picture_as_pdf 2019-08-12

EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGÍA


CONCURSO PÚBLICO DE PRECIOS N° 34


Objeto: Reparación de chapa y pintura para el móvil Nº 0970 acoplado La Gallareta 3 ejes año 1969

Presupuesto Oficial: $ 298.313,40 Pesos: (Doscientos noventa y ocho mil trescientos trece c/40/100) IVA incluido.

Apertura de Propuestas: 02/09/2019 Hora: 09:00

Lugar de Apertura: Oficina de compras Rafaela

Entrega de Pliegos e informes: Empresa Provincial de la Energía Av. Santa Fe 1671 2300 Rafaela Santa Fe Tel. (03492) 438505/508/509

S/C 29133 Ago. 12 Ago. 14

__________________________________________



MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL


NOTIFICACIÓN


Por disposición de esta Coordinación de Salud y Seguridad en el Trabajo de este Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Santa Fe en el Expediente Administrativo Nº 01603-0135803-4, caratulado como WWW CONSTRUCCIONES SA p/ SALUD Y SEGURIDAD, se ha dispuesto conforme lo prevé el art. 21 inc. c) del Decreto Ley N° 4174/2015, a notificar a la firma WWW Construcciones SA, CUIT N°: 30-71058648-5, que no habiendo comparecido a estar a derecho dentro del término de ley, se procedió a declararlo REBELDE, atento lo establecido en el Art. 50 de la Ley Provincial Nº 10.468/89, continuando el trámite hasta la decisión definitiva sin su intervención. Santa Fe, 26 de Julio de 2019.

S/C 397734 Ago. 12 Ago. 14

__________________________________________


MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL


COORDINACION EJECUTORA

PROVINCIALPARA LA

REGULARIZACION DOMINIAL


Por disposición de la COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Dto. Prov. Nº. 1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle Alte Brown 6990 de la ciudad de Santa Fe; en 27 de Febrero 2289 de la ciudad de Rosario; y/o en Centro Cívico dito en calle 9 de Julio 1765 de la ciudad de Venado Tuerto; dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial (por tres dias) y en los Diarios Locales de la ciudad de Rosario (La Capital y Pagina 12), en fecha MARTES 13 de AGOSTO de 2019, a las siguientes personas:

REGION IV - NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO: SAN LORENZO - LOCALIDAD: SAN LORENZO

1.-DOROTEA MARIA SEDGFIELD / ISABEL MARIA BOARDMAN SEDGFIELD / JOHN FREDERICK BOARDMAN SEDGFIELD / RICARDO ROBERTO BOARDMAN SEDGFIELD Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: OROÑO 1947, de la localidad de: SAN LORENZO, identificado como: Lote 14 Manzana 19 Plano N.º 68568/1949, Partida Inmobiliaria Nº 15-03-06 199206/0019 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 112 F°178 N° 66591 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario. Expediente Nº 01502-0006552-2, Iniciador : WHITEHEAD ROXANA.

2.-DOROTEA MARIA SEDGFIELD / ISABEL MARIA BOARDMAN SEDGFIELD / JOHN FREDERICK BOARDMAN SEDGFIELD / RICARDO ROBERTO BOARMAN SEDGFIELD, Matrículas Individuales DESCONOCIDAS , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: OROÑO 1947 ,de la localidad de: SAN LORENZO , identificado como: Lote 25 Manzana 19 Plano N.º 68568/1949, Partida Inmobiliaria Nº 15-03-06 199206/0022 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 112 F° 178 N° 66591 Departamento:SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario. Expediente Nº 01502-0006557-7, Iniciador : BUSTOS VICTOR RUBEN.

3.- ROBERTO RAUL CATALA / CARLOS ANGEL GIANDOMENICO Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ISLAS MALVINAS 4295 ,de la localidad de: SAN LORENZO, identificado como: Lote 7 Manzana 3 Plano N.º 84415/1975, Partida Inmobiliaria N° 15-03-06 199298/0039 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 185/144 F°183/427 N° 151351/125928 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario. Expediente Nº 01502-0006172-2, Iniciador : LENCINA MARTIN ROBERTO.

REGION IV - NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO: SAN LORENZO - LOCALIDAD: FRAY LUIS BELTRAN

4.- ELDA NELI SALVATORELLI / SILVIA MERCEDES VILA Y SALVATORELLI/ PATRICIA ELDA VILA Y SALVATORELLI / GUILLERMO PASCUAL VILA Y SALVATORELLI / MARIA EUGENIA VILA Y SALVATORELLI / SALVADOR JUAN VILA Y SALVATORELLI, Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: GENERAL PAZ 498, de la localidad de: FRAY LUIS BELTRAN, identificado como: Lote 2 Manzana I Plano N.º 53404/1952, Partida Inmobiliaria Nº 15-04-00 203801/0142 y cuyo dominio obra inscripto en:Tomo 82/53 F° 213/21 N° 63985/1176 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario. Expediente Nº 01502-0005382-6, Iniciador: AREVALO NESTOR ENRIQUE.

5.-ELDA NELI SALVATORELLI / SILVIA MERCEDES VILA Y SALVATORELLI/ PATRICIA ELDA VILA Y SALVATORELLI / GUILLERMO PASCUAL VILA Y SALVATORELLI / MARIA EUGENIA VILA Y SALVATORELLI / SALVADOR JUAN VILA Y SALVATORELLI , Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CASEROS 1759, de la localidad de: FRAY LUIS BELTRAN, identificado como: Lote 7 Manzana D Plano N.º 53404/1952, Partida Inmobiliaria Nº 15-04-00 203801/0065 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 82/53 F° 213/21 N° 63985/1176 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario. Expediente Nº 01502-0005481-4, Iniciador: GODOY ALBERTO REMIGIO.

6.-ELDA NELI SALVATORELLI / SILVIA MERCEDES VILA Y SALVATORELLI/ PATRICIA ELDA VILA Y SALVATORELLI / GUILLERMO PASCUAL VILA Y SALVATORELLI / MARIA EUGENIA VILA Y SALVATORELLI / SALVADOR JUAN VILA Y SALVATORELLI Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CASEROS 1777, de la localidad de: FRAY LUIS BELTRAN, identificado como: Lote A Manzana Plano N.º DUPL 1211/2011, Partida Inmobiliaria Nº 15-04-00 203801/0064 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 82/53 F° 213/21 N° 63985/1176 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario. Expediente Nº 01502-0006188-1, Iniciador : LAZARO RAUL ALBERTO.

REGION IV - NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO: SAN LORENZO - LOCALIDAD: CARCARAÑA

7.- PABLO ALBERTO SABO, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: FLOR DE CEIBO 1631, de la localidad de: CARCARAÑA, identificado como: Lote 19 Manzana 60 Plano N.º 76309/1973, Partida Inmobiliaria Nº 15-09-00 209390/0023 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 217 F°235 N° 113860 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario. Expediente Nº 01502-0006052-7, Iniciador: DIAZ JOSE LUIS.

8.- ARMOA FLORENTINA DORA Matrícula Individual LC 6.014.316/ ARMOA JUAN JACINTO Matrícula Individual le 5.463.515 / ARMOA RAQUEL ELVIRA Matrícula Individual LC 3.542.066 / ARMOA RUBEN SALVADOR Matrícula Individual LE 6.037.660, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: BERMEJO 2001, de la localidad de: CARCARAÑA, identificado como: Lote E1 Manzana 56N Plano N.º 46898/1966, Partida Inmobiliaria Nº 15-09-00 209376/0004 y cuyo dominio obra inscripto en: Matrícula 15-4592 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario. Expediente Nº 01501-0083821-9, Iniciador: GIORDANA MARIO JUAN.

9.-GURUYA ROBERTO MAURICIO / GURAYA ELDA / MELLI SANTINA MARINOZZI / EMILCE MABEL FLORINDA GURAYA Y MARINOZZI Matrículas Individuales DESCONOCIDAS , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: LAPRIDA 42 de la localidad de: CARCARAÑA, identificado como: Lote G Manzana 63 Plano N.º 10531/1980, Partida Inmobiliaria Nº 15-09-00 209396/0014 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 254 F° 225 N° 140970 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario. Expediente Nº 01502-0006054-9, Iniciador : BARRIONUEVO DANIEL.

REGION IV - NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO: SAN LORENZO - LOCALIDAD: CAPITAN BERMUDEZ

10.- MIRKO EMILIO PRINSICH, Matrícula Individual LE 5.895.952 , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: MALVINAS ARGENTINAS 381, de la localidad de: CAPITAN BERMUDEZ, identificado como: Lote 34 Manzana 10 Plano N.º 52966/1948, Partida Inmobiliaria Nº 15-05-00 204317/0001 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 259 F° 02 N° 121899 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario. Expediente Nº 01502-0006459-0, Iniciador: ARELLANO GRACIELA MARGARITA.

11.-FRANCISCA POGONZA, Matrículas Individuales LC 4.099.625, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: LAS HERAS 328, de la localidad de CAPITAN BERMUDEZ, identificado como: Lote 2 Manzana 8 Plano N.º 52966/1948, Partida Inmobiliaria Nº 15-05-00 204289/0003 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 288 F° 177 N°248377 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario. Expediente Nº 01502-0006464-8, Iniciador: GUTIERREZ LUCIA.

12.- RODOLFO LUIS LOMBARDO, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 13 DE MARZO 128, de la localidad de: CAPITAN BERMUDEZ, identificado como: Lote 27 Manzana 21 Plano N.º 30374/1962, Partida Inmobiliaria Nº 15-05-00 207206/0254 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 178 F° 46 N° 118591 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario. Expediente Nº 01502-0005847-4, Iniciador : LEIVA PEDRO RUBEN.

13.-JUAN MIELNICZUK, Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CHUBUT 348 , de la localidad de: CAPITAN BERMUDEZ, identificado como: Lote 25 Manzana 13 Plano N.º DUPL 215271/2018, Partida Inmobiliaria Nº 15-05-00 204507/0002 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 86 F° 195 N° 14845 Departamento:SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario. Expediente Nº 01502-0006461-5 ,Iniciador : RAMOS PEDRO JESUS.

REGION IV - NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO: CONSTITUCION - LOCALIDAD: VILLA CONSTITUCION

14.-LISCHETTI,JORGE SANTIAGO,Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ALFONSINA STORNI 2355, de la localidad de: VILLA CONSTITUCION, identificado como: Lote 7 Manzana U Plano N.º 26898/1960, Partida Inmobiliaria Nº 19-18-00 418111/0449 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 147 F°449 N° 139285 Departamento: CONSTITUCION, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario. Expediente Nº 01502-0006066-4-Iniciador: ARIAS YOLANDA BEATRIZ.

15.-PINCHETTI DELIA LILIANA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: RIO BERMEJO 5713, de la localidad de: VILLA CONSTITUCION, identificado como: Lote 22 Manzana C Plano N.º 115963/1984, Partida Inmobiliaria Nº 19-18-00 418264/0003 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 239 F°289 N° 343454 Departamento: CONSTITUCION, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario. Expediente Nº 01502-0006214-5-Iniciador: MEDINA LORENA ANDREA.

16.-JUANA HAYDEE TOLEDO / HUGO JUAN BEN / SUSANA BEATRIZ BEN / ADALBERTO RAUL BEN,Matrículas Individuales DESCONOCIDAS , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: LUZURIAGA 1552 , de la localidad de: VILLA CONSTITUCION, identificado como: Lote 14 Manzana 16 Plano N.º 26375/1960, Partida Inmobiliaria Nº 19-18-00 418268/0117 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 144 F°306 N° 157098 Departamento: CONSTITUCION, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario. Expediente Nº 01502-0006073-4-Iniciador: PEREZ MARIA DE LOS ANGELES.

S/C 29124 Ag. 12 Ag. 14

__________________________________________


Por disposición de la COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Dto. Prov. Nº. 1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle Almirante Brown N.º 6900 1 de la ciudad de Santa Fe ; en 27 de Febrero 2289 de la ciudad de Rosario; en Centro Cívico –H. Irigoyen 1415, de la Ciudad de Reconquista; en Avda. Santa Fe 2771 de la ciudad de Rafaela; Centro Civico en 9 de Julio 1765 de la ciudad de Venado Tuerto; dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en el Diario “El Litoral”, en fecha MARTES 13 Y MIÉRCOLES 14 de AGOSTO de 2019, a las siguientes personas:

REGION II - NODO RAFAELA

DEPARTAMENTO: CASTELLANOS - LOCALIDAD: FRONTERA

1.- CARLOS JOSE GARAY, JUAN JOSE GARAY, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CALLE 11 N.º 836 ,de la localidad de: FRONTERA, identificado como: Lote 13 Manzana 10 Plano N.º 22031/1957, Partida Inmobiliaria Nº 08-41-00-568756/0020-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 314 Par Fº 598 N.º 14320/1987, Tomo 337 Par Fº 635 N.º 13728/1990 Departamento: CASTELLANOS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0093169-7, Iniciador: RODRIGUEZ RAMON ANACLETO.

REGION III- NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: SANTA FE

2.- ALONSO JESÚS VERA, RUBEN ALFREDO VERA, CARLOS EDUARDO VERA, NOEMI ESTER VERA, ABEL JUSTO ALTARE, MARTA DOLORES VERDI, DANIEL JOSE ALTARE, MARTHA MICAELA MATEO, DANIEL MATEO, MIGUEL CARLOS MONESE, MARIA LUISA ESCANDON, JORGE FERNANDO SANCHEZ, MIGUEL JESUS ALTARE, MARIA JOSEFINA BERTIN, JUAN PEDRO ESTEBAN BERTIN, EBENEZER JOSE GARCIA, AMERICO GIANELLI, MARCELO FEDERICO ENGLER, OSCAR ANTONIO BERTOLOZZI, NAJUL OSCAR ABDALA, LIDIA NOEMI ROZAS DE ABDALA, FELIPE EXPOSITO Y JORGE DANIEL FOLTA, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: DR. TRONCOSO N.º 8270 ,de la localidad de: SANTA FE, identificado como: Lote 40 Manzana 8266 B Plano N.º 71918/1974, Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-133665/0547-3 y cuyo dominio obra inscripto en:Tomo 304 Par Fº 146 N.º 810/1971, Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0094628-6, Iniciador :OLIVERA FRANCISCO FELIPE.

