando Guillén, Prosecretario: Ingeniero Mario Hellwig, Director Titular: Señor Tomás Raúl Moscetta, Director Titular: Señor Raúl Joyel Quinteros; Directores Suplentes: Señor Tomás Herfarth, Dr. Tristán García Montaño; Síndicos Titulares: Doctor Abogado Rodolfo Gustavo Razzari, Contador Público Roberto José Desirello, Contadora Pública Viviana Nélida Rivera, Síndicos Suplentes: Contador Público Juan Carlos Stein, Contador Público Jorge Marcelo Scherz, Contadora Pública Natalia Susana Desirello. Todos los miembros integrantes del Directorio y de la Comisión fiscalizadora, fijan domicilio especial en Mendoza 8175, de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
$ 45 380933 Feb. 20
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PMS FLUVIAL S.R.L.
CESIÓN DE CUOTAS
Cesión de cuotas: El Sr. LUCAS MAURICIO BARGUES, cede, vende y transfiere a favor de la Sr. FLAVIO SALINAS, de nacionalidad argentina, nacido el 29/06/1985, casado en primeras nupcias con Silvana Alejandra Forletta, de profesión marinero, domiciliado en calle Forest 7595 MB 84, 2do. Piso Dpto. 1704. De la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, DNI 31.696.5431 CUIL 20-61696543-2 5.000 (cinco mil) cuotas de capital representativas de $ 50.000 (Pesos cincuenta mil) que tiene y le pertenecen en la razón antes indicada.
SEGUNDO: El Sr. LUCAS MAURICIO BARGUES, cede, vende y transfiere a favor de la Sr. MANUEL JOSE BIANCHI, de nacionalidad argentina, nacido el 16/08/1987, soltero, domiciliado en calle French 6925 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, DNI 33.070.433, CUIL 20-33070433-1, 1.000 (mil) cuotas de capital representativas de $ 10.000 (Pesos diez mil) que tiene y le pertenecen en la razón antes indicada.
TERCERO: El Sr. EDUARDO GUILLERMO DUBOIS, cede, vende y transfiere a favor de la Sr. MANUEL JOSE BIANCHI, 1.000 (mil) cuotas de capital representativas de $ 10.000 (Pesos diez mil) que tiene y le pertenecen en la razón antes indicada.
CUARTO: El Sr. JOAQUIN GONZALO PORTILLA, cede, vende y transfiere a favor de la Sr. MANUEL JOSE BIANCHI, 1.000 (mil) cuotas de capital representativas de $ 10.000 (Pesos diez mil) que tiene y le pertenecen en la razón antes indicada.
QUINTO: El Sr. HECTOR MAURICIO QUINTEROS, cede, vende y transfiere a favor de la Sr. MANUEL JOSE BIANCHI, 1.000 (mil) cuotas de capital representativas de $ 10.000 (Pesos diez mil) que tiene y le pertenecen en la razón antes indicada.
SEXTO: El Sr. GABRIEL CESAR ROSALES, cede, vende y transfiere a favor de la Sr. MANUEL JOSE BIANCHI, 1.000 (mil) cuotas de capital representativas de $ 10.000 (Pesos diez mil) que tiene y le pertenecen en la razón antes indicada.
Fecha del instrumento: 4 de febrero de 2019.
$ 70 380912 Feb. 20
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TRANSPORTE Y
SERVICIOS EL
GRINGO S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio se ha ordenado la siguiente publicación:
1. Denominación: “Transporte y Servicios El Gringo” S.R.L.
2. Fecha de Constitución: Instrumento privado de fecha 08/01/2019.
3. Domicilio: Alvear 995, Villa Gobernador Gálvez, provincia de Santa Fe.
4. Socios: el Sr. Omar Rene Cavallo, argentino, apellido materno Ros, nacido el 13/11/1962, DNI 16251183, CUIT 20-16251183-2, con domicilio real en calle Alvear 995 Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, de profesión empresario, estado civil divorciado por Resolución Judicial N°1303 de fecha 20/09/2013 Expediente N°2573/12 del Juzgado de 1ra Inst. Familia N°14 de Villa Constitución Archivado bajo el Libro I N°1528/2018 y la Sra. Florencia Lara Cavallo, argentina, de apellido materno Di Marco, nacida el 20/07/1992, DNI 37.050.032, Cuit 27-37050032-6, comerciante, estado civil soltera, con domicilio en calle Alvear 995 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe.
5. Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos trescientos mil ($300.000) dividido en treinta mil cuotas (30.000) de pesos diez ($10) valor nominal cada una, las que se encuentran totalmente suscriptas, según el siguiente detalle: Sra. Florencia Lara Cavallo veinticinco mil (25.000) cuotas sociales de valor nominal pesos ($10) equivalentes al noventa y cinco por ciento (95%) del capital social y el Sr. Omar René Cavallo la cantidad de cinco mil cuotas sociales de valor nominal pesos ($10) equivalentes al cinco por ciento (5%) del capital social.
6. Administración y representación: La administración, dirección, representación legal, marcha de los negocios y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, por tiempo indeterminado, que actuarán en forma individual e indistinta, salvo para el caso de compra y/o enajenación de bienes registrables, al igual que para solicitar créditos bancarios o constituir garantías reales, en los cuales deberá solicitar la aprobación de la totalidad de los socios. Se designa al designar al Sr. Caravaca Carlos Alberto,de apellido materno Vacca, argentino, comerciante, soltero, nacido el 23/01/1970 DNI 21.415.875, CUIL 20-21415875-3, con domicilio en calle 20 de Junio Nº 235, de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe.
7. Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros bajo cualquier forma de asociación prevista en la Ley 19550, en cualquier parte de la República o en el extranjero, a las siguientes actividades: Comercial: a) Recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos no peligrosos. B) Suministro de agua, cloacas, gestión de residuos y recuperación de materiales de saneamiento público.
8. Duración: su duración es de 99 años, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
9. Fecha cierre ejercicio: el ejercicio social cierra el 30 de junio de cada año.
$ 60 380941 Feb. 20
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TONTARELLI HNOS. S.R.L.
CONTRATO
1- Integrantes de la sociedad: TONTARELLI, GIULIANO, nacido el 02 de JUNIO de 1992. DNI 36.266.590, CUIT 20-36266590-7 Argentino, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en PAGO LARGO N° 662 de la ciudad de ROSARIO, Santa Fe, Argentina; TONTARELLI, DIEGO ADRIAN, nacido el 17 de OCTUBRE de 19879 DNI 33.318.072, CUIT 20-33318072-4, Argentino, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en PAGO LARGO N° 662 de la ciudad de ROSARIO, Santa Fe, Argentina y TONTARELLI, BRUNO DANIEL, nacido el 30 de SEPTIEMBRE de 1986, DNI 32.445.968, CUIT 20-32445968-6, Argentino, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en PAGO LARGO N° 662 de la ciudad de ROSARIO, Santa Fe,
2- Fecha del instrumento de constitución: 15 Días del mes de ENERO de 2019.-
3- Denominación de la sociedad: TONTARELLI HNOS. S.R.L.
4- Domicilio de la sociedad: SAN MARTIN 2296 de la ciudad de GRANADERO BAIGORRIA, Província de Santa Fe.
5- Objeto social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros yio asociada a terceros, en el país o en el exterior, a la realización de las siguientes actividades:
1. Compra, venta, distribución, consignación y representación de productos relacionados con la industria de la construcción, materiales para la construcción, de viviendas, edificios de cualquier tipo y destino, como así también, para toda clase de obras de arquitectura y/o ingeniería en cualquier punto del país o el exterior.
2. Compra, venta de accesorios para la construcción, chapas, sanitarios, griferías, puertas, portones, alambres, hierros, artículos de ferretería, incluyendo todos los productos y subproductos que hacen al objeto principal.
3. La sociedad podrá realizar la distribución y fraccionamiento de toda clase de materiales y productos para la construcción afines al objeto social.
