TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición de los Sres. Jueces del Tribunal Colegiado de Familia Nº 3 de Rosario, dentro de los autos caratulados: SÁNCHEZ LYDYA RITA s/GÓMEZ, MONICA LILIANA s/Filiación (CUIJ 21-11340786-4) se ha ordenado notificar por edictos el siguiente proveído: Rosario, 17 de Mayo de 2019. Agréguese el oficio diligenciado acompañado. Habiendo cumplimentado lo solicitado, se provee: Por promovida la demanda de Reclamación de Filiación Extramatrimonial Post Morten. Imprimase a los presentes trámite de Juicio Oral (art. 541 y ss. del CPCC). Atento lo dispuesto por el art. 597 del CPCCSF, cítese a los herederos ausentes para que comparezcan a estar a derecho, por edictos que se publicarán por tres veces en el BOLETÍN OFICIAL y en hall Central de Tribunales, vencido su emplazamiento al quinto día de su última publicación. Asimismo cítese a los herederos conocidos del causante y denunciados en autos para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho, contesten demanda y ofrezcan prueba, bajo apercibimientos de la ley. De no ser hallada la demandada en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien la atienda o vecinos si los mismos viven o trabajan allí y solo en caso afirmativo procederá a efectuar notificación bajo apercibimiento de nulidad de la misma, debiendo asentar en la diligencia efectuada dicho informe. Fdo.: Dr. Ricardo Pepio Secretario Dra.: Silvina García Jueza. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 27/05/2019.
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Osmar José Gago (LE 5.993.380), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: OSMAR JOSÉ GAGO S/SUCESORIO; (CUIJ N° 21-02911259-9). Rosario, 6 de Marzo de 2019. Dra. María Verónica Lara, (Secretaria).
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la 4ta Nom. de la ciudad de Rosario, Dr. Alejandro H. Lanata, en los autos caratulados: BARBERO, ELISA RAQUEL y Otros c/LO MASCÓLO ANA MARÍA s/Consignación (CUIJ 21-12610391-0). se ha dispuesto Rosario, 05 de Noviembre de 2018.- Al escrito cargo No 10.361/18, se provee: Estando acreditado el fallecimiento de Lucas Martín Robledo, emplácese por edictos a sus herederos para que comparezcan a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de declararlos en rebeldía. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma proscripta por el Art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Al escrito cargo Nº 10.534/18, se provee: Puestos los autos a despacho en el día de la fecha, agréguese el escrito suelto obrante en la carpeta respectiva. Fdo.: Dr. Alejandro H. Lanata (Juez) Dr. Iván G. Sánchez (Prosecretario). Rosario, 28/12/2018. Dra. Barro, Secretaria.
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante EMILIA MAGDALENA RICCI (D.N.I. 1.095.614) por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: RICCI, EMILIA MAGDALENA s/Declaratoria de Herederos (CUIJ N° 21-02909655-1) - Rosario, 8 de abril 2019 - Dra. María Verónica Lara, Secretaria.
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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 2ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Argentina Luna (D.N.I. 3.616.891) y por el causante Juan Héctor Robledo L. E. 6.006.910 por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: LUNA, ARGENTINA Y OTROS s/Declaratoria de Herederos (CUIJ N° 21-02911515-7) - Rosario, 12 de abril de 2019 - Dra. María Verónica Lara, Secretaria.
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Por disposición del Juez en suplencia Juzg. 11ª Nom., se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Cesar Ezequiel Jaume, (D.N.I. 29.923.792), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: JAUME, CESAR EZEQUIEL s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02908332-8). Rosario, 27 de Febrero de 2019. Dra. María Verónica Lara, secretaria.
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 15 de Rosario, dentro de los caratulados: ARTINO, ADRIÁN EMILIO s/Sumaria Información CUIJ (21-02907293-8) se ha ordenado notificar por edictos el siguiente proveído: Rosario, 14 de Mayo de 2019. Atento constancias de autos y lo dictaminado en forma expresa por el Director del Registro Civil (fs. 10), corresponde previo a dictaminar resolución imprimir a los presentes el trámite previsto por el art. 69 y sigs. del CCC. En consecuencia, requiérase informe al Registro de la Propiedad a los fines de que informe si existen medidas precautorias a nombre del actor. Publíquese edictos por el término de ley. Fdo.: Dra. Ma. Eugenia Sapei Secretaria Dr. Carlos E. Cadierno Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 27/05/2019.
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 15 de Rosario, dentro de los caratulados: ARTINO, MATÍAS DAMIÁN s/Sumaria Información CUIJ (21-02907294-6) se ha ordenado notificar por edictos el siguiente proveído: Rosario, 14 de Mayo de 2019. Atento constancias de autos y lo dictaminado en forma expresa por el Director del Registro Civil (fs. 10), corresponde previo a dictaminar resolución imprimir a los presentes el trámite previsto por el art. 69 y sigs. del CCC. En consecuencia, requiérase informe al Registro de la Propiedad a los fines de que informe si existen medidas precautorias a nombre del actor. Publíquese edictos por el término de ley. Fdo.: Dra. Ma. Eugenia Sapei Secretaria Dr. Carlos E. Cadierno Juez. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 27/05/2019.
