picture_as_pdf 2019-09-06

TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Dra. Silvina Ileana García, Jueza del Tribunal Colegiado de Familia N° 3 de Rosario (Jueza en suplencia), se ha dispuesto notificar por edictos la sentencia dictada dentro de los autos caratulados CENTURIÓN KEVIN ISAIAS y Otros s/Control de Legalidad de Medidas Excepcionales y Urgentes Ley 12.967; CUIJ 21-11320951-5, que a continuación se transcribe: N° 2365. Rosario, 14 de Agosto de 2019. Y Vistos:... Y Considerando que:... Resuelvo: 1) Rechazar la oposición formulada por la señora Roció Belén Centurión y declarar en situación de adoptabilidad a los niños Alexis Gustavo Hernández (D.N.I. N° 52.563.760) nacido el 13 de Mayo de 2011, Agustín Ezequiel Hernández (D.N.I. N° 54.028.221) nacido el 19 de Junio de 2014, Kiara Morena Hernández (DNI N° 54.028.220) nacida en fecha 19 de Junio de 2014, y Martina Roció Hernández (DNI N° 54.990.192) nacida el 16 de Julio de 2015, hijos de la oponente Roció Belén Centurión (D.N.I. N° 36.006.275) y del Sr. Silvio Gustavo Hernández (D.N.I. N° 24.479.953); 2) Designar tutor provisorio del niño Kevin Isaias Centurión (DNI 48.138.036), hijo de Roció Belén Centurión (D.N.I. N° 36.006.275), sin filiación paterna, a su abuelo Paulino Centurión (DNI 8.281.823) debiendo comparecer cualquier día y hora hábil de audiencia a aceptar el cargo; 3) Intímese al señor Paulino Centurión a fin de que inicie en lo inmediato las gestiones judiciales tendientes al nombramiento definitivo como tutor del niño Kevin Isaías; 4) Notificar la presente a la Dirección Provincial de Niñez, a la Defensora General en su despacho, a los representantes legales en su domicilio real y a la tutora especial de los niños. 5) Ofíciese al Ruaga en los términos del artículo 613 del Código Civil y Comercial de la Nación a los fines de que tome conocimiento de la situación de autos y comunique a este Tribunal, en el término de dos días, la viabilidad de entrega en guarda preadoptiva, conforme la nómina de aspirantes que obra en su poder, con la especial previsión de lo expuesto en los considerandos respecto del vinculo entre hermanos; 6) Resérvense las presentes actuaciones en Secretaría, aplicándose estrictamente las disposiciones del art. 56 del CPCC, sólo pudiendo ser retirados, en su caso, con el debido registro informático y autorización del actuario. Insértese y hágase saber. Autos: CENTURIÓN, KEVIN ISAÍAS y Otros s/Control de Legalidad de Medidas Excepcionales y Urgentes Ley 12.967, CUIJ 21-11320951-5. Fdo: Dra. Silvina I. García (Jueza en suplencia); Dra. Gabriela Ríos Artacho (Secretaria).

S/C 400489 Sep. 6 Sep. 10

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición de la señora Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4º Nominación de Rosario, en autos: NAUJILOS SRL c/PEREYRA LUCRECIA SOLEDAD s/Ejecutivo; Expte. N° 21-02914628-1, se le hace saber a la Sra. Lucrecia Soledad Pereyra, N° 842; Rosario, 2 de Mayo del 2019. Por presentado, con domicilio ad-litem constituido y en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado en copias las que deberán ser debidamente certificadas. Por iniciada la acción que expresa. Imprímase a la misma el trámite Ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho dentro del término de 3 días y bajo los apercibimientos de ley. Trábese embargo -en proporción de ley- sobre los haberes o remuneraciones que el demandado perciba como Dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, hasta cubrir la suma de $ 47.023,50, con más la de $ 14.107,05 estimada provisoriamente para intereses y costas, oficiándose a sus efectos. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifique la Oficina respectiva. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Insértese y hágase saber. 26 de Agosto de 2019. Dra. Daniela A. Jaime; Dra. Silvia A. Cicuto.

$ 33 400547 Sep. 6 Sep. 10

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El Sr. Juez de la 1º Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 15º Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados PENSATO, OSCAR JOSÉ y Otros c/RICCI, GUILLERMO s/Prescripción Adquisitiva; Expte. N° 1069/17, CUIJ 21-02891903-1, hace saber al Sr. Guillermo Ricci, que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 26/08/2019. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Fecho, ofíciese electrónicamente a los fines del sorteo de defensor. Autos: PENSATO, OSCAR JOSÉ y Otros c/RICCI, GUILLERMO s/Prescripción Adquisitiva; Expte. N° 1069/17, CUIJ 21-02891903-1. Fdo.: Dr. Carlos E. Cadierno, Juez, Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15º Nominación de Rosario; Dra. María Eugenia Sapei, Secretaria, Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15º Nominación de Rosario. Rosario, de 2019. Dra. María Eugenia Sapei, Secretaria de Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15a. Nominación Rosario. María Belén Baclini, secretaria.

