picture_as_pdf 2019-08-15

TRIBUNAL COLEGIADO


Por orden del Juez del Tribunal Colegiado de Familia Nº 3 1° de esta ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados VERGARA, ROBERTO DAVID c/ FALCON, KEILA FLORENCIA s/ Determinación de Cuota Alimentaria y Reg. de Comunicación CUIJ Nº 21-10714449-5 el Sr. Juez ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 19 de Junio de 2019. Téngase por cumplimentada la instancia prejudicial. En tal sentido se provee escrito de demanda (fs. 12/14): Téngase por promovida demanda de Determinación de Cuota Alimentaria, Cuidado Personal y Régimen de Comunicación de Roberto David Vergara contra Keila Florencia Falcon, a quien se cita y emplaza a estar a derecho y contestar la demanda en el término de 10 días y bajo apercibimientos de ley. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. Agréguese la documental acompañada. Siendo de imposible implementación el impulso oficioso que prescribe el art. 709 del Código Civil y Comercial, atento la falta de recursos técnicos y humanos del Tribunal, hágase saber que el mismo estará a cargo de los litigantes. Hágase saber al Oficial Notificador que, en el momento de hacer efectiva la diligencia, y de no ser hallada la requerida en el domicilio denunciado, deberá requerir a quien lo atienda o de los vecinos la confirmación de que es allí donde vive la misma y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Líbrese oficio a la Secretaría Electoral Nacional a los fines de que informe el último domicilio conocido de la demandada. A tales fines habilítense días y horas inhábiles. Autorízase a la profesional interviniente a su diligenciamiento. Acrediten los profesionales intervinientes su condición tributaria frente al IVA (Art. 2 de la Resolución General AFIP 689/99) y en su caso, informen cualquier modificación. Notifiquen los empleados de esta Secretaría. Notifíquese por cédula (art. 62, inc. 1° del CPCC). Dr. Adolfo Drewanz Secretario, Dr. Fabio Della Siega Juez a/c, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 05 de agosto de 2019

$ 45 397995 Ago. 15 Ago. 22

__________________________________________


Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia Nº 3 Sec. 2 de esta ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados CABRERA LARA AGUSTINA s/ Filiación CUIJ 21-10709663-6 se cita, llama y emplaza a los herederos y legatarios de Moreno Adán Maximiliano, DNI 37.445.989 para que comparezcan a valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Loza, Secretaria; Dra. Romero, Jueza. Santa Fe, 02 de Agosto de 2019.

S/C 398091 Ago. 15 Ago. 22

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1, Segunda Secretaria, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados ESPINOSA VÍCTOR EMILIO c/ROSSI HERNÁN JESÚS Y/U Otro s/Daños y Perjuicios (Expte. 53/2016) declárese rebelde al codemandado Sr. Rossi Hernán Jesús, DNI Nº 32.327.296. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de estos Tribunales, según lo dispuesto en la ley 11.287 y con lo resuelto en el Acuerdo Ordinario celebrado el 07/02/96 Acta Nº 3. Para mayor recaudo, se trascribe en su parte pertinente el decreto que ordena la medida: Santa Fe, 26 de Junio de 2019. Proveyendo fs. 82: Atento las constancias de autos y lo solicitado, a los fines de que se proceda a notificar la rebeldía del Sr. Hernán Jesús Rossi, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de estos Tribunales, por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Santa Fe, 03 de Julio de 2019. Fdo.: Dr. Guillermo A. Bazzán, Secretario, Dr. Esteban G. Masino, Juez.

$ 33 398023 Ago. 15 Ago. 20

__________________________________________


Por disposición del Juez a cargo del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 4, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados BARRIOS MIGUEL GERÓNIMO y Otros c/ CHAVEZ DAVID ÁNGEL y OTROS s/ Daños y Perjuicios (EXPE. 871/2010). se notifica la rebeldía a la Sra. Andrea Fabiana Lodi, DNI N° 21.905.086, en los presentes autos, lo que se publica a sus efectos legales. Se transcribe el decreto que así lo ordena: Santa Fe, 28 de mayo de 2019 Atento lo informado por el Encargado de Mesa de Entradas, constancias de autos y haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declárase rebelde a la demandada Lodi Andrea Fabiana. Notifíquese. Fdo.: Dr. Héctor Ignacio Chiappero, Secretario; Dr. Gabriel A. Scaglia, Juez. Santa Fe, 07 de Junio de 2019.

$ 33 398021 Ago. 15 Ago. 20

__________________________________________


Por disposición de la Jueza a cargo del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 4, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados ALVAREZ HÉCTOR DANIEL c/ FRUTOS BEATRIZ DEL CARMEN s/ Daños y Perjuicios (EXPTE. 175/2015) se cita y emplaza a la Sra. Frutos Beatriz del Carmen, DNI N° 22.636.279 para que comparezca a estar a derecho y contestar la demanda dentro del término y bajo apercibimientos de ley, lo que se publica a sus efectos legales. Se transcribe el decreto que así lo ordena: Santa Fe, 27 de Mayo de 2019 Téngase presente lo manifestado y atento lo solicitado y constancias de autos, y a los fines de que se proceda a emplazar a estar a derecho a la demandada Beatriz del Carmen Frutos, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y el hall de estos Tribunales, por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo.: Dra. María José Colandre Orgnani, secretaria; Dra. Ma. Gloria Abello, Jueza.

$ 33 398019 Ago. 15 Ago. 20

__________________________________________


Por disposición del Juez a cargo del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 4, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los autos SOLIS ARIEL ANDRÉS c/ OLIVA NAZARENO SALVADOR s/ Daños y Perjuicios y Pobreza (Expte. 212/2013), se cita y emplaza al Sr. Oliva Nazareno Salvador, DNI N° 32.273.331 para que comparezca a estar a derecho y contestar la demanda dentro del término y bajo apercibimientos de ley, lo que se publica a sus efectos legales. Se transcribe el decreto que así lo ordena: Santa Fe, 28 de Mayo de 2019 Agréguese cédula sin diligenciar. Como lo solicita, publíquense Edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley, Notifíquese. Fdo.: Dr. Ignacio Chiappero, secretario; Dr. Gabriel Scaglia, Juez

$ 33 398020 Ago. 15 Ago. 20

__________________________________________


Por disposición de la Jueza a cargo del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 4, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados FRANCO MARÍA MAGDALENA y Otros c/ BESSONART OSCAR ARMANDO y Otros s/ Daños y Perjuicios (Expte. 316/2014), se notifica al Sr. Oscar Armando Bessonart, DNI Nº 20.139.509 de su rebeldía y se le da por decaído el derecho a contestar la demanda, lo que se publica a sus efectos legales. Se transcribe el decreto que así lo: Santa Fe, 30 de mayo de 2019. Atento a lo informado y constancias de autos, declárese rebelde y désele por decaído el derecho a contestar la demanda al demandado Oscar Armando Bessonart. A los fines de la notificación al accionado rebelde, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Notifíquese. Fdo.: Dr. Germán Romero, Secretario; Dra. Ma. Georgina Rodríguez, Jueza.

$ 33 398017 Ago. 15 Ago. 20

__________________________________________


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


En los autos caratulados: MANSILLA EVANGELINA MARTA s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ Nº 21-01996317-6), de trámite ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de Santa Fe, el Sr. Juez ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 26 de Julio de 2019. Por contestada la vista por ambas Cajas. Agréguese el informe de saldo bancario adjunto. Por presentado informe final y proyecto de distribución. De manifiesto el mismo por el término de ley. Procédase a notificar conforme lo establecen los art. 218 de la Ley 24522. Notifíquese. 7 de Agosto de 2019. Fdo. Dr. Diego R. Aldao (Juez), María Guadalupe Gon, (Secretaria).

S/C 398005 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición de la Sr. Juez de Trámite del Juzgado 1ra. Instancia Civil y Comercial 2da. Nominación, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados ZOSO MIRIAN GRACIELA c/LONG CARLOS y/u Otro s/Daños y Perjuicios; (CUIJ 21-12081311-8), se cita y emplaza a los herederos de Carlos Osmar Long, DNI Nº 6.324.795, por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezcan a estar a derecho y tomar la intervención que les corresponda bajo apercibimientos de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de estos Tribunales, según lo dispuesto en la ley 11.287 y con lo resuelto en el Acuerdo Ordinario celebrado el 07/02/96 Acta Nº 3. Para mayor recaudo, se trascribe -en su parte pertinente- el decreto que ordena la medida: Santa Fe, 13 de Noviembre de 2018. Con los autos solicitados (Long, Carlos Osmar s/Sucesorio CUIJ 21-01972946-7) a la vista y a los fines de un mejor ordenamiento de la causa: Hágase saber que el presente juicio tramitará según las normas del proceso ordinario (art. 398 CPCC). Atento lo dispuesto en el art. 597 CPCC, cítese y emplácese a los herederos de Carlos Osmar Long, por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezcan a estar a derecho y tomar la intervención que les corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). Publíquense edictos por el término de ley. Firmado: Dr. Carlos Federico Marcolini, Juez. 10 de Mayo de 2019. Pablo Cristian Silvestrini, secretario.

$ 33 398022 Ag. 15 Ag. 20

__________________________________________


Por encontrarse dispuesto, en los autos caratulados: PALMA, SANDRA GUADALUPE s/Quiebra; (Expte. N° CUIJ 21-02011612-6), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación del Distrito Judicial N° 1 de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Sr. Juez, Dr. Lucio A. Palacios, y Secretaria del Dr. Jorge A. Gómez, se hace saber por cinco (05) días, publicándose en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que ha sido designado como síndico en autos el C.P.N. Víctor Hugo Fabrizio, con domicilio en calle Angel Cassanello N° 680 de Santa Fe, con atención al público de lunes a viernes en el horario de 17hs a 20hs. Fdo, Dr. Jorge A. Gómez, Secretario. Santa Fe, 6 de Agosto de 2019. María Nazaret Canale, prosecretaria.