3.- ALONSO JESÚS VERA, RUBEN ALFREDO VERA, CARLOS EDUARDO VERA, NOEMI ESTER VERA , Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PRESBÍTERO PEREZ N.º 8255 ,de la localidad de: SANTA FE, identificado como: Lote 15 Manzana 8265 D Plano N.º 71918/1974, Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-133665/1206-8 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 401 Par Fº 4001 N.º 82776/1981, Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0093224-9, Iniciador LESCANO SUSANA GRACIELA

4.- ALONSO JESÚS VERA, RUBEN ALREDO VERA, CARLOS EDUARDO VERA, NOEMI ESTER VERA, ABEL JUSTO ALTARE, MARTA DOLORES VERDI, DANIEL JOSE ALTARE, MARTHA MICAELA MATEO, DANIEL MATEO, MIGUEL CARLOS MONESE, MARIA LUISA ESCANDON, JORGE FERNANDO SANCHEZ, MIGUEL JESUS ALTARE, MARIA JOSEFINA BERTIN, JUAN PEDRO ESTEBAN BERTIN, EBENEZER JOSE GARCIA, AMERICO GIANELLI, MARCELO FEDERICO ENGLER, OSCAR ANTONIO BERTOLOZZI, NAJUL OSCAR ABDALA, LIDIA NOEMI ROZAS DE ABDALA, FELIPE EXPOSITO Y JORGE DANIEL FOLTA , Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: GORRITI N.º 6701 ,de la localidad de: SANTA FE, identificado como: Lote 4 Manzana 8267 A Plano N.º 71918/1974 Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-133665/0345-9 y cuyo dominio obra inscripto en:Tomo 304 Par Fº 146 N.º 810/1971, Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0091733-2, Iniciador GUZMAN ABEL ISAIAS:.

5.- ALONSO JESÚS VERA, RUBEN ALFREDO VERA, CARLOS EDUARDO VERA, NOEMI ESTER VERA, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: RUIZ N.º 8126 ,de la localidad de: SANTA FE, identificado como: Lote 32 Manzana 8167 A Plano N.º 71918/1974 Partida Inmobiliaria N10-11-06-6133665/1978-6 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 401 Par Fº 4001 N.º 82776/1981, Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0090511-9, Iniciador :CASAS ELBA.

6.- ALONSO JESÚS VERA, RUBEN ALREDO VERA, CARLOS EDUARDO VERA, NOEMI ESTER VERA, ABEL JUSTO ALTARE, MARTA DOLORES VERDI, DANIEL JOSE ALTARE, MARTHA MICAELA MATEO, DANIEL MATEO, MIGUEL CARLOS MONESE, MARIA LUISA ESCANDON, JORGE FERNANDO SANCHEZ, MIGUEL JESUS ALTARE, MARIA JOSEFINA BERTIN, JUAN PEDRO ESTEBAN BERTIN, EBENEZER JOSE GARCIA, AMERICO GIANELLI, MARCELO FEDERICO ENGLER, OSCAR ANTONIO BERTOLOZZI, NAJUL OSCAR ABDALA, LIDIA NOEMI ROZAS DE ABDALA, FELIPE EXPOSITO Y JORGE DANIEL FOLTA , Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PASAJE MANUEL RUIZ N.º 8176 ,de la localidad de: SANTA FE, identificado como: Lote 17 Manzana 8167 B Plano N.º 71918/1974 Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-133665/0035-1 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 304 Par Fº 146 N.º 810/1971, Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0093159-4, Iniciador BERON EDUARDO HECTOR.

7.- ALONSO JESÚS VERA, RUBEN ALREDO VERA, CARLOS EDUARDO VERA, NOEMI ESTER VERA, ABEL JUSTO ALTARE, MARTA DOLORES VERDI, DANIEL JOSE ALTARE, MARTHA MICAELA MATEO, DANIEL MATEO, MIGUEL CARLOS MONESE, MARIA LUISA ESCANDON, JORGE FERNANDO SANCHEZ, MIGUEL JESUS ALTARE, MARIA JOSEFINA BERTINI, JUAN PEDRO ESTEBAN BERTIN, EBENEZER JOSE GARCIA, AMERICO GIANELLI, MARCELO FEDERICO ENGLER, OSCAR ANTONIO BERTOLOZZI, NAJUL OSCAR ABDALA, LIDIA NOEMI ROZAS DE ABDALA, FELIPE EXPOSITO Y JORGE DANIEL FOLTA , Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PALLARES N.º 8165 ,de la localidad de: SANTA FE, identificado como: Lote 12 Manzana 8165 C Plano N.º 71918/1974 Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-133665/0645-8 y cuyo dominio obra inscripto en:Tomo 304 Par Fº 146 N.º 810/1971, Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0093694-6, Iniciador: FERNANDEZ MARCIANA

8.- ROSALIA RAMONA EUSEBI , Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PAVON N.º 3425 ,de la localidad de: SANTA FE, identificado como: Lote 22 Manzana 7734 Plano N.º (en trámite inscripción) Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-133567/0006-6 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 737 Par Fº 1375 N.º 26222/2009 Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0092282-8, Iniciador :BARTOLI SILVINA ALEJANDRA.

REGION III- NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: SANTO TOME

9. ANA MARIA FONTANARROSA DE COSTA , Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CHAPERAGUE N.º 1925, de la localidad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 4 Manzana 116 y/o 4719 E Plano N.º 74057/1974, Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742384/1707-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 300 Impar Fº 2082 N.º 14939/1971, Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0091095-9, Iniciador :WALPERT SILVIA INES.

10.- URBE COMPAÑIA DE LOTEOS Y URBANIZACIONES, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA , Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: F. SEGUI N.º 4204 ,de la localidad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 14 Manzana 41-4241-O Plano N.º 63732/1972, Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-143259/0263-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 299 Impar Fº 1511,1507,1513,1509 N.º 10329/1971, Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0090936-6, Iniciador :BRACO MIRIAM.

11.- MANUELA ZENAIDA GOMEZ CELLO DE TESTONI, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 7 DE MARZO N.º 3189, de la localidad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 1 Manzana G Plano N.º 22183/1957, Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-143216/0469-4 y cuyo dominio obra inscripto en:Tomo 193 Impar Fº 1780 N.º 41187/1955., Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0092801-7, Iniciador :FERNANDEZ JORGE DANIEL.

S/C 29049 Ag. 12 Ag. 14

__________________________________________


RESOLUCIÓN N° 000746


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 07 AGO 2019

VISTo:

El Expediente Nº 01501-0092451-6 con agregado por cuerda floja Nº 01501-0092450-5, del Registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

que mediante las presentes actuaciones se propicia convocar a Concurso Interno Interjurisdiccional para cubrir dos (2) cargos vacantes que a continuación se detallan, según descripción obrante en el Anexo I que integra este decisorio:

a) Categoría 06 del Agrupamiento Hospitalario-Asistencial del Escalafón en vigencia, Director del Hogar Oficial de Adultos Mayores de 1° Categoría “Agustín Oliva” de la localidad de Plaza Clucellas -Departamento Castellanos- dependiente de la Dirección Provincial de Políticas de Adultos Mayores;

b) Categoría 05 del Agrupamiento Hospitalario-Asistencial del Escalafón en vigencia, Director del Hogar Oficial de Adultos Mayores de 2° Categoría “Nuestra Señora de la Merced” de la localidad de San Javier -Departamento homónimo- dependiente de la citada Dirección Provincial;

que por el Capítulo XIV del Decreto-Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial” y modificatorios, se facultó al titular de la Jurisdicción a efectuar llamado a concurso para cubrir los cargos mencionados, para lo cual se encuentran cumplimentados los requisitos legales y administrativos-contables previos a tales fines;

que mediante Decreto Nº 0853/95 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánica funcional de la citada Dirección Provincial y tales cargos se encuentran vacantes, resultando ser sus funciones esenciales para el normal funcionamiento de dicho organismo, como así también de este Ministerio de Desarrollo Social;

que ha tomado intervención en estas actuaciones la Secretaría de Recursos Humanos y la Función Pública del Ministerio de Economía, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento;

que la Dirección General de Recursos Humanos, la Subsecretaría de Administración -ambas de este Ministerio- y la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Economía, han tomado debida intervención;

que la mencionada Dirección Provincial de Políticas de Adultos Mayores, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Artículo 89° del Decreto Nº 4439/15, manifiesta que el concurso constará de cuatro etapas: Evaluación de Antecedentes, Evaluación Técnica, Evaluación Psicotécnica y Entrevista Personal, dado que en ambos cargos se postula la máxima autoridad en las residencias mencionadas;

que los representantes de las entidades sindicales U.P.C.N. y A.T.E. han asumido la participación que por la normativa vigente -Ley Nº 10052 y modificatorias- en la materia les corresponde;

que atento a las consideraciones precedentes, corresponde convocar a concurso interno interjurisdiccional, según el régimen vigente normado por el Capítulo XIV del Decreto-Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial” y modificatorios;

que Coordinación Presupuestaria de la Dirección General de Administración informa que en cuanto a la disponibilidad crediticia, adjuntó a estos autos listado de economías por bajas producidas con posterioridad a agosto de 2018 que aseguran el financiamiento del mismo;

que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, mediante Dictamen Nº 13493 de fecha 11 de marzo de 2019, ha tomado debida intervención;

que la Subsecretaría Legal y Técnica, avala la continuidad del presente trámite;

que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por Decretos Nros. 1729/09 y 4439/15;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Convocar a concurso interno interjurisdiccional para cubrir los cargos vacantes que a continuación se detallan y según descripción obrante en el Anexo I que integra el presente acto administrativo:

a) Categoría 06 del Agrupamiento Hospitalario-Asistencial del Escalafón en vigencia, Director del Hogar Oficial de Adultos Mayores de 1° Categoría “Agustín Oliva” de la localidad de Plaza Clucellas -Departamento Castellanos- dependiente de la Dirección Provincial de Políticas de Adultos Mayores.

b) Categoría 05 del Agrupamiento Hospitalario-Asistencial del Escalafón en vigencia, Director del Hogar Oficial de Adultos Mayores de 2° Categoría “Nuestra Señora de la Merced” de la localidad de San Javier -Departamento homónimo- dependiente de la citada Dirección Provincial.

ARTÍCULO 2°: Realizar el concurso interno de acuerdo a lo normado por el Capítulo XIV del Decreto-Acuerdo N° 2695/83 “Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública Provincial” y modificatorios, limitado al personal de Planta Permanente de la Administración Pública Provincial; eventualmente, en caso de ser declarado desierto se procederá conforme lo normado por el Artículo 88° del Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 y modificatorios.

ARTÍCULO 3°: Aprobar las descripciones de los puestos y la determinación del perfil, así como las condiciones generales y particulares exigibles que se encuentran detalladas en el Anexo I, que forma parte de la presente.

ARTÍCULO 4°: Aprobar la composición del Jurado y el procedimiento de inscripción que se detallan en el Anexo II que integra este decisorio.

ARTÍCULO 5°: Aprobar las etapas del concurso, fechas, lugares y horas en que se llevarán a cabo cada una de ellas y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito según las categorías a concursar, que se explicitan en el Anexo III.

ARTÍCULO 6°: Establecer que en caso de existir inconvenientes con las fechas estipuladas para las evaluaciones de antecedentes, técnica, psicotécnica y entrevista personal, el jurado del concurso mediante acta podrá cambiar la/s misma/s, con notificación fehaciente a los postulantes.

ARTÍCULO 7°: Regístrese, comuníquese, publíquese según lo establecido en el Artículo 92° del texto actualizado del Decreto-Acuerdo N° 2695/83 y archívese.


Fdo. CP y Lic. Jorge Mario Alvarez. Ministro de Desarrollo Social. Provincia de Santa Fe.

S/C 29134 Ag. 12 Ag. 14

__________________________________________


MINISTERIO DE ECONOMIA


RESOLUCIÓN Nº 543


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,

07 AGO 2019

VISTO:

El expediente Nº 00301-0066716-6, del registro del Sistema de Información de Expedientes, por el cual se gestiona la autorización para realizar una convocatoria para un procedimiento de selección de personal a los fines de posibilitar el ingreso de 2 (dos) agentes a planta permanente y con carácter provisional - Art. 4° de la Ley N° 8525 - en la Sectorial de Informática de este Ministerio; y

CONSIDERANDO:

Que la Sectorial manifiesta que llevan a cabo tareas críticas tendientes a garantizar a las áreas administrativas y políticas, la continuidad laboral sobre los servicios y aplicaciones TICs actualmente implantados, así como el desarrollo e implantación de nuevos proyectos, lo que requiere el mantenimiento y la actualización de todos estos servicios y la adopción de nuevas tecnologías;

Que asimismo, debe tenerse en cuenta que se han producido en el área desde al año 2015, 9 (ocho) bajas de agentes debido a procesos jubilatorios, lo que representa un 65% de la planta de personal del Area;

Que atento a ello, solicita el ingreso de 2 (dos) agentes planificadores ingresantes en el área de soporte operativo, Categoría 1 - Agrupamiento SPI del Escalafón General Decreto Acuerdo Nº 2695/83 de la mencionada repartición;

Que a tal efecto corresponde realizar un procedimiento de selección para cubrir cargos en la Sectorial, de acuerdo al perfil del puesto especificado en el anexo I de la presente Resolución;

Que se dio intervención al Comité de Racionalización y Coordinación de Proyectos TICs, según lo establecido por Decreto Nº 0657/09, quien prestó su conformidad al Proceso de Selección de Personal propuesto por la Sectorial de este Ministerio de acuerdo con el Decreto N° 3806/17;

Que corresponde autorizar un procedimiento de selección, aprobando las condiciones y plazos a cumplir, para posteriormente propiciar por ante el Poder Ejecutivo Provincial el dictado del Acto Administrativo que designe al personal aspirante promovido en la selección;

Que la presente gestión encuadra en la normativa establecida por el Decreto N° 291/09;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

ARTICULO 1º - Aprobar el perfil de los puestos a cubrir y el procedimiento de selección de personal, descriptos como Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2º - Autorizar un procedimiento de selección de personal, conforme las pautas explicitadas en los Anexos I y II, para cubrir 2 (dos) cargos de personal de planta permanente, Categoría 1- Agrupamiento SPI, con carácter provisional -Art. N° 4 de la Ley N° 8525- en la Sectorial de Informática de este Ministerio.