$ 33 400530 Sep. 6 Sep. 10

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15º Nominación de Rosario, en los autos caratulados: BANCO HIPOTECARIO SA c/ACOSTA IVANA CAROLINA s/Ejecutivo; Expte. Nº 21-01605312-8, se hace saber que se ha dictado la siguiente Resolución: N° 1604, Rosario, 29 de Julio de 2019: Y Vistos y Considerando: Resuelvo: Aprobar la planilla practicada en cuanto por derecho corresponde hasta la concurrencia de la suma $ 43.979,85. Regular los honorarios de la Dra. Luciana Florencia Ferro, en la suma de $ 10.200 Pesos (3,01 Jus) Unidad de Honorarios Profesionales de Abogado y Procuradores mas IVA si correpondiere, conforme Art. 7 inc b Ley 6767, con noticia a la Caja Forense. Establecer que el ajuste por Unidad Jus (conf. Art. 32 ley 6767) sera aplicable mientras la presente no se halle firme, oportunidad en la cual el monto actualizado se convertirá en una deuda dineraria (conf Fallo CSJSF autos Municipalidad de Santa Fe c/Bergagna, A y S T° 276, F° 294/236) y devengara un interés equivalente a una vez y media la tasa activa sumada del Nuevo Banco de Santa Fe (art. 32 lp 6767 modificada por ley 12851) el que no podrá superar el 36% anual y sujeto a lo dispuesto por el art. 771 del CCC, a computar a partir de la mora y hasta el día de su efectivo pago. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Carlos Cadiemo (Juez); Dra. María Eugenia Sapei (secretaria). Secretaría, 28/08/2019. María Belén Baclini, secretaria.

$ 33 400531 Sep. 6 Sep. 10

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6a. Nominación de Rosario, Dr. Néstor Osvaldo García, en autos: POZA RUBÉN ALBERTO y Otros c/FERNANDEZ JOSÉ MATÍAS y Otros s/Escrituración; Expte. 21-01526050-2, se hace saber a los herederos de Salvador Fernández, que se ha dictado el siguiente decreto: Rosario, 10 de Octubre de 2018: Por presentado, acéptase el domicilio procesal constituido y en el carácter invocado, conforme al poder (o con patrocinio letrado). Por iniciada formal Demanda de Escrituración que tramitará según las normas del proceso ordinario. Cítese y emplácese a la demandada por el plazo de ley para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. A, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de Diciembre de 2017 y lo dispuesto por los Acuerdos Ordinarios - Acta 8/2018 del 13 de Marzo de 2018 y 10/2018 del 27 de Marzo de 2018 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la comparencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notificador observar el estricto cumplimiento del art. 63 CPCC. Oportunamente, en ocasión que las partes ofrezcan la prueba de la que intenten valerse, las mismas deberán regirse por lo dispuesto por el Art. 1735 del Código Civil y Comercial de la Nación. Notifíquese. Agréguense por cuerda los autos caratulados: FERNANDEZ SALVADOR s/Declaratoria de herederos; Expte. 1398/2000. Fdo. Dra. María Belén Baclini, Dr. Néstor Osvaldo García. Secretaría, 28/08/2019. María Belén Baclini, secretaria.

$ 33 400534 Sep. 6 Sep. 10

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 18º Nominación de Rosario, Dra. Susana Silvina Gueiler, notifica al Sr. Sánchez, Víctor Hugo, DNI N° 33.031.154, lo declarado en autos: CONFINA S.R.L. c/SÁNCHEZ, VÍCTOR HUGO s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-01654926-3): Rosario, 2 de Julio de 2009. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado, el que deberá certificarse ante la Actuaría. Por iniciada la acción que expresa la que tramitará por la vía del juicio Ejecutivo. Cítese y emplácese o la parte demandada por el término de tres días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Téngase presente la reserva formulada. Martes y Viernes para notificaciones por la Oficina. Notifíquese. Expte. N° 1048/09. Firmado: Dra. Susana Silvina Gueiler (Juez), Dr. Néstor Osvaldo García (sec). 24 de Abril de 2019. Jonatan Pierini, prosecretario.