S/C 397996 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por estar así dispuesto en los autos caratulados SERVIN, ANGELICA MARÍA ITATI s/Quiebra, CUIJ N° 21-01996007-9, que se tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que se ha puesto de manifiesto el proyecto de distribución final (art. 218 de la LCQ), practicado por el síndico actuante, habiéndose fijado los honorarios totales en la suma de $ 91.118,40, equivalente a un sueldo de Secretario de primera instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1°) $ 63.782,88 (pesos sesenta y tres mil setecientos ochenta y dos con ochenta y ocho centavos) para el CPN Jorge Raúl Cicarilli y 2°) $ 27.335,52 (pesos veintisiete mil trescientos treinta y cinco con cincuenta y dos centavos) (8,204036 Jus), para el Dr. Francisco Mancini. Santa Fe, 4 de Julio de 2019. Fdo. Dr. Ivan Gustavo Di Chiazza (Juez) - Dra. Mariana Nelli (Secretaria) y decreto ordenando publicación de edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ, de fecha 25 de Julio de 2019. Fdo.: Dr. Iván Gustavo Di Chiazza (Juez) - Dra. Mariana Nelli (Secretaria). 5 de Agosto de 2019. María José Lusardi, prosecretaria.

S/C 398032 Ag. 15 Ag. 16

__________________________________________


Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados: ZAPATA, NATALI s/Quiebra; (C.U.I.J. Nº 21-01991434-5), en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación del Distrito Judicial Nº 1 de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Sr. Juez, Dr. Lucio A. Palacios, y Secretaría del Dr. Jorge A. Gómez, Secretario, se hace saber por dos (02) días, publicándose en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, que se ha presentado el Informe Final, el Proyecto de Distribución de Fondos y las regulaciones de honorarios de: 1) Sindicatura en la suma de $ 63.782,88 mas aportes de $ 6.378,29; 2) Apoderado del fallido en la suma de $ 27.335,52 mas aportes de $ 3.553,62 (Art. 218 LCQ). Fdo. Dr. Jorge A. Gómez, Secretario. Santa Fe, 5 de Agosto de 2019. María Nazaret Canale, prosecretaria.

S/C 397997 Ag. 15 Ag. 16

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados SANCHEZ, LUIS ALBERTO s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra; (CUIJ Nº 21-01997455-0), se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que el 06 de Agosto 2019: 1°)- Se ha declarado la quiebra de Luis Alberto Sánchez, DNI Nº 29.221.296, domiciliado en J.J. Paso N° 3425 de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe. 2°) Declarar que, conforme el art. 253 inc. 7) de la ley 24.522, el síndico designado en el concurso preventivo continuará actuando en la quiebra decretada como consecuencia de la frustración del concurso. 3°) Fijar hasta el día 17 de Septiembre de 2019 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 4°) Disponer que Sindicatura proceda al recálculo de los créditos verificados según su estado; y hacer saber a los acreedores, que no tendrán necesidad de verificar nuevamente. Los acreedores posteriores a la presentación pueden requerir la verificación por vía incidental, en la que no se aplican las costas sino en caso de pedido u oposición manifiestamente improcedente. 5°) Intimar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido para que dentro del término de 48 horas los entreguen a la Sindicatura. Fdo: Dra. Viviana E. Marín - Jueza; Dra. Laura Maydana. Secretaria. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL sin cargo (art. 89 ley 24522). Santa Fe, 6 de Agosto de 2019. Luciana Rodríguez, prosecretaria.

S/C 398030 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados GARCÍA, MANUEL ALEJANDRO s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ Nº 21-02004279-3), atento lo ordenado en fecha 25 de Junio de 2019 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1º)- Se ha declarado la quiebra de Manuel Alejandro García, D.N.I. N° 25.459.638, de apellido materno Bracamonte. 2°) Se ordena al fallido y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia del primero, y se intima al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el 17 de Septiembre de 2019 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado síndico al C.P.N. José Ernesto Pedro, con domicilio en calle Angel Casanello Nº 680, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana E. Marín, Juez; Dra. Laura Maydana, Secretaria. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL sin cargo (art. 89 ley 24522). Santa Fe, 7 de Agosto de 2019. Luciana Rodríguez, prosecretaria.

S/C 398027 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados PANICCIA MARCELO EGIDIO s/Concurso Preventivo; (CUIJ N° 21-25131490-7), se ha dispuesto publicar el presente, haciendo saber que: el 07 de Agosto de 2019, se han reprogramado los plazos establecidos en la resolución de fecha 17/07/19, fijándose el 17 de Septiembre de 2019 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. Asimismo, fíjase los días: 07 de Octubre de 2019 para que Sindicatura presente un juego de copias de las impugnaciones; 05 de Noviembre de 2019 para la presentación de los informes individuales, 28 de Febrero de 2020 para la presentación del informe general, el día 25 de Agosto de 2020 como fecha de vencimiento del período de exclusividad y el día 18 de Agosto de 2020 para la audiencia informativa. Asimismo, se hace saber que se ha designado síndico al C.P.N. Raúl Rogelio Tallano, con domicilio en calle San Martín Nº 3464, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana E. Marín, Jueza; Dra. Laura Maydana, Secretaria. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL sin cargo (ley 24522). Santa Fe, 7 de Agosto de 2019. Luciana Rodríguez, prosecretaria.

S/C 398029 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial da la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados LÓPEZ, MONICA JOSEFINA s/Solicitud Propia Quiebra (CUIJ Nº 21-02011391-7), atento lo ordenado en fecha 25 de Junio de 2019, se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1º) Se ha declarado la quiebra de Mónica Josefina López, D.N.I. N° 14.337.266, de apellido materno Reynoso. 2°) Se ordena a la fallida y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia de la primera, y se intima a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el día 20 de Septiembre de 2019 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado síndico al C.P.N. Cristian Guillermo Cuello, con domicilio en calle Monseñor Zaspe N° 2770, Plana Baja, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana E. Marín, Jueza; Dra. Laura Maydana, Secretaria. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL sin cargo (art. 89 ley 24522). Santa Fe, 7 de Agosto de 2019. Luciana Rodríguez, prosecretaria.

S/C 398025 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados MODINI, GRACIELA INÉS s/Solicitud Propia Quiebra; (CUIJ Nº 21-02010766-6), atento lo ordenado en fecha 31 de Mayo de 2019, se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que: 1°) Se ha declarado la quiebra de Graciela Inés Modini, D.N.I. N° 27.414,246, de apellido materno Lancieri. 2°) Se ordena a la fallida y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia de la primera, y se intima a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el día 17 de Septiembre de 2019 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado síndico a la C.P.N. María Lucila Claus, con domicilio en calle 4 de Enero N° 1742, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana E. Marín, Jueza; Dra. Laura Maydana, Secretaria. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL sin cargo (art. 89 ley 24522). Santa Fe, 7 de Agosto de 2019. Luciana Rodríguez, prosecretaria.

S/C 398026 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Autos: BARRIOS, KAREN MACARENA s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ 21-01995307-3; Presentado el informe final y distribución previsto por el art. 218 de la LCyQ. El señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Santa Fe, ha dispuesto lo siguiente: Santa Fe, 01 de Julio de 2019. Resuelvo: 1°) Regular los honorarios del CPN Fernando José Izquierdo, en la suma de $ 63.782,88 (....); 2°) Regular los honorarios del Dr. Nicolás Andrés Echevarría, en la suma de $ 27.335,52. (...) - Dr. Carlos Federico Marcolini, Juez; - Dr. Pablo Silvestrini, Secretario. Santa Fe, 5 de Agosto de 2019.

S/C 398097 Ag. 15 Ag. 16

__________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos ESTIGARRIBIA MARINA ALICIA s/Quiebra; (Expte. Nº 21-02011291-0), la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 07 de Agosto de 2019. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Estigarribia Marina Alicia, apellido materno Bermúdez, argentino, D.N.I. N° 30.452.090, CUIL Nº 27-30452090-1, mayor de edad, empleada, domiciliado realmente en Europa 10.489 Barrio Punta Norte de la ciudad de Santa Fe y legal en calle San Jerónimo 2118 Oficina 26 de la ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 07/08/2019 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 26/09/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 15/10/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 12/11/2019 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 03/02/2020 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste que habiendo resultado sorteado Síndico el CPN Carlos Alberto Sara, en la audiencia celebrada, desígnasela en tal carácter. Comparezca cualquier día y hora de audiencia a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo. Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria; Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, Jueza.

S/C 398103 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos MANSILLA, ALEJANDRA GUADALUPE s/Quiebra; (Expte. CUIJ Nº 21-02011385-2) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 7 de Agosto de 2019. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Alejandra Guadalupe Mansilla, argentina, D.N.I. Nº 23.814.908, CUIL Nº 27-23814908-3, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle French 3315 y legal en calle Necochea 3142, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 7/8/2019 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 26/09/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 15/10/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 12/11/2019 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 3/2/2020 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Conste: Que en el sorteo realizado el día 7 de Agosto de 2019 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteada Síndica la C.P.N. Lucila Inés Prono, con domicilio en calle Facundo Zuviría 3675 de esta ciudad. Viviana Naveda Marcó, secretaria.

S/C 398104 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Ena. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: OLIVA, SONIA RAQUEL s/Quiebra; (Expte. Nº 21-02010036-9), en fecha 06/08/2019 se ha procedido a la declaración de quiebra de Sonia Raquel Oliva, DNI Nº 20.320.108, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle Laguna Paiva Nº 1108 de la ciudad de Coronda y con domicilio ad litem constituido en calle Córdoba Nº 3499 de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder de la deudora y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar a la fallida para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 09 de Octubre de 2019. Secretaría, 6 de Agosto de 2019. María Ester Noé de Ferro, secretaria.

S/C 398149 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: BARATTI, ALEJO CESAR s/Quiebra; (CUIJ N° 21-02009987-6) se ha dispuesto: Santa Fe, 05 de Agosto de 2019 Atento lo solicitado, corresponde reprogramar las fechas establecidas en el auto de apertura de quiebra. En consecuencia, fíjase el día 2/10/2019 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación de créditos y los títulos pertinentes, y el día 17/10/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. Asimismo, desígnase el día 14/11/2019 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el Informe Individual, y 30/12/2019 para que presente el Informe General. Notifíquese Fdo. Dr. Carlos Marcolin (Juez); Dr. Pablo C. Silvestrini (Secretario). Se hace saber que el Síndico designado en autos es el CPN Fernando José Izquierdo, quien constituye domicilio en calle Amenábar 2962 de la ciudad de Santa Fe, fijando horarios de atención de lunes a viernes de 8 a 14 horas. Dr. Silvestrini, Secretario. Santa Fe, 7 de Agosto de 2019.

