picture_as_pdf 2019-05-20

VILA S.A.C.I.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES.


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Rafaela, se ha ordenado la siguiente publicación correspondiente a la designación de autoridades de VILA S.A.C.I., según acta de Asamblea Ordinaria de fecha 17/10/2018 y Acta de Directorio de fecha 30-10-18.

Director Titular – Presidente: Julio Cesar Villa, D.N.I. Nº 10.940.213, CUIT Nº 20-10940213-4; Director Suplente: Eduardo Miguel Menardi, D.N.I. Nº 13.014.933, CUIT Nº 20-13014933-3.

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INERTIAL POWER S.R.L.


MODIFICACION DE CONTRATO


Por disposición del Señor Juez del Registro Público de Comercio de la ciudad de Rafaela, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10° inc. b) de la Ley de Sociedades N° 19.550, se hace saber de la modificación social de "INERTIAL POWER S.R.L.” respecto a la designación de nuevo gerente y cambio de fecha de cierre de ejercicio económico, las cláusulas QUINTA y OCTAVA del Contrato Social deberán ser reemplazadas por las que a continuación se transcriben:

QUINTA: La dirección, administración y representación de la sociedad estará a cargo de una Gerencia Plural indistinta; los Sres. Conrado Ezequiel Avaro, D.N.I N° 24.208.936 y Federico Guillermo Crippa, D.N.I N° 30.191.305, ejercerán la Gerencia en forma conjunta y/o separada, de manera indistinta, tendrán a su cargo la representación legal y uso de la firma social, suscribiendo todas las actas con su firma particular a continuación de la denominación “INERTIAL POWER S.R.L.", sin perjuicio de la posibilidad que le acuerda la ley de otorgar poderes de administración o disposición especiales para diferentes tareas. Desempeñarán sus funciones durante el plazo de duración de la sociedad, con las más amplias facultades que fija la ley, con la limitación de no comprometerla en operaciones extrañas al giro normal de la empresa, ni en fianzas, avales o garantías a favor de terceros, ni en operaciones, actos o prestaciones a título gratuito de cualquier naturaleza. Actuando en la forma indicada podrán realizar todos los actos que requiera el fiel cumplimiento del fin social, incluso los que requieren poderes especiales conforme al artículo n° 375 y concordantes del Código Civil y Comercial. La Asamblea tendrá facultades para establecer, modificar o retirar retribuciones o compensaciones a abonar a quienes actúen como gerentes como así también las pautas y condiciones de las mismas, las bases del cálculo y actualización, la forma y tiempo de pago y el carácter de la misma. Se consideran facultades de dirección y administración, sin perjuicio de las que establecen las disposiciones legales, las siguientes: a) comprar, vender, hipotecar, gravar, permutar o adquirir en pago bienes muebles, inmuebles, semovientes, títulos o valores de cualquier naturaleza de la sociedad o para la sociedad, otorgando y suscribiendo todas las escrituras o instrumentos públicos o privados que se requieran y pagando o percibiendo los precios según el caso, aceptar y suscribir cancelaciones, recibos y demás recaudos y firmar contratos como locador o locatario, así como sus prórrogas o rescenciones; otorgar y suscribir los poderes especiales o generales que con las facultades del caso se requieran, ya fueran de orden civil o comercial; firmar, enviar o retirar de todas las oficinas de correos o mensajerías todas las clases de correspondencia epistolar o telegráfica, encomiendas, cartas de porte, certificados, valores declarados; gestionar o solicitar todo asunto de aduana, control de cambio o asuntos fiscales o contencioso administrativo; suscribir o endosar cheques, valores, billetes, pagarés, letras y toda clase de documentos bancarios; abrir y cerrar cuentas corrientes, solicitar descuentos o giros contra fondos depositados o en descubierto que se acuerden; gestionar créditos con garantías ante instituciones bancarias, financieras o de crédito oficiales o particulares, nacionales o extranjeras; b) Realizar toda clase de operaciones bancarias o comerciales sin limitación de tiempo y de cantidad, librar, descontar, aceptar, endosar, cobrar, enajenar y negociar de cualquier modo cheques, letras de cambio, giros, pagarés u otras obligaciones o documentos de crédito con o sin garantías personales o reales, girar cheques en descubierto hasta la cantidad autorizada por los bancos; c) constituir depósitos de dinero, títulos o valores con bancos o establecimientos comerciales con facultad de darlos en caución o garantía para extraer esos u otros depósitos constituidos a nombre de la sociedad durante la vigencia de este contrato. d) comparecer a nombre de la sociedad ante autoridades públicas y privadas, mediadores, nacionales, provinciales o extranjeras; y/o en juicio por si o por intermedio de apoderado o apoderados ante tribunales de las provincias o de la nación, de cualquier jurisdicción o fuero, incluso el laboral. e) Otorgar y firmar instrumentos privados y escrituras públicas que fueran indispensables para cumplir con la administración y los fines sociales; f) En ningún caso estas operaciones podrán efectuarse a favor particular de uno de los socios o terceros; g) En general realizar todo tipo de contratos que directa o indirectamente estén vinculados con los fines sociales.

OCTAVA: El 30 de Junio de cada año cierra el ejercicio económico. A esa fecha se confeccionarán los estados contables a que aluden los artículos 63 a 65 de la Ley de Sociedades Comerciales, los que se presentarán a los socios dentro de los cuatro meses del cierre del ejercicio. De las utilidades liquidadas y realizadas se destinará el cinco por ciento, hasta alcanzar el veinte por ciento del capital social, a la Reserva Legal. Deducidas las reservas facultativas, el saldo se distribuirá entre los socios en proporción al capital aportado. Las pérdidas, si las hubiere, serán soportadas de la misma manera y con igual criterio.

Rafaela, de de 2019.-

$ 269,43 389979 May. 20

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INGENIERÍA ALBATROS S.A.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados INGENIERÍA ALBATROS S.A. s/CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD, Expte. Nº 690 – Año 2019, que se tramitan por ante el Registro Público del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber de la constitución de la siguiente sociedad:

1.- Denominación: INGENIERÍA ALBATROS S.A. (Sociedad Anónima).

2.- Accionistas: ROBERTO RAÚL ROMITI, nacido el 12 de agosto de 1956, casado, argentino, comerciante, con domicilio en Corrientes 1851 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, DNI Nº 12.296.720, CUIT Nº 20-12296720-5; MIGUEL ANGEL ROMITI, argentino, casado, Contador Público Nacional y Licenciado en Administración, con domicilio en Mendoza 562 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, nacido el 15/04/1959, DNI Nº 12.955.637, CUIT Nº: 20-12955637-5; MARIO DANIEL NAVARRO, nacido el 6 de mayo de 1976, soltero, argentino, comerciante, con domicilio en Cerrito 122 de la ciudad de Las Rosas, provincia de Santa Fe, DNI Nº 26.006.552, CUIT Nº 20-26006552-2 y HUGO ALBERTO FALZETTI, nacido el 26 de diciembre de 1948, divorciado, argentino, jubilado, con domicilio en Moreno 544, de la ciudad de Las Rosas, provincia de Santa Fe, DNI N° M 6.187.688, CUIT N° 20-06187688-0.

3.- Lugar y fecha de constitución: San Jorge, provincia de Santa Fe, 19/02/2019.

4.- Domicilio legal: Corrientes 1851 de la ciudad de San Jorge, departamento San Martín, provincia de Santa Fe.

5.- Duración: Noventa y nueve (99) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

6.- Objeto social: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociados a terceros, dentro y fuera del país, de las siguientes actividades: I) INDUSTRIA: La fabricación de maquinarias e implementos agrícolas, autopropulsadas y/o de arrastre, la fabricación de partes y repuestos, a través de talleres propios o por contrataciones a terceros. II) COMERCIO: La compraventa, distribución, representación, importación y exportación de maquinarias e implementos agrícolas de todo tipo, sus partes y repuestos. III) SERVICIOS: La reparación, mantenimiento, servicio posventa y puesta a punto de maquinarias e implementos agrícolas.

7.- Capital social: El capital social se fija en la suma de $ 400.000, representado por 4.000 acciones de $ 100 de valor nominal cada una. El capital social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto conforme el art. 188 de la Ley 19.550. Los señores socios tienen ya suscripto el capital de $ 400.000, equivalente a 4.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables de $ 100 cada una y de 1 voto cada una, correspondiendo a cada socio un número de acciones conforme al siguiente detalle: ROBERTO RAÚL ROMITI, 1.000 acciones de $ 100 cada una, equivalentes a $ 100.000, nominativas no endosables de 1 voto, representativas del 25%; MIGUEL ANGEL ROMITI, 1.000 acciones de $ 100 cada una, equivalentes a $ 100.000, nominativas no endosables de 1 voto, representativas del 25%; MARIO DANIEL NAVARRO, 1.000 acciones de $ 100 cada una, equivalentes a $ 100.000, nominativas no endosables de 1 voto, representativas del 25%; y HUGO ALBERTO FALZETTI, 1.000 acciones de $ 100 cada una, equivalentes a $ 100.000, nominativas no endosables de 1 voto, representativas del 25%.

8.- Administración: La administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por el número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de diez (10) quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Cuando la asamblea designare un Director Titular, éste será el presidente. Cuando la Asamblea designare dos o más Directores Titulares, el Directorio en su primera sesión deberá designar de entre sus miembros al Presidente y a un Vicepresidente. El Vicepresidente reemplazará al Presidente en caso de ausencia o impedimento. El Directorio funciona con la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de empate, el Presidente debe volver a votar para desempatar. La Asamblea fija la remuneración del Directorio.

9.- Fecha de cierre del ejercicio: el día 31 de enero de cada año.

10.- Directorio: quedará integrado por dos Directores Titulares y un Director Suplente y durarán tres ejercicios en sus funciones. Director Titular (Presidente): ROBERTO RAÚL ROMITI. Director Titular (Vicepresidente): HUGO ALBERTO FALZETTI. Director Suplente: MARIO DANIEL NAVARRO.

Santa Fe, 29 de abril de 2019.

Dr. Jorge E. Freyre – Secretario – Registro Público

$ 292,05 389661 May. 20

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ABBA MISIONES S.A.


ESTATUTO


1) Socios: Abel Walter Baez, argentino, nacido el 5 de Octubre de 1979, de apellido materno Vigil, D.N.I. Nº 27.477.253, CUIL N° 20-27477253-1, Empresario, casado en primeras nupcias con Juana Bautista Villalba, domiciliado en calle San Lorenzo N° 4290 Planta Baja de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, y Alberto Daniel Romanovich, argentino, nacido el 18 de Febrero de 1982, de apellido materno German, D.N.I. Nº 28.704.495, CUIL N° 20-28704495-0, Empleado, casado en primeras nupcias con Giselda Leonor Villordo, domiciliado en calle San Martín N° 543 Piso 7 Departamento D de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. 3) Denominación: ABBA MISIONES S.A. 4) Sede Social: San Lorenzo N° 1333 Piso 4º Oficina A de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. 5) Objeto social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros y/o asociadas a terceros, dentro y fuera del territorio de la República Argentina, la siguiente actividad: Construcción: mediante el estudio, proyecto, dirección ejecutiva y ejecución de edificios, estructuras metálicas o de hormigón; obras civiles y todo tipo de obras de ingeniería o arquitectura, de carácter público o privado; construcción de edificios, complejos urbanísticos por el Régimen de Propiedad Horizontal y de Prehorizontalldad y construcción de todo tipo de inmuebles para lo cual podrá presentarse a licitaciones públicas o privadas, nacionales o internacionales, concurso de precios y cualquier otra forma de adjudicación de obras. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, celebrar contratos, concretar operaciones que se relacionen directa o indirectamente con aquel, realizar todo tipo de acto que no esté prohibido por las leyes o por este estatuto, incluyendo la capacidad para estar en juicio tanto como parte actora o demandada en cualquier fuero o jurisdicción. En ningún caso la sociedad explotará actividad que la incorpore al control permanente establecido por el art. 299 de la Ley 19.550. 6) Plazo: El término de la sociedad se extiende por noventa y nueve (99) años a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público. 7) Capital: El capital social es de pesos trescientos mil ($ 300.000) representado por tres mil (3.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de pesos cien ($ 100) valor nominal por acción y con derecho a un (1) voto cada una. 8) Directorio: La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cuatro (4) quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios, pudiendo ser reelectos. 9) Representación legal: La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente en caso de impedimento o ausencia del primero, en caso de estar designado. 10) Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura, ejerciendo los accionistas el derecho de contralor. 11) Fecha cierre Ejercicio Social: día 31 (treinta y uno) del mes de Julio de cada año. 12) Composición del Directorio: Director titular y Presidente: Abel Walter Baez; y Director suplente: Alberto Daniel Romanovich, cuyos datos de identidad obran precedentemente. 13) Resolución I.G.P.J.: Nº 420 del 29/03/2019.

$ 75 390252 May. 20

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ALIMENTOS DAIA S.A.


ESTATUTO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4 Civil y Comercial a cargo del Registro Público, Dr. José María Zarza, Secretaria a cargo de la Dra. Mirian Graciela David, hace saber que en los autos ALIMENTOS DAIA S.A s/Estatuto y Designacion de autoridades - (EXPTE N° 145/2019), se ha ordenado la siguiente publicación:

Los señores Jose Luis Nardelli, argentino, casado, Documento Nacional de Identidad N° 17.201.874, CUIT 20-17201874-3, de profesión Comerciante, nacido el 16 de Marzo de 1965, domiciliado en San Lorenzo 987, de la ciudad de Reconquista, departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, Cian Daniela Teresa, argentina, casada, Documento Nacional de Identidad N° 18.069.757, CUIT 27-18069757-3, de profesión Comerciante, nacida el 18 de Diciembre de 1966, domiciliada en San Lorenzo 987, de la ciudad de Reconquista, departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, y Nicolas Nardelli, argentino, nacido el 18 de Noviembre de 1990, Documento Nacional de Identidad N° 36.013.682, CUIT Nº 20-36013682-6 soltero, de profesión Estudiante, domiciliado en calle San Lorenzo 987, de la Ciudad de Reconquista Provincia de Santa Fe, Matias Nardelli, argentino, nacido el 13 de Noviembre de 1992 Documento Nacional de Identidad N° 37.61 8.798, CUIT N’20-37618798-6 soltero, de profesión Estudiante, domiciliado en calle San Lorenzo 987, de la Ciudad de Reconquista Provincia de Santa Fe, Rodrigo Nardelli, argentino, nacido el 13 de Noviembre de 1992, Documento Nacional de Identidad N° 37.618.799, CUIT N°20-37618799-4 soltero, de profesión Estudiante, domiciliado en calle San Lorenzo 987, de la Ciudad de Reconquista Provincia de Santa Fe, Daiana Nardelli, argentina, nacido el 13 de Abril de 1995 Documento Nacional de Identidad N° 39.072.005, CUIT N°27-39072005-5 soltera, de profesión Estudiante, domiciliada en calle San Lorenzo 987, de la Ciudad de Reconquista Provincia de Santa Fe, resuelven:

Constituir una Sociedad Anonima, en fecha 23 de Agosto de 2018, sujeta a lo siguiente: .