A su vez la sociedad podrá importar y exportar de acuerdo a las reglamentaciones vigentes, directa o indirectamente a través de representantes o en representación de cualquier entidad, todo tipo de materiales, insumos, maquinarias y/o equipos, y todo tipo de productos relacionados con las actividades insertas en este artículo; a tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para ejercer derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o este contrato.-
6- Plazo de duración: 30 años, a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.-
7- Capital de la sociedad: el capital social suscripto totalmente asciende a $ 450.000.- (pesos CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL) dividido en 450 (CUATROCIENTAS CINCUENTA) cuotas de $ 1.000,—(Pesos UN MIL) cada una.-
8- Administración: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no quienes durarán en su cargo mientras los socios reunidos en asamblea no revoquen sus mandatos. A tal fin se usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social. Para el supuesto caso que la gerencia estuviera conformada por tres o más gerentes, los mismos deberán actuar en forma conjunta 2 (dos) de ellos; hasta alcanzar dicho número la gerencia actuará en forma indistinta. Los gerentes, en cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, con la única excepción de los especificados en el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. La primer Gerencia de la sociedad está formada por el socio: TONTARELLI, BRUNO DANIEL.
9- Fiscalización: La fiscalización estará a cargo de todos los socios.
10- Organización de la representación legal: a cargo del Señor TONTARELLI, BRUNO DANIEL respectivamente.
11- Fecha de cierre de ejercicio: 31 de DICIEMBRE de cada año.
$ 130 380909 Feb. 20
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ÁBACO CONSTRUCCIONES S.R.L.
CAMBIO DE SEDE
Por estar así dispuesto en los autos caratulados “ÁBACO CONSTRUCCIONES S.R.L. s/ Modificación al contrato social”. Expte. 223/2019, CUIJ 21-05509795-7, de trámite por ante el Registro Público de la ciudad de Rosario, se cumple en informar que según acta de gerencia de fecha 22 de enero de 2019, de la sociedad ABACO CONSTRUCCIONES S.R.L, se resolvió lo siguiente: 1) La decisión consiste en la modificación de la sede social, que, a partir del día 22 de enero de 2019 será en calle Presidente Roca 571 Planta Alta de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.
$ 45 381034 Feb. 20
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VISUAL INSUMOS
GRÁFICOS S.R.L.
MODIFICACIÓN DE CONTRATO
Se hace saber por un día que se ha decidido la reconducción de la sociedad por 20 años a partir de su inscripción en el Registro público, modificándose en consecuencia la cláusula tercera del contrato social.
También se resuelve establecer a partir de la fecha la sede social en calle Larrechea 935 de la ciudad de Rosario.
$ 45 380949 Feb 20
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AERCOM S.A.
CAMBIO DE DOMICILIO
1. RAZÓN SOCIAL: AERCOM S.A.
2. DOMICILIO: Córdoba N° 3617, Rosario, Santa Fe.
3. FECHA DE CONSTITUCIÓN: 13/11/2000. Inscripta en Estatutos, el 26/01/2000, al Tomo 82, Folio 779, N° 32.
4. FECHAS DE LOS INSTRUMENTOS MODIFICATORIOS: 27/12/2018.
5. CAMBIO DE DOMICILIO: El Sr. Presidente manifiesta que la reunión tiene por objeto dejar formalmente asentado el cambio de sede social, actualmente en calle Córdoba N° 3617. Por moción del Sr. Presidente, se fija la nueva sede social, en la misma ciudad de Rosario, en calle Cullen N° 1744.
