picture_as_pdf 2019-09-06

ANALYTICS S.A.


ESTATUTO


1) Fecha del contrato: 4 de julio de 2018.

2) Accionistas: Pedro Vicente Quaglia, argentino, nacido el 26 de Junio de 1972, productor de seguros, divorciado, D.N.I.: N° 22.766.653, con domicilio en calle Tucumán 8313, B, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, CUIT 20-22766653-7, Ivan Nasatsky, argentino, casado en primeras nupcias con Mariela Talvo, D.N.I. N° 21.885.263, nacido el 6 de Octubre de 1970, de apellido materno Fontanellas, de profesión comerciante, con domicilio en calle Los Pumas 2364 de la localidad de Funes, provincia de Santa Fe, CUIT N° 20-21885263-8, y el señor Martin Cesar De Larrechea, argentino, soltero, D.N.I. N° 11.448.691, nacido el 28 de setiembre de 1954, apellido materno Palazzo, de profesión comerciante, con domicilio en calle Tucumán 8395, A, de Rosario, provincia de Santa Fe, CUIT 20-11448691-5.

3) Denominacion: ANALYTICS S.A.

4) Domicilio: Tucumán 8313, B, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

5) Duracion: El plazo de duración de la sociedad es de noventa y nueve años a contar desde la inscripción del estatuto en el Registro Público. Por decisión de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas este término puede prorrogarse.

6) Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar, por sí sola o asociadas a terceros, las siguientes actividades: 1) La prestación de servicios de consultorías comerciales, mediante el manejo de base de datos, call center, encuestas y entrenamiento de ventas. 2) Otorgar servicios de comercialización de productos propios o de terceros por medio de campañas, promociones en forma personal, telefónica o a través de los medios de comunicación electrónicos y postales. 3) Comercialización de productos bancarios de terceros con la modalidad expuesta en el punto 1) del presente artículo.

7) Capital: $ 420.000.

8) Organos de administracion y representacion: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea, entre un mínimo de 1 (uno) y un máximo de 5 (cinco), quienes durarán en sus funciones 3 ejercicios. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo con el fin de llenar las vacantes que se produjeren, en el orden de su elección.

El primer directorio se elige en este acto: Presidente: Pedro Vicente Quaglia, Vicepresidente: Martin Cesar De Larrachea, Director suplente: Ivan Nasatsky.

9) Fiscalizacion: La fiscalización de la sociedad está a cargo de los accionistas quienes tienen el contralor individual de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 55 de la ley 19.550.

10) Balance general: 31 de Enero.

11) Disolucion y liquidacion: En caso de disolución de la sociedad, su liquidación será efectuada oor el directorio.

$ 90 400583 Sep. 6

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ADONAI SERVICIOS FLUVIALES S.R.L.


CONTRATO


Denominación social: ADONAI SERVICIOS FLUVIALES S.R.L.

Domicilio: San Carlos N° 4173. San Lorenzo.

Capital: Es de $ 550.000 (pesos quinientos cincuenta mil) dividido en 5500 cuotas de $ 100 (pesos cien) cada una, y corresponden 5225 cuotas al socio Camejo Leonel Alejandro, 110 cuotas a Cardozo Carolina Soledad, 55 cuotas a Camejo Alexis Gabriel, 55 cuotas a Camejo Carlos Maximiliano y 55 cuotas a Camejo Jorge Antonio.

Cierre de balance: el 31 de julio de cada año.

Administración: estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. Usarán su propia firma con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente” según el caso. El socio gerente es Camejo Leonel Alejandro.

Se aclara que el uso de la firma de los socios es individual y/o indistinta.

Duración: 30 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Fiscalización: Estará a cargo de los socios.

Integrantes: Camejo Leonel Alejandro, argentino, de profesión comerciante, D.N.I. Nro. 31.202.431, C.U.I.T. Nro. 20-31.202.431-5, domiciliado en calle Rivadavia n° 1611 de la ciudad de Puerto General San Martin, provincia de Santa Fe, nacido el 10 de diciembre de 1.984, estado civil casado en primeras nupcias con Cardozo, Carolina Soledad D.N.I. Nro. 35.291.857; Camejo Alexis Gabriel, argentino, de profesión comerciante, D.N.I. Nro. 37.445.090, C.U.I.T. Nro. 20-37.445.090-6, domiciliado en calle Del Bajo n° 321, de la ciudad de San Lorenzo provincia de Santa Fe, nacido el 30 de septiembre de 1.993, estado civil soltero; Camejo Jorge Antonio, argentino, de profesión comerciante, D.N.I. Nro. 32.076.431, C.U.I.T. Nro. 23-32.076.431-9, domiciliado en calle Juan Pablo Segundo n° 321, de la ciudad de San Lorenzo provincia de Santa Fe, nacido el 21 de junio de 1.986, estado civil soltero; Camejo Carlos Maximiliano, argentino, de profesión comerciante, D.N.I. Nro. 39.658.870, C.U.I.T. Nro. 20-39.658.870-7, domiciliado en calle Rivadavia n° 1611, de la ciudad de Puerto General San Martin, provincia de Santa Fe, nacido el 12 de junio de 1.996, estado civil soltero; Cardozo Carolina Soledad, argentina, de profesión comerciante, D.N.I. Nro. 35.291.857, C.U.I.T. Nro. 27-35.291857-7, domiciliada en calle Del Bajo n° 321, de la ciudad de San Lorenzo provincia de Santa Fe, nacida el 12 de julio de 1.990, estado civil casada en primeras nupcias con Camejo Leonel Alejandro D.N.I 31.202.431.

Objeto: Explotación de servicios de transporte fluvial de pasajeros y cargas; Amarre y desamarre de embarcaciones.

Fecha de Constitución: 20/08/2019.


$ 80 400486 Sep. 6

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AMADEI AGROPECUARIA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en autos caratulados AMADEI AGROPECUARIA S.A. s/Designacion de autoridades, Expte. 1714 N° - Año 2019, que se tramitan por ante el Registro Público del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que por Acta de Asamblea General Ordinaria de fecha 08/02/2019 se procedió a la designación de un nuevo directorio compuesto por: Presidente: Mercedes Beatriz Bovo, argentina, nacida el 20 de agosto de 1948, de estado civil viuda, de profesión agropecuaria, con domicilio en Rivadavia 2171 de la ciudad de Sastre, DNI N° 5.890.507, CUIT N° 27-05890507-6. Vicepresidente: Andrés Jorge Amadei, argentino, nacido el 7 de septiembre de 1980, de estado civil soltero, de profesión agropecuario, con domicilio en Rivadavia 2171 de la ciudad de Sastre, DNI N° 28.069.891, CUIT N° 20-28069891-2. Directora Titular: Marisa Mercedes Amadei, argentina, nacida el 7 de abril de 1979, de estado civil soltera, de profesión estudiante, con domicilio en Rivadavia 2171 de la ciudad de Sastre, DNI N° 26.816.669, CUIT N° 27-26816669-1. Directora Suplente: Silvia Marcela Bossi, argentina, soltera, nacida el 15 de febrero de 1966, empleada administrativa, con domicilio en Rivadavia 1355 de la ciudad de Sastre, provincia de Santa Fe, DNI Nº 17.633.702, CUIL Nº 27-17633702-3. Santa Fe, 27 de febrero de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 70,29 400570 Sep. 6

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BETA SALUD S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


1) Nelsi Analia Tayaldi, apellido materno Cairoli, casada en primeras nupcias con Schunk Brian Matías, nacida el 01 de septiembre de 1979, D.N.I. 27.563.593, CUIT 27-27563593-1, Licenciada en Fonoaudiología, domiciliada en La Taba 2049 de Roldán, y Brian Matias Schunk, apellido materno Schunk, D.N.I. 27.387.939, CUIT 20-27387939-1, casado en primeras nupcias con Tayaldi Nelsi Analía, nacido el 21 de octubre de 1979, docente, domiciliado en La Taba 2049 de Roldán.

2) Fecha modificación: 1° de Agosto de 2019.

3) Objeto: La sociedad tendrá por objeto la atención médica, terapéutica y de formación integral de las personas con discapacidad a través del desarrollo de todas sus posibilidades proporcionando herramientas para su autonomía y socialización. Brindar capacitación a través de charlas, talleres, cursos y seminarios a profesionales y a la comunidad en general orientados a la prevención y atención primaria de la salud. Servicios de atención, rehabilitación, capacitación, educación y formación laboral para personas con discapacidad; servicios de traslado a personas asociado a prestaciones de salud. Servicio de transporte automotor de pasajeros, mediante taxis, remises y/o alquiler de autos con chofer.