Articulo primero - denominacion y domicilio: Bajo la denominación de Alimentos Daia S.A., con domicilio en la Ciudad de Reconquista- Dpto. General Obligado- Reconquista.

Articulo segundo - duración: La sociedad tendrá una duración de Noventa y nueve (99) años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público.

Articulo tercero - objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros las siguientes actividades: a) desarrollo y producción de chacinados, y todo otro producto derivado de carnes y afines. b) Compra, venta, Distribución, acopio, consignación, exportación e importación de carnes y sus derivados propios o de terceros. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por la ley y/o por este estatuto.

Articulo cuarto - capital social: El capital social es de peses áloscientos mil ($ 200.000) representado por dos iiiil (2.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal de Cien Pesos ($ 100,00) cada una con derecho a Un (1) voto por cada acción. El capital social podrá ser aumentado hasta el quíntuplo de su monto por decisión de la Asamblea General Ordinaria, de acuerdo a lo prescripto por el art. 188 de la Ley 19550.

Articulo octavo administracion Y representacion: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por un mínimo de uno y un máximo de tres directores, con funciones por tres ejercicios.

Articulo decimo - garantias: En garantía de sus funciones los directores depositarán en la sociedad la suma de veinte mil pesos ($ 20.000) en dinero efectivo cada uno.

Articulo decimoprimero - fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura conforme lo dispone el art. 284 de la Ley 19550.

Artículo decimocuarto - ejercicio social: El ejercicio social cierra el 31 de Marzo de cada año.

Artículo decimoquinto - Disolución y liquidación: En caso de Disolución se procederá a su liquidación por el Directorio. Cancelado el Pasivo y reembolsado el capital con las preferencias que se hubieren establecido en su caso, se distribuirá el saldo entre los accionistas en proporción a su participación en las ganancias.

Clausulas Complementarias:

Directorio: Quedará integrado de la siguiente forma: I) Titular: Presidente: Jose Luis Nardelli , argentino, casado, Documento Nacional de Identidad N° 17.201.874, CUIT 20-17201874-3, de profesión Comerciante, nacido el 16 de Marzo de 1965, domiciliado en San Lorenzo 987, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, y II) Director suplente: Daniela Teresa Cian argentina, casada, Documento Nacional de Identidad N° 18.069.757, CUIT 27-18069757-3, de profesión comerciante, nacida el 18 de Diciembre de 1966, domiciliada en San Lorenzo 987, de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe.

Presentes los Directores elegidos manifiestan: 1- Que aceptan el cargo para el cual han sido designados;

Domicilio legal: Fijar el domicilio legal de la sociedad en Lote 38 Sector F Parque Industrial de la ciudad de Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe.-Reconquista, 13 de mayo de 2019.

$ 250 390308 May. 20

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ALIVE FOOD S.A.S.


ESTATUTO


En Rosario, a los 02 días del mes de Mayo del año 2019 el señor Darío Andrés Prigent, argentino, de sexo masculino, nacido el 20/05/1992. DNI 36.879.416, CUIT 20-36879416-4 de profesión comerciante, soltero, domiciliado en calle 3 de Febrero 325 de la localidad de Villa Gobernador Galvez, Pcia. de Santa Fe, ha resuelto constituir una sociedad por acciones simplificada con sujeción al siguiente:

Denominación: ALIVE FOOD S.A.S.

Domicilio: Junín 385 Local 55, Rosario, Pcia. de Santa Fe.

Objeto: Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: 1) Explotación comercial y administración de emprendimientos gastronómicos de todo tipo, bar, restaurante, parrilla, confitería, pizzeria, fast food, cafetería, servicios de lunch, servicios de catering, delivery, despacho de bebidas alcohólicas y sin alcohol y cualquier actividad del rubro gastronómico; 2) explotación comercial y administración de Kioskos, minimarket y polirubros, compra y venta de productos alimenticios de toda clase, lácteos, panificación, fiambrería, bebidas alcohólicas y sin alcohol y productos de higienes y aseo personal y del hogar al por menor. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero y realizar toda actividad licita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecucción de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores, tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro publico. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad juridica para adquirir derechos, contraer obligaciones ,y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

Duración: 20 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.

Capital: El capital social es de $ 25.000 (pesos veinticinco mil), representado por 25.000 acciones de un (1) peso, valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisíon de los socios conforme articulo 44 Ley 27.349.

Administración y representacion La administracion estara a cargo de una persona humana, socio o no. La representación estará a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno. Se deberá designar por lo menos, un administrador suplente mientras la sociedad carezca de organo de fiscalizacion. Duran en el cargo hasta que se designen sus reemplazantes. El Administrador Titular es Dario Andrés Prigent, DNI 36.879.416, CUIT 20-36879416-4, argentino, nacido el 20/05/1992, soltero, comerciante, y el Administrador Suplente sera German Elio Castro, DM 39.818.100, CUIT 20-39818100-0, argentino, nacido el 18/08/1996. soltero, comerciante, quienes constituyen domicilio especial en la sede social.

Organo de gobierno: La reunión de socios es el órgano de Gobierno. Se celebraran siempre que alguno de el representante legal o el vice representante en su caso lo requieran mediante notificacion fehaciente, pudiendo convocarse por medios electrónicos siempre que se asegure la recepción. Se celebraran en la sede social pero pueden llevarse a cabo fuera de la sede social o por videoconferencia, o sistema similar que garantice la comunicación simultánea entre los participantes. Las resoluciones que importen reformas al presente, salvo lo previsto por el art. 44 ley 27.349, se adoptarán por mayoría absoluta de capital, en las que no importen reforma estatutaria se considerara la mayona del capital presente. El acta debera ser suscrita por el representante o el vice representante en su caso, responsable de la convocatoria, debiéndose guardar las constancias de acuerdo al medio utilizado para comunicarse. Sin perjuicio de lo expuesto, son válidas las resoluciones sociales que se adopten por el voto de los socios, comunicado al órgano de administración por medio que garantice su autenticidad, dentro de los diez días de habérseles cursado consulta simultánea a través de un medio fehaciente, o las que resultan de declaracion escrita en la que todos los socios expresan el sentido de su voto.

Fiscalizacion: Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme el del art. 55 LGS.

Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

$ 110 390345 May. 20

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ASGAR S.A.S


ESTATUTO


1.- Por instrumento de fecha 6 de Mayo de 2018, el Sr. Santiago Gassmann, de D.N.I. Nº 33.055.855, con fecha de nacimiento el 06/07/1987, soltero, argentino, comerciante, con domicilio en calle Belgrano N° 1042 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, y el Sr. Ramiro Uriel Fernandez, de D.N.I Nº 33.513.510, con fecha de nacimiento el 24/11/1987, argentino, soltero, comerciante, con domicilio en calle Italia N° 945 - Piso 5° - Depto “A” de la ciudad de Rosario, ha resuelto constituir una sociedad por acciones simplificadas denominada: ASGAR S.A.S., con domicilio legal en jurisdicción de la ciudad de Rosario. Objeto: realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: compra venta y administración de bienes muebles e inmuebles propios y el desarrollo de negocios inmobiliarios. Gerenciamiento de sociedades y administración de empresas. Plazo de duración: 20 años desde la inscripción en el Registro Público. Capital: pesos cuarenta mil ($ 40.000). Administración: a cargo de uno a cinco personas humanas, socios o no. Órgano de Administración: duración indeterminada de los cargos. Fiscalización: Se prescinde de Sindicatura. Administradores: Titular: Santiago Gassmann (D.N.I. Nº 33.055.855). Suplente: Ramiro Uriel Fernandez (D.N.I. N 33.513.510). Representación: a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno. Fecha de cierre del ejercicio económico: 30 de Junio de cada año.

$ 65 390255 May. 20

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ARA TURISMO S.R.L.


CESIÓN DE CUOTAS


Se hace saber que el día 14 de marzo de 2019, se celebró un contrato de cesión de cuotas entre el Sr. Gustavo Gabriel Moreno y el Sr. Gabriel Carlos Heit. En dicho contrato el Sr. Gustavo Gabriel Moreno, DNI 23.932.366, CUIL 23-23932366-9, argentino, de apellido materno Perfumo, soltero, empleado, nacido el 30/04/1974, con domicilio en calle Italia 1325 de la ciudad de Sastre, provincia de Santa Fe, le vendió, cedió y transfirió al Sr. Gabriel Carlos Heit, DNI 22.763.088, CUIT 20-22763088-5, argentino, de apellido materno Cisterna, casado, comerciante, nacido el 27/11/1972, con domicilio en calle Alberdi 1457 de la ciudad de Sastre, provincia de Santa Fe, en forma absoluta, definitiva e irrevocable, siete mil (7.000) cuotas sociales de $ 10 valor nominal cada una, o sea la suma de $ 70.000, es decir, la totalidad de las cuotas sociales de la cual era propietario. El precio total y convenido para la cesión asciende a la suma de $ 70.000. Con motivo de la transferencia de las cuotas sociales, los socios acordaron modificar la cláusula cuarta del Contrato Social de Ara Turismo S.R.L., que quedará redactada de la siguiente manera: Capital-Cuarta: El capital social es de pesos: un millon cuatrocientos mil ($ 1.400.000,00) dividido en ciento cuarenta mil (140.000) cuotas de diez pesos ($ 10,00) valor nominal cada una, suscripto e integrado por los socios como sigue: el socio Gabriel Carlos Heit, 105.000 cuotas de $ 10,00 valor nominal cada una o sea la suma de $ 1.050.000,00 y la socia Maria Alejandra Moreno, 35.000 cuotas de $ 10,00 valor nominal cada una o sea la suma de $ 350.000. Autos: ARA TURISMO S.R.L. s/Modificación al contrato social; Expte. Nº 606, año 2019. Santa Fe, 11 de Abril de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 92 390273 May. 20

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BIOGAS AVELLANEDA S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


Se hace saber que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 14 de Mayo de 2018 y Asamblea General Extraordinaria de fecha 04 de Julio de 2018, la sociedad ha resuelto modificar los Artículos 5º, 7º, 9º, 10º, 11º, 12º, 13°, 15º y 17º de su estatuto social, quedando redactados de la siguiente manera:

