picture_as_pdf 2018-09-26

MINISTERIO DE JUSTICIA

Y DERECHOS HUMANOS


RESOLUCION N° 0018


SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional”

20 SEP 2018

VISTO:

El expediente N° 02001-0037028-1 del Registro del Sistema de Información de expedientes -Ministerio de Justicia y Derechos Humanos- por medio del cual se gestiona la convocatoria a concurso para cubrir diversos Registros Notariales vacantes de la Segunda Circunscripción, en los términos de la Ley N° 6.898 -modificada por las Leyes N° 12.655 y N° 12.754- y el Decreto N° 2783/08; y

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto N° 916/08, en su artículo 9° inc. 1) delega en el Ministro de Justicia y Derechos Humanos "Disponer la designación, remoción, traslado y permuta de los Escribanos Públicos de Registro conforme a las disposiciones de la Ley N° 6898 y Decreto N° 1612/95 y sus modificatorias";

Que, asimismo, la Ley de Ministerios N° 13.509, en su artículo 20° inciso 16), le otorga competencias al Ministro de Justicia y Derechos Humanos para "(. . .) entender en la organización, dirección y fiscalización del régimen notarial";

Que, el Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos, al dictar la Resolución N° 0159/18, en su art. 3° inciso 12 estableció como facultad delegada al Sr. Secretario de Gestión Pública "Disponer respecto de la delegación vigente en el articulo 9° del Decreto N° 916/08 (conc.Artículo 22° de la norma): a) la designación, remoción, traslado y permuta de los Escribanos Públicos de Registro, y aceptación de sus renuncias, cesación de las regencias y declaración de vacancia de. los registro respectivos, conforme a las disposiciones de la Ley N° 6898 Y Decreto N° 1612/95 y sus modificatorios; b) Decidir la actualización periódica del monto mínimo previsto en el artículo 13° de la Ley N° 7224 y modificatorias (bien de familia). ";

Que, conforme a las modificaciones incorporadas por las Leyes N° 12.655 y N° 12.754 a la Ley N° 6.898, se reestableció el sistema de concursos como mecanismo para acceder a un registro notarial en la provincia de Santa Fe

Que, la vacancia de los registros cuya cobertura se gestiona ha sido declarada oportunamente por diversas resoluciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Que, se ha constituido el Tribunal Calificador y se ha modificado el reglamento de funcionamiento y calificación (aprobado por Decreto N° 1775/09, modificado por decreto N° 2446/10), necesarios para la implementación de dichos concursos;

Que, en consecuencia, resulta necesario realizar la convocatoria a concurso de antecedentes y oposición para dar cobertura a las vacantes existentes;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE

GESTIÓN PÚBLICA

RESUELVE

ARTÍCULO 1°: Convóquese a concurso de oposición y antecedentes, conforme la Ley N° 6898 - modificada por las Leyes N° 12.655 y Nº 12754- y el Decreto N° 2783/08, para cubrir los siguientes registros notariales de la Segunda Circunscripción:

Segunda Circunscripción- Santa Fe:

Registro Notarial N° 819 de la localidad de Ibarlucea - Rosario

Registro Notarial N° 128 de la localidad de Armstrong - Belgrano

Registro Notarial N° 492 de la localidad de San Lorenzo - San Lorenzo

Registro Notarial N° 69 de la localidad de Rosario - Rosario

Registro Notarial N° 61 de la localidad de Rosario - Rosario

Registro Notarial N° 39 de la localidad de Rosario - Rosario

Registro Notarial N° 353 de la localidad de Rosario - Rosario

Registro Notarial N° 221 de la localidad de Rosario - Rosario

Registro Notarial N° 503 de la localidad de Rosario - Rosario

Registro Notarial N° 680 de la localidad de Rosario - Rosario

Registro Notarial N° 322 de la localidad de Chabás - Caseros

Registro