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12a. Nominación de Rosario, se hace saber que en autos SAN BERNARDINO VINAGRES SRL. s/Concurso Preventivo Hoy Quiebra; (Expte. 316/96) se ha dictado la siguiente resolución: N° 711. Rosario, 24 de Abril de 2019. Y Vistos: Los presentes autos San Bernardino Vinagres SRL s/Concurso Preventivo, Expte. N° 316/96, venidos a despacho para resolver la propuesta de liquidación efectuada por la Sindicatura a fs. 2275 de las marcas comerciales de las cuales la sociedad fallida San Bernardino Vinagres SRL es titular, pliego de condiciones que acompaña a fs. 2368 y el precio de base fijado en la suma de $ 300.000 propuesta por la Mart. Eliana G. Martín (fs. 2449) y consentido por el síndico Daniel A. Vidauure (fs. 2452). Y Considerando: La sindicatura sostiene que la licitación judicial prevista en la ley concursal es la forma de realización que mejor garantiza la preservación de los intereses del presente concurso liquidativo (fs. 2275). La venta por licitación se encuentra reglamentada en el Art. 205 LCQ, en sus incs. 4 a 10. Los bienes objeto de la licitación son las Marcas Comerciales San Bernardino en las clases 29 y 30 (fs. 2431 y 2342), según registros marcarios Nº 2780420 y N° 2780421. El Instituto Nacional de la Propiedad Intelectual informó a fs. 2322 que a fin de proceder a la inscripción de la transferencia que resulte de la realización ordenada, deberá presentarse a ese Instituto con sede en la Av. Paso Colón N° 717, en horario de 9 a 12.45hs. y de 13.30 a 15.30 hs., el síndico o quien éste autorice, y presentar el correspondiente formulario de transferencia junto con copia del oficio y abonar el arancel de transferencia estipulado por decreto 878/06 modificado por Resoluciones N° 1/2011 y N° 482/2012. El síndico acompañó a fs. 2364 un listado de firmas afines a los rubros en los cales se encuentran inscriptas las marcas comerciales aconsejando que se las invite a participar del proceso de liquidación. A los fines de mayor celeridad en el proceso, se procederá a notificarlas de la presente resolución vía correo electrónico con firma digital. A su vez, se intimará a la sindicatura a que informe los correos electrónicos de aquellas firmas sobre las que no consta su correo en dicho listado. Sin perjuicio de la liquidación ordenada en esta resolución, la sindicatura deberá continuar con los trámites tendientes a la realización de la marca comercial San Bernardino y etiqueta registrada en la República del Paraguay, de acuerdo a lo ordenado el 27 de Mayo de 2014 (fs. 2311). Condiciones de La Licitación 1) Bienes comprendidos: Los bienes comprendidos de esta licitación judicial son las Marcas Comerciales San Bernardino en las clases 29 y 30 (fs.2431 y 2342), según registros márcanos N° 2780420 y N° 2780421. 2) Precio: El precio base del presente llamado ascenderá a la suma de trescientos mil pesos ($ 300.000) de acuerdo a lo aconsejado por la Mart. Eliana G. Martin (fs. 2449) y consentido por el síndico Daniel A. Vidauure. El comprador deberá adicionar al monto por el cual resulte adjudicatario, cualquier impuesto nacional y/o provincial y/o municipal, arancel de transferencia o cualquier otro tributo que corresponda a los fines de su transferencia, creado o a crearse. 3) Forma de pago: El saldo de precio, es decir, el precio ofertado menos el monto de la garantía de mantenimiento de oferta, se deberá cancelar dentro de los cinco días hábiles de la notificación de la resolución de adjudicación, depositando cheque cancelatorio y/o transfiriendo a la cuenta abierta en el Banco Municipal Sucursal del Colegio de Abogados a la orden de este juzgado y para estos autos, conforme disposición del Banco Central de la República Argentina (comunicación A 5147 del 23 de Noviembre de 2010 y Circular N° 91 del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe). Vencido el plazo sin que el adjudicatario deposite el saldo de precio, éste perderá su derecho y la garantía de mantenimiento de oferta. 4) Presentación de ofertas: Los interesados en la adquisición del bien licitado deberán presentar sus propuestas en la secretaría de este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, con domicilio en calle Balcarce N° 1651, Piso 1 de Rosario, en horario de audiencia y día hábil anterior al día de la audiencia designada para la apertura de sobres, acompañado de un escrito donde conste el nombre del oferente y los autos para los cuales realiza su oferta. La propuesta será escrita en forma mecanizada, y deberá contener la firma del oferente. Toda documentación en idioma extranjero deberá ser acompañada de la respectiva traducción, suscripta por traductor inscripto en (respectiva matrícula profesional. 5) Adquirentes: Podrán presentar ofertas tanto personas físicas como jurídicas, debiendo consignar los datos y acompañar la documentación conforme se detalla seguidamente: a) Personas físicas: nombre, domicilio real y especia] constituido en Rosario, constancia de N° de CUIT, situación frente al IVA y al impuesto a las ganancias, profesión, estado civil y fotocopia del documento de identidad, CBU y cuenta corriente,, b) Personas jurídicas: denominación de la sociedad, copia auténtica del estatuto o contrato social, acreditación de uso de la firma social, decisión societaria para la realización de la oferta y personas autorizadas para ofertar y asistir a las audiencias que se convocaren, domicilio especial en esta ciudad, N° de CUIT, situación al IVA y al impuesto a las ganancias, CBU y cuenta corriente. Los oferentes deberán constituir domicilio dentro del ámbito de la ciudad de Rosario y tomar debido conocimiento que las decisiones que tome el tribunal sobre los aspectos atinentes a la licitación es inapelables (Art. 273 Inc. 3 Ley 24.522). Los oferentes deberán acompañar el presente pliego de bases y condiciones debidamente firmado por quien suscribe la oferta. 6) Apertura de sobres: La misma se llevará a cabo el 30 de Julio de 2019 a las 09.00 horas en la Secretaría del Juzgado, con intervención de la Actuaría y en presencia del síndico, oferentes y acreedores que concurran. 7) Garantía de mantenimiento de la oferta: Los oferentes deberán acompañar, en concepto de mantenimiento de garantía de oferta y conjuntamente con la oferta que efectúen, constancia de depósito bancario a la cuenta judicial abierta a la orden de este juzgado y para estos autos de una suma igual al 10%, esto es $ 30.000. Dicha garantía, de resultar adjudicatario el oferente, se computará al precio por él efectuado. De no resultar adjudicatario el oferente, se devolverá mediante oficio judicial dirigido al Banco Municipal de Rosario. 8) Adjudicación y pago de precio: El juez resolverá la adjudicación en favor del oferente que haya presentado la oferta que contenga el precio más alto previa opinión del síndico dentro de los cinco días hábiles del acto de apertura de sobres. El adjudicatario deberá abonar el precio en la forma prevista en el apartado 3). Vencido el plazo sin que el adjudicatario acredite haber cancelado el saldo del precio, perderá su derecho y la garantía de mantenimiento de oferta. En caso de empate el juez puede llamar a mejorar ofertas. 9) Transferencia: Cumplida la exigencia de pago del saldo de precio, el juez ordenará la transferencia de las marcas comerciales objeto del presente, quedando a cargo del adquirente el IVA, arancel de transferencia y/o cualquier otro tributo nacional, provincial o municipal que recaiga sobre el acto, como así también los gastos y/o tasas y/o honorarios y/o cualquier otro concepto que pudiera corresponder y que resulten necesario para la transferencia. No se admitirá incidente alguno planteado por el adjudicatario tendiente a suspender la integración del precio ofertado. Las marcas comerciales serán transferidas en el estado de inscripción en que se encuentren a la fecha de su transferencia en el Instituto Nacional de la Propiedad Intelectual. 10) Condiciones de venta: Los oferentes deberán conformarse con los títulos o las constancias de autos, no admitiéndose reclamación alguna al respecto. 11) Devolución de garantías: Una vez dictada la resolución de adjudicación, se procederá a la devolución de las garantías de oferta a los oferentes no adjudicatarios. 