Artículo Quinto: I- Clases de Acciones. La sociedad podrá emitir acciones ordinarias clase A y clase B. Las acciones ordinarias nominativas no endosables clase A y clase B darán derecho a cinco (5) votos por acción y a elegir la mitad de los Directores Titulares y la mitad de los Directores Suplentes cada una de las clases, y a elegir la Sindicatura en la forma prevista en el Artículo Décimo Primero. II- Suscripción preferente de acciones. En toda emisión de acciones deberá mantenerse la proporción entre las acciones clase A y clase B. Los accionistas titulares de acciones clase A y B tendrán derecho de preferencia y de acrecer en la suscripción de las nuevas acciones que emita la sociedad dentro de su misma clase y en proporción a sus respectivas tenencias. De existir un remanente de acciones de clase A o clase B no suscripto, las mismas se ofrecerán a los accionistas titulares de acciones de la otra clase -A o B-, quienes ejercerán su derecho de suscripción en relación a sus tenencias y el derecho de acrecer en su proporción. De quedar remanente sin suscribir la Asamblea resolverá si se ofrecen a terceros no accionistas, o se reduce el aumento de capital por el monto no suscripto. En ningún caso podrá cederse el derecho de suscripción preferente. III. Las acciones de la Sociedad de cualquier y todo accionista no podrán ser objeto de usufructo, prenda, gravamen u otro derecho de garantía, ni dadas a embargo, sin el consentimiento de accionistas que representen el 80% del capital social de la sociedad otorgado en Asamblea General Extraordinaria. La denegatoria no necesitará tener expresión de causa. IV. Restricción al otorgamiento de poderes para representar a accionistas en Asamblea. Los accionistas pueden hacerse representar en las asambleas. No pueden ser mandatarios, además de los listados en el Art. 239 de la Ley 19.550 cualquier persona que no revista la calidad de accionista de la Sociedad. Cuando el accionista sea una persona jurídica el mandato podrá ser ejercido por el representante legal estatutario o contractual o convencional de dicha persona jurídica. Ningún accionista podrá otorgar poderes irrevocables con vigencia mayor a tres (3) meses. V. Mora en la integración de acciones. En caso de mora en la integración del capital, el Directorio queda facultado para proceder de acuerdo con cualquiera de los procedimientos determinados por el artículo 193 de la Ley N° 19.550. Artículo Séptimo: 7.1 La administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto por un mínimo de dos (2) directores titulares y un máximo de seis (6) directores titulares, siempre en número par, e igual número de directores suplentes, que durarán 2 (dos) años en el desempeño de su mandato, pudiendo ser reelegidos indefinidamente. Del número de directores titulares y suplentes que la asamblea resuelva elegir entre dos (2) y seis (6), y siempre en número par, la mitad de los directores titulares y sus directores suplentes corresponderá que sean electos por los accionistas propietarios de acciones Clase A y la otra mitad de los directores titulares y sus directores suplentes por los accionistas propietarios de acciones Clase B. 7.2 Una vez determinado por la Asamblea el número de directores titulares y suplentes a elegir, los accionistas clase A y B se constituirán dentro de la misma Asamblea General y formando parte de ella, en Asamblea Especial y procederán a elegir a los directores que les corresponda conforme a la cantidad que resulte de aplicar el cincuenta por ciento (50%) del total de los directores designados para integrar el Directorio. 7.3 En el supuesto que alguna de las clases de acciones A o B decidiera en la Asamblea Especial no designar directores o la Asamblea Especial de la respectiva clase no pudiese celebrarse por falta de quórum o no pudiese adoptar resolución por cualquier causa que sea, las vacantes que quedasen pendientes de designación serán cubiertas por los directores elegidos por la Asamblea General una vez clausurada la Asamblea Especial de la clase de acciones en cuestión o verificada la imposibilidad de sesionar o adoptar resolución válida cualquiera sea la causa de ello. 7.4 En caso de ausencia temporal, renuncia, incapacidad o impedimento de los directores titulares para continuar en sus funciones, serán reemplazados por los directores suplentes correspondientes a la clase que corresponda al director que cesa en sus funciones, en el orden de su designación y en forma automática verificada la vacante. Si no hubiese directores suplentes en condiciones de llenar las vacantes por ausencia, incapacidad, renuncia o impedimento para asumir el cargo de director titular de una Clase de acciones una Asamblea Especial podrá autoconvocarse por los accionistas de la respectiva Clase para cubrir las vacantes de los directores titulares y/o suplentes cuyos cargos quedasen vacantes. 7.5 En la misma Asamblea General que se designen los directores titulares y suplentes por ambas clases de acciones, se elegirá un Presidente y un Vicepresidente. Dichos cargos serán ejercidos por un director electo por los accionistas de la clase A o B de modo que cuando un director electo por una Clase sea designado Presidente corresponderá a un director elegido por la otra clase ser designado Vicepresidente y viceversa. El mandato como Presidente o Vicepresidente, según el caso, se computará desde la asamblea que considere los estados contables del ejercicio en el que fuesen nominados hasta la asamblea de accionistas que considere los estados contables del ejercicio siguiente de modo que clausurada la Asamblea General que hubiese considerado el respectivo estado contable el director que venía cumpliendo el cargo de Presidente pasará a ocupar el cargo de Vicepresidente y quien venía cumpliendo el cargo de Vicepresidente simultáneamente pasará a ocupar el cargo de Presidente y así sucesivamente. La duración anual en los cargos de Presidente y Vicepresidente no afecta la vigencia del mandato de dichos directores que se mantendrán en los respectivos cargos por el término de sus mandatos por dos ejercicios conforme lo antes establecido. Si durante el curso del mandato alguno de ellos renunciase o por cualquier otra causa el cargo quedase vacante por un lapso superior a treinta (30) días, corresponderá que el Directorio designe al reemplazante en dicho cargo de entre los directores elegidos por la misma clase que hubiese elegido al director cuyo cargo de Presidente o Vicepresidente hubiese quedado vacante. 7.6 El Vicepresidente reemplazará al Presidente en caso de ausencia o impedimento transitorio por no más de treinta (30) días consecutivos. El Directorio deberá reunirse por lo menos una vez cada tres meses. El quórum para sesionar válidamente será de la mitad más uno de sus integrantes de modo que se encuentren presentes al menos un director designado por cada clase de acciones, salvo lo establecido en los supuestos previstos en la Cláusula 7.7. A tales fines se entenderá presente el director cuando tuviese presencia física o virtual mediante un medio que le permita participar comunicándose simultáneamente con los restantes miembros del directorio partícipes de la reunión por un medio de transmisión simultánea de sonido o de imágenes y palabras. Las actas de estas reuniones serán confeccionadas y firmadas dentro de los cinco (5) días de celebrada la reunión por los directores y síndico presentes. Aquellos directores participantes por medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes o plabras, podrán firmar por medio de la autorización prevista en el art. 266 de la LGS. Si las reuniones se celebraran con la participación de sus respectivos miembros a distancia, se dejará constancia de sus nombres en el acta respectiva, debiendo expedirse el Síndico respecto de la regularidad de las decisiones adoptadas. En todos los casos el acta de Directorio deberá reflejar el tipo de participación de aquellos miembros que lo hagan a distancia. Las sesiones del Directorio serán presididas por el Presidente o, en su ausencia por el Vicepresidente, y en caso de ausencia de ambos, por cualquier otro de los directores que hubiese sido elegido por la clase que eligió al Presidente en funciones. La convocatoria a las reuniones de Directorio se enviará por correo electrónico a todos los directores con por lo menos cinco (5) días de anticipación y deberá incluir el Orden del Día correspondiente y copia de cualquier documentación que deba tratarse en la misma. Cualquiera de los directores podrá, con no menos de cinco (5) días de anticipación a la fecha de la reunión requerir al Presidente, por escrito, el agregado de cualquier punto que considere necesario agregar al Orden del Día lo que será puesto en conocimiento de los demás directores. Salvo decisión unánime del Directorio, los temas no incluidos en el orden del día no serán considerados en la reunión. Sin perjuicio de lo antedicho, el Directorio podrá autoconvocarse y sesionar válidamente con la presencia de todos los directores (titulares o suplentes). Las resoluciones se adoptarán por la mayoría de directores presentes, sin tener el Presidente o Vicepresidente voto dirimente. El Directorio podrá otorgar poderes generales o especiales a empleados de la Sociedad o terceros para celebrar uno o más actos determinados. Los gerentes sólo tendrán facultades ejecutivas y en el ejercicio de los poderes que se les otorguen deberán contar con la pertinente resolución que respalde su actuación ya sea en forma genérica o específica. 7.7 Salvo en lo que respecta al tratamiento y aprobación o rechazo de las cuestiones previstas en la Cláusula 7.8 Mayorías Calificadas, que se regulan en dicha Cláusula 7.8 cuando en una reunión de Directorio no se contara con quórum legal para sesionar en primera convocatoria, el Directorio sesionará en segunda convocatoria una hora después de la hora fijada para la primera con la presencia de los directores presentes que constituyan quórum legal, cualquiera sea la clase por la que hayan sido elegidos y en la que los directores suplentes presentes, cualquiera sea la clase que los hubiese elegido, podrán suplir las ausencias de los directores titulares ausentes de modo de poder constituir quórum y asimismo en dichas reuniones las resoluciones se adoptarán por el voto favorable de la mayoría de los directores presentes. 7.8 Para adoptar las decisiones sobre los siguientes temas en adelante cada uno, una Cuestión Reservada no será aplicable la Cláusula 7.7 y para que una resolución sea válida se requerirá ineludiblemente el voto unánime de todos los directores titulares, o en su reemplazo los suplentes, y el quórum se constituirá con la presencia física o virtual de ellos. A los fines de este Estatuto se entenderá por Cuestión Reservada cada una de las siguientes:

i. Someter a la consideración de la Asamblea la modificación del objeto de la Sociedad o de cualquier otra cláusula de este Estatuto;

ii. Someter a la consideración de la Asamblea la consideración de cualquier aumento, o reducción del capital social, salvo que se trate del supuesto de reducción obligatoria previsto en los Arts. 205 y 206 de la Ley General de Sociedades;

iii. Emisión de cualquier título de deuda convertible en acciones, ya sean ordinarias o preferidas;

iv. Someter a la consideración de la Asamblea la solicitud de ingreso o retiro del régimen de oferta pública, solicitud de cotización ante bolsas de comercio o entidades autoreguladas;

v. Someter a la consideración de la Asamblea la disolución anticipada, fusión, escisión o venta del fondo de comercio de la Sociedad incluyendo la celebración de cualquier contrato de colaboración empresaria u otra asociación que, por este Estatuto se establece que es materia de competencia exclusiva de la Asamblea de Accionistas;

vi. Someter a la consideración de la Asamblea la no distribución de dividendos en efectivo cuando del resultado positivo del ejercicio resulte saldo remanente, luego de deducir las previsiones para afrontar la devolución de los financiamientos, las restricciones de dichos financiamientos, y el capital de trabajo necesario para el cumplimiento de los planes de inversión aprobados por el Directorio que no estuviese constituido por financiamiento de terceros, sean socios o no;

7.9 La Asamblea fija la remuneración del Directorio de conformidad con el artículo 261 de la Ley 19.550. 7.10 La remoción de uno o más directores elegidos por una Clase de acciones se hará por la asamblea especial de la clase que lo designó, salvo los casos de los Arts. 264 (prohibiciones e incompatibilidades para ser director) y 276 (cuando por razón de haberse aprobado una resolución que resuelve la promoción de una acción social de responsabilidad la misma produce la remoción del director o directores afectados por dicha acción, obligando a su reemplazo por los accionistas de la Clase respectiva). La Asamblea General sin distinción de clases de acciones podrá remover a todos los directores simultáneamente, pero no a uno o más directores determinados, y podrá resolver la remoción de uno o más directores con justa causa. Artículo Noveno: El Directorio tiene las más amplias facultades para administrar y disponer de los bienes, comprendiéndose aquellas para las cuales la ley requiera poderes especiales conforme al Art. 375 del Código Civil y Comercial de la Nación, y las establecidas en el Art. 9 del Decreto N° 5965/63, pudiendo celebrar toda clase de actos, entre ellos establecer sucursales u otra especie de representación dentro o fuera del país; operar con todos los bancos e instituciones de crédito oficiales o privados, otorgar poderes con el objeto y extensión que juzgue conveniente y en fin podrá llevar a cabo todo acto que le permita el cumplimiento del objeto social con la sola limitación de las materias contempladas en la cláusula 7.8 del Artículo Séptimo en relación con las materias allí determinadas como de competencia exclusiva de la Asamblea de Accionistas. Artículo Décimo: La representación legal de la Sociedad así como el uso de la firma social serán ejercidos en forma individual e indistinta por el Presidente o el Vicepresidente o por uno o más directores designados especialmente al efecto por el Directorio. Artículo Décimo Primero: La sociedad será fiscalizada por una sindicatura integrada por un (1) miembro titular y un (1) miembro suplente elegidos por la Asamblea General. Los síndicos titulares y suplentes durarán un (1) ejercicio en sus funciones. Toda vez que el cargo de Presidente del Directorio corresponda ser ejercido por un director elegido por accionistas Clase A, corresponderá que el síndico titular sea elegido por accionistas Clase B y el síndico suplente sea elegido por accionistas Clase A. Cuando el cargo de Presidente del Directorio corresponda ser ejercido por un director elegido por accionistas Clase B, corresponderá que el síndico titular sea elegido por accionistas Clase A y el síndico suplente sea elegido por accionistas Clase B. En caso de que por alguna modificación del Estatuto social y/o por alguna disposición de la normativa vigente, la Sociedad deba estar fiscalizada por una comisión fiscalizadora, la misma estará integrada por tres (3) miembros titulares e igual número de suplentes. Los accionistas de la clase que hubiera designado al Presidente del directorio para el período correspondiente, elegirán a un (1) miembro titular y un (1) suplente y los de la clase que hubiese designado al director designado Vicepresidente del directorio para el período correspondiente, elegirán a dos (2) miembros titulares y dos (2) suplentes. La presidencia de la comisión fiscalizadora corresponderá a uno de los síndicos designados a propuesta de los accionistas de la clase cuyo director elegido por dicha clase hubiera sido designado Vicepresidente del directorio para el período correspondiente. Sin perjuicio de ello, el mandato será libremente revocable conforme lo dispuesto en el art. 287 de la Ley General de Sociedades. Su remuneración será determinada por la Asamblea General Ordinaria de Accionistas. Artículo Décimo Segundo: Toda asamblea será convocada en la forma establecida por el artículo 237 de la Ley No 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea unánime. Asimismo, las Asambleas podrán convocarse simultáneamente en primera y segunda convocatoria, en cuyo caso la Asamblea en segunda convocatoria podrá celebrarse el mismo día pero con un intervalo no inferior a una hora de la hora fijada para la primera. El quórum de la Asamblea Ordinaria en primera convocatoria requiere la presencia de accionistas que representen más de la mitad del capital social, y en segunda convocatoria la asamblea quedará constituida cualquiera sea el número y clase de acciones presentes. Las resoluciones serán tomadas por mayoría absoluta de votos presentes. El quórum de la Asamblea Extraordinaria en primera convocatoria requiere la presencia de accionistas que representen el sesenta por ciento (60%) del capital social, y en segunda convocatoria la asamblea quedará constituida cualquiera sea el número de acciones presentes. Salvo lo establecido en el Artículo 13° de estos Estatutos, en ambos casos se requiere que el quórum se constituya con la presencia de al menos un accionista de cada clase de acciones y las resoluciones serán tomadas por mayoría absoluta de votos presentes, con el voto favorable de al menos un accionista de cada clase de acciones. Artículo Décimo Tercero: Para la consideración y aprobación de cualquiera de los temas que más adelante se listan se requerirá una resolución de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas. Para que una resolución de tal asamblea sea válida se requerirá ineludiblemente el voto de accionistas que representen el 80% del capital social presente en la Asamblea y el quórum se constituirá con la presencia de accionistas que sean titulares de la mayoría de las acciones integrantes de las respectivas Clases de acciones. Las cuestiones que además de ser materia de Asamblea General Extraordinaria requerirán del quórum y mayorías especiales antedichas son cada una de las siguientes:

i. La modificación del objeto de la Sociedad o de cualquier otra cláusula de este Estatuto;

ii.Cualquier aumento, o reducción del capital social, sea cual fuese su monto, salvo que se trate del supuesto de reducción obligatoria previsto en los Arts. 205 y 206 de la Ley General de Sociedades;

iii. Emisión de cualquier título de deuda convertible en acciones, ya sean ordinarias o preferidas;

iv. El ingreso o retiro de la Sociedad del régimen de oferta pública, solicitud de cotización ante bolsas de comercio o entidades autoreguladas;

v. La disolución anticipada, fusión, escisión o venta del fondo de comercio de la Sociedad incluyendo la celebración de cualquier contrato de colaboración empresaria u otra asociación que, por este Estatuto se establece que es materia de competencia exclusiva de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas;

vi. La no distribución de dividendos en efectivo cuando se cumplan las premisas establecidas en el Artículo 150 de estos Estatutos;

Artículo Décimo Quinto: Las ganancias realizadas y líquidas se destinarán: A) El 5% hasta alcanzar el 20% del capital suscripto para constituir la Reserva Legal. B) A la remuneración del Directorio y Sindicatura que fije la Asamblea General Ordinaria. C) Salvo resolución en contrario de la Asamblea General Extraordinaria conforme lo previsto en el Artículo 13°, el saldo remanente, luego de deducir las sumas que sean destinados a los conceptos previstos en los incisos A) y B) precedentes y luego de constituir las previsiones para (i) afrontar la devolución de los financiamientos, (ii) las restricciones de dichos financiamientos, y (iii) el capital de trabajo necesario para el cumplimiento de los planes de inversión aprobados por el Directorio que no se financie por terceros, sean socios o no, se distribuirá como dividendo en efectivo. Artículo Décimo Séptimo: Disuelta la sociedad por cualquiera de las causales previstas en el Art. 94 de la Ley N° 19.550 o conforme lo previsto en estos Estatutos, la liquidación será practicada por el o los liquidadores designados por la asamblea extraordinaria, quienes deberán actuar conforme a lo dispuesto por el Art. 101 y siguientes y concordantes de la Ley N° 19.550 y bajo la fiscalización del Síndico o de la Comisión Fiscalizadora en su caso.

