picture_as_pdf 2019-04-01

TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Sra. Jueza del Trámite del Tribunal Colegiado de Familia Nº 2 de Santa Fe, Dra. Liliana L. Michelassi, en los autos caratulados: Expte. CUIJ 21-10712947-9.- SUBSECRETARÍA DE LA NIÑEZ. ADOLESCENCIA Y FAMILIA C. ESCOBAR ADELA VICTORIA: ANDERSEN HUGO DANIEL Y MOLINAS JOSÉ LUIS s/CONTROL DE LEGALIDAD DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL y RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL, se notifica al Sr. José Luis Molinas, D.N.I. Nº 40.121.843, con domicilio desconocido, lo dispuesto en autos: Santa Fe, 19 de febrero de 2019. Atento la integración subjetiva de este Tribunal Colegiado de Familia N° 2, desígnase Jueza de Trámite a Liliana L. Michelassi (art. 543 CPCC). Proveyendo escrito cargo N° 459: Al punto 1°): Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Al punto 2°): Téngase por iniciada FORMAL NOTIFICACIÓN DE ADOPCIÓN DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL Y SOLICITUD DE CONTROL DE LEGALIDAD en relación a la Medida de Protección Excepcional de Derechos adoptada por la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia, y Familia de Santa Fe mediante Disposición N° 000132 de fecha 26-10-2019 y FORMAL NOTIFICACIÓN DE ADOPCIÓN DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA DE MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL Y SOLICITUD DE CONTROL DE LEGALIDAD, dispuesta por Disposición N° 000133 de fecha 26-10-2018, todo ello respecto de los niños SOL LUDMILA MOLINAS, DNI Nº 54.615.393; BLAS DANIEL ANDERSEN, DNI N° 55.715.403 y DOMINIC DAILA ESCOBAR, DNI.Na 52.371.583, la que se regirá por el trámite especifico previsto en el articulo 66 bis, siguientes, y concordantes de la Ley Nº 12967. Cítese a ADELA VICTORIA ESCOBAR; JOSÉ LUIS MOLINAS y HUGO DANIEL ANDERSEN, para que comparezcan a estar a derecho, se expidan sobre las medidas definitivas propuestas por la Subsecretaría de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia, y Familia de Santa Fe, y en su caso, para que ofrezcan pruebas en el término de diez días, bajo apercibimiento de resolver sin más en caso de falta de contestación. AI punto 3°): Agréguese la documental acompañada, y detallada en el cargo actuarial, de fecha 04-02-2019 (fs. 126). Al punto 4°): Téngase presente la autorización efectuada a los profesionales mencionados en el punto V de la presente demanda, a fin de efectuar la procuración en las presentes actuaciones y proceder al retiro de los autos en los casos en que corresponda. Hágase saber que en virtud de no haberse instrumentado hasta la fecha lo dispuesto en el último párrafo del artículo 65 de la Ley 12967 (ref. por Ley 13237), por el presente se dispone que el diligenciamiento, notificación y la realización de todos los actos impulsorios y procedimentales estarán a cargo del organismo compareciente. Al punto 5°): Téngase presente lo peticionado para su oportunidad, y en caso de corresponder, se proveerá. AI punto 6°): Dése intervención a la Defensora General Civil Nro. 2. Notifíquese.. Fdo: Liliana L. Michelassi, Jueza; María Sol Novello, Prosecretaria. Santa Fe, 27 de Febrero de 2.019.- Téngase presente. Advertido en este estado el error involuntario existente en el proveído de fs. 127 se provee: Revócase dicho proveído en la parte que reza Disposición No 000132 de fecha 26-10-2019. Hágase saber que debía decir Disposición No 000132 de fecha 26-10-2018 y no como allí se consigna. Asimismo se provee: Autorizase la notificación por edictos al Sr. José Luis Molinas facultándose a los profesionales de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia a su confección y diligenciamiento. Notifíquese. Fdo: Liliana L. Michelassi, Jueza; María Sol Novello, Prosecretaria.

S/C 28107 Abr. 1 Abr. 4

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Familia Nº 2, Segunda Secretaría de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: SUBSECRETARÍA DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA c/BARRETO, MARÍA AMPARO s/MEDIDA DE PROTECCIÓN EXCEPCIONAL y SOLICITUD DE CONTROL DE LEGALIDAD, (Expte. CUIJ N.° 21-10697842-2), se notifica a la Sra. María Amparo Barreto, D.N.I. 30.872.872, por el término de tres (3) días, lo decretado en fecha 28/06/2018 de cese de la Medida de Protección Excepcional: Santa Fe, 28 de junio de 2018. Atento a lo peticionado por el órgano administrativo, lo dictaminado por la Sra. Defensora General Nº4 a fs. 101, y demás constancias de autos, por el presente se dispone el cese de la Medida de Protección Excepcional de Derechos oportunamente adoptada por el órgano administrativo en favor de la joven Dalila Belén Alvarez, DNI N° 42.769.863 por haber alcanzado la mayoría de edad. Santa Fe, 15 de Febrero de 2019.

