picture_as_pdf 2018-10-09

Juzgado en lo Penal


El Sr. Juez del Juzgado en lo Penal de Sentencia 2 de Rosario -Sistema Conclusional de Causas Penales-, Dr. Edgardo Fertitta (en suplencia), Secretaría de la Dra. Bárbara Lechini, hace saber que atento lo dispuesto por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en Acuerdo Ordinario, mediante Acta n° 35 Pto. 10, de fecha 25 de Septiembre de 2018, referente a la Remisión de Expedientes del Sistema de Conclusión de Causas a los Órganos del Nuevo Sistema Penal – Ley 13699 -, mediante las cuales se dispuso que aquellos expedientes que se encuentren en etapa plenaria corresponde distinguir dos situaciones: 1) Aquellos expedientes en los que ya se ha ofrecido prueba, deberán seguir tramitando según su estado, a partir del 16.10.2018, de conformidad a las normas procesales que regularon el Sistema de Conclusión de Causas (Ley 12.912, 12.734, 13.004 y concordantes). Lo harán en la Circunscripción Judicial y Distrito Judicial en las que fueran iniciadas por la Oficina de Gestión Judicial respectiva y entenderán los magistrados del Colegio de Jueces de Primera Instancia que fueran competentes territorialmente, debiendo priorizarse aquellos magistrados venían entendiendo en el trámite de las mismas. 2) Aquellas causas en las cuales aún no se hubiera ofrecido prueba, deberán tramitarse por el sistema del juicio oral en vigencia, a partir del 16.10.2018, en la Circunscripción Judicial, interviniendo los magistrados del Colegio de Jueces de Primera Instancia que fueran competentes territorialmente, debiendo priorizarse aquellos magistrados que venían entendiendo en las mismas. En todos los casos, se deberá remitir el 16.10.2018, a las Oficinas de Gestión del Distrito Judicial correspondiente los expedientes, documental, y poner a su disposición los efectos secuestrados, si los hubiera. Asimismo, ante la inminente finalización del Sistema Penal Conclusional, SE RESUELVE: 1) Respecto de las causas terminadas por resolución definitiva y/o archivo, dispóngase la destrucción de la documental y efectos secuestrados en las mismas que hasta la fecha no hayan sido retirados y/o reclamados por las partes. 2) Fijar como fecha límite para que los interesados legítimos concurran al Juzgado a requerir la entrega de efectos y/o documental, el día 10 de octubre de 2018 en el horario de 8.00 a 12.00 horas, fecha a partir de la cual no se admitirá reclamo de ningún tipo. . Remítase copia de la presenta a Excma. Corte Suprema de Justicia de Santa Fe”.-

S/C 23110 Oct. 9 Oct. 11

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El Sr. Juez del Sistema Conclusional de Causas Penales del Juzgado de Sentencia N° 7 de Rosario, Julio A. Kesuani, Secretaría de la Dra. Ileana Lovesio Freyre (Subrogante), hace saber que atento lo dispuesto por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en Acuerdo Ordinario, mediante Acta n° 35 Pto. 10, de fecha 25 de Septiembre de 2018, referente a la Remisión de Expedientes del Sistema de Conclusión de Causas a los Órganos del Nuevo Sistema Penal – Ley 13699 -, mediante las cuales se dispuso que aquellos expedientes que se encuentran actualmente en la etapa plenaria, deberán ser remitidos el 16.10.2018 a la Oficina de Gestión Judicial, con sus respectivas documental y efectos secuestrados, si los hubiera, y que tramitarán conforme lo previsto en el artículo 1, segundo párrafo, de la ley 13.699; debiendo, los Juzgados Residuales en lo Penal de Sentencia, remitir los expedientes y la documental completa de los mismos –si la tuviere-, y poner a disposición los efectos secuestrados –si los hubiere. Que en relación a los expedientes que se encuentran en etapa plenaria, corresponde distinguir dos situaciones: 1. Aquellos expedientes en los que ya se ha ofrecido prueba, deberán seguir tramitando según su estado, a partir del 16.10.2018, de conformidad a las normas procesales que regularon el Sistema de Conclusión de Causas (ley 12.912, 12.734, 13.004 y concordantes). Lo harán en la Circunscripción Judicial y Distrito Judicial en las que fueran iniciadas por la Oficina de Gestión Judicial respectiva y entenderán los magistrados del Colegio de Jueces de Primera Instancia que fueran competentes territorialmente, debiendo priorizarse aquellos magistrados que venían entendiendo en el trámite de las mismas. 2. Aquellas causas en las cuales aún no se hubiera ofrecido prueba, deberán tramitarse por el sistema del juicio oral en vigencia, a partir del 16.10.2018, en la Circunscripción Judicial y Distrito Judicial en las que fueran iniciadas; tramitando por la Oficina de Gestión Judicial, interviniendo los magistrados del Colegio de Jueces de Primera Instancia que fueran competentes territorialmente, debiendo priorizarse aquellos magistrados que venían entendiendo en las mismas. En en todos los casos, se deberá remitir el 16.10.2018, a las Oficinas de Gestión del Distrito Judicial correspondiente los expedientes, documental, y poner a su disposición los efectos secuestrados, si los hubiera. En consecuencia, y atento lo dispuesto por el Alto Tribunal, remítanse los expedientes y documental como se ordena. Asimismo, ante la inminente finalización del Sistema Penal Conclusional, se resuelve: 1) Respecto de las causas terminadas por resolución definitiva y/o archivo, dispóngase la destrucción de la documental y efectos secuestrados en las mismas que hasta la fecha no hayan sido retirados y/o reclamados por las partes. 2) Fijar como fecha límite para que los interesados legítimos concurran al Juzgado a requerir la entrega de efectos y/o documental, el día 10 de Octubre de 2018 en el horario de 8.00 a 12.00 horas, fecha a partir de la cual no se admitirá reclamo de ningún tipo. 3) Proceder a la publicación de edictos en el Boletín Oficial diariamente hasta la fecha fijada – 8 de Octubre de 2018 – y dos edictos en el diario “La Capital” a publicarse el viernes 5 y el domingo 7 de Octubre de 2018. Remítase copia de la presenta a Excma. Corte Suprema de Justicia de Santa Fe.-