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EQUIPAMENTOS & CAPITAL SOCIEDAD POR ACCIONES

SIMPLIFICADAS


ESTATUTO


Por así estar dispuesto en autos caratulados Equipamientos & Capital S.A.S s/Constitución de Sociedad, Expte 591/2019, se ha ordenado la siguiente publicación:

Fecha del Instrumento: 11 de Diciembre de 2018.

Integrantes de la Sociedad: Sebastián Genaro Caporizzo, DNI 33.424.526, CUIT 20-33424526-9, fecha de nacimiento 08/01/1988, Argentino, soltero, profesión comerciante, con domicilio en Suipacha 3414, Santa Fe, Dpto. La Capital, Provincia de Santa Fe, Ziomara Brieva, DNI 34.731.677, CUIT 27-34731677-1, fecha de nacimiento 24/10/1989, Argentina, soltera, empleada, con domicilio en Av. San Martin 339 Arroyo Aguiar, Santa Fe, Dpto. La Capital, Provincia de Santa Fe.

Denominación: Equipamientos & Capital Sociedad por Acciones Simplificadas.

Domicilio legal: Calle Suipacha 3414, en la ciudad de Santa Fe, Departamento la Capital, Provincia de Santa Fe.

Plazo de Duración: Su duración es de 30 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.

Objeto: Tiene por objeto la realización , por cuenta propia, de terceros o asociadas a terceros, de las siguientes actividades: A) Venta de Equipamientos para la instalación comercial, industrial y del hogar, de contado o a plazo pudiendo otorgar financiación través del sistema de mini-cuotas, a personas humanas y jurídicas, con o sin garantías, quedando expresamente excluidas todas aquellas previstas en el inc 4) del Art. 299 la Ley General de Sociedades 19.550. B) Efectuar y administrar operaciones comerciales, industriales y/o de servicios en general, ejercer representaciones comerciales, civiles, mandatos, agencias y comisiones, consignaciones y gestiones de negocios, todo ello relacionado con el objeto social.C) Participar en otras sociedades existentes o a crearse, ya sea como administradora, comanditaria, accionista o asociada.

Capital Social: El Capital Social es de 100.000 (cien mil) pesos, representado por 100 (cien) acciones de 1.000 (mil) pesos valor nominal cada una. Administración y Representación: La representación estará a cargo de una persona humana designada como representante por el órgano de gobierno y en caso de que sea plural la administración podrá designarse vicerepresentante quién reemplarará en caso de ausencia o impedimento del representante. Se deberá designar por lo menos, un administrador suplente mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización. Duran en el cargo hasta que se designen sus reemplazantes. Se designa para integrar el órgano de administración: Administrador Titular y Representante, Sebastián Genaro Caporizzo, DNI 33.424.529, Administrador Suplente, Snaider Juan Pablo DNI 27.585.525.

Fiscalización: Se prescinde del órgano de fiscalización.

Ejericio Social: 31 de Diciembre de cada año.

Santa Fe, 10 de mayo de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

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BASANTO S.R.L.


CONTRATO


Se hace saber que ha sido inscripto en el Registro Público de Comercio, el contrato social otorgado en la ciudad de Rosario, en fecha 13 de mayo de dos mil diecinueve, bajo las siguientes bases:

1. Denominación social: BASANTO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

2. Socios: Nemichenitzer Julia, Documento Nacional de Identidad Nro. 31.951.745, CUIL 27-31951745-1, de nacionalidad argentina, de apellido materno Rodriguez Sager, nacida el 25 de Octubre de 1985, casada en primeras nupcias con Tomatis Guillermo Dario, de profesión psicóloga, con domicilio en Chacabuco 2185 de Rosario, provincia de Santa Fe y Tomatis Guillermo Dario, Documento Nacional de Identidad Nro. 22.535.090, CUIL 20-22535090-7, de nacionalidad argentino, de apellido materno García, nacido el 20 de Noviembre de 1971, casado en primeras nupcias con Nemichenitzer Julia, de profesión comerciante, con domicilio en Chacabuco 2185 de Rosario, provincia de Santa Fe.

3. Domicilio Social: Entre Ríos 333 de la ciudad de Rosario, Santa Fe.

4. Fecha de instrumento de constitucion: 11 de Marzo de 2019.

5. Plazo: 10 años, a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

6. Objeto: Explotación comercial de gimnasios, actividades físicas y/o cualquier actividad conexas o complementarias a los mismos, ya sean en ámbitos cerrados o abiertos. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer cuantos más actos sean necesarios para el logro del objeto social, que no se encuentren prohibidos por las leyes y/o por este contrato.

7. Capital: El capital se fijara en la suma de pesos ciento ochenta mil ($ 180.000,00) dividido en ciento ochenta (180) cuotas sociales de pesos mil ($ 1000,00) cada una, que los socios suscriben e integran de acuerdo al siguiente detalle: Nemichenitzer Julia suscribe dieciocho (18) cuotas de capital de pesos mil ($ 1000,00), o sea, un capital de pesos dieciocho mil ($ 18.000,00); Tomatis Guillermo Dario suscribe ciento sesenta y dos (162) cuotas de capital de pesos mil ($ 1000,00), o sea, un capital de pesos ciento sesenta y dos mil ($ 162.000,00). Los socios integran en este acto y en dinero en efectivo la suma de pesos cuarenta y cinco ($ 45.000,00) o sea cuarenta y cinco (45) cuotas de capital de pesos mil ($ 1000,00) cada una y el saldo, o sea la suma de pesos ciento treinta y cinco mil ($ 135.000,00), es decir, ciento treinta y cinco (135) cuotas de capital de pesos mil ($ 1000,00) cada una, dentro de los veinticuatro meses de la fecha. El importe de las integraciones, equivalentes al veinticinco (25 %) por ciento del capital social, es decir pesos cuarenta y cinco ($ 45.000,00) se acredita con la boleta de depósito del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.

8. Administration y fiscalización: La dirección administrativa y representación de la sociedad estará por tiempo indeterminado a cargo de la persona, socia o no, que los socios designen en reunión realizada al efecto. A tal fin, la persona designada usara su propia firma con el aditamento de “SOCIO GERENTE” o “GERENTE” según el caso, precedida la denominación social, actuando en forma individual. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.

9. Fecha de cierre: 30 de septiembre de cada año.

10. Socio Gerente: Tomatis Guillermo Dario, CUIL 20-22535090-7.

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CLAUDIA Y CLAUDIO S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, de la Primera Nominación de Rafaela, a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que en los autos caratulados: Expte. N: 247, Año 2019 CLAUDIA Y CLAUDIO S.A. s/Designación de Autoridades, han solicitado la inscripción del acta de asamblea ordinaria N: 31 de fecha 14 de Enero de 2019, documento en el que se ha registrado la designación de los miembros del Directorio y la distribución de los cargos, por el período complementario al estatutario de tres ejercicios, que finaliza el 31 de Diciembre de 2019. Integran el Directorio: Presidente: Sra. Karina Andrea Juarez, DNI 29.054.223; Director Suplente: Sr. Manuel Ángel Prado, DNI 22.413.410; Síndico Titulan Sr. Miguel Ricardo Herrero, DNI 18.417.172 y Síndico suplente: Sr. Osvaldo Adolfo Marzioni, DNI 6.288.173. Lo que se publica a sus efectos y por el termino de Ley.

Rafaela, 09 de Mayo de 2019.

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CERVANTES MULTIESPACIOS S.A.S


ESTATUTO


Denominación: La sociedad se denomina CERVANTES MULTIESPACIOS S.A.S., Domicilio: La sociedad tiene su domicilio legal en la ciudad de Firmat, Departamento General Lopez, Provincia de Santa Fe.Duración: Su duración es de 20 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.Objeto: Tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: Servicios de catering, explotación de concesiones gastronómicas, bares, confiterías, restaurantes y afines. Distribución de comidas preelaboradas y elaboradas: comedores comerciales, industriales, estudiantiles y actividades afines a la gastronómica. Como así también realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en cualquier parte de la República Argentina la prestación y explotación de servicios de radiodifusión, de acuerdo con los términos y previsiones legales sobre la materia, como así también del pliego de condiciones para la obtención de licencias de servicios complementarios de radiodifusión y pliego de bases y condiciones para la presentación a concurso como empresa oferente de estaciones de radio y televisión abierta, la explotación de circuitos cerrados comunitarios de televisión por cable, o canales abiertos o de aire, codificados, videos, cable visión, microondas o cualquier otro medio técnico creado o a crearse, antenas comunitarias de televisión, transmisión y retransmisión de imágenes y distribución de señales con modulación de frecuencia, todo ello de acuerdo con las normas legales que rijan la materia. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Capital: El capital social es de cincuenta mil pesos, representado 500 por acciones de cien (100) pesos, valor nominal cada una. Administración: La administración estará a cargo de una a dos personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación. Fiscalización: Se prescinde de Sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que poseen los accionistas conforme el art. 55 LGS. Fecha de cierre de ejercicio: El ejercicio social cierra el 31 de Diciembre de cada año.

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DEL BAILE S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 4, en lo Civil y Comercial, Primera Nominación, a cargo del Registro Público de Reconquista, Santa Fe, Dr. José María Zarza. Conforme lo ordenado en autos caratulados “DEL BAILE S.A. S/ AMPL. DE OBJ. (MODO ART. CUARTO: OBJETO) -AUM. DE CAP.(MOD. ART. QUINTO: CAPITAL) -ADECUACIÓN NORMATIVA VIGENTE (ARTS. TERCERO: DURACIÓN -SEXTO: CLASE ACCIONES -OCTAVO: MENCIONES ESPECIALES -NOVENO: MORA -DECIMO CUARTO: FACUL. DIRECTORIO -DECIMO SEPTIMO: CONVOCATORIA ASAMBLEA -DECIMO OCTAVO: QUORUM -DECIMO NOVENO: BALANCE) MODO ESTATUTOARTS. DECIMO: ADM. Y REPRES. -DECIMO PRIMERO: DESIG. DE PDTE. Y VICE PDTE. -DECIMO SEGUNDO: REUNIONES DE DIRECTORIO -DECIMO TERCERO: GTIA. DIRECTORES -DECIMO SEXTO: FISCALIZACION -VIGESIMO: DISTRIBUCION UTILIDADES -VIGESIMO PRIMERO: LIQ. DE LA SOC.) -DESIG. DE AUTO Y NVO. TEXTO ORDENADO- Expte N° 152- Año 2019, en trámite por ante dicho registro Público, se hace saber que la firma Del Baile Sociedad Anonima procedió a la Modificación Parcial del Estatuto, mediante Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria N° 43 de fecha 25 de Mayo de 2018, y ratificada por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria N° 45 de fecha 06 de marzo de 2019, los artículos modificados quedarán redactados del siguiente modo: Duracion. Articulo tercero: La duración de la Sociedad será de 99 años, contados desde la Inscripción en el Registro Público. Objeto. Articulo cuarto: La Sociedad tendrá por objeto realizar, por cuenta propia o de terceros, las siguientes actividades: a) Agrícola-Ganadera: a.1) Explotación integral de Establecimientos Agrícola-Ganaderos: mediante la explotación agrícola-ganadera en todas sus formas, de manera directa en establecimientos rurales ganaderos, agrícolas, frutícolas, forestales, propiedad de la sociedad o de terceras personas a.2) Servicios Agrícola-Ganaderos: Mediante la realización a terceros de siembra, cultivos, cosecha, fumigación, cría e invernada b) Comerciales: Mediante la realización de las operaciones emergentes de la consignación, intermediación y comercialización de granos, semovientes y/o productos forestales, en forma directa o en remates, incluyendo sus derivados o subproductos en cualquier etapa de elaboración. c) Representaciones y mandatos: en todos sus tipos, relacionados con las actividades y/o productos definidos en este Objeto Social. d) Importación y exportación: de los productos y subproductos a que refieren su objeto. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por la ley o por este estatuto. Capital. Articulo quinto: El capital social es de pesos un millon trescientos trece mil ($ 1.313.000,00) representado por ciento treinta y un mil trescientas (131.300) acciones ordinarias nominativas no endosables de pesos diez ($ 10,00) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea General Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el artículo 188 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. Clase. Articulo sexto: Las acciones serán siempre nominativas no endosables, pudiendo ser ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente, de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijárseles una participación adicional en las ganancias. Menciones especiales. Articulo octavo: Las Acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones del artículo 211 de la Ley General de Sociedades N° 19550. Se puede emitir títulos representativos de más de una acción. Mora. Articulo noveno: En caso de mora en la integración del capital, el Directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el artículo 193 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. Administracion representación. Articulo decimo: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de siete con mandato por 3 (tres) años. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran en el orden de su elección. Designación de presidente y vice-presidente. Articulo decimo primero: En el caso que la Asamblea nombre un Directorio compuesto por dos o más miembros y hasta un máximo de siete, inmediatamente después de celebrada la Asamblea General Ordinaria, el Directorio nombrará en su seno el Presidente y el Vice-Presidente y los demás cargos que resolvieran establecer. El Vicepresidente sustituirá en todas las funciones al Presidente, en los casos de renuncia, fallecimiento, ausencia o cualquier impedimento de éste. Reuniones del directorio. Quorum: Articulo decimo segundo: El Directorio funcionará válidamente con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y las resoluciones serán tomadas por mayoría de votos presentes que puedan emitirse en la respectiva decisión, incluso el Director que preside la reunión, en el caso de Directorio compuesto por dos o más miembros, cuyo voto decidirá en caso de empate. En caso de muerte o ausencia del Presidente o Vice-Presidente, las reuniones serán presididas por el Director que designen los miembros presentes. Garantia de directores. Articulo decimo tercero: Cada uno de los directores debe prestar la siguiente garantía $ 15.000,00 (quince mil pesos) en efectivo, que será depositada en la sociedad. Facultades del directorio. Articulo decimo cuarto: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la Ley requiera poderes especiales, excepto respecto a la adquisición y disposición de los inmuebles, para lo cual se requerirá acuerdo unánime de la Asamblea de Accionistas. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la Sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos: a) Operar con toda clase de bancos y demás instituciones oficiales y/o privadas y/o mixtas; b) Otorgar a una o más personas poderes judiciales, inclusive para querellar criminalmente; c) Nombrar o remover a uno o más apoderados, otorgándoseles las facultades que juzgue conveniente; d) Encomendar a uno o más de sus miembros, funciones específicas, técnicas y/o encargarles alguna gestión determinada; e) Adquirir bienes muebles para el uso de la Sociedad y f) Adquirir el activo y pasivo de establecimientos y fondos de comercios. FISCALIZACLONES. Articulo decimo sexto: La sociedad prescindirá de la Sindicatura pudiendo los accionistas ejercer el derecho de contralor que confiere el artículo 55 de la Ley General de Sociedades N° 19550. Asambleas convocatorias. Articulo decimo septimo: Toda asamblea debe ser citada en primera y segunda convocatoria simultáneamente en la forma prevista por el Artículo 237 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de Asamblea Unánime. Quorum. Articulo decimo octavo: Rigen el quórum y mayorías determinados por los Artículos 234 y 244 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, según clase de Asambleas, convocatoria y materia de que se trate, excepto en cuanto al quórum de las Asambleas Extraordinarias en segunda convocatoria, las que se considerarán constituidas cualquiera sea el número de accionistas presentes, con derecho a voto. Balance. Articulo decimo noveno: El ejercicio social cierra el treinta y uno de mayo de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. La Asamblea puede modificar la fecha de cierre del ejercicio, inscribiendo la Resolución pertinente en el Registro Público y comunicándola a la autoridad de contralor. Distribución de utilidades. Articulo vigesimo: Las Ganancias realizadas y líquidas que resulten del Balance Anual se determinarán a) El cinco por ciento (5%) hasta alcanzar el veinte por ciento (20%) del capital suscripto, para el fondo de Reserva Legal; b) a remuneración del directorio, c) A dividendos de las acciones preferidas, con prioridad los acumulativos impagos; d) El saldo en todo o en parte a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendos de las acciones ordinarias nominativas no endosables o a fondo de reserva facultativos o de previsión o a cuenta nueva o al destino que determine la Asamblea. Los dividendos deben ser en proporción a las respectivas integraciones dentro del año de su sanción. Liquidación de la sociedad. Articulo vigesimo primero: La liquidación de la Sociedad puede ser efectuada por el directorio o por liquidadores designados por la Asamblea. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital el remanente se repartirá entre los accionistas con las preferencias indicadas en el artículo anterior.