4) Capital: Se decide aumentar el capital social de pesos ciento veinte mil ($ 120.000) a pesos cuatrocientos mil ($ 400.000), siendo el aumento de pesos doscientos ochenta mil ($ 280.000), suscribiendo lós socios y conservando las mismas proporciones de capital. De esta manera como consecuencia de ello, se procede a modificar la cláusula de Capital, que queda redactada así: Quinta: Capital: El Capital Social se fija en la suma de doscientos mil pesos ($ 400.000), dividido en cuarenta mil cuotas (40.000) de diez pesos ($ 10) cada una. Los socios suscriben e integran totalmente el capital de la siguiente manera: Nelsi Analia Tayaldi, la cantidad de 20.000 cuotas de diez pesos ($ 10) cada una o sea la suma de doscientos mil pesos ($ 200.000); Brian Matias Schunk, la cantidad de 20.000 cuotas de diez pesos ($ 10) cada una o sea la suma de doscientos mil pesos ($ 200.000). Integran en este acto el 25% del aumento es decir la suma de $ 70.000 que acreditan con boleta de depósito en garantía en el Nuevo Banco de Santa Fe, comprometiéndose a integrar el saldo de $ 210.000 en efectivo en el plazo de 2 años a contar de la fecha del presente.

5) Quedan subsistentes todas y cada una de las demás cláusulas del contrato social que no fueran modificadas por el presente, y a los efectos legales el presente será inscripto en el Registro Público de Comercio y oportunamente publicado.

Rosario, 27 de agosto de 2019.

$ 90 400490 Sep. 6

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CABOT S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por Disposición de la Sra. Jueza a cargo del Registro Público de Venado Tuerto Dra. Maria Celeste Rosso, Secretaría Dra. M. Julia Petracco, en autos caratulados CABOT S.R.L s/Cesion de cuotas -renuncia gerentemodificacion contrato- texto ordenado (,Expte 398 / 2019 )según decreto de fecha 27-08-2019 se ordena la siguiente publicación de edictos.

En la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, a los 22 (Veintidós) días del mes de Julio del Año 2.019, se reúnen los Señores Maximiliano Jeannot, de nacionalidad argentina, nacido el día 08 de Enero de 1.980, DNI Nº 27.864.483, apellido materno Alis, de profesión comerciante, CUIT N° 23-27 864483-9, estado civil casado en primeras nupcias con Monica Delia Ratto, DNI N° 28.859.508, domiciliado en Calle Lavalle N° 458 de la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe y Maximiliano Ignacio Cabanes, de nacionalidad argentina, nacido el día 18 de Enero de 1.979, DNI N° 26.921.538, apellido materno Lerda, de profesión Técnico Agrónomo, CUIT N° 20-26921538-1, estado civil casado en primeras nupcias con Valeria Mabel Ressia DNI N° 27.174.675, domiciliado en Calle Juan B. Alberdi N° 1.360 de la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, todos ellos únicos socios de: CABOT S.R.L. se reúnen y acuerdan lo siguiente:

Cesion de cuotas. El Señor Maximiliano Jeannot en carácter de “cedente” titular de 2.250 (Dos mil doscientos cincuenta) cuotas de $ 100 (Pesos cien) cada una, dice que vende cede y transfiere en esta oportunidad la cantidad de 1.800 (Mil ochocientos) cuotas de su participación social al Socio Maximiliano Ignacio Cabanes, quien recibe de plena conformidad dichas cuotas.

Precio: Esta venta se acordó por un total de $ 180.000 (pesos ciento ochenta mil) que el cedente declara haber recibido en su totalidad en dinero en efectivo con anterioridad aeste acto.

El Cedente transfiere al cesionario todos los derechos, acciones y obligaciones de CABOT S.R.L., sin exclusión ni reserva alguna, en proporción a las cuotas cedidas, como también a las utilidades devengadas hasta la fecha.

Presente en este acto la Señora Monica Delia Ratto, DNI N° 28.859.508, esposa del cedente, presta conformidad a la cesión de cuotas realizada por su esposo Señor Maximiliano Jeannot firmando el presente instrumento en prueba de ello.

En virtud a la presente de cesión de cuotas se modifica la clausula quinta: Capital quedando de la siguiente manera:

Quinta: Capital: El Capital Social se fija en la suma de $ 450.000 (Pesos cuatrocientos cincuenta mil) divididos en 4.500 (Cuatro mil quinientos) cuotas de $ 100 (pesos Cien) valor nominal cada una, que los socios son titulares en la siguiente proporción Maximiliano Jeannot posee 450 (cuatrocientos cincuenta) cuotas de $ 100 (pesos Cien) valor nominal cada una que representan un Capital Social de $ 45.000 (pesos cuarenta y cinco mil) y Maximiliano Ignacio Cabanes posee 4.050 (cuatro mil cincuenta ) cuotas de $100 (pesos cien) valor nominal cada una que representan un Capital Social de $ 405.000 (pesos cuatrocientos cinco mil).

El capital se encuentra totalmente suscripto e integrado a la fecha del presente contrato.

Renuncia gerente. El Señor Maximiliano Jeannot. También en este acto renuncia a su carácter de socio-gerente de la Sociedad, renuncia que es aceptada por el Señor Maximiliano Ignacio Cabanes en su calidad de restante socio.

Administración a cargo del socio Maximiliano Ignacio Cabanes. DNI N° 26.921.538 - CUIT N° 20-26921538-1, quien actuará de acuerdo a lo estipulado en la Cláusula Sexta del Contrato Social.

Se ratifican todas las demas clausulas del contrato social.

Venado Tuerto, 02 de septiembre de 2019.


$ 205 400554 Sep. 6

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CHELINI PINTURERIA Y

VIDRIERIA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En la ciudad de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe, a los 22 días del mes de agosto del año dos mil diecinueve los señores:

Lucila Paula Facciano, D.N.I. 37.830.353, C.U.I.L. 27-37830353-8, en adelante la cedente y por la otra parte: Georgina Elisabet Chelini, D.N.I. 21.578.792, C.U.I.T 27-21578792-9; Alejandro Hernan Chelini, DNI 23.432.817, C.U.I.T 20-23432817-5, y Matias Ignacio Facciano, D.N.I. 41.011.791, C.U.I.L 20-41011791-7, en adelante los cesionarios, en carácter de socios de la sociedad CHELINI PINTURERIA Y VIDRIERIA S.R.L. inscripta en este Registro Público de Comercio en Contratos, al Tomo: 166, Folio 11013 y N° 724 de fecha 07/05/2015 y sus modificaciones: Cesión de cuotas Y Cambio de Gerencia inscripta en Contratos al Tomo: 169, Folio 3146 y N° 676 del 02/05/2018; constituyen domicilio en Celedonio Escalada N° 42 de esta ciudad y se reúnen para realizar la cesión de cuotas que se detallan a continuación:

II) Cesion de cuotas: 1) Lucila Paula Facciano, cede en carácter de donación la totalidad de sus cuotas sociales que a la fecha son diez mil (10.000) cuotas sociales que a su valor en pesos cada una totalizan un Capital de $ 100.000, de la siguiente manera: Alejandro Hernan Chelini recibe cinco mil (5.000) cuotas sociales que representan $ 50.000 del Capital Social; Georgina Elisabet Chelini recibe cinco mil (3.000) cuotas sociales que representan $ 30.000 del Capital Social y Matias Ignacio Facciano recibe dos mil ($ 2.000) cuotas sociales que representan $ 20.000 del Capital Social.

2) De este modo el Capital Social que es actualmente de veinte mil (20.000) cuotas de $ 10 cada una, es decir $ 200.000 queda así conformado:Capital: El capital social es de $ 200.000 (doscientos mil pesos), divididos en (20.000) cuotas de pesos ($ 10) cada una.

La Sra. Georgina Elizabet Chelini: es titular de ocho mil (8.000) cuotas de capital que representan $ 80.000, es decir pesos ochenta mil; el Señor Alejandro Hernan Chelini: es titular de diez mil (10.000) cuotas de capital que representan $ 100.000, es decir pesos cien mil y el Sr. Matias Ignacio Facciano, es titular de dos mil (2.000) cuotas de capital que representan $ 20.000 es decir pesos veinte mil.

Todos los socios prestan su total conformidad a esta cesión entre socios.

Se ratifican todas las demás cláusulas del contrato social en cuanto no fueren modificadas por el presente.

Asimismo, a raíz de la cesión de cuotas, la socia cedente Lucila Paula Facciano renuncia a su cargo de Gerente y designa en su reemplazo a la Sra. Georgina Elisabet Chelini. Por lo antedicho la Gerencia queda compuesta por dos gerentes, a saber Alejandro Hernan Chelini y Georgina Elisabet Chelini, ambos Socios Gerentes de CHELINI PINTURERIA Y VIDRIERIA S.R.L.


$ 76 400585 Sep. 6

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DEMAR INDUMENTARIA S.A.S.


EDICTO COMPLEMENTARIO


La Sra. Alejandra Cristina Martino - DNI 17.021.018 - CUIT Nº 27-17021018-8 - Fecha de nacimiento: 29/8/1964 - Nacionalidad: Argentina - Domicilio: America 144 - Roldan - Provincia de Santa Fe - Profesión: Comerciante - Estado Civil: Casada.