S/C 23109 Oct. 9 Oct. 11

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El Sr. Juez del Sistema Conclusional de Causas Penales del Juzgado de Sentencia N° 4 de Rosario, Julio A. Kesuani, Secretaría de la Dra. Ileana Lovesio Freyre (Subrogante), hace saber que atento lo dispuesto por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en Acuerdo Ordinario, mediante Acta n° 35 Pto. 10, de fecha 25 de Septiembre de 2018, referente a la Remisión de Expedientes del Sistema de Conclusión de Causas a los Órganos del Nuevo Sistema Penal – Ley 13699 -, mediante las cuales se dispuso que aquellos expedientes que se encuentran actualmente en la etapa plenaria, deberán ser remitidos el 16.10.2018 a la Oficina de Gestión Judicial, con sus respectivas documental y efectos secuestrados, si los hubiera, y que tramitarán conforme lo previsto en el artículo 1, segundo párrafo, de la ley 13.699; debiendo, los Juzgados Residuales en lo Penal de Sentencia, remitir los expedientes y la documental completa de los mismos –si la tuviere-, y poner a disposición los efectos secuestrados –si los hubiere. Que en relación a los expedientes que se encuentran en etapa plenaria, corresponde distinguir dos situaciones: 1. Aquellos expedientes en los que ya se ha ofrecido prueba, deberán seguir tramitando según su estado, a partir del 16.10.2018, de conformidad a las normas procesales que regularon el Sistema de Conclusión de Causas (ley 12.912, 12.734, 13.004 y concordantes). Lo harán en la Circunscripción Judicial y Distrito Judicial en las que fueran iniciadas por la Oficina de Gestión Judicial respectiva y entenderán los magistrados del Colegio de Jueces de Primera Instancia que fueran competentes territorialmente, debiendo priorizarse aquellos magistrados que venían entendiendo en el trámite de las mismas. 2. Aquellas causas en las cuales aún no se hubiera ofrecido prueba, deberán tramitarse por el sistema del juicio oral en vigencia, a partir del 16.10.2018, en la Circunscripción Judicial y Distrito Judicial en las que fueran iniciadas; tramitando por la Oficina de Gestión Judicial, interviniendo los magistrados del Colegio de Jueces de Primera Instancia que fueran competentes territorialmente, debiendo priorizarse aquellos magistrados que venían entendiendo en las mismas. En en todos los casos, se deberá remitir el 16.10.2018, a las Oficinas de Gestión del Distrito Judicial correspondiente los expedientes, documental, y poner a su disposición los efectos secuestrados, si los hubiera. En consecuencia, y atento lo dispuesto por el Alto Tribunal, remítanse los expedientes y documental como se ordena. Asimismo, ante la inminente finalización del Sistema Penal Conclusional, se resuelve: 1) Respecto de las causas terminadas por resolución definitiva y/o archivo, dispóngase la destrucción de la documental y efectos secuestrados en las mismas que hasta la fecha no hayan sido retirados y/o reclamados por las partes. 2) Fijar como fecha límite para que los interesados legítimos concurran al Juzgado a requerir la entrega de efectos y/o documental, el día 10 de Octubre de 2018 en el horario de 8.00 a 12.00 horas, fecha a partir de la cual no se admitirá reclamo de ningún tipo. 3) Proceder a la publicación de edictos en el Boletín Oficial diariamente hasta la fecha fijada – 8 de Octubre de 2018 – y dos edictos en el diario “La Capital” a publicarse el viernes 5 y el domingo 7 de Octubre de 2018. Remítase copia de la presenta a Excma. Corte Suprema de Justicia de Santa Fe.-

S/C 23108 Oct. 9 Oct. 11

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JUZGADO LABORAL


La Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Laboral 7° Nominación de Rosario cita a los herederos del actor Jorge Gabriel Sidorak, a los fines de comparecer a estar a derecho dentro de los autos: SIDORAK JORGE GABRIEL c/ASOCIAR ART SA s/Daños y perjuicios (Expte. 844/2011) CUIJ 21-03667508-7, en el término de diez días bajo apercibimiento de que, en caso de incomparecencia, se designará un defensor ad- hoc en su oportunidad. Rosario, Septiembre 2018, Dra. Marisa G. Santarelli (Secretaria).

S/C 370429 Oct. 9 Oct. 11

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia de la 7ma. Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: REMENTERIA, MIGUEL ANGEL c/CINICATE, SILVANA CLAUDIA s/Divorcio por presentación conjunta; (CUIJ 21-11308688-9), se ha dispuesto hacer saber a Silvana Claudia Cinicate, D.N.I. 14.729.951, lo siguiente: Rosario, 15 de Marzo de 2017. Por presentado, con domicilio ad-litem constituido, por derecho propio y con patrocinio letrado. Otórguesele la participación que por derecho corresponda. Jueza de Trámite: Dra. Andrea Mariel Brunetti. Por interpuesta petición de divorcio en los términos del Art. 437 sgts. y ccdts. CC y CN. Agréguese la boleta de iniciación de juicio acompañada. Agréguese la documental que se adjunta. Hágase saber al Sr./la Sra. Silvana Claudia Cinicate la petición de divorcio solicitada. Ofíciese a la Cámara Nacional Electoral y al Registro Nacional de las Personas a los fines de que informe a este Tribunal el último domicilio conocido de la Sra. Cinicate De. Acompañe el profesional interviniente constancia de inscripción al AFIP. Notifíquese por cédula con transcripción del artículo 438 del CCyCN y con copia de la propuesta respectiva. De no ser hallado/a el/la requerido/a en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de los vecinos si es que allí vive el mismo y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. Dése estricto cumplimiento a lo previsto en el art. 56 del CPCCSF. Hágase saber que de todo escrito, excepto los de mero trámite, deberán presentarse tantas copias cuantas sean las partes que litiguen a los efectos de su reserva en autos y a disposición del/los interesados/s. Fdo: Dra. Carolina A. Pangia (Secretaria)- Dra. Andrea M. Brunetti (Jueza). A los fines pertinentes se transcribe el art. 438 del CCyCN: Toda petición de divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste; la omisión de la propuesta impide dar trámite a la petición. Si el divorcio es peticionado por uno solo de los cónyuges, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta. Al momento de formular las propuestas, las partes deben acompañar los elementos en que se fundan; el juez puede ordenar, de oficio o a petición de las partes, que se incorporen otros que se estiman pertinentes. Las propuestas deben ser evaluadas por el juez, debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Si existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez de conformidad con el procedimiento previsto en la ley local. Secretaría Rosario, 03/09/201.8. Dra. Araceli Stefanelli (Secretaria).

$ 52,50 370438 Oct. 9 Oct. 11

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición de la Sr/a. Juez en suplencia de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, vacante, se hace saber que en los autos caratulados: NAVARRO, ROBERTO CARLOS c/SANATORIO MAPACI S.A., MECOLI, FERNANDO, DE MONTI, HERNÁN, SEGUROS MÉDICOS S.A., SWISS MEDICAL GROUP S.A. y Otros s/Daños y perjuicios, Expte. N° 21-02862963-7 (708/2016), se cita llama y emplaza a los herederos y/o sucesores y/o administrador provisorio de la herencia de Hernán Demonti, para que comparezcan a estar a derecho, caso contrario se procederá a nombrar curador, que tendrá la doble función de curador ad-hoc de la herencia y en su caso defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento (Art. 597/C.P.C.C. S.F.). Publíquense por el término de tres días para que dentro de los cinco días siguientes a la última publicación comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Fdo. Dr. Sergio Antonio González, Secretario. Rosario, 20 de Septiembre de 2018.

$ 33 370323 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 10 de esta ciudad de Rosario, dentro de los autos caratula-dos “CONSORCIO EDIF. BAUEN 20 c/ ROSAS, JOSÉ VICTORIO s/ JUI-CIO EJECUTIVO” (Expte. CUIJ Nº 21-02864318-4); se hace saber que se ha dictado la Sentencia Nº 1769 de fecha 04 de Octubre de 2016 por la cual se RESUELVE: “Y VISTOS: Y CONSIDERANDO: , FALLO: 1) Orde-nar seguir adelante la ejecución hasta tanto el actor se haga íntegro cobro de la suma reclamada, con más sus intereses como se explicitan en la parte considerativa, desde la mora y hasta el día de su efectivo pago. 2) Im-poner las costas a la parte demandada (art. 251 CPCCSF) 3) Regular los honorarios oportunamente. Insértese y hágase saber.- (CUIJ 21-02864318-4)”.- Fdo: Dr. Ivan D. Kvasina (Juez); Dr. Alfredo R. Farias (Secretario). Lo que se publica a sus efectos legales en el BOLETIN OFICIAL y en el HALL DE TRIBUNALES de Rosario.