Designación de autoridades- Presidenté: Marcelo Daniel Mussin, D.N.I. N° 13.273.803, argentino, nacido el 18 de diciembre de 1963, domiciliado en Avda Avalos N° 925, de la ciudad de Resistencia, Provincia del Chaco, estado civil casado, apellido materno Mottironi empresario, CUIT N° 20-13273803-4, Vice-presidente: Roberto Agustín Saucedo, D.N.I. N° 6.251.259, argentino, nacido el 23/03/1943, domiciliado en calle N° 8, N° 1013, de la ciudad de Las Toscas, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, estado civil casado, apellido materno Solís, profesión Médico, CUIT N° 20-06251259-9. Director Titular: Agustín Luis Cirmi, D.N.I. N° 34.176.473, argentino, nacido el 16/12/1988, domiciliado en Guardia Vieja N° 4069 5to Piso A, CABA, Estado civil soltero, apellido materno, Mussin, Abogado, CUIT N° 20-34176473-5. Director Suplente: Alejandro Daniel Saucedo, D.N.I. N° 28.217.003, argentino nacido el 28/04/1980, domiciliado en calle N° 8 Nº 1013. de la ciudad de Las Toscas, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, casado, apellido materno Mussin, empleado, CUIT N° 20-28217003-6. Director Suplente: Georgina Mussin, D.N.I. N° 29.233.716, argentina, nacida el 17/01/1982, domiciliada en Aires del Llano B1 MZ1 L11, de la localidad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, Estado civil casada, apellido materno Kuster profesión Músico, CUIT N° 27-29233716-2. Director Suplente: Dario José Deltín, D.N.I. N° 28.722.362, argentino, nacido el 29 de noviembre de 1982, domiciliado en Calle 19 N° 84, de la ciudad de Las Toscas, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe, Estado civil soltero, apellido materno Mussin, profesión comerciante, CUIT N° 20-28722362-6.

Miriam Graciela David, Secretaria.

Reconquista, Sta. Fe, 13 Mayo de 2019.

$ 570 390282 May. 20

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DON PABLO S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del juez en suplencia a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco, secretaria subrogante, según decreto de fecha 07/05/2019, se ordena la publicación de Edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Por Asamblea General Ordinaria N° 4, celebrada el 25/10/2018, se procedió a la renovación del Directorio de la firma DON PABLO S.A., cuyos miembros durarán en sus funciones tres ejercicios, y a la correspondiente distribución de cargos, quedando integrado el mismo por decisión unánime, de la siguiente forma:

Director titular: Pablo Fabian Lanza, DNI Nº 16.401.262, CUIT: 20-16401262-0. Director Suplente: Maria Livia Pascual, DNI Nº 17.901.879, CUIT: 27-17901879-4.

$ 59.4 390236 May. 20

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DOÑA TITA S.A.S.


ESTATUTO


Constitución: 23 días del mes de abril del año 2019. 1. Fabian Marcelo Ferrand, nacido el día 15/12/73, casado, argentino, Contador Público Nacional, con domicilio real en calle Av. Fuerza Aérea N° 4204 U-187 de la localidad de Funes, provincia de Santa Fe, DNI N° 23.468.112, CUIL/CUIT/CDI N° 20 23468112-6, Y Vanesa Susana Rocca, nacida el día 28/11/73, casada, argentina, Contador Público Nacional, con domicilio real en calle Av. Fuerza Aérea N° 4204 U-187 de la localidad de Funes, provincia de Santa Fe, DNI N° 23.586.394, CUIL/CUIT/CDI N° 23-23586394-4. 2. DOÑA TITA SAS. 3. Av. Fuerza Aérea N° 4204, Unidad 187 de Funes, provincia de Santa Fe. 4. La sociedad tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: A) Agropecuarias: Realizar la prestación de servicios y/o explotación directa por sí o por terceros en establecimientos rurales, ganaderos, agricolas, frutícolas, forestales, propiedad de la sociedad o de terceras personas, cría, venta y cruza de ganado, hacienda de todo tipo, explotación de tambos, cultivos, compra, venta y acopio de cereales, incorporación y recuperación de tierras áridas. Elaboración de productos lácteos o de ganadería, o la ejecución de otras operaciones y procesos agrícolas y/o ganaderos así como la compra, venta, distribución, importación y exportación de todas las materias primas derivadas de la explotación agrícola y ganadera. Transporte automotor de haciendas y/o productos alimenticios. Fabricación, industrialización y elaboración de productos y subproductos de la ganadería, de la alimentación, forestales, madereros, como toda clase de servicios en plantas industriales propias de terceros en el país, referido a dichas actividades. Faena y comercialización de anímales y de productos y subproductos derivados: industriales, faena de semovientes, incluyendo el trozado y elaboración de carnes, subproductos y sus derivados. Compraventa, importación y exportación, consignación o permuta de semovientes animales, productos cárneos, subproductos y sus derivados. Comercialización de productos agrícolas, fertilizantes, herbicidas, plaguicidas y agroquímicos, compra, venta, consignación, acopio, distribución, exportación e importación de cereales, oleaginosas, forrajes, pasturas, alimentos balanceados, semillas, fertilizantes, herbícidas, plaguicídas, agroquímicos y todo tipo de productos que se relaciones con esta actividad.

También podrá actuar como corredor, comisionista o mandataria de los productos mencionados precedenteménte de acuerdo con las normas que dicte la autoridad competente. Administración, gerenciamiento y dirección técnica y profesional de los establecimientos rurales agrícolas o ganaderos de todo tipo. B) Transporte: Transporte nacional de cargas generales, mercaderías a granel, ganado en pie, cereales. Transporte de sustancias alimenticias en general. Muebles, por cuenta propia y de terceros, encomiendas por vía terrestre con medios de transporte propios o de terceros, pudiendo realizar todo lo inherente a su logística. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente estatuto. 5. 50 años. 6. $ 25.000. 7. Administrador titular: Fabian Marcelo Ferrand, nacido el día 15/12/73, casado, argentino, Contador Público Nacional, con domicilio real en calle Av. Fuerza Aérea N° 4204 U-187 de la localidad de Funes, provincia de Santa Fe, DNI N° 23.468.112, CUIL/CUIT/CDI N° 20-23468112-6. Administrador suplente: Vanesa Susana Rocca, nacida el día 28/11/73, casada, argentina, Contador Público Nacional, con domicilio real en calle Av. Fuerza Aérea N° 4204 U-187 de la localidad de Funes, provincia de Santa Fe, DNI N° 23.586.394, CUIL/CUIT/CDI N° 23-23586394-4. 8. Prescinde del órgano de fiscalización. 9. 31 de Mayo de cada año.

$ 115 390337 May. 20

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GRAFER S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados GRAFER S.R.L. s/Modificación al contrato social (Expte. N° 207/2019), en trámite ante el Registro Público -Sede Rafaela, se hace saber que mediante Reunión de socios del 06/02/2019 la Sra. Marina Magdalena Kuriger ha decidido ceder y transferir, en partes iguales, el cien por ciento (100%) de su participación en Grafer S.R.L. que comprende ciento treinta y tres mil seiscientos noventa y cuatro (133.694) cuotas sociales de un peso ($1,00) cada una (representativas del 16,67 del capital social, con más el cien por ciento (100%) de reservas, revalúo contable, resultados asignados y no asignados, y de cualquier otra acreencia que pudiera tener la cedente en la sociedad a favor del Sr. Walter Domingo Teloni y de la Sra. María Fernanda Martinotti, incorporándose ésta última como nueva socia, y siendo sus datos personales los siguientes: argentina, mayor de edad, nacida el 21/05/1974, D.N.I. N° 23.576.366, C.U.I.T. N° 23-23576366-4, divorciada, comerciante, con domicilio en calle Rivadavia N° 1128 de la localidad de Villa Trinidad, provincia de Santa Fe. En virtud de ello, la Cláusula cuarta del Contrato Social queda redactada de la siguiente manera: El capital se fija en la suma de pesos ochocientos dos mil ($ 802.000), que se divide en ochocientas dos mil (802.000) cuotas de capital iguales de un peso ($ 1) cada una, que los socios han suscripto e integrado de acuerdo al siguiente detalle: el señor Walter Domingo Teloni, la cantidad de trescientas treinta y cuatro mil doscientas siete cuotas sociales (334.207) por un valor de pesos trecientos treinta y cuatro mil doscientos siete ($ 334.207,00); la señora Mónica Maria Catalina Turco, la cantidad de doscientas sesenta y siete mil trescientas sesenta cuotas sociales (267.360) por un valor de pesos doscientos sesenta y siete mil trescientos sesenta ($ 267.360,00); el señor Gustavo Rafael Kuriger la cantidad de ciento treinta y tres mil seiscientos noventa y cuatro cuotas sociales (133.694) por un valor de pesos ciento treinta y tres mil seiscientos noventa y cuatro ($ 133.694,00); y la señora María Fernanda Martinotti la cantidad de sesenta y seis mil ochocientas cuarenta y siete cuotas sociales (66.847) por un valor de pesos sesenta y seis mil ochocientos cuarenta y siete ($ 66.847,00). Asimismo, se ha resuelto la ampliación del objeto social, quedando la cláusula tercera redactada de la siguiente manera: La sociedad tiene por objeto la realización por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades: a) Servicios de transporte de cargas: Prestar el servicio de transporte de carga en general de corta y larga distancia, dentro del país y en o al exterior del país, de acuerdo a las reglamentaciones vigentes en la materia. b) Servicios de transporte de personas: Prestar el servicio de transporte de personas de corta y larga distancia, dentro del país y en o al exterior de acuerdo a las reglamentaciones vigentes en la materia. c) Servicios de carga y descarga: Prestar el servicio de carga y descarga de cereales y oleaginosas, otras semillas y/o cualquier otro tipo de mercadería, utilizando medios manuales o mecánicos. d) Servicios de reparaciones: Prestar el servicio de reparaciones de vehículos de carga y todo tipo de vehículos de transporte automotores, tractores y maquinarias agrícolas. e) Exportacion e importacion: la Sociedad podrá vender en el exterior o adquirir del exterior bienes de capital, insumos y/o servicios necesarios para cumplir el objeto enunciado precedentemente. f) Comercial: La Sociedad podrá comprar, vender combustibles de todo tipo, aceites y lubricantes para vehículos y el ejercicio de representaciones, mandatos y gestiones de negocios vinculados a los distintos tipos de negocios de la Sociedad; también podrá dedicarse a la explotación y servicios de lavado, engrase y mantenimiento de automotores, camiones y maquinarias. De la misma forma, la Sociedad podrá también ejercer la actividad de Agricultura, Ganadería y Lechería, en todas sus modalidades y formas, como así también todas las actividades conexas y afines a las antes enunciadas. Asimismo, podrá dedicarse a la compra y venta de cereales, oleaginosas y todo tipo de semillas, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros. g) Servicios rurales: mediante la prestación de toda clase de servicios relacionados con las actividades de Agricultura, Ganadería, Lechería, sus afines y actividades conexas. Se encuentra comprendida la actividad de acopio de cereales, oleaginosas y todo tipo de semillas, ya sea por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros. h) Financieras: mediante inversiones y/o aportes de capital, compra venta de títulos, acciones u otros valores y toda clase de operaciones financieras en general, excepto aquellas que se encuentren comprendidas en las leyes de entidades financieras y toda otra que requiera concurso público. Para el supuesto de que alguna de las actividades descriptas deba ser realizada por profesionales matriculados con título habilitante, será prestado por personas que se encuentren encuadradas en tal condición. Se deja constancia que la sociedad no ejercerá ninguna de las actividades comprendidas en el art. 299 inciso 4 de la Ley 19.550 como así tampoco de los artículos 1 y 9 de la Ley 13.154. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o esto contrato, incluso operar en el Banco Central de la República Argentina, de la Nación Argentina, Nacional de Desarrollo, Santa Fe, Santafesino de Inversión y Desarrollo y demás instituciones bancarias o financieras o de créditos, de sus sucursales que giren en esta plaza o en otras plazas, sean de carácter público, oficial mixtas o particulares, creadas o a crearse. También se ha dispuesto la prórroga del plazo de duración de la sociedad, quedando redactada la Cláusula segunda como sigue: Su duración es de noventa (90) años contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público, pudiendo prorrogarse indefinidamente, previo cumplimiento de los requisitos legales, si ninguno de los socios hace oposición a la prórroga con noventa (90) días mínimos de anticipación a su vencimiento, por lo menos, por telegrama colacionado dirigido a la sociedad. Por último, se ha aprobado el cambio de fecha de cierre de ejercicio, estableciendo la misma el día 31 de agosto de cada año. Finalme e, se ha aprobado el texto ordenado del contrato social, con inclusión de las modificaciónes resueltas.