S/C 28108 Abr. 1 Abr. 4

__________________________________________


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez de Juzgado Civil y Comercial de la Décima Nominación de la Ciudad de Santa Fe se hace saber que en los autos caratulados: CENTURIÓN AMANDA LUCIA c/HEREDEROS DE VENEGONI ROSA Virginia y Otros s/Demanda de prescripción ADQUISITIVA CUIJ:21-01053314-4, se ha dictado la siguiente Resolución: Santa Fe, 15 de Agosto dé 2018. AUTOS Y VISTOS: estos caratulados: “CENTURIÓN, AMANDA LUCÍA c/herederos de ROSA VIRGINIA VENEGONI y Otros s/Prescripción Adquisitiva (CUIJ N° 21-01053314-4) que tramitan ante este Juzgado Civil y Comercial de la Décima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, de los que; Resulta:... Considerando:... Resuelvo: I) Hacer lugar a la demanda de usucapión respecto del inmueble objeto del litigio contra la parte accionada declarando justificada la posesión y consiguiente adquisición de dominio por la actora en fecha 17 de septiembre de 1999.- II). Ordenar oportunamente la inscripción del inmueble a nombre de la usucapiente con los límites y alcances emergentes del plano para usucapir, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad. III).- Imponer las costas a la parte actora. IV).- Diferir la regulación de honorarios al momento de practicarse liquidación. Agréguese, insértese y hágase saber. Fdo: María Romina Kilgelmann (Secretaria) y Dra. María Ester de Ferro (Jueza). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de conformidad a lo dispuesto por el art. 81 del C.P.C.C. Santa Fe, 13 de Marzo de 2019. Dra. Noé de Ferro, Secretaria.

$ 33 384229 Abr. 1 Abr. 4

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Segunda Nominación, Dr. Formentini (Juez), a cargo de la Secretaría, la Dra. Teresita J. Bonavia, con asiento en localidad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: “NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/MONTERO RODRÍGUEZ NOELIA MARISA s/Sumario (Expte. Nro. 21-15784588-5)“, se ha dispuesto citar por edictos: Santa Fe, 11 de Marzo de 2019. Agréguese. Comuníquese al Colegio de Abogados el incumplimiento por parte del Dr. Hernán Darío Matich. Para que se realice un nuevo sorteo de Defensor de Oficio, desígnase fecha de audiencia para el día 27 de Marzo próximo a las 10:30 horas. Notifíquese por edictos, que se publicarán por dos (2) días y en la forma proscripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Notifíquese. Fdo. Dr. Formentini (Juez), Dra. Bonavia (Secretaria). Santa Fe, 13 de Marzo de 2019. Dra. Lotto Gómez, Prosecretaria.

$ 33 384298 Abr. 1 Abr. 3

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: VAZQUEZ WALTER MAXIMILIANO s/Solicitud propia quiebra, CUIJ N° 21-02003920-2, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Walter Maximiliano Vázquez, D.N.I. 34.563.256, de apellido materno Benítez, domiciliado realmente en calle Juan de Campillo n° 4207, provincia de Santa Fe y legalmente en calle Obispo Gelabert n° 2574, ofíc. 1 de la ciudad de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquel. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (22/07/2019). 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 13/03/2019 a las 10.00 hs.- Comuníquese a la Presidencia de la Cámara a tal efecto. 12) Fijar el día 08/04/2019, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación.- 13) Fijar el día 24/04/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe. Firmado: Juez a cargo Dr. KILGELMANN - Dra. Verónica Toloza- Secretaría.

S/C 384324 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: KRANEVITTER OMAR ORLANDO s/Solicitud propia quiebra, CUIJ Nº 21-01985143-2 se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Omar Orlando Kranevitter, D.N.I. 13.024.395, argentino, mayor de edad, divorciado, domiciliado realmente Pje. Cochabamba N° 3948, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y legalmente en calle Santiago del Estero N° 3411 de la ciudad de Santa Fe. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquel. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (22/07/2019). 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para él día 13/03/2019 a las 10.00 hs. Comuníquese a la Presidencia de la Cámara a tal efecto. 12) Fijar el día 08/04/2019, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 24/08/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Fdo.: Juez a cargo Dr.KILGELMANN- Dra. Toloza, Secretaria.

S/C 384325 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “ARMELINO, VIRGINIO JULIO S/ SOLICITUD PROPIA QUIEBRA”, Cuij No 21-02003583-5 se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Virginio Julio Armelino, D.N.I. 11.709.573, argentino, mayor de edad, soltero, domiciliado realmente en calle Gobernador Freyre n° 9408, de la ciudad de santa fe, provincia de Santa Fe y legalmente en calle Fray Cayetano Rodríguez n° 3881 de la ciudad de Santa Fe . 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquel.- 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad.- 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces.- 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico.- 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (22/07/2019).- 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 13/03/2019 a las 10.00 hs.- Comuniquese a la Presidencia de la Cámara a tal efecto. 12) Fijar el dia 08/04/2019, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Sindico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes.- La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación.- 13) Fijar el día 24/04/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Firmado: Juez a cargo Dr. KILGELMANN - Dra. Verónica Toloza – Secretaria.

S/C 384326 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: “BARRIENTOS, MARIANA JAQUELINA s/Solicitud propia quiebra”, CUIJ N° 21-02004973-9, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de MARIANA JAQUELINA BARRIENTOS, D.N.I. 37.396.030, domiciliada realmente en calle Belgrano N° 2156, de la ciudad de Coronda y legalmente en calle 25 de Mayo no 2126, piso 2, Dpto. B, de esta ciudad de Santa Fe. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquella. 4) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (22/07/2019). 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 13/03/2019 a las 10.00 hs. A sus efectos, comuníquese a la Presidencia de la Cámara. 12) Fijar el día 08/04/2018, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así cómo los títulos pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 24/04/2019 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe, Firmado: Juez Dr. KILGELMANN a/c; Dra. Verónica Toloza, Secretaria.