Rosario, 05 de octubre de 2018.- Dra. Carla Gussoni Porrez (Secretaria).----

$ 33 370704 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición de la Sr/a. Juez en suplencia de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, vacante, se hace saber que en los autos caratulados INSAURRALDE MARTÍN DIEGO y/Otro c/CANAVES TORNILLA JAIME y/Otros s/Usucapión, Expte. Nº 21-02859008-0 (427/2016), se cita llama y emplaza a los herederos y/o sucesores y/o administrador provisorio de la herencia de Jaime Canaves Tornilla, para que comparezcan a estar a derecho, caso contrario se procederá a nombrar curador, que tendrá la doble función de curador ad-hoc de la herencia y en su caso defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento (Art. 597 C.P.C.C. S.F.). Publíquense por el término de tres días para que dentro de los cinco días siguientes a la última publicación comparezcan a este Tribunal/a hacer valer sus derechos. Rosario, 20 de Septiembre de 2018. Sergio Antonio González, secretario.

$ 33 370326 Oct. 11

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Por disposición del Sr/a. Juez en suplencia de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, juzgado vacante, se hace saber que en los autos caratulados ASOCIACIÓN MUTUAL 18 DE JULIO c/BORRACCETTI LILIANA EDELVIS s/Ejecutivo, Expte. N° 21-01445765-5 (810/2013), se ha dictado la siguiente sentencia: N° 2306. Rosario 14 de Septiembre de 2018. Y Vistos:... Y Considerando:... Fallo: Haciendo lugar a la demanda y en consecuencia, condenando a la parte demandada Liliana Edelvis Borraccetti, a pagar a la actora Asociación Mutual 18 de Julio, la suma de pesos $ 10.000 (pesos diez mil) con más los intereses establecidos en los considerandos de la presente, con costas (art. 251 del CPC). A los honorarios oportunamente. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Marcelo Quiroga, Juez en suplencia. Dr. Sergio A. González, secretario. Publíquense por el término de tres días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 3 de Octubre de 2018. Sergio Antonio González, secretario.

$ 33 370327 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 12a. Nominación de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ROSARIO c/MONTENEGRO, JUAN s/Apremio fiscales municipales; (Expte. CUIJ 21-02871062-0) por decreto de fecha 18/05/17 se tiene por iniciada la vía de apremio, citándose de remate al accionado por ocho días bajo apercibimientos de ley. Atento el fallecimiento del demandado, a los mismos efectos se cita y emplaza a los herederos de éste: Epifanía Inés Escobar, Nilda Teresa Montenegro y Escobar, Miriam Alicia, Marisa Viviana y Natalia Andrea Montenegro y Rodríguez. Por decreto de fecha 27 de Agosto de 2018 se tiene por constituido nuevo domicilio de la apoderada de la parte actora Dra. Viviana Noemí Lamboglia, en calle Urquiza 902, Primer Piso Oficia 130 (Edificio Aduana) de Rosario, ordenándose la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 3 de Octubre de 2018. Dr. Santiago Pascual, Prosecretario.

S/C 370264 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición, del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, Dr. Pedro Boasso, en los autos caratulados: SILVERO, MARÍA c/LA INMOBILIARIA DEL LITORAL S.C.A. s/Usucapión; (Expte. CUIJ 21-02876167-5), se cita a la firma La Inmobiliaria del Litoral S.C.A y/o a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble que se pretende usucapir, para que dentro del quinto día de la última publicación, comparezcan a estar a derecho y deducir oposición, en la gestión promovida por la Sra. María Silvero, sobre adquisición del dominio por usucapión, del siguiente inmueble: Trigésimo Tercero. El lote catorce, de la manzana veinticuatro, ubicado con frente al Sud sobre la calle De la Salle, a tos cuarenta y cuatro metros cuarenta y tres centímetros de la calle F. Moré hacia el Oeste, compuesto de diez metros de frente al Sud par veinticinco metros cuarenta y un centímetros de fondo, y linda: al Sud con la calle De la Salle- al Este con el lote 13; al Oeste con el lote 15, y al Norte con el contrafrente del lote 4 Encierra una superficie total de 254 metros 10 decímetros cuadros......; Escritura inscripta al Tomo 393 B, Folio 364, Nº 129639, Depto. Rosario: Rosario, 28 de Setiembre de 2018. Fdo.: Dra. María Sol Sedita (Secretaria).

$ 33 370302 Oct. 2 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Nº 17 en lo Civil y Comercial de Rosario, se hace saber que en autos: ZELESNAK, MAURICIO DANIEL s/Concurso Preventivo, CUIJ 21-02886813-5, por Resolución Nº 2476 de fecha 27/09/18 se ha ordenado: Prorrogar el período de exclusividad establecido en autos fijando su vencimiento para el día 09/11/18 y la audiencia informativa para el día 02/11/18 a las 10 horas. Publíquense edictos por el término de ley el BOLETÍN OFICIAL. Insértese, agréguese copia y hágase saber. Fdo.: Dra. María Silvia Beduino -Jueza - Dra. Ma. Amalia Lantermo, Secretaria. Secretaría, 2 Octubre de 2018. Dra. Netri, Prosecretaria.

$ 165 370365 Oct. 9 Oct. 16

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La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, secretaría de la Dra. Marianela Godoy, en autos APORTE MINERAL SRL s/Concurso Preventivo, C.U.I.J. Nº 21-02898493-3, ordenó la apertura del concurso preventivo de Aporte Mineral S.R.L. QUIT 30-71091424.5, domiciliada en Ituzaingó 5105, de Rosario, inscripta en el Registro Publicó de Comercio al Tomo 160, Folio 3350, Nº 248, de fecha 16 de febrero de 2009, y modificatoria al Tomo 166, Folio 5993, Nº 396, de fecha 12 de Marzo de 2015. Los acreedores deberán pedir verificación de créditos al Síndico CPN Rostagno, Mario Alberto con domicilio en calle Cochabamba 462 de Rosario, y el horario de atención, de 14 a 20 horas de Lunes a Viernes, hasta el día 19/10/2018 inclusive. Asimismo, se resolvió fijar el 30/11/18 como fecha para la presentación por el Síndico del informe individual sobre los créditos con las exigencias determinadas en el art. 35, 2do. párr. L.C. En igual sentido, se fijó el día 18/02/19 como fecha para la presentación del informe general por el Síndico. Y hacer saber que el periodo de exclusividad 05 de Julio de 2019 y la audiencia informativa se celebrará en la Sala de Audiencia de este Juzgado el 28/06/19 a las 10:00 horas, o al día siguiente hábil, y a la misma hora, si la fecha designada resultare feriado o inhábil. Fdo. Dra. Mónica Klebcar, (Jueza); Dra. Marianela Godoy (Secretaria) (No tributa Art. 273 Ley 24522. Rosario, de Septiembre de 2018. Dra. Becerra, Secretaria Subr.