Rafaela, 09 de mayo de 2019.

$ 311.85 390319 May. 20

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GAI S.A.S.


DISOLUCIÓN


Se hace saber que por decisión de la socia única de GAI S.A.S, sociedad inscripta al Tº 99 Fº 3907 Nº 739, adoptada el 2/5/2019, se resolvió la disolución de la sociedad y se designó como liquidadora a Gabriela Silvina Calcaterra, argentina, soltera, abogada, DNI N° 18.483.612, CUIT 27-18483612-8, domiciliada en Mendoza 2120 piso 1° B de Rosario.

$ 45 390311 May. 20

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HILCAR S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: HILCAR S.R.L. s/Cesión de Cuotas -Renuncia y Designación de Gerente, Expte. N° 826/19, tramitado por ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, se ha ordenado la publicación del siguiente edicto, por un día, y en cumplimiento del art. 10 inc. a de la Ley 19.550.

Fecha del Instrumento de Cesión de Cuotas: 25 de Febrero de 2019.

Razón Social: HILCAR S.R.L., con sede social en la ciudad de Roldan, inscripta en el Registro Público de Comercio en Contratos al Tomo 165, Folio 4046, N°217.

Cesión de Cuotas de Capital: Diego Javier Echagüe, argentino, nacido el 25 de mayo de 1972, casado con Héctor Osear Benavidez, domiciliado en calle Río Paraná 2190 de Roldan, Provincia de Santa Fe, de profesión psicólogo, D.N.I N° 22.777.675, CUIT: 20-22777675-8, cede, vende y transfiere a Luis Gonzalo Echagüe, argentino, nacido el 9 de Julio de 1975, casado en segundas nupcias con Maria Caria Priasco, domiciliado en calle Mendoza 721 Piso 1 de Rosario, Provincia de Santa Fe, de ocupación comerciante, D.N.I N° 24.566.907, CUIT: 20-24566907-1, la cantidad de 150 (ciento cincuenta) cuotas que es propietario en la Sociedad Hilcar S.R.L. de $ 1000 (pesos un mil) cada una, y el precio de esta cesión se acuerda en la suma de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000).

$ 45 390349 May. 20

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IVANAR S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


conformidad a lo previsto por el art. 10 de la Ley 19550 se hace saber que según Asamblea General Ordinaria de fecha 28 de Febrero de 2019, los señores accionistas aprobaron por unanimidad la incorporación de un nuevo miembro al Directorio de Ivanar S.A. el Sr. Ezequiel Cazorla, DNI 25.707.877, al Actual Directorio, sociedad inscripta oportunamente ante el Registro Público de Comercio de Rosario en fecha Estatutos, en fecha 21/09/1981, al To.62, Fo.1440 y Nº 255 y sus respectivas modificaciones inscriptas ante el mismo, con domicilio legal en calle JJ.Paso Nro. 6814 de la ciudad de Rosario, Prov. de Santa Fe, el cual ha quedado compuesto de la siguiente manera, con cuatro titulares y un Director suplente: Presidente: Mario Erlij - DNI 6.061.907 - CUIT 20-06061907-8; Vicepresidente: Joaquín Erlij - DNI 41.056.150 - CUIT 20-41056150-7 ;Director: Ivan Erlij - DNI 24.675.430 - CUIT 20-24675430-7; Director: Ezequiel Cazorla - DNI 25.707.877 -CUIT 23-25707877-9;Directora Suplente: María Victoria Taboas - DNI 25.733.282- CUIT 2725733282-4.- El designado aceptó y tomó posesión del cargo oportunamente en el mismo momento de la celebración de la Asamblea antes referida y fijo como domicilio especial conforme a la Ley 19550 y sus modif. el de Juan José Paso 6814 de la ciudad de Rosario, Sta. Fe. Este y los demás cargos antes mencionados tienen un plazo de vigencia hasta el 31/10/2020, la fecha tope legalmente establecida para la celebración de la Asamblea General Ordinaria ‘ie trate los estados contables a cerrar el 30/06/2020.

$ 60 390317 May. 20

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IDEALAR S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Registro Público de Comercio se ha ordenado la siguiente publicación:

1) Cesión de Cuotas: Cesión de trescientas cincuenta (350) cuotas de capital, de valor nominal $ 100 (pesos cien) cada una, del señor Delgado Daniel Ezequiel, D.N.I. Nº 30.071.120, CUIT 20-30071120-1, argentino, casado en primeras nupcias con la Sra. Simon Gisela Eleonora, empleado, nacido el 31 de julio de 1983, domiciliado en calle 25 de Mayo 1860 de la localidad de Carcarañá a favor de Aquilanti Ivana Soledad, CUIT 27-33055852-6, D.N.I. N°33.055.852, argentina, soltera, empleada, nacida el 11 de julio de 1987, domiciliada en calle Santa Joaquina 278 de la localidad de Carcarañá.

2) Modificación de Cláusulas: La cláusula Quinta del Contrato Social de Idealar S.R.L. queda redactada de la siguiente forma: Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de $ 700.000 (pesos setecientos mil) divididos en 7.000 (siete mil) cuotas de $ 100 (pesos cien) cada una valor nominal. Los socios suscriben el capital en las proporciones y formas siguientes: el socio Guercetti Roberto Gabriel suscribe 6650 (seis mil seiscientas cincuenta) cuotas representativas de $ 665.000 (pesos seiscientos sesenta y cinco mil); el socio Aquilanti Ivana Soledad suscribe 350 (trescientos cincuenta) cuotas representativas de $ 35.000 (pesos treinta y cinco mil). Cada uno de ellos integra el 25 % en efectivo de su suscripción; el saldo se integrará dentro del plazo de dos años, a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.

$ 60 390323 May. 20

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LOS CUATRO ANGELES S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, Primera Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que en los autos caratulados: Expte. 235, Año 2019; CUATRO ANGELES S.R.L. s/Acta constitutiva y designación de autoridades; Maximiliano Julián Grassino, argentino, nacido el 06 de agosto de 1976, de apellido materno Perren, de estado civil casado, DNI 25.244.170, de profesión técnico agrónomo, CUIT 20-25244170-1, domiciliado en calle Giordano N° 1985 de Rafaela (SF); Luciano Darío Grassino Perren, argentino, nacido el 28 de agosto de 1973, de apellido materno Perren, de estado civil casado, DNI 23.429.710, de profesión perito agrónomo, CUT 20-23429710-5 ,domiciliado en calle Igualdad N° 265 de Sunchales (SF) y Leandro Ariel Migliori, argentino, nacido el 31 de octubre de 1973, de apellido materno Bergesio, de estado civil casado, DNI 23.164.447, de profesión abogado, CUIT 20-23164447-5, domiciliado en calle Ameghino N° 1498 de Sunchales (SF); convienen la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada cuya acta constitutiva en lo principal y pertinente se transcribe:

Fecha del acta constitutiva: 5 de abril de 2019.

Denominación de la sociedad: LOS CUATRO ANGELES S.R.L.

Domicilio social: calle Perú Nº: 1061, de la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, República Argentina.

Plazo: diez años contados desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, la comercialización, al por mayor y al por menor, y el empaque de frutas, legumbres y hortalizas frescas.

A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, y ejercer todos los actos y contratos que no sean prohibidas por las leyes o este documento.

El capital social se fija en la suma de $ 200.000,00 (pesos doscientos mil), dividido en dos mil cuotas de capital de $ 100,00 (pesos cien) cada una, totalmente suscriptas e integradas por los socios en la siguiente proporción: Grassino Maximiliano Julián 960 cuotas ( novecientas sesenta cuotas) o sea la suma de $ 96.000 (pesos noventa y seis mil); Grassino Perren Luciano Darío, 520 cuotas (quinientas veinte cuotas) o sea la suma de $ 52.000 (pesos cincuenta y dos mil) y Migliori Leandro Ariel 520 cuotas (quinientas veinte cuotas) o sea la suma de $ 52.000 (pesos cincuenta y dos mil). La integración de los aportes la efectúan los socios con dinero en efectivo en un veinticinco por ciento en este acto y el saldo se obligan a abonarlo dentro de los noventa días posteriores a la inscripción del contrato en el Registro Público de Comercio.

La dirección y administración de los negocios sociales estará a cargo del socio Grassino Maximiliano Julián, DNI 25.244.170, quien reviste el carácter de socio gerente. Tendrá el uso de la firma social adoptada en forma individual, asentando la suya personal debajo de un sello que indique la denominación social y el carácter de socio gerente del firmante, con la limitación de no comprometerla en prestaciones a título gratuito, en negociaciones ajenas al giro de su objeto, ni en garantías o fianzas a terceros, pudiendo realizar todos los actos y contratos que requiera el debido cumplimiento del fin social, excepto aquellos para los cuales las leyes vigentes soliciten poderes especiales.

Fecha de cierre de ejercicio: 31 de diciembre.

Rafaela, 09 de mayo de 2019.

$ 108 390339 May. 20

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MARIA FIOL DE PADOVANI & CIA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Se hace saber que en fecha 07/05/2019, los señores socios de MARIA FIOL DE PADOVANI & CIA S.R.L., Carlos Antonio Padovani, argentino, nacido el 16/10/1942, DNI Nº 6.179.431, CUIT Nº 20-06179431-0, casado con Isabel Haydee Omelanchuk, empresario, e Isabel Haydee Omelanchuk, argentina, nacido el 17/08/1946, DNI Nº 5.449.232, CUIT Nº 27-05449232-4, casada con Carlos Antonio Padovani, empresaria, ambos domiciliados en Av. San Martín 1359, San Lorenzo, han cedido cada uno de ellos 10.000 cuotas de $ 10 de valor nominal, a favor de sus hijos Carlos Tomas Padovani, argentino, nacido el 2/08/1971, empresario, D.N.I. N° 22.283.192, CUIT 20-22283192-0, casado, domiciliado en calle Artigas 870, San Lorenzo, Alina Padovani, argentina, nacida 26/03/1973, DNI Nº 23.164.872, CUIT Nº 27-23164872-6, soltera, ingeniera civil, domiciliada en calle San Carlos 738 de San Lorenzo, y Paulina Padovani, argentina, nacida el 11/08/1978, DNI Nº 26.750.0261, CUIT Nº 27-26750026-1, casada, empresaria, domiciliada en Bv. Urquiza 256 de San Lorenzo. Se hace saber que la presente cesión de cuotas ha sido a titulo gratuito. Y en consecuencia se ha visto modificada la cláusula cuarta: Cuarta: Capital social: El capital se fija en la suma de $ 250.000 (pesos doscientos cincuenta mil), dividido en 25.000 (veinticinco mil) cuotas de $ 10 (pesos diez) cada una, totalmente suscriptas e integradas por los socios en la siguiente proporción: Carlos Tomás Padovani, 8.360 (ocho mil trescientas sesenta) cuotas de $ 10 (pesos diez) valor nominal cada, equivalentes a $ 83.600 (pesos ochenta y tres mil seiscientos), Alma Padovani, 8.320 (ocho mil trescientas veinte) cuotas de $ 10 (pesos diez) valor nominal cada, equivalentes a $ 83.200 (pesos ochenta y tres mil doscientos) y Paulina Padovani, 8.320 (ocho mil trescientas veinte) cuotas de $ 10 (pesos diez) valor nominal cada, equivalentes a $ 83.200 (pesos ochenta y tres mil doscientos). Asimismo, en la misma fecha, los señores socios de Maria Fiol de Padovani & Cia S.R.L. han resuelto la modificación de las siguientes cláusulas del contrato social: Primera: Denominacion y domicilio: La sociedad girará bajo la denominación María Fiol de Padovani & Cia. SRL; Segunda: Objeto social: La sociedad tiene por objeto la comercialización por menor y mayor de productos de perfumería, belleza, peluquería, librería, bazar, regalería, bijouterie, mercería, marroquinería, juguetería y artículos para bebés y niños. Podrá realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, todas las operaciones comerciales de importación y exportación necesarias para cumplir con su objeto y a efectos de complementar y/o integrar las actividades que desarrolle. A tales fines la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todos los actos y contratos que se relacionen con su objeto y que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato, no quedando comprendida dentro de las prohibiciones del art. 299 de la ley general de sociedades, pudiendo contratar profesionales matriculados con incumbencia en la materia propia del objeto social; Quinta: Administracion y representacion. Fiscalización: La administración de la sociedad estará a cargo de uno o más socios. En el caso en que la gerencia estuviera conformada por tres o más gerentes, los mismos deberán actuar en forma conjunta 2 (dos) de ellos. El o los gerentes tendrán el uso de la firma social, usando su propia firma con el aditamento de “socio gerente”, precedida de la denominación social. Los socios gerentes, en cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, incluidos los especificados en el art. 375 del Código Civil y Comercial y decreto 5965/63, art. 9; excepto comprometer la firma social en prestaciones gratuitas, prestar fianza o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. La fiscalización estará a cargo de los socios, quienes la ejercerán por sí mismos. En virtud de la donación de la totalidad de sus cuotas, los señores Carlos Antonio Padovani e Isabel Haydee Omelanchuk han renunciado a sus cargos de gerentes, ratificándose la designación de Carlos Tomás Padovani, Alma Padovani y Paulina Padovani como socios gerentes, oportunamente formuladas. Se ha resuelto la modificación de la sede social, radicándola en Av. San Martín 1359 de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe.