S/C 384327 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición del Juez se de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 18 de la ciudad de El Trébol (SF), a cargo de la Dra. Nora Elena Baró - Jueza - Silvia Beatriz Racchella - Secretaria, se hace saber que dentro de los autos caratulados “COMUNA DE PIAMONTE C/GHIGLIONE MAGDALENA y Otros s/Apremio Municipal” CUIJ 21-24368710-9, se ha dispuesto lo siguiente: El Trébol, 18 de Diciembre de 2018. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que acompaña, acuérdesele la participación legal correspondiente. Por iniciada Demanda de Apremio (Ley 5066) contra la Sra. Magdalena Ghiglione y/o contra quien resulte propietario y/o jurídicamente responsable y/o contribuyente del inmueble que denuncia, tendiente al cobro de la suma de $26.126,10, con más intereses y costas. Cítese de remate a los demandados, bajo apercibimientos de que si dentro del término de ocho días no oponen excepción legítima alguna, se mandará llevar adelante la ejecución, a sus efectos. A efectos de la citación de los demandados no individualizados publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, por el término de ley (art. 28 Ley citada).Téngase presente la documental que acompaña, la que se agrega a autos. Trábese embargo sobre el inmueble que referencia por la suma de $ 26.126,10, con más la suma de $13.063, que se presupuesta provisoriamente para intereses y costas. A sus efectos, ofíciese al Registro General de la Propiedad, otorgándose la autorización peticionada a efectos del diligenciamiento. Notifiquen las empleadas Acosta y/o Strappini y/o por intermedio de Oficial de Justicia. Notifíquese. Fdo. Silvia Beatriz Racchella- Secretaria. Nora Elena Baró- Jueza. El presente edicto deberá publicarse sin costo alguno, conforme prescripciones del Art. 63 Ley 2439 y concordantes del Código Fiscal S.F. Publíquense por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL. En la ciudad de El Trébol, a los 25 de Febrero de 2019. Dra. Rocchella, Secretaria.

S/C 384282 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición del Juez se de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 18 de la ciudad de El Trébol (S. Fe), a cargo de la Dra. Nora Elena Baró - Jueza - Silvia Beatriz Racchella - Secretaria, se hace saber que dentro de los autos caratulados: COMUNA DE PIAMONTE c/BERTOLE ELVIRA y Otros s/Apremio municipal, CUIJ 21-24368708-7, se ha dispuesto lo siguiente: El Trébol, 18 de Diciembre de 2018. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que acompaña, acuérdesele la participación legal correspondiente. Por iniciada Demanda de Apremio (Ley 5066) contra la Sra. Elvira Bertole y/o contra quien resulte responsable y/o contribuyente del inmueble que refiere, tendiente al cobro de la suma de $52.864,36, con más intereses y costas. Cítese de remate a los demandados, bajo apercibimientos de que si dentro del término de ocho días no oponen excepción legítima alguna, se mandará llevar adelante la ejecución, a sus efectos. A efectos de la citación de los demandados no individualizados publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, por el término de ley (art. 28 Ley citada). Téngase presente la documental acompañada, la que se agrega a autos. Trábese embargo sobre el inmueble que referencia por la suma de $52.864,36, con más la suma de $26.432, que se presupuesta provisoriamente para los intereses y costas. A sus efectos, ofíciese al Registro General de la Propiedad, otorgándose la autorización peticionada a efectos del diligenciamiento. Notifiquen las empleadas Acosta y/o Strappini y/o por intermedio de la Sra. Oficial de Justicia. Notifíquese: Fdo. Silvia Beatriz Racchella-Secretaria. Nora Elena Baró-Jueza. El presente edicto deberá publicarse sin costo alguno, conforme prescripciones del Art. 63 Ley 2439 y concordantes del Código Fiscal S.F. Publíquense por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL. En la ciudad de El Trébol, 11 de Febrero de 2019. Dra. Rocchella, Secretaria.

S/C 384281 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición del Juez se de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 18 de la ciudad de El Trébol (SF), a cargo de la Dra. Nora Elena Baró - Jueza - Silvia Beatriz Racchella - Secretaria, se hace saber que dentro de los autos caratulados: COMUNA DE PIAMONTE C/ BERRONE y Otros s/Apremio municipal CUIJ 21-24368711-7 se ha dispuesto lo siguiente: El Trébol, 18 de Diciembre de 2018. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que acompaña, acuérdesele la participación legal correspondiente. Por iniciada Demanda de Apremio (Ley 5066) contra el Sr. Berrone Roberto y/o contra quien resulte propietario y/o jurídicamente responsable y/o contribuyente del inmueble que denuncia, tendiente al cobro de la suma de $31.428,37, con más intereses y costas. Cítese de remate a los demandados, bajo apercibimientos de que si dentro del término de ocho días no oponen excepción legítima alguna, se mandará llevar adelante la ejecución, a sus efectos. A efectos de la citación de los demandados no individualizados publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, por el término de ley (art. 28 Ley citada).Téngase presente la documental que acompaña, la que se agrega a autos. Trábese embargo sobre el inmueble que referencia por la suma de $31.428,37, con más la suma de $15.714, que se presupuesta provisoriamente para intereses y costas. A sus efectos, ofíciese al Registro General de la Propiedad, otorgándose la autorización peticionada a efectos del diligenciamiento. Notifiquen las empleadas Acosta y/o Strappini y/o por intermedio de Oficial de Justicia. Notifíquese. Fdo. Silvia Beatriz Racchella, Secretaria. Nora Elena Baró, Jueza. El presente edicto deberá publicarse sin costo alguno, conforme prescripciones del Art. 63 Ley 2439 y concordantes del Código Fiscal S.F. Publíquense por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL. En la ciudad de El Trébol, 25 de Febrero de 2019. Dra. Rocchella, Secretaria.