$ 165 370336 Oct. 9 Oct. 16

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Por disposición de la Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nom. de Rosario, Dra. Maria Silvia Beduino, en autos: SANCHEZ, YOLANDA y Otros /LAMAS, LUIS ANGEL y Otros s/Daños y perjuicios, CUIJ Nº 21-00186950-4, mediante decreto de fecha 14 de Septiembre de 2018, se ha dictado lo siguiente: Téngase presente lo manifestado. Por acreditado el fallecimiento Luis Angel Lamas. Cítese y emplácese a los herederos de Luis Ángel Lamas a los fines de comparecer a estar a derecho, por el término y bajo los apercibimientos de ley. Al pedido de notificación por edictos ofíciese al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral para que informen el último domicilio de los requeridos. Notifíquese por cédula. Rosario, 19 de Septiembre de 2018. Téngase presente lo manifestado. A fin de notificar el decreto de fecha 14/09/18, publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo los apercibimientos de ley. Fdo.: María Amalia Lantermo (Secretaria) - María Silvia Beduino (Jueza). Rosario, 27 de Septiembre de 2018. Dra. Netri, Prosecretaria.

$ 33 370361 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 4° de la ciudad de Rosario se hace saber que dentro de los caratulados: Hintze Ana Flaminia s/Quiebra - Reconstrucción; Expte. Nro. 1584/94, por resolución Nº 2383 de fecha 27/09/2018 se ha dispuesto la conclusión del procedimiento (art. 59 LCQ), haciendo cesar la intervención del Sr. Síndico actuante. Publicación sin cargo. Rosario, 27/09/2018. Dra. Jaime, Secretaria.

S/C 370276 Oct. 9 Oct. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 4° de la ciudad de Rosario se hace saber que dentro de los caratulados: HINTZE MARTA LILIANA s/Concurso - Quiebra; Expte. Nro. 1585/94, por resolución Nº 2389 de fecha 27/09/2018 se ha dispuesto la conclusión del procedimiento (art. 59 LCQ), haciendo cesar la intervención del Sr. Síndico actuante. Publicación sin cargo. Rosario, 27/09/2018. Dra. Jaime, Secretaria.

S/C 370275 Oct. 9 Oct. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 4° de la ciudad de Rosario se hace saber que dentro de los caratulados: HINTZE EDMUNDO ANTONIO s/Concurso - Quiebra; Expte. Nro. 1586/94, por resolución Nº 2390 de fecha 27/09/2018, se ha dispuesto la conclusión del procedimiento (art. 59 LCQ), haciendo cesar la intervención del Sr. Síndico actuante. Publicación sin cargo. Rosario, 27/09/2018. Dra. Jaime, Secretaria.

S/C 370274 Oct. 9 Oct. 10

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Por disposición de la Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo C. y C. N° 5 de Rosario, Dra. Lucrecia Mantello en los autos caratulados: QUIROGA IRMA ESTELA c/ROMERO BLAS y Ot. s/Usucapión; Expte. Nro. 882/2014, se ha declarado la rebeldía de la demandada (Juan Carlos Romero -heredero de Blas Romero-), prosiguiendo el juicio sin su representación. Para sorteo de abogado defensor de oficio, fíjase fecha para cualquier día y hora hábil de audiencia. Fdo. Dra. Mantello (Jueza) Dra. Rubulotta (Secretaria). Secretaría, 27/09/2018. Dra. Jaime, Secretaria en suplencia.

$ 33 370238 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición de la jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimoséptima Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Silvia Beduino, en autos: VINTI, CARMELO s/Ausencia con presunción de fallecimiento, CUIJ 21-02891321-1, se ha dispuesto lo siguiente: Rosario, 01 de Marzo de 2018. Agréguense las partidas acompañadas. Por presentada, con domicilio ad litem constituido y en el carácter invocado con patrocinio de letrado. Por iniciada la acción que expresa. Publíquense edictos una vez por mes conforme artículo 88 CCC durante seis meses en el Boletín Oficial y en el Hall de Tribunales. Ofíciese al Registro Nacional de las Personas a fin de que informe el último domicilio del presunto ausente. Agréguense las constancias acompañadas. Ofíciese al Registro de la Propiedad Inmueble y Automotor a fin que informen si se encuentran registrados bienes a nombre del presunto ausente. Córrase vista al Defensor General y al Sr. Fiscal. Notifíquese por cédula. Fdo: Juan Manuel Conti (Secretario) - Silvia Beduino (Jueza). Rosario, 8 de Marzo de 2016. Dra. Netri, Prosecretario.

S/C 355690 Oct. 9

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Nº 2371; Rosario, 27 de Setiembre de 2018; Y Vistos: Los presentes caratulados REGUNASCHI BEATRIZ NOEMI s/Solicitud de propia quiebra; Expte. Nro. 426/2018, en trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, en los que a fs. 71 la Sindicatura acepta el cargo, constancias obrantes en autos y normas pertinentes. Resuelvo: 1°) Disponiendo el día 14 de Noviembre de 2018 como fecha hasta la cual los acreedores del concursado deberán presentar sus pedidos de verificación a la Sra. Síndico actuante CPN Claudia Gabriela Gurman, con domicilio constituido en calle Moreno 1739 piso 3° Of. A de Rosario, cuyos días y horarios de atención son de lunes a viernes de 09:00hs a 13:00hs y de 16:00hs a 19:00hs. 2°) Fijase el día 04 de Febrero de 2019 como fecha para la presentación del Informe Individual. 3°) Fijase el día 18 de Marzo de 2019 como fecha para la presentación del Informe General. 4°) Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL. Insértese, dése copia y hágase saber.

