TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición del Sr. Juez del Tribunal de Familia Nº. Tres Secretaría Nº. Dos de Santa Fe, en los Autos caratulados: LUENGO, CARINA ALEJANDRA c/GELI, DIEGO OSCAR s/ Divorcio contencioso, Expte. Nº. CUIJ: 21-10693587-1, se hace saber que se ha dictado Sentencia de divorcio de Diego Oscar Geli y Carina Alejandra Luengo, Resolución Nº. 813 Tomo 51 Folio 54.Santa Fe, 03 de Septiembre de 2018. VISTOS:… Y CONSIDERANDO:… RESUELVO: 1) El divorcio de Diego Oscar Geli y Carina Alejandra Luengo, matrimonio celebrado en Santa Fe 2da. Sección, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, República Argentina, el día 4 de febrero de 2011, según Acta Nº 21, Tomo I, Año 2011. 2) Imponer las costas del proceso en el orden causado. 3) Regúlanse los honorarios profesionales de la Dra. Luciana Mabel Martínez, en la suma de $21.662,3- equivalente a 10 unidades jus por el divorcio. Los estipendios así regulados deberán ser cancelados dentro de los 10 días de notificadas las partes de este pronunciamiento. Vencido dicho término devengarán un interés equivalente al que percibe el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. En sus operaciones de descuento de documentos a 30 días, sumada. Córrase vista a Caja Forense. Hágase saber que sólo procederá la adecuación del valor de la unidad jus, hasta que el presente adquiera firmeza conforme criterio sostenido por la C.S.J de la Provincia de Santa Fe en Autos: MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/ BERGAGNA, Eduardo - Apremio Fiscal - (Expte. 121/20) sobre Recurso de Inconstitucionalidad (Expte. C.S.J. Nro. 578, año 2011). Protocolícese, agréguese copia, notifíquese. Oportunamente archívese. Fdo. Dra. Loza, Secretaria. Dr. Della Siega, Juez. Dra. Bonnin, Prosecretaria.
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por haberlo dispuesto el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se notifica al Sr. Diego Daniel Perez, D.N.I Nº. 27.117.357, el siguiente decreto recaído en los Autos caratulados: (Expte. N° CUIJ 21-01972575-5), BANCO HIPOTECARIO S. A. c/PEREZ, DIEGO DANIEL s/DEMANDA EJECUTIVA, de trámite ante dicho Juzgado, en el cual se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 12 de Febrero de 2019. No habiendo sido observada, apruébase en cuanto por derecho corresponda la liquidación practicada a Fs. 89. Intímase al obligado al pago de la misma en el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Dra. Viviana E. Naveda Marco, Secretaria. Santa Fe, 19 de Febrero de 2019.
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Por haberlo dispuesto el Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los Autos caratulados: (Expte. Nº. CUIJ: 21-12067811-3) TSCHOPP, RAÚL GUILLERMO c/LACUADRA, DOMINGO MARIANO s/JUICIOS ORDINARIOS, de trámite ante dicho Juzgado, se ha dispuesto la publicación del presente, a efectos de notificar a los herederos del demandado Domingo Mariano Lacuadra, L.E. Nº. 6.257.348, del siguiente proveído dictado en Autos: Santa Fe, 22 de Octubre de 2018. Agréguense las cédulas diligenciadas acompañadas. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebelde a los coherederos Ramona Ester, Rosa Guadalupe, Elba Catalina, Mónica Marcela, Mariano Martín Lacuadra y a Susana Vanesa, Jonatan David y Magalí Evelin Duarte (en representación de la coheredera Irma Susana Lacuadra). Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. Ana Rosa Alvarez, (Jueza). Dr. Walter Eduardo Hrycuk, (Secretario). Lo que se publica por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 7 de Marzo de 2019.
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Por disposición del Señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los Autos caratulados: (Expte. Nº. CUIJ: 21-02003544-4), BANCO HIPOTECARIO S.A. c/ SANTORO, NANCI BEATRIZ s/EJECUCION HIPOTECARIA, se cita a la deudora Nanci Beatriz Santoro, DNI Nº 23.711.492 y/o a los terceros adquirentes si lo hubiere, a sus sucesores o administrador provisorio de la herencia o al representante legítimo respectivo en caso de concurso, quiebra o incapacidad, a fin de que dentro de los cinco días contados desde la última publicación paguen el importe del crédito, intereses y costas (estimadas provisoriamente en un 30%) u opongan excepción legitima, bajo apercibimientos de ley. Hágase saber a los acreedores hipotecarios, si los hubiera. Lo que se publica a los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales, Santa Fe, 07 de Febrero de 2019. Fdo. Dra. Beatriz Forno, (Jueza). Dra. Viviana E. Naveda Marcó, (Secretaria). Santa Fe, 19 de Febrero de 2019.