S/C 384280 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición del Juez se de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 18 de la ciudad de El Trébol (SF), a cargo de la Dra. Nora Elena Baró - Jueza - Silvia Beatriz Racchella - Secretaria, se hace saber que dentro de los autos caratulados: COMUNA DE PIAMONTE c/CAMPOS FRANCISCA AVELINA y Otros s/Apremio CUIJ 21-24368705-2 se ha dispuesto lo siguiente: El Trébol, 14 de Diciembre de 2018. Por presentados, domiciliados y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que invocan, acuérdesele la participación legal correspondiente. Por iniciada Demanda de Apremio (Ley 5066) contra Francisca Avelina Campos de Beltrán y/o contra quien resulte propietario y/o jurídicamente responsable y/o contribuyente del inmueble que refiere, tendiente al cobro de la suma de $68.423,75, con más intereses y costas. Cítese de remate a los demandados, bajo apercibimientos de que si dentro del término de ocho días no oponen excepción legítima alguna, se mandará llevar adelante la ejecución, a sus efectos. A efectos de la citación de los demandados no individualizados publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL, por el término de ley (art. 28 Ley citada). Téngase presente la documental acompañada, la que se agrega a autos. Trábese embargo sobre el inmueble que referencia por la suma de $ 68.423,75, con más la suma de $34.212, que se presupuesta provisoriamente para intereses y costas. A sus efectos, ofíciese al Registro General de la Propiedad, otorgándose la autorización peticionada a efectos del diligenciamiento. Notifiquen las empleadas Acosta y/o Strappini y/o por intermedio de Oficial de-Justicia. Notifíquese.. Fdo. Silvia Beatriz Racchella- Secretaria. Nora Elena Baró- Jueza. El presente edicto deberá publicarse sin costo alguno, conforme prescripciones del Art. 63 Ley 2439 y concordantes del Código Fiscal S.F. Publíquense por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL. En la ciudad de El Trébol, 25 de Febrero de 2019. Dra. Rocchella, Secretaria.

S/C 384279 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición del Juez se de Primera Instancia de Circuito Judicial Nº 18 de la ciudad de El Trébol (S. Fe), a cargo de la Dra. Nora Elena Baró - Jueza - Silvia Beatriz Racchella - Secretaria, se hace saber que dentro de los autos caratulados: COMUNA DE PIAMONTE c/PARISIA RUBÉN JAVIER y Otros s/Apremio municipal” CUIJ 21-24368709-5, se ha dispuesto lo siguiente: El Trébol, 18 de Diciembre de 2018. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito al poder especial que acompaña, acuérdesele la participación legal correspondiente. Por iniciada Demanda de Apremio (Ley 5066) contra el Sr. Rubén Javier Parisia y/o contra quien resulte propietario y/o jurídicamente responsable y/o contribuyente del inmueble que refiere, tendiente al cobro de la suma de $116.096,13, con más intereses y costas. Cítese de remate a los demandados, bajo apercibimientos de que si dentro del término de ocho días no oponen excepción legítima alguna, se mandará llevar adelante la ejecución, a sus efectos. A efectos de la citación a los demandados no individualizados publíquense edictos en el Boletín Oficial, por el término de ley (art. 28 Ley citada).Téngase presente la documental que acompaña, la que se agrega a autos. Trábese embargo sobre el inmueble que referencia por la suma de $116.096,13, con más la suma de $58.048, que se presupuesta provisoriamente para intereses y costas. A sus efectos, ofíciese al Registro General de la Propiedad, otorgándose la autorización peticionada a efectos del diligenciamiento. Notifiquen las empleadas Acosta y/o Strappini y/o por intermedio de Oficial de Justicia. Notifíquese. Fdo. Silvia Beatriz Racchella, Secretaria. Nora Elena Baró, Jueza. El presente edicto deberá publicarse sin costo alguno, conforme prescripciones del Art. 63 Ley 2439 y concordantes del Código Fiscal S.F. Publíquense por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL. En la ciudad de El Trébol, 25 de Febrero de 2019. Dra. Rocchella, Secretaria.

S/C 384278 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición de la Dra. Celia G. Bornia, Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial N° 27 de la Ciudad de San Justo (Pcia. de Santa Fe), sito en calle Av. 9 de Julio N° 2568 de la misma, en autos caratulados: GRENON, ROBERTO NÉSTOR c/MAGALLANES, ADOLFO MARCOS s/Juicio ejecutivo, Expte. CUIJ 21-22942253-4, se notifica al demandado, Sr. Marcos Adolfo Magallanes- CUIT 20-37903964-3 del decreto que a continuación se transcribe: SAN JUSTO, 18 de Abril de 2018. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado, en mérito a la copia de poder acompañado, acuérdasela la participación que por derecho corresponda. Téngase por promovida demanda ejecutiva por cobro de $ 3.600,00- con más los intereses y costas, e IVA si correspondiere contra Adolfo Marcos Magallanes, a quien se cita y emplaza u comparecer a estar a derecho dentro del término de ley y bajo apercibimientos de rebeldía. Resérvese en Secretaria la documental acompañada y agréguese fotocopia. En cantidad suficiente a cubrir el monto del capital reclamado, con más el 50% estimado provisoriamente para intereses y costas, trábese embargo cobre bienes generales libres no registrables del demandado. Líbrese mandamiento a la Sra. Oficial de Justicia a tales fines. Autorizase a los propuestos para el diligenciamiento como se solicita. Hágase saber a la parte demandada que, en caso de comparecer mediante profesional letrado, se deberá cumplimentar con las Leyes 10.244 y 10.727 bajo expresos apercibimientos de tener el escrito por no presentado. Notifíquese. Fdo. Dr. Julio Henares (Secretario) Dra. Celia G. Bornia (Jueza). Otro Decreto: San Justo, 05 de Octubre de 2018. Agréguese y téngase presente Sustitúyase el embargo oportunamente ordenado y en su lugar: dispóngase el embargo de las sumas de dinero que correspondiere al accionado, en los autos mencionados en cantidad suficiente a cubrir el monto reclamado. Líbrese Exhorto como se solicita al Juzgado de Circuito de San Javier. Notifíquese. Fdo. Dr. Julio Henares (Secretario) Dra. Celia Bornia (Jueza). Lo que se publica por el término legal en el BOLETÍN OFICIAL y en la Sede Judicial Respectiva. San Justo, 1 de Marzo de 2019. Dr. Hanares, Secretario.