S/C 370273 Oct. 9 Oct. 16

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/QIUGGIA JORGE LUIS s/Apremio; E. Nº 325/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 1/8/2016. Cumpliméntese con el art. 5 de la Ley 10244 y se proveerá. (23) Expte. Nro. 325/16. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Nro. 033. Arroyo seco, 1 de febrero de 2017. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GIUGGIA JORGE LUIS s/Apremio, Expte. Nro. 325/16. Resuelvo: 1.- Admitirla y en consecuencia darle curso. 2.- Autorizar la participación del letrado actuante atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido; 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos catorce mil cincuenta y uno con ochenta y cuatro centavos ($ 14.051,84) en concepto de capital con mas la suma de siete mil veinticinco con noventa y dos centavos ($ 7.025,92) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo- intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. De la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado; Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias a Giuggia Jorge Luis y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio BJD845. Secretaria, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 370196 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GUGLIELMINOTTI CAROLINA s/Apremio; 21-22764067-4, se ha dictado lo siguiente: N° 529. Arroyo Seco, 18/04/2018. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GUGLIELMINOTTI CAROLINA s/Apremio, (Expte. Nº 1027/2017), Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Téngase presente la ampliación de la demanda en los términos expresados; 6. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 11.653,40 en concepto de capital, con más la suma de $ 5.826,70 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 7. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 8. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 9. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A 1a propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a la Sra. Guglielminotti Carolina y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo correspondiente al dominio ITT614. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370197 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TRIPODI SANTIAGO A s/Apremio 21-22764045-3, se ha dictado lo siguiente: Nº 534. Arroyo Seco, 18/04/2018. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TRIPODI SANTIAGO A. s/Apremio, (Expte. N° 1005/2017), Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Téngase presente la ampliación de la demanda en los términos expresados; 6. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $11.861,74.- en concepto de capital, con más la suma de $ 5.930,87 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 7. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 8. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 9. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A 1a propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Tripodi Santiago y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo correspondiente al dominio JKM326. Secretaria, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370198 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/COROSO FEDERICO RAÚL y/u Otros s/Apremio 21-22764209-9, se ha dictado lo siguiente: ?960. Arroyo Seco, 16/05/2018. Vista la demanda incoada en los autos individualizados supra. Resuelvo: Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 69.433,10 en concepto de capital, con más la suma de $ 20.829, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Coroso Federico Raúl y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo correspondiente al dominio NUZ051. Secretaria, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370199 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BRAGAGNINI ADRIÁN s/Apremio 21-22764042-9 se ha dictado lo siguiente: N° 533. Arroyo Seco, 18/04/2018. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BRAGAGNINI ADRIÁN s/Apremio, (Expte. N° 1002/2017), Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Téngase presente la ampliación de la demanda en los términos expresados; 6. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $50.320,69- en concepto de capital, con más la suma de $ 15.096,21 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 7. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 8. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 9. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Bragagnini Adrián y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo correspondiente al dominio AA463TO. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370201 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TATANGELO NÉSTOR s/Apremio 21-22764203-0 se ha dictado lo siguiente: Nº 962. Arroyo Seco, 16/05/2018. Vista la demanda incoada en los autos individualizados supra. Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 16.908,34 en concepto de capital, con más la suma de $ 8.454.-, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Tatangelo Néstor y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo correspondiente al dominio JYC535. Secretaria, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370202 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BRAVO ARIEL GUSTAVO s/Apremio 21-22764049-6 se ha dictado lo siguiente: N° 981. Arroyo Seco, 17/05/2018. VISTA la demanda incoada en los autos individualizados supra. Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 19.774,19 en concepto de capital, con más la suma de $ 9.887.-, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada, A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Bravo Ariel Gustavo y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo correspondiente al dominio IUQ576. Secretaria, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370203 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GIANINI RUBÉN OSCAR s/Apremio 21-22764030-5 se ha dictado lo siguiente: N° 536. Arroyo Seco, 18/04/2018. VISTA la demanda incoada en estos autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO C/GIANINI RUBÉN OSCAR s/Apremio” CUIJ: 21-22764030-5.- RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5. Téngase presente la ampliación de la demanda en los términos expresados. 6. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 13.898,43 en concepto de capital, con más la suma de $ 6.949.-, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que e) embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 7. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 8. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 9. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Gianini Rubén Oscar y/o quien resulte responsable directo y/o solidario de Impuesto Patente Única sobre vehículo correspondiente al dominio NIZ615. Secretaria, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370204 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LAPELLI MARCELO JOSÉ s/Apremio 21-22764038-0 se ha dictado lo siguiente: No 530. Arroyo Seco, 18/04/2018. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LAPELLI MARCELO JOSÉ s/Apremio”, ‘(expíe. No 998/2017), Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Téngase presente la ampliación de la demanda en los términos expresados; 6. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $14.105,36.- en concepto de capital, con más la suma de $7.052,68.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo—, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 7. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 8. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 9. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal Sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Lapelli Marcelo José y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo correspondiente al dominio JTT852. Secretaria, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370205 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CHIUMMIENTO MARCELA A. s/Apremio Municipal 21-22764461-0, se ha dictado lo siguiente: Nº 1145. Arroyo Seco, 29/05/2018. Vista: la demanda incoada en los autos identificados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4.Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $14.640,54.- en concepto de capital, con más la suma de $7.320,27.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado, Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias a la Sra. Chiummiento Marcela y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del Impuesto Patente Única sobre vehículo correspondiente al dominio IFA867. Secretaria, 24 de Setiembre de 2018. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370207 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/COROSO NÉSTOR OMAR s/Apremio Municipal 21-22764455-6, se ha dictado lo siguiente: N° 1159. Arroyo Seco, 29/05/2018. Vista: la demanda incoada en los autos identificados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 10.782,27 en concepto de capital, con más la suma de $ 5.391,13 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado; Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Coroso Néstor Omar y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente unica sobre vehiculo correspondiente al dominio FCX163. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370208 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PRIETO CESAR DAVID y/u Otros s/Apremio 21-22764217-0, se ha dictado lo siguiente: N° 1161. Arroyo Seco, 29/05/2018. Vista: la demanda incoada en los autos identificados supra; Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 31.986,90 en concepto de capital, con más la suma de $ 9.596,07 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado; Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Prieto Cesar David y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente unica sobre vehículo correspondiente al dominio GHE856. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370212 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PÉREZ FABIÁN HERMINDO s/Apremio 21-22764053-4, se ha dictado lo siguiente: Nº 967. Arroyo Seco, 16/05/2018. Vista la demanda incoada en los autos individualizados supra. Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 14.321,61 en concepto de capital, con más la suma de $ 7.160, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado; Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Pérez Fabián Hermindo y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente unica sobre vehiculo correspondiente al dominio IXZ517. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370213 Oct. 9 Oct. 11



Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PORCU MAURICIO ANDRES s/Apremio 21-22764052-6, se ha dictado lo siguiente: N° 968. Arroyo Seco, 16/05/2018. Vista la demanda incoada en los autos individualizados supra. Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 8.922,62 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.461, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado; Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Porcu Mauricio Andrés y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente unica sobre vehículo correspondiente al dominio IMG017. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370215 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BALEIS RUBEN IGNACIO s/Apremio 21-22764056-9, se ha dictado lo siguiente: N° 524. Arroyo Seco, 18/04/2018. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BALEIS RUBEN IGNACIO s/Apremio, (Expte. N° 1016/2017), Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Téngase presente la ampliación de la demanda en los términos expresados; 6. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 8.075,02 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.037,51 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 7. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 8. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 9. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado; Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Baleis Rubén Ignacio y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente unica sobre vehículo correspondiente al dominio IOT540. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370216 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ORSOLINI ENRIQUE s/Apremio 21-22764043-7, se ha dictado lo siguiente: Nº 983. Arroyo Seco, 17/05/2018. Vista la demanda incoada en los autos individualizados supra. Resuelvo: Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 10.936,81 en concepto de capital, con más la suma de $ 5.468, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arte. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada; A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado; Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias al Sr. Orsolini Enrique y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente unica sobre vehiculo correspondiente al dominio ITG756. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370217 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MASSAGLI ANDRES s/Apremio 21-22764059-3, se ha dictado lo siguiente: Nº 525. Arroyo Seco, 18/04/2018. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MASSAGLI ANDRES s/Apremio, (Expte. Nº 1019/2017), Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso; 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que en copia suscripta por el presentante se agrega a los autos; 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia; 5. Téngase presente la ampliación de la demanda en los términos expresados; 6. Atento a encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 8.449,04 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.224,52 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066); 7. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere; 8. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley; 9. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado; Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Massagli Andrés y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente unica sobre vehículo correspondiente al dominio IQF446. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370218 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/RUHECO S.A. s/Apremio 21-22764025-9, se ha dictado lo siguiente: Nº 540. Arroyo Seco, 18/04/2018. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/RUHECO S.A. s/Apremio; CUIJ 21-22764025-9. Resuelvo 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos,. 3. Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38), 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5. Téngase presente la ampliación de la demanda en los términos expresados. 6. Atento a encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 8.873,75 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.436, estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L 5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L 5066). 7. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 8. Citar a la demandada por edictos, que beberán publicarse en eL BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 9. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Mariana Sabina Cattani y Mariana Alvarado; Secretaria y Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias a Ruheco S.A. y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente unica sobre vehiculo correspondiente al dominio IQF446. Secretaría, 24 de Setiembre de 2018. Dra. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 370219 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Sr/a. Juez en suplencia de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de la ciudad de Rosario, vacante, se hace saber que en los autos caratulados: BUTTICE, SALVADOR y Otros s/Sucesorio; Expte. N° 21-02899717-2 (395/2018), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Salvador Buttice, L.E. Nº 6.014.582 y Josefa Lalonga, D.N.I. 5.536.407, por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 3 de Octubre de 2018. Sergio Antonio González, secretario.