ARTICULO 3º - Regístrese, comuníquese, remítase copia de las actuaciones a la Subsecretaría de Inclusión para Personas con Discapacidad, dependiente del Ministerio de Salud, comuníquese a la UPCN - Seccional Santa Fe y ATE - Consejo Directivo Provincial Santa Fe, publíquese y archívese.

Lic. GONZALO MIGUEL SAGLIONE

MINISTRO DE ECONOMÍA

PROVINCIA DE SANTA FE


ANEXO I


PERFIL DE LOS PUESTOS


Jurisdicción 36 - MINISTERIO DE ECONOMIA

Cargo a cubrir: Categoría 1 - Agrupamiento SPI – Planificador Ingresante

Número de puestos a cubrir: 2 (dos)

Sector: Área de soporte operativo- Sectorial de Informática del Ministerio

Lugar de prestación de servicios: Centro Cívico Gubernamental – Avda. Illia 1151, 8vo piso, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.

Descripción de Funciones Esenciales de los Puestos:

Atención a usuarios:

Atención diaria de reportes de usuarios finales dentro del ámbito de influencia de la Sectorial ( Centro Cívico, Casa de Gobierno, Subsecretaria de Contrataciones y Gestión de Bienes, Dirección General de Formación Laboral y Dirección Provincial de control del Agente Financiero).

Asesoramiento a los usuarios sobre los productos y/o servicios instalados/disponibles en la Red del Ministerio de Economía

Elaboración de normas, documentación y proyectos destinados a usuarios finales y a consumo interno del área (guía de soluciones).

Operación y mantenimiento de la mesa de ayuda:

- Uso y conservación del sistema actual.

- Registración de Problemas.

- Seguimiento de los problemas.

- Coordinación de soluciones dependientes de terceros (STG, proveedores, etc.).

- Realización de informes y estadísticas.

- Depuración y mantenimiento de datos actuales.

- Mantenimiento de inventario.

Mantenimiento preventivo y correctivo de software de computadores personales.

Diagnóstico de problemas básicos de hardware. Recambio de componentes defectuosos.

Conocimientos:

Requerido:

Fundamentos de sistemas operativos.

Fundamentos de redes de procesamiento de datos.

Fundamentos de bases de datos.

Resguardo y recupero de información.

Deseable:

Programación scripts (bash, powershell, python, perl.)

Comprensión de textos en idioma inglés.

Administración y seguridad en entornos de redes corporativas.

Conocimiento en infraestructuras virtualizadas.

Monitoreo, métricas y soporte proactivo.

Requisitos de Estudios o Experiencia:

Requerido:

Estudios en curso (alumno regular) con el 90% de las materias aprobadas con nivel terciario o universitario (Ingeniero en sistemas de información, Ingeniero Informático, Analista Universitario de Sistemas, Licenciado en Sistemas de Información, Analista Programador, Ingeniero Electrónico, Profesional de la Ciencias de Sistemas, Informática o carreras afines a las Tecnologías de Información).

Experiencia de al menos un (1) año en: Administración de sistemas operativos de servidores y/o bases de datos (oracle o MySQL) y/o redes locales y/o reparación y configuración de equipos informáticos (computadoras, impresoras). Instalación, configuración y administración de paquetes de oficina y antivirus, etc. Atención de usuarios.

Deseable:

Experiencia de al menos (3) años en: Administración de sistemas operativos de servidores y/o bases de datos y/o redes locales y/o reparación y configuración de equipos informáticos (computadoras, impresoras). - FTP/SFTP/SCP en entorno Windows/Linux/Unix.

Características Personales:

Actitud crítica, de perfeccionamiento y actualización permanente.

Capacidad para trabajar en equipos multidisciplinarios.

Flexibilidad, dinamismo y proactividad.

Capacidad de análisis y solución de problemas.

Facilidad para la comunicación y buen manejo de las relaciones interpersonales.

Capacidad de comunicar los avances de sus tareas.


ANEXO II


PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL

1 - Alcance

El presente instructivo establece las pautas generales que rigen el proceso de selección de personal para la incorporación de 2 (dos) Categorías 1 - Agrupamiento SPI, regulado por el Escalafón General Decreto Acuerdo Nº 2695/83 en la Planta de Personal Permanente de la Sectorial de Informática del Ministerio de Economía, con carácter provisional -Art. 4° de la Ley N° 8525- y según el perfil establecido en el Anexo I.

2 - Comité de Selección

El proceso de selección estará a cargo de un Comité de Selección -Art. 7° del Decreto N° 0291/09- compuesto por:

a) El señor Subsecretario General, o en su reemplazo y en carácter de suplente, el señor Subsecretario de Recursos Humanos y Función Pública.

b) Un representante de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Función Pública dependiente del Ministerio de Economía, con rango no inferior al de Coordinador, y su respectivo suplente.

c) Un representante de la Dirección General de Administración, con rango no inferior al de Coordinador, y su respectivo suplente.

d) Un representante de la Sectorial de Informática del Ministerio de Economía, con rango no inferior al de Coordinador, y su respectivo suplente.

e) El señor Director Provincial de Infraestructura Tecnológica, o en su reemplazo y en carácter de suplente, el Jefe Técnico Departamento Procesamiento Distribuido, ambos pertenecientes a la Secretaría de Tecnologías para la Gestión.

Integran el Comité como veedores del Proceso de Selección tres (3) representantes de la UPCN - Seccional Santa Fe y un (1) representante de la ATE - Consejo Directivo Provincial Santa Fe, en ambos casos con sus respectivos suplentes.

En caso de configurarse la hipótesis prevista en el Art. 7° - inc. 2 - acápite b) del Decreto N° 0291/09, integrará también el comité como veedor, un representante de la Subsecretaría de Inclusión para Personas con Discapacidad, dependiente del Ministerio de Salud.

Cualquier miembro del Comité de Selección podrá excusarse o ser recusado para intervenir, cuando mediaren las causales establecidas en el Código de Procedimientos Civil y Comercial de la Provincia o existiere motivación atendible de orden personal.

3 - Factores de evaluación y su ponderación

Se asignará la siguiente ponderación porcentual relativa a cada una de las Etapas:

Tipo de puesto - Agrupamiento SPI

Evaluación de Antecedentes 30%

Evaluación Técnica 40%

Evaluación de Personalidad 20%

Entrevista Personal 10%

Total 100%


La Evaluación constará de 4 (cuatro) Etapas que recibirán un puntaje de 100 puntos cada una.

Etapa I: Evaluación de antecedentes (incluye educación formal y experiencia).

Etapa II: Evaluación Técnica.

Etapa III: Evaluación de Personalidad.

Etapa IV: Entrevista Personal.

Las Etapas se superarán con un mínimo del 70 % (setenta por ciento) de los puntos, son consecutivas y eliminatorias.

La evaluación de personalidad comprenderá una prueba cognitiva, cuya calificación no podrá estar por debajo del Término Medio y otra evaluación que analizará las competencias comportamentales relacionadas con el perfil del puesto.

En la entrevista personal, el Comité de Selección podrá plantear a los postulantes todo tipo de preguntas relacionadas con su formación, experiencia, conocimientos técnicos, personalidad u otros aspectos que permitan evaluar más profundamente la calidad profesional y los atributos personales de los entrevistados.

Obtención del puntaje ponderado por Etapa y Elaboración del Orden de Mérito.

Se multiplicará el puntaje bruto de cada Etapa por la ponderación relativa establecida al inicio del proceso de selección. Se sumaran los puntajes brutos ponderados y se obtendrá el puntaje global. Con este puntaje global se realizará el Orden de Mérito.

Al finalizar cada etapa del proceso, se labrará un acta en la que se listarán los candidatos que pasarán a la etapa siguiente en vista del puntaje obtenido en las diversas instancias, así como cualquier otra circunstancia que el Comité de Selección considere pertinente. En caso de que los dictámenes no sean unánimes, constarán las opiniones por mayoría y minoría en forma explícita y fundada.

Criterios de Evaluación de Antecedentes

AGRUPAMIENTO: SPI- Personal Ingresante - Categoría 1

a) Educación Formal

Criterio

Estudiante avanzado en carrera terciaria o universitaria de grado (alumno regular) con más del 90% de materias aprobadas (Ingeniero en sistemas de información, Ingeniero Informático, Analista Universitario de Sistemas, Licenciado en Sistemas de Información, Analista Programador, Ingeniero Electrónico, Profesional de la Ciencias de Sistemas, Informática o carreras afines a las Tecnologías de Información)

Puntaje 40 puntos

Título Terciario o Universitario de grado (Ingeniero en sistemas de información, Ingeniero Informático, Analista Universitario de Sistemas, Licenciado en Sistemas de Información, Analista Programador, Ingeniero Electrónico, Profesional de la Ciencias de Sistemas, Informática o carreras afines a las Tecnologías de Información)

Puntaje 50 puntos


b) Experiencia

Criterio

Experiencia laboral en el ámbito privado de 1 año o más en:

-Administración de sistemas operativos de servidores y/o bases de datos (oracle o MySQL) y/o redes locales y/o reparación y configuración de equipos informáticos (computadoras, impresoras).

- Instalación, configuración y administración de paquetes de oficina y antivirus, etc.

- Atención de usuarios.

Puntaje 30 puntos

Experiencia laboral en el ámbito de la Administración Pública Provincial de 1 año o más en:

-Administración de sistemas operativos de servidores y/o bases de datos (oracle o MySQL) y/o redes locales y/o reparación y configuración de equipos informáticos (computadoras, impresoras).

- Instalación, configuración y administración de paquetes de oficina y antivirus, etc.

- Atención de usuarios

Puntaje 35 puntos

Experiencia laboral en el ámbito privado de 2 años o más en:

-Administración de sistemas operativos de servidores y/o bases de datos (oracle o MySQL) y/o redes locales y/o reparación y configuración de equipos informáticos (computadoras, impresoras).

- Instalación, configuración y administración de paquetes de oficina y antivirus, etc.

- Atención de usuarios.

Puntaje 40 puntos

Experiencia laboral en el ámbito de la Administración Pública Provincial de 2 años o más en:

-Administración de sistemas operativos de servidores y/o bases de datos (oracle o MySQL) y/o redes locales y/o reparación y configuración de equipos informáticos (computadoras, impresoras).

- Instalación, configuración y administración de paquetes de oficina y antivirus, etc.

- Atención de usuarios.

Puntaje 45 puntos

Experiencia laboral en el ámbito privado de 3 años o más en:

-Administración de sistemas operativos de servidores y/o bases de datos (oracle o MySQL) y/o redes locales y/o reparación y configuración de equipos informáticos (computadoras, impresoras).

- Instalación, configuración y administración de paquetes de oficina y antivirus, etc.

- Atención de usuarios.

Puntaje 45 puntos

Experiencia laboral en el ámbito de la Administración Pública Provincial de 3 años o más en:

-Administración de sistemas operativos de servidores y/o bases de datos (oracle o MySQL) y/o redes locales y/o reparación y configuración de equipos informáticos (computadoras, impresoras).

- Instalación, configuración y administración de paquetes de oficina y antivirus, etc.

- Atención de usuarios.

Puntaje 50 puntos


Cabe destacar que, en los certificados de experiencia laboral que presenten los postulantes con funciones informáticas similares al perfil del puesto, deberán detallar o fundamentar las tareas que cumplen o cumplieron. Asimismo, no se admitirán en el proceso de selección de personal, aquellos agentes que pertenecen a la planta de personal permanente de la Administración Pública Provincial.

4 - Planificación y pautas de aplicación

4.1 - Convocatoria pública: mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en cartelería instalada en la sede del Organismo, en la Portada de la Página Web de la Provincia, durante 3 días hábiles (como mínimo). Dicha publicación deberá contener lugar, día y horario de recepción de las solicitudes así como también los cargos a cubrir; esto es, perfiles, sector, categoría y número de puestos.

Esta Jurisdicción tendrá la facultad de dejar sin efecto el llamado en cualquier estado del trámite o de declararlo desierto para todos o cualquiera de los cargos comprendidos, si a su exclusivo criterio ninguno de los aspirantes reuniese los requisitos y perfiles exigidos; sin que ello de lugar a ninguna reclamación por los mismos, derivada de esas circunstancias.

4.2 - Inscripción: Se deberá publicar el Formulario de inscripción en la Portada de la Página Web de la Provincia. Los formularios de inscripción serán recibidos en la citada repartición a partir de la iniciación del llamado y hasta 5 días hábiles como mínimo después de su finalización, en el horario de 8 a 12 hs.

Los postulantes deberán acompañar al Formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum Vítae, una fotocopia del DNI con domicilio actualizado, y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ej.: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajos desempeñados y demás comprobantes pertinentes).

Toda fotocopia presentada en la documentación, deberá estar debidamente certificada por la institución emisora, por la oficina de certificaciones de los tribunales provinciales o por escribano público. La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda “Proceso de Selección”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de DNI del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de hojas que componen la presentación (por ejemplo, 1 de 10 o 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompaña documentación probatoria.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen hasta tanto se comunique fehacientemente su modificación.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por la Dirección General de Administración - Coordinación General de Personal -6to. Piso del Centro Cívico Gubernamental-, en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de declaración jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del proceso de selección, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del Órgano de Selección durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente y siempre que se mantenga lo establecido en punto 2.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

4.3 - Evaluación de Antecedentes. El Comité de Selección deberá realizar esta evaluación a quienes se hayan inscripto conforme las pautas establecidas en el punto 3°.

4.4 - Notificación de los resultados: Se deberá publicar en la Portada de la Página Web de la Provincia, el listado de postulantes admitidos, con determinación del lugar, fecha y hora por grupo (si el número de postulantes así lo requiera) de la realización de la Evaluación Técnica (prueba de oposición) que realizará el Comité de Selección.

4.5 - Evaluación técnica: El Comité de selección evaluará a los postulantes preseleccionados, debiendo llevarse a cabo según los grupos (si existieren) y en las fechas previamente notificadas.