La representación legal La administración y representación de la sociedad está a cargo del Presidente del Directorio Sra. Alejandra Cristina Martino - DNI 17.021.018, Director Suplente: Pablo De Cesari - DNI 34.510.893 - CUIT 23-34510893-9 - Fecha de nacimiento: 15/08/1989 - Nacionalidad: Argentino - Domicilio: América 144 - Roldan - Provincia de Santa Fe - Profesión: Ingeniero - Estado Civil: Soltero. La fiscalización estará a cargo de todos los accionistas. El uso de la firma social estará a cargo del Presidente, quien obligará a la sociedad usando en cada caso su firma particular con el aditamento de Presidente precedida del nombre de la sociedad que estampará en sello o de su puño y letra. Se deberá designar por lo menos, un administrador suplente mientras las sociedad carezca de órgano de fiscalización. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma.


$ 45 400551 Sep. 6

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ECOLOGIA SUSTENTABLE S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Según acta de asamblea nº 06 de fecha 22 días de julio de 2019, de la sociedad ECOLOGIA SUSTENTABLE S.A., se resuelve designar como Directores, por el período 2019-2022 a: Sra. Sandra Veronica Saavedra, como presidente, y al Sr. Como Director suplente: Oscar Anibal Gayoso.


$ 45 400494 Sep. 6

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AGROPECUARIA MATE AMARGO S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr Juez a cargo del Registro Público de Comercio se hace saber que por resolución de asamblea general, . órdinaría de fecha 10/01/2019 se ha designado el siguiente directorio: Presidente: Lisandro Esteban Noli DNI 27.047.500, CUIT 20-27047500-1, Vicepresidente a Santiago Tomás Noli DNI 35.189.754, CUIT 20-35189754-7 y Directora suplente a María Belén Noli DNI 25.811.452, CUIT 27-25811452-9. AsimismO, se hace saber que los miembros del directorio han fijado domicilio especial en Ruta 14 Km 0.5 de Pérez, Santa Fe.


$ 45 400564 Sep. 6

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GEVE S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


El Secretario a cargo del Registro Público, ha dispuesto la publicación de la presente con motivo de la modificación del Drectorio de la sociedad GEVE S.A., inscripta bajo el N° 1694, folio 301 del libro 12 de Estatutos de Sociedades Anónimas.

Presidente: Patricia Susana Veglia - DNI: 13.925.147, domiciliada en 4 de Enero 3459 de esta ciudad de Santa Fe, Vicepresidente: Matías Horacio Belavi - DNI: 12.358.272, domiciliado en 4 de Enero 3459 de esta ciudad de Santa Fe, Director titular: María Josefina Belavi - DNI: 30.432.057, domiciliada en 4 de Enero 3459 de esta ciudad de Santa Fe, Director suplente: María Celina Belavi - DNI: 36.001.669. domiciliada en 4 de Enero 3459 de esta ciudad de Santa Fe, Director suplente: María Fernanda Belavi - DNI: 31.565.319, domiciliada en Ricardo Aldao 730 de esta ciudad de Santa Fe, por el término de tres ejercicios cada uno.

Santa Fe, 28 del mes de agosto de año 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.


$ 45 400568 Sep. 6

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IMAGO IMÁGENES ODONTOLÓGICAS S.R.L.


CAMBIO DE DOMICILIO


Fecha cambio de domicilio: Reunión de socios de fecha 26 de Agosto de 2019.

Socios: Guillermo Pablo Leanza, argentino, mayor de edad, casado en primeras nupcias con Cecilia Carro, nacido el 7 de Marzo de 1979, de profesión Odontólogo, D.N.I. N° 27.115.798, con domicilio en Avenida Ilia 1515 Bis de la ciudad de Funes, Santa Fe y; Jorgelina Gabriela Leanza, argentina, mayor de edad, casada en primeras nupcias con Fabián Ariel Vaieretti, nacida el día 03 de abril de 1970, de profesión Odontóloga, D.N.I. N° 21.523.334, con domicilio en calle Tarragona 965 de la ciudad de Rosario, Santa Fe y Daniel Ricardo Carro, argentino, mayor de edad, casada en primeras nupcias con Victoria Eugenia Jaca, nacido el día 12 de marzo de 1972, de profesión Abogado ,D.N.I. N° 22.766.371, con domicilio en calle Entre Ríos 1123, Piso 2 de la ciudad de Rosario, Santa Fe.

Fecha de Constitución: 19 de Agosto de 2015, inscripto en el Registro Público de Comercio de la ciudad de Rosario, en Contratos, Tomo 166, Folio 25066 N° 1619 del 17 de Septiembre de 2015.

Denominación Social: IMAGO IMÁGENES ODONTOLOGICAS S.R.L.

Plazo: 20 años a partir de la inscripción en el R.P.C. el 17/09/2015.

Domicilio: se resuelve modificar el acta acuerdo de fecha 19/08/15 y establecer que la sociedad tendrá su domicilio legal en calle Santiago 719 de la ciudad de Rosario, conforme lo dispuesto en el artículo Segundo del contrato Social.

Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto prestar servicios de odontología en forma integral: clínica en general, diagnostico, tratamiento, cirugía y la realización de diagnóstico odontológico integral por imágenes sea por su propia cuenta o asociado a otra empresa o terceros. Para ello la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todos los actos relacionados con su objeto social.

Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos novecientos sesenta mil ($ 960.000.) representado en 960 cuotas de mil pesos ($ 1000) cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: El socio Leanza Guillermo suscribe la cantidad de 320 cuotas que representan un capital de pesos trescientos veinte mil ($ 320.000),la socia Leanza Jorgelina, suscribe la cantidad de 320 cuotas que representan un capital de pesos trescientos veinte mil ($ 320.000) y el socio Daniel Carro, suscribe la cantidad de 320 cuotas que representan un capital de pesos trescientos veinte mil ($ 320.000) El capital se encuentra integrado de la siguiente manera: a) con el capital anterior de pesos doscientos diez mil ($ 210.000), b) con más la capitalización del total de los Aportes Irrevocables por Pesos Setecientos cincuenta mil ($ 750.000).

Composición de los órganos de administración y fiscalización: Se resolvió designar conforme las cláusulas sexta y séptima del contrato social a Cecilia Carro, DNI N° 25.707.523, quien acturá conforme la cláusula sexta y octava del contrato social. La fiscalización estará a cargo de todos los socios.

Cierre de Ejercicio: 31 de diciembre de cada año.


$ 90 400535 Sep. 6

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JMG SERVICIOS INDUSTRIALES S.R.L.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


En cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 10º inc. B) de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, se hace saber que el 02 de septiembre de 2019 se instrumentó lo siguiente:

Renuncia y designación de gerentes: Se deja constacia de la renuncia presentada a su cargo de gerente de Gastón Eduardo Nuñez, quedando designado como nuevo socio gerente: Matías Alberto Nuñez, con uso individual de la firma.

$ 45 400579 Sep. 6

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ORG.GIAQUINTA ELIAS S.R.L.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario se hace saber que: a los 5 días del mes de julio de 2019, los únicos socios de ORG.GIAQUINTA ELIAS S.R.L., CUIT 33-71444006-9, con domicilio en calle Alberdi 294 de la ciudad de Rosario,

Provincia de Santa Fe, inscripta en ese Registro Público de Comercio el 12 de marzo de 2014, en Contratos al Tomo 165, Folio 4306, Número 239 y modificación del 24 de octubre de 2018, inscripta en Contratos al Tomo 169, Folio 8165 y Número 1884, resuelven ampliar el número de gerentes de la firma a tres (3), designando a los señores Leandro Alberto Giaquinta, D.N.I. N° 28.566.595, CUIT 20-28566595-8 y Fernando Alberto Giaquinta D.N.I. N° 30.548.342, CUIT 20-30548342-8, como Gerentes, para desempeñarse junto a la actual gerente señora Stella Maris Elias, quien continua en su cargo, todo en concordancia con lo dispuesto en la cláusula séptima del Contrato Social.

$ 45 400520 Sep. 6

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POP BRIXTON S.A.S.


ESTATUTO


Se hace saber que por expediente 2.866/19, se encuentra en trámite la inscripción del instrumento de fecha 7 de junio de 2019 mediante el cual se constituye la Sociedad por acciones simplificada POP BRIXTON S.A.S., siendo socios Ana Paula Pasquali, DNI N° 30.002.844, CUIT 27-30002844-1, argentina, nacida el 08/04/1983, soltera, de profesión contador público, domiciliada en calle 9 de julio 160 de Rosario, provincia de Santa Fe y Vicente Dario Vilches, DNI 22.095.808, CUIT 20-22095808-7, casado, de profesión empresario, domiciliado el La Paz 233 de Rosario, Santa Fe. Fecha de Constitución: 7 de junio de 2019. Denominación: POP BRIXTON S.A.S. Domicilio legal: Bv. Seguí 1059 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. Plazo de duración: 99 años a partir desde su inscripción en el R.P.C. Objeto: Realización, por cuenta propia o ajena o asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país, dedicarse a la actividad gastronómica en todos sus aspectos, explotación de comercio dedicado a la gastronomía y explotación de un parque o complejo gastronómico, pudiendo comercializar en cualquiera de sus etapas, productos de la industria alimenticia, gastronómica, elaboración y semielaboración de comidas, servicios de catering, servicios para fiestas y eventos y cualquier actividad vinculada con la gastronomía, incluida la publicidad, musicalización y promoción de los mismos. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero y adquirir derechos y contraer obligaciones, pudiendo realizar inversiones y aportes de capitales, alquilar y subalquilar inmuebles, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración. Capital social: treinta mil pesos ($ 30.000), representado por 30. 000 (treinta mil) acciones de $ 1 (pesos uno), valor nominal cada una. Integran el órgano de administración el Sr. Vilches Vicente Dario (Titular) DNI 22.095.808 y la Srta. Ana Paula Pasquali (Suplente) DNI 30.002.844. Fiscalización: Se prescinde de sindicatura, sin perjuicio de la fiscalización que posee la accionista. El ejercicio anual cerrará el 31 de agosto de cada año.