12) No compensación: El oferente adjudicatario no podrá compensar créditos con eventuales acreencias con la fallida y/o deudas de la masa. 13) Impugnaciones: Podrán deducirse en el mismo acto de la audiencia o hasta tres días posteriores a la audiencia. Se sustanciarán con vista a la sindicatura con el solo contenido de las constancias de autos, siendo la resolución inapelable. 14) Oferta única: Se considerará siempre que cumpla con todos los requisitos del pliego. 15) Gastos de transferencia: La transferencia se hará por oficio al Instituto Nacional de la Propiedad Industrial. Todos los impuestos, tasas, gastos, aranceles y honorarios de la transferencia son a cargo del adquirente. Deberá presentarse a ese Instituto con sede en la Av. Paseo Colón Nº 717, en horario de 9 a 12.45hs. y de 13.30 a 15.30hs., el síndico o quien éste autorice, y presentar el correspondiente formulario de transferencia junto con copia del oficio y abonar el arancel de transferencia estipulado por decreto 878/06 modificado por Resoluciones Nº 1/2011 y N° 482/2012. 16) Divergencias de cifras en letras, números y aclaraciones: Se estará a lo expresado en letras exclusivamente. Toda discrepancia será resuelta por el tribunal de la quiebra, al igual que los casos no previstos, siendo las resoluciones inapelables. 17) Suspensión o anulación de la licitación: Si la licitación se suspendiere y/o anulare por resolución fundada del tribunal, no dará derecho a reclamación alguna por parte de ninguno de los oferentes, reintegrándose a los mismos en su caso la garantía de mantenimiento de oferta sin compensación de naturaleza alguna. 18) Aceptación de las condiciones: La presentación de la oferta implica el conocimiento y aceptación por parte del oferente de este pliego de condiciones, así como de las resoluciones judiciales aclaratorias que pudieran dictarse. 19) Rescisión de la adjudicación: La adjudicación podrá rescindirse por el Juzgado, mientras esté pendiente el pago del saldo de precio, en los siguientes supuestos, a) por incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones asumidas al presentar la oferta; b) por concurso de acreedores o quiebra del adjudicatario. 20) Publicidad del llamado: El llamado a licitación se publicará durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL, como así también en los diarios La Capital de Rosario y Clarín de Buenos Aires, en día domingo y a las tarifas oficiales de cada uno de los medios, quedando autorizado el martillero a realizar los gastos pertinentes, con oportuna y documentada rendición de cuentas. Resuelvo: 1) Aprobar el pliego propuesto por el síndico a los fines de llevar a cabo la enajenación de las marcas comercial referidas. 2) Fijar el 30 de Julio de 2019 a las 09.00hs como fecha y hora de apertura de los sobres en la Sala de Audiencia del Juzgado con presencia de los oferentes y el síndico, todo bajo las condiciones establecidas en el pliego de base y condiciones y en los considerandos de la presente. 3) Ordenar la publicación de edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL, como así también en los diarios La Capital de Rosario y Clarín de Buenos Aires, un sólo día y en día domingo. 4) Notificar vía correo electrónico a las firmas que surgen del listado de fs. 2364 e intimar a la sindicatura a que en el plazo de cinco días informe correo electrónico de aquellas firmas cuyo correo no conste en dicho listado. 5) Intimar a la sindicatura a que continúe con los trámites tendientes a la realización de la marca comercial San Bernardino y etiqueta registrada en la República del Paraguay. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Fabián Belizzia Juez Dra. Agustina Filippini Secretaria. Asimismo se hace saber que por Resolutorio N° 988 de fecha 23/05/19 se ha dictado lo siguiente: Y Vistos y Considerando: Los autos caratulados San Bernardino Vinagres SRL s/Concurso Preventivo, CUIJ N° 21-01453755-1, de trámite ante este Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario Mediante Resolución N° 711 del 24 de Abril de 2019 se ordenó la enajenación mediante licitación judicial de las marcas comerciales de las cuales San Bernardino Vinagres SRL es titular. Advirtiendo que en dicho auto se omitió mencionar la función de la martillera Eliana G. Martin y sus honorarios, así como también se advierte a prima facie que los fondos depositados para esta quiebra no alcanzarían a cubrir los edictos ordenados, deviene necesario dictar un auto aclaratorio. El suscripto entiende que resulta aconsejable la designación y asistencia por parte de un perito enajenador profesional martillero público, conforme lo normado por el Art. 205 Inc. 4 LCQ (S; el Juez ordena la venta, sin recurrir a subasta pública, corresponde al síndico, con asistencia de quien haya sido designado para la enajenación). En virtud de ello, se dispone que continuará actuando la Martillera Eliana G. Martin, oportunamente designada. Se faculta al perito enajenador para prestar la colaboración que resulte necesaria para la moderación y desarrollo del acto. Quien resulte adjudicatario contará con el término de cinco días hábiles para depositar el 3% en concepto de comisión al perito enajenador, conforme lo normado por ley 7547. Dicho extremo deberá acreditarse antes de las 12:45hs del día en que venciere, en la cuenta judicial abierta en el Banco Municipal de Rosario Sucursal Tribunales a la orden de este Juzgado y para estos autos. En caso de no acreditarse el depósito en el tiempo establecido, el oferente en cuestión quedará descartado y perderá su derecho y la garantía de mantenimiento de oferta, de conformidad a lo establecido en el punto 8 de las condiciones de licitación (Resolución N° 711 del 24 de Abril de 2019). Respecto de los edictos ordenados, teniendo en cuenta que los fondos depositados según constancia obrante a fs. 2466 no alcanzarían para cubrir los gastos de publicación en los diarios La Capital de Rosario y Clarín de Buenos Aires, y en razón de que el Art. 205 Inc. 5 de la LCQ exige únicamente la publicación en el diario de publicaciones legales y en otro de gran circulación en jurisdicción del tribunal, se omitirá la publicación de edictos en el diario Clarín de Buenos Aires, quedando vigente las correspondientes al BOLETÍN OFICIAL y al diario La Capital de Rosario, en día domingo. A su vez, los edictos deberán contener, en cuanto resulte aplicable, las precisiones a las que refiere el Art. 205 Inc. 5 de la LCQ. En cuanto a los puntos 8 y 11 de la Resolución N° 711 del 24 de Abril de 2019, sobre adjudicación, pago de precio y devolución de garantías, se aclaran el siguiente sentido: en caso de no acreditarse la cancelación del saldo del precio conforme punto 3 de las condiciones de la licitación y el depósito del 3% en concepto de comisión del perito enajenador antes de las 12.45 del día en que venciera el término para hacerlo, el adjudicatario perderá su derecho y la garantía de mantenimiento de oferta. El oferente inmediato sucesivo (en el orden en que se hubiesen quedado ubicados conforme a sus ofertas) será notificado por cédula de tal circunstancia. Desde la fecha hábil siguiente a la se produzca la notificación, tomará el primer lugar y por el monto de la oferta que hubiere realizado deberá realizar el depósito señalado en el mismo término y condiciones que se establecieron para el primer oferente. Y así sucesivamente en el orden que hubieren quedado de acuerdo a sus ofertas. El depósito del segundo y tercer oferente se mantendrá depositado como prueba del interés en la puja, hasta que quede firme el auto adjudicatario de la enajenación. Cinco días después de realizada la audiencia señalada, la sindicatura deberá diligenciar los oficios al Banco Municipal de Rosario a los fines de la devolución de las garantías. Por lo tanto; Resuelvo: Aclarar la Resolución Nº 711 del 24 de Abril de 2019 en el sentido expuesto en el precedente considerando. Publíquense edictos complementarios de dicha resolución, en los mismos términos. Insértese y hágase saber. Fdo: Dr. Fabián Bellizia Juez Dra. Agustina Filippini, Secretaria. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, sin cargo, por el término de 5 días. Rosario, 27 dé Mayo de 2019. Dr. Santiago Pascual, Prosecretario.