6. Se ratifican todas las cláusulas del Estatuto Social que no han sufrido modificaciones.
$ 45 381127 Feb. 20
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CAMPOS GANADEROS
SOCIEDAD ANÓNIMA.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
POR DISPOSICIÓN DEL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO Nº 4, EN LO CIVIL Y COMERCIAL PRIMERA NOMINACIÓN, A CARGO DEL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE RECONQUISTA, PROVINCIA DE SANTA FE, DR. JOSÉ MARIA ZARZA, CONFORME LO ORDENADO EN AUTOS CARATULADOS “CAMPOS GANADEROS S.A. S/DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES”, Expte Nº 6-Año 2019, en trámite por ante dicho Registro, se hace saber que la firma CAMPOS GANADEROS S.A. que gira con domicilio legal en la ciudad de Reconquista, de la Provincia de Santa Fe, procedió a renovar sus autoridades según Asamblea General Ordinaria Nº 38 de fecha 29/11/2018, y de acuerdo al acta de Directorio Nº 139 de distribución de cargos de fecha 29/11/18 ha quedado el directorio integrado del siguiente modo: Presidente: ANGEL ORLANDO GENOVESE, apellido materno Vega, nacionalidad argentina, D.N.I. Nº 16.871.711,domiciliado en Calle Freyre Nº 1098, de la ciudad Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, nacido el 13 de enero de 1964, estado civil soltero, ocupación Empresario, CUIT Nº 20-16871711-4.- Vice-Presidente: MARIO ALEJANDRO GENOVESE, apellido materno Vega, nacionalidad argentina, D.N.I. Nº 23.142.517,domiciliado en Calle 25 de Mayo 1282, de la ciudad Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, nacido el 07 de diciembre de 1972, estado civil soltero, ocupación Empresario, CUIT Nº 23-23142517-9.- Director Suplente: ANA IRENE VEGA; DNI Nº 2.358.332, apellido materno Vallejos, argentina, domiciliada en calle 25 de mayo 1282, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, nacida el 12 de mayo de 1939, estado civil viuda, ocupación Empresaria, CUIT Nº 27-02358332-7.- Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. Miriam David.- Secretaria.
Reconquista, 08 de Febrero de 2019.-
$ 110 381043 Feb. 20
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ACUARIO S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
POR DISPOSICIÓN DEL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO Nº 4, EN LO CIVIL Y COMERCIAL PRIMERA NOMINACIÓN, A CARGO DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA CIUDAD DE RECONQUISTA, PROVINCIA DE SANTA FE, DR. JOSÉ MARIA ZARZA, CONFORME LO ORDENADO EN AUTOS CARATULADOS “ACUARIO S.A. S/DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES”, Expte Nº 7-Año 2019, en trámite por ante dicho Registro, se hace saber que la firma ACUARIO S.A. que gira con domicilio legal en la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, procedió a reasignar los cargos del Directorio y Síndicos según Asamblea General Ordinaria Nº 44 de fecha 16 de Febrero de dos mil dieciocho, aceptando los cargos mediante Acta de Directorio de fecha 17 de febrero de dos mil dieciocho quedando conformados los órganos de administración y sindicatura de la siguiente manera: Presidente: MARIELA VERONICA TANINO, D.N.I. Nº 24.088.251, de apellido materno Alfonso, nacionalidad argentina, casada, nacida el 10 de Julio de 1974, domiciliado en Calle Freyre Nº 517, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, de profesión, Empresaria, CUIT Nº 27-24088251-0; Director Suplente: LUIS GABRIEL TANINO, D.N.I. Nº 28.237.232, de apellido materno Alfonso, nacionalidad argentina, soltero, nacido el 17 de Setiembre de 1980, domiciliado en Calle Freyre Nº 517, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, de profesión Empresario, CUIT Nº 20-28237232-1.- Acto seguido la Asamblea General Ordinaria procedió a elegir la sindicatura por el término de tres ejercicios, los que encontrándose presentes en este acto aceptan el cargo para el cual fueron designados dentro del órgano de fiscalización y dejan todos sus datos personales para su inscripción, los que se transcriben textualmente a continuación: Síndico Titular: MARIO ANIBAL SANDRIGO, nacionalidad argentina, de apellido materno Goi, nacido el 13/04/50, casado, D.N.I. Nº 7.709.780, domiciliado en calle 20 Nº 343, de la ciudad de Avellaneda, Provincia de Santa Fe, Contador Público Nacional, CUIL Nº 20-07709780-6 y Síndico Suplente: WALTER HORACIO NARDELLI, nacionalidad argentina, de apellido materno Nardelli, nacionalidad argentina, nacido el 15/02/62, casado, D.N.I. Nº 14.574.355, domiciliado en calle Almirante Brown Nº 827, de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, Contador Público Nacional, CUIT Nº 23-14574355-9. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. Miriam Graciela David. Secretaria.- RECONQUISTA.- 08 de Febrero de 2019.-
$ 140 381048 Feb. 20
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SCAREL FEDERICO Y
CIA S.C. S/ DONACIÓN DE
CUOTAS PARTES DE
INTERÉS, (MOD.)