$ 60 400575 Sep. 6

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SINAGRA DISTRIBUCIONES S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por Disposición de la Sra. Jueza a cargo del Registro Público de Venado Tuerto Dra. Maria Celeste Rosso, Secretaría Dra. M. Julia Petracco, en autos caratulados SINAGRA DISTRIBUCIONES S.R.L s/Cesion de cuotas -Modificacion contrato- Texto ordenado (Expte 409/2019 )según decreto de fecha 28-08-2019 se ordena la siguiente publicación de edictos.

En la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe a los 24 (Veinticuatro) días del mes de Junio del Año 2019 se reúnen las Señoras Natalia Angela Kurez, de nacionalidad argentina, nacida el día 30 de Mayo de 1.980, DNI N° 28.082.257, apellido materno Faranda, de profesión Comerciante CUIT 23-28082257-4, de estado civil casada en primeras nupcias con Raul José Ayma DNI N° 27.200.426, domiciliada en Calle Brown N° 747 de la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe y Cesella Angelina Faranda, de nacionalidad italiana nacido el día 04 de Enero de 1.945, apellido materno Stervaggi, DNI N° 93.648.568, de profesión ama de casa CUIL 27-93648568-0 de estado civil casada en primeras nupcias con Juan Jose Kurez, DNI N° 6.545.892, domiciliada en Calle Brown N° 747 de la Ciudad de Venado Tuerto Departamento General Lopez, Provincia de Santa Fe, todas ellas únicas socias de SINAGRA DISTRIBUCIONES S.R.L y los Señores: Carina Alejandra Salas, de nacionalidad argentina, nacida el día 15 de Noviembre de 1.974, DNI N° 24.105.808, apellido materno Salas, de profesión Comerciante CUIT 27-24105808-0, de estado civil soltera en primeras nupcias con Diego Martin Robledo, DNI N° 25.266.044, domiciliada en Calle Roca N° 955 de la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe. y Agustin Robledo de nacionalidad argentino, nacido el día 12 de Junio de 1.999 DNI N° 41.849.271 apellido materno Salas, de estado civil soltero, de profesión Comerciante, CUIT: 20-41849271-7, domiciliado en Calle Roca N° 955 de la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe todos ellos hábiles para contratar, se reúnen y convienen lo siguientes:

Cesion de cuotas. a) La Señora Natalia Angela Kurez en carácter de cedente dice que vende, cede y transfiere la totalidad de las cuotas que posee en la Sociedad consistentes en 2.000 (dos mil) cuotas de $ 10 (pesos diez) cada una, representativas de un Capital Social de $ 20.000 (Pesos veinte mil) al Señor Agustin Robledo quien recibe dichas cuotas de plena conformidad.

Precio: Esta venta se acordó por un total de $ 40.000 (Pesos cuarenta mil) que la cedente declara haber recibido en su totalidad en dinero en efectivo con anterioridad a este acto , extendiendo por la presente eficaz recibo y carta de ago en forma.

Por tratarse de bienes propios recibido por donación de su padre Sr. Juan Jose Kurez, DNI 6.545.892, la cedente Señora Natalia Angela Kurez no necesita conformidad conyugal para la referida cesión, ya que las mismas fueran aprobadas por su esposo en el Contrato Social al momento de la constitución de la Sociedad.

b) La Señora Cesella Angelina Faranda en carácter de cedente dice que vende cede y transfiere la totalidad de las cuotas que posee en la Sociedad, es decir 2.000 Dos mil) cuotas de $ 10 (pesos diez ) cada una representativas de un Capital Social de $ 20.000 (Pesos veinte mil) a la Señora Carina Alejandra Salas, quien recibe de plena conformidad.

Precio: La presente cesión se realiza por un precio total de $ 40.000 (pesos cuarenta mil ) que la cedente declara haberlo recibido en su totalidad en dinero en efectivo con anterioridad a este acto, sirviendo por el presente eficaz recibo y carta de pago en forma.

Con las ventas detalladas en los puntos a) y b) Las Cedentes Señoras Cesella Angelina Faranda y Natalia Angela Kurez transfieren a los Cesionarios Señores Carina Alejandra Salas y Agustin Robledo todos los derechos que a la firma le corresponden sobre las reservas, fondos de socios, saldos de revalúo y todo cuanto más derechos tenga en la Sociedad, en proporción a las cuotas cedidas. No teniendo en consecuencia nada más que reclamar sobre los bienes de la Sociedad ni obligaciones sobre los pasivos u otros compromisos tomados con anterioridad relacionados con la Sociedad de referencia y/o en forma personal contraída por las cedentes hacia la misma.

Presente en este acto el Señor Juan Jose Kurez, DNI N° 6.545.892 esposo de la Cedente Señora Cesella Angelina Faranda presta conformidad a la presente Cesión de cuotas realizada por su esposa a favor de la Señora Carina Alejandra Salas.

Con la firma del presente contrato los intervenientes se otorgan y dan expresa conformidad y consentimiento para las cesiones y transferencias de las cuotas sociales efectuadas por éste instrumento.

En virtud a las cesiones arriba detallas se modifica la Clausula capital quedando la misma conformada de la siguiente manera.

Quinta: Capital: El Capital Social se fija en la suma de $ 40.000 (pesos cuarenta mil ) divididos en 4.000 (cuatro mil) cuotas de $ 10 (pesos diez) cada una, que los socios son titulares en la siguiente proporción. Carina Alejandra Salas, posee 2.000 (dos mil) cuotas de capital de $ 10 (Pesos diez) cada una representativas de un Capital Social de $ 20.000 ( Pesos veinte mil) y Agustin Robledo posee 2.000 (Dos mil ) cuotas de capital de $ 10 (Pesos diez) cada una representativas de un Capital Social de $ 20.000 (Pesos veinte mil).

El Capital se encuentra totalmente suscripto en integrado a la fecha del presente contrato.

Renuncia y designacion nuevo gerente. La Señora Natalia Angela Kurez manifiesta su voluntad de renunciar al cargo de gerente que venia desempeñando hasta la fecha. Considera la mima los socios aceptan dicha renuncia, quedando de esta manera liberada de todos los derechos y obligaciones que dicho cargo impone.

En este mismo acto se acuerda ofrecer dicho cargo a la Señora Carina Alejandra Salas, quien acepta de conformidad la designación.

Administracion: la Administración estará a cargo de la socia-gerente Señora Carina Alejandra Salas, DNI N° 24.105.808 - CUIT 27-24105808-0 quien actuará de acuerdo a lo estipulado en la Cláusula Sexta del Contrato Social.

Aumento de capital: Los socios acuerdan por unanimidad aumentar el Capital Social adecuándolo a las actividades que realiza la Sociedad, en consecuencia se resuelve Aumentar el Capital en la suma de $ 260.000 (pesos doscientos sesenta mil) dividido en 26.000 (veintiséis mil) cuotas de $ 10 (Pesos diez) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Carina Alejandra Salas suscribe 13.000 (Trece mil) cuotas de capital de $ 10 (pesos diez) cada una, representativas de un Capital Social de $ 130.000 (pesos cientotreinta mil).

Agustin Robledo suscribe 13.000 (trece mil) cuotas de capital de $ 10 (pesos diez) cada una representativas de un Capital Social de $ 130.000 (Pesos ciento treinta mil).

Los socios integran en este acto el 25 % del capital en efectivo y el 75 % restante también en efectivo dentro de un plazo de 2 (dos) años a partir de la fecha del presente contrato.

El aumento se realiza en la misma proporción a sus tenencias.

En virtud al aumento de Capital el nuevo capital social queda conformado de la siguiente manera:

Capital. El Capital Social se fija en la suma de $ 300.000 (pesos trescientos mil) divididos en 30.000 (treinta mil) cuotas de $ 10 (pesos diez) cada una que los socios son titulares en la siguiente proporción. Carina Alejandra Salas posee 15.000 (Quince mil) cuotas de capital de $ 10 (pesos diez) cada una representativas de un Capital Social de $ 150.000 (pesos ciento cincuenta mil) y Agustin Robledo, posee 15.000 (quince mil) cuotas de capital de $ 10 (pesos diez) cada una representativas de un Capital Social de $ 150.000 (pesos cientocincuenta mil).