$ 33 384250 Abr. 1

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Tramites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, de la ciudad de Santa Fe), en los autos caratulados: GÓMEZ, ANTONIO s/Sucesorio, Expte. CUIJ N° 21-02007096-7, se cita, llama y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y todos aquellos que se consideren con Derechos a los bienes del causante: don GÓMEZ, ANTONIO, DNI N° M 7.635.483, para que así dentro de los Treinta días lo acrediten, haciendo valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Secretaría, Santa Fe, 8 de Marzo de 2019. Dr. Hugo Raúl Beltramo (Secretario).

$ 45 384261 Abr. 1

__________________________________________


Por disposición del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la Ciudad de Santa Fe; en autos: SOLIS ANTONIO PATRICIO s/Sucesorio, CUIJ 21-01997552-2; se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de: 1) Solis Antonio Patricio, DNI N° 17.368.365, nacido el 12/07/1965, fallecido en la ciudad de Santa Fe Provincia de Santa Fe, en fecha 03/10/2017; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Edictos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 12 de Marzo de 2019. Dra. Sánchez, Secretaria.

$ 45 384265 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Distrito Uno en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, con domicilio en San Jerónimo 1551, en los autos: FLEITA, MARISEL ITATÍ s/Quiebra, CUIJ 21-00839614-8, en fecha 27 de Diciembre de 2018, se ha dispuesto lo siguiente: Por evacuada la vista a la Sindicatura. Por presentado informe final y proyecto de distribución reformulado. Publíquense los edictos en los términos del Art. 218 de la LCQ. Notifíquese. Fdo.: Dra. María Naveda Marcó, Secretaria - Dra. Beatriz Forno, Jueza. Santa Fe, 12 de Marzo de 2019. Dra. Wagner, Prosecretaria.

S/C 384293 Abr. 1 Abr. 3

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Tramites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: SMOLJAN, NICOLÁS OSVALDO RUBÉN s/Declaratoria de herederos, (CUIJ Nº 21-02004600-4) se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Nicolás Osvaldo Rubén Smoljan, D.N.I. N° 6.238.317, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Firmante: Hugo R. Beltramo (Secretario). Santa Fe, 7 de Marzo de 2019. Dr. Beltramo, Secretario.

$ 45 384206 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por estarlo así dispuesto en los autos caratulados: SAMINSKY, LEIVA y Otro s/Sucesorio - CUIJ: 21-01997047-4/2018, que se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la Segunda Nominación de Santa Fe, de conformidad con el Art. 2340 del C.C.C., se notifica a los herederos denunciados y se cita a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, por edicto que se publica por un día en el diario de publicaciones oficiales para que acrediten su derecho dentro de los treinta días, en relación a la sucesión del señor Leiva Saminsky, argentino, DNI N° M6.194.008, fallecido en la ciudad de Santa Fe, el día 29/05/2006, con último domicilio en calle Juan Díaz de Solís 2632 de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe y de la señora Live Fischert, argentina, DNI N° 9.168.947, fallecida en la ciudad de Rosario, el día 09/05/2010, con último domicilio en Corrientes 1587 2° C de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe. Se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 11 de Marzo de 2019. Dra. Sánchez, Secretaria.

$ 45 384205 Abr. 1

__________________________________________


Por disposición de la oficina de Tramites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de distrito en lo Civil y Comercial de la octava nominación de Santa Fe) en autos caratulados: VILLIONI, ORLANDO EDUARDO s/Sucesorio (CUIJ Nº 21-02005547-9) se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Orlando Eduardo Villioni, documento de identidad Nº 06.219.923, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dra. Estela C. López Bustos, Secretaria. Santa Fe, 13 de Marzo de 2019.

$ 45 384292 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Tramites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Santa Fe) en autos caratulados: MORAGA, VÍCTOR PEDRO s/Sucesorio; (CUIJ Nº 21-02004934-8) se cita, se llama, y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de Víctor Pedro Moraga, documento de identidad Nº 06.322.360, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo.: Dr. Hugo Raúl Beltramo, Secretario. Santa Fe, 13 de Marzo de 2019. Dra. Bustos, Secretaria.

$ 45 384294 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación en los autos: MONTEL DE LA ROCHE LUIS VIDAL y Otra s/Sucesorio, CUIJ: 21-01991347-0, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Montel de la Roche Luis Vidal, L.E. 2.390.379 y doña Reyes Alicia Carmen, D.N.I. 6.119.165, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Santa Fe, 8 de Febrero de 2018. Dra. Sánchez, Secretaria.

$ 45 384254 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: PERONA, MARIELA FABIANA s/Sucesorio” (CUIJ N° 21-01963820-8) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de Mariela Fabiana Perona, D.N.I. N° 20.547.018, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL. Firmado: Dra. Laura M. Maydana (Secretaria) - Dra. Viviana E. Marín (Jueza). Santa Fe, 8 de Marzo de 2019.