S/C 391805 Jun. 3 Jun. 7
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Primera Instancia Civil y Comercial de Distrito 3ra. Nominación de Rosario, el secretario que suscribe, comunica a los herederos de Grunseid Enrique Luis, CUIT 20-06000577-0, a fin de que comparezcan en estos autos caratulados: ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS c/GRUNSEID ENRIQUE LUIS y Otros s/Ejecución Fiscal – Expte. CUIJ N° 21-02893031-0, en los que se ha dictado lo siguiente: Rosario, 8 de Febrero de 2018. Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, en mérito al poder general en copia simple acompañado y que deberá certificar por ante la Actuaría. Por promovida la acción que expresa. Cítese de remate al deudor con la prevención de que si dentro del término de diez (10) días no opone excepciones legítimas se llevará adelante la ejecución. Desígnase Oficiales de Justicia Ad Hoc (Art.78 Código Fiscal), a los Dres. Martín Gonella y/o Ramiro Gainza y/o María Luz Sacchetto, quienes deberán aceptar el cargo en cualquier día y hora hábil de audiencia. Firmado: Dr. Ezequiel Zabale (Juez); Dra. Gabriela Cossovich (Secretaria). Y Otro: Rosario, 10 de Mayo de 2019. Previo a lo solicitado, cumpliméntese con lo requerido en fecha 06/11/18. Asimismo, atento lo informado por el RPU. A tenor de lo normado en el Art. 597 CPCC, emplácese por edictos a los herederos del demandado, que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y Hall de Tribunales por el término de ley, bajo apercibimiento de nombrar curador que tendrá la doble función de curador ad hoc de la herencia y, en su caso. De defensor de los herederos, rebeldes y con el cual se entenderá la demanda. Firmado: Dr. Ezequiel Zabale (Juez); Dra. Gabriela Cossovich, Secretaria.
S/C 391844 Jun. 3
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), dentro de los autos caratulados: MORBIDONI, ADRIÁN HENRY y Otros c/ELLENA, ANTENOR DOMINGO y Otros s/Cobro de Pesos; Expte. 21-02846594-4, cítese y emplácese a los herederos de Antenor Domingo Ellena a los fines de comparecer a estar a derecho, por el término y bajo los apercibimientos de ley. Publíquense los edictos de ley en el BOLETIN OFICIAL (Art. 597 CPCC). Lucas Menossi, Secretario.
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), dentro de los autos caratulados: ARCE, NILDA ASUCENA c/SALVATIERRA, ALDO MANUEL y Otros s/Simulación; CUIJ 21-02863737-0 se ha ordenado en fecha 6 de Noviembrede 2018: Resuelvo: 1) Hacer lugar a la demanda de simulación, declarando la nulidad de las donaciones efectuadas por el codemandado Aldo Manuel Salvatierra en favor de sus hijos codemandados Carolina María del Carmen y Augusto Manuel Salvatierra, conforme lo ordenado supra. 2) Costas a las codemandadas vencidas (art. 251 CPCC). 3) Diferir la regulación de honorarios de los profesionales actuantes hasta tanto acompañen copia actualizada de su situación ante A.F.I.P. y se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Rosario, 24 de Mayo de 2019. Fdo. Dra Verónica Gotlieb (Juez); Dr. Lucas Menossi (Secretario).
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Rosario se ha dispuesto lo siguiente: A tenor de lo dispuesto por el Art. 597 C.C.C.; cítese a los Herederos del Señor Alfredo Oscar Martinago, a comparecer dentro del término de 3 (tres) días, bajo apercibimientos de declarar su rebeldía. (Autos: MARRONE, RICARDO ANTONIO c/MARTINAGO, ALFRECDO OSCAR s/Apremio; CUIJ 21-02853200-5. Rosario, 07 de Mayo de 2019. Fdo. Dra. Lucrecia Mantello (Jueza); Dra. Silvina Rubulotta, (Secretaria).
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En los términos del art. 597 del C.P.C.C. se cita a los herederos del Sr. Osvaldo Antonio De Lorenzi (D.N.I. Nº 06.025.440) a efectos de que comparezcan a asumir su representación en los autos SEGOVIA RITA ITATÍ c/ASOCIARART S.A. y Otros s/Cobro de Pesos, CUIJ 21-03534769-8 que tramitan por ante Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 1 de Rosario. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por tres días consecutivos, venciendo el término para comparecer, tres días después de la última publicación. Todo bajo apercibimiento de que en caso de incomparencia, se designará un defensor ad-hoc en la audiencia a efectivizarse el tercer día hábil posterior al vencimiento del plazo prealudido. El presente litiga con beneficio de gratuidad al tratarse de un crédito de origen laboral. Elvira Suaun, Secretaria.
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En cumplimiento de lo ordenado por el Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la Once Nominación de Rosario dentro de los autos caratulados: CELAYEZ GLADYS C. c/CATEULA CATALINA y Otro s/Juicio Declarativo de Prescipción Adquisitiva, Expte. Nº 851/13, se ha dictado el siguiente decreto que a continuación se transcribe: Rosario 14 de Mayo 2019. Informando verbalmente el Actuario que se encuentra vencido el término sm que la demandada Sra. Catalina Cateula de Sohle haya comparecido a estar a derecho, se la declara rebelde siguiendo el juicio sin dársele representación. Notifíquese Expte. Nro. 851/13. Fdo. Silvia A. Cicutio (Juez en Suplencia); Dr. Sergio A. González (Secretario).
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, y en autos: STIVAL NÉSTOR EDUARDO s/Ausencia con Presunción de Fallecimiento; Expte. 21-01126749-9, se hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: Nº 652 - Rosario 22 de Marzo de 2018: Y Vistos... Y Considerando... Resuelvo: 1) Revocar por contrario imperio la providencia de fecha 6 de Marzo de 2015 que dispone agréguese la cédula acompañada. Autos para sentencia. Notifíquese por cédula: y en su lugar cumplimentese con las medidas ordenatorias del proceso dispuestas en los considerandos precedentes, insértese y hágase saber. Secretaria, 29 de Mayo de 2018. Fdo.: Gabriela Cossovich (Secretaria); Ezequiél Zabale (Juez).
$ 45 363580 Jun. 3
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Por disposición del Dr. Marcelo Quiroga (Juez), Secretaria Dra. Lorena González, del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, dentro de los caratulados: CORTES, TEMISTOCLE ATILIO s/Ausencia con Presunción de Fallecimiento CUIJ 21-02901068-1, se ha dispuesto por decreto de fecha 03/08/18 que se publiquen edictos citando a Temistocle Atilio Cortés, una vez por mes durantoal término de seis meses, en el BOLETIN OFICIAL y en el Diario La Capital, en este último caso deberá publicarse por lo menos una vez un día Domingo, sin perjuicio de la notificación por cédula al último domicilio conocido. Lorena Andre González, Secretaria.
S/C 365983 Jun. 3
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 5 de Rosario, dentro de los autos caratulados: PIZZI VIGNATTI, IRMA MARÍA DE LOS ANGELES s/Sucesorio (CUIJ 21-02900497-5), se cita a los sucesores de Irma María, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 24/05/2019. Silvina L. Rubulotta, Secertaria Subrognate.
$ 45 391867 Jun. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de al 6ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Susana Olga Fórmica (D.N.I. Nº 6.675.138) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: FORMICA, SUSANA OLGA s/Declaratoria de Herederos CUIJ 21-02912474-1. Dr. Néstor García, Rosario, 23 de Mayo de 2019. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 391807 Jun. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la Octava Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ELSA ALBINA FERRARIS, titular de D.N.I. Nº 3.960.185, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: FERRARIS, ELSA ALBINA s/Sucesorio; CUIJ 21-02911423-1. Rosario, 27 de Mayo de 2019. Dra. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 391830 Jun. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Jorge Carlos Ricotta, (D.N.I. 6.179.513) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: RICOTTA, JORGE CARLOS s/Declaratoria de Herederos (CUIJ Nº 21-02909826-0). Rosario, 22 de Mayo de 2019. Fdo. Dra. Vanina C. Grande, Secretaria.