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. Claudio Alejandro Bermúdez, Secretaría de la Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, se notifica al Sr. Domingo José Garofali, D.N.I. Nº. 21.423.257, que en los Autos caratulados: (Expte. Nº CUIJ 21-01986200-0) MUTUAL ENTRE ASOCIADOS Y ADHERENTES DEL CLUB ATLETICO FRANCK c/ GAROFALI, DOMINGO JOSE s/DEMANDA EJECUTIVA, tramitados ante el mencionado Juzgado, se dictaron los siguientes proveídos: Santa Fe, 11 de Diciembre de 2018. No habiendo sido observada, apruébase en cuanto por derecho corresponda la liquidación practicada en Autos. Notifíquese. Fdo. Dr. Claudio Alejandro Bermúdez, (Juez). Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, (Secretaria). Otro decreto: Santa Fe, 19 de Diciembre de 2018. Intímese al deudor el pago de la liquidación aprobada en Autos, en el plazo de 3 días, bajo apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Dr. Claudio Alejandro Bermúdez, (Juez). Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, (Secretaria). Dra. Ramos, Prosecretaria. Santa Fe, 27 de Diciembre de 2018.
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Por encontrarse dispuesto en los Autos caratulados: CANTORA, RODRIGO FABIAN s/QUIEBRA; (Expte. CUIJ: 21-01962514-9) que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº. 1 en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de la ciudad de Santa Fe, Secretaria de la Dra. Verónica G. Toloza, se hace saber por 2 (dos) días, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. que se ha presentado el Proyecto de Distribución Complementario, de acuerdo a lo establecido por el Art. 222 de la Ley 24.522. A continuación se transcribe el decreto que así lo ordena: Santa Fe, 25 de Febrero de 2019: Por presentado proyecto de distribución complementario. Publíquense edictos. Notifíquese. Fdo. Dra. Verónica G. Toloza. Secretaria. Dra. Gerard, Prosecretaria. Santa Fe, 13 de Marzo de 2019.
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Por disposición de la Oficina de Tramites Sucesorios, Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de Santa Fe, en Autos caratulados: BRUNO DANIEL ROBERTO y OTROS s/SUCESORIO (CUIJ: Nº. 21-02004039-1) se cita, se llama y se emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Alicia Guadalupe Aguiar, DNI Nº. 12.884.068, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Estela Cristina López Bustos. Se transcribe el decreto así lo ordena: Santa Fe, 04 de Diciembre de 2018 .Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdesele la intervención legal correspondiente en mérito a los poderes acompañados. Estando acreditado el fallecimiento de Daniel Roberto Bruno y de Alicia Guadalupe Aguiar con las partidas de defunción acompañadas a Fs. 8 y 9, declárase abiertas sus declaratorias de herederos. Publíquense los edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y exhíbanse en el Hall de Tribunales. Dese intervención a los Ministerios Públicos. Fdo. Dra. Estela Cristina Lopez Bustos. Dr. Beltramo, Secretario. Santa fe, 06 de Marzo de 2019.
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº. 1 en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los Autos caratulados: PIEDRA, CLAUDIA SILVINA s/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA (Expte. CUIJ: 21-02007858-5) se ha declarado la quiebra de Claudia Silvina Piedra, DNI 29.488.241 argentina, mayor de edad, empleada del Ministerio de Salud provincial, de apellido materno Dallia, domiciliada realmente en calle Barrio Obrero 1900, Laguna Paiva, Provincia de Santa Fe y legalmente en calle 4 de Enero 1753 de la ciudad de Santa Fe, en fecha 14.03.2019. Se dispuso el día 27.03.2019 como fecha en la que se realizará el sorteo del síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 25.04.2019. Se ordenó a la fallida y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes de la fallida en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes de la fallida. Disponer que los socios gerentes no puede ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del Art. 103 de la ley 24.522 y punto 7 de la resolución de quiebra, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (Art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Lucio A. Palacios, (Juez) Dr. Jorge A. Gómez, (Secretario).
S/C 384617 Abr. 4 Abr.10
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Por así estar dispuesto en los Autos: FERREYRA ADELA SUSANA s/QUIEBRA (Expte. CUIJ: Nº. 21-01998289-8), la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, de Marzo de 2019. AUTOS VISTOS Y CONSIDERANDO:… ; RESUELVO: 1) Aclarar la Resolución de fecha 20/02/19 (Auto Nº. 56 - Folio 303/305) en el sentido de que el apellido correcto de la fallida es Ferreyra y no como por error allí figura. 2) Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL haciendo saber la presente resolución. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo. Beatriz Forno de Piedrabuena, (Jueza). Viviana Naveda Marcó, (Secretaria).