$ 45 384346 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición de la Oficina de Trámites Sucesorios (Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de Santa Fe) en los autos caratulados: “MUDA, PATRICIA BEATRIZ s/SUCESORIO” (CUIJ 21-02002879-0), se cita, se llama y emplaza a todos los herederos, acreedores y legatarios de PATRICIA BEATRIZ MUDA, DNI: 13.854.538, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial. Dra. Estela Cristina López Bustos (Secretaria). Santa Fe, febrero de 2019.-

$ 45 383422 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


SAN JORGE

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRBAJO


Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Distrito Nº 11 en lo Civil Comercial y del Trabajo San Jorge, en los autos caratulados: COGGIOLA SUSANA RAQUEL s/Sucesorio, Expediente Nº 1567/2018; se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de Susana Raquel Coggiola, L.C. 3.966.371, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del plazo de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL, y se exhibe en los Estrados de este Tribunal. Secretaría, San Jorge, 21 de Febrero de 2019. Dra. Alberto, Prosecretaria.

$ 45 384249 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos: ANDRUETTO, LIDIO BARTOLO s/Sucesorio (Expte. N° 1669 - Año 2018), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Lidio Bartolo Andruetto, L.E. N° 6.271.944, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. San Jorge, 12 de Marzo de 2019. Dra. Alberto, Prosecretaria.

$ 45 384333 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 11, en lo Civil, Comercial y Laboral, de la ciudad de San Jorge, en autos: MOLINA, MARIO HERMENEGILDO s/Sucesorio (Expte. N° 1003 - Año 2018), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Mario Hermenegildo Molina, D.N.I. N° M5.941.615, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y exhibición en los Estrados Judiciales. San Jorge, 26 de Febrero de 2019. Dra. Alberto, Prosecretaria.

$ 45 384236 Abr. 1 Abr. 4

__________________________________________


SAN CRISTOBAL

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Señora Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Cristóbal, en los autos: “Blanco, María Cristina s/Declaratoria de Herederos”, Expte. N° 555/18 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante MARÍA CRISTINA BLANCO DNI 16.865.975 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Puertas del Juzgado. San Cristóbal, 28 de Febrero de 2019. Dr. Ricardo Ruiz Díaz - Secretario.

$ 45 384211 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


VERA

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 13 en lo Civil, Comercial y Laboral 2da. Nominación de la ciudad de Vera, en los autos caratulados: LEZCANO, MIRTA GLADIS c/LÓPEZ, BASILIO ADOLFO y Otros s/Usucapión Expte. N° 900/2015, se cita y emplaza a los Herederos y/o Sucesores del Señor Basilio Adolfo López, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Vera, 26 de Julio de 2018. Fdo. Dr. Juan Manuel Rodrigo, Juez. Dra. Beatriz Deiber de Fabbro, Secretaria.

$ 165 384295 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


RAFAELA

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Distrito N° 5 en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos: Expte. 90/2011 - “ALASSIA SILVANA ANDREA c/ABELDAÑO, MARCOS ANTONIO s/Ordinario, se hace saber que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 29 de agosto de, 2016. Autos y Vistos:... Resulta:... Y Considerando... Resuelvo: 1.- Hacer lugar a la demanda y declarar resuelto el contrato de compraventa celebrado el 04 de noviembre de 2008, entre Silvana Andrea Alassia y Marcos Antonio Abeldaño, conforme los considerando que anteceden. 2.- Imponer las costas a ¡a demandada. 3.- Diferir la regulación de honorarios hasta que las partes estimen la cuantía en los términos del art. 8 de ley 12.8S1. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Notifíquese. Dra. Mendoza - Jueza; Dra. Castellano - Secretaria. Rafaela, 15 de Febrero de 2.019.

$ 52,50 384252 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia, Distrito Nº 5, Laboral Primera Nominación de Rafaela, Santa Fe, “Expte. Nro. 1050-2012 (CUIJ 21-16377631-3) FUENTES CAROLINA RITA c/MERCUTEX SRL y Otros s/Cobro de pesos laboral” se ha ordenado lo siguiente: Rafaela, Junio cuatro de dos mil dieciocho. Y Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: 1) Hacer lugar parcialmente a la demanda. 2) Condenar en forma solidaria a Mercutex SRL y a Libertad S.A. apagar a la actora en el plazo de diez días los rubros e intereses que tengo dicho en los considerandos. 3) Condenar en forma exclusiva a Mercutex SRL a la entrega de la certificación de servicios con datos reales del nexo, en el mismo plazo que el previsto para el pago de los demás rubros. 4) Imponer las costas un 70% a las demandadas y un 30% a la parte actora. 5) Regular honorarios oportunamente. Archívese el original, expídase copia y hágase saber.” Fdo: Dr. Lucas Marín. Juez. Dr. Nicolás Mosconi. Secretario. El presente trámite es de carácter laboral por lo que se encuentra exento de abonar cualquier tipo de arancel y/o sellados por estar así dispuesto en las leyes laborales (Art. 19 Ley 7945). Rafaela, 11 de Marzo de 2019.

S/C 384243 Abr. 1

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Distrito de Primera Instancia en lo Civil, Comercial de la 3a.Nominación, ciudad de Rafaela, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la señora, María Magdalena Michlig o Micklig, DNI Nº 1.120,388, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley, en los autos caratulados: MICHLIG o MICKLIG, MARÍA MAGDALENA s/Sucesorio, Expte. N° 551/18 (CUIJ Nº 21-24021421-8). Fdo.: Dra. Ana Laura Mendoza: Juez - Dra. Carolina Castellano: Secretaria. Rafaela, 6 de Febrero de 2019.