ARTÍCULO 4º CAPITAL Y NUEVO TEXTO ORDENADO
POR DISPOSICIÓN DEL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO Nº 4, EN LO CIVIL Y COMERCIAL PRIMERA NOMINACIÓN, A CARGO DEL REGISTRO PÚBLICO DE RECONQUISTA, PROVINCIA DE SANTA FE, DR. JOSÉ MARIA ZARZA, CONFORME LO ORDENADO EN AUTOS CARATULADOS “SCAREL FEDERICO Y CIA SOC. COL. S/DONACION DE CUOAS PARTES DE INTERES, (MOD. ARTICULO 4º --CAPITAL Y NUEVO TEXTO ORDENADO, Expte Nº 11/2019)- en trámite por ante dicho Registro, se hace saber que los integrantes de la entidad SCAREL FEDERICO Y CIA SOC. COL. Han acordado por Contrato de Donación de Cuoas Sociales y Modificación Artículo 4º - Capital - del contrato social, de fecha cuatro de Enero de dos mil diecinueve, según lo siguiente: Donación de Cuotas Sociales: las partes dejan expresamente convenido que el señor ORLANDO JOSE SCAREL, dona en forma irrevocable, sin cargo y transfiere en plena propiedad y en condominio indiviso 6.500 cuotas de capital de valor nominal Pesos Diez ($ 10,00) cada una, de las cuales es titular en la sociedad “SCAREL FEDERICO Y CIA S.C.”, las que representan la suma de Pesos sesenta y cinco mil ($ 65.000,00), a sus herederas legítimas, Señoritas SCAREL, DAIANA MARIA de apellido materno Della Rosa, D.N.I. Nº 33.175.815, CUIL Nº 27-33175815-4, nacida el 24 de marzo de 1988, de estado civil soltera, nacionalidad argentina, con domicilio en calle Rioja Nº 2259, 9A, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, Licenciada en Comercialización y ANTONELA MARIA SCAREL, de apellido materno Della Rosa, D.N.I. Nº 32.153.225, CUIL Nº 27-32153225-5, nacida el 24 de Junio de 1986, de estado civil soltera, nacionalidad argentina, con domicilio en calle Ituzaingó Nº 1521, de la ciudad de Reconquista, Santa Fe, Provincia de Santa Fe, Sicóloga, unificando personería a efectos de ejercer los derechos societarios, en la señorita ANTONELA MARIA SCAREL, comunicándose al órgano de administración en forma fehaciente, cumplimentando de esta manera con el artículo 18 del contrato social de Scarel Federico y Cía S.C. Modificación Contrato Social: Artículo 4º: El capital es de $ 260.000,00.- (Pesos Doscientos sesenta mil), representado por veintiséis (26.000) mil cuotas sociales de $ 10,00 (Peso diez) cada una, que los socios tienen íntegramente suscriptas e integradas así: SCAREL, OSCAR ADERITO: la cantidad de (6.500) cuotas sociales de pesos diez ($ 10,00) valor nominal cada una, por la suma de Pesos sesenta y cinco mil ($ 65.000,00.- SCAREL, OLGA RAQUEL: la cantidad de (6.500) cuotas sociales de $10,00 (pesos diez) valor nominal cada una, por la suma de $65.000,00 (Pesos sesenta y cinco mil).- VENICA, MARIA DEL MAR Y VENICA FLAVIA ROCIO: la cantidad de (6.500) cuotas sociales indivisas de capital de $10,00 (pesos diez) valor nominal cada una, por la suma de $65.000,00 (Pesos sesenta y cinco mil).- SCAREL DAIANA MARIA Y SCAREL ANTONELA MARIA: la cantidad de (6.500) cuotas sociales indivisas de capital de $10,00 (pesos diez) valor nominal cada una, por la suma de $65.000,00 (Pesos sesenta y cinco mil). Miriam Graciela David. Secretaria.- Reconquista, 13 de Febrero de 2019.-
$ 160 381478 Feb. 20
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AVELLANEDA CERDOS S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
POR DISPOSICIÓN DEL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE DISTRITO Nº 4, EN LO CIVIL Y COMERCIAL PRIMERA NOMINACIÓN, A CARGO DEL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO DE LA CIUDAD DE RECONQUISTA, PROVINCIA DE SANTA FE, DR. JOSÉ MARIA ZARZA, CONFORME LO ORDENADO EN AUTOS CARATULADOS “AVELLANEDA CERDOS S.A. S/DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES”, Expte Nº 8- Año 2018, en trámite por ante dicho Registro, se hace saber que la firma AVELLANEDA CERDOS S,A, que gira con domicilio legal en Avellaneda, Departamente General Obligado, Provincia de Santa Fe, procedió a renovar sus autoridades, según Asamblea Nº 11 de fecha 07 de Mayo de dos mil dieciocho y conforme la Distribución de cargos de acuerdo al Acta de Directorio Nº 41 del 31 de mayo de 2018, las autoridades de la