S/C 398096 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Lucio Alfredo Palacios, Secretaría a cageo del Dr. Jorge Alberto Gómez, sito en calle San Jerónimo 1.551, Planta Baja de la ciudad de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados OLIVERA, OSCAR CEFERINO s/Solicitud Propia Quiebra CUIJ 21-01998524-2, ha resultado sorteada Síndica la C.P.N. Teresa Zulema María, con domicilio legal en Pasaje Quiroga N° 1.458 de esta ciudad, cuyo horario de atención al público es lunes a viernes de 18,30 a 21,30 horas. Publíquese edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, de acuerdo a lo normado por el art. 89 de la L.C.Q. Firmado: Dr. Jorge Alberto Gómez (Secretario); Dr. Lucio Alfredo Palacios Juez. Santa Fe, 2 de Julio de 2019.

S/C 398265 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Ena. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: GOMEZ, JESICA ELIANA s/Quiebra; (Expte. Nº 21-02012737-3), en fecha 05/08/2019, se ha procedido a la declaración de quiebra de Jesica Eliana Gómez, DNI Nº 34.162.737, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en Pasaje Cullen Nº 4100 y con domicilio ad litem constituido en calle Gobernador Crespo Nº 3350, Piso Cuarto, Departamento B, ambos de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder de la deudora y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar a la fallida para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 08 de Octubre de 2019. Secretaría, 5 de Agosto de 2019. María Ester Noé de Ferro, secretaria.

S/C 398148 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaria a cargo de la Dra. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: OSMAN, MARÍA BEATRIZ s/Quiebra; CUIJ 21-02012945-7 en fecha 7 de Agosto de 2019, se ha procedido a la declaración de quiebra de María Beatriz Osman, DNI Nº 17.857.518 argentina, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en Barrio El Pozo, Manzana 15, vivienda 44, y con domicilio ad litem constituido en Saavedra 2800, de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder del deudor y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar al fallido para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 09 de Octubre de 2019 inclusive. Secretaría, 8 de Agosto de 2019. María Ester Noé de Ferro, secretaria.

S/C 398147 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Ena. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: ARIAS, MARÍA DEL CARMEN s/Quiebra; (Expte. CUIJ N° 21-02012501-9), en fecha 08/08/2019, se ha procedido a la declaración de quiebra de la Sra. María del Carmen Arias, DNI N° 10.715.625, argentina, mayor de edad, jubilada, domiciliada realmente en Hipólito Irigoyen N° 4142 y con domicilio ad litem constituido en calle Primero de Mayo N° 3595 ambos de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder de la deudora y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar a la fallida para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 10 de Octubre de 2019. Secretaría, 7 de Agosto de 2019. María Ester Noé de Ferro, secretaria.

S/C 398146 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo de la Dra. María Romina Kilgelmann, Secretaría a cargo de la Dra. María Ester Noé de Ferro, sito en calle San Jerónimo 1551, hace saber que en los autos: SAMBRA, FACUNDO GERÓNIMO s/Quiebra; 21-02012115-4 en fecha 7 de Agosto de 2019, se ha procedido a la declaración de quiebra de Facundo Gerónimo Sambra, DNI N° 38.815.261 argentina, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en La Rioja 4584, y con domicilio ad litem constituido en La Rioja 3159 P.A, de la ciudad de Santa Fe. Asimismo se ha dispuesto la incautación de la totalidad de los bienes y papeles en poder del deudor y terceros; prohibir a los terceros hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de resultar ineficaces; intimar al fallido para que haga entrega de toda la documental que obrare en su poder y establecer que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el 10 de Octubre de 2019 inclusive. Secretaría, 7 de Agosto de 2019. María Ester Noé de Ferro, secretaria.

S/C 398145 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nro. 2 - Sec. 1, de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a comparecer a los herederos del demandado fallecido, Díaz Gustavo Luis DNI Nº 27.413.782, a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus erectos en el BOLETIN OFICIAL y Sede Judicial. Expte. Nro. 270/2017 - CUIJ Nro. 21-15153257-5 - ASOCIACIÓN MUTUAL DEL CENTRO REGIONAL c/DIAZ GUSTAVO LUIS s/Ejecutivo. Santa Fe, 29 de Julio de 2019. Fdo: Dra. Teresita J. Bonavia, Secretaria; Dr. Dante Formentini, Juez. Santa Fe, 29 de Julio de 2019. Jimena Bustamente Pudula, prosecretaria.

$ 33 398167 Ag. 15 Ag. 20

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados ARANDA, JESICA ANTONELA s/Quiebra; (CUIJ 21-02009929-9), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 6 de Agosto de 2019. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Jesica Antonela Aranda, apellido materno Díaz, argentina, DNI N° 38.896.710, soltera, mayor de edad, empleada en el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, domiciliado realmente en calle Río Negro 6576 de la localidad de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle General Necochea 3142 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar 1a correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 07/08/19 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 05/09/19 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 12- Fijar el día 19/09/19 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 17/10/19 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día 29/11/19 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 15- Disponer la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro Decreto: Santa Fe, 08 de Agosto de 2019. Habiendo resultado sorteado el síndico Néstor Eduardo Amut, para intervenir en autos Aranda, Jesica Antonela s/Solicitud de Propia Quiebra; (CUIJ 21-02009929-9), desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria); Claudio Alejandro Bermúdez (Juez).

S/C 398198 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados MÁRQUEZ, SEBASTIAN DIEGO ALEJANDRO s/Quiebra; (Expte. CUIJ 21-02011694-0), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, Agosto 01 de 2019. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Segundo Sebastián Diego Alejandro Márquez, argentino, mayor de edad, DNI 29.924.884, emplaado, domiciliado realmente en calle Nicolás Rodríguez Peña 610 y constituyendo domicilio legal en calle 1º de Mayo 3595 ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes de la fallida, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida los entreguen al Síndico. 5- Intimar a la fallida para que dentro de las 24hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir a la fallida la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber a la fallida que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles de la fallida con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 07.08.19 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 20.09.19 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 12- Señalar el día 05.11.19 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 19.12.19 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 13- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra la fallida a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 14- Disponer la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 15- Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la L.C.Q. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro decreto: Sta. Fe, Agosto 08 de 2019. Habiéndose realizado...sorteo...un síndico...bolilla correspondiente al CPN Néstor Eduardo Amut...con domicilio en calle Corrientes 3521...Comparezca a aceptar el cargo...Notifíquese. Fdo: Dr. Claudio A. Bermúdez (Juez); Dra. Alfonsina Pacor (Secretaria).

S/C 398195 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: AGRAFOGO, ROBERTO OSCAR s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ N° 21-002011530-8, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Roberto Oscar Agrafogo, D.N.I. 10.874.292, de apellido materno Gómez, argentino, mayor de edad, domiciliado realmente en calle 4 de Enero Nº 2657 dpto. 3 de la ciudad de Santa Fe y legalmente en calle Monseñor Zaspe Nº 2670 de la ciudad de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquel. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (12/02/2020). 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 14/08/2019 a las 10.00hs. Comuníquese a la Presidencia de la Cámara a tal efecto. 12) Fijar el día 09/10/2019, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 24/10/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Firmado: Juez a cargo Dra. Verónica Toloza, Secretaria.

S/C 398234 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados PALACIO, SEBASTIAN MARCELO s/Quiebra; (CUIJ 21-02011402-6), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 06 de Agosto de 2019. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Sebastián Marcelo Palacio, apellido materno Sánchez, argentino, DNI Nº 33.923.042, mayor de edad, empleado en el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe, domiciliado realmente en calle 9 de Julio 1462, Dpto 4- Piso 2 de la localidad de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Monseñor Zaspe 2670 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts: 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 07/08/19 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 05/09/19 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 ley 24.522). 12- Fijar el día 19/09/19 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 17/10/19 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 29/11/19 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 15- Disponer la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro Decreto: Santa Fe, 08 de Agosto de 2019. Habiendo resultado sorteado el síndico Aldo Alfredo Maydana, para intervenir en autos Palacio, Sebastián Marcelo s/Solicitud de Propia Quiebra; (CUIJ 21-02011402-6) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria); Claudio Alejandro Bermúdez (Juez).

S/C 398194 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: COSTA, VERÓNICA PAMELA s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ 21-02006797-4, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Verónica Pamela Costa, D.N.I. Nº 36.610.134, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle Facundo Zuviría 4638 y legalmente en calle Obispo Gelabert 2826 de esta esta ciudad. (...) 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales para el día 07/08/19 a las 10.00 hs. Comuníquese a la Presidencia de la Cámara de Apelación. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora del fallido -Ministerio de Educación- a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos. (...) 12) Fijar el día 28/08/19, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 11/09/19 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 10/10/19 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 21/11/19 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones, contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q., en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. (...). Firmado: Juez a/c - Dra. Verónica Toloza, Secretaria.

S/C 398233 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación, se hace saber que en los autos: AGUIRRE, JACINTA BEATRIZ s/Quiebra (Concurso Preventivo), Expte. CUIJ 21-00899191-7, en resolución de fecha 8 de Agosto de 2019, se ha dispuesto: 1- Declarar la Quiebra de Jacinta Beatriz Aguirre, D.N.I. N° 21.421.959, domiciliada en calle 25 de Mayo s/n, localidad de San Mariano, departamento Las Colonias, Provincia de Santa Fe. 4.- Prohíbase hacer pagos al fallido bajo apercibimientos de tenerlos por ineficaces. 5.- Interceptar la correspondencia y comunicaciones dirigidas al fallido las que deberán ser entregadas al Síndico a cuyos efectos se oficiará al Correo Argentino y/o Correos Privados que operen en la zona. 10.- Disponer que los acreedores con causa o título anterior a la presente resolución deberán hacer valer sus pretensiones mediante el mecanismo dispuesto en el art. 202 LCQ. Asimismo, los acreedores que hubieren obtenido verificación de sus créditos en el concurso no tendrán que verificar, el Síndico designado procederá al recálculo de los créditos según su estado. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Ofíciese. Notifíquese. Firmado Diego Raúl Aldao, Juez; María Guadalupe Gon, Secretaria.

