Venado Tuerto
__________________________________________
POR
PENNINI BRUNO
Por disposición del Sr. Juez de Juzgado de 1° Inst. Distrito en lo Laboral – Venado Tuerto, secretaría del autorizante se dispone en autos " BUTTI FACUNDO FRANCISCO c/ Di Toro Claudio MartÍn s/ demanda Laboral¨; Expte. (N° 447 /2017) ¨que el Martillero Pennini Bruno venda en pública subasta. Atento a las constancias de autos, Fijase fecha de subasta para el día el 4 DE Julio del año 2.019, a las 11 hs en el Hall de ingreso del Juzgado de 1° Inst. Distrito en lo Laboral – Venado Tuerto. En caso de resultar inhábil o de suspenderse por fuerza mayor la subasta se llevara a cabo el día siguiente hábil a la misma hora y lugar. Se Subastará el 50 % de un inmueble designado como Lote 28, manzana 3 B, plano n° 37707 / 1964, denominado como un lote terreno de 344.34m2 cito en calle Agüero 38 casi esquina con Santa fe, cuyo dominio consta inscripto a nombre del demandado. Dominio: Departamento 17 Gral Lopez, t° 654 f° 340 n° 03259840. Hágase constar que el inmueble referido se encuentra DESOCUPADO conforme Art.504 C.P.C.y C. Saldrá a la venta con una BASE DE $300.000.- de no haber postores por dicha base, las mismas será retasadas en un 25%;( $225.000) y de persistir la falta de oferentes saldrá a la venta con la última base del 30% de la base inicial de ($90.000) importes sobre los cuales dejo expresa reserva de derechos de su determinación a valores reales; al solo y único efecto arancelario.- pago 10 % a cuenta del precio en el acto de subasta¸ con más el 3% de comisión al martillero, todo en dinero efectivo o cheque certificado. El bien saldrá a la venta, según acta de constatación de estos actuados. ( art. 504 del CPCCSF) . El saldo del precio se depositará judicialmente a los cinco días hábiles de aprobada la subasta bajo apercibimiento de lo establecido por los artículos 497 y 499 del C.P.C.C.S.F.- Los impuestos, tasas y contribuciones que adeudare el inmueble son a total cargo del comprador, como así también gastos de escrituración, honorarios notariales, el impuesto a la transferencia de inmuebles, la regularización de lo construido, e I.V.A si correspondiere. Los importes deberán ser informados por el martillero en el acto de Remate.- No se permitirá la compra en comisión. Toda cesión de derechos y acciones que se produzca con motivo del presente deberá practicarse por escribano público. Atento a las constancias de autos, cumpliméntese con lo dispuesto por el art. 488 y 506 ( CPCCSF) . Previo a la aprobación de la subasta del inmueble se deberá oficiar al Registro General de la Propiedad, con copia certificada a fin de que se tome razón de la misma sin que ello implique transferencia. El adquiriente del inmueble subastado deberá acudir ante un escribano público para confeccionar la escritura que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, por lo que se excluye la opción prevista en el art. 505 2do párrafo del CPCCSF. Edictos de ley en el boletín oficial y estrados del tribunal. Avisos en diario de circulación local, y la publicidad adicional solicitada por el martillero. El expediente deberá ser entregado al Juzgado 5 días antes de la subasta a los fines previsto por el art.494 y 495 del C.P.C.C.S.F. y permanecerá en Secretaría. El bien se exhibirá dos días antes de la subasta en el horario de 10 a 12 hs. Hágase saber a los posibles asistentes en la subasta se aplicará estrictamente lo previsto por el artículo 241 del Código Penal el que a continuación se transcribe ¨… Será reprimido con prisión de quince días a 6 meses .1) El que perturbare el orden de las sesiones de los cuerpos legislativos nacionales o provinciales, en las audiencias de los tribunales de justicia o donde quiera que una autoridad esté ejerciendo sus funciones : 2) el que sin estar comprendido en el artículo 237, impidiere o estorbare a un funcionario público cumplir un acto propio de sus funciones…¨ el presente artículo deberá ser leído en forma textual previo a la realización del remate por el martillero designado en autos: BUTTI FACUNDO FRANCISCO c/Di Toro Claudio MartÍn s/demanda Laboral; Expte. (N° 447 /2017)
$ 600 395250 Jul. 2 Jul. 3
__________________________________________