S/C 384634 Abr. 4 Abr. 10
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Por disposición de la Oficina de Tramites Sucesorios, Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de Santa Fe, en Autos caratulados: BRUNO DANIEL ROBERTO y Otros s/SUCESORIO (CUIJ: Nº. 21-02004039-1) se cita, se llama y se emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Daniel Roberto Bruno, DNI Nº. 13.163.947, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Estela Cristina López Bustos. Se transcribe el decreto que así lo ordena: SANTA FE, 04 de Diciembre de 2018 Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, acuérdesele la intervención legal correspondiente en mérito a los poderes acompañados. Estando acreditado el fallecimiento de Daniel Roberto Bruno y de Alicia Guadalupe Aguiar con las partidas de defunción acompañadas a Fs. 8 y 9, declárase abiertas sus declaratorias de herederos. Publíquense los edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y exhíbanse en el Hall de Tribunales. Dese intervención a los Ministerios Públicos. Fdo. Dra. Estela Cristina López Bustos. Dr. Beltramo, Secretario. Santa fe, 06 de Marzo de 2019.
$ 45 384629 Abr. 4 Abr. 10
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Por orden del Juez de Distrito Nº. 1 CC, 5ta. Nominación de Santa Fe, en Autos: CLUB DE REGATAS SANTA FE S/CONCURSO PREVENTIVO, CUIJ: 21-02000875-7 se dispuso fijar el 5/11/19 para realizar la audiencia informativa. Fdo. Dr. Gómez, secretario a/c.
S/C 384671 Abr.4 Abr. 10
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Por orden del Juez de Distrito. Nº. 1 C.C 8va. Nominación de Santa Fe, en Autos: HERZFELD, JACOBO SIMÓN s/CONCURSO PREVENTIVO (CUIJ: 21-01991733-6), se ha resuelto extender el período de exclusividad (Art.43 L.C.Q.) hasta el día 12 de abril de 2019 y fijar el día 05 de abril de 2019 a las 9 Hs. para la Audiencia Informativa (Art.45. L.C.Q.). Fdo. Dr. Iván Gustavo Di Chiazza, Juez. Santa Fe, de Febrero de 2019.
S/C 384669 Abr.4 Abr.10
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Por así estar dispuesto en los autos WABEKE, REINALDO ARSENIO s/QUIEBRA (Expte. CUIJ N° 21-02003625-4), la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 13 de Marzo de 2019. AUTOS Y VISTOS:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Reinaldo Arsenio Wabeke, argentino, D.N.I. Nº 30.166.067, CUIJ N° 20-30166067-8, mayor de edad, pensionado, con domicilio real en calle Nicasio Oroño 516 del Barrio Centenario y legal en calle Salta 3378, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Sindico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 13/03/2019 a las 10.00 hs.- A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y -a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo, comunicación expresa del Juez de la quiebra en -sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 08/05/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 23/5/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 24/6/2019 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 20/08/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ, con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. CONSTE: Que en el sorteo realizado el día 13 de Marzo de 2019 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteada Sindica la C.P.N. Marcela Beatriz Maldonado con domicilio en calle Vieytes 2231 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.
S/C 384636 Abr. 4 Abr. 10
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Por así estar dispuesto en los autos ALZUGARAY, VALERIA EVELYN GUADALUPE s/QUIEBRA (Expte. CUIJ N° 21-02004836-8) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 13 de Marzo de 2019. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Valeria Evelyn Guadalupe Alzugaray, apellido materno Juárez, argentina, D.N.I. N° 34.745.958, CUIL N° 27-34745958-0, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle San Lorenzo 907 de Laguna Paiva y legal en calle Fray Cayetano Rodríguez 3881 de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 13/03/2019 a las 10.00 hs.- A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 08/05/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles; 15) Fijar el día 23/5/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 24/6/2019 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 20/08/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. CONSTE: Que en el sorteo realizado el día 13 de Marzo de 2019 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó sorteada Sindica la C.P.N. Judit Kofman con domicilio en calle Corrientes 3265, piso 13, Depto. D de esta ciudad.
S/C 384637 Abr. 4 Abr. 10
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Por así estar dispuesto en los autos LANZA STELLA MARIS s/QUIEBRA (Expte. CUIJ Nº 21-02004147-9) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 13 de Marzo de 2019. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Lanza Stella Maris, argentina, de apellido materno Casal, D.N.I. N° 17.699.231 CUIL N° 27-17699231-5, mayor de edad, jubilada, con domicilio real en calle Chacabuco N° 2330 de la ciudad de Laguna Paiva, y legal en Manzana 6 - Vivienda 17, de esta ciudad de Santa Fe; 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 13/03/19 a las 10.00 hs.- A tal fin, comuníquese a la Presidencia déla Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez competente correspondiente, a cuyo fin ‘se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un ano contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 08/05/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes.-A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 23/05/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 24/06/2019 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 20/08/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra la fallida, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese.- Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena: Jueza - Viviana Naveda Marcó: Secretaria. - Conste: Que en el sorteo de Sindico realizado el día 13 de Marzo de 2019 para estos autos, resultó sorteado Síndico el C.P.N. Marcelo Carlos Rebechi con domicilio en calle Saavedra N° 2015 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.