4.6 - Notificación de los resultados: Se deberá publicar en la Portada de la Página Web de la Provincia, el listado de los resultados de la evaluación técnica de todos los postulantes, con determinación de los admitidos, y del lugar, fecha y hora por grupo (si existiere) de la realización de la Evaluación de Personalidad que realizará el profesional designado conforme el Artículo 11° del decreto N° 291/2009

4.7 - Evaluación de personalidad: Se llevará a cabo a través de exámenes psicotécnicos a los postulantes seleccionados según el punto anterior.

4.8 - Notificación de los resultados: Se deberá publicar en la Portada de la Página Web de la Provincia, el listado de aquellos postulantes que en la Evaluación de Personalidad hayan alcanzado o superado el nivel de ajuste mínimo entre sus competencias personales y las competencias del perfil del puesto. Éstos serán citados a la entrevista personal, debiéndose determinar el lugar, fecha y hora por grupo (si existieren) de la realización de la misma.

4.9 - Entrevista personal: Deberá ser realizada por el Comité de Selección, en el lugar y fecha establecida en el punto anterior.

4.10 - Dictamen final: El Comité de Selección deberá emitir un dictamen final, el que deberá ser explícito y fundado, y constará en un acta que firmarán todos sus integrantes.

Deberá contener una valoración de los diferentes factores considerados en el procedimiento de selección para cada uno de los aspirantes, donde el puntaje total obtenido determinará el orden de méritos para cada uno de los cargos comprendidos en la convocatoria. Quedarán seleccionados para su designación en carácter permanente los que hayan alcanzado el mayor puntaje final y conforme a las vacantes existentes en cada caso en esta Jurisdicción.

El orden de méritos tendrá una vigencia de dos años, contado a partir de la fecha en que lo actuado por el Comité quede firme en sede administrativa.

Dentro de su vigencia, podrán ofrecerse a los postulantes ubicados en el respectivo listado, en estricto orden de precedencia, las vacantes que se produzcan en cualquiera de los cargos comprendidos en el presente procedimiento de selección con posterioridad a la cobertura dispuesta por la misma. Lo mismo procederá con los que por cualquier circunstancia se produzcan en la Jurisdicción involucrada, a condición en este caso que correspondan a idéntica categoría presupuestaria, requieran conocimientos y perfiles análogos y desarrollen funciones similares a los comprendidos en el presente llamado.

En las tres últimas etapas del proceso de selección, los postulantes deberán, de manera excluyente, presentarse con Documento Nacional de Identidad o documento personal equivalente.

4.11 - Notificación del Orden de méritos: Se deberá publicar en la Portada de la Página Web de la Provincia, el listado de los resultados de la entrevista personal de todos los postulantes, el puntaje total obtenido y el orden de méritos resultante para cada uno de los cargos comprendidos en la convocatoria.

4.12 - Notificaciones: La publicación en la Portada de la Página Web de la Provincia de los resultados de las etapas, lugar y fecha de la realización de las evaluaciones y entrevistas y del Orden de Mérito final, será notificación fehaciente.


PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL

RESOLUCION Nº ........../19

Formulario de Inscripción

Los datos suministrados en este formulario tienen CARACTER DE DECLARACION JURADA y serán tratados en forma reservada. Deberá presentarse en sobre cerrado en la Dirección General de Administración ubicada en calle Avda. Arturo Illia N° 1151 -6° Piso- Centro Cívico Gubernamental - Santa Fe-, en las fechas y horarios consignados en la Resolución correspondiente.

Deberán acompañar al presente una copia de su Currículum Vitae, fotocopias de las dos primeras hojas del DNI y todos los comprobantes documentales relativos a los antecedentes consignados en el Currículum Vitae. Todas las hojas contenidas en el sobre deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de hojas que componen la presentación.

La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda “Proceso de Selección”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y DNI del postulante.

De existir imposibilidad de presentar algunos de los antecedentes documentales, podrán acreditarlos posteriormente durante el proceso de evaluación. Dicha imposibilidad deberá estar debidamente justificada a través de una nota, incluida en el sobre de inscripción.

No se admitirán la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción. El postulante declara conocer la Resolución Ministerial Convocante al Proceso de Selección, y acepta los términos de la misma.

Cargo al que se postula:

Marque con una cruz cargo de preferencia.

1 – Planificador Ingresante (Sectorial Ministerio de Economía)


OBSERVACION: En el caso de aquellos agentes que se postulen a más de un cargo, deberán presentar un sobre por cada uno de ellos, con sus respectivos antecedentes.


1. Datos Personales


Apellido: Nombres:

Documento Tipo: Nº: C.U.I.T./C.U.I.L. Nº: Fecha de nacimiento:

Domicilio particular: Calle Piso: Depto:

Localidad: Código postal:

Correo electrónico:

Teléfono particular: Teléfono laboral:


2. Estudios


TITULO SECUNDARIO:

Título obtenido

Institución

Fecha


ESTUDIOS ACADEMICOS:

Título obtenido / Cantidad de materias aprobadas

Institución

Fecha


Conocimientos informáticos (detallar software, hardware y comunicaciones)


3. Cursos


Detalle aquellos que tengan mayor relación con el cargo al que se postula

Nombre del curso

Institución

Fecha

Duración


Otros cursos

Nombre del curso

Institución

Fecha

Duración


4. Trayectoria Laboral.


Puestos que ocupó en el Sector Público

Ingreso

Egreso

Repartición / Area

Puesto

Tareas desarrolladas


Puestos que ocupó en el Sector privado

Ingreso

Egreso

Organización/empresa

Puesto

Tareas desarrolladas

Motivo de egreso


Importante: No se considerarán antecedentes de estudios ni laborales que no estén respaldados por las certificaciones pertinentes.


FECHA: ______________________

FIRMA y Aclaración

S/C 29136 Ag. 12 Ag. 14

__________________________________________


RESOLUCIÓN N° 537


Santa Fe “Cuna de la Constitución Nacional”, 06 AGO 2019

VISTO:

El expediente Nº 00306-0009743-2 y sus agregados, 00306-0009741-0, 00306-0009744-3 y 00306-0009742-1, registros del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual se propicia el Llamado a Concurso para cubrir diversos cargos vacantes pertenecientes a la Dirección General de Contrataciones y Gestión de Bienes; y

CONSIDERANDO:

Que la Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes informa respecto de la imperiosa necesidad de cubrir diversos cargos vacantes, atento a las funciones y roles, que en su carácter de órgano Rector en materia de compras públicas y gestión de bienes poseen desde el dictado del Decreto N° 1104/16, reglamentario del Subsistema de Bienes y Servicios;

Que las Coordinaciones Generales de Proveedores, de Contrataciones y de Análisis, Innovación y Control (categorías 07), y la Jefatura de Departamento Bienes Inmuebles (categoría 06), se encuentran vacantes, y la citada Subsecretaría adjunta los respectivos perfiles de los puestos;

Que la Secretaría de Recursos Humanos y la Función Pública ha tomado intervención en autos, ejerciendo el correspondiente control técnico sobre los aspectos formales e instrumentales del procedimiento:

Que asimismo, las entidades sindicales UPCN y ATE han tomado conocimiento de los perfiles previsto para cada puesto y han propuesto los miembros de su Comisión Directiva que integrarán el Jurado del Concurso como miembros titulares y suplentes;

Que la gestión encuadra en las disposiciones establecidas por el Capítulo XIV “Régimen de Concursos” del Decreto-Acuerdo N° 2695/83, modificado por Decretos Nros. 1729/09 y 4439/15, ratificado por el Decreto N° 0909/18;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°- Llamar a concurso interno interjurisdiccional para cubrir los cargos vacantes vacantes dependientes de la Dirección General de Contrataciones y Gestión de Bienes, que a continuación se detallan:

Categoría 7 - Agrupamiento Administrativo - Coordinación General de Proveedores

Categoría 7 - Agrupamiento Administrativo - Coordinación general de Unidades de Contrataciones

Categoría 7 - Agrupamiento Administrativo - Coordinación General de Análisis, Innovación y Control

Categoría 6 - Agrupamiento Administrativo - Jefe Departamento Bienes Inmuebles

ARTÍCULO 2° - La descripción de los puestos y determinación de los perfiles solicitados, así como las condiciones generales y particulares exigibles, se encuentran detallados en el Anexo I. La composición del Jurado, el procedimiento de inscripción, las etapas de la selección y la ponderación relativa correspondiente para la determinación del orden de mérito, se explicitan en el Anexo II de la presente, ambos formando parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 3° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Lic. GONZALO MIGUEL SAGLIONE

MINISTRO DE ECONOMÍA

PROVINCIA DE SANTA FE


ANEXO I. a

PERFIL DEL PUESTO

Cargo a cubrir: Categoría 7 – Agrupamiento Administrativo – Coordinación General de Proveedores.

Sector: Dirección General de Contrataciones y Gestión de Bienes

Lugar de prestación de servicios: Mendoza Nº 2905 - 1º Piso - ciudad de Santa Fe.

Número de Puestos a cubrir: 1 (uno).

FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO

Definir y coordinar la implementación de actividades, orientadas a oferentes y proveedores, que permitan diversificar y mejorar las opciones de selección de co-contratantes para la Administración Pública Provincial.

Verificar y validar, en forma integral, la documentación presentada por personas físicas y jurídicas, para su inscripción o actualización como proveedores, ante el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia.

Validar los proyectos de actos administrativos referidos a la aceptación o el rechazo de inscripciones y/o actualizaciones de potenciales proveedores o contratistas ante el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia.

Promover y coordinar vínculos y acuerdos de cooperación con registros de proveedores y contratistas de otras administraciones, a los fines de optimizar la gestión de la información obrante en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia.

Formular y elevar a la superioridad proyectos de normas sobre la materia de su competencia.

Coordinar y controlar sistemas de información, estén o no informatizados, que se encuentren bajo su dependencia.

Coordinar y controlar el Registro Único de Contratos Administrativos, asegurando la registración de la totalidad de las contrataciones que efectúe el Sector Público provincial y garantizando un acceso libre, irrestricto y gratuito a dicho Registro.

Controlar y garantizar la correcta actualización de los Registros Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia y de Contrato Administrativos del Sector Público Provincial No Financiero.

Controlar el contenido y difusión de aquella información que requiera ser publicada en la página web en lo concerniente a su competencia.

Realizar toda otra tarea que resulte necesaria para el cumplimiento de las funciones de su competencia.


Conocimientos Básicos y Esenciales:

De la organización del Estado

Ley Nº 13.509 – Ley de Ministerios

Decreto N° 4174/15-Régimen General para las actuaciones administrativas.

Del Personal

Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública – Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 y modificatorios.

Estatuto del Personal de la Administración Pública – Ley Nº 8.525.

Conocimientos específicos

Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado (Subsistema de Administración de Bienes y Servicios)

Decreto- N° 2479/09 y modificatorios – Estructura y competencias de la Dirección General de Contrataciones y Gestión de Bienes

Decreto N° 1104/16- Reglamentación Parcial Ley Nº 12.510 Título III, Capitulo I -Subsistema de Administración de Bienes y Servicios (Sección IV).

Decreto N° 4504/92-Formulario “Solicitud de Compra y/o Contratación”.

Decreto N° 2233/16- Competencias y montos en las contrataciones del Estado.

Decreto N° 213/18 y su modificatoria- Renovación contratos - topes incrementos anuales.

Decreto N° 914/18- Relacionado con la Reglamentación del Subsistema de Contrataciones y Gestión de Bienes.

Disposiciones de la ex Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes Nros 219/16, 225/16, 226/16, 227/16, 268/16 y 282/16.

Resoluciones de la Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes Nros 211/18, 228/18, 232/18, 237/18, 256/18 y 388/18.

Conocimientos técnicos no específicos

Manejo de herramientas informáticas (Word, Excel, Correo Electrónico, Internet).

Sistema Informático Provincial de Administración Financiera- SIPAF- Módulos de Contrataciones y Gestión de Bienes y módulo Beneficiarios de Pagos .

Conocimientos sobre tecnologías de información y comunicación (TICs) aplicadas a las contrataciones públicas.

Requisitos, estudios y/o experiencia:

Estudios Secundarios Completos.

Preferentemente Estudios Universitarios (rama ciencias económicas y/o jurídicas)

Características personales:

Capacidad de liderazgo.

Disposición para emprender y dinamizar positivamente el pensamiento estratégico de la repartición.

Capacidad para la organización, coordinación del trabajo y formación de personal.

Profunda responsabilidad y compromiso.

Trato amable y respetuoso.


ANEXO I.b

PERFIL DEL PUESTO

Cargo a cubrir: Categoría 7 – Agrupamiento Administrativo – Coordinación General de Unidades de Contrataciones.

Sector: Dirección General de Contrataciones y Gestión de Bienes

Lugar de prestación de servicios: Mendoza Nº 2905 - 1º Piso - ciudad de Santa Fe.

Número de Puestos a cubrir: 1 (uno).

FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO

Coordinar el asesoramiento y asistencia a brindar a las Jurisdicciones y Entidades con relación a la elaboración de los programas anuales de contrataciones.

Administrar un sistema de información, informatizado o no, que permita la programación de las contrataciones correspondiente al Sector Público Provincial No Financiero.

Proponer a la Dirección General la utilización de modalidades de contrataciones en base al análisis de la información que surja de los programas anuales de contrataciones.

Coordinar y controlar las gestiones de contrataciones que se encuentren a cargo de la Dirección General de Contrataciones y Gestión de Bienes.

Gestionar la realización de convenios marco.

Organizar e implementar un catálogo de convenios marco, asegurando su publicación y accesibilidad.

Coordinar la realización de contrataciones unificadas, cuando así lo disponga la Dirección General de Contrataciones y Gestión de Bienes o encomendar, a través de la Dirección General, su realización a las Jurisdicciones y Entidades.

Organizar el registro de Proyectos de Iniciativa Privada y conformar e integrar las Comisiones de Evaluación.

Impulsar la aplicación de penalidades con motivo de incumplimientos de contratos y órdenes de provisión, sobre contrataciones efectuadas por la Dirección.