$ 45 384238 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


RECONQUISTA

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por estar así ordenado en los autos: "SUGARTEC S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO" - (Expte.  Nº 772/2018), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia Distrito Judicial Nº 4, en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Reconquista - Sta. Fe, a cargo del Dr. Fabián S. Lorenzini, Secretaría del Dr. José A. Boaglio, con domicilio en San Martín 1060 - Reconquista - Sta. Fe, se hace saber que: 1ero: En fecha 20 de Diciembre de 2018, se ha declarado abierto el Concurso Preventivo de “Sugartec S.A.”, CUIT Nº 30-70916916-1, en agrupamiento con la firma “La Cariola S.A.” CUIT Nº 30-57210829-1, ambas con domicilio en Calle 13 Nº Nº 390, de la ciudad de Avellaneda, Santa Fe y con domicilio ad litem en calle Iriondo Nº 729 de esta ciudad de Reconquista; 2do: Fijar el día 25/03/2019 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al síndico; 3ero: Fijar el 17/05/2019 la fecha en que deberá el síndico presentar los informes individuales; 4to: Fijar el 01/07/2019 la fecha para la presentación del informe general; 5to: Fijar, el 26/11/2019 a las 09:00 horas como fecha para que tenga lugar la audiencia prevista en el art. 45 LCQ.- Como recaudo, se transcriben las partes pertinentes de las resoluciones que autorizan el despacho de la presente: “Reconquista, 20 de Diciembre de 2018.- AUTOS Y VISTOS: … CONSIDERANDO: … RESUELVO: 1) declarar abierto el concurso preventivo de Sugartec SA CUIT 30-70916916-1 con domicilio en Calle 13 N° 390 de la ciudad de Avellaneda (SF). 2) Hacer saber que el presente concurso corresponde a un caso de agrupamiento con el concurso de La Cariola SA (CUIJ 21-24928486-3) en los términos del art. 65 de la LCQ. 3) hacer saber que el síndico del presente concurso será el que resulte sorteado para el concurso de La Cariola SA (conf. art. 67 segundo párrafo LCQ), haciendo saber al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas.… 5) ordenar, una vez aceptado el cargo de síndico, la publicación de edictos en la forma prescripta en los art. 27 y 28 LCQ en el Boletín Oficial y en el diario Edición 4 de esta ciudad. … Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Fdo.: Dr. José A. Boaglio, Secretario; Dr. Fabián S. Lorenzini, Juez.-” Y otra Resolución: “Reconquista, 08 de febrero de 2019.- AUTOS Y VISTOS: … CONSIDERANDO:

RESUELVO: 1) ampliar el auto de apertura del concurso preventivo (autos 799, folio 471, tomo 40) y designar al CPN Gabriel Alberto Aguirre Mauri, domiciliado en Ludueña N° 968 de esta ciudad como Síndico del Concurso Preventivo. 2) Fijar el día 25/03/2019 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al síndico 3) Fijar el 17/05/2019 la fecha en que deberá el síndico presentar los informes individuales. 4) Fijar el 01/07/2019 la fecha para la presentación del informe general; 5) Fijar, el 26/11/2019 a las 09,00 horas como fecha para que tenga lugar la audiencia prevista en el art. 45 LCQ. 6) Correr vista al Síndico a fin de que se expida conforme art. 14 inc. 11 LCQ. 7) Publíquense edictos de ley. Hágase saber, insértese el original y agréguese copia.- Fdo.: Dr. José A. Boaglio, Secretario; Dr. Fabián S. Lorenzini, Juez.-”

Ha sido designado Síndico al C.P.N. Gabriel Alberto Aguirre Mauri, con domicilio en calle Ludueña Nº 968 de la ciudad de Reconquista (Santa Fe).-

Publíquese en el Boletín Oficial y el Diario Local “Edición 4”, por el término de ley

$ 690 382359 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por estar así ordenado en los autos: "LA CARIOLA S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO" - (Expte.  Nº 771/2018), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia Distrito Judicial Nº 4, en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Reconquista - Sta. Fe, a cargo del Dr. Fabián S. Lorenzini, Secretaría del Dr. José A. Boaglio, con domicilio en San Martín 1060 - Reconquista - Sta. Fe, se hace saber que: 1ero: En fecha 20 de Diciembre de 2018, se ha declarado abierto el Concurso Preventivo de “La Cariola S.A.”, CUIT Nº 30-57210829-1, en agrupamiento con la firma “Sugartec S.A.” CUIT Nº 30-70916916-1, ambas con domicilio en Calle 13 Nº Nº 390, de la ciudad de Avellaneda, Santa Fe y con domicilio ad litem en calle Iriondo Nº 729 de esta ciudad de Reconquista; 2do: Fijar el día 25/03/2019 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al síndico; 3ero: Fijar el 17/05/2019 la fecha en que deberá el síndico presentar los informes individuales; 4to: Fijar el 01/07/2019 la fecha para la presentación del informe general; 5to: Fijar, el 26/11/2019 a las 09:00 horas como fecha para que tenga lugar la audiencia prevista en el art. 45 LCQ.- Como recaudo, se transcriben las partes pertinentes de las resoluciones que autorizan el despacho de la presente: “Reconquista, 20 de Diciembre de 2018.- AUTOS Y VISTOS: … CONSIDERANDO: … RESUELVO: 1) declarar abierto el concurso preventivo de La Cariola SA CUIT 30-57210829-1 con domicilio en Calle 13 N° 390 de la ciudad de Avellaneda (SF). 2) Hacer saber que el presente concurso corresponde a un caso de agrupamiento con el concurso de Sugartec SA (CUIJ 21-24928487-1) en los términos del art. 65 de la LCQ. 3) fijar, para que tenga lugar el sorteo de un síndico que actuará en el agrupamiento (art. 67 segundo párrafo LCQ), la audiencia del día 26/12/2018 a las 8 hs. Ante la Oficina de Sorteo de Síndicos de estos tribunales, al que se deberá oficiar, juntamente con el Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. … 5) ordenar, una vez aceptado el cargo de síndico, la publicación de edictos en la forma prescripta en los art. 27 y 28 LCQ en el Boletín Oficial y en el diario Edición 4 de esta ciudad. Hágase saber, insértese el original, agréguese copia. Fdo.: Dr. José A. Boaglio, Secretario; Dr. Fabián S. Lorenzini, Juez.-” Y otra Resolución: “Reconquista, 08 de febrero de 2019.- AUTOS Y VISTOS: … CONSIDERANDO: … RESUELVO: 1) ampliar el auto de apertura del concurso preventivo (autos 798, folio 469, tomo 40) y designar al CPN Gabriel Alberto Aguirre Mauri, domiciliado en Ludueña N° 968 de esta ciudad como Síndico del Concurso Preventivo. 2) Fijar el día 25/03/2019 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar pedidos de verificación al síndico 3) Fijar el 17/05/2019 la fecha en que deberá el síndico presentar los informes individuales. 4) Fijar el 01/07/2019 la fecha para la presentación del informe general; 5) Fijar, el 26/11/2019 a las 09,00 horas como fecha para que tenga lugar la audiencia prevista en el art. 45 LCQ. 6) Correr vista al Síndico a fin de que se expida conforme art. 14 inc. 11 LCQ. 7) Publíquense edictos de ley. Hágase saber, insértese el original y agréguese copia.- Fdo.: Dr. José A. Boaglio, Secretario; Dr. Fabián S. Lorenzini, Juez.-” Ha sido designado Síndico al C.P.N. Gabriel Alberto Aguirre Mauri, con domicilio en calle Ludueña Nº 968 de la ciudad de Reconquista (Santa Fe).-