$ 45 391804 Jun. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Enrique Eduardo Valles D.N.I. 6.054.065 por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: VALLES ENRIQUE EDUARDO s/Sucesorio; CUIJ 21-02915026-2. Rosario, 24 de Mayo de 2019. Dra. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 391806 Jun. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 16 Nom. de Rosario, se ha ordenado citar a los herederas, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, don García Manuel Santos (D.N.I. 5.972.234) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: GARCÍA MANUEL SANTOS s/Declaratoria de Herederos y Sucesión, CUIJ 21-02913765-7. Rosario, 27 de Mayo de 2019, Dra. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 391885 Jun. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores, y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Pablo Rubén Figueroa, D.N.I. 28.159.047, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: FIGUEROA, PABLO RUBÉN s/Declaratoria de Herederos, CUIJ 21-02915027-0. Rosario, 23 de Mayo de 2019. Dra. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 391868 Jun. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Ignacio Damián Pacheco (D.N.I. Nº 5.993.887) por un día para que los acrediten dentro de treinta días hábiles. Autos caratulados: PACHECO, IGNACIO DAMIÁN s/Declaratoria de Herederos; (CUIJ Nº 21-02914550-1). Dra. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 391839 Jun. 3
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bines dejados por la causante doña Norma Ramona Carlini, D.N.I. Nº 1.767.583, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles por un día. Autos caratulados: CARLINI NORMA RAMONA s/Sucesorio; CUIJ 21-02914417-3. Rosario, 27 de Mayo de 2019. Dra. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 391813 Jun. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don Pascual, Germán Rafael (D.N.I. 10.578.385), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: PASCUAL GERMÁN RAFAEL s/Declaratoria de Herederos (CUIJ Nº 21-02913056-3). Rosario, 23 de Mayo de 2019. Dra. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 391884 Jun. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Stella, Yolanda Elena (D.N.I. 3.580.259), por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: STELLA, YOLANDA ELENA s/Declaratoria de Herederos; (CUIJ N° 21-02913293-0). Rosario, 21 de Mayo de 2019. Dra. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 391877 Jun. 3
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9ª Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que consideran con derechos a los bienes dejados por el causante Sra. Silvia Verónica Mansilla D.N.I. 23.344.746, por un día para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: MANSILLA, SILVIA VERÓNICA s/Sucesorio; CUIJ 21-02912092-4. Fdo. Dr. Gabriel O. Abad (Juez); Dra. Vanina C. Grande, (Secretaria).
$ 45 391850 Jun. 3
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Cuarta Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Carlos Mauricio Quaglia, Secretaría del Dr. Agustín M. Crosio, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, doña Hilda María Sánchez, D.N.I. Nº 3.447.091, por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días hábiles. Autos caratulados: SÁNCHEZ, HILDA MARÍA s/Sucesorio, C.U.I.J. Nº 21-02914559-5. Secretaría, Rosario, 27 de Mayo de 2019. María Verónica Lara, Secretaria.
$ 45 391828 Jun. 3
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SAN LORENZO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de San Lorenzo Distrito Judicial N° 12, Dr. Marcelo Escola, Secretaría Dra. Mónica Muchiutti, dentro de los autos caratulados: ZALAZAR J.N. s/Medida Definitiva, CUIJ 21-23848186-1 -Expte. N° 956/18-, se notifica -de forma gratuita- al Sr. Zalazar Andrés la siguiente resolución que se transcribe en su parte pertinente: T° 51, F° 132/134, Nº 103. San Lorenzo, 11/02/19; Y Vistos... Y Considerando... Resuelvo: Resuelvo: 1) Hacer lugar al control de legalidad y ratificar la resolución definitiva adoptada por Disposición N° 22/18 del 27 de Abril de 2018, respecto del adolescente llamado Jeremías Nahuel Zalazar y designar como tutora del mismo a la Sra. Dora Guadalupe Medina, DNI N° 14.131.248, la que deberá aceptar el cargo en debida forma por ante Secretaría cualquier día y hora hábil de audiencia. Notifíquese a la Asesora de Menores, a los progenitores y a la Delegación Regional. Insértese y hágase saber. Fdo: Dr. Marcelo Escola (Juez), Dra. Mónica Muchiutti (Secretaria).
S/C 389834 Jun. 3. Jun. 7
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Por disposición del Tribunal de Primera Instancia de Circuito de la localidad de San Lorenzo, a cargo del Dr. Guillermo Roldan (Juez), Secretaría de la autorizante, se ha ordenado publicar edictos por diez días, a los fines de notificar a la Sra. Schulz, Vanesa Lorena de las resoluciones del día 16 y 23 de Abril de 2019 dictada por dicho Tribunal en los autos E.P.E. (Empresa Provincial de la Energía) c/SCHULZ VANESA LORENA s/Juicio Ejecutivo, Expte. N° 674/17. Se ha dispuesto lo siguiente: San Lorenzo, 16 de Abril de 2019. Por practicada planilla. De manifiesto en la oficina, por el término y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula con expresión de monto. Fdo.: Dr. Guillermo Roldan (Juez), Dra. Lorena Beatriz Grenon (Prosecretaria). Se ha dispuesto lo siguiente: “San Lorenzo, 23 de Abril de 2019. Advirtiéndose que por un error involuntario se consignó en la providencia de fecha 16/04/2019 que debía ser notificada... por cédula con expresión de monto, revocase por contrario imperio, y en su lugar se dispone Notifíquese por edictos con expresión de monto. Fdo.: Dr. Guillermo Roldan (Juez), Dra. Silvina Raquel Bernardelli (Secretaria). En consecuencia hágase saber a la Sra. Schulz Vanesa Lorena que la planilla de capital y gastos practicada asciende la suma de pesos cuarenta y cinco mil ochocientos setenta y nueve c/71/100 cvos ($ 45.879.71). Dra. Grenón, Proscretaria.