S/C 384638 Abr. 4 Abr. 10
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Por así estar dispuesto en los autos: LÓPEZ SILVANA ANABELA S/QUIEBRA (Expte. CUIJ Nº 21-02006248-4), la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 13 de Marzo de 2019. AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de López Silvana Anabela, argentina, de apellido materno Rodríguez, D.N.I. Nº 29.722.101 CUIL Nº 27-29722101-4, mayor de edad, empleada, con domicilio real en calle Tarragona N° 472, y legal en calle 25 de Mayo N° 2589, P II -Oficina III-, ambos de esta ciudad de Santa Fe; 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría B, para el día 13/03/19 a las 10.00 hs. A tal fin, comuníquese a la Presidencia de la Cámara Civil y Comercial. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes de la fallida por medio del Sr. Oficial de Justicia o Juez competente correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/u oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos en las remuneraciones afectables que percibe la misma, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 08/05/2019, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 23/05/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 24/06/2019 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 20/08/2019 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra la fallida, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena: Jueza.- Viviana Naveda Marcó: Secretaria. Conste: Que en el sorteo de Síndico realizado el día 13 de Marzo de 2019 para estos autos, resultó sorteado Síndico el C.P.N. Carlos Alberto Sara con domicilio en calle Juan de Garay N° 2855 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.
S/C 384639 Abr. 4 Abr. 10
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº. 1 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: MARTÍNEZ, SANDRA FATIMA MARIANA s/QUIEBRA; CUIJ N° 20-01988498-5, se hace saber a los Sres. Acreedores que se ha puesto de manifiesto el Informe Final y Proyecto de Distribución presentado por la sindicatura conforme lo previsto por el Art. 218 de la Ley 24522. El mismo será aprobado si no es objeto dentro de los 10 días a contar desde la última publicación de este edicto. Asimismo se pone en conocimiento que V.S. ha regulado honorarios en $ 57.984,43 al C.P.N. Qüesta Rivas Esteban, y en $ 24.850,47 a la Dra. María Inés Mairorano, según resolución de fecha 21 de Febrero de 2019.... Firmado: Dr. Carlos F Marcolín (Juez) y Dra. Claudia Sánchez (Secretaria). Nota: La presente publicación deberá efectuarse dos veces conforme lo dispone el art. 218 de la Ley 24.522. Santa Fe, 12 de Marzo de 2019. Dra. Sánchez, Secretaria.
S/C 384582 Abr. 4 Abr. 5
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº. 1 en lo, Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los Autos caratulados: BAEZ, GONZALO EMANUEL s/Pedido de su propia quiebra (hoy concurso preventivo) CUIJ Nº. 21-02001758-6, en fecha 01 de Marzo de 2019 se ha ordenado lo siguiente: Fijar el día 17 de Abril de 2019 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos y títulos pertinentes y el 06 de Mayo de 2019 hasta la cual podrán efectuar las observaciones a los créditos. Asimismo, desígnese el 03 de Junio de 2019 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales, y el día 31 de Julio de 2019 para la presentación del Informe General. Fdo. Dr. Carlos F. Marcolín, Juez y Dra. Claudia Sánchez, Secretaria. Se hace saber que el Síndico designado en Autos es el C.P.N. Qüesta Rivas Esteban, quien constituye domicilio en calle Francia 1978 de la ciudad de Santa Fe, fijando horarios de atención de lunes a viernes de 14 a 20 horas. Nota: La presente publicación deberá efectuarse cinco veces conforme lo disponen el Art. 27 de la ley 24.522. 13 de Marzo de 2019. Dra. Sánchez, Secretaria.