Publíquese en el Boletín Oficial y el Diario Local “Edición 4”, por el término de ley

$ 690 382357 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________


Por estar así ordenado en los autos caratulados: “EXPTE. CUIJ N° 21-24961109-0 - COMPAÑIA GENERAL NEGOCIOS SA C/ HABEGGER ALICIA JUANA Y/O SUC S/ ORDINARIO DE USUCAPION”, de trámite por ante el Juzgado De Primera Instancia de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial –Tercera Nominación—de la ciudad de Reconquista, Santa Fe, se notifica a HEREDEROS de HABEGGER ALICIA JUANA del siguiente decreto: “Reconquista, 14 de diciembre de 2018.- Agréguense sellados acompañados y proveyendo el escrito introductorio: Por promovida Demanda Ordinaria de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA contra ALICIA JUANA HABEGGER y/o SUCESORES y/o Q.R.J.R. y/o contra quien resulte propietario y/o heredero y/o quienes se consideren con derecho sobre el bien a usucapir. Cítese y emplácese a los demandados por medio de Edictos, para que dentro del término de ley comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Publíquense los Edictos de Ley conforme Art. 67 C.P.C.y.C. Dese intervención a la Provincia de Santa Fe y a la Comuna de Las Garzas para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a tomar la intervención que les pudiere corresponder y manifiesten si tienen interés legítimo en esta causa. Téngase presente la prueba ofrecida. Dese intervención a la Sra. Fiscal. Conforme lo dispone el Art. 1.905 del C.C.y.C. procédase a anotar como litigioso el inmueble registrado bajo el N° 14842, F° 133, T° 72 I, Dpto. Gral. Obligado. Líbrese a tal fin el correspondiente oficio autorizándose al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Téngase presente la autorización conferida a los Dres. Javier Galbusera y/o Romina Milagros Fabrissin y/o Valeria Alfonsina Hug, al solo efecto de la presentación de escritos, a la compulsa y retiro de Autos. Notifíquese.”- Fdo.: Dra. Margarita A. Cismondi, jueza.- Dra. María Martina Ballario, Secretaria.-

RECONQUISTA,

$ 300 383789 Abr. 1 Abr. 4

__________________________________________


Por estar así ordenado en los autos caratulados: “EXPTE. CUIJ N° 21-24961109-0 - COMPAÑIA GENERAL NEGOCIOS SA C/HABEGGER ALICIA JUANA Y/O SUC S/ ORDINARIO DE USUCAPION”, de trámite por ante el Juzgado De Primera Instancia de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial –Tercera Nominación—de la ciudad de Reconquista, Santa Fe, se notifica a HEREDEROS de HABEGGER ALICIA JUANA del siguiente decreto: “Reconquista, 14 de diciembre de 2018.- Agréguense sellados acompañados y proveyendo el escrito introductorio: Por promovida Demanda Ordinaria de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA contra ALICIA JUANA HABEGGER y/o SUCESORES y/o Q.R.J.R. y/o contra quien resulte propietario y/o heredero y/o quienes se consideren con derecho sobre el bien a usucapir. Cítese y emplácese a los demandados por medio de Edictos, para que dentro del término de ley comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Publíquense los Edictos de Ley conforme Art. 67 C.P.C.y.C. Dese intervención a la Provincia de Santa Fe y a la Comuna de Las Garzas para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a tomar la intervención que les pudiere corresponder y manifiesten si tienen interés legítimo en esta causa. Téngase presente la prueba ofrecida. Dese intervención a la Sra. Fiscal. Conforme lo dispone el Art. 1.905 del C.C.y.C. procédase a anotar como litigioso el inmueble registrado bajo el N° 14842, F° 133, T° 72 I, Dpto. Gral. Obligado. Líbrese a tal fin el correspondiente oficio autorizándose al peticionante a intervenir en su diligenciamiento. Téngase presente la autorización conferida a los Dres. Javier Galbusera y/o Romina Milagros Fabrissin y/o Valeria Alfonsina Hug, al solo efecto de la presentación de escritos, a la compulsa y retiro de Autos. Notifíquese.”- Fdo.: Dra. Margarita A. Cismondi, jueza.- Dra. María Martina Ballario, Secretaria. RECONQUISTA.

$ 300 383789 Abr. 1 Abr. 8

__________________________________________