S/C 398154 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados QUIROZ, ANDREA CELESTE s/Solicitud Propia Quiebra; (Expte. Nº CUIJ 21-02012870-1), se ha declarado la quiebra en fecha 08.08.2019 de Andrea Celeste Quiroz, DNI Nº 38.289.444, argentina, mayor de edad, empleada, de apellido materno “Ojeda”, domiciliado realmente en calle Tucumán N° 4045 - y legalmente en Crespo N° 2582, oficina 6, ambos de la ciudad de Santa Fe. Se dispuso el día 21.08.2019 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 18.09.2019. Se ordenó a la fallida y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes de la fallida en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes de la fallida. Disponer que la fallida no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley Nº 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de cinco días (art 89 LCQ). Fdo. Dr. Lucio A. Palacios (Juez) - Dr. Jorge A. Gómez (Secretario).

S/C 398187 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: GUTIÉRREZ ERICA NOELIA s/Quiebra; CUIJ N° 21-02009632-9, se ha dispuesto: 1 Declarar la quiebra de Erica Noelia Gutiérrez, D.N.I. Nº 39.369.191, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en calle Primera Junta 4845 Barrio Santa Rosa de Lima y legalmente en calle Monseñor Zaspe 2670, ambos de esta ciudad. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces.6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (20/11/19). 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 12) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales para el día 07/08/19 a las 10.00 hs. Comuníquese a la Presidencia de la Cámara de Apelación. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora del fallido -Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe- a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, librándose oficio a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12) Fijar el día 11/09/19, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 25/09/19 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 16/10/19 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 20/11/19 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q., en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe y notifíquese de conformidad al art. 29 de la LCQ a los acreedores denunciados por el fallido. 18) Comuníquese al Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Firmado: Juez a cargo; Dra. Verónica Gisela Toloza, Secretaria.

S/C 398232 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: CISNERO, SEBASTIAN ADOLFO c/PETTINARI, ESTEBAN s/Pedido de Quiebra; CUIJ N° 21-01994580-1, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Esteban Pettinari, D.N.I. 26.960.172, domiciliado realmente en calle Udino Galeto N° 1144 de la ciudad de San Genaro, Provincia de Santa Fe y legalmente en calle Rivadavia 2553 PB oficina 15 de esta ciudad de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (02/12/2019). 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 07/08/2019 a las 10.00 hs. A sus efectos, comuníquese a la Presidencia de la Cámara. 12) Fijar el día 30/08/2019, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 17/09/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Firmado: Juez a/c; Dra. Verónica Toloza, Secretaria.

S/C 398250 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: GAETE, FRANCISCO SEFERINO s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ 21-02010298-2, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Francisco Seferino Gaete, de apellido materno Vergara, D.N.I. N° 16.813.067, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Alberti 4055 y legalmente en calle 4 de Enero 1753 PB ambos de la cuidad de Santa Fe. (...) 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales para el el día 07/08/19 a las 10.00 hs. Comuníquese a la Presidencia de la Cámara de Apelación. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora del fallido -Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe- a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos. (...) 12) Fijar el día 11/09/19, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 25/09/19 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 16/10/19 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 20/11/19 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. (...) Firmado: Juez a/c - Dra. Verónica Toloza, secretaria.

S/C 398229 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: LUNA ALCIDES JORGE s/Solicitud Propia Quiebra; CUIJ N° 21-02007452-0, se ha dispuesto: Declarar la quiebra de Alcides Jorge Luna, D.N.I. N° 5.269.674, argentino, mayor de edad, viudo, jubilado, domiciliado realmente en calle Santa Rosa e Inés Álvarez s/n de la ciudad de San José del Rincón y legalmente en calle 4 de Enero Nº 1754 de esta ciudad. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general. 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 11) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 07/08/19 a las 10.00 hs. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora del fallido a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, librándose oficio a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12) Fijar el día 24/09/19, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 18/10/19 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 26/11/19 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 06/03/19 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines previstos y con las excepciones contempladas por el art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 17) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 18) Comuníquese al Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Firmado: Juez a/c - Dra. Verónica Toloza, secretaria.

S/C 398238 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por estar así dispuesto en los autos caratulados MARTÍNEZ, RAUL RODOLFO s/Quiebra; CUIJ N° 21-01984461-4, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia, de Distrito, en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe, se ha dispuesto librar el presente, a los fines de que se sirva ordenar la publicación del siguiente edicto judicial (sin cargo - quiebra), por el término de dos días, cuyo texto es el siguiente: El Juzgado de Primera Instancia de Distrito, en lo Civil, Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe (S.Fe), Secretaría a cargo de la Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, hace saber que en los autos caratulados Martínez, Raúl Rodolfo s/Quiebra; CUIJ Nº 21-01984461-4, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 9 de Mayo de 2019. Y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: Fijar los honorarios totales en la suma de $ 91.118,40 equivalente a un sueldo de secretario de 1ra. Instancia, a distribuirse de la siguiente forma: a) $ 63.782,88 (70%) para la sindicatura de autos CPN Aldo Alfredo Maydana; b) para el apoderado de la fallida Dr. Esteban Nicolás Cattaneo, la cifra de $ 27.335,52 (30%). Córrase Vista al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y a la Caja Forense. Insértese, agréguese y hágase saber. Fdo. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, Secretaria; Dr. Claudio Alejandro Bermúdez, Juez. Otro Decreto: Santa Fe, 25 de Junio de 2019. Al escrito cargo 6944: Por recibido, agréguese: Al escrito cargo 6972 por presentado informe final y proyecto de distribución. Póngase de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos. Notifíquese. Fdo. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, Secretaria; Dr. Claudio Alejandro Bermúdez, Juez. Se encuentra autorizado a intervenir en el diligenciamiento del presente, el Síndico de los autos, Aldo Alfredo Maydana, CPN Mat. 6.280. Diligenciado el presente, se servirá devolverlo con copia de lo actuado.

S/C 398245 Ag. 15 Ag. 16

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados MENDOZA LÓPEZ, RICARDO s/Solicitud Propia Quiebra (Expte. N° CUIJ 21- 02012544-3) se ha declarado la quiebra en fecha 09/08/2019 de Ricardo Mendoza López, DNI N° 20.822.819, apellido materno Fernández, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Monoblock 13-2-12 del Barrio Las Flores I de la ciudad de Santa Fe y legalmente en calle 25 de Mayo N° 2126 Piso 2° Dpto. B, de la ciudad de Santa Fe. Se dispuso el día 21/08/2019 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 02/10/2019. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes de la fallida en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes de la fallida. Disponer que la fallida no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la ley N° 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 LCQ). Fdo.: Dr. Lucio A Palacios, Juez; Dr. Jorge A Gómez, Secretario).

S/C 398182 Ago. 15 Ago. 22

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos RODRÍGUEZ, JORGE ANTONIO s/ Solicitud Propia Quiebra (CUIJ 21-02009582-9) se ha dispuesto: Santa Fe, 06/08/2019. Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Jorge Antonio Rodríguez argentino, mayor de edad, casado, DNI 18.520.792, apellido materno Martínez, con domicilio real en calle Belgrano 3809 viv. 9 de la ciudad de Santo Tome y legal en calle Moreno 3636 de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 04 de septiembre de 2019 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 02 de octubre de 2019 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 17 de octubre de 2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 14 de noviembre de 2019 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 30 de diciembre de 2019 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 - Ser párrafo Ley 24522). Fdo.: DR. Pablo Cristian Silvestrini, secretario; Dr. Carlos F. Marcolín, Juez.

S/C 398184 Ago. 15 Ago. 22

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos IEDRO, EDUARDO ERNESTO s/ Solicitud Propia Quiebra (CUIJ 21-02010693-7) se ha dispuesto: Santa Fe, 06/08/2019. Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Eduardo Ernesto Iedro, argentino, mayor de edad, divorciado, DNI 17.368.191 apellido materno Zarate Villalba, con domicilio real en Pasaje Público 169.50 N° 2455 y legal en calle Santiago del Estero 3411 ambos de la ciudad de Santa Fe, provincial de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar al deudor para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición d hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 11) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 28 de agosto de 2019 a las 10.00 hs. 13) Fijar el día 25 de septiembre de 2019 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. 14) Fijar el día 09 de octubre de 2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 15) Señalar el día 07 de noviembre de 2019 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito acompañando legajos en soporte papel y en archivo PDF para su publicación en el sistema informático; y el día 20 de diciembre de 2019 para la presentación del Informe General. Sin previo pago (art. 89 Ser párrafo Ley 24522). Fdo.: Dr. Pablo Cristian Silvestrini, secretario; Dr. Carlos F. Marcolín, Juez.

S/C 398183 Ago. 15 Ago. 22

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Distrito Número Uno en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación-de la ciudad de Santa Fe, Dr. Lucio Alfredo Palacios, Secretaría única a cargo del Dr. Jorge Alberto Gómez, en autos: CITIBANK SA c/ROMERO, NÉSTOR SANTIAGO s/Ejecutivo, Expte. N° 459, Año 2005, se ha resuelto citar y emplazar a los sres. herederos de Romero, Néstor Santiago DNI 8.071.686, para que en el término de tres días de vencida la última publicación comparezcan a estos autos bajo apercibimientos de ley, lo que se publica a sus efectos por tres (3) días en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Fdo.: Dr. Jorge Alberto Gómez, Secretario. Santa Fe, 08 de Agosto de 2019.

$ 33 398266 Ago. 15 Ago. 20

__________________________________________


El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados HSBC BANK ARGENTINA SA c/ GALLARDO RUIZ TAGLE, MACARENA s/Juicio Ejecutivo (Expte. 21-01984142-9), se ha resuelto lo siguiente; Santa Fe, 01 de Agosto de 2019. Agréguense los edictos con certificación del Actuario. Haciendo efectivos los apercibimientos de ley declárase rebelde a la demandada. Notifíquese. Fdo.: Dr. Pablo Cristian Silvestrini, Secretario; Dr. Carlos F. Marcolin, Juez.

$ 33 398191 Ago. 15 Ago. 20

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Santa Fe, hace saber que en autos caratulados: DURSO, PEDRO ANTONIO s/Quiebra (CUIJ: 21-01978440-9 a los fines previstos por el art. 218 LCQ se ha presentado el Informe, Proyecto de Distribución final y se han regulado los honorarios profesionales: CPN Luis A. Malanchino: $ 63.782,88 Dra. Ana Carmen Durso $ 27.335,52. Santa Fe. 08 de Agosto de 2019. Secretario. Fdo.: Dr. Walter Eduardo Hrycuk, secretario.