Cambio de domicilio legal. Los socios acuerdan cambiar el Domicilio Legal de la Sociedad fijando como nuevo domicilio en Calle Roca N° 955 de la Ciudad de Venado Tuerto, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

Objeto: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros en el país o el exterior a las siguientes actividades: Comerciales: Compra, venta y distribución al por mayor y menor de bebidas con y sin alcohol y productos alimenticios.

A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos contraer obligaciones y ejercer los actos y contratos que no sean prohibidos por las leyes o este Contrato.

Sexta: Administración, Dirección y Representación: Estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no.- A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de Socio-Gerente o Gerente, según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual e indistinta de cualesquiera de ellos. Los socios gerentes o los gerentes en el cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los Artículos 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y Art. 9 -Decreto 5965/63- con la única excepción de prestar fianzas, garantías y/o avales a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad. Para la compra y/o enajenación de bienes inmuebles, se requerirá la aprobación de la Asamblea de Socios.

Octava: Balance General y Resultados: La Sociedad cerrará su Ejercicio el 31 de Diciembre de cada año, fecha en la cual se confeccionará un Balance General, con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales, en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento, como así también un estado de resultados del ejercicio. Una vez confeccionado el Balance General, los socios gerentes o los gerentes convocarán a reunión de socios, a fin de ponerlo a disposición de estos para su conocimiento y consideración, en las condiciones establecidas en la cláusula séptima. Si por circunstancias imprevistas o falta de quórum, la reunión no pudiera realizarse, el Balance se considerará automáticamente aprobado si, dentro de los diez (10) días corridos a contar desde la fecha fijada para la reunión de socios, no fuera objetado por la mayoría del capital social, objeciones que, en tal caso, deben efectuarse por escrito y fundadas. El Balance deberá ser considerado dentro de los ciento veinte (120) días de cerrado el ejercicio y puesto a disposición de los socios con quince (15) días de anticipación. Si el ejercicio arrojara ganancias, de éstas se destinará el cinco por ciento (5%) para la constitución de la Reserva Legal, hasta que la misma alcance al veinte por ciento (20%) del capital social. Podrán constituirse además otras reservas facultativas que los socios decidan, movilizables, dentro de los términos del Art. 70 de la Ley General de Sociedades 19.550. Salvo lo dispuesto por el Art. 71 de la misma Ley para el caso de existir arrastre de quebrantos de años anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares. Si el ejercicio arrojara pérdidas, éstas se cargarán a las reservas especiales y, en su defecto, a la reserva legal, en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro. No contando ésta última con suficiente saldo el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta que sea cubierto por futuras utilidades, teniendo presente al respecto, lo dispuesto por el Art. 71 de la Ley General de Sociedades 19.550. Las pérdidas de capital que insuman el capital social no importarán la disolución de la sociedad si los socios acuerdan su reintegro.

Novena: Cesión de cuotas: a) Entre socios Las cesiones de cuotas entre los socios serán libres.- b) A terceros: Las que se otorgarán a favor de terceros estarán sujetas a todas las condiciones establecidas por la Ley General de Sociedades 19.550 en el Artículo 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sino con el consentimiento unánime de los socios. e) Procedimiento de cesión o transferencia. El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la Gerencia y sus consocios; quienes deberán notificar su decisión en un plazo no mayor de 30 días, vencido el cual se tendrá como autorizada la decisión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a Gerencia y a sus consocios deberá indicar el nombre y apellido del interesado, monto de la cesión y forma de pago. A iguales condiciones, los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el Libro de Actas de la sociedad sobre la resolución que se hubiere adoptado y su posterior inscripción en el Registro Público Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.

Decima: Fallecimiento é incapacidad: En caso de incapacidad legal, mental o por fallecimiento de alguno de los socios, la sociedad no se disuelve y los socios sobrevivientes podrán optar entre: a) Continuar con los herederos o causa-habientes, quienes en el caso de ser varios deberán unificar personería o b) Disolver parcialmente la sociedad para con el causante, en cuyo caso la sociedad les reembolsará su haber en la forma prevista en este contrato.

En todos los casos el haber que le corresponda al socio saliente, por cualquier causa que ésta fuere, excepto por disolución total, será determinado de acuerdo con un Balance Especial que se confeccione al efecto. Los valores de los activos y los pasivos societarios se determinarán en función de los valores corrientes de plaza. Se computarán todos los pasivos devengados a la fecha del Balance inclusive los correspondientes a la indemnización a realizar al personal total de la sociedad a la fecha del Balance Especial. El monto neto resultante le será abonado al o a los socios salientes en 5 (Cinco) cuotas iguales , trimestrales y consecutivas a partir de la fecha de inscripción del acto en el Registro Público, las que devengarán un interés igual a la tasa máxima que cobre el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuentos comerciales, en la época de producirse los respectivos vencimientos, pagaderos sobre saldos deudores.

Venado Tuerto, 02 de Septiembre de 2.019.

$ 822,03 400558 Sep. 6

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SOMIEGA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados: SOMEGA S.R.L. s/Modificación al contrato social, Expediente N°21-05201162-8, en trámite ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber que mediante instrumento de fecha 12/08/2019, los socios: Horacio Scocco, argentino, nacido el 04/03/1964, casado, DNI N° 16.605.756, domiciliado en Gral Roca 1119 de Carlos Pellegrini (Pcia. de Santa Fe) y Evangelina Beatriz Tinello, argentina, nacida el 19/12/1968, casada, DNI N° 20.654.011, domiciliada en Gral Roca 1119 de Carlos Pellegrini (Pcia. de Santa Fe) han resuelto modificar el contrato social de SOMEGA S.R.L., prorrogando por diez (10) años el término de duración de la sociedad en orden al Capítulo 1, cláusula tercera; por lo que el término de duración se establece en Cuarenta (40) año, a contarse a partir de la fecha de contitución (el 28/08/1989).

Santa Fe, a 30 días del mes de agosto de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 45 400524 Sep. 6

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SERVICIOS Y COMBUSTIBLES S.A.S.


ESTATUTO


Por estar así dispuesto en los autos caratulados SERVICIOS Y COMBUSTIBLES S.A.S s/Constitución de sociedad, Expte. 1716, folio, año 2019) que tramita por ante el Registro Público de Santa Fe, se hace saber:

1) Datos del socio: Carlos Gras Ferrer, español, divorciado, D.N.I. 93.762.565, nacido el 22/01/1948, domiciliado en Alvear 4249 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, CUIT 24-93.762.565-7, de profesion empresario.

2) Fecha de Constitución: 30 de julio de 2019.

3) Razón Social: SERVICIOS Y COMBUSTIBLES S.A.S.

4) Domicilio: Ruta Nacional 11 KM 495 de la Localidad Gobernador Candioti, Provincia de Santa Fe.

5) Objeto: Comercialización de combustibles, lubricantes y derivados; comercialización de alimentos, bebidas y tabaco.

6) Duración: noventa y nueve (99) años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público.

7) Capital Social: cien mil pesos ($ 100.000), divididos en cien mil (100.000) acciones nominativas no endosables de un peso ($ 1) valor nominal cada una. El mismo será integrado en un 25% al momento de la constitución, integrándose su saldo dentro de los dos (2) años posteriores.

8) Composición de los órganos de Administración y Fiscalización: Administrador titular: señor socio Carlos Gras Ferrer; Administrador suplente: señor Leonardo Ariel Acosta, argentino, soltero, DNI 35.241.133, nacido el 24/07/1990, domiciliado en España 779 de la cuidad de Recreo, Provincia de Santa Fe, CUIL 20-35241133-8; la Fiscalización de la sociedad está a cargo del socio, prescindiéndose de la designación del síndico conforme el artículo 284 de la Ley 19.550.

9) Administración y Representación: La administración estará a cargo de una o dos personas humanas, socios o no. La representación estará cargo de una persona humana designada por el órgano de gobierno.

10) Fecha de cierre del Ejercicio: 30 de junio de cada año.

Se publica a los efectos legales en el Boletín Oficial de Santa Fe a los 29 días de agosto de 2019. Dr. Jorge E. Freyre, Secretario.

$ 108 400350 Sep. 6

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VMC REFRIGERACION S.A.


MODIFICACIÓN DE ESTATUTO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de Rafaela, a cargo del Registro Público de Rafaela, se hace saber que en los autos caratulados: Expte. 425 - Año 2.019 - VMC REFRIGERACION S.A. s/Modificacion al contrato social han solicitado la inscripción del Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 239 (unánime) de fecha 08 de Mayo de 2.019, por la que resolvieron en forma unánime: 1) Modificar los artículos Tercero, Décimo Cuarto, Décimo Quinto y Décimo Sexto; y 2) la adopción de un texto ordenado, el cual ha quedado redactado de la siguiente manera: Articulo 1°: La sociedad se denomina V.M.C. REFRIGERACIÓN SOCIEDAD ANONIMA, y tiene su domicilio en la ciudad de Rafaela, departamento Castellanos, provincia de Santa Fe. Por resolución del Directorio podrá establecer sucursales y agencias en cualquier lugar del país o del exterior, con capital o sin capital determinado.

