picture_as_pdf 2019-02-18

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


LICITACIÓN JUDICIAL


AUGUSTO LEO VIRGILIO


Llamado a Licitación Judicial por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, en autos “EMPRESA CONSTRUCTURA SGA s/INC. REALIZ BS. s/INCID. LOTE 10 - MART VIRGILIO” 21-01360253-8.

Pliego de condiciones:

1°) Objeto. Llamase a licitación judicial para el día 11/03/19, a las 13 Hs. en el Juzgado Tribunales Provinciales de Rosario, sito en calle Balcarce N° 1651, 1er. Piso, Disponer la venta mediante el procedimiento de licitación judicial de los inmuebles ubicados en calle Rioja N° 1847 de Rosario, anotados al tomo 615, folio 300, y número 165097, Sección PH, del Registro General Rosario, que a continuación se detallan, cada uno con una base de U$S 15.000.

1° 1°) Unidad 19 Parcela II-19, ubicada en segundo subsuelo, con una superficie exclusiva de 13,93 m2, con destino a cochera.

1º 2°) Unidad 124 Parcela I-33, ubicada en primer subsuelo, con una superficie exclusiva de 13,96 m2, con destino a cochera.

1° 3º) Unidad 284 Parcela 01-16, ubicada en el primer piso, con una superficie exclusiva de 12,22 m2, con destino a cochera.

1º 4°) Unidad 335 Parcela 01-67, ubicada en el primer piso, con una superficie exclusiva de 14,18 m2, con destino a cochera.

1º 5°) Unidad 336 Parcela 01-68, ubicada en el primer piso, con una superficie exclusiva de 14,25 m2, con destino a cochera.

1° 6°) Unidad 342 Parcela 01-74, ubicada en el primer piso, con una superficie exclusiva de 12,47 m2, con destino a cochera.

Informe del Registro General de la Propiedad que los inmuebles descriptos en los Dominios expresados constan a nombre del demandado.

2°) Requisitos: Los interesados deberán presentar ofertas en sobre cerrado en el expediente hasta el día 07/03/19. Los oferentes deberán depositar a nombre de este juicio y a la orden del Juzgado en la cuenta judicial N° 50136665 CBU 0650080108000501366656 del Banco Municipal de Rosario, suc. Caja de Abogados (suc. 80) un importe de U$S 1.500, adjuntando el comprobante correspondiente conjuntamente con el o los sobre/s con la oferta (no pudiendo estar dentro de los sobres) las que deberán ser individuales por cada unidad.

Dicho depósito será único, aún en el caso en que el oferente presente varias ofertas.

En este supuesto podrá participar de la licitación de todas las unidades por las que haya realizado oferta. La falta de acompañamiento del comprobante de depósito tendrá como consecuencia la no consideración de la/s oferta/s. La exhibición de las unidades estará a cargo del Martillero y se realizará los tres días hábiles anteriores a la licitación en el horario de 10 a 12 horas. Los sobres con las ofertas se abrirán en la audiencia, de la que podrán participar solo los oferentes, el día 11/03/19 a las 13:00 hs. en el Juzgado. En tal oportunidad todos los oferentes tendrán posibilidad de mejorar la mejor oferta. A tal fin se determinará un orden por sorteo, con exclusión del que haya realizado la mejor oferta, que ocupará el último lugar en el orden. Si hubiera más de una oferta igual que resultaran ser las mayores, se sorteará entre los oferentes de las mismas para establecer su orden en los últimos lugares de la lista. Cada oferente que no manifieste interés en mejorar la oferta más alta perderá definitivamente el derecho de mejorar las posteriores. El mejoramiento deberá ser en todos los casos de U$S 200. Los bienes se venderán a quien haya formulado la mejor oferta y una vez que no haya más interesados en mejorar la más alta obtenida.

2° - 1°) El comprador deberá constituir en el acta de licitación, domicilio en Rosario, quedando constituido en la Secretaría si así no lo hiciere, y deberá abonar la comisión del Martillero que se fija en el 3 % del valor de la venta más IVA -si correspondiera- en el acto de licitación. También deberá depositar o transferir el 30% del precio (además del depósito ya realizado) el día hábil bancario siguiente en la cuenta judicial antes indicada. El saldo deberá ser depositado dentro de los 5 días de notificado el auto aprobatorio de la venta. Los pagos, depósitos, transferencias deberán hacerse en dólares estadounidenses. Los depósitos de los oferentes no adjudicados serán reintegrados inmediatamente, a tales fines deberán informar conjuntamente con la oferta, el N° de cuenta y CBU para el caso de que la restitución deba efectuarse por transferencia bancaria.

2º - 2°) Los inmuebles salen a la venta en el estado de ocupación que da cuenta el acta de constatación.

2° - 3°) Los impuestos, tasas, expensas y contribuciones que adeude el inmueble; el IVA, el impuesto a las ganancias, el impuesto a los ingresos brutos y cualquier otro impuesto (en caso de corresponder) que graven el acto de venta serán a cargo del comprador desde la fecha de la licitación.

Los impuestos que gravan el acto de escrituración serán reservados por el valor que surja de aplicar las alícuotas respectivas, lo que deberá ser solicitado por el comprador al depositar el saldo de precio, acompañado el cálculo de los mismos, bajo apercibimiento de abonarlos él si así no lo hiciere. Cualquier incremento en los mismos que surja a la fecha de escrituración será a cargo del comprador.

2° - 4°) El Martillero deberá tramitar la inscripción marginal de la venta por licitación. A tal fin, una vez finalizado el acto, la Secretaria le entregará copia certificada del acta, debiendo acreditar el cumplimiento de esta obligación dentro del plazo de 5 días desde la fecha de la licitación.

2° - 5°) La posesión será entregada una vez cancelado el total del precio.

2° - 6°) La transferencia de dominio se realizará por escritura pública por ante el Escribano que designe el comprador, siendo los honorarios y los aportes e impuestos sobre los mismos que correspondan por la escritura traslativa de dominio a su exclusivo cargo. La misma deberá ser confeccionada dentro del plazo de bloqueo registral producido por el certificado C acompañado a los efectos de la presente. Si se realizara con posterioridad, toda medida cautelar que se anote respecto del inmueble deberá ser levantada por el Juez que la ordenó.

2° - 7°) Si la venta fracasara por culpa del postor u oferente será aplicado el art. 497 C.P.C.C.

Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL (sin cargo, por tratarse de quiebra), en el diario La Capital y en el Hall del edificio de Tribunales. La publicación de los edictos deberá haber terminado 5 días antes de la fecha de la presentación de sobres.

Rosario, 7 de febrero de 2019. Dra. Verónica A. Accinelli, Secretaria.

S/c 381114 Feb. 18 Feb. 20

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