S/C 398213 Ago. 15 Ago. 16

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7a. Nominación de Santa Fe, en autos: ASOCIACIÓN CIVIL DE PROPIETARIOS DE AIRES DEL LLANO c/ GRAMAJO, BEATRIZ RAQUEL s/Ordinario (CUIJ 21-01998837-3), se cita, llama y emplaza a Beatriz Leticia Raquel Gramajo (DNI 17.121.818), para que comparezca a tomar intervención de ley y hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos legales. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 07 de Agosto de 2019. Fdo.: Dr. Jorge Alberto Gómez, secretario.

$ 33 398178 Ago. 15 Ago. 20

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe, en autos LUDUEÑA ALCIDES HELIOS c/MANATTINI, ELENA SUCESORES y Otros s/Usucapión (Expte. 1040/2010), en tramite ante este Juzgado, se ha dispuesto notificar la siguiente resolución: Santa Fe, 14 de Junio de 2019 Vistos: Estos caratulados: Ludueña, Alcides Helios y/o sus sucesores c/Manattini, Elena Sucesores y otros s/ Usucapión, CUIJ: 21-00990702-2 en trámite por ante este Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 8va. Nominación de Santa Fe, de los que, Resulta: Considerando:… Resuelvo: I Hacer lugar a la demanda y en consecuencia, declarar que se ha operado la prescripción adquisitiva de los inmuebles objeto de la acción -individualizados en el plano de mensura- a favor de Aurora Zapata y Amanda Elena Ludueña desde el 05 de diciembre de 2005. II Imponer las costas a la parte actora. Diferir la regulación de honorarios. Expídase copia, insértese el original y hágase saber. Fdo.: Dra. Mariana Nelli, Secretaria; Dr. Iván G. Di Chiazza, Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. 09 de Agosto de 2019.

$ 33 398220 Ago. 15 Ago. 20

__________________________________________


Por disposición del Juez de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial 2da.Nominación de Santa Fe, en autos BORDA, NELIDA CRISTINA s/ Quiebra 21-01993731-0 Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 2da. Nom. , se publicarán edictos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad con lo normado en la LCQ Nº 24522, por Dos (2) días de las siguientes Resoluciones. Santa Fe 19 de Junio de 2019. Resuelvo: 1°) Regular los honorarios de la CPN Marcela Cristina Llull en la suma de $63.782,88 a la que deberá adicionarse el 21% en concepto de IVA. 2°) Regular los honorarios de la Dra. Luisina Borghello en la suma de $27.335,52. 3°) Vista al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y a la Caja Forense. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Otra… Santa Fe, 29 de Julio de 2019 Por presentada readecuación del Proyecto de Distribución. Póngase de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos en legal forma. Notifíquese. Dr. Pablo Cristian Silvestrini, Secretario; Dr. Carlos Federico Marcolin, Juez

S/C 398243 Ago. 15 Ago. 16

__________________________________________


Autos: FERREYRA, PEDRO DANIEL s/Pedido de Quiebra CUIJ 21-01986599-9, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución final en los autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: Pesos Sesenta y Tres Mil Setecientos Ochenta y Dos con Cincuenta y Dos Centavos ($63.782,52) (más 10% de aportes); Honorarios abogada del fallido Pesos Veintisiete Mil Trescientos Treinta y Cinco con Cincuenta y Dos Centavos ($27.335,52) (más el 13 % de aportes). Santa Fe, 09 de Agosto de 2019. Fdo.: Verónica G. Toloza, secretaria.

S/C 398236 Ago. 15 Ago. 16

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Justo, se hace saber que en los autos: BENITEZ, JULIO EDUARDO s/Quiebra (Expte. 344 Año 2018) se ha dispuesto: 1: Disponer la apertura de la quiebra de Julio Eduardo Benítez, DNI Nº 23.280.595 con domicilio en Boulevard Roque Sáenz Peña Nº 1811 y a los efectos legales en calle Santa Fe Nº 2255 ambos de esta ciudad de San Justo, provincia de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12) Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Sindico a los efectos del artículo 114 de la ley 24.522. 8) Fijar hasta el día 12 de Septiembre de 2019 fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. Fdo.: Dr. Iván Di Chiazza, Juez a Cargo; Dra. María Alejandra Gioda, secretaria. 07 de Agosto de 2019.

S/C 397992 Ago. 15 Ago. 22

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 30 de la ciudad de Sastre, departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: PELLAROLO, MARTA ANTONIA c/ PITAÑA JOSÉ BAUTISTA s/ Prescripción Adquisitiva (Usucapión) Expte. 205/2018 en trámite ante este Juzgado, se ha dispuesto lo siguiente: Sastre, 14 de Septiembre de 2018. Proveyendo escrito cargo N° 1753: Por cumplimentado lo requerido. Por iniciada demanda de prescripción adquisitiva de Pellarolo Marta Antonia contra José Bautista Gitana y/o quien resulte ser titular registral y/o propietario y/o invoque derechos reales sobre el inmueble en cuestión y/o heredero, y la Municipalidad de Sastre y Ortiz. Imprimase al presente el trámite de juicio ordinario, citándose a la demandada para que comparezca a estar a derecho en el término de ley y bajo apercibimientos de ser declarada rebelde. Recábense los informes pertinentes. Asimismo, cítese a la Provincia de Santa Fe, para que dentro del término de ley comparezca a tomar la intervención que estime corresponde en estos autos. Notifíquese por cédula y mediante edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de tribunales. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. Notifiquen Mussano y/o Vecchioni. Notifíquese. Fdo.: Dra. María Laura Savignano, Secretaria; Patricia González Broin, Jueza. Sastre, 26 de Febrero de 2019.

$ 165 398028 Ago. 15 Ago. 22

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Justo, se hace saber que en los autos: LOBATO, ROSANA LILIAN s/ Quiebra (Expte. 163 Año 2019) se ha dispuesto: 1: Disponer la apertura de la quiebra de Rosana Lilián Lobato, DNI Nº 22.576.124 con domicilio en calle Mariano Moreno Nº 1428 y a los efectos legales en Avenida Iriondo N° 3078 ambos de esta ciudad de San Justo, provincia de Santa Fe. 3) Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12) Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la ley 24.522. 8) Fijar hasta el día 12 de Septiembre de 2019 fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. Fdo.: Dr. Iván Di Chiazza, Juez a Cargo; Dra. María Alejandra Gioda, Secretaria. Secretaría, 7 de Agosto de 2019.

S/C 397990 Ago. 15 Ago. 22

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia del Distrito N° 18 en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Justo, se hace saber que en los autos: BALEARIO, MERCEDES MARIA G s/Quiebra (Expte. 301 Año 2019) se ha dispuesto: 1: Disponer la apertura de la quiebra de Mercedes María Guadalupe Ballario, DNI Nº 34.618.496 con domicilio en calle Juan Gauna Nº 2595 y a los efectos legales en Avenida Iriondo Nº 3078 ambos de esta ciudad de San Justo, provincia de Santa Fe. 3) Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4) Ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12) Disponer la intercepción de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la ley 24.522. 8) Fijar hasta el día 12 de Septiembre de 2019 fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. El día siguiente hábil al vencimiento del plazo, la Sindicatura presentará la lista de los peticionantes, y copia simple de la demanda verificatoria. Fdo.: Dr. Iván Di Chiazza, Juez a Cargo; Dra. María Alejandra Gioda, secretaria. Secretaría, 7 de Agosto de 2019.

S/C 397994 Ago. 15 Ago. 22

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe, Secretaría a cargo de la Dra. Gisela Gatti, se hace saber que en autos caratulados: REIDEL REINALDO MIGUEL s/Quiebra (Expte. Nº 592 año 2019 CUIJ 21-26298574-9); por resolución de fecha 03 de julio de 2019 se ha resuelto: (…) 1) Declarar la quiebra del Sr. Reinaldo Miguel Reidel, argentino, mayor de edad, DNI N° 17.101.697, con domicilio real en calle 27 de Febrero N° 1851 y procesal en calle Gadda N° 1872 de esta ciudad de Esperanza (…) 4) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél, quienes quedarán obligados a ponerlos a disposición del Juzgado en forma apta para que los funcionarios de la Quiebra puedan proceder a la incautación, previa descripción a inventario de los bienes con arreglo a lo dispuesto por el art. 88, inc. 10° y 177 LCQ; 5) Declarar la prohibición de hacer pagos al fallido, so pena de ser considerados ineficaces; (…) 9) Fijar el día 13 de septiembre de 2019 como último plazo para que los acreedores por causa o título anterior a la presentación y sus garantes, formulen al Sindico los pedidos de verificación de sus créditos con arreglo a lo dispuesto por los art. 88 y 200 LCQ. El Síndico designado en autos es la CPN María del Pilar Piva con domicilio constituido en calle Aarón Castellanos N° 875 de Esperanza, fijando horario de atención: Lunes a Viernes de 08:00 a 12:00 hs. y de 16:00 a 19:00 hs. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Esperanza, 09 de agosto de 2019. Fdo.: Julia Fascendini, prosecretaria.

S/C 398237 Ago. 15 Ago. 22

__________________________________________


El Juzgado de 1° Instancia de Circuito N° 27 de San Justo, Secretaria a Cargo del Dr. Julio José Henares, notifica a JOSÉ LUIS VERON, DNI: 39.456.692 demandado en autos FAST CRED SA c/VERON JOSÉ LUIS s/Ejecutivo 546/2016 la siguiente resolución: San Justo, 03 de Junio de 2019. Agréguese. Haciendo efectivos los apercibimientos oportunamente decretados, declarase rebelde al demandado. Notifíquese. Fdo.: Dr. Julio Henares, Secretario; Dra. Celia Bornia, Jueza. San justo, 28 de Junio de 2019.

$ 52,50 398255 Ago. 15 Ago. 20

__________________________________________


Declaratoria de Herederos: Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 19 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Esperanza, Pcia. de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Stella Maris Walker, DNI N° 10.466.574 fallecida en la localidad de Franck el día 19 de marzo de 2019, en los autos caratulados WALKER STELLA MARIS s/Sucesorio Expte. CUIJ Nº 21-2629S623-0 tramitados por éste Juzgado para que comparezcan hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento legales. Lo que a sus efectos se publica en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Fdo. Dra. Gisela V. Gatti, secretaria; Dr. Diego Aldao, Juez a/c. Esperanza, 05 de Agosto de 2019.