$ 45 370331 Oct. 9 Oct. 16

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Por disposición del Sr/a. Juez en suplencia de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de la ciudad de Rosario, vacante, se hace saber que en los autos caratulados: MITRI GUADALUPE MARIA s/Sucesorio; Expte. N° 21-02902047-4 (538/2018), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Guadalupe María Mitri, L.C. Nº 5.562.805, por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 3 de Octubre de 2018. Sergio Antonio González, secretario.

$ 45 370332 Oct. 9 Oct. 16

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Por disposición del Sr/a. Juez en suplencia de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de la ciudad de Rosario, vacante, se hace saber que en los autos caratulados HALASZ, CARLOS IGNACIO s/Sucesorio; Expte. N° 21-02898712-6 (334/2018), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Carlos Ignacio Halasz, D.N.I. 5.949.232, por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 3 de Octubre de 2018. Sergio Antonio González, secretario.

$ 45 370335 Oct. 9

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Por disposición del Sr/a. Juez en suplencia de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de la ciudad de Rosario, vacante, se hace saber que en los autos caratulados: CEJUELA, HECTOR JAVIER s/Declaratoria de Herederos; Expte. N° 21-02894125-8 (68/2018), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Héctor Javier Cejuela, D.N.I. 39.048.888, por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 20 de Setiembre de 2018. Sergio Antonio González, secretario.

$ 45 370337 Oct. 9

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Por disposición del Sr/a. Juez en suplencia de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de la ciudad de Rosario, vacante, se hace saber que en los autos caratulados CALDERONI, JUAN CARLOS y Otros s/Declaratoria de Herederos; Expte. N° 21-02900850-4 (466/2018), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Juan Carlos Calderoni, DNI Nº 6.024.584 y Héctor Aldo Calderoni, D.N.I. Nº 6.009.536, por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 20 de Setiembre de 2018. Sergio Antonio González, secretario.

$ 45 370338 Oct. 9

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Por disposición del Sr/a. Juez en suplencia de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de la ciudad de Rosario, vacante, se hace saber que en los autos caratulados: MESANZA, JESUS MARCOS ESTEBAN s/Declaratoria de Herederos; Expte. N° 21-02896623-4 (215/2018), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Jesús Marcos Esteban Mesanza, D.N.I. 6.066.057, por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 20 de Setiembre de 2018. Sergio Antonio González, secretario.

$ 45 370339 Oct. 9

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Por disposición del Sr/a. Juez en suplencia de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de la ciudad de Rosario, vacante, se hace saber que en los autos caratulados: CHAVES, JACINTO BONIFACIO s/Sucesorio; Expte. N° 21-02899000-3 (352/2018), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Jacinto Bonifacio Chaves, D.N.I. 6.017.594, por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 20 de Setiembre de 2018. Sergio Antonio González, secretario.

$ 45 370340 Oct. 9

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Por disposición del Sr/a. Juez en suplencia de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de la ciudad de Rosario, vacante, se hace saber que en los autos caratulados: CARRANZA, RUBEN CARLOS s/Declaratoria de Herederos; Expte. N° 21-02894099-5 (67/2018), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Rubén Carlos Carranza, D.N.I. 6.552.577, por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 20 de Setiembre de 2018. Sergio Antonio González, Secretario.

$ 45 370341 Oct. 9

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Por disposición del Sr/a. Juez en suplencia de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de la ciudad de Rosario, vacante, se hace saber que en los autos caratulados: MEGIAS, DANIEL MARIANO y Otros s/Declaratoria de Herederos; Expte. N° 21-02900885-7 (471/2018), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de María Rosa Rosetti, D.N.I. Nº 3.790.626 y Daniel Mariano Megias, D.N.I. 6.070.364, por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 20 de Setiembre de 2018. Sergio Antonio González, secretario.

$ 45 370343 Oct. 9

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Por disposición del Sr/a. Juez en suplencia de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, vacante, se hace saber que en los autos caratulados ROMANO, MATILDE s/Declaratoria de Herederos; Expte. N° 21-02900884-9 (469/2018), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Matilde Romano, D.N.I. 5.533.190, por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 20 de Setiembre de 2018. Sergio Antonio González, secretario.

$ 45 370344 Oct. 9

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Por disposición del Sr/a. Juez en suplencia de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de la ciudad de Rosario, vacante, se hace saber que en los autos caratulados: MOLINA, SIXTA s/Declaratoria de Herederos; Expte. N° 21-02901439-3 (496/2018), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Sixta Molina, D.N.I. 6.015.307, por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 20 de Setiembre de 2018. Sergio Antonio González, secretario.

$ 45 370346 Oct. 9

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Por disposición del Sr/a. Juez en suplencia de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, vacante, se hace saber que en los autos caratulados VALLONE, SAVERIO s/Declaratoria de Herederos; Expte. N° 21-02900429-0 (444/2018), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Saverio Vallone, D.N.I. 93.869.121, por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 20 de Setiembre de 2018. Sergio Antonio González, secretario.

$ 45 370349 Oct. 9

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Por disposición del Sr/a. Juez en suplencia de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, Juzgado vacante, se hace saber que en los autos caratulados “E GHERARDI E HIJOS S.A. s/concurso preventivo”, Expte. N° 21-01415432-6 (691/1995), se cita, llama y emplaza a SYFA SA y Hugo Nicolini, a fin/de contestar el traslado a la excepción de prescripción oportunamente opuesta, en el término de tres días, bajo apercibimiento de ley. Publíquense por el término de tres días. Fdo. Dr. Sergio Antonio González, Secretario. Rosario, 03 de octubre de 2018.

$ 33 370330 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición de Sr/a. Juez en suplencia de Ira. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, vacante, se hace saber que en los autos caratulados “DAGNINO, ANTONIO ENRIQUE y Otros s/Declaratoria de herederos”, Expíe. N° 21-02889484-5 (960/2017), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Rosalía Elias, D.N.I N° 1.298.242, por el término de un día. Fdo. Sergio Antonio González, Secretario. Rosario, 20 de septiembre de 2018.

$ 45 370345 Oct. 9

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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16a Nominación de Rosario, llama a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. GINO COVI, por 30 días para que comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 21/08/2018:”... publíquense edictos por el término un día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 2° Par. CC). Fdo. Dr. PEDRO A. BOASSO (Juez) Dra. María Sol Sedita (Secretaria). Rosario, 28 de Septiembre de 2018.

$ 45 370388 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Donato Antonio Di Rico, DNI Nº 14.739.461, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: DI RICO DONATO ANTONIO s/Sucesorio; Expte. Nro. 584/2018. Secretaría. Rosario, 27/09/2018. Daniela A. Jaime, secretaria.

$ 45 370272 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Edith Angélica Teresita López, DNI Nº 2.808.943, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: LOPEZ EDITH ANGELICA TERESITA s/Declaratoria de Herederos, Expte. Nro. 561/2018. Secretaría. Rosario, 27/09/2018. Daniela A. Jaime, secretaria.

$ 45 370270 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Nº 4 de Rosario se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Cecilia María Antonia Serighetti, LC Nº 2.391.409, por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos y bajo los apercibimientos de ley. Autos: SERIGHETTI CECILIA MARIA ANTONIA s/Sucesorio; Expte. Nro. 204/2018. Secretaría. Rosario, 27/09/2018. Daniela A. Jaime, secretaria.