$ 95 390312 May. 20

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MIGUEL YURI E HIJO S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


1. Socios: Sres. Miguel Ángel Yuri, nacido el 3 de abril de 1949, casado en primeras nupcias con Celia Josefa Lambies, argentino, comerciante, con domicilio real y legal en Silverio Córdoba N° 1474, San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, DNI 5.410.325, CUIT 20-05410325-6 y Fernando Alfonso Yuri, nacido el 12 de Julio de 1975, casado en primeras nupcias con Gisela Fernanda Buccheri, argentino, Contador Público, con domicilio real y legal en Arturo Frondizi N° 1039, San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, DNI 24.567.169, CUIT 20-24567169-6.

2. Fecha del Instrumento: 09 de enero de 2018.

3. Domicilio: Bolivia N° 2567, de la ciudad de San Lorenzo, Prov. de Santa Fe.

4. Duración: será de noventa y nueve (99) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

5. Capital: El capital social se fija en la suma de $ 300.000,00 (pesos trescientos mil), dividido en 3.000 (tres mil) cuotas de $ 100.00 (pesos cien) cada una.

6. Órgano de administración: La administración, representación legal y uso de la firma estará a cargo Yuri Miguel Angel, DNI 5.410.325.

$45 390253 May. 20

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MARKLEAN S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4 Civil y Comercial a cargo del Registro Público, Dr. José María Zarza, Secretaría a cargo de la Dra. Mirian Graciela David, hace saber que en los autos MARKLEAN S.R.L. s/Contrato y designacion de autoridades - (Expte n° 157/2019), se ha ordenado la siguiente publicación:

Los Sres. Davico Mariano, apellido materno Torres, de nacionalidad argentina, nacido el 7 de Abril de 1982, mayor de edad, hábil para contratar, de estado civil soltero, DNI N° 29.473.007, de ocupación Licenciado en Administración, CUIL N° 23-29473007-9, con domicilio en Raul Carusi N° 752 Barrio La Loma de la ciudad de Reconquista, provincia de Santa Fe y la Sra. Karen Ailen Veliz Oviedo, apellido materno Medina, de nacionalidad argentina, nacida el 21 de Junio de 1993, mayor de edad, hábil para contratar, de estado civil soltera, DNI N° 37.331.331 de ocupación comerciante, CUIL N° 27-37331331-4, con domicilio en Pasaje 55/57 N° 188 barrio América de la ciudad de Reconquista, provincia de Santa Fe.

Fecha de instrumento constitutivo: 6 de Mayo de 2019.

Articulo 1º. Denominación: MARKLEAN S.R.L.

Domicilio: Raul Carusi 752, Reconquista, Departamento General Obligado, Provincia de Santa Fe.

Articulo 2°. Duración: Veinte (20) años contados a partir de su inscripción en el Registro Público.

Articulo 3°. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada con terceros en el país y/o en el exterior a las siguientes actividades: 1- Servicios: a) De limpieza de plazas, calles y parques, terrenos baldíos, parques industriales, establecimientos fabriles, escuelas, clubes, oficinas, casas particulares y final de obra. b) Mantenimiento y reparación de bienes muebles e inmuebles, por medio de tareas de albañilería, pintura, electricidad, cerrajería, jardinería, parquización, desmalezamiento, limpieza y desobstrucción de cañerías y cloacas. c) De consultoría: mediante la prestación de servicios, por cuenta propia y/o asociada a terceros, de asesoramiento en materia de uso de los bienes que integran el rubro comercial, y de selección y colocación de personal. El servicio de consultoría será realizado por profesionales habilitados mediante matrícula con incumbencia en las respectivas actividades. d) Alquiler: de equipos y maquinarias de limpieza, de uso doméstico e industrial. 2- Comercial: mediante la compra y venta de: a) Productos de limpieza. b) Indumentaria, calzado, lencería y accesorios. c) Elementos de seguridad e higiene. Representaciones y Mandatos: ejercer todo tipo de mandatos, comisiones, consignaciones, agencias, gestiones o promociones de negocios e inversiones o contratos de transferencia de tecnología. 4- Importación y exportación: de artículos de higiene, elementos de protección personal, indumentaria, lencería y calzados. Dichas actividades se regularán por las leyes, normas y regulaciones nacionales e internacionales correspondientes. La sociedad podrá realizar todas las actividades, actos y operaciones que tengan vinculación con las enunciadas en el mismo, teniendo plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones, participar en otras sociedades y llevar a cabo todos los actos jurídicos no prohibidos por las leyes aplicables.

Articulo 4°. Capital Social: El capital social se integra en dinero en efectivo y se fija en pesos cien mil ($ 1 00.000,00) que se divide en mil (1000) cuotas sociales de pesos cien ($ 100,00) valor nominal cada una. Cada uno de los socios suscriben totalmente en este acto en la proporción que a continuación se detalla: Davico Mariano, Trecientas (300) cuotas sociales de pesos cien ($ 100,00) valor nominal cada una, o sea la suma de pesos treinta mil ($ 30.000,00) en dinero en efectivo, y Karen Ailen Veliz Oviedo, setecientas (700) cuotas sociales de pesos cien ($ 100,00) valor nominal cada una, o sea la suma de pesos setenta mil ($ 70.000,00) en dinero en efectivo, lo que representa un total de pesos cien mil ($ 100.000,00).

articulo 6°. Administración: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes socios o no, quienes podrán actuar en forma conjunta o separada y/o indistintamente. Estará a cargo de la Sra. Veliz Oviedo Karen Ailen, apellido materno Medina, argentina, nacida el 21 de Junio de 1993, mayor de edad, hábil para contratar, de estado civil soltera, DNI N° 37.331.331 de ocupación comerciante, CUIL N° 27-37331331-4, con domicilio en Pasaje 55/57 N° 188 barrio América de la ciudad de Reconquista, provincia de Santa Fe, quien acepta el cargo para el que ha sido electo.

Articulo 7°. Fiscalización: La Sociedad prescindirá de la Sindicatura, pudiendo los socios ejercer el derecho de contralor , que confiere el art. 55 de la Ley General de Sociedad n° 19.550.

Articulo 8º. Los gerentes titulares, socios o no, como aval de su gestión, deberá constituir una garantía mínima, consistente en depósito en efectivo, de dicha suma en la sociedad.

Articulo 13°. Fecha de cierre de ejercicio: 30 de Abril de cada año.

Reconquista, 09 de mayo de 2019.

$ 250 390307 May. 20

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PRIMORDIAL S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se ha ordenado la siguiente publicación correspondiente a la designación de autoridades de Primordial S.A., según Acta de Asamblea y Acta de Directorio, ambas de fecha 11 de marzo de 2019: Presidente: Dante Roman Binner, DNI 6.283.160, CUIT 20-06283160-0, argentino, nacido el 1 de enero de 1935, de profesión medico jubilado, domiciliado en calle Mitre N° 2021 de la ciudad de Casilda, estado civil casado. Vicepresidente: Oscar Eduardo Castronuovo, DNI 6.051.918, CUIT 20-06051918-9 argentino, nacido el 1 de octubre de 1943, de profesión medico jubilado, domiciliado en calle San Martin N° 2302 de la ciudad de Casilda, estado civil casado. Director Titular: Angel Ruben Marzioni, DNI 6.131.746, CUIT 20-06131746-6 argentino, nacido el 2 de marzo de 1941, de profesión médico, domiciliado en calle Casado N° 1956 Piso 10 Dpto A de la ciudad de Casilda, estado civil divorciado. Director Suplente: Federico Gustavo Binner, DNI 17.905.309, CUIT 20-17905309-9 argentino, nacido el 5 de noviembre de 1966, de profesión médico, domiciliado en calle Mitre N° 2021 de la ciudad de Casilda, estado civil casado. Director Suplente: Virginia Castronuovo, DNI 25.750.630, CUIT 23-25750630-4, argentina, nacida el 11 de abril de 1977, de profesión médica, domiciliada en calle San Martin N° 2302 de la ciudad de Casilda, estado civil soltera. Los miembros del directorio fueron designados por el periodo estatutario de tres ejercicios y constituyen domicilio especial art. 256 ley 19550: Dr. Dante Roman Binner en calle Mitre N° 2021, el Dr. Oscar Eduardo Castronuovo en calle San Martín N° 2302, el Dr. Angel Rubén Marzioni en calle Casado N° 1958 Piso 10 Dpto. A, el Dr. Federico Gustavo Binner en calle Mitre N° 2021 y la Dra. Virginia Castronuovo en calle San Martín N° 2302, todos de la ciudad de Casilda.

$ 60 390290 May. 20

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ORIGEN SEGURIDAD S.A.


CAMBIO DE DOMICILIO



Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, Pcia de Santa fe, Secretaría a Cargo de la Autorizante, se ha dispuesto dentro de los autos caratulados ORIGEN SEGURIDAD S.A. s/Cambio domicilio sucursal Rosario - Cochabamba 1017 P1 (antes castellanos 557), Expte. N°1820/19 hacer saber que Origen Seguridad S.A. con sucursal inscripta en Rosario en este Registro Público de Comercio, ha denunciado el cambio de domicilio de la mencionada sucursal a Cochabamba 1017 Piso 1 de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, lo que ha sido decidido mediante Acta de Directorio fecha 4 de abril de 2018, bajo los apercibimientos de ley. Rosario, Secretaría, de mayo de 2019.

$ 45 390303 May. 20

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PASIA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Se hace saber que el día 12 de abril de 2019, los socios de PASIA S.R.L. inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario, en Contratos, el 18 de agosto de 1989, al Tomo 140, Folio 7250, N°. 779; con modificaciones inscriptas el 18 de septiembre de 1992, al Tomo 143, Folio 12.326, N° 1.239; el 28 de julio de 1993, al Tomo 144, Folio 10.601, N° 1.016; el 29 de septiembre de 1997, al Tomo 148, Folio 12.317, N° 1.569; el 29 de julio de 1999, al Tomo 150, Folio 10.8751 N° 1.252; el 20 de diciembre de 2002, al Tomo 153, Folio 15.833, N° 1.704; el 12 de octubre de 2004, al Tomo 155, Folio 21.337, N° 1664 y el 18 de febrero de 2009, al Tomo 160, Folio 3.541, N°262; resolvieron:

1) Prorrogar el plazo de duración de la sociedad por diez años más por sobre el previsto en el contrato social; y

2) Aumentar el capital social a la suma de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000) mediante aportes en dinero en efectivo de cien mil pesos ($ 100.000.), el cual se suscribe del siguiente modo: el Señor Adrián Noya suscribe 7.500 cuotas de $ 10 c/u es decir la suma de $ 75.000 y la Señora Verónica Andrea Armellini suscribe 2.500 cuotas de $ 10 c/u es decir la suma de $ 25.000, integrándose en dinero en efectivo el total de pesos cien mil ($ 100.000.) en este mismo acto.

Como consecuencia, los socios de Pasia S.R.L. de plena conformidad, aprobaron la nueva redacción de las cláusulas 3ra y 5ta. del Contrato Social, las que quedaron redactadas dp la siguiente forma:

Tercera: Duración: El término de duración de la sociedad se fija en 40 (cuarenta) años a contar desde el 18 de Agosto de 1989, fecha de su primera inscripción en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

Quinta: Capital: El capital social se fija en la suma de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000) dividido en quince mil (15.000) cuotas de $ 10 cada una que los socios suscriben de la siguiente manera: El socio Adrian Carlos Noya, suscribe 11.250 cuotas de $ 10 c/u que representan un capital de $ 112.500; Y Veronica Andrea Armellini, suscribe 3.750 cuotas de $ 10 c/u que representan un capital de $ 37.500. El Capital se encuentra totalmente integrado en dinero en efectivo.

Datos Personales: Adrian Carlos Noya, argentino, comerciante, DNI 20.674.575, CUIT 20-20674575-5, nacido el 4 de mayo de 1969, casado, domiciliado en calle Córdoba 661 piso 12 de Rosario. Veronica Andrea Armellini, argentina, doctora, DNI 22.456.857, CUIT 27-22456857-1, nacida el 7 de octubre de 1971, casada, domiciliada ,calle Córdoba 661 piso 12 de Rosario.

$ 100 390274 May. 20

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PRIMEROS PASOS S.R.L.


DISOLUCIÓN


En cumplimiento de la ley General de Sociedades 19.550, se hace saber que el 03 de mayo de 2019, PRIMEROS PASOS S.R.L., ha procedido a resolver la disolución social anticipada, dado que la sociedad tiene vigencia hasta el 06 de mayo del año 2019, quedando designada como liquidadora social la Sra. Elva Ester Olaizola, quien tendrá a su cargo todas las tareas inherentes y el uso de la firma social en forma individual.

$ 45 390351 May. 20

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REALBIS S.A.S.