$ 45 398057 Ago. 15 Ago. 22

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios, en los autos caratulados: BRAVO ALDO SIMÓN s/ Sucesorio; Expte. Nº CUIJ 21- 02003737-4, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante; Sr. Bravo, Aldo Simón, DNI: Nº 6 232.101, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por término y bajo apercibimientos de ley, lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL, por el término de ley. Para mayor seguridad, se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo dispone: Santa Fe, 09 de abril de 2019: Publíquese edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL. Notifíquese. Fdo.: Dra. Estela C. López Bustos, Secretaria.

$ 45 398004 Ago. 15

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios- Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación) en autos caratulados: GONZÁLEZ, JUAN VICENTE s/Sucesorio (CUIJ N° 21-02005166-0), se cita llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Juan Vicente González DNI Nº 12.147.1.85, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Secretario: Dr. Hugo R. Beltramo. Santa Fe, 06 de Agosto de 2019. Dra. Sánchez, Secretaria.

$ 45 398042 Ago. 15 Ago. 22

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación), en autos caratulados: MARTÍNEZ, ALEJO AURELIO s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02000363-1), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Sr. Alejo Aurelio Martínez, L.E. N° 5.928.510, argentino, fallecido en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en fecha 20 de Septiembre del año 2005, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Firmado: Dra. Estela Cristina López Bustos (Secretaria). Santa Fe, 7 de Agosto de 2019. María Esther Mazzarello, secretaria.

$ 45 398065 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación), en autos: COASSOLO, MARTHA ANTONIA s/Declaratoria de herederos (OTS) - CUIJ 21-02007681-7, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Martha Antonia Coassolo, D.N.I. N° 25.781.511, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Firmado Dra. Estela López Bustos. Santa Fe, 30 de Julio de 2019. María Esther Mazzarello, secretaria.

$ 45 398046 Ag. 15

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación), en autos caratulados MIRANDA, MARTA ELENA s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02011645-2), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Miranda Marta Elena, DNI 6.030.965, fallecida en fecha 1 de Abril de 2016, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y se exhibirá en el hall de planta baja de Tribunales, según acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe. Santa Fe, 7 de Agosto de 2019. María Esther Mazzarello, secretaria.

$ 45 398092 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios-Primera Circunscripción Judicial Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, en autos caratulados HAQUIN, JUAN PEDRO s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02010861-1. Se cita a los herederos, acreedores y legatarios de don Juan Pedro Haquin, titular de la M.I. Nº 14.305.535, para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Publíquese edictos por el término de la ley en el BOLETIN OFICIAL y lugar destinado por la C.J.S. Fdo. Dra. María Esther Mazzarello, Secretaria de la O.P.S. Santa Fe, 6 de Agosto de 2019. María Esther Mazzarello, secretaria.

$ 45 398100 Ag. 15

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Santa Fe) en autos caratulados BENITES, DIONISIA y/o BENITES, DIONICIA s/Sucesorio; (CUIJ N° 21-02009300-2), se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Dionisia Benítes y/o Dionicia Benítes, documento de identidad N° 2.634.834, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo. Dra. Claudia B. Sánchez, Secretaria. Santa Fe, 6 de Agosto de 2019. María Esther Mazzarello, secretaria.

$ 45 398102 Ag. 15

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: GRAS, JULIO OSCAR s/Sucesorio; (Expte. CUIJ 21-02012096-4 año 2.019), se cita, se llama y se emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Julio Oscar Gras, DNI Nº 8.618.146, fallecido en la ciudad de Santa Fe, el día 23 de Enero de 2.019, a fin de que dentro de los treinta (30} días y con los apercibimientos legales, comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL de acuerdo a la Ley 11287. Santa Fe, 6 de Agosto de 2.019. Fdo.: Dra. Claudia B. Sánchez, secretaria.

$ 45 398088 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° nominación de Santa Fe), en autos caratulados: TOMASELLI MARIA VERENA s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 27-02010080-7, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña María Verena Tomaselli, DNI 10.065.701, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. A tales efectos, se publican edictos en el BOLETÍN OFICIAL y el hall de Tribunales. Santa Fe, 3 de Julio de 2019. Dra. Claudia Sánchez (Secretaria). María Esther Mazzarello, secretaria.

$ 45 398033 Ag. 15

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 5° Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos REYNA ROBERTO OSCAR s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02004068-5, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Sr/a. Roberto Oscar Reyna, DNI 5.449.177, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dr. Hugo Raúl Beltramo. Santa Fe, 31 de Julio de 2019. María Esther Mazzarello, secretaria.

$ 45 398106 Ag. 15

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: DRUETTO, LYDIA MARÍA MAGDALENA s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02010678-3, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Lydia María Magdalena, Druetto D.N.I. Nº 4.259.883, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 6 de Agosto de 2019. María Esther Mazzarello, secretaria.

$ 45 398200 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Proceso Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de la ciudad de Santa Fe) en autos caratulados: DONA OSVEL TEODORO s/Sucesorio; CULJ 21-02009994-9, se cita, se llama y se emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Dona Osvel Teodoro DNI N° M6.229.435, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de legales. Lo que se pública a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. Estela Cristina López Bustos. Secretaria. Santa Fe, 2 de Agosto de 2019. Claudia B. Sánchez, secretaria.

$ 45 398214 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorio (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe), en autos caratulados: TOLEDO, HEBERTO EPIFANIO y Otros s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02010680-5, se cita, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Heberto Epifanio Toledo, L.E. Nº 2.385.417 y Genoveva Olivera, L.C. N° 0.749.868, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 2 de Agosto de 2019. Claudia B. Sánchez, secretaria.

$ 45 398201 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Santa Fe), en los autos caratulados: NIEVA, JOSÉ IGNACIO CASIMIRO s/Sucesorio; Expte. Nº (21-02009605-2), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de don José Ignacio Casimiro Nieva, DNI Nº 3.170.593, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Dra. Estela López Bustos, Secretaria. Santa Fe, 5 de Agosto de 2019. María Esther Mazzarello, secretaria.

$ 45 398174 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de los Tribunales de Santa Fe) en autos caratulados: DE FILIPPIS, ANTONIO DOMINGO s/Sucesorio; (Expte. CUIJ 21-02009574-9), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios del señor Antonio Domingo De Filippis, DNI N° 6.217.806, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 8 de Agosto de 2019. Claudia B. Sánchez, secretaria.

$ 45 398227 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios - Primera Circunscripción Judicial de Santa Fe (Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 8va. Nominación), en autos caratulados: LUTRI, CECILIA y GONZALEZ, TOMAS SILVESTRE s/Sucesorio; CUIJ 21-02009801-2, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Cecilia Lutri, DNI F6.124.954, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo: Dra. Estela Cristina López Bustos (Secretaria). Santa Fe, 9 de Agosto de 2019. Pablo Agustín Cueto, prosecretario.

S/C 398260 Ag. 15

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de la Sra. HERRERA, EVELINA MARIA, L.C. Nº F. 6.477.221, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Santa Fe, 6 de Agosto de 2019. Expediente CUIJ 21-01955905-7. Juez Dr. Iván Gusfavo Di Chiazza. María José Lusardi, prosecretaria.

$ 45 398193 Ag. 22

__________________________________________


TOSTADO

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En los autos caratulados: Expte. Nº 190 año 2007. Koller, JUAN A c/ ELFO SACICI y A y/u Otros s/ Usucapión que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 15 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado, a cargo de la Dra. Haydé María Regonat, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela A. Barrera, se ha dispuesto notificar por edictos a la demandada: Tostado, 03 de abril de 2019. Agréguese cédula acompañada. Téngase presente. A los fines de la notificación a ELFO S.A.C.I.C.I.A y A, publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Notifíquese. Fdo. Dra. Haydé M. Regonat, Jueza, Dra. Marcela Barrera, Secretaria). Otro decreto: Tostado, 10/11/ 2010. Se tienen presente. Tome razón Mesa de Entradas en el Registro Informático. Téngase por promovido Juicio Ordinario de Prescripción Adquisitiva contra ELFO SACICIA y A. y/o contra quien en definitiva resulte titular de las fracciones de campo a usucapir. Cítese y emplácese a la demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Dése Intervención a la Comuna de Gato Colorado y a la Provincia de Santa Fe a fin de que manifiesten si tienen interés fiscal en el presente. Córrase vista a la API a fin de la correcta determinación de los sellados a oblar en la presente demanda. Notifíquese por cédula. Notifíquese. Fdo.: Dr. Manuel Gamez, Juez a/c; Dra. Margarita Savant, Secretaria. Tostado, 17 de mayo de 2019.

$ 33 398074 Ago. 15 Ago. 20

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 15 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado, en los autos: Expte. Nº 672 año 2015 GALLARDO, JUAN CARLOS c/GONZALEZ DE MIGNOLA, LILIA s/Usucapión, se cita, llama y emplaza a la Sra. Lilia González de Mignola, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro el del término y bajo los apercibimientos de ley. Tostado 10 de Junio de 2019… Cítese y emplácese a la demandada para que dentro del término de 30 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Fdo. Dra. Haidé M. Regonat, Jueza; Dra. Marcela Barrera, Secretaria.

$ 33 398072 Ago. 15 Ago. 200

__________________________________________


En los autos caratulados CUIJ: 21-24345322-1 Expte. 404 año 2009 GALLO DELIA ANTONIA c/ARMANDO PALAVECINO MARÍA MERCEDES Y OTROS s/Prescripción Adquisitiva, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 15 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Tostado, a cargo de la Dra. Haidé María Regonat, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela A. Barrera, se ha dispuesto notificar por edictos a la demandada. Tostado 29 de Junio de 2018. Vistos… Resulta… Considerando… Resuelvo: 1) Rechazar la demanda de adquisición del dominio por prescripción, por falta de acreditación de presupuestos legales, art. 3948, art. 4015,4016 cc del Código Civil. 2-Imponer las costas a cargo de la actora, art. 251 del CPCC. 3-Diferir la regulación de honorarios al momento de acompañar la valuación actual del inmueble. Hágase saber, agréguense y archívense oportunamente. Notifíquense .Fdo.: Dra. Haidé M. Regonat, Jueza; Dra. Marcela Barrera, Secretaria. Otro Decreto: Tostado 21 de Junio de 2019. Asimismo y a los fines de cumplimentar lo ordenado por la Excma. Cámara de Apelaciones, a los fines de la notificación de la sentencia obrante a fs. 178/182 publíquense edictos por el término y bajo apercibimientos de ley en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Notifíquense. Fdo.: Dra. Haidé M. Regonat, Jueza; Dra. Marcela Barrera, Secretaria.