Elaborar y elevar proyectos de normativas inherentes a su área de competencia.

Coordinar y controlar la utilización de los sistemas de información, informatizados o no, referidos específicamente a los procedimientos de contrataciones, tanto a nivel de la Dirección General como en los Servicios Administrativos Financieros, garantizando su mantenimiento y actualización.

Asistir y atender en forma integral y permanente a las Unidades Operativas de Contrataciones de los Servicios Administrativos Financieros de las Jurisdicciones y Entidades, en la gestión operativa de las contrataciones.

Proponer y participar en actividades de capacitación dirigidas a las Unidades Operativas de Contrataciones, dispuestas por la Dirección General.

Controlar el contenido a publicarse en el sitio web de la Provincia, relativo a su competencia.

Realizar toda otra tarea que resulte necesaria para el cumplimiento de las funciones de su competencia.

Conocimientos Básicos y Esenciales:

De la organización del Estado

Ley Nº 13.509 – Ley de Ministerios

Decreto N° 4174/15-Régimen General para las actuaciones administrativas.

Del Personal

Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública – Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 y modificatorios.

Estatuto del Personal de la Administración Pública – Ley Nº 8.525.

Conocimientos específicos

Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado (Subsistema de Administración de Bienes y Servicios)

Decreto- N° 2479/09 y modificatorios – Estructura y competencias de la Dirección General de Contrataciones y Gestión de Bienes

Decreto N° 1104/16- Reglamentación Parcial Ley Nº 12.510 Título III, Capitulo I -Subsistema de Administración de Bienes y Servicios (Sección IV).

Decreto N° 4504/92-Formulario “Solicitud de Compra y/o Contratación”.

Decreto N° 2233/16- Competencias y montos en las contrataciones del Estado.

Decreto N° 213/18- Renovación contratos - topes incrementos anuales.

Decreto N° 914/18- Relacionado con la Reglamentación del Subsistema de Contrataciones y Gestión de Bienes.

Disposiciones de la ex Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes Nros 219/16, 225/16, 226/16, 227/16, 268/16 y 282/16.

Resoluciones de la Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes Nros 211/18, 228/18, 232/18, 237/18, 256/18 y 388/18.

Conocimientos técnicos no específicos

Manejo de herramientas informáticas (Word, Excel, Correo Electrónico, Internet).

Sistema Informático Provincial de Administración Financiera- SIPAF.

Requisitos, estudios y/o experiencia:

Estudios Secundarios Completos.

Preferentemente Estudios Universitarios (rama ciencias económicas y/o jurídicas).

Características personales:

Capacidad de liderazgo.

Disposición para emprender y dinamizar positivamente el pensamiento estratégico de la repartición.

Capacidad para la organización, coordinación del trabajo y formación de personal.

Profunda responsabilidad y compromiso.

Trato amable y respetuoso.


ANEXO I.c

PERFIL DEL PUESTO

Cargo a cubrir: Categoría 7 – Agrupamiento Administrativo – Coordinación General de Análisis, Innovación y Control.

Sector: Dirección General de Contrataciones y Gestión de Bienes

Lugar de prestación de servicios: Mendoza Nº 2905 - 1º Piso - ciudad de Santa Fe.

Número de Puestos a cubrir: 1 (uno).

FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO

Organizar el sistema de información estadístico de contrataciones y de gestión de bienes.

Organizar un sistema de precios de referencia, para uso de la Dirección General y los Servicios Administrativos Financieros de las Jurisdicciones y Entidades.

Diseñar e implementar un tablero de control que permita el seguimiento de los principales indicadores de eficiencia, eficacia y transparencia en los procedimientos de contrataciones y gestión de bienes de la Provincia.

Promover y coordinar estudios e informes de gestión, de mercado, de costos y/o de precios, útiles para la toma de decisiones en materia de contrataciones y gestión de bienes.

Gestionar acuerdos de cooperación y colaboración con organismos e instituciones vinculadas con su ámbito de competencia.

Elaborar y proponer pautas aplicables a trámites de renegociación de contratos, asistiendo y asesorando a la Dirección General, en lo referente a la aplicación de las mismas.

Elaborar y proponer pautas para el redondeo del valor de los pliegos y valores mínimos de los mismos.

Evaluar y proponer la modificación de los montos establecidos para aplicación de los procedimientos de selección del co-contratante.

Estandarizar los procedimientos de contrataciones y de gestión de bienes de la Provincia, mediante el estudio y diseño o rediseño de los mismos y la incorporación de tecnologías de información y comunicación.

Brindar instrucción y capacitación en temas de contrataciones y gestión de bienes, tanto a los Servicios Administrativos Financieros como a terceros vinculados al Subsistema de Administración Bienes y Servicios.

Procurar la innovación y desarrollo permanente del sitio web de la Provincia en lo relativo a contrataciones y gestión de bienes.

Diseñar e implementar procedimientos o sistemas de control en el Subsistema de Administración de Bienes y Servicios a fin de detectar desvíos y proponer las acciones correctivas.

Controlar la aplicación de las normas vigentes en materia de contrataciones y de gestión de bienes, y elevar a la superioridad las observaciones o recomendaciones que estime pertinentes.

Controlar selectivamente las contrataciones y emitir informes fundados sobre lo actuado.

Disponer tareas de verificación del cumplimiento de los programas anuales de contrataciones, proponiendo a la Dirección General, en base a la información de gestión existente, la utilización de modalidades de contrataciones determinadas.

Realizar toda otra tarea que resulte necesaria para el cumplimiento de las funciones de su competencia.

Conocimientos Básicos y Esenciales:

De la organización del Estado

Ley Nº 13.509 – Ley de Ministerios

Decreto N° 4174/15-Régimen General para las actuaciones administrativas.

Del Personal

Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública – Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 y modificatorios.

Estatuto del Personal de la Administración Pública – Ley Nº 8.525.

Conocimientos específicos

Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado (Subsistema de Administración de Bienes y Servicios)

Decreto- N° 2479/09 y modificatorios – Estructura y competencias de la Dirección General de Contrataciones y Gestión de Bienes

Decreto N° 1104/16- Reglamentación Parcial Ley Nº 12.510 Título III, Capitulo I -Subsistema de Administración de Bienes y Servicios (Sección IV).

Decreto N°1247/08- Manual de Procedimiento para la Gestión de Contrataciones Directas

Ley N° 13505 – Compras y contrataciones preferentemente locales- y su moficatoria Ley N° 13619.

Decreto N° 4504/92-Formulario “Solicitud de Compra y/o Contratación”.

Decreto N° 2233/16- Competencias y montos en las contrataciones del Estado.

Decreto N° 213/18 y su modificatoria- Renovación contratos - topes incrementos anuales.

Decreto N° 914/18- Relacionado con la Reglamentación del Subsistema de Contrataciones y Gestión de Bienes.

Disposiciones de la ex Dirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes Nros 219/16, 225/16, 226/16, 227/16, 268/16 y 282/16.

Resoluciones de la Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes Nros 211/18, 228/18, 232/18, 237/18, 256/18 y 388/18.

Conocimientos técnicos no específicos

Manejo de herramientas informáticas: Procesador de Texto, Planilla de Cálculo, Internet y Correo Electrónico.

Sistema Informático Provincial de Administración Financiera- SIPAF- Módulos de Contrataciones y Gestión de Bienes .

Conocimientos sobre tecnologías de información y comunicación (TICs) aplicadas a las contrataciones públicas.

Requisitos, estudios y/o experiencia:

Estudios Secundarios Completos.

Preferentemente Estudios Universitarios (ramas ciencias económicas, tecnologías de Información y Comunicaciones, Ingeniería y afines).

Características personales:

Capacidad de liderazgo.

Disposición para emprender y dinamizar positivamente el pensamiento estratégico de la repartición.

Capacidad para la organización, coordinación del trabajo y formación de personal.

Profunda responsabilidad y compromiso.

Trato amable y respetuoso.


ANEXO I.d

PERFIL DEL PUESTO

Cargo a cubrir: Categoría 6 – Agrupamiento Administrativo – Jefe de Departamento Bienes Inmuebles.

Sector: Dirección General de Contrataciones y Gestión de Bienes

Lugar de prestación de servicios: Mendoza Nº 2905 - 1º Piso - ciudad de Santa Fe.

Número de Puestos a cubrir: 1 (uno).

FUNCIONES ESENCIALES DEL PUESTO

Intervenir en el registro, verificación, mantenimiento, reasignación racionalización, saneamiento y perfeccionamiento dominial, legal y catastral de los bienes inmuebles de propiedad del Estado Provincial.

Participar en la elaboración de nomencladores y clasificadores de bienes inmuebles y pautas para valuaciones, amortizaciones, devalúos y actualizaciones de los bienes relevados.

Implementar y mantener actualizado un sistema de registro e información de inmuebles fiscales mediante el cual se censen las condiciones catastrales, legales y dominiales de los mismos y la pertinente afectación a cada una de las Jurisdicciones o Entidades. El sistema incluirá información de los inmuebles alquilados por el Estado Provincial en carácter de locatario.

Implementar el sistema de verificaciones físicas.

Organizar y verificar la actualización permanente de los archivos de documentación correspondiente a los inmuebles del Estado Provincial.

Controlar la aplicación de las normas vigentes sobre administración de bienes inmuebles de la hacienda pública.

Elevar proyectos de actos administrativos para la regularización dominial, catastral y registral de los bienes inmuebles.

Elevar proyectos de normas sobre mantenimiento y conservación de bienes inmuebles, asignación de responsabilidades en la tenencia de los mismos, así como propuestas de manuales e instructivos.

Proponer y participar en actividades de capacitación en temáticas referentes a la gestión de bienes inmuebles del Estado Provincial.

Elevar propuestas para eventuales aseguramientos de los bienes inmuebles conforme a la reglamentación respectiva.

Asistir en los procedimientos de asignación o reasignación de bienes vacantes o sin afectación específica.

Intervenir en la declaración de bienes de propiedad del Estado que hacen al patrimonio cultural de la Provincia.

Intervenir en los trámites de altas y bajas, gratuitas u onerosas de bienes inmuebles de la Provincia.

Intervenir en la organización e implementación de sistemas de información georeferenciados (SIG) referidos a datos relacionados a inmuebles del Estado Provincial.

Formular recomendaciones con el objeto de optimizar el aprovechamiento de los inmuebles, evitando la emisión de actos contradictorios al respecto.

Elaborar la información de su competencia para su publicación en el sitio web de la Provincia.

Realizar toda otra tarea que resulte necesaria para el cumplimiento de las funciones de su competencia.

Conocimientos Básicos y Esenciales:

De la organización del Estado

Ley Nº 13.509 – Ley de Ministerios

Del Personal

Escalafón del Personal Civil de la Administración Pública – Decreto-Acuerdo Nº 2695/83 y modificatorios.

Estatuto del Personal de la Administración Pública – Ley Nº 8.525.

Conocimientos específicos

Ley Nº 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado (Conceptos Generales)

Decreto- N° 2479/09 y modificatorios – Estructura y competencias de la Dirección General de Contrataciones y Gestión de Bienes

Decreto N° 1104/16- Reglamentación Parcial Ley Nº 12.510 Título III, Capitulo I -Subsistema de Administración de Bienes y Servicios (Sección IV).

Decreto N°916/08 y modificatorios- Delegación de Facultades.

Decreto N° 914/18- Relacionado con la Reglamentación del Subsistema de Contrataciones y Gestión de Bienes.

Ley N° 2996 y modificatorias Valuación y catastro de la propiedad raíz.

Decreto N° 5050/77 - Usucapión Administrativa.

Ley Nacional N° 21.477- Usucapión Administrativa

Ley N°7534 Expropiación y modificatorias.

Circular Nº 01/14 de la Subdirección Gral. de Gestión de Bienes - Formulario tipo Donación.

Resoluciones de la Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes Ns° 381/17 y 232/18.

Conocimientos técnicos no específicos

Manejo de herramientas informáticas (Word, Excel, Correo Electrónico, Internet).

Manejo del Sistema de relevamiento de Bienes Inmuebles de propiedad Provincial y Módulo Alquileres.


Requisitos, estudios y/o experiencia:

Estudios Secundarios Completos.

Preferentemente Estudios Universitarios (rama ciencias jurídicas y sociales).

Características personales:

Capacidad de liderazgo.

Disposición para emprender y dinamizar positivamente el pensamiento estratégico de la repartición.

Capacidad para la organización, coordinación del trabajo y formación de personal.

Profunda responsabilidad y compromiso.

Trato amable y respetuoso.


ANEXO II

COMPOSICIÓN DEL JURADO

El Jurado estará integrado de la siguiente manera:

Presidente: El señor Secretario Legal y de Coordinación.

Titulares:

El Subsecretario de Contrataciones y Gestión de Bienes.

El señor Subdirector General de Contrataciones de la Dirección General de Contrataciones y Gestión de Bienes, Dr. MANUEL PAREDES.

La señora Directora General de Administración, CPN IVANNA LILIAN ARCE de FASSINO.

La señora Directora General de Despacho y Servicio Interministerial, Dra. MARIELA ABELE.

El señor DARÍO COSTA, en representación de UPCN.

El señor LUIS COPELLO, en representación de UPCN.

El CPN MARCELO SILVESTRO, en representación de UPCN

La señora MÓNICA DIPASQUALE, en representación de ATE.

Suplentes:

El Director Provincial de Administración y Coordinación Técnica

El señor Jefe de Área Asesoramiento Técnico Administrativo - Subdirector de la Dirección General de Despacho y Servicio Interministerial, RUBEN DARIO BIANCO.

La señora Subdirectora General de Administración a/c, CPN SOLEDAD FRANCO.

El señor Coordinador General Administrativo de la Dirección General de Administración , CLAUDIO DANIEL ZUVINIKAR.

El señor HERIBERTO MARTINEZ, en representación de UPCN.

El señor EDUARDO BELLAFRONTE, en representación de UPCN.

El señor HUGO RODRIGUEZ, en representación De UPCN.

La señora KARINA SANCHEZ, en representación de ATE.

LUGAR y FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

Coordinación General de Personal, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151 – 6º. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe (Puerta 617).