$ 45 370269 Oct. 9

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El Juzgado de distrito Civil y Comercial de la 2da. Nom. Rosario, hace saber que en los autos: “BANCO CREDICOOP CL c/ALMIRON FERNANDO GABRIEL y Otros s/Ejecutivo”, Expte. Nº 167/18, hace saber a Almirón, Femando Gabriel DNI 20.392.031 que en fecha 11/04/18 se ha iniciado demanda ejecutiva citando y emplazando a estar a derecho por el término de tres días bajo apercibimiento de ley. Dra. Dulcich, Prosecretaria.

$ 33 370297 Oct. 9 Oct. 11

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El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes de Noemí Nelly Sosa (DNI 5.543.002) para que comparezcan a éste Tribunal a hacer valer sus derechos. A los efectos legales se publican edictos cinco veces en diez días en el BOLETÍN OFICIAL y se fijan en un espacio habilitado a tal efecto en este Tribunal, conforme lo dispuesto en los arts. 67 y 592 CPCC. Dra. Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 45 370277 Oct. 9 Oct. 16

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8a. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Eduardo Oscar Cuneo (DNI 6.060.422) y de Stella Maris Miranda (DNI 5.448.965) para que en el término de treinta días a partir de la publicación destetos, comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de un día (Art. 2340 del Código Civil y Comercial). Dra. Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 45 370278 Oct. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de DOMINGO EPAMINONDA (DNI 5.525.557) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría. Dra. Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 45 370279 Oct. 9

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El Señor Juez de la Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de Rosario, Dra. Silvia Ana Cicuto llama a los herederos, acreedores y legatarios de doña Juana Merino, L.C. 2.071.279, por el término de ley, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 01 de Octubre de 2018. Dra. Daniela Jaime, secretaria.

$ 45 370401 Oct. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12da. Nominación de Rosario, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y legatarios y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por los causante VASQUEZ, CARMEN BEATRIZ - DNI. Nº 5.883.656 - y FERNANDEZ, ROBERTO ANTONIO - DNI. Nº 6.056.040 - para que en el término de 30 días se presenten en autos.- Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de un día (Art. 2340 C.C.C.N.)- (Expte: CUIJ: 21-02902705-03).- Rosario, 03 de Octubre de 2018. Dr. Santiago Pascual, Prosecretario.

$ 45 370263 Oct. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8a. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ALBERTO ANGEL SPOTO (DNI 6.028.852) para que en el término de treinta días a partir de’ la publicación de edictos, comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de un día (art. 2340 del Código Civil y Comercial). Dra. Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 45 370280 Oct. 9

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 8a. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de RAMÓN ELIBERTO LEZCANO (DNI 10.441.384) para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de un día (art. 2340 del Código Civil y Comercial). Dra. Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 45 370281 Oct. 9

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 17a Nominación, ciudad de Rosario, la Dra. María Silvia Beduino cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don José Omar Lucci (DNI 12.135.451) para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a estar a derecho, en los autos caratulados: ALCARAZ JUAN OSCAR C/MOGUES GUSTAVO DANIEL y Otros s/Regulación de honorarios” (CUIJ 21-01638931-2). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Rosario, 2 de Octubre de 2018. Dra. Netri, Prosecretaria.

$ 33 370364 Oct. 9 Oct. 11

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La Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 17a Nominación de Rosario, cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña Esther Gloria Vergara, D.N.I. 10.316.849, para que comparezcan ante este tribunal para hacer valer sus derechos. Autos “VERGARA ESTHER GLORIA s/Declaratoria de herederos” (CUIJ 21-02902553-0). Rosario, 27 de Septiembre de 2018. Dra. Netri, Prosecretaria.

$ 45 370359 Oct. 9 Oct. 11

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Santiago Alasia (LE 2.434.270) y de Margarita María Bonetto (DNI 5.523.833), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Dra. Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 45 370283 Oct. 9 Oct. 23

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9a. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de JUSTA MERCEDES AGÜERO (DNI 5.630.212) para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de un día (art. 2340 del Código Civil y Comercial). Dra. Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 45 370282 Oct. 9

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 12da. Nominación de la ciudad de Rosario, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don FELIX ALI, D.N.I. Nº 21.826.321, para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el término de un día en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales, conforme art. 2340 C.C.C (Expte. CUIJ Nº 21-02881017-9). Secretaría, 21 de Septiembre de 2018. Dra. Agustina Filippini, Secretaria.

$ 45 370444 Oct. 9

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El señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la SÉPTIMA Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Marcelo N. Quiroga, la Secretaria que suscribe, Dra. Lorena A. González, llama a los herederos, acreedores y legatarios de don Fernando Raimundo Prieto, D.N.I. Nº 5.965.927, para que en el término de treinta (30) días comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. A los efectos legales se, publican edictos en el BOLETÍN OFICIAL y se fijan en un espacio habilitado a tal efecto en sede de estos Tribunales, conforme lo dispuesto en el art. 67 CPC reformado por la Ley 11.287. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, septiembre del año 2018. Dra. González, Secretaria.

$ 45 370445 Oct. 9

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Por disposición del juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Decimoséptima Nominación de la ciudad de Rosario, secretaría a cargo de la dra. María Amalia Lantermo, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Juan Carlos Knoll, DNI 6.025.497, que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales dentro de los autos: KNOLL, JUAN CARLOS s/Declaratoria de herederos, CUIJ N° 21-02901698-1. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 1 de Octubre de 2018. Dra. Netri, Prosecretario.

$ 45 370358 Oct. 9 Oct. 23

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ANITA CORNELIA GONZÁLEZ (DNI 3.302.300) para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de diez días y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 01 de Octubre de 2018. Dra. Baclini, Secretaria en suplencia.

$ 45 370284 Set. 9 Oct. 23

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Por disposición de la Jueza del Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15° Nominación de Rosario; Dr. Carlos Cadierno, y de conformidad a lo ordenado en el Art. 67 de la ley 11.287, se hace saber que en los autos caratulados TERENGHI, MIGUEL ANGEL s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 567/18, se cita y emplaza a los herederos y/o acreedores y/o legatarios de Miguel Angel Terenghi DNI 6.070.617, por diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Fdo. Dra. Ma. Eugenia Sapei, (Secretaria).

$ 45 370437 Oct. 9 Oct. 23

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº 3 de Rosario, dentro de los autos LEVIN, DANIEL s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02901550-0, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por don Daniel Jorge Levin, DNI 10.629.435, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días corridos a partir de la primera publicación. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de ley. Rosario, 01 de Octubre de 2018. Fdo: Dra. Gabriela Cossovich, Secretaria. Dr. Ezequiel Zabale, Juez. Dra. Mónaco, Secretaria en suplencia.

$ 45 370427 Oct. 9 Oct. 16

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 10 de Rosario, dentro de los autos YEDRO, ENRIQUE HONORIO y Otros s/Sucesorio; CUIJ 21-02895516-9 Llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por don Enrique Honorio Yedro, DNI 5.972.199 y doña María Esther Celayes, DNI: 2.964.516 para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días corridos a partir de la primera publicación. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de ley. Rosario, 01 de Octubre de 2018. Fdo: Dra. Carla V. Gussoni Porrez, Secretaria. Dr. Eduardo D. Oroño, Juez. Dra. Mónaco, Secretaria.

$ 45 370426 Oct. 9 Oct. 16

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: TITO, AGRIPINA y Otros s/Sucesorio; CUIJ 21-02844670-2 se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por don Luis Alberto Rodríguez, DNI 6.059.757 y de don Agripina Tito, DNI 4.587.170, para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de ley. Rosario, 21 de Septiembre de 2018. Dra. Mariana Parera, Prosecretaria; Dr. Carlos E. Cadierno, Juez. Dra. Mónaco, Secretaria.