Articulo 2°: La duración de la sociedad es de noventa y nueve años contados a partir de desde su inscripción original en el Registro Público de Comercio, o sea que vence el 14 de octubredel año 2.084.

Articulo 3°: La sociedad tiene por objeto la realización, por cuenta propia, o de terceros o asociándose a personas físicas o jurídicas, siempre respetando la limitación establecida por el artículo 30 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, o con la colaboración empresaria de terceros, a las siguientes actividades: a) Industrial: el diseño, fabricación, industrialización, instalación, mantenimiento y reparación de: a.1) equipos para la refrigeración industrial; a 2) máquinas especiales para la industria alimenticia; a 3) hielo y otros productos relacionados con la industrial del frío; a 4) equipos, máquinas y plantas para la industria del petróleo, gases, hidrocarburos, petroquímicas, química, energías, energías renovables y minería; b) Comercial: la compra, venta importación, exportación, consignación y/o distribución de los productos mencionados en su actividad industrial; c) Inmobiliaria y Constructora: la compra, venta, construcción, arrendamiento y administración de toda clase de inmuebles urbanos o rurales y todas las operaciones incluidas en el Código Civil y Comercial o la ley 13.512. d) Financiera: mediante préstamos, con o sin garantía, a corto o largo plazo, aportes de capital a sociedades constituidas o a constituirse, financiar operaciones realizadas o a realizarse, así como la compraventa de acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios, públicos y privados, exceptuándose las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras, o cualesquiera otra en las que se requiera el concurso público; e) Agropecuaria: explotación en todas sus formas, de establecimientos agrícolas y/o ganaderos, frutícolas, cultivos forestales y/o explotaciones granjeras.

Se excluyen expresamente dentro del objeto social las actividades comprendidas en la Ley N° 13.154 y en el artículo 299 de la Ley General de Sociedades N° 19.550.

Dichas actividades se realizarán en todas sus formas y extensión, en el país o en el extranjero.

Cuando así lo requieran normas legales o reglamentarias vigentes la sociedad contará con las autorizaciones pertinentes y con la participación de profesionales de la especialidad con matrícula habilitante, en casa de ser necesario cuando el tipo de tareas o actividades de que se trate lo requiera.

Capitulo II: Capital, acciones, debentures. Los directores deben depositar, en garantía de su gestión, la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000,00) (pesos cincuenta mil) cada uno, en dinero efectivo, títulos públicos o acciones de otra sociedad, los que deberán quedar depositados en la caja de la sociedad mientras dure su mandato. Este importe podrá ser actualizado por la Asamblea Ordinaria conforme el índice de precios al consumidor (nivel general) que publica en INDEC.

Articulo 4°: El capital se fija en la suma de pesos nueve millones quinientos mil ($ 9.500.000), representados por nueve mil quinientas (9.500) acciones de pesos mil ($ 1.000) valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de la asamblea ordinaria, hasta el quíntuplo de su monto, conforme al art. 188 de la Ley N° 19.550.

Articulo 5°: Las acciones son nominativas, no endosables, ordinarias o preferidas, según lo exija la legislación vigente en el momento de su emisión. Las acciones preferidas tienen derecho de pago preferente, de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijársele una participación adicional en las ganancias.

Articulo 6°: Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho de uno a cinco votos conforme se determine al suscribir el capital inicial y en oportunidad de resolver la asamblea su aumento. Las acciones preferidas pueden emitirse con o sin derecho a voto.

Articulo 7°: Si un accionista deciden vender a un tercero parte o el todo de su tenencia accionaria, deberá comunicar tal decisión a los demás accionistas por medio fehaciente, dando a conocer el nombre o apellido del interesado, monto de la venta y forma de pago. A iguales condiciones y dentro de un plazo de treinta (30) días corridos, los accionistas podrán ejercer su derecho de preferencia. Si así no lo hicieran y venciera el plazo antes indicado, se tendrá por acordada la conformidad.

Articulo 8°: Las acciones y certificados provisorios que se emitan contendrán las menciones del artículo 211 de la ley 19.550. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción.

Artículo 9°: En caso de mora en la integración del capital, el Directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el artículo 193 de la ley 19.550.

Artículo 10º: Por decisión de una asamblea extraordinaria, la sociedad podrá emitir debentures, dentro y fuera del país, con garantía flotante, común o especial, en moneda argentina o extranjera, ajustándose en todos los casos a las disposiciones establecidas por los artículos 325 y ss. de la ley 19.550.

Capitulo III: Administración y representación.

Articulo 11°: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios. En su primera sesión el Directorio deberá designar quienes de sus miembros ocuparán los cargos de presidente y vicepresidente. El Directorio funcionará con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes, teniendo el presidente o quien lo reemplace doble voto en caso de empate. La asamblea fija la remuneración del Directorio.

Artículo 12°: La asamblea debe designar también directores suplentes, en igual o menor numero que los titulares y por el mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de su elección. Si por los motivos determinados por la ley 19.550 la sociedad queda encuadrada en la necesidad de tener que designar síndicos, se podrán prescindir entonces de nombres directores suplentes.

Articulo 13°: En caso de fallecimiento, renuncia o de cualquier otro impedimento, el presidente será sustituido por el vicepresidente en forma automática. La sola ejercitación de la Presidencia por el vicepresidente implica que se ha producido alguno de dichos casos, sin que sea necesario justificar ante terceros tal circunstancia.

Articulo 14°: Los directores deben depositar, en garantía de su gestión, la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000,00) (pesos cincuenta mil) cada uno, en dinero efectivo, títulos públicos o acciones de otra sociedad, los que deberán quedar depositados en la caja de la sociedad mientras dure su mandato. Este importe podrá ser actualizado por la Asamblea Ordinaria conforme el índice de precios al consumidor (nivel general) que publica en INDEC.

Articulo 15°: La representación legal de la sociedad estará a cargo tanto del presidente como el vicepresidente, en forma indistinta, cuyas firmas obligan a la sociedad, sin perjuicio de los poderes generales o especiales que el Directorio resuelva otorgar, incluso para representar en juicio a la sociedad. También tendrán el uso de la firma social los Directores, que deberán actuar en forma conjunta dos cualquiera de ellos.

Articulo 16°: El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales, conforme al artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación. Puede, en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad, toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos: operar con el Banco de la Nación Argentina, de Santa Fe S.A. y demás instituciones de crédito, oficiales o privadas, establecer sucursales, agencias u otra especie de representación, dentro o fuera del país; otorgar a una o más personas poderes judiciales, inclusive para querellar criminalmente, o extrajudiciales, con el objeto y extensión que juzgue conveniente.

Capitulo IV. Fiscalización.

Articulo 17: Mientras la sociedad no se encuentre comprendida en ninguno de los supuestos a que se refiere el artículo 299 de la ley 19.550, se prescinde de la Sindicatura. En este caso, los socios poseen el derecho de contralor que confiere el artículo 55 de la citada ley. Si, por decisión de una asamblea, se resuelve aumentar el capital fuera de los límites establecidos por el artículo 299, la misma asamblea deberá designar síndicos, sin que sea necesario reformar este estatuto. En caso de efectuar esta designación, los síndicos tendrán mandato por tres ejercicios.

Capitulo V. Asambleas.

Articulo 18°: Toda asamblea deben ser citada en primera y segunda convocatoria en la forma establecida, para la primera, por el artículo 237 de la Ley 19.550, sin perjuicio de lo allí dispuesto para el caso de asamblea unánime. La asamblea en segunda convocatoria ha de celebrarse el mismo día, una hora después de la fijada para la primera.

Articulo 19°: Rigen el quórum y mayorías determinados por los artículos 243 y 244 de la ley 19.550, según la clase de asamblea, convocatoria y materias de que se trate, excepto en cuanto al quórum de la asamblea extraordinaria la que tanto en primera como en segunda convocatoria, se considerará constituida con la presencia de accionistas que representen no menos del sesenta por ciento (60 %) del capital.

Capitulo VI: El ejercicio y los estados contables.

Articulo 20°: El ejercicio cierra el día 31 de mayo de cada año, y, a esa fecha, se deberán confeccionar los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas en la materia. La asamblea puede modificar la fecha del cierre del ejercicio, inscribiendo la resolución pertinente en el Registro Público de Comercio y comunicándolo a la autoridad de control.

Articulo 21°: El saldo de las utilidades realizadas y líquidas que resulten de cada ejercicio, se destinará con el siguiente orden de prelación: a) 5 % (cinco por ciento) hasta alcanzar el 20 % (veinte por ciento) del capital suscripto, para el fondo de reserva legal. b) a remuneración del directorio y síndico, en su caso. c) a dividendo de las acciones preferidas, con prioridad los acumulativos impagos. d) El saldo, en todo o en parte a participación adicional de las acciones preferidas y a dividendo de las acciones ordinarias, o a fondo de reservas facultativos o de previsión o a cuenta nueva o al destino que determine la asamblea.