$ 33 400492 Sep. 6 Sep. 10

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 13º Nominación de Rosario, Dra. Verónica Goitlied, notifica al Sr. Carmelo, Angélica, DNI N° 23.580.683, lo declarado en autos: CFN S.A. c/CARMELO, ANGELICA s/Ejecutivo; CUIJ N° 21-01525383-2); Rosario, 27 de Junio de 2014. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado y en mérito al poder general acomañado, otórgasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa, cítese y emplácese a la demandada a comparecer a estar a derecho por el término y bajo apercibimientos de ley. Resérvese e Secretaría la documental acompañada. Expte. N° 580/2014. Firmado: Dr. Edgardo M. Bonomelli (Juez), Dra. Jessica Cinalli (sec). Lucas Menossi, secretario.

$ 33 400493 Sep. 6 Sep. 10

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 13ra. Nominación de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, notifica al Sr. Aranda, Juan Domingo, DNI N° 18.190.377, lo declarado en autos: CONFINA S.R.L. c/ARANDA, JUAN DOMINGO s/Ejecutivo, CUIJ Nº 21-01520109-3: Nº 1669 - Rosario, 16/06/2010.- Autos y Vistos: Por prestada, domiciliada y en carácter invocado, en mérito a la sustitución del poder general que en copia se glosa en autos, el que deberá certificarse, otórgasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa, cítese y emplácese a la demandada a comparecer a estar a derecho, por el término y bajo apercibimiento de ley. Trábese embargo sobre los haberes que deba percibir el demandado Juan Domingo Aranda por su relación de dependencia con Logística de Personal S.A., hasta cubrir la suma de $ 4.049,76.- con más la de $ 1.214,92.- en concepto de intereses y costas provisoriamente estimadas, haciéndose saber a la empleadora que los importes embargados deberán depositarse en cuenta judicial a abrirse en el Banco Municipal de Rosario, sucursal Caja de Abogados, con domicilio en calle Montevideo N° 2080 de Rosario. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Resérvese en Secretaria la documental en copia acompañada. Téngase presente la reserva formulada. Ubrensen los despachos correspondientes, insértese, regístrese y hágase saber. Fdo.: Dra. Marta Gurdulich (Juez), Dra. Jessica M. Cinalli (Sec.). Otro: “Rosario, 18 de Agosto de 2017. Informando verbalmente la Actuaría que no existen escritos sueltos pendientes de agregación para estos autos y que el demandado Juan Domingo Aranda, no ha comparecido a estar a derecho, decláraselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Fdo.: Dra. Verónica Gotlieb (Jueza). Dr. Lucas Menossi (Sec).

$ 33 400495 Sep. 6 Sep. 10

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, Dr. Carlos Eduardo Cadierno, notifica al Sr. Moreira, Guillermo Alberto, DNI N° 29.142.300, lo declarado en autos: CONFINA S.R.L. c/MOREIRA, GUILLERMO ALBERTO s/Ejecutivo; Rosario, 20/04/2010. Por presentada, con domicilio constituido y en el carácter invocado a mérito del poder acompañado que se agregan en los autos y que deberá certificarse previamente en Secretaría. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a la parte demandada para que en término de ley comparezca a estar en derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Trabase el embargo solicitado sobre los haberes de la demandada en proporción de ley (Decreto Ley 484/87) hasta cubrir la suma reclamada de $ 3.521,23.- con más la del 30% estimada provisoriamente para intereses y costas, librándose el despacho respectivo a esos fines con las facultades, recaudos y porcentajes de ley. Téngase presente la reserva formulada. Manes y Viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese. Firmado: Dr. Carlos Eduardo Cadierno (Juez) Dra. Jesica M. Cinalli, (Sec.).

$ 33 400496 Sep. 6 Sep. 10

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Domínguez, Inocencio, DNI Nº 14.730.890, lo declarado en autos: CONFINA S.R.L. c/DOMÍNGUEZ, INOCENCIO s/Ejecutivo CUIJ: Nro. 21-00802060-1): Nro. 2858 Rosario, 15 de diciembre del 2009. Y Vistos... Resuelvo: Por presentado con domicilio legal constituido y en el carácter invocado a mérito del poder acompañado. Désele la participación correspondiente. Por iniciada la acción ejecutiva cítese y emplácese a la demandada para que en el término de 3 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Trábese embargo sobre bienes del demandado en por la suma de $3.507,28 con más la de $1.052 líbrense los despachos correspondientes. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Insértese y hágase saber. Dr. Néstor García (Secretario) - Dr. Luis Ramunno (Juez). Dra. Dulcich, Prosecretaria.