sociedad han quedado de la siguiente manera: PRESIDENTE: MARIO ANDRES BIANCHI, apellido materno Planisich, argentino, nacido el 5 de enero de 1943, L.E. Nº 6.252.234, estado civil casado, Domiciliado en calle 7, Nº 220, Avellaneda, Santa Fe, Industrial, CUIT Nº 20-06252234-9. DIRECTOR SUPLENTE: ELBIO ELOY HUMBERTO DOLZANI, apellido materno Bianchi, D.N.I. Nº 13.715.469, con domicilio en de calle 7 Nº 327 de la ciudad de Avellaneda, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, nacido el 16/12/1959, de nacionalidad argentina, estado civil casado, ocupación Industrial, CUIT Nº 20-13715469-3; quienes durarán en sus funciones por tres ejercicios. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. Dra. Miriam Graciela David, Secretaria.-
Reconquista 08 de febrero de 2018.-
$ 85 381046 Feb. 20
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SERVIPACK S.R.L.
PRÓRROGA, Y MODIFICACION PARCIAL CONTRATO SOCIAL -
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 4, en lo Civil y Comercial, Primera Nominación, a cargo del Registro Público de Comercio de Reconquista, Santa Fe, Dr. José María Zarza. Se hace saber que por Acta de Reunión de Socios Extraordinaria Nº 63 de fecha 28 de Diciembre de 2018, se ha procedido a la Prórroga y a la Modificación Parcial del contrato social – Cláusulas Tercera, Sexta, Octava, Décima Primera, Decima Segunda y Nuevo Texto Ordenado de la firma SERVIPACK S.R.L. Expte Nº 3 -Año 2019; todo ha quedado redactada de la siguiente manera: “TERCERA: El término de duración de la Sociedad es de NOVENTA Y NUEVE AÑOS (99) años contados desde la inscripción del contrato social en el Registro Público. Este plazo podrá prorrogarse si la mayoría de los socios así lo resolviera, debiendo en tal caso solicitar la inscripción de la prórroga en el Registro Público antes del vencimiento del contrato”.- “SEXTA: La Dirección y Administración de la Sociedad estará a cargo de los socios Norberto Juan Foschiatti, Javier Pablo Pividori y Daniel Oreste Foschiatti indistintamente, los que en este acto son designados socios gerentes y en consecuencia se comprometen a cumplir las normas que la Sociedad adopte. Podrán refrendar en forma individual e indistintamente con sus firmas personales, precedidas de la razón social adoptada y seguidas de la enunciación de “Socio Gerente” toda la documentación relacionada con el giro social, con la prohibición absoluta de comprometer a la Sociedad en negociaciones ajenas al giro de la misma o en prestaciones, garantías o fianzas gratuitas a favor de terceros. En el ejercicio de la administración los socios podrán constituir depósitos de dinero o de valores en los bancos, extraerlos total o parcialmente, solicitar y obtener créditos, endosar, descontar o vender valores, girar sin suficiente provisión de fondos de acuerdo con las disposiciones vigentes y efectuar toda clase de operaciones con el Banco de la Nación Argentina, Banco de Santa Fe S.A. y demás instituciones bancaria oficiales, privadas o mixtas, del país o del extranjero, ofrecer o aceptar garantías reales o personales, adquirir y/o transferir el dominio de bienes muebles, desarrollar cualquier actividad anexa o conexa del objeto social, aceptar y/o conferir poderes especiales, sustituirlos y/o revocarlos, actuar ante los poderes públicos del Estado Nacional, Provincial y/o Municipal, presentarse en licitaciones públicas y/o privadas y practicar cualquier otro acto y celebrar cualquier contrato que la buena marcha de los negocios sociales aconseje y que se relacionen con el objeto social, a cuyo efecto la enumeración precedente deberá entenderse como meramente enunciativa y no taxativa. Para la compraventa de inmuebles propios y fondos de comercio, como para el otorgamiento de avales y/o garantías, se requiere la firma de todos los Socios Gerentes. El gerente deberá prestar la garantía impuesta en el artículo 256 segundo párrafo de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, El monto de la garantía es de $ 50.000,00, en dinero en efectivo el que se depositará en la sociedad.