$ 33 398073 Ago. 15 Ago. 20

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 15 en lo Civil y Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado S. Fe, en autos: (Expte. N° 565 Año 2016 COMITÉ DE CUENCA V. MINETTI S. BERNARDO c/MACIAS PEDRO Y Ots. s/ Apremio se ha resuelto citar de renati a los Sres. herederos de Pedro Macias, para que en el término de 20 días de vencida la última publicación opongan excepción legítima, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución con costas, lo que se publica a sus efectos por tres (5) días en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dra. Marcela Barrera Secretaria. Tostado, abril de 2018.

$ 33 398210 Ago. 15 Ago. 20

__________________________________________


Por disposición de la Sr. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 15 en lo Civil y Comercial de la ciudad de Tostado (Sta. Fe), secretaria única a mi cargo en autos caratulados: Expte. N° 593/2018 COMPAÑÍA COMERCIAL SRL. c/ CILLIS DANIEL HERNÁN s/ Ejecutivo, se hace saber al demandado, Sr. Daniel Hernán Cillis que se ha promovido Juicio Ejecutivo en su contra por la suma de $19.107 con más interese, costos y costas. Se lo cita y emplaza para que comparezca a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Tostado, 11 de junio de 2019. Fdo.: Dra. Marcela Barrera, Secretaria.

$ 33 398099 Ago. 15 Ago. 20

__________________________________________


SAN CRISTOBAL

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral de la localidad de San Cristóbal, a cargo de la Dra. Graciela V. Gutscher, Juez, secretaría del DR. Ricardo Ruiz Díaz, en autos GRIFFA LUISA s/ Declaratoria de Herederos Expte. Nº 496/2018, se cita y emplaza a los herederos y legatarios de Luisa Griffa, para que comparezcan ante este juzgado a hacer valer SUS derechos, dentro del y bajo los apercibimientos de Ley. San Cristóbal, 29 de Mayo de 2019. Fdo.: Ricardo Ruiz Díaz, secretario.

$ 45 398175 Ago. 15 Ago. 22

__________________________________________


VERA

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En los autos caratulados: MARTÍNEZ, ROQUE MIGUEL c/ MOSQUEIRA, ANALIA CARMEN y otros s/ Div. Condominio y Escrituración CUIJ 21-25241449-2, tramitados por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la Segunda Nominación de la ciudad de Vera, Pcia de Santa Fe, a cargo del Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez y la Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, Secretaria, se declara rebeldes a los herederos del Sr. Ramón Oscar Altamirano, DNI 22.956.730. Vera, 31 de Julio de 2019.

$ 33 398189 Ago. 15 Ago. 20

__________________________________________


El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, 2ª Nom. de Distrito Judicial Nro. 13 de Vera, cita, llama y emplaza, a los herederos de don JOSÉ LUIS BOLAÑO, para que comparezcan al Juicio caratulado: SÁNCHEZ, RAMÓN Y OTROS c/ LÓPEZ, CASIMIRA DEL VALLE Y OTROS s/Daños y Perjuicio (CUIJ: 21-25242976-7) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, 2da Nom. de Distrito Judicial Nº 13 - Vera - Sta. Fe. Vera, 31 de 7 de 2019 - Fdo. Dr. Juan Manuel Rodrigo (Juez) - Dra. Beatriz Deiber de Fabbro (Secretaria).

$ 33 398061 Ago. 15 Ago. 22

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la Primera Nominación de Distrito Judicial Nº 13 de la ciudad de Vera, se cita, llama y emplaza a Ángel Vergara y/o quienes se consideren propietarios del inmueble inscripto al T° 150, F° 681, Nº 60752, empadronado bajo la partida de impuesto inmobiliario N° 02-04-00-005805/0000-6; para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término de ley y bajo los apercibimientos legales; en autos: GARCÍ, LUIS ARGENTINO c/VERGARA, ÁNGEL s/Prescripción Adquisitiva - Expte. 155/20176 – vera, 19 de junio de 2019 - Fdo. Dra. Margarita Savant, Secretaria - Dra. Jorgelina Yedro, Jueza.

$ 33 398228 Ago. 15 Ago. 20

__________________________________________


El Juzgado de 1ª Instancia de Circuito N° 13 - de Vera, Secretaría a Cargo de la Dra. Norma Lorenza Fernández, notifica a MARCELO DANIEL VIDELA, demandado en autos FAST CRED S.A. c/VIDELA MARCELO DANIEL s/Ejecutivo - Exp. CUIJ: 21-23045208-0 la siguiente resolución: Vera, 5 de Junio de 2018. Por presentado, domiciliado y por parte, en mérito al poder acompañado, el que por ser general se devuelve, agregándose copia certificada en autos, désele la participación legal correspondiente. Por iniciada formal demanda de Juicio Ejecutivo por cobro de pesos contra Marcelo Daniel Videla domiciliada donde se indica y por el cobro de la suma de Pesos: Cinco Mil Ochenta ($ 5.080,00) con más sus intereses y costas desde que dicha suma es debida y hasta el momento de su efectivo pago. Cítese y emplácese al demandado para que dentro del término de Tres (03) Días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Resérvese en Secretaria la documental original acompañada agregándose fotocopia a los autos. Al punto 4) trábese embargo sobre la parte proporcional de los haberes que percibe la demandada como dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe y en cantidad suficiente hasta cubrir el monto del capital reclamado con más la suma de Pesos: Dos Mil Treinta y Dos ($ 2.032,00) presupuestado provisoriamente para intereses y costas futuras, oficiándose a sus efectos y autorizándose al peticionante a intervenir en el diligenciamiento con facultades de ley. Al punto 5) Téngase presente la autorización conferida en la persona de los Dres. Marcelino Javier Plaza, Lucas Gauna Chapero, Ivana Gauna Chapero para intervenir en el diligenciamiento del oficio y para el retiro del expediente. A lo demás, oportunamente. Advirtiendo a prima facie la existencia de una relación de consumo entre las partes, ante el orden público que impera en la Ley 24.240 (ref. por ley 26361) de aplicación obligatoria para el juzgador, se hace saber al actor que podrá integrar el título ejecutivo con documentación adicional relativa al negocio causal (art. 36 LDC), presentándola hasta el dictado de la sentencia (art. 42 CN); arts. 1, 2, 3, 4, 65 de la Ley 24.240; arts. 1092, 1094, 1096 y ss del CCCN; arts.21, 452, 693 del CPCCSF. Notifíquese. - Notifiquen Alegre ó Michelassi martes y viernes por Secretaria. Firmado: Dra. Norma Fernández - Secretaría; Dr. José Luis Freijo – Juez. Otra Resolución: Vera, 9 de abril de 2019. Agréguese oficio acompañado. Atento a lo manifestado Cítese y emplácese al demandado a comparecer a estar a derecho por medio de Edictos a publicarse en el Boletín Oficial y Puertas del Juzgado por el término de diez (10) días bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Vera, 22 de abril de 2019 - Firmado: Dra. Norma Lorenza Fernández (Secretaria) - Dr. José Luis Freijo (Juez).

$ 52,50 398254 Ag. 15 Ag. 20

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral, 2da. Nominación de Vera, Pcia. de Santa Fe en los autos caratulados LALLI, JUAN s/Declaratoria de Herederos – (Expte. Nº 485/2018), Juzgado de Primera Instancia de Distrito C.C. y L., 2da Nominación de la Ciudad de Vera, Pcia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren herederos, legatarios, acreedores y/o con Derechos a los bienes dejados por el causante, Sr. Juan Lalli, D.N.I. 6.313.550 para que comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica a sus efectos legales. - Vera, 4 Junio de 2019. - Fdo. Dra. Beatriz Deibber, Secretaria.

$ 33 398139 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la Segunda Nominación de Distrito Judicial Nº 13 de la ciudad de Vera, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Alcídes José Vidolini, D.N.I. Nº 6.342.305; para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del termino de ley y bajo los apercibimientos legales; en autos: VIDOLINI, ALCIDES JOSÉ s/Sucesorio” CUIJ 21-25275617-2. - Vera, 31 de agosto de 2019 - Fdo. Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, Secretaria - Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez.

$ 33 398231 Ag. 15

__________________________________________


RAFAELA

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en de Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes: Gaviglio, Catalina, Doc. Ident. Nº 1.064.462; y, Rossi Oreste, Doc. Ident. Nº 3.460.281, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos GAVIGLIO, CATALINA Y OTROS s/Declaratoria de Herederos - CUIJ 21-24191051-9, Año 2019. El decreto que así lo ordena, en su parte pertinente expresa - Rafaela, 9 de Mayo de 2019. Cítese por edictos a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que acrediten en su carácter dentro del término de 30 días. A tales fines, publíquense edictos por el término de ley en el Boletín Oficial y en Sede Judicial. - Rafaela, 1º de agosto de 2019 - Fdo. Dra. Carolina Castellano, Secretaria; Dra. Ana Laura Mendoza, Juez.

$ 370 397988 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos caratulados Expte. 887/2018 - ANIBOLI RUBÉN JOSÉ s/Declaratoria de Herederos, se cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de Aniboli Rubén José, D.N.I. 6.302.250, para que en el plazo y bajo los apercibimientos de la ley comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín oficial y en Sede Judicial; conforme lo dispuesto en la ley 11.287 y acuerdo del 7/2/96 acta Nº 3. - Rafaela, 8 de mayo de 2019. - Maura García, Prosecretario.

$ 45 398009 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


El señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: ARMANDO EDITA ANA - Expte. N° 21-24191686-0 - Año 2019, emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Doña Edita Ana Armando, D.N.I. 9.994.938, para que en término de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos legales. Juicio sucesorio promovido por la Dra. María Cristina Astesana. - Rafaela, 28 de junio de 2019. Dra. Carolina Castellano (Secretaria) - Dra. Ana Laura Mendoza, (Jueza).

$ 45 398094 Ag. 5 Ag. 22

__________________________________________


El señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: SANTILLAN TEÓFILO MARIO s/Sucesorio - Expte. N° 21-24191977-0 - Año 2019, emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Don Teófilo Mario Santillan, D.N.I. 6.270.389, para que en término de ley, comparezcan; a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos legales. Juicio sucesorio promovido por la Dra. María Cristina Astesana. - Rafaela, 28 de julio de 2019. - Dra. Natalia Carinelli (Secretaria) - Dr. Duina M. Francisco Hail (Juez).