La presentación de antecedentes se realizará luego de cinco(5) días de difundida la convocatoria y permanecerá abierta durante diez 10) días, en el horario de 8 hs. a 12 hs.

Se deberá bajar el Formulario de Inscripción de la página web oficial o podrán ser retirados en el lugar mencionado.

Esta Jurisdicción tendrá a su cargo la difusión del concurso y el llamado del mismo se difundirá durante diez (10) días, a partir del día subsiguiente a la fecha de la presente Resolución, y la inscripción permanecerá abierta hasta cinco (5) días posteriores al fin de su difusión, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92º del Decreto Nº 1729/09.

Los postulantes deberán acompañar al formulario de inscripción, una copia impresa de su Currículum Vitae, una fotocopia de su D.N.I. o documento equivalente; y de todos los antecedentes relativos a los datos consignados en el referido formulario (ejemplo: certificados de estudios, diplomas, constancias de título en trámite, certificados de trabajo desempeñados y demás comprobantes pertinentes). Además deberá presentar fotocopia certificada del último recibo de haberes y certificación de situación de revista emitida por el Área de Recursos Humanos de la Jurisdicción que dependa.

Las fotocopias requeridas deberán encontrarse debidamente certificadas por la Institución Emisora respectiva, por la Oficina de Certificaciones de los Tribunales Provinciales o por Escribano Público, como así también las certificaciones digitalizadas deberán estar legalizadas por el Organismo o Entidad emisora.

La documentación deberá presentarse en un sobre cerrado que contenga la leyenda: “CONCURSO”, seguido de la identificación del puesto a concursar, apellido, nombre y número de DNI del postulante, todas las hojas deberán estar numeradas y firmadas, indicándose la totalidad de las hojas que componen la presentación (ejemplo: 1 de 10 ó 1/10). No serán considerados los antecedentes respecto de los cuales no se acompañe documentación probatoria. Deberá presentarse un sobre por cada cargo al que el postulante se presente, con todos los antecedentes de acuerdo a los indicado anteriormente.

Los aspirantes, en ocasión de registrar su inscripción, deberán constituir domicilio legal y dirección de correo electrónico a todos los efectos emergentes de la convocatoria, en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen.

Se emitirá una constancia firmada y sellada por el Ministerio de Economía en la que se consignará la fecha de recepción, siendo ésta la única documentación admitida a los efectos de acreditar la inscripción.

No se admitirá la invocación de nuevos títulos, antecedentes o trabajos con posterioridad al cierre del plazo de inscripción.

Todos los datos denunciados por los aspirantes tendrán carácter de Declaración Jurada. Cualquier falsedad incurrida en ellos será causal inmediata de eliminación del Concurso, de lo que será debidamente notificado el postulante alcanzado, con mención de la causal.

No constituirá causal de nulidad del procedimiento la ausencia de alguno de los integrantes del Jurado durante el desarrollo de las etapas establecidas, pudiendo ser reemplazado por otro funcionario que se designe oportunamente.

La presentación de la solicitud de inscripción en la convocatoria importa el pleno conocimiento y aceptación de los aspirantes de las bases establecidas en el presente procedimiento, como asimismo la modalidad de designación resultante, el área en que han de prestar servicios y las tareas exigidas.

La falta de documentación debidamente certificada, que acredite la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria para la inscripción, invalidará la presentación al concurso.

ETAPAS DEL LLAMADO A CONCURSO INTERNO

La participación de los concursantes en todas las etapas previstas es obligatoria, pudiendo ser causal de exclusión del concurso la no concurrencia a alguna de ellas. La dependencia en que reviste el agente que se presente a concurso, autorizará y facilitará su participación en todas las etapas del concurso, debiendo el mismo presentar al efecto las constancias pertinentes.

Etapa I: Evaluación de Antecedentes:

Fecha: A determinar por el jurado.

Lugar: Sala de Reuniones del Ministerio de Economía, sita en calle Avda. Pte. Arturo Illía Nº 1151 - 6to. Piso -Centro Cívico Gubernamental- de la ciudad de Santa Fe.

Etapa II, III, IV:

Fecha, Lugar y Hora: A determinar por el jurado.

La calificación de cada etapa será numérica de 0 a 100 puntos, teniendo en cuenta lo indicado en los artículos 102°, 103º, 104° y 105° del Decreto Nº 1729/09 - Régimen de Concursos y modificatorios.

Orden de Méritos:

Cada etapa tendrá el siguiente peso relativo porcentual para la conformación del Orden de Méritos:

Evaluación Antecedentes 30%

Evaluación Técnica 40%

Evaluación Psicotécnica 20%

Entrevista Personal 10 %

Tota 100%


El Jurado tendrá un plazo de diez (10) días hábiles computados a partir de la Entrevista Personal para elaborar el Orden de Méritos.

El Orden de Mérito se confeccionará con los puntajes globales ponderados cuyo valor sea igual o mayor a 60 puntos. En el caso de que ninguno de los concursantes alcance este puntaje, el concurso se declarará desierto, debiendo procederse a convocar a concurso abierto.

La presidencia del Jurado procederá a notificar fehacientemente a los aspirantes el puntaje obtenido y el orden de méritos confeccionados en base al mismo, dentro de los cinco (5) días de la fecha de elaborado el dictamen respectivo.

S/C 29135 Ag. 12

__________________________________________


DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA


NOTIFICACIÓN


Por disposición de la Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -2da. Circunscripción- Rosario, dentro del legajo administrativo Nº 12.698, 12699,12700,12701 referenciado como “MARTINEZ AGUSTINA V. DNI: 47.979.811 Legajo administrativo Nº 12.698 - GOMEZ, DYLAN NICOLÁS DNI: 50.790.801 Legajo administrativo Nº 12.699 - ESPÍNDOLA, ABIGAIL B. DNI: 54.621.589 Legajo administrativo Nº 12.700 - MARTÍNEZ, JUNIOR DNI: 57.140.933 Legajo administrativo Nº 12.701 s/ RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS” S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS” se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente, acompañándose copia certificada conforme lo dispuesto por el art. 61 del Dto. reglamentario Nº 619/10 y se procede a notificar al Sr. Olimpo Faustino Gómez DNI: 36.210.143 “Rosario, 19 de Julio de 2019. DISPOSICIÓN N° 312/19 . VISTOS... CONSIDERANDO...DISPONE: 1.- DICTAR acto administrativo de Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación a AGUSTINA VALENTINA MARTÍNEZ DNI: 47.979.811, fecha de nacimiento 28/7/2007, DYLAN NICOLÁS GÓMEZ DNI. 50.790.801 fecha de nacimiento 16/02/2011, ABIGAIL BIANCA ESPÍNDOLA DNI: 54.621.589 fecha de nacimiento 05/03/2015 y JUNIOR MARTÍNEZ DNI: 57.140.933, todos hijos de María Laura Martínez DNI: 36.326.964 domiciliada en calle José Ingenieros N° 8428 de la ciudad de Rosario, en cuanto a Abigail su progenitor es el Sr. Hugo Matías Espindola DNI: 36.210.143 y Dylan, es hijo del Sr. Olimpo Faustino Gómez, ambos con domicilio desconocido, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; 2- SUGERIR al Tribunal Colegiado competente, en donde tramita el control de legalidad de la presente, que AGUSTINA VALENTINA MARTÍNEZ DNI: 47.979.811, acceda a TUTELA, en favor de la Sra. Ramona Fernández DNI: 17.919.436 , que DYLAN NICOLÁS GÓMEZ DNI. 50.790.801 y JUNIOR MARTÍNEZ DNI: 57.140.933 accedan a TUTELA, en favor de la Sra. Patricia Roldán DNI: 25.992.961, y en cuanto la niña ABIGAIL BIANCA ESPÍNDOLA DNI: 54.621.589 acceda a TUTELA, en favor de los Sres. Hugo Espíndola DNI: 16.851.383 y Griselda Gladis Ramírez DNI: 20.092.103. Todo ello de conformidad a lo dispuesto por el artículo 51 de la ley 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; en base a las actuaciones administrativas, informes técnicos, evaluaciones profesionales realizadas y atento la competencia limitada que posee este Organismo de aplicación administrativa en la materia, por Imperativo Legal de orden público, estatuido por la CN.; Ley Nº 26.061, Ley Nº 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; Código Civil; CPC y C. Santa Fe, LOPJ y leyes complementarias; 3) SUGERIR la privación de la responsabilidad parental a María Laura Martínez DNI: 36.326.964, Hugo Matías Espindola DNI: 36.210.143 y Olimpo Faustino Gómez, de acuerdo a lo establecido en el artículo 700 y ss del Código Civil y Comercial; 4) NOTIFIQUESE a los progenitores de los niños; 5) NOTIFIQUESE al Tribunal Colegiado interviniente una vez agotado el trámite recurso previsto por el art. 62 Ley 12967; 6)OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente ARCHIVESE.- Fdo. Claudia C. Aguilera. Titular de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Nodos Rosario y Venado Tuerto. Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de su confianza y/o profesional de las defensorías oficiales del poder judicial asimismo se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la ley Nº 12.967 y Dto 619/10. ART 60: RESOLUCIÓN. La autoridad administrativa del ámbito regional y la autoridad de aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada, alguna Medida de Protección Excepcional.-ART 61: NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una Medida de Protección Excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente.-ART 62: RECURSOS. Contra la resolución de la autoridad administrativa del ámbito regional o la autoridad de aplicación provincial que decide la aplicación de una Medida de Protección Excepcional, puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de 12 horas de interpuesto el recurso.- Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida.- Finalizada la sustanciación del recurso, éste debe ser resuelto en un plazo de (3) tres horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes.- Las Medidas de Protección Excepcional son de aplicación restrictiva.- Dto 619/10:ART 60: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el articulo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas. ART 61: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60,61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la autoridad administrativa sin que puedan ser retiradas. ART 62: RECURSOS. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme a lo preceptuado en el artículo anterior.

S/C 29137 Ag. 12 Ag. 14

__________________________________________


NOTIFICACIÓN


Por disposición de la Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -2da. Circunscripción- Rosario, dentro del legajo administrativo Nº 12.698, 12699,12700,12701 referenciado como “MARTINEZ AGUSTINA V. DNI: 47.979.811 Legajo administrativo Nº 12.698 - GOMEZ, DYLAN NICOLÁS DNI: 50.790.801 Legajo administrativo Nº 12.699 - ESPÍNDOLA, ABIGAIL B. DNI: 54.621.589 Legajo administrativo Nº 12.700 - MARTÍNEZ, JUNIOR DNI: 57.140.933 Legajo administrativo Nº 12.701 s/ RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS” S/ MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS” se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente, acompañándose copia certificada conforme lo dispuesto por el art. 61 del Dto. reglamentario Nº 619/10 y se procede a notificar al Sr. Hugo Matías Espindola DNI: 36.210.143 “Rosario, 19 de Julio de 2019. DISPOSICIÓN N° 312/19 . VISTOS... CONSIDERANDO...DISPONE: 1.- DICTAR acto administrativo de Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación a AGUSTINA VALENTINA MARTÍNEZ DNI: 47.979.811, fecha de nacimiento 28/7/2007, DYLAN NICOLÁS GÓMEZ DNI. 50.790.801 fecha de nacimiento 16/02/2011, ABIGAIL BIANCA ESPÍNDOLA DNI: 54.621.589 fecha de nacimiento 05/03/2015 y JUNIOR MARTÍNEZ DNI: 57.140.933, todos hijos de María Laura Martínez DNI: 36.326.964 domiciliada en calle José Ingenieros N° 8428 de la ciudad de Rosario, en cuanto a Abigail su progenitor es el Sr. Hugo Matías Espindola DNI: 36.210.143 y Dylan, es hijo del Sr. Olimpo Faustino Gómez, ambos con domicilio desconocido, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; 2- SUGERIR al Tribunal Colegiado competente, en donde tramita el control de legalidad de la presente, que AGUSTINA VALENTINA MARTÍNEZ DNI: 47.979.811, acceda a TUTELA, en favor de la Sra. Ramona Fernández DNI: 17.919.436 , que DYLAN NICOLÁS GÓMEZ DNI. 50.790.801 y JUNIOR MARTÍNEZ DNI: 57.140.933 accedan a TUTELA, en favor de la Sra. Patricia Roldán DNI: 25.992.961, y en cuanto la niña ABIGAIL BIANCA ESPÍNDOLA DNI: 54.621.589 acceda a TUTELA, en favor de los Sres. Hugo Espíndola DNI: 16.851.383 y Griselda Gladis Ramírez DNI: 20.092.103. Todo ello de conformidad a lo dispuesto por el artículo 51 de la ley 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; en base a las actuaciones administrativas, informes técnicos, evaluaciones profesionales realizadas y atento la competencia limitada que posee este Organismo de aplicación administrativa en la materia, por Imperativo Legal de orden público, estatuido por la CN.; Ley Nº 26.061, Ley Nº 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; Código Civil; CPC y C. Santa Fe, LOPJ y leyes complementarias; 3) SUGERIR la privación de la responsabilidad parental a María Laura Martínez DNI: 36.326.964, Hugo Matías Espindola DNI: 36.210.143 y Olimpo Faustino Gómez, de acuerdo a lo establecido en el artículo 700 y ss del Código Civil y Comercial; 4) NOTIFIQUESE a los progenitores de los niños; 5) NOTIFIQUESE al Tribunal Colegiado interviniente una vez agotado el trámite recurso previsto por el art. 62 Ley 12967; 6)OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente ARCHIVESE.- Fdo Claudia C. Aguilera. Titular de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Nodos Rosario y Venado Tuerto. Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de su confianza y/o profesional de las defensorías oficiales del poder judicial asimismo se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la ley Nº 12.967 y Dto 619/10. ART 60: RESOLUCIÓN. La autoridad administrativa del ámbito regional y la autoridad de aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada, alguna Medida de Protección Excepcional.- ART 61: NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una Medida de Protección Excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente.-ART 62: RECURSOS. Contra la resolución de la autoridad administrativa del ámbito regional o la autoridad de aplicación provincial que decide la aplicación de una Medida de Protección Excepcional, puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de 12 horas de interpuesto el recurso.- Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida.- Finalizada la sustanciación del recurso, éste debe ser resuelto en un plazo de (3) tres horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes.- Las Medidas de Protección Excepcional son de aplicación restrictiva.- Dto 619/10: ART 60: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el articulo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas. ART 61: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60,61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la autoridad administrativa sin que puedan ser retiradas. ART 62: RECURSOS. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme a lo preceptuado en el artículo anterior.