- La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los socios en los términos del art. 55 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550. Cuando la sociedad quedare comprendida en la causal del art. 299, inc. 2º, por aumento de capital, la reunión de socios que determine dicho aumento, elegirá un síndico titular y uno suplente, que durarán en su cargo tres ejercicios, siendo reelegibles”.- “OCTAVA: Los socios celebrarán reunión ordinaria una vez al año, dentro de los ciento veinte días de vencido el ejercicio, en el domicilio social, a efectos de considerar el Balance General, proyecto de Distribución de Utilidades e Inventario General y todo otro asunto que se promueva en el seno de la reunión y reunión o Asamblea Extraordinaria a iniciativa de cualquiera de los socios, a fin de considerar otras cuestiones de interés para la Sociedad. Las reuniones, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán legalmente constituidas con las presencia de socios que represente como mínimo al cincuenta y uno por ciento (51%) de las cuotas sociales. Si la reunión en primera convocatoria fracasara por cualquier motivo, se realizará en segunda convocatoria con los socios que concurran, cualquiera sea el capital que representen, una hora después de fracasada la primera. Cada socio tendrá tantos votos como cuotas le pertenezcan y las resoluciones para ser válidas deberán ser aprobadas por mayoría de votos de los socios presentes, excepto aquellas para las cuales la ley exige como mínimo más de la mitad del capital social, de conformidad con el artículo 160 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550. Para el caso de transformación, fusión, escisión, prórroga, reconducción, transferencia de domicilio al extranjero, cambio fundamental de objeto y disolución anticipada, se requerirá el voto favorable del setenta y cinco por ciento (75%) del capital social. Cualquier socio puede recabar de los socios gerentes los informes que considere de interés y examinar en cualquier momento los libros y documentos de la Sociedad”.- “DECIMO PRIMERA: El socio que quisiera ceder sus cuotas deberá comunicarlo a los otros socios por telegrama colacionado en los domicilios mencionados en este contrato; con tres meses de anticipación. Los socios restantes podrán optar, dentro de los quince (15) días de notificados, por comprar en proporción a sus partes, las cuotas del capital y la parte de utilidades y reservas del socio saliente. A este efecto se confeccionará un Balance e Inventario General a la fecha del retiro; actualizando los valores del activo y pasivo a dicha fecha, según sus valores de mercado, balance que deberá aprobarse en la misma forma indicada en la cláusula novena. El socio saliente no tendrá derecho a invocar “plus-valía” o “valor llave” alguno. El importe que resulte será abonado al socio que se retire en doce (12) cuotas mensuales, iguales y consecutivas ajustables según la variación que experimenten los precios mayoristas nivel general y sin interés alguno. Si alguno de los socios no hiciera uso de la opción de compra, los otros socios tendrán derecho a ejercerla en su totalidad. Si los socios no hicieran uso de la opción de compra, o la ejercieran parcialmente, podrán adquirir las cuotas la sociedad en la forma prevista en el art. 152 de la Ley General de Sociedades 19550”. “DECIMA SEGUNDA: En caso de disolución y liquidación de la Sociedad se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el art. 101 y sgtes de la Ley General de Sociedades Nº 19550 y la misma estará a cargo del o de los socios que se designe en la Asamblea, quien o quienes usarán la firma social con el aditamento “En liquidación” con todas las facultades necesarias para proceder a la disolución, liquidación, extinción de la Sociedad y Partición Final del saldo entre los socios, quienes tendrán derecho al remanente de los bienes que quedarán, a prorrata del capital que cada socio tuviere en ese momento”. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. Miriam Graciela David.-Secretaria.- - - - -
Reconquista, 05 de Febrero de 2019.-
$ 490 381042 Feb. 20
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