S/C 384581 Abr. 4 Abr. 10
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los Autos: BISEGNA, MARÍA ELENA s/Solicitud propia quiebra (hoy Concurso preventivo),(CUIJ 21-01998774-1), se ha dispuesto: Santa Fe, Marzo de 2019. RESUELVO: 1) Declarar abierto el concurso preventivo de María Elena Bisegna, argentina, D.N.I. 25.339.720, apellido materno Fantozzi, soltera, con domicilio real en calle Regís Martínez 3614 de la ciudad de Santa Fe, y legal en calle Amenabar 3066, Depto. 1 de la ciudad de Santa Fe, ambos de la provincia de Santa Fe. 2) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales, para el día 03 de Abril de 2019 a las 10:00 hs. 3) Fijar hasta el 30 de abril de 2019 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado la fecha hasta la cual los acreedores deben presentar sus pedidos de verificación al Síndico. 4) Establecer en el plazo de ley la publicación de los edictos en el BOLETÍN OFICIAL, los que se confeccionarán conforme el Art. 27, con justificación de publicación en el mismo plazo, bajo apercibimientos del Art. 30 de la Ley 24.522. 5) Mandar a anotar la apertura del concurso en el Registro de Procesos Universales. Comunicar la presente declaración en concurso preventivo a la Administración Provincial de Impuestos. 6) Decretar la inhibición general para disponer y gravar bienes registrables de la deudora. 7) Intimar a la concursada a que deposite la suma de $500 para abonar los gastos de correspondencia, bajo apercibimientos de ley. 8) Fijar el día 15 de Mayo de 2019 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado, como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 9) Fijar los días: 12 de Junio de 2019 -o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado- para la presentación de los informes individuales, y 08 de Agosto de 2019 -o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado- para la presentación del Informe General. 10) Fijar el día 11 de Octubre de 2019 -o el día hábil inmediato siguiente a si resultare feriado-, para la audiencia informativa a las 11 hs., a realizarse por ante este Juzgado, a los fines previstos por el Art. 45. Dicha audiencia deberá ser notificada a los trabajadores de la deudora en la forma dispuesta en el Inc. 10 del Art. 14 de la L.C.Q. 11) Hacer saber a la concursada que sólo podrá ausentarse del país previo cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 25 de la L.C.Q. Practíquense las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de la Policía de la Provincia de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose a sus efectos. 12) Requerir informes a las Mesas de Entradas Únicas de Distrito, Circuito, Laboral y Daños de éstos Tribunales sobre la radicación de causas contra el concursado, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas de contenido patrimonial contra el concursado los fines previstos y con las excepciones contempladas en el Art. 21 de la L.C.Q. modificada por ley Nº. 26.684. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior que vengan remitidos de esos Juzgados o Tribunales. 13) Intimar al Síndico para que en el término de dos días de notificado de la presente sentencia acepte el cargo ante el Actuario y remita carta certificada a los acreedores denunciados haciéndoles saber la apertura de este concurso y demás datos mencionados en el Art. 29 de la L.C.Q. bajo apercibimientos de ley. 14) Hacer saber al Síndico que mensualmente deberá emitir el informe establecido en el inciso 12 del Art. 14 de la L.C.Q. modificada por ley Nº. 26.684.15). Córrase vista al Síndico que resulte designado a los fines de que se pronuncie conforme el inc. 11 a) y b) del Art. 14 de la L.C.Q. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Líbrense los oficios pertinentes a los fines del cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Sin previo pago (Art. 89 - 3er párrafo Ley 24522). Fdo. Dra. Claudia B. Sánchez, Secretaria. Dr. Carlos Federico Marcolín, Juez.
S/C 384619 Abr. 4 Abr. 10
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº. 1 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los Autos caratulados: AMUS, JAVIER ALBERTO s/Quiebra, CUIJ: N° 21-01986325-2, se hace saber a los Sres. Acreedores que se ha puesto de manifiesto el Informe Final y Proyecto de Distribución presentado por la sindicatura conforme lo previsto por el Art. 218 de la ley 24522. El mismo será aprobado si no es objeto dentro de los 10 días a contar desde la última publicación de este edicto. Asimismo se pone en conocimiento que V.S. ha regulado honorarios en $ 57.984,43 al C.P.N. Qüesta Rivas Esteban, y en $24.850,47 al Dr. Pedro Emiliano Búsico, según resolución de fecha 14 de Febrero de 2019. Fdo: Dr. Carlos F Marcolín, (Juez) y Dra. Claudia Sánchez ,(Secretaria). Nota: La presente publicación deberá efectuarse dos veces conforme lo dispone el Art. 218 de la ley 24.522. 12 de Marzo de 2019.
S/C 384580 Abr. 4 Abr. 5
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Por disposición del Sr. Juez a cargo de 1ra. Instancia del Distrito Judicial Nº. 1 en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación, en los Autos caratulados: CEJAS, DANIEL ALBERTO s/Solicitud propia quiebra, Expte. CUIJ: Nº. 21-02007671-9, Año 2019, se ha ordenado lo siguiente: 1) Declarar la quiebra de Daniel Alberto Kurgan, argentino, mayor de edad, casado, empleado, DNI 25.721.523, domiciliado realmente en Ruta 1 Km. 0,5 al oeste 100 mts (Santa Fe). 2) Ordenar al fallido y a terceros entreguen al Síndico en el término de 48 Hs. los bienes de aquél. 3) Intimar al deudor para que dentro del plazo de 24 Hs. entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionadas con su contabilidad. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que serán reputados ineficaces. 5) Disponer que la Sindicatura en el término de 30 días realice el inventario de los bienes del fallido, el cual comprenderá rubros generales. 6) Fijar como fecha hasta la cual se podrán realizar los pedidos de verificación al Síndico, el día 23 de Abril de 2019. Fdo. Dr. Néstor Tosolini, (Secretario). Dr. José Ignacio Lizasoain, (Juez).