S/C 29138 Ag. 12 Ag. 14

__________________________________________


NOTIFICACIÓN


Por disposición de la Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -2da. Circunscripción- Rosario, dentro del legajo administrativo Nº 12.998 referenciado como “CONTRERAS VALENTINA BERENICE s/CESE DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente, acompañándose copia certificada conforme lo dispuesto por el art. 61 del Dto. reglamentario Nº 619/10 y se procede a notificar al Sr. MIGUEL ÁNGEL CONTRERAS DNI: desconocido “Rosario, 19 de Julio de 2019. DISPOSICIÓN N.º 311/19. VISTOS... CONSIDERANDO...DISPONE: 1.- DICTAR el acto administrativo de CESE de Medida de Protección Excepcional oportunamente adoptada en relación a VALENTINA BERENICE CONTRERAS DNI: 46.651.585, nacida en fecha 1 de Julio de 2005, hija de la Sra. Carla Natalia De Leonardi DNI: 26.355.626 con domicilio en callle Rodriguez N° 2842 P10 Dpto. 780 MB 37 de la ciudad de Rosario, y del Sr. Miguel Ángel Contreras DNI y domicilio desconocido. 2.- DISPONER: que se efectúe el procedimiento destinado a la notificación del acto administrativo a los progenitores de Valentina Berenice Contreras y al Tribunal Colegiado de Familia interviniente en el respectivo control de legalidad; 3.- DISPONER: se articulen las estrategias a fin de que la situación sea abordada en los efectores territoriales del Sistema de Protección Integral, a fin de continuar el seguimiento del grupo familiar, mediante la adopción e implementación de medidas de protección integrales.- 4.- OTÓRGUESE el trámite correspondiente, regístrese, notifíquese a las partes interesadas y oportunamente, ARCHÍVESE.- .- FDO. AGUILERA CLAUDIA, TITULAR DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA.-Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de su confianza y/o profesional de las defensorías oficiales del poder judicial asimismo se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la ley Nº 12.967 y Dto. 619/10. ART 60: RESOLUCIÓN. La autoridad administrativa del ámbito regional y la autoridad de aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada, alguna Medida de Protección Excepcional. ART 61: NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una Medida de Protección Excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente.- ART 62: RECURSOS. Contra la resolución de la autoridad administrativa del ámbito regional o la autoridad de aplicación provincial que decide la aplicación de una Medida de Protección Excepcional, puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de 12 horas de interpuesto el recurso.- Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida.- Finalizada la sustanciación del recurso, éste debe ser resuelto en un plazo de (3) tres horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes.- Las Medidas de Protección Excepcional son de aplicación restrictiva.- Dto. 619/10: ART 60: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el articulo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas.ART 61: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60,61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la autoridad administrativa sin que puedan ser retiradas. ART 62: RECURSOS. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme a lo preceptuado en el artículo anterior.

S/C 29139 Ag. 12 Ag. 14

__________________________________________


NOTIFICACIÓN


Por disposición de la Sra. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia -2da. Circunscripción- Rosario, dentro del legajo administrativo Nº 12.399 referenciado como “VILLALBA LUISANA INGRID , DNI 46.447.864 S/MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL DE DERECHOS” se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente, acompañándose copia certificada conforme lo dispuesto por el art. 61 del Dto. reglamentario Nº 619/10 y se procede a notificar al Sr. Luis Alberto Ezequiel Villalba, DNI: 34.003.392 “Rosario, 21 de Junio de 2019. DISPOSICIÓN N° 260/19 . VISTOS... CONSIDERANDO...DISPONE: 1.- DICTAR acto administrativo de Resolución Definitiva de la Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación a VILLALBA LUISANA INGRID DNI: 46.447.864, nacida el 25 de Enero de 2004, hija de la Sra. Romina María Itatí Godoy DNI: 36.006.202 con domicilio en calle Bello 4155 y de Luis Ezequiel Villalba DNI: 34.003.392, con domicilio desconocido, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; 2- SUGERIR al Tribunal Colegiado competente, en donde tramita el control de legalidad de la presente, que LUISANA INGRID VILLALBA acceda a una tutela en favor de Godoy Alfredo, DNI: 21.349.024. Todo ello de conformidad a lo dispuesto por el artículo 51 de la ley 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; en base a las actuaciones administrativas, informes técnicos, evaluaciones profesionales realizadas y atento la competencia limitada que posee este Organismo de aplicación administrativa en la materia, por Imperativo Legal de orden público, estatuido por la CN.; Ley Nº 26.061, Ley Nº 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; Código Civil; CPC y C. Santa Fe, LOPJ y leyes complementarias; 3) SUGERIR la privación de la responsabilidad parental a Romina María Itatí Godoy DNI: 36.006.202 y a Luis Ezequiel Villalba DNI: 34.003.392, de acuerdo a lo establecido en el artículo 700 y ss del Código Civil y Comercial; 4) NOTIFIQUESE a los progenitores de los niños; 5) NOTIFIQUESE al Tribunal Colegiado interviniente una vez agotado el trámite recurso previsto por el art. 62 Ley 12967; 6)OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente y oportunamente ARCHIVESE.- Fdo Claudia C. Aguilera. Titular de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Nodos Rosario y Venado Tuerto. Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de su confianza y/o profesional de las defensorías oficiales del poder judicial asimismo se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la ley Nº 12.967 y Dto 619/10. ART 60: RESOLUCIÓN. La autoridad administrativa del ámbito regional y la autoridad de aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada, alguna Medida de Protección Excepcional.- ART 61: NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una Medida de Protección Excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente.-ART 62: RECURSOS. Contra la resolución de la autoridad administrativa del ámbito regional o la autoridad de aplicación provincial que decide la aplicación de una Medida de Protección Excepcional, puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de 12 horas de interpuesto el recurso.- Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida.- Finalizada la sustanciación del recurso, éste debe ser resuelto en un plazo de (3) tres horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes.- Las Medidas de Protección Excepcional son de aplicación restrictiva.- Dto 619/10: ART 60: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el articulo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas. ART 61: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60,61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la autoridad administrativa sin que puedan ser retiradas. ART 62: RECURSOS. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme a lo preceptuado en el artículo anterior. Fdo Dra. Claudia Aguilera, Directora Provincial de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia. Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de su confianza.- Se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la ley Nº 12.967 :ART 60: RESOLUCIÓN. La autoridad administrativa del ámbito regional y la autoridad de aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada, alguna Medida de Protección Excepcional.-ART 61: NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una Medida de Protección Excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente.-ART 62: RECURSOS. Contra la resolución de la autoridad administrativa del ámbito regional o la autoridad de aplicación provincial que decide la aplicación de una Medida de Protección Excepcional, puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de 12 horas de interpuesto el recurso.- Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida.- Finalizada la sustanciación del recurso, éste debe ser resuelto en un plazo de (3) tres horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes.- Las Medidas de Protección Excepcional son de aplicación restrictiva.- Dto Reglamentario 619/10:ART 60: RESOLUCIÓN. Por resolución administrativa debe entenderse el acto administrativo emanado de la autoridad que el articulo que se reglamenta declara competente, el cual debe cumplir los requisitos formales de un acto administrativo. Las prórrogas de las medidas excepcionales deberán dictarse con idéntico procedimiento y formalidades que la adopción de las medidas. ART 61: NOTIFICACIÓN. La notificación de la resolución por la que se adopta una medida de protección excepcional y sus prórrogas serán practicadas conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe y/o la norma que la reemplazara y lo preceptuado por la Ley 12.071. En todos los casos deberá hacerse entrega o acompañarse copia certificada de la resolución administrativa que se notifica y deberán transcribirse los artículos 60,61 y 62 de la Ley y de este decreto reglamentario. La cédula podrá ser diligenciada por cualquier agente público previamente autorizado para ello. La Autoridad Administrativa podrá requerir a la autoridad policial más cercana al domicilio del notificado el diligenciamiento de la cédula cuando lo considere necesario. Las actuaciones administrativas se pondrán a disposición de los notificados y sus abogados en la sede de la autoridad administrativa sin que puedan ser retiradas. ART 62: RECURSOS. El plazo de interposición del recurso de revocatoria será de (10) diez días hábiles contados a partir de la notificación de la adopción de la medida de protección excepcional y sus prórrogas, conforme a lo preceptuado en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. En el acto de recepción del recurso se fijará la audiencia, la que no podrá exceder el plazo de 12 horas hábiles administrativas y quedará notificada en el mismo acto. Dicho plazo podrá duplicarse cuando el domicilio de los recurrentes no se encuentre en el lugar de la sede de la autoridad administrativa que dictó la resolución y podrá prorrogarse conforme a lo dispuesto en el Decreto N°10204 de la Provincia de Santa Fe. La notificación de la resolución del recurso de revocatoria deberá practicarse conforme a lo preceptuado en el artículo anterior.

S/C 29130 Ag. 12 Ag. 14

__________________________________________


AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL


VALORES UNIDADES FIJAS PARA EL MES DE AGOSTO 2019


En cuanto a lo establecido por el Articulo 84 de la Ley Nacional Nº 24449 que establece que el valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas -UF-, y asimismo, a los fines de lo establecido por el Artículo 11 del Decreto provincial Nº 0869/09, conforme la modificación dispuesta por el Artículo 5 del Decreto provincial Nº 0409/13 y la Resolución Nº 0074/13 de la Agencia Provincial de Seguridad Vial, por el cual se fijan como valor para la unidad fija -UF- el equivalente al precio de venta al público de un litro de nafta especial en las estaciones de servicios YPF del Automóvil Club Argentino, se fija el siguiente valor para la unidad fija (UF)

1 UF = 1 LITRO DE NAFTA ESPECIAL = $ 48,16


Asimismo, a los efectos de la determinación de los valores de multas que fueran establecidos en unidades fijas equivalentes al valor del litro de gas oil ultra diesel; se fija el siguiente valor:

1 UF = 1 LITRO DE GAS OIL ULTRA DIESEL = $ 43,56


Estos precios se publican de acuerdo a lo informado por el Automóvil Club Argentino para sus estaciones de servicio YPF dentro de la jurisdicción provincial

S/C 29120 Ag. 12 Ag. 26

__________________________________________


ENTE ADMINISTRADOR

PUERTO ROSARIO (ENAPRO).


PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS


Se llama a interesados con el fin de promover la presentación de propuestas tendientes a ocupar en calidad de Permiso de Uso, un (01) predio localizado en la zona operativa del puerto de Rosario a la altura de la desembocadura del Arroyo Saladillo, donde se desarrollan servicios de astillero y reparación naval.

Las Bases del llamado son gratuitas y podrán consultarse en el Portal Web del ENAPRO, www.enapro.com.ar

La apertura de las propuestas se realizará el 23 de agosto de 2019 a las 12:00 horas en las oficinas del ENAPRO, Av. Belgrano 341, Rosario, Argentina, pudiendo presentarse las propuestas hasta las 11:30 horas en la fecha y lugar aquí señalados.

Consulta e informes: licitaciones@enapro.com.ar, Tel. +54 (341) 448 1206.

$ 135 397844 Ago. 12 Ago. 14

__________________________________________


Se llama a interesados con el fin de promover la presentación de propuestas tendientes a ocupar en calidad de Permiso de Uso, un (01) predio localizado en la zona operativa del puerto de Rosario a la altura de la Cortada El Mangrullo, donde se desarrollan servicios de guardería náutica.

Las Bases del llamado son gratuitas y podrán consultarse en el Portal Web del ENAPRO, www.enapro.com.ar

La apertura de las propuestas se realizará el 23 de agosto de 2019 a las 11:00 horas en las oficinas del ENAPRO, Av. Belgrano 341, Rosario, Argentina, pudiendo presentarse las propuestas hasta las 10:30 horas en la fecha y lugar aquí señalados.

Consulta e informes: licitaciones@enapro.com.ar, Tel. +54 (341) 448 1206.

$ 135 397845 Ago. 12 Ago. 14

__________________________________________


BAUEN ARQUITECTURA SRL

PILAY S.A. - PILARES S.R.L. – U.T.E.


COMUNICADO


Por la presente comunica e informa a los efectos legales que pudiera corresponder, que el contrato de incorporación al sistema de esfuerzo individual y ayuda común Grupo F08, Nº 053 suscripto en fecha 15 de febrero de 2010 entre Bauen Arquitectura SRL - Pilay SA - Pilares SRL - UTE. y la Sra. Estela María Sainz DNI 13.240.634, ha sido extraviado por la misma.

$ 225 397777 Ago. 12 Ago. 16

__________________________________________


HSBC BANK ARGENTINA S. A.