Articulo 22°: Los dividendos deben ser pagados, en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción prescribiendo, a favor de la sociedad, a los tres años contados dese la fecha en que fueron puestos a disposición de los accionistas.

Capitulo VII. Disolución y LiQuidación.

Artículo 23°: Disuelta la sociedad por cualquiera de las causas previstas en el artículo 94 de la ley 19.550, la liquidación puede ser efectuada por el Directorio o por el (los) liquidador (es) designado (s) por la asamblea, bajo la vigilancia del síndico, en caso de existir. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los accionistas, con las preferencias indicadas en el artículo 21°.

Lo que se publica a sus efectos y por el término de ley. Rafaela 28 de Agosto de 2.017. Dra. Agostina Silvestre. Secretaria.

$ 840 400438 Sep. 6

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TRIPLE IPA FIRMAT S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Juez de 1º Instancia del Registro Público de Comercio de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco, y según resolución de fecha 27 de agosto de 2.019, se ordena la inscripción del contrato social de TRIPLE IPA FIRMAT S.R.L. según lo reglado por la Ley 19.550 en su artículo 10:

1- Socios: Ezequiel Pablo Gonzalez Barzola, DNI N° 34.386.983, CUIT: 20-34386983-6, argentino, nacido el 29 de abril de 1.989, soltero; Contador Público, domiciliado en calle Roque Saenz Peña N° 380 de la ciudad de Firmat, provincia de Santa Fe; Tomás Montanaro, DNI N° 37.817.255, CUIT: 20-37817255-2, argentino, nacido el 18 de enero de 1.995, soltero, comerciante, domiciliado en calle Libertad N° 1.1.71 de la ciudad de Firmat, provincia de Santa Fe; y Tomás Matías Dulcich, DNI N° 35.129.885, CUIT: 20-35129885-6, argentino, nacido el 22 de abril de 1.990, soltero; comerciante, domiciliado en Av. 9 de Julio N° 1.977 de la ciudad de Firmat, provincia de Santa Fe.

2- Fecha de instrumento de la constitución: 11 de agosto de 2.019.

3- Razón social: TRIPLE IPA FIRMAT S.R.L.

4- Domicilio: Roque Saenz Peña N° 380 - Firmat.

5- Objeto Social: Realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en establecimientos propios o ajenos las siguientes actividades: explotación de bares, confiterías, restaurantes, servicios de catering, cervecerías y otras actividades gastronómicas.

6- Duración: 50 años.

7- Capital Social: pesos trescientos mil ($ 300.000,00) divididos en trescientas (300) cuotas de pesos un mil ($ 1.000) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Ezequiel Pablo Gonzalez Barzola suscribe cien (100) cuotas de capital de pesos un mil ($ 1.000) cada una, o sea la suma de pesos cien mil ($ 100.000,00) que integra: la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000,00) en este acto en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000,00) también en dinero en efectivo dentro de los ciento ochenta días a contar desde la fecha de inscripción del presente contrato en el Registro Público de Comercio; Tomás Montanaro suscribe cien (100) cuotas de capital de pesos un mil ($ 1.000) cada una, o sea la suma de pesos cien mil ($ 100.000,00) que integra: la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000,00) en este acto en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000,00) también en dinero en efectivo dentro de los ciento ochenta días a contar desde la fecha de inscripción del presente contrato en el Registro Público de Comercio; y Tomás Matías Dulcich suscribe cien (100) cuotas de capital de pesos un mil ($ 1.000) cada una, o sea la suma de pesos cien mil ($ 100.000,00) que integra: la suma de pesos veinticinco mil ($ 25.000,00) en este acto en dinero en efectivo y el saldo, o sea la suma de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000,00) también en dinero en efectivo dentro de los ciento ochenta días a contar desde la fecha de inscripción del presente contrato en el Registro Público de Comercio.

8- Administración y fiscalización: Ezequiel Pablo Gonzalez Barzola, DNI N° 34.386.983, CUIT: 20-34386983-6, argentino, nacido el 29 de abril de 1.989, soltero; Contador Público, domiciliado en calle Roque Saenz Peña N° 380 de la ciudad de Firmat, provincia de Santa Fe.

9- Representación: Usará su propia firma con el aditamento de “socio-gerente”, actuando en forma individual.

10-Cesión de cuotas: Los socios no podrán ceder o transferir sus cuotas sociales, sin previa comunicación a los demás socios, quienes tendrán derecho de preferencia en proporción a sus tenencias. Si algún socio desistiese de la compra, los restantes podrán adquirir sus cuotas en relación a su participación social. El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a sus consocios, a través de la gerencia, quienes deberán notificar su decisión en un plazo no mayor a treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la decisión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a sus consocios, deberá indicar el nombre y apellido del interesado, monto de la cesión y forma de pago. A iguales condiciones los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el Libro de Actas de la sociedad sobre resolución adoptada y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.

11- Fecha de cierre de ejercicio: 30 de junio de cada año.

$ 259,38 400410 Sep. 6

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TIMPANO S.R.L.


CONTRATO


Con fecha 22 de abril de 2019 se realizó el contrato social para la constitución de la empresa TIMPANO S.R.L. entre el Sr. Luciano Víctor Tímpano, argentino, comerciante, DNI n° 26.789.574, domiciliado en Bv. 14 de diciembre n° 1870, de la ciudad de Armstrong, nacido el 9 de enero de 1979, soltero, y la Sra. Teresa Marta Nucelli, argentina, comerciante, DNI n° 12.477.913, domiciliada en Bv. 14 de diciembre n° 1870, de la ciudad de Armstrong, nacida el 10 de noviembre de 1956, casada en 1° nupcias con Pedro Hugo Tímpano.

Objeto social: realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en el país y en el exterior, las actividades de transporte de cargas generales, incluidas cargas a granel, frágiles y perecederas.

Domicilio legal: Bv. 14 de diciembre n° 1870, ciudad de Armstrong, departamento Belgrano, provincia de Santa Fe.

Capital sócial: $ 250.000 (pesos doscientos cincuenta mil) dividido en dos mil quinientas cuotas sociales (2.500) de pesos cien cada una ($ 100), suscriptas de la siguiente manera: El Sr. Luciano Tímpano dos mil trescientas setenta y cinco cuotas (2.375) y la Sra. Teresa Nucelli la cantidad de ciento veinticinco (125).

Representación y administración: será ejercida por el Sr. Luciano Tímpano, quien reviste el carácter de socio-gerente. La fiscalización societaria corresponde a los socios, y pueden, por sí o por profesional especializado que designen, revisar estados contables, documentación que los cause y recabar información que consideren necesaria.

Fecha de cierre: 31 de diciembre de cada año.

$ 244 400155 Sep. 6

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TRI SNOVA VIAJES S.R.L.


CONTRATO


A los efectos de la inscripción en el Registro Público de Comercio se publica por el término de un (1) día, de acuerdo a la Ley, el Contrato constitutivo de TRI SNOVA VIAJES S.R.L.:

1) Datos de los socios: Anabela Veronica Almada, D.N.I. N° 31.280.336, de nacionalidad argentina, nacida el 31/10/1984, de estado civil soltera, de profesión Coordinador y Técnico Superior en Turismo, con domicilio en calle French N° 1375 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; Roxana Patricia Bravo, D.N.I. N° 14.440.979, de nacionalidad argentina, nacida el 14/12/1961, de estado civil divorciada, de profesión Arquitecta, con domicilio en calle Córdoba N° 635 Piso 2 Dpto. B de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe; y Marina Alejandra Schenone, D.N.I. N° 17.206.000, de nacionalidad argentina, nacida el 13/04/1966, de estado civil divorciada, de profesión Comerciante, con domicilio en calle 3 de Febrero 717 Piso 10 Dpto. 1 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

2) Fecha de constitución: 16 de Agosto de 2019.

3) Denominación: TRI SNOVA VIAJES S.R.L.

4) Domicilio social: Calle Urquiza N° 949 Piso 10 Dpto. 1 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

5) Objeto social: La sociedad tendrá por objeto: a) la intermediación en la reserva o locación en cualquier medio de transporte en el país o en el extranjero; b) la intermediación en la contratación de servicios turísticos en el país o en el extranjero, en forma individual o en paquetes; c) la organización de viajes de carácter individual o colectivo, excursiones, cruceros o similares, con o sin inclusión de todos los servicios propios de los denominados viajes a forfait, en el país o en el extranjero; d) la recepción o asistencia de turistas durante sus viajes y su permanencia en el país, la prestación a los mismos de guías turísticos y el despacho de sus equipajes; e) la representación de otras agencias nacionales o extranjeras, a fin de prestar en su nombre cualquiera de estos servicios; f) la realización de las demás actividades autorizadas a realizar a las agencias de viajes por la Ley 18.829 y su decreto reglamentario. Pudiendo a tal fin realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen con el objeto social.