ESTATUTO


1- Socios: Ángel Manuel Álvarez, argentino, nacido el 22/11/1967, DNI Nro. 18.471.985, con CUIT: 20-18471985-2, empresario, casado en primeras nupcias con María Georgina Remon, y domicilio en Córdoba 1437 piso 3 Oficina 4 de la ciudad de Rosario, Santa Fe; María Georgina Remon, argentina, casada en primeras nupcias con Ángel Manuel Álvarez, nacido el 20/08/1976, escribana, D.N.I. 25.176.461, CUIT 27-25176461-7 y domicilio en Córdoba 1437 piso 3 oficina 4 de la ciudad de Rosario, Santa Fe. Fecha instrumento constitutivo: 25-04-2019. 3- Denominación: REALBIS S.A.S. 4- Domicilio: Córdoba 1437 piso 3 of. 04, Rosario. 5- Objeto: La sociedad tiene por objeto efectuar por cuenta propia o asociada a terceros en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, las siguientes actividades: A) Inversión. Toma de participación en empresas o negocios de cualquier naturaleza mediante la creación de sociedades o incorporación a sociedades constituidas o a constituirse o Fideicomisos y demás vehículos de inversión mediante aportes de capital en dinero y/o especies y/o suscripción y/o compra de títulos, acciones y/o toda clase de valores mobiliarios creados o a crearse; b) Inmobiliaria: Comprar, vender, construir, ceder, permutar, dar en leasing, en locación o en arrendamiento, administrar, explotar, fraccionar y dividir toda clase de inmuebles urbanos y rurales, con excepción de la intermediación financiera. La sociedad podrá llevar a cabo cualquier otra actividad complementaria o directamente relacionada con el objeto social anteriormente, no pudiendo la sociedad realizar operaciones contempladas en el artículo 299 inc. 4to. De la Ley de Sociedades ni aquellas operaciones que requieran el concurso y/o ahorro público. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto; 6- Plazo de duración: El término de duración se fija en noventa y nueva anos a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio. 7- Capital Social: El capital social se fija en la suma de $ 120.000 (ciento veinte mil pesos) representado por ciento veinte mil acciones ordinarias, nominativas no endosables, de un pesos ($ 1) valor nominal cada una y de un voto por acción. El capital se suscribe e integra de acuerdo al siguiente detalle: Angel Manuel Alvarez suscribe sesenta mil (60.000) acciones; Maria Georgina Remon suscribe sesenta mil (60.000) acciones; Los accionistas integran el veinticinco por ciento en efectivo y el saldo en el término de ley también en efectivo. 8- Administración y fiscalización: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo del directorio, integrado por un número de directores entre 1 y 5 miembros, pudiendo elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al directorio por el orden de su designación. Mientras la Sociedad prescinda de órgano de fiscalización, la elección de uno o más directores suplentes será obligatoria. Duran en el cargo hasta que se designen sus reemplazantes. Se designa para integrar el directorio: Director titular y Presidente: Maria Georgina Remon. Director suplente: Angel Manuel Alvarez. La totalidad de los directores designados, aceptan los cargos para los cuales fueron designados y constituyen domicilio especial en la sede social. La representación legal de la sociedad, corresponde al Presidente del directorio, o al Vicepresidente ante la ausencia o impedimento de éste último, en caso que la sociedad haya optado por un órgano directivo plural para su dirección y administración, pudiendo el Directorio asignar atribuciones específicas en ésta incumbencia a otro de sus miembros. La sociedad prescindirá de la sindicatura como órgano de fiscalización interna. 9- Fecha de cierre de ejercicio: La sociedad cerrará su ejercicio el 30 de junio de cada año.

$ 100 390332 May. 20

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PLASTIGOM S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Miguel Isidoro Kirichuk, argentino, nacido el 1 de enero de 1946, L.E. N° 6.063.310, casado, con domicilio en Madres de Plaza 25 de Mayo 2820 Piso 9 Dpto. 2 de Rosario y Debora Virginia Kirichuk, argentina, nacida el 2 de octubre de 1977, DNI N° 25.900.603, soltera, con domicilio en Blanco Encalada 2795 de Rosario, vienen por la presente a solicitar la prórroga de duración y aumento de capital de PLASTIGOMS.R.L.

Duración: Diez años a partir de su vencimiento. Nuevo vencimiento 09 de mayo de dos mil veintinueve.

Capital Social: $ 200.000 (doscientos mil pesos).

Fecha del Instrumento: 12 de abril de dos mil diecinueve.

$ 45 390336 May. 20

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TODO X DECO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


1) Datos de los socios: Miguel Adrian Giner, argentino, mayor de edad, fecha de nacimiento: 19 de marzo de 1963, soltero, comerciante, con domicilio en calle Entre Ríos 828 de Rosario, Santa Fe, titular del DNI 16.218.622 y CUIT: 20-16218622-2; Mónica Liliana Solian, argentina, mayor de edad, fecha de nacimiento: 8 de enero de 1954 divorciada de don Adhemar Miguel Barbich según sentencia N° 1999/92, de fecha 06 de mayo de 1992, Tribunal Colegiado de Familia Nro.4 de Rosario, comerciante, con domicilio en calle Entre Ríos 828, de Rosario, Santa Fe, titular del DNI 11.118.610 y CUIT: 27-11118610-9; Nicolás Martín Barbich, argentino, mayor de edad, fecha de nacimiento 28 de Marzo de 1981, soltero, comerciante, con domicilio en calle Entre Ríos 828, de Rosario, Santa Fe, titular del DNI 28.775.406 y CUIT: 20-28775406-0; Esteban Andres Barbich, argentino, mayor de edad, fecha de nacimiento 14 de julio de 1976, casado en primeras nupcias con Miriam Lorena de Martin, comerciante, con domicilio en calle Avenida de las Américas 3987, de Paraná, Entre Ríos, titular del DNI 25.293.142 y CUIT: 20-25293142-3 y Florencia Gimenez, argentina, mayor de edad, fecha de nacimiento, 23 de marzo de 1987, comerciante, con domicilio en calle Entre Ríos 828, de Rosario, Santa Fe, titular del DNI 32.832.909 y CUIT: 27-32832909-9.

2) Fecha del instrumento: 26 de diciembre de 2018.

3) Cesión de cuotas: El cedente Esteban Andres Barbich vende, cede y transfiere a favor del cesionario Miguel Adrian Giner 50 cuotas sociales de las que es titular de $ 120 cada una y el cedente Monica Liliana Solian vende, cede y transfiere a favor del cesionario: Miguel Adrian Giner 300 cuotas sociales de las que es titular de $ 120 cada una. Modifican la Cláusula Cuarta del Contrato Social:, El capital social estará constituido por la suma de $ 120.000. dividido en 1.000 cuotas de $ 120 cada una, las que suscriben los socios en las siguientes proporciones: Monica Liliana Solian, 200 cuotas, Miguel Adrian Giner 500 cuotas, Florencia Gimenez 50 cuotas y Nicolas Martin Barbich 250 cuotas.

4) Administración: El socio Miguel Adrian Giner queda designado socio gerente por tiempo indeterminado.

$ 85 390244 May. 20

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TIENDAS ARIES S.A.S.


ESTATUTO


En fecha 29 de abril de 2019 el señor Alejandro Esteban Gabriel Nicolich ha decidido constituir una sociedad por acciones simplificada, cuyos datos de constitución se transcriben a continuación:

1) Datos personales de los socios: Alejandro Esteban Gabriel Nicolich, nacido el 16 de Abril de 1960 divorciado en fecha 3 de Julio de 2017 ante el Juzgado del Fuero de Familia N° 2 del Departamento de San Isidro, con sede en Pilar, argentino, de profesión empresario, domiciliado en calle Carlos Calvo N° 590, Barrio Privado Residencias Habitat UF31, Villa Rosa, Pilar, Provincia de Buenos Aires, D.N.I. N° 13.788.868, C.U.I.T. N° 20-13788868-9.

2) Denominación social: TIENDAS ARIES S.A.S.

3) Domicilio y sede social: Constitución N° 1380 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

4) Objeto social: realizar por cuenta propia y/o asociada a terceros, en participación y/o en comisión o de cualquier otra manera en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, las siguientes actividades: a) Compra, venta, importación, exportación, representación, consignación y distribución de ropas, prendas de vestir, de indumentaria y de accesorios, fibras, tejidos, hilados y las materias primas que los componen; b) Compra, venta, importación, exportación, representación, consignación y distribución de artículos de tocador, cosmética y perfumería; c) Fabricación, elaboración y transformación de productos y subproductos de fibras textiles, hilados y tejidos naturales o artificiales y la confección de ropa y prendas de vestir y de accesorios en todas sus formas; d) ejercer la representación, distribución, consignación, mandatos y comisiones y realizar la importación y exportación de todos los productos y/o subproductos citados en los incisos anteriores; e) explotación de marcas de fábrica, patentes de invención, diseños industriales y otorgamiento de franquicias.

5) Plazo de Duración: 99 años a partir de su inscripción original en el Registro Público.

6) Capital Social: El Capital Social asciende a la suma de $ 100.000 (pesos cien mil), representados por 100.000 (cien mil) acciones nominativas no endosables, ordinarias, de $1 (pesos uno) valor nominal cada una, suscribiendo el señor Alejandro Esteban Gabriel Nicolich 100.000 (cien mil) acciones nominativas no endosables, ordinarias, de un voto por acción y $ 1 (pesos cien) valor nominal cada una, equivalentes en total a $ 100.000 (pesos cien mil) de capital social.

7) Administración, Dirección y Representación La administración y representación de la sociedad estará a cargo de uno o más administradores, según lo disponga la reunión de socios, quienes tendrán también la representación de la sociedad. Cuando se designen dos administradores, la administración y representación será ejercida en forma individual e indistinta. Las administradores durarán en sus cargos por tiempo indeterminado.

Se designan como administradores de la sociedad a los siguientes: Administrador Titular: Alejandro Esteban Gabriel Nicolich, D.N.I. 13.788.868, con facultades de representación de la sociedad. Administrador suplente: Marcelo Oscar Nicolich, D.N.I. 12.522.440. Quienes constituyen domicilio especial en calle Constitución N° 1380 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

8) Cierre de Ejercicio: el 30 de junio de cada año.

$ 95 390343 May. 20

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ULTRACONGELADOS ROSARIO S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Se hace saber que por instrumento de fecha 25 de enero de 2019, se ha procedido a elegir un nuevo Directorio, quedando integrado el mismo de la siguiente manera: Presidente Miguel Angel Lagrutta DNI 12.404.683, Vicepresidente: Italo Francisco D Ambrosio, DNI 13.795.6791, Director: Marcelo Félix Antonio Sassani DNI 11.872.708, Directora Suplente : Isabel Susana Leone Torres DNI 12.804.302, Director Suplente: Raúl Ricardo Lagrutta, DNI 10.069.305. Todos los mencionados aceptan los cargos para los que fueron asignados, fijando asimismo, de acuerdo con lo prescripto en el art. 256, último párrafo de la Ley 19.550 y sus modificaciones, el siguiente domicilio especial para todos los directores. Calle Av. Ovidio Lagos 7285 lote 3 de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 45 390330 May. 20

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LOS TOTONES

SOCIEDAD ANONIMA


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los Autos Caratulados LOS TOTONES S.A. s/Constitución de sóciedad - Expte. N° 21-05200199-1, se constituye la una Sociedad Anónima cuyo estatuto en lo principal y pertinente reza:

1) Accionistas: Liliana Teresita Baldini, apellido materno Parodi, nacido 11 de agosto de 1947, CUIT 27-05699071-8, DNI 5.699.071, viuda, con domicilio en calle San Lorenzo 2720, jubilada; Georgina Itati Jalit, de apellido materno Baldini, nacida el 17 de enero de 1975, CUIT 27-23695430-2, DNI 23.695.430, soltera, con domicilio en calle San Lorenzo 2720 de Santa Fe, médica; Javier Domingo Jalit, de apellido materno Baldini, nacido el 22 de junio de 1973, CUIT 20-23394424-7, DNI 23.394.424, divorciado, con domicilio en calle El Michay 244, de Villa La Angostura, Provincia de Neuquén, jubilado.

2) Fecha del Instrumento de Constitución: 9 de agosto de 2018.

3) Denominación: LOS TOTONES SOCIEDAD ANONIMA.

4) Domicilio: San Lorenzo N° 2720 de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital. Provincia de Santa Fe.

5) Objeto Social: Tiene por objeto: a) Comerciales: compra, venta, alquiler y administración de bienes muebles e inmuebles propios. Se excluyen todas las actividades de corretaje inmobiliario previstas en los artículos 1 y 9 de la ley 13.154, aquellas que puedan incluirla dentro de lo previsto por el articulo 299 inc. 4 de la ley 19.550 o requieran del concurso público. En su caso y según el tema se recurrirá a profesionales de la matrícula con incumbencia en la materia de que se trate. b) Exportación e Importación.

6) Plazo de duración: 99 años a partir de su inscripción en el Registro Público.

7) Capital Social: El capital social es de quinientos mil pesos ($ 500.000), representado por cincuenta mil (50.000) acciones de diez ($ 10) pesos, valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria, hasta el quíntuplo de su monto, conforme al art. N° 188 de la Ley 19.550.

8) Administración y Representación: La administración de la sociedad está a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. Se designa como presidente a Liliana Teresita Baldini, apellido materno Parodi, nacido 11 de agosto de 1947, CUIT 27-05699071-8, DNI 5.699.071, viuda, con domicilio en calle San Lorenzo 2720, jubildada; como Director Suplente a Georgina Itati Jalit, de apellido materno Baldini, nacida el 17 de enero de 1975, CUIT 27-23695430-2, DNI 23.695.430, soltera, con domicilio en calle San Lorenzo 2720 de Santa Fe, medica.

9) Fiscalización: La fiscalización de la sociedad está a cargo de los accionistas quienes tienen el contralor individual de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 55 de la ley 19.550.

10) Fecha de Cierre de Ejercicio: 31 de julio de cada año.

11) Fijación sede social: Se fija la sede social calle San Lorenzo N° 2720 de la ciudad de Santa Fe, Departamento la Capital. Provincia de Santa Fe.

Santa Fe, 08 de mayo de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

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