$ 33 389814 Jun. 3. Jun. 14
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Por disposición de la Dra. Stella Maris Bertune, Juez en suplencia del Juzgado en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de San Lorenzo, Distrito Judicial Nº 12, Secretaría de la Dra. Luz María Gamst, se hace saber que en los autos caratulados MOSSER RAÚL FABIÁN s/Concurso Preventivo - Hoy Quiebra, CUIJ 21-25344048-9-, por resolución Nº 324, de fecha 5 de Abril de 2019, se ordenó lo siguiente: Y Vistos:... Considerando:... Declarar la quiebra de Raúl Fabián Mosser, DNI 21.418.179, con domicilio en calle Plátanos 2075, de la ciudad de San Lorenzo. 2. Ordenar se comunique la apertura de la quiebra al Registro de Procesos Universales. 3. Ordenar, conforme a lo dispuesto en el Art. 253 inc. 7) LCQ, que continúe en sus funciones la sindicatura ya designada en autos, con funciones indicadas en el Art. 254, quien asumirá además el carácter de liquidadora falencial. 4. Disponer la inhibición general de bienes de la fallida, a cuyos fines se librarán los respectivos despachos al Registro General de Propiedades, Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Público de comercio y Registro de Créditos Prendarios. 5. Ordenar al fallido y a los terceros a que entreguen a la sindicatura los bienes de aquel, librándose a tal fin los despachos respectivos. 6. Prohibir se hagan pagos al fallido, bajo apercibimiento de ser declarados ineficaces. 7. Ordenar se intercepte la correspondencia de la fallida y se entregue a la sindicatura, oficiándose a sus efectos. 8. Ordenar se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 de la LCQ. Asimismo, deberá informarse a la Dirección Nacional de Migraciones el término por el cual se mantendrá la restricción de salida del país, en caso contrario la misma será por seis meses desde la recepción del oficio por esa Dirección. 9. Intimar al fallido a que cumplan con los requisitos exigidos por el art. 86 LCQ si no lo hubiese efectuado antes y para que entregue a la sindicatura, dentro de las 24 horas, los libros de comercio y documentación contable en su poder. 10. Designar al Oficial de Justicia a fin de que realice el inventario de los bienes del fallido en el término de 30 días, el que comprenderá solamente rubros generales y se hará a los fines de la inmediata incautación de los bienes, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 88 inc. 10) y 177 de la LCQ. 11. Disponer se libren los oficios pertinentes a fin de recabar la existencia de procesos patrimoniales contra la fallida, salvo las excepciones del art. 132 de la LCQ, y en caso afirmativo, solicitar su remisión a esta sede. 12. Ordenar se publiquen los edictos que dispone el art. 89 de la LCQ.13. Hacer saber a los acreedores posteriores a la presentación del deudor en el concurso preventivo fracasado, que podrán requerir la verificación de sus créditos por vía incidental, conforme lo dispuesto por el art. 202 de la LCQ.14. Fijar la fecha del 16 de mayo de 2019 para que la sindicatura presente nuevo informe general, a fin de actualizar la información proporcionada por el anterior. 15. Ordenar la realización de los bienes de la fallida, corriéndose vista a tal fin a la sindicatura para que se expida sobre la forma más conveniente a la quiebra, de conformidad con lo prescripto por el art. 204 de la LCQ, y diferir la designación del enajenador hasta tanto sea contestada la misma. 16. Encomendar a la sindicatura el pronto diligenciamiento de las comunicaciones ut supra ordenadas las que estarán bajo su carga y responsabilidad. 17. Insértese, dése copia y hágase saber. Firmado: Stella Maris Bertune -Juez en suplencia-, Dra. Luz María Gamst –Secretaria. La presente publicación se realizará sin previo pago de conformidad con el art. 89 de la Ley Nº 24.522. San Lorenzo, 16 de Abril de 2019. Dra. Gamst, Secretaria.
S/C 389811 Jun. 3. Jun. 7
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de San Lorenzo Distrito Judicial Nº 12, Dr. Marcelo Escola, Secretaría Dra. Mónica Muchiutti, dentro de los autos caratulados: MELGAREJO A., A. s/Medida Definitiva, Expte. Nº 103/2018, se notifica -de forma gratuita- a la Sra. Gladis Mónica Cocittorto la siguiente resolución que se transcribe en su parte pertinente: T° 46, Fº 166/168, Nº 1596. San Lorenzo, 29/06/18; Y Vistos... Y Considerando... Resuelvo: 1) Hacer lugar al control de legalidad y ratificar la medida adoptada por la Delegada Regional de la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Segunda Circunscripción, tal la Disposición Nº 01/18 del 10 de Enero de 2018. 2) Considerando lo expuesto por los profesionales intervinientes del Equipo Técnico de la Delegación Regional y en coincidencia con lo dictaminado por la Asesora de Menores, designar como tutoras de las niñas a las Sras. Marisa Espindola, DNI Nº 17.407.391 y Elsa Pilar Larrosa, DNI Nº 20.674.749, las que deberán aceptar el cargo por Secretaría cualquier día y hora hábil de audiencia y fijar el domicilio donde vivirán con las mencionadas niñas. 3) Continúen interviniendo los equipos de la Delegación Regional San Lorenzo de la la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez. Adolescencia y Familia. 4) Notifíquese a la Defensora Provincial de 1a Niñez, a la Asesora de Menores y a todos los intervinientes. Insértese y hágase saber. Fdo: Dr. Marcelo Escola (Juez), Dra. Mónica Muchiutti (Secretaria); Tº 46, F° 425, Nº 1795. San Lorenzo, 01/08/18; Y Vistos... Y Considerando... Resuelvo: Aclarar el auto Nro. 1596, de fecha 29/06/18 en el sentido de que el nombre correcto que debió consignarse es el de María Viviana Espíndola en lugar del erróneamente consignado. Insértese y hágase saber. Fdo: Dr. Marcelo Escola (Juez). Dra. Mónica Muchiutti (Secretaria).
S/C 389810 Jun. 3. Jun. 5
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito de la 2da. Nominación de San Lorenzo, dentro de los autos caratulados: Román Florencia Maria c/Román Eduardo Jesús y otros s/Prescripción Adquisitiva; (Expte. 185/17), ha ordenado: no habiendo comparecido a estar a derecho la codemandada Román Luis Maria y los herederos del causante Eduardo Jesús Román a estar a derecho, decláreselos rebeldes. Notifíquese por edictos. San Lorenzo, 7 de Mayo de 2019. Dra. Peretti, Secretaria.
$ 33 389809 Jun. 3. Jun. 5
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El Sr. Juez del Juzgado Circuito de la ciudad de San Lorenzo, ha dispuesto en autos: RODRÍGUEZ JESÚS A. c/VILLALBA LUCIANO DAMIÁN s/Demanda Ejecutiva; CUIJ 21-23392802-7, lo siguiente: T° 119, F° 17, Nº 1200. San Lorenzo 15 de Abril de 2019. Y Vistos: Los caratulados: RODRÍGUEZ JESÚS ALCIDES c/VILLALBA LUCIANO DAMIÁN s/Demanda Ejecutiva; Expte. 744/2016. Y Considerando... Resuelvo: Aprobar la planilla practicada en autos en fecha 14 de Febrero de 2019, por la suma de pesos veintiún mil ochocientos sesenta y tres c/45/00 ($ 21.863,45) en concepto de capital, intereses y gastos. Insértese y notifíquese por cédula. Firman el Dr. Roldan Guillermo, Juez, Dra. Bernardelli Silvina R., Secretaria. Dra. Grenon, Prosecretaria.
$ 33 389480 Jun. 3. Jun. 5
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de San Lorenzo, actualmente vacante, se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y todos aquellos que se consideren con derechos sobre los bienes del causante, don MAXIMILIANO GASTÓN MARINUCCI, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica a sus efectos legales. San Lorenzo, Marzo de 2019. Fdo. Dra. Luz María Gamst (Secretaria).
$ 45 389455 Jun. 3. Jun. 14
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Stella Maris Bertune, Jueza, Secretaría de la Dra. Melisa V. Peretti, en los autos: CATTANEO, DIEGO DANIEL s/Concurso Preventivo, Expte. N° 651/18, ha dispuesto la publicación a los fines de informar que por Resolución N° 267 de fecha 08/03/2019 se ha declarado la apertura del concurso preventivo del Sr. Diego Daniel Cattaneo, con domicilio legal en calle 9 de julio Nro. 549 de San Lorenzo, dictándose auto ampliatorio N° 514 de fecha en 15/04/2019, haciéndose saber que ha sido designado y aceptado el cargo de Síndico el C.P. Gustavo Javier Nicola, con domicilio legal en calle Dr. Ghio N° 679 - 1° Piso de San Lorenzo, fijando horario de atención de lunes a viernes de 9:00 hs a 13:00 hs y de 16:30 hs a 18:30 hs. Asimismo se ha fijado el día 27/05/2019 como fecha hasta la cual los acreedores podrán, presentar los pedidos de verificación de sus créditos, los días 23/07/2019 y 04/09/2019, las fechas en las que la sindicatura deberá presentar el informe individual y el informe general, respectivamente. Establece además que el período de exclusividad vence el 19/03/2020 y fija la audiencia informativa para el día 12/03/2020 a las 10:30hs, San Lorenzo, 29 de Abril de 2019. Dra. Peretti, Secretaria.