REMATE


POR

DAVID BOSCHI


Por cuenta y orden del acreedor prendario HSBC Bank Argentina SA el día 28 de Agosto de 2019, a las 11:00 hs. en la Sala de Remates del Colegio de Martilleros de Rosario sito en calle Moreno 1546, de esta ciudad de Rosario; de conformidad a lo normado por el art. 39 de la Ley 12.962 y art. 2229 del Código Civil y Comercial de la Nación; el Martillero Público David Boschi, (Mat.1929-B-179) subastará en el estado en que se encuentran, los siguientes bienes automotores usados, a saber: 1) Dominio JYY546, marca Chevrolet, modelo/año Classic 3 PTAS CITY LS+AA 1.4N/2011, tipo sedán 3 ptas., motor marca Chevrolet Nº T85073910, chasis marca Chevrolet Nº 8AGSB0850BR218989. 2) Dominio NAS345, Marca Peugeot, modelo/año 208 ALLURE 1.5 N TOUCHSCREEN/2013, tipo sedán 5 ptas., motor marco Peugeot Nº 10DBSX0009657, chasis marca Peugeot Nº 936CLYFZOEB019006. 3) Dominio KIQ672, Marca FIAT, modelo/año SIENA FIRE 4P 1.4MPI 8V/2011, tipo sedan 4 ptas., motor marca Fiat Nº 310A20110364463, chasis marca Fiat Nº 8AP17216NC2226510. 4) Dominio HHH229, Marca FIAT, modelo/año PALIO ELX 1.4 8V 2008, tipo sedan 5 ptas., motor marca Fiat N° 178F30118166712, chasis marca Fiat Nº 9BD17158K95232787. Los automotores se ofrecen a la venta en forma individual, sin base y al mejor postor. Se deja expresa constancia, que el acto de subasta, queda sujeto a estricta aprobación del acreedor prendario HSBC Bank Argentina SA. Quien resulte comprador deberá abonar en el acto el 10% del precio obtenido en subasta en concepto de seña y como a cuenta de precio, con más el 10 % del precio en concepto de comisión de ley al martillero más IVA, el 1.2 % en concepto de Impuesto a la Compraventa, los gastos de guarda en depósito (cochera) y la suma de $3.000 en concepto de gastos administrativos (Verificación Policial, informe 13i, informe de dominio, liquidaciones de deudas), todo en dinero en efectivo Pesos y/o cheque certificado y se le hará entrega de copia del acta de remate, en la cual deberá constituir domicilio en la ciudad de Rosario; constancia de la verificación policial efectuada (formulario 12 intervenido por la planta verificadora) informe de estado de dominio e informe 13i. El saldo de precio deberá ser abonado mediante depósito bancario el mismo día de realización de la subasto en el HSBC Bank Argentina SA ubicado en calle Santa Fe N° 1064 de Rosario, en horario bancario indefectiblemente, y en la cuenta que al efecto se indicará, bajo apercibimiento de darse automáticamente por rescindida la operación, sin intimación previa alguna con pérdida total de lo abonado, a favor del vendedor. La totalidad de los gastos originados por la guarda del automotor en depósito, los impuestos y/o tasas, en concepto de patentes atrasadas y/o multas que se adeudaren, y que el comprador declara conocer y aceptar con anterioridad al acto de subasta, como así también, los tributos que graven la venta, los gastos e impuestos que se originen por la cancelación de la prenda y todos aquellos que requieran los Registros de la Propiedad del Automotor al momento de efectivizar la transferencia de dominio, serán a cargo exclusivo del comprador, como así también todas y cada unos de las diligenciadas necesarias para concretarla. Los automotores se exhibirán a los interesados los dos días hábiles anteriores al remate en el domicilio de calle Pascual Rosas N° 1236, de Rosario, en el horario de 15 a 17 hs. El HSBC Bank Argentina SA y/o el Martillero Público David Boschi no asumen ninguna responsabilidad por deudas que pudieran haberse generado por infracciones cometidas con el uso de los automotores, circunstancia que se advierte para futuros transferencias y aquellos casos en que los vehículos sean afectados a servicios que requieran autorización previa de Organismos Administrativos o ante cualquier otro requerimiento de éstos en tramites sometidos a su control. Habiéndose exhibido los automotores y concluida la subasta no se admitirán reclamos posteriores algunos por el estado de los mismos, diferencias de año, modelo, tipo, insuficiencia de documentación, diferencia por patentes adeudadas o de cualquier otra naturaleza, asumiendo el comprador, a partir del retiro de la unidad las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales que pudiere ocasionar con el uso de la misma. Lo entrega de las unidades será inmediata uno vez acreditado el pago. Informes al Martillero, teléfono (0341) 156915226 de 17 a 19 hs. Todo lo que se publica o efectos Legales. Rosario, 06 de Agosto de 2019.

$ 180 397782 Ago. 12

__________________________________________


Municipalidad de

Arroyo Seco


NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 069800, Acta de Remisión Nº 03585 caratulada PENSATO JORGE ANDRÉS s/ Disposición Definitiva Ley 11856,se ha dictado el siguiente decreto de trámite: Arroyo Seco, 10 de Julio de 2019. No hallándose el imputado, en el domicilio declarado, cítese por edictos a Pensato Jorge Andrés, DNI Nº 38.287.942 para que en el término de 48 hs., se presente ante este Tribunal a ejercer sus derechos sobre el motovehiculo HONDA MOTOR DE ARGENTINA SA CG150 TITÁN color rojo dominio 970KPL, bajo apercibimiento de disposición definitiva en los términos de la Ley 11856. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 (uno) día sin costo. Fdo.: Dra. Julia Acosta, Juez Municipal de Faltas. 29 de Julio de 2019.

S/C 397758 Ago. 12

__________________________________________


NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 067690, Acta de Remisión Nº 03563 caratulada PONCE ERNESTO RUBÉN s/ Disposición Definitiva Ley 11856,se ha dictado el siguiente decreto de trámite: Arroyo Seco, 10 de Julio de 2019. No hallándose el imputado, en el domicilio declarado, cítese por edictos a SAUCEDO MARTA LETICIA DNI Nº 818.390, para que en el término de 48 hs., se presente ante este Tribunal a ejercer sus derechos sobre el motovehículo GILERA SMASH color negro dominio 612DQS, bajo apercibimiento de disposición definitiva en los términos de la Ley 11856. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1(uno) día sin costo. Fdo.: Dra. Julia Acosta, Juez Municipal de Faltas. 29 de Julio de 2019.

S/C 397760 Ago. 12

__________________________________________


NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 065615, Acta de Remisión Nº 02824 caratulada DELBONO ALEJANDRO JAVIER s/ Disposición Definitiva Ley 11856,se ha dictado el siguiente decreto de trámite: Arroyo Seco, 10 de Julio de 2019. No hallándose el imputado, en el domicilio declarado, cítese por edictos a Delbono Alejandro Javier, para que en el término de 48 hs., se presente ante este Tribunal a ejercer sus derechos sobre el motovehiculo GUERRERO G110 TRIP color negro Dominio 992HRD, bajo apercibimiento de disposición definitiva en los términos de la Ley 11856. Publíquese en el BOLETIN OFICIAL por el término de 1 (uno) día sin costo. Fdo.: Dra. Julia Acosta, Juez Municipal de Faltas. 29 de Julio de 2019.

S/C 397762 Ago. 12

__________________________________________


NOTIFICACIÓN



Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 066264, Acta de Remisión Nº 03397 caratulada TEJEDOR ANA DEBORA s/Disposición Definitiva Ley 11856, se ha dictado el siguiente decreto de trámite: Arroyo Seco, 10 de Julio de 2019. No hallándose el titular registral, en el domicilio declarado, cítese por edictos a Herrera Enrique Raúl DNI Nº 13.038.875, para que en el término de 48 hs., se presente ante este Tribunal a ejercer sus derechos sobre el motovehículo GILERA SMASH color negro Dominio 363CFH, bajo apercibimiento de disposición definitiva en los términos de la Ley 11856. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1(uno) día sin costo. Fdo.: Dra. Julia Acosta, Juez Municipal de Faltas. 29 de Julio de 2019.

S/C 397763 Ago. 12

__________________________________________


NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 066225, Acta de Remisión Nº 03169 caratulada MATEUCCI NAHIBI s/ Disposición Definitiva Ley 11856, se ha dictado el siguiente decreto de trámite: Arroyo Seco, 10 de Julio de 2019. No hallándose el imputado, en el domicilio declarado, cítese por edictos a Matteucci Nahibi DNI Nº 40.053.632, para que en el término de 48 hs., se presente ante este Tribunal a ejercer sus derechos sobre el motovehículo ZANELLA HOT color rojo Dominio 740EXF, bajo apercibimiento de disposición definitiva en los términos de la Ley 11856. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1(uno) día sin costo. Fdo.: Dra. Julia Acosta, Juez Municipal de Faltas. 29 de Julio de 2019.

S/C 397765 Ago. 12

__________________________________________


NOTIFICACIÓN



Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 066221, Acta de Remisión Nº 02741 caratulada ZACARÍAS JOSÉ LUIS s/ Disposición Definitiva Ley 11856, se ha dictado el siguiente decreto de trámite: Arroyo Seco, 10 de Julio de 2019. No hallándose el imputado en el domicilio declarado, cítese por edictos a Zacarías José Luis DNI Nº 23.396.980, para que en el término de 48 hs., se presente ante este Tribunal a ejercer sus derechos sobre el motovehículo CERRO CE150 color negro Dominio 728GQP, bajo apercibimiento de disposición definitiva en los términos de la Ley 11856. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1(uno) día sin costo. Fdo.: Dra. Julia Acosta, Juez Municipal de Faltas. 29 de Julio de 2019.

S/C 397766 Ago. 12

__________________________________________


NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 070361, Acta de Remisión Nº 03590 caratulada ARANDA JUAN DOMINGO s/ Disposición Definitiva Ley 11856, se ha dictado el siguiente decreto de trámite: Arroyo Seco, 10 de Julio de 2019. No hallándose el imputado en el domicilio declarado, cítese por edictos a Aranda Juan Domingo, para que en el término de 48 hs., se presente ante este Tribunal a ejercer sus derechos sobre el motovehiculo DAELIM 150 color negro Dominio 588CIT, bajo apercibimiento de disposición definitiva en los términos de la Ley 11856. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 (uno) día sin costo. Fdo.: Dra. Julia Acosta, Juez Municipal de Faltas. 29 de Julio de 2019.

S/C 397769 Ago. 12

__________________________________________


NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 069485, Acta de Remisión Nº 03572 caratulada COLMAN MIGUEL ÁNGEL s/ Disposición Definitiva Ley 11856, se ha dictado el siguiente decreto de trámite: Arroyo Seco, 10 de Julio de 2019. No hallándose el imputado, en el domicilio declarado, cítese por edictos a Colman Miguel Ángel, DNI Nº 34.046.124, para que en el término de 48 hs., se presente ante este Tribunal a ejercer sus derechos sobre el motovehículo ZANELLA 150CC color negro Dominio 631HYZ, bajo apercibimiento de disposición definitiva en los términos de la Ley 11856. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1(uno) día sin costo. Fdo.: Dra. Julia Acosta, Juez Municipal de Faltas. 29 de Julio de 2019.

S/C 397770 Ago. 12

__________________________________________


NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 065795, Acta de Remisión Nº 02724 caratulada PAVÓN JOSUÉ s/ Disposición Definitiva Ley 11856, se ha dictado el siguiente decreto de trámite: Arroyo Seco, 10 de Julio de 2019. No hallándose el imputado, en el domicilio declarado, cítese por edictos a Pavón Josué, DNI Nº 37.266.462, para que en el término de 48 hs., se presente ante este Tribunal a ejercer sus derechos sobre el motovehículo GILERA VC150 color rojo Dominio 201EFV, bajo apercibimiento de disposición definitiva en los términos de la Ley 11856. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1(uno) día sin costo. Fdo.: Dra. Julia Acosta, Juez Municipal de Faltas. 29 de Julio de 2019.

S/C 397772 Ago. 12

__________________________________________


NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 066657, Acta de Remisión Nº 03400 caratulada ORELLANA ELIAS s/ Disposición Definitiva Ley 11856,se ha dictado el siguiente decreto de trámite: Arroyo Seco, 10 de Julio de 2019. No hallándose el imputado ni el titular registral en el domicilio declarado, cítese por edictos a Orellana Elías, y a Bonda Verónica Andrea DNI Nº 30.590.342, para que en el término de 48 hs., se presente ante este Tribunal a ejercer sus derechos sobre el motovehículo GUERRERO G110 TRIP color azul Dominio 807KGI, bajo apercibimiento de disposición definitiva en los términos de la Ley 11856. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1(uno) día sin costo. Fdo.: Dra. Julia Acosta, Juez Municipal de Faltas. 29 de Julio de 2019.

S/C 397775 Ago. 12

__________________________________________


NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 065601, Acta de Remisión Nº 755 caratulada ALARCON FABIÁN s/ Disposición Definitiva Ley 11856,se ha dictado el siguiente decreto de trámite: Arroyo Seco, 10 de Julio de 2019. No hallándose al Titular registral, en el domicilio declarado, cítese por edictos a Reynoso Daniel Ramón, DNI Nº 16.714.254, para que en el término de 48 hs., se presente ante este Tribunal a ejercer sus derechos sobre el motovehículo GUERRERO G110DL color negro Dominio 218KLJ, bajo apercibimiento de disposición definitiva en los términos de la Ley 11856. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1(uno) día sin costo. Fdo.: Dra. Julia Acosta, Juez Municipal de Faltas. 29 de Julio de 2019.

S/C 397776 Ago. 12

__________________________________________


NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 066224, Acta de Remisión Nº 02762 caratulada CEJAS ALBERTO GASTÓN s/ Disposición Definitiva Ley 11856, se ha dictado el siguiente decreto de trámite: Arroyo Seco, 10 de Julio de 2019. No hallándose el imputado, en el domicilio declarado, cítese por edictos a Cejas Alberto Gastón, DNI Nº 39.249.385, para que en el término de 48 hs., se presente ante este Tribunal a ejercer sus derechos sobre el motovehículo GUERRERO TRIP color negro Dominio 361CFH, bajo apercibimiento de disposición definitiva en los términos de la Ley 11856. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1(uno) día sin costo. Fdo.: Dra. Julia Acosta, Juez Municipal de Faltas. 29 de Julio de 2019.

S/C 397778 Ago. 12

__________________________________________


NOTIFICACIÓN


Por disposición del Juzgado de Faltas Municipal de Arroyo Seco, dentro de la causa seguida por el Acta de Infracción Nº 066615, Acta de Remisión Nº 02725 caratulada RAMALLO ALEJANDRO s/ Disposición Definitiva Ley 11856, se ha dictado el siguiente decreto de trámite: Arroyo Seco, 10 de Julio de 2019. No hallándose el titular registral, en el domicilio declarado, cítese por edictos a Maciel Liliana, DNI Nº 22.530.152, para que en el término de 48 hs., se presente ante este Tribunal a ejercer sus derechos sobre el motovehiculo ZANELLA DUE CLASSIC color negro Dominio 530IUM, bajo apercibimiento de disposición definitiva en los términos de la Ley 11856. Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1(uno) día sin costo. Fdo.: Dra. Julia Acosta, Juez Municipal de Faltas. 29 de Julio de 2019.

S/C 397779 Ago. 12

__________________________________________