$ 45 370424 Oct. 9 Oct. 16

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El Juez del Juzgado de Primera Inst. Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, por el presente hace saber que dentro de los autos GRECO JOAQUÍN s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-01564550-1, se ha dispuesto citar y emplazar por edictos a los herederos de Nidia María Campos, DNI 1.516.070; para que comparezca a estar a derecho por el término de ley. Rosario, 01 de Octubre de 2018. Dra. Ma. Jimena Bazán, Prosecretaria.

$ 45 370418 Oct. 9 Oct. 16

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, dentro de los autos: COSTA MARÍA NYDIA s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-02903399-1, Llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por doña María Nydia Costa, DNI 1.514.452 para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días corridos a partir de la primera publicación. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 28 de Septiembre de 2018. Ma. Jimena Bazán, Prosecretaria.

$ 45 370423 Oct. 9 Oct. 16

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, dentro de los autos ANTONIO, MAGDALENA s/Sucesorio; CUIJ 21-02899726-1, Llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por doña Magdalena Antonio, DNI 93.138.136, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días corridos a partir de la primera publicación. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 28 de Septiembre de 2018. Ma. Jimena Bazán, Prosecretaria.

$ 45 370422 Oct. 9 Oct. 16

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, dentro de los autos TORRES ELENA PETRONA s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-02902876-9, Llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por doña Elena Petrona Torres, DNI 4.618.159, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días corridos a partir de la primera publicación. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 28 de Septiembre de 2018. Ma. Jimena Bazán, Prosecretaria.

$ 45 370420 Oct. 9 Oct. 16

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, dentro de los autos BUZZI, ELVIRA s/Sucesorio; CUIJ 21-0299472-6, Llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por doña Elvira Buzzi, DNI 1.974.960, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días corridos a partir de la primera publicación. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 1 de Octubre de 2018. Ma. Jimena Bazán, Prosecretaria.

$ 45 370416 Oct. 9 Oct. 16

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, dentro de los autos NASSINI, NELIZ BELQUIS s/Sucesorio; CUIJ 21-02844413-0, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por doña Feliz Belquiz Nassini y/o Feliz Belquiz Nassini, DNI 5.535.867, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días corridos a partir de la primera publicación. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 1 de Octubre de 2018. Ma. Jimena Bazán, Prosecretaria.

$ 45 370396 Oct. 9

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, dentro de los autos SANCHIS, OSCAR RAFAEL s/Sucesorio; CUIJ 21-02902411-9, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por don Oscar Rafael Sanchis, DNI 3.738.016, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días corridos a partir de la primera publicación. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 1 de Octubre de 2018. Ma. Jimena Bazán, Prosecretaria.

$ 45 370393 Oct. 9 Oct. 16

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El Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la lira. Nominación de Rosario, llama a los herederos, acreedores y/o legatarios de Don Carlos Alberto Favaro, DMI 12.249.006, por el término de un día para que lo acrediten dentro de los treinta días (art. 2340 CCyC), y hagan valer sus derechos. Rosario, 12 de Septiembre de 2018. Secretaría, 12 de Septiembre de 2018.

$ 45 370352 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, cita y llama a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, de Svenson Graciela Silva DNI 11.204.235, por el término de 30 días para que concurran a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: SVENSON GRACIELA SILVIA s/Declaratoria de Herederos; Exp. 127/18. Cecilia V. Dulcich, prosecretaria.

$ 45 370305 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, cita y llama a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, de Restivo Pedro Oscar Fairbanks DNI 5.984.526, por el término de 30 días para que concurran a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: RESTIVO PEDRO OSCAR FAIRBANKS s/Sucesorio; Exp. 598/18. Cecilia V. Dulcich, prosecretaria.

$ 45 370304 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, cita y llama a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, de Graziosi Delia Esther DNI 2.635.243, por el término de 30 días para que concurran a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: GRAZIOSI DELIA ESTHER s/Sucesorio; Expte. 657/18. Cecilia V. Dulcich, prosecretaria.

$ 45 370303 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, cita y llama a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, de Alvergue Martha DNI 93.985.169, por el término de 30 días para que concurran a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: ALVERGUE MARTHA s/Sucesorio; Expte. 662/18. Cecilia V. Dulcich, prosecretaria.

$ 45 370300 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario a cargo de la Dra. Mónica Klebcar, cita y llama a los herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, de Maturo Horacio Carlos Domingo DNI 6.021.995, por el término de 30 días para que concurran a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos: MATURO HORACIO CARLOS DOMINGO s/Declaratoria de Herederos; Expte. 634/18. Cecilia V. Dulcich, prosecretaria.

$ 45 370298 Oct. 9

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 15 de Rosario, dentro de los autos “BRACAMONTE, ANGEL s/Sucesorio” CUIJ: 21-02865614-6 Llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por don Angel Bracamonte, DNI 2.785.953 para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días corridos a partir de la primera publicación. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de ley. Rosario, 01 de Octubre de 2018. Fdo: Dra. María Belén Baclini, Secretaria. Dr. Néstor Osvaldo García, Juez. Dra. Mónaco, Secretaria en suplencia.

$ 45 370402 Oct. 9 Oct. 16

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, dentro de los autos TOMASELLI, ANTONIO y Otros s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02899307-9, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por don Antonio Tomaselli, DNI 259.409 y doña Leonor Lombardo, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días corridos a partir de la primera publicación. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 01 de Octubre de 2018. Analía Suárez Mónaco, secretaria.

$ 45 370403 Oct. 9 Oct. 16

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, dentro de los autos BENDERSKY, CECILIA s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-02901767-8, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por doña Cecilia Bendersky, DNI 5.500.062, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días corridos a partir de la primera publicación. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 01 de Octubre de 2018. Analía Suárez Mónaco, secretaria.

$ 45 370400 Oct. 9 Oct. 16

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, dentro de los autos VIDARTE, LUIS MARIA s/Sucesorio; CUIJ 21-02902257-4, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por don Luis María Vidarte, DNI 6.243.561, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días corridos a partir de la primera publicación. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 03 de Octubre de 2018. Analía Suárez Mónaco, secretaria.

$ 45 370399 Oct. 9 Oct. 16

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, dentro de los autos MASSITTI, BETTY GLADYS s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-02902799-1, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por doña Betty Gladys Isolina Massitti, DNI 3.623.321, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días corridos a partir de la primera publicación. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 03 de Octubre de 2018. Analía Suárez Mónaco, secretaria.

$ 45 370398 Oct. 9 Oct. 16

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, dentro de los autos: PENCO, ANA MARIA CATALINA s/Sucesorio; CUIJ 21-02903726-1, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por doña Ana María Catalina, DNI 5.989.340, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días corridos a partir de la primera publicación. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 03 de Octubre de 2018. Analía Suárez Mónaco, secretaria.

$ 45 370397 Oct. 9 Oct. 16

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San Lorenzo


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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. López de Pereyra (Juez) y Dra. Gamst (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios del causante don Luis Alfredo Boos, y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados BOOS, LUIS ALFREDO s/Sucesión; Expte. Nº 127/18. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del tribunal por el término de ley. San Lorenzo, Secretaría de la Dra. Gamst. María Cecilia Naveira, secretaria subrogante.

$ 45 368328 Oct. 9 Oct. 23

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