picture_as_pdf 2019-08-12

REGISTRADA BAJO EL Nº 13885


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY


ARTÍCULO 1 Autorízase a la Comuna de Bauer y Sigel, departamento Castellanos, a donar las fracciones de terreno de su propiedad, según plano general de subdivisión Nº 176734 del Servicio de Catastro e información Territorial de la Provincia de Santa Fe, ubicadas en la planta urbana de la localidad de Bauer y Sigel, departamento Castellanos, conforme lo dispuesto por la Ordenanza Comunal Nº 281/17 de fecha 22 de agosto de 2017, que se detallan:

LOTE NOMENCLATURA PII SUPERFICIE

CATASTRAL (M2)

Nº 1 083201003700018 0832000682140014-7 330

Nº 2 083201003700019 0832000682140015-6 330

Nº 3 083201003700020 0832000682140016-5 294

Nº 4 083201003700021 0832000682140017-4 324

Nº 5 083201003700022 0832000682140018-3 300

ARTÍCULO 2 La donación establecida en el artículo precedente se efectúa con cargo de que los inmuebles sean adjudicados a las personas que se detallan en este artículo y que corresponden a viviendas sociales construidas mediante el Programa de Autoconstrucción y Ayuda Mutua del Ministerio de Desarrollo de la Nación, ejecutado durante el año 2006:

APELLIDO Y NOMBRE DNI Nº LOTE

Echeverria, Julio Daniel 27.567.486 Nº 1

Bogliotti, Juan Carlos 10.061.682 Nº 2

Zarate, Marta del Valle 31.881.109 Nº 3

Gaetán, Anita Reyes 04.101.644 Nº 4

Echeverria, Paula Edit 26.807.553 Nº 5

ARTÍCULO 3 La escritura traslativa de dominio se efectivizará por intermedio de la Escribanía Mayor de Gobierno de la Provincia de Santa Fe.

ARTÍCULO 4 Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO 2019.

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

CPN CARLOS A FASCENDINI

Presidente

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZALEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Dr. RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

05/AGO/2019

De conformidad de lo prescripto en el Articulo 57 de la Constitución Provincial, régimen como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el BOLETIN OFICIAL.

Dr. PABLO G. FARIAS

Ministro de Gobierno

y Reforma del Estado

29117

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