$ 165 389622 Jun. 3. Jun. 7
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de San Lorenzo, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Pereyra Enrique Pedro, D.N.I. 6.181.234, para que comparezcan a estar a derecho en el plazo y bajo los apercibimientos de ley. Fdo.: Dra. Stella Maris Bertune (Jueza), Dra. Melisa Peretti (Secretaria). AUTOS: PEREYRA, ENRIQUE PEDRO s/Declaratoria de herederos, Expte. N° 538/18.- Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Estrado del Tribunal. San Lorenza, 16 de Abril de 2019. Dr. Devadder, Prosecretario.
$ 45 389456 Jun. 3. Jun. 14
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Secretaría de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de los causantes Bruno Fabio Coseano y Matilde Cristina Ceppi, y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados COSEANO, BRUNO FABIO y Otra s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-25346526-0. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, Nadia M. Aronne, prosecretaria.
$ 45 389478 Jun. 3. Jun. 14
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Secretaría de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios del causante Rubén Oscar Quiroga, y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados: QUIROGA, RUBEN OSCAR s/Sucesión; Expte. Nº 530/18, CUIJ Nº 21-25346046-3. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, Nadia M. Aronne, prosecretaria.
$ 45 389479 Jun. 3. Jun. 14
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Secretaría de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de la causante Teresa López, y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados LOPEZ, TERESA s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 29/19, CUIJ Nº 21-25346416-7. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, Nadia M. Aronne, prosecretaria.
$ 45 389472 Jun. 3. Jun. 14
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Secretaría de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios del causante Julio Emilio Piedrabuena, y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados: PIEDRABUENA, JULIO EMILIO s/Declaratoria de herederos; Expte. Nº 754/18, CUIJ Nº 21-25346270-9. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, Nadia M. Aronne, prosecretaria.
$ 45 389471 Jun. 3. Jun. 14
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Secretaría de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de la causante Elisa Nélida Gallo, y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados: BACCALA, ANTONIO RAMON y Otros s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 461/17, CUIJ Nº 21-25345142-1. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, Nadia M. Aronne, prosecretaria.
$ 45 389468 Jun. 3. Jun. 14
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Secretaría de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de la causante María Esther Meynet, y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados MEYNET, MARIA ESTHER s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 14/19, CUIJ Nº 21-25346401-9. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, Nadia M. Aronne, prosecretaria.
$ 45 389467 Jun. 3. Jun. 14
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. Melisa Peretti (Secretaría), dentro de los autos caratulados GONZÁLEZ. CINTIA PAOLA y Otros c/GIOSA, CATALINA MARGARITA y Otros s/Filiación, Expte. Nº 181/11 CUIJ Nº 21-25376288-5, se ha ordenado lo siguiente: San Lorenzo, 05 de Abril de 2019.- Atento la incomparecencia de los herederos del Sr. GIOSA a estar a derecho, decláreselos rebeldes. Fíjese fecha de audiencia de sorteo de defensor de oficio para el día 6 de mayo de 2019 a las 9. Notifíquese. Fdo. Dra. Peretti (Secretaria) Dra. Bertune (Juez). Con lo cual se declara rebelde a los herederos de Giosa, José Pablo. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 2 de Mayo de 2019. Secretaría de la Dra. Melisa Peretti. Dr. Devadder, Prosecretario.
$ 45 389464 Jun. 3. Jun. 14
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. Peretti (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de la causante Marta Pilar Arrieta, y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho dentro del término de diez días y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados ARRIETA, MARTA PILAR s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 823/18, CUIJ Nº 21-25385821-1. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en los estrados del Tribunal por el término de 10 días. San Lorenzo, 2 de Mayo de 2019. Secretaría de la Dra. Peretti. Pablo A. Devadder, prosecretario.
$ 45 389465 Jun. 3. Jun. 14
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. Peretti (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios del causante Remo Jorge Corba, y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho dentro del término de diez días y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados CORBA, REMO JORGE y Otros s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 821/18, CUIJ Nº 21-25385819-9. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en los estrados del Tribunal por el término de 10 días. San Lorenzo, 2 de Mayo de 2019. Secretaría de la Dra. Peretti. Pablo A. Devadder, prosecretario.
Dr. Devadder, Prosecretario.
$ 45 389460 Jun. 3. Jun. 14
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. Peretti (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de la causante Luisa San Vicente, y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho dentro del término de diez días y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados SAN VICENTE, LUISA s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 111/19, CUIJ Nº 21-25385964-1. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en los estrados del Tribunal por el término de 10 días. San Lorenzo, 18 de Abril de 2019. Secretaría de la Dra. Peretti. Pablo A. Devadder, prosecretario. Dr. Devadder, Prosecretario.
$ 45 389459 Jun. 3. Jun. 14
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. Peretti (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios del causante Miguel Angel Palomeque, y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho dentro del término de diez días y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados PALOMEQUE, MIGUEL ANGEL s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 39/19, CUIJ Nº 21-25385892-0. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en los estrados del Tribunal por el término de 10 días. San Lorenzo, 16 de Abril de 2019. Secretaría de la Dra. Peretti. Pablo A. Devadder, prosecretario.Dr. Devadder, Prosecretario.
$ 45 389458 Jun. 3. Jun. 14
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don GIMENEZ TOMAS OSCAR y TURRI ADELINA MARIA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 11 de Abril de 2019. Nadia M. Aronne, prosecretaria.
$ 45 389805 Jun. 3. Jun. 14
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don SERGIO ROQUE CLAUX, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 3 de Mayo de 2019. Nadia M. Aronne, prosecretaria.
$ 45 389807 Jun. 3. Jun. 14
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña ANTONIA SERMAN, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 3 de Mayo de 2019. Nadia M. Aronne, prosecretaria.
$ 45 389806 Jun. 3. Jun. 14
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don HUMBERTO PRIMO LUIS FOGLIATO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 3 de Mayo de 2019. Nadia M. Aronne, prosecretaria.
$ 45 389801 Jun. 3. Jun. 14
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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado, citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don CAPPELLA JORGE ALBERTO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 3 de Abril de 2019. Pablo A. Devadder, prosecretario.
$ 45 389804 Jun. 3. Jun. 14
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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, cita y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de la Sra. Natalia Berta Lebensohn, por el término de diez días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edictos en el BOLETIN OFICIAL y Transparente del Tribunal. Todo ello dentro de los autos caratulados: LEBENSOHN, NATALIA BERTA s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 660/18. San Lorenzo, de Abril de 2019. – Nadia M. Aronne, Prosecretaria.