$ 33 400497 Sep. 6 Sep. 10

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, Dr. Carlos Eduardo Cadierno, notifica al Sr. Sánchez, Carlos Alberto, DNI N° 28.204.414, lo declarado en autos: CONFINA S.R.L. c/SANCHEZ, CARLOS ALBERTO s/Ejecutivo. Rosario, 16/06/14. Agréguese la cédula acompañada. Informando verbalmente el actuario, en este acto, que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, pese a estar debidamente notificada, decláresela rebelde y siga el juicio sin su representación. Expte. 462/2008. Notifíquese. Fdo.: Carlos Eduardo Cadierno (Juez); Dra. Parera (Sec.). Dra. Sapei, Secretaria.

$ 33 400498 Sep. 6 Sep. 10

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primara Instancia en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, notifica al Sr. Rosa Ana María, DNI Nº 34.933.794, lo declarado en autos: CFN S.A. c/ROSA, ANA MARÍA s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-00808353-0): Rosario, 09 de Diciembre de 2015. No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Atento la designación de la Dra. Julieta Gentile como nueva magistrada subrogante, hágase saber a las partes, notifíquese por cédula. Dra. María Silvia Zamanillo (S), Dra. Julieta Gentile (J). Dra. Dulcich, Prosecretaria.

$ 33 400499 Sep. 6 Sep. 10

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, notifica al Sr. Silva, Adrián Ezequiel, DNI N° 38.983.198, lo declarado en autos: CFN S.A. c/SILVA, ADRIÁN EZEQUIEL s/Ejecutivo, CUIJ N° 21-02854392-9): Nº 1041 - Rosario, 7 de Junio de 2019. Y Vistos... Y Considerando... Resuelvo: 1) Ordenando seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada, con más los intereses establecidos en los considerandos y el I.V.A. correspondiente, desde la fecha de la mora y hasta el día de su efectivo pago. II) Imponiendo las costas al vencido (Art. 251 C.P.C.C.) III) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Dr. Agustín Crosio (Secretario) - Dr. Ezequiel Zabala (Juez). Dra. Beltrame, Prosecretaria.

$ 33 400500 Sep. 6 Sep. 10

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 14ta. Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, notifica al Sr. Stutz Artigas, Daniel Alberto, DNI N° 26.121.336, lo declarado en autos: CFN S.A.

c/STUTZ ARTIGAS, DANIEL ALBERTO s/Ejecutivo: Nº 964. Rosario, 27 de Mayo de 2019. Y Vistos... Y Considerando... Resuelvo: 1) Ordenando seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga íntegro cobro de la suma reclamada, con más los intereses establecidos en los considerandos y el I.V.A. correspondiente, desde la fecha de la mora y hasta el día de su efectivo pago. II) Imponiendo las costas al vencido (Art. 251 C.P.C.C.) III) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Dr. Agustín Crosio (Secretario) - Dra. Silvia Cicuto (Juez). Dra. Beltrame, Prosecretaria.

$ 33 400514 Sep. 6 Sep. 10

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. Peretti (Secretaría), en los autos caratulados: GOMEZ MARÍA CRISTINA c/GARRONE MIGUEL ANGEL y Otros s/Prescripción Adquisitiva, Expte. N° 841/2017 CUIJ N° 21-25384961-1, se ha ordenado lo siguiente: San Lorenzo, 16 de Agosto de 2019. Agréguese el edicto acompañado. Informando verbalmente Mesa de Entradas que no existen escritos sueltos pendientes de agregación y no habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho, declárasela rebelde. Notifíquese por edictos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo. Dra. Peretti, Secretaria.

$ 33 399686 Sep. 6 Sep. 10

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En los autos caratulados: SOIME SRL c/DARNELL ENGINEERING DEL PLATA SA y Otro s/Apremio; (Expte. Nº 1089/2014), que tramitan por ante el Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 2° Nominación de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune, Secretaria de la Dra. Peretti, se ha resuelto lo siguiente: N° 987. San Lorenzo, 29/07/2019. Y Vistos: Los autos caratulados Soime SRL c/Darnell Engineering del Plata S.A. Y Otro s/Apremio; Expte. 1089/14; Y Considerando:... Resuelvo: Ordenar se lleve adelante la ejecución, hasta tanto la parte actora se haga íntegro el cobro del capital reclamado, con más el interés descripto en los considerandos precedentes y las costas del juicio. Diferir la regulación de honorarios hasta el momento de practicarse liquidación. Insértese y hágase saber. San Lorenzo, de 2019. Firmado Dra. Bertune (Juez) - Dra. Peretti, secretaria.

$ 33 399706 Sep. 6 Sep. 10

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