$ 45 398043 Ag. 15 Ag. 23

__________________________________________


El señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: MINETTI JUAN CARLOS s/Sucesorio - Expte. Nº 21-24191970-3 - Año 2019, emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Don Juan Carlos Minetti, D.N.I. 7.983.804, para que en término de ley, comparezcan a hac.ar valer sus derechos bajo apercibimientos legales. Juicio Sucesorio promovido por la Dra. María Cristina Astesana. - Rafaela, 6 de agosto de2019 – Dra. Natalia Carinelli (Secretaria) - Dr. Duilio M. Francisco Hail (Juez).

$ 45 398045 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


RECONQUISTA

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de 1ª Instancia de Circuito N° 4 de Reconquista, Provincia de Santa Fe, Secretaría a Cargo del Dr. Marino Celli, notifica a Luis Ricardo Franco – D.N.I. 36.888.227, demandado en autos FAST CRED S.A. c/FRANCO LUIS RICARDO s/Ejecutivo Exp. 863/2017 la siguiente resolución: Reconquista, 12 de Junio de 2019. Declárase rebelde a la parte demandada por no haber comparecido a estar a derecho. Notifíquese por edictos que se publicarán dos (2) días y en la forma prescripta por el art. 67 del CPCyC. (Art. 67 y 78 del CPCyC). - Reconquista, 29 de jul de 2019 - Notifíquese. Firmado: Dr. Marino Celli – Secretario - Dra. María Cecilia Belfiori – Jueza.

$ 52,50 398256 Ag. 15 Ag. 20

__________________________________________


El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito N° 4 – Tercera Nominación - de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, Secretaría a Cargo de la Dra. María Martina Ballario, notifica a Romina Lucrecia Degoumois, demandado en autos FAST CRED S.A. c/DEGOUMOIS ROMINA LUCRECIA s/Ejecutivo Exp. 281/2017 la siguiente resolución: Reconquista, 3 de Junio de 2019. Agréguense edictos acompañados. Atento a constancias de Autos y los apercibimientos oportunamente decretados, declárase rebelde a la demandada. - Reconquista, 26 de junio de 2019 - Notifíquese.- Dra. María Martina Ballario, Secretaria - Dra. Margarita A. Cismondi, Jueza.

$ 52,50 398261 Ag. 15 Ag. 20

__________________________________________


El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Nº 4 – Tercera Nominación de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, Secretaría a Cargo del Dra. María Martina Ballario, notifica a Manuel Ricardo Machuca, demandado en autos FAST CRED S.A. c/MACHUCA MANUEL RICARDO s/Ejecutivo Exp. 487/2018 las siguientes resoluciones: Reconquista, 7 de Noviembre de 2018. Agréguese la cédula acompañada. Atento constancias de autos y los apercibimientos oportunamente decretados, declárase rebelde al demandado. Notifíquese. - Firmado: Dra. Maria Martina Ballario - Secretaria – Dra. Margarita A. Cismondi Jueza. Otra Resolución: Reconquista, 3 de Junio de 2019. Téngase presente. Cítese por edictos al demandado conforme lo dispuesto en el art. 67 del CPCC. Notifíquese. - Reconquista, 26 de junio de 2019 - Firmado: Dra. María Martina Ballario (Secretaria) - Dra. Margarita A. Cismondi (Jueza).

$ 52.50 398258 Ag. 15 Ag. 20

__________________________________________


El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito N° 4, Tercera Nominación, Secretaría a Cargo de la Dra. María Martina Ballario, de Reconquista - Provincia de Santa Fe, notifica a Daniel Oscar García, demandado en autos FAST CRED S.A. c/GARCÍA DANIEL OSCAR s/Ejecutivo Exp. 77/2018 la siguiente resolución: Reconquista, 3 de Junio de 2019. Agréguense los edictos publicados. Atento constancias de autos y los apercibimientos oportunamente decretados, declárese rebelde al demandado. Notifíquese. Reconquista, 21 de junio de 2019 - Firmado: Dra. Maria Martina Ballario (Secretaria) - Dra. Margarita A. Cisníondi (Jueza).

$ 52,50 398264 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito, Primera Nominación de Reconquista, Secretaría a Cargo del Dr. Juan Manuel Astesiano, notifica a ANDRÉS GUSTAVO TAMBORELLI, demandado en autos FAST CRED S.A. c/TAMBORELLI ANDRÉS GUSTAVO s/Ejecutivo Exp.- 258/2017 la siguiente resolución: Reconquista, 18 de Junio de 2019. AUTOS Y VISTOS:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: Ordenar se lleva adelante la ejecución hasta que la parte actora FAST CRED S.A. se haga íntegro el cobro del capital reclamado a las demandadas Andrés Gustavo Tamborelli, con más los intereses estipulados en los considerandos precedentes, e IVA sobre los intereses (si correspondiere). Con Costas a la demandada. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta que se practique liquidación. Hágase saber, insértese y resérvese el original. - Reconquista, 26 de julio de 2019 - Firmado : Dr. Juan Manuel Astesiano - Secretario - Dr. José María Zarza

- Juez.

$ 52,50 398257 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________


El Juzgado de 1ª Instancia Distrito N° 4 – Tercera Nominación, de la ciudad de Reconquista - Provincia de Santa Fe, Secretaría a Cargo de la Dra. María Martina Ballario, notifica a Romina Lucrecia Degoumois, demandado en autos FAST CRED S.A. c/DEGOUMOIS ROMINA LUCRECIA s/Ejecutivo Expte.- 78/2018 la siguiente resolución: Reconquista, 8 de Mayo de 2019. Autos Y Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: Ordenar se lleve adelante la ejecución contra Romina Lucrecia Degoumois, D.N.I. N° 28.923.314, hasta que la parte actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más los intereses pactados, I.V.A. sobre intereses, gastos y costas del proceso. Regular honorarios oportunamente. Hágase saber, insértese y agréguese copia. Firmado: Dra. Maria Martina Bailarlo – Secretaria - Dra. Margarita A. Cismondi - Jueza. Otra Resolución: Reconquista, 3 de Junio de 2019. Téngase presente. Cítese por edictos al demandado conforme lo dispuesto en el art. 67 del CPCC. Notifíquese. - Reconquista, 26 de junio de 2019 - Firmado: Dra. María Martina Ballario - Secretaria - Dra. Margarita A. Cismondi - Jueza.

$ 52,50 398262 Ag. 15 Ag. 20

__________________________________________


El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito Nº 4, Primera Nominación de la ciudad de Reconquista, Secretaría a Cargo del Dr. Juan Manuel Astesiano, notifica a Félix Andrés Gómez, demandado en autos FAST CRED S.A. c/GÓMEZ FÉLIX ANDRÉS y GÓMEZ ANDRÉS ÓSCAR s/Ejecutivo Expte. 183/2018 la siguiente resolución: Reconquista, 21 de Junio de 2019. Apruébase la liquidación practicada en cuanto por derecho corresponda. Regúlanse los honorarios profesionales del Dr Silvio Héctor Fontanini, por su intervención en autos, en 7,97 unidades jus, equivalentes a la suma de Pesos Veintiséis Mil Quinientos Cincuenta y Cinco con 72/100 ($ 26.555,72); estableciéndose el valor de dicha unidad en la suma de $3.331,96 (Acta ?23 del 18/06/2019), a los que deberá adicionarse alícuota de I.V.A. en virtud de la condición fiscal acreditada. A los fines del art. 32, fijase como interés moratorio la tasa activa para descuento de documentos a 30 días que aplica el Banco de la Nación Argentina. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 4, 6, 7 inc 2 b), 32 y 34 ss. y concs de la Ley 6767 modificada por la Ley 12.851. Córrase vista a Caja Forense. Notifíquese. - Reconquista, 24 de julio de 2019 - Firmado: Dr. Juan Manuel Astesiano - Secretario - Dr. José María Zarza – Juez.

$ 52,50 398267 Ag. 15 Ag. 20

__________________________________________


El Juzgado de 1ª Instancia de Distrito N° 4 – Segunda Nominación, de la ciudad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, Secretaría a Cargo del Dr. José A. Boaglio, notifica a César Alberto Pereyra, demandado en autos FAST CRED S.A. c/PEREYRA CÉSAR ALBERTO s/Ejecutivo Exp. 118/2017 la siguiente resolución: Reconquista, 7 de Junio de 2019. Apruébase la liquidación practicada, en cuanto por derecho corresponda. En la suma de $ 8.808,07 equivalente a 3,05 jus regúlanse los honorarios profesionales del abogado Silvio Fontanini. Fijase como interés moratorio anual el equivalente a la tasa aplicada por el BNA en sus operaciones de descuento a treinta días. Córrase vista a Caja Forense. Notifíquese. Reconquista, 25 de junio de 2019 - Firmado: Dr. José A. Boaglio - Secretario - Dr. Fabián Lorenzini – Juez.

$ 52,50 398253 Ag. 15 Ag. 20

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia del Juzgado de Distrito N° 4, en lo Civil y Comercial 3ª Nominación, de la Ciudad de Reconquista, en autos caratulados: PÉREZ EUSTACIO FERNANDO s/Sucesorio – Expte. Nº 721/2018; se ha resuelto citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores o legatarios y todos los que se crean con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. Pérez, Eustacio Fernando s/Sucesorio; D.N.I. N° 6.346.970, CUIT: 20-06346970-0 para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término, y bajo apercibimiento de ley. Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en el Hall de tribunales. - Reconquista, 7 de junio de 2019 - Fdo. Dra. Margarita Cismondi (Jueza). Dra. María Martina Ballario, Secretaria.

$ 45 398082 Ag. 15

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 4 Civil y Comercial de la 1ª Nominación Reconquista (SF) Dr. José María Zarza, Secretaría de la Gastón Germán Caglia; se cita y emplaza a herederos, Legatarios y acreedores de los Sres. Nélida Teresa Arguelles y Mario Aníbal Villa para que comparezcan y hagan valer sus derechos en autos: ARGUELLES, NÉLIDA TERESA y Otros s/Declaratoria de Herederos - Expte. 347/2018 en el término de ley. - Reconquista, 23 de mayo de 2019 – Juan Manuel Astesiano, Secretario.

$ 45 398172 Ag. 15 Ag. 22

__________________________________________