$ 1 384571 Abr.4 Abr. 10
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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, en los Autos caratulados: ORDOÑEZ, HORACIO JOSÉ s/Quiebra, Expte. Nº. CUIJ: 21-02004290-0, Año 2018, en fecha de Marzo de 2019, se ha ordenado lo siguiente: 1) Declarar la Quiebra de Horacio José Ordoñez, argentino, casado, jubilado, DNI 6.083.049, con domicilio real en calle Alfonsina Storni 6561 y constituyendo domicilio legal en calle Corrientes 2733, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Decretar la inhibición general de la fallida para disponer y gravar bienes registrables, oficiándose a sus efectos. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuara como Sindico -categoría B individuo- el día 20 de Marzo de 2018 a las 10:30 Hs. 4) Ordenar a la fallida y a los terceros que tengan bienes de aquél para que los entreguen al Sindico, quien tomará posesión de los mismos. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 6)0rdenar interceptar la correspondencia de la fallida y disponer su entrega al Síndico, librándose los correspondientes oficios. 7) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición la fallida no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse el 22 de Julio de 2019. Sin perjuicio de ello el suscripto se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines ofíciese a la Jefatura de la Policía Federal Argentina y Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior de la Nación. 8) Designar al síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes del fallido en el término de 30 días. 9) Disponer la inmediata incautación de los bienes. A tal fin se librará mandamiento al Sr. Oficial de Justicia debiendo intervenir, de haber aceptado el cargo, el Sindico que se designe. 10) Fijar el día 29-04-2019 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Sindico. 11) Designar el día 10-06-2019 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado y el día 22-07-2019 o el día hábil inmediato posterior si resultare feriado para que presente el informe general. Fdo. Dr. José I. Lizasoain, Juez. Dr. Néstor A. Tosolini, Secretario. Santa Fe, de Marzo de 2019.
S/C 384572 Abr. 4 Abr. 10
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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Santa Fe, en los Autos caratulados VARALDO, JESICA MARIEL S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA (CUIJ: Nº. 21-02008018-0 Año: 2019) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación, se ha ordenado: Santa Fe 15 de marzo de 2019; 1) Declarar la quiebra de Jesica Mariel Varaldo, argentina, mayor de edad, empleada, D.N.I. 33.105.001, con domicilio real en calle 9 de julio 1462, Piso 4, Dpto. 2 y constituyendo domicilio legal en calle Monseñor Zaspe 2670 ambos de esta ciudad de Santa Fe. 4) Ordenar al fallido y a los terceros que tengan bienes de aquél para que los entreguen al Síndico, quien tomará posesión de los mismos. 5) Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de ser ineficaces. 6) Ordenar interceptar la correspondencia de la fallida y disponer su entrega al Síndico, librándose los correspondientes oficios. 8) Designar al Síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes de la fallida en el término de 30 días. 9) Disponer la inmediata incautación de los bienes. A tal fin se librará mandamiento al Sr. Oficial de Justicia debiendo intervenir, de haber aceptado el cargo, el Síndico que se designe. 10) Fijar el día 29.04.2019 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 12) Disponer la realización de los bienes de la fallida en la forma que se determinará una vez realizado el inventario ordenado en el punto 8°. Fdo. Dr. Lizasoain, (Juez). Dr. Tosolini, (Secretario). Santa Fe.
S/C 384573 Abr. 4 Abr. 10
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Autos: ACOSTA, MARÍA INÉS s/QUIEBRA (Expte. CUIJ: 21-01966410-1), de tramite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, provincia homónima. Con relación a lo dispuesto por el artículo 218 de la ley 24.522, por medio del presente se pone en conocimiento de todos los interesados que se ha procedido a la presentación del Informe Final y Proyecto de Distribución final en los Autos de referencia. Asimismo, se hace saber la regulación de honorarios: Honorarios Sindicatura: Pesos cincuenta y siete mil novecientos ochenta y cuatro con cuarenta y cuatro centavos ($ 57.984,44) (más 10% de aportes); Honorarios abogada del fallido Pesos veinticuatro mil ochocientos cincuenta con cuarenta y siete centavos ($ 24.850,47) (más el 13 % de aportes). Santa Fe, 15 de Marzo de 2019. Dra. Lusardi, Prosecretaria.