$ 45 387864 Jun. 3. Jun. 4
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En los autos caratulados: MOYANO CLAUDIA GABRIELA s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 50/2019 CUIJ 21-25346437-9, que tramitan por ante el juzgado de la Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, a cargo de la jueza Dra. Gladys Silvia López de Pereyra, secretaría de la Dra. Luz María Gamst, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de Moyano Claudia Gabriela, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de ley. San Lorenzo, 8 de Abril de 2019. – Nadia M. Aronne, Prosecretaria.
$ 45 387865 Jun. 3. Jun. 4
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En los autos caratulados: AQUINO, MIGUEL ÁNGEL s/Declaratoria de Herederos; Expte. 568/18, que tramitan por ante el Juzgado de 1ª Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ª Nominación de San Lorenzo, a cargo de la jueza Dra. Gladys Silvia López de Pereyra, Secretaría de la Dra. María Cecilia Naviera, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de Aquino Miguel Angel, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de ley. San Lorenzo, 8 de Abril de 2019. Nadia M. Aronne, Prosecretaria.
$ 45 387866 Jun. 3. Jun. 4
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Stella Marta Bertune (Juez en Suplencia) y Dra. Luz María Gamst, cita y emplaza a los herederos, acreedores, y legatarios del Sr. Córdoba Claudio Roberto y a todos los que consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, por edictos que se publican en el BOLETÍN OFICIAL y Estrados de Tribunales, (Art. 67 CPCC modif. P ley 11.187). Para que lo acrediten dentro del lapso de treinta días dentro de los autos caratulados CÓRDOBA CLAUDIO s/Declaratoria de Herederos - Sucesión; Expte. Nro. 677/18. En caso de no comparecer no será incluidos en la Sentencia de Declaratoria de Herederos que eventualmente se dicte. San Lorenzo, de Marzo del 2019. Dr/a. Luz María Gamst, secretaria.
$ 45 387698 Jun. 3. Jun. 4
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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral, de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Stella Maris Bertune (Juez en suplencia), Secretaría de la Dra. María Luz Gamst, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante don Alonso Dalmasio y doña Aguirre María Elena, para que dentro del término de 30 días corridos de su primera publicación y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados ALONSO DALMACIO y Otra s/Sucesión; Expte. Nº 595/2018.
$ 45 387700 Jun. 3. Jun. 4
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El Juez de 1ª Instancia del Distrito Judicial Nº 12, en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con derechos a los bienes dejados por la causante Sra. MARÍA DEL CARMEN COZZI, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo los apercibimientos de ley. - San Lorenzo (S.F.), Marzo de 2019. – Fdo.: Dra Luz Gamst (Secretaria).
$ 45 387701 Jun. 3. Jun. 4
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. Peretti (Secretaria), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios del causante MARIANO SARICH y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho dentro del término de diez días y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados SARICH, MARIANO s/Sucesión; Expte. Nº 278/18 CUIJ Nº 21-25385276-0. Lo que sí publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados del tribunal por el término de 10 días. San Lorenzo, 12 de Abril de 2019. Secretaría de la Dra. Peretti. Pablo A. Devadder, Prosecretario.
$ 45 387733 Jun. 3. Jun. 4
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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. Peretti (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios del causante Atilio Osvaldo Tonello y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho dentro del término de diez días y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados: TONELLO, ATILIO OSVALDO s/Declaratoria de Herederos Expte. Nº 54/19 CUIJ Nº 21-25385907-2”. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los estrados de tribunal por el término de 10 días. - San Lorenzo, 12 de abril de 2019 - Secretaría de la Dra. Peretti.
$ 45 387732 Jun. 3. Jun. 4
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CASILDA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil Comercial y Laboral de la 2° Nominación de la ciudad de Casilda, cita a los herederos, acreedores y cualquier otra persona que se considere con derecho a los bienes dejados por los causantes Abeldaño Alicia Ramona; Sosa Ricardo Paulino y Sosa Sergio Oscar, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 30 días y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica por un día en el BOLETÍN OFICIAL. ABELDAÑO ALICIA RAMONA y Ots. s/Sucesión; Expte. Nº 726/2018. Dra. Sandra S. González Secretaria.
$ 45 391863 Jun. 3
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MELINCUE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, a cargo de la Dra. Analía Irrazábal, Juez, Secretaría de la autorizante, en autos CEMYM SA s/Concurso Preventivo (Expte. 1390/2018), se hace saber a los fines del Art. 27 Ley 24.522, que por Resolución N° 3279 de fecha 14 May 2019, se ha dispuesto prorrogar la fechas oportunamente dispuestas, de la siguiente manera: 1) Designar fecha hasta la cual los acreedores podrán verificar sus créditos el día 4 de Julio de 2019; para que la Sindicatura presente el informe individual el día 6 de Setiembre de 2019; para que la Sindicatura presente el Informe General el día 29 de Octubre de 2019, Audiencia Informativa el día 14 de Abril de 2020, venciendo el período de exclusividad el 21 de Abril de 2020. Dra. Fdo.: Luciana Parenti Secretaria. Melincué, 24 de Mayo de 2019.
$ 60 391876 Jun. 3 Jun. 7
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Por disposición la Sra. Jueza del Juzgado de 1era. Inst. de Distrito N° 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de VÍCTOR ALBINO CATENA, por tres días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos lo que se publica a sus efectos legales. Expte. Nº 54/19. Melincué, 13 de Mayo de 2019. Fdo.: Dra. Luciana P. Parenti Secretaria.
$ 45 391880 Jun. 3
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VENADO TUERTO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Juez, Dr. Leandro Carozzo, en autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE VENADO TUERTO c/TREICO, ALFREDO y Oytos s/Apremio (Expte. Nº 151/2018 CUIJ Nº 21-24437815-0), se ha dispuesto notificar a Treico, Alfredo y/o quien resulte fiscalmente responsable el siguiente Fallo: Nº 374 Venado Tuerto, 30 de Abril de 2019. Y Vistos de los que Resulta:… y Considerando:… Fallo: 1) Ordenando seguir adelante la presente ejecución contra Alfredo Treico hasta que el deudor haga integro pago del capital reclamado de Pesos Cuarenta y Siete Mil Trescientos Cuarenta y Tres C/69/100 ($ 47.343,69) con más un interés compensatorio a razón de la Tasa Promedio entre Activa y Pasiva del Banco Nación Argentina para actualización de deudas y hasta el momento de su efectivo pago. 2) Costas a la demandada (Art. 251 del CPCC). Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. Fdo.: Dra. María Celeste Rosso Juez Dr. Leandro Carozzo Secretario. Se deja constancia que el presente edicto es sin cargo en virtud de lo dispuesto por el código fiscal de Santa Fe, Art. 182 inc. 1. Venado Tuerto, 23 de Mayo de 2019. Leandro Carozzo, secretario.
S/C 391907 Jun. 3 Jun. 7
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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. María Celeste Rosso, Juez Dr. Leandro Carozzo, Secretario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Walter Antonio Vigano, LE 6.539.498, para que dentro del término de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Fdo.: Dra. María Celeste Rosso Juez; Dr. Leandro Carozzo Secretario. (Autos: VIGANO, WALTER ANTONIO s/Sucesión; Expte. 1279/2012; CUIJ 21-24431630-9). Venado Tuerto, 24 de Mayo 2019. Fdo. Dr. Leandro Carozzo Secretario.
$ 45 391886 Jun. 3 Jun. 7
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