A tales fines la sociedad tiene plena capacidad juridica para ejercer derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes y este contrato.

6) Plazo de duración: 10 años desde la inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital social: La suma de Pesos Doscientos Diez Mil ($ 210.000.-) dividido en 2.100 cuotas de Pesos Cien ($100.-) cada una.

6) Administración y fiscalización: La Administración estará a cargo de uno o más gerentes, quienes podrán ser socios o no. A tal fin usarán su propia firma con el aditamento de socio-gerente o gerente según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual e indistinta. Se designan con el cargo de gerentes, a la Srta. Anabela Veronica Almada, a la Sra. Roxana Patricia Bravo y a la Sra. Marina Alejandra Schenone. La Fiscalización estará a cargo de todos los socios.

8) Representación legal: El poder de firma lo tendrán los Gerentes, actuando en forma individual e indistinta.

9) Fecha de cierre de ejercicio: 31 de Julio de cada año.

$ 105 400332 Sep. 6

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TINSA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por decisión en Asamblea General Ordinaria, celebrada en fecha 23 de abril de 2019, la soceidad TINSA S.A., procedió a designar a los directores titulares y suplentes por que plazo que fija el Estatuto social de la firma, quedando conformado de la siguiente manera: Presidente: CPN Jorge Ramón Santi, DNI 7.649.228; Visepresidente: CPN Sergio Juan Luis Santi, DNI 16.031.244; Director titular: CPN Jose Omar Fregona, DNI 26.058.832; Directores suplentes: Micaela Santi, DNI 34.935.380; Esteban Marcelo Santi, DNI 28.375.459 y Marco Santi, DNI 37.452.323.

Rafaela, 30 de agosto de 2019.

$ 45 400573 Sep. 6

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CONIC S.R.L.


CONTRATO


El Sr. Juez en Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, a cargo del Registro Público de Comercio, hace saber de acuerdo a los dispuesto en el artículo 10º de la ley 19.550, que Los Sres. Leonardo Matías Vallado de apellido materno Ceraulello, de nacionalidad argentino, con DNI 35.196.120, CUIL 20-35196120-2, nacido el 06 de mayo de 1990, de estado civil casado en primeras nupcias, de profesión Ingenierio civil, con domicilio en calle Pueyrredón 2053, Venado Tuerto, Departamento General Lopez, provincia de Santa Fe; Rocca Mario de apellido materno Piro, de nacionalidad argentino, con DNI 30.796.741, CUIL 20-30796741-4, nacido el 27 de enero de 1984, de estado civil soltero, de profesión Ingeniero Civil, con domicilio en calle San Martin 1128, Nogoya, Provincia de Entre Rios y Appiolaza Pablo Andres de apellido materno Colombo, de nacionalidad argentino, con DNI 28.114.878, CUIL 20-28114878-9, nacido el 22 de Abril de 1980, de estado civil Casado en primeras nupcias, de profesión Licenciado en Higiene, Seguridad yControl ambiental laboral, con domicilio en calle San Salvador de Jujuy 1350, Cañada de Gómez, Departamento Iriondo Provincia de Santa Fe, hábiles para contratar, han resuelto constituir la sociedad CONINC SRL.

Fecha Instrumento de Constitución: 14/08/2019.

Domicilio Social: Rosario, Santa Fe. Sede social: Alvear 1182 Dpto 2A de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto realizar por sí o por terceros o asociados a terceros las siguientes actividades a) Constructora: ejecución de proyectos, dirección, administración, realización y mantenimiento de obras de construcción y/o ingeniería de cualquier naturaleza de carácter público o privado. b) Comercial: compraventa, representación y distribución de materiales directamente afectados a la construcción de cualquier tipo. c) Inmobiliaria: compra, venta, permuta, urbanizaciones, loteos, administración, locación o arrendamiento y explotación de toda clase de bienes inmuebles, urbanos y rurales. Se aclara que no es objeto de la presente sociedad realizar actividades de corretaje inmobiliario. d) Servicios: prestación de servicios técnicos y de consultoría en los diferentes campos de la ingeniería civil y de Higiene y Seguridad Laboral.

Capital Social: $ 300.000 (pesos trescientos mil), divididos en 3000 cuotas sociales de pesos cien ($ 100) cada una.

Plazo de duración: 40 años.

Administración: Estará a cargo de uno o mas gerentes socios o no quienes durarán en el cargo 3 ejercicios, debiendo los socios en la primera reunión decidir su composición. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente” o “gerente” según el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual, indistinta y alternativamente cualquiera de ellos.

Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el art. 160 de la ley 19.550.

Representación legal: La representación legal y el uso da la firma social corresponde al Gerente.

Fecha de cierre de ejercicio: 30 de junio de cada año.

Designación de gerentes: Se resolvió por unanimidad designar como gerente a los Sres. Leonardo Matías Vallado, Rocca Mario y Appiolaza Pablo Andres, quienes actuarán de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social.

$ 210 400449 Sep. 5 Sep. 6

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METALDAHU S.R.L.


CONTRATO


1- Integrantes: Acuña Dario Cesar, argentino, casado en primeras nupcias con Patricia del Luján Huber, nacido el 30 de Julio de 1971, de profesión comerciante, domiciliado en calle Juan XXIII Nº 250, de la ciudad de Roldán, Pcia de Santa Fe, D.N.1.N° 22.300.216, CUIT N° 20-22300216-2 y Huber Hugo Daniel, argentino, soltero, nacido el 13 de Febrero de 1970, de profesión comerciante, domiciliado en calle Maciel No. 555, de la ciudad de Roldán, Pcia. De Santa Fe, D.N.I. N° 21.417.948, Cuit N°20-21417948-3.

2- Fecha del instrumento de constitucion: 16 de Mayo de 2019.

3- Denominacion de la sociedad: METALDAHU SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

4- Objeto de la sociedad: La Sociedad tendrá por objeto la Reparación y Fabricación de Tanques Cisternas, compra y venta de repuestos automotores, fabricación de productos metálicos y reparaciones en general.

5- Domicilio de la sociedad: Santa Rosa No. 704 - Roldán - Pcia. de Santa Fe.

6- Plazo de duracion: Diez (10) años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

7- Capital social: Pesos Trescientos mil ($ 300.000), dividido en trescientas (300) cuotas de pesos mil ($ 1.000) cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: Acuña Dario Cesar ciento cincuenta (150) cuotas de capital de pesos mil ($ 1.000) cada una, lo que representa un capital de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000) y Huber Hugo Daniel ciento cincuenta (150) cuotas de capital de pesos mil ($ 1.000) cada una, lo que representa un capital de pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000). En este acto los socios integran el veinticinco por ciento (25%) del capital suscripto respectivamente por cada uno de ellos en dinero en efectivo ó sea la suma de pesos setenta y cinco mil ($ 75.000), comprometiéndose a integrar el setenta y cinco por ciento (75%) restante para completar el capital que cada uno de ellos suscribe en dinero en efectivo dentro del término de (12) meses contados a partir de la fecha del presente contrato.

8- Dirección, administracion y fiscalizacion: La administración y dirección de la sociedad estará a cargo de los Señores Acuña Darío Cesar y Huber Hugo Daniel a quienes se designan en el cargo de gerentes.

9- La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los socios, quienes en cualquier momento podrán efectuar por sí o por el profesional especializado que designen la revisión de las registraciones contables, de los comprobantes que le dieron origen y de cualquier otra documentación inherente a la sociedad que estimen necesario hacerlo. Las deliberaciones por asuntos de la sociedad quedará expresada mediante resolución adoptada por unanimidad.

10- Representacion legal: A cargo del Gerente Acuña Dario Cesar y del Gerente Huber Hugo Daniel.

11- Fecha cierre del ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.

$ 490 400040 Sep. 4 Sep. 10

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CERIOTTI S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Jorge Horacio Ceriotti, argentino, casado, D.N.I. N° 8.375.309, Martin Ceriotti, argentino, soltero, D.N.I. N° 26.712.116, y Marisol Ceriotti, argentina, soltera, D.N.I N° 31.637.556, todos domiciliados en la localidad de Pavón, provincia de Santa Fe, únicos socios de CERIOTTI S.R.L, con domicilio legal en calle San Martin N° 2572 de Villa Constitución, informan que con fecha 15 de abril de 2019 han celebrado un contrato de Cesión de Cuotas, por medio del cual el socio Jorge Horacio Ceriotti, dona, cede y transfiere del modo más pleno y perfecto la cantidad de dieciocho mil (18000) cuotas de diez pesos ($ 10) cada una ,a sushijos y consocios Sr Martin Ceriotti y Marisol Ceriotti, quedando en consecuencia el capital social suscripto e integrado en la siguiente proporción: la cantidad de quince mil (15000) cuotas para el Sr Martin Ceriotti y la cantidad de quince mil (15000) cuotas para la Srta Marisol Ceriotti.


$ 135 400478 S