S/C 384613 Abr. 4 Abr. 5
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Por disposición del Juzgado 1ra. Instancia Civil y Comercial 1ra. Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: VILLALBA CARLA IVANA S/SOLICITUD PROPIA QUIEBRA (CUIJ: 21-01960153-3) se ha ordenado la publicación de! presente a efectos de poner en conocimiento de los interesados que en los autos de referencia la Sindicatura ha presentado el informe final y proyecto de distribución de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la L.C.Q. y se ha regulado honorarios a los funcionarios y profesionales intervinientes en la suma de $59.271,56, correspondiendo la suma de $ 41.490,09 (70%) para la sindicatura de autos C.P.N. Luis A. Malanchino; y $ 17.781,47 (30% - 9.48 jus) para el Dr. Norberto F. J. Berlanga. Deberán publicarse edictos por el plazo de dos días (art. 218 L.C.Q.). Santa Fe, 14 de Marzo de 2019. Dra. Maydana, Prosecretaria.
S/C 384684 Abr. 4 Abr. 5
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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Santa Fe, en autos: BATTISTELLA, FABIÁN DARÍO S/CONCURSO PREVENTIVO; Expte. CUIJ 21-02007817-8, se hace saber que el 7 de Marzo de 2019 se ha dictado el auto de apertura del Concurso Preventivo de Fabián Darío Battistella, DNI 17.222.612, con domicilio real en Obispo Boneo 2998 y legal en Monseñor Zaspe 2575 - 1° B, ambos de la ciudad de Santa Fe, cuya demanda fue presentada el 20 de Febrero de 2019- Se intima a quienes se consideren acreedores, para que formulen sus demandas de verificación al Sindico designado, CPN Diego Eduardo Brancatto, con domicilio en calle Irigoyen Freyre 2347 - 2° Piso Depto. B, de la ciudad de Santa Fe, hasta el 9 de Mayo de 2019, de lunes a viernes de 9 a 13 y de 16 a 20 hs. Lo que se publica a sus efectos legales. Santa Fe, 15 de Marzo de 2019. Dra. Toloza, Secretaria.
S/C 384553 Abr. 4 Abr. 10
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil en lo Civil Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo en los Autos caratulados: PERESIN OSCAR ORLANDO S/SUCESORIO - Expte. Nº 774 Año 2018 , se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Peresin Oscar Orlando, D.N.I. M 8.071.470, fallecido el 29 de octubre de 2017 en la ciudad de Santa Fe, Pcia. Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus derechos en el BOLETÍN OFICIAL. San Justo, 20 de Diciembre de 2018. Dr. Buzzani, Prosecretario.
$ 45 384627 Abr. 4 Abr. 10
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial y Laboral Nº 19 de esta ciudad de Esperanza, provincia de Santa Fe, en autos caratulados: (Expte. Nº 924, Año 2018) BUYATTI, HERNÁN SANTIAGO S/SUCESORIO, cita, llama y emplaza a todos aquellos que se consideren con derecho de invocar sus caracteres de herederos, legatarios o acreedores de Don Hernán Santiago Buyatti, D.N.I. Nº 13.520.254/cuyo sucesorio se ha abierto por ante este Juzgado, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo los apercibimientos de ley. Esperanza, 6 de Marzo de 2019. Dra. Fascendini, Prosecretaria.
$ 45 384652 Abr. 4
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Por disposición de la Oficina de trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: VILLARREAL, EDGARDO DANIEL S/PROTOCOLIZACIÓN DE TESTAMENTO; (CUIJ 21-02007521-7), se cita a los herederos ab intestado y/o a quienes se consideren con derecho a la herencia, a la audiencia del día 19 de marzo de 2019 a las 09:00 hs. A tales efectos, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley. Santa Fe, 18 de Marzo de 2019. Dra. Bustos, Secretaria.
$ 45 384594 Abr. 4
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Por disposición de la Oficina de Procesos Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: VALENTE, GLADYS MERCEDES S/SUCESORIO; (CUIJ 21-02004960-7) - se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de la causante Sra. Gladys Mercedes Valente, D.N.I. 4.823.115, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos, en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dr. Hugo R. Beltramo (secretario).
$ 45 384673 Abr. 4
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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe) en autos caratulados ALISIO, EUGENIO EMILIO S/SUCESORIO (CUIJ 21-02007016-9), se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Eugenio Emilio ALISIO, D.N.I. 13.583.065, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dr. Hugo Raúl Beltramo (Secretario). Santa Fe, 13 de Marzo de 2019.
$ 45 384601 Abr. 4
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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: PÉREZ, FERNANDO ENRIQUE S/SUCESORIO; (OTS) Expte. CUIJ 21-02002606-2, se cita, se llama, y se emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Fernando Enrique Pérez, DNI 21.767.911, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Secretaría OTS 18 de Marzo de 2019. Dr. Hugo Beltramo (Secretario).
$ 45 384606 Abr. 4
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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos: DEVARGO, JULIO CESAR S/SUCESORIO; (CUIJ: 21-02004137-1) se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Devargo, Julio Cesar, DNI 06.260,802, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Hall de Tribunales. Firmante: Dra. Estela Cristina López Bustos, (Secretaria). Santa Fe, 14 de Marzo de 2019.
$ 45 384607 Abr. 4
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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación) de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Ana María Busso, DNI: 10.727.759, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados BUSSO ANA MARÍA S/SUCESORIO; CUIJ 21-02003314-9. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, Santa Fe, 12 de Marzo de 2019. Dr. Hugo Raúl Beltramo, Secretario.
$ 45 384685 Abr. 4
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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: SALCEDO, NELIDA MARÍA DEL CARMEN S/SUCESORIO; (Expte. CUIJ Nº 21-02004590-3 Año 2018) se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Nélida María del Carmen Salcedo, DNI N° F3.006.432, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Estela Cristina López Bustos. Dr. Beltramo, Secretario.
$ 45 384675 Abr. 4
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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: MIÑO DEOLINDA S/SUCESORIO; (Expte. CUIJ N° 21-02007257-9 Año 2019) se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Deolinda Miño, DNI N° F1.537.048, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dra. Estela Cristina López Bustos. Santa Fe, 14 de Marzo de 2019.
$ 45 384676 Abr. 4
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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11º Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: PEYRONEL, NIDIA ELISA s/SUCESORIO; CUIJ 21-02006796-6), se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Peyronel, Nidia Elisa D.N.I. Nº 3.599.358, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Secretario Dr. Hugo Raúl Beltramo.
$ 45 384663 Abr. 4 Abr. 10
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Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3° Nominación de Santa Fe) en autos caratulados GÓMEZ, JORGE OMAR S/SUCESORIO; (CUIJ N° 21-02005024-9) se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Jorge Omar Gómez, DNI N° 11.482.351, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dr. Hugo Raúl Beltramo (Secretario). Santa Fe, 21 de Marzo de 2019.
$ 45 384537 Abr. 4 Abr. 10
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VERA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 13, Civil, Comercial y Laboral - Primera Nominación - de la ciudad de Vera (SF), en los autos caratulados: FONTANA, GRISELDA C/ BETIG, ÓSCAR ARMANDO S/DIVORCIO VINCULAR; (Expte. 1022/2010), se notifica al demandado Oscar Armando Betig, DNI N° 13.590.972, de la resolución dictada en autos, que a continuación se transcribe: Vera, 11 de Mayo de 2016.- AUTOS Y VISTOS:... RESULTA:... CONSIDERANDO:... RESUELVO: 1°) Declarar el divorcio vincular de los cónyuges Oscar Armando Betig, DNI Nº 13.590.972 y Griselda Fontana, DNI Nº 20.148.866. Matrimonio celebrado el día 18 de abril de 1.986 en la localidad de Romang, Departamento San Javier, según Acta N° 15, Folio 22 del Tomo I del Año 1.986, oficiándose a sus efectos al Registro Civil, previo aportes de ley y conformidad de Caja Forense. 2°) Declarar disuelto el régimen de comunidad de ganancias al día 02 de septiembre de 2.000. 3°) Costas por su orden. 4°) Diferir la regulación de honorarios para su oportunidad legal. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Margarita Savant - Secretaria. - Dra. Jorgelina Yedro - Jueza A continuación se transcribe el decreto que fundamenta y ordena esta medida; Vera 11 de Diciembre de 2018. Atento lo manifestado y constancias de autos, autorizase al peticionante a notificar la sentencia por edictos conforme asr. 67 y 73 del CPCC. Notifíquese. Fdo. Dra. Margarita Savant, (Secretaria). Dra. Jorgelina Yedro, (Jueza), lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado. Vera, 11 de Febrero de 2019. Dra. Savant, (Secretaria).
$ 52,50 384522 Abr. 4
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RAFAELA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO
Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en autos Expte. CUIJ 21-24189558-8, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante RITA DOMINGA VAUDAGNA, DNI 752.042, con último domicilio en calle 9 de Julio N° 635 de Rafaela, fallecida en fecha 02/04/2017, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días bajo apercibimientos de ley, lo que se publicará en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales, a sus efectos. Rafaela, 6 de Marzo de 2019. Dra. Cerliani, (Secretaria).
$ 183 384621 Abr. 4 Abr. 10
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RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO
El señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 4 Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Reconquista (SF), cita, llama y emplaza a los Sucesores del Sr. Isaac Luis Gueler, y a todos aquellos que se crean con derechos sobre los bienes dejados por el causante, a comparecer en el término de ley y bajo apercibimientos de ley en autos: GUELER. ISAAC LUIS S/DECLARATORIA DE HEREDEROS - CUIJ N° 21-24928458-8; Expte. Nº 743/2018. Publíquese por el término de cinco veces en diez días en el BOLETIN OFICIAL y en el lugar destinado a tal fin en estos Tribunales. (Art. 592 CPC). Reconquista, 28 de Febrero de 2019. Fdo. Dr. José A. Boaglio, secretario.
$ 45 384616 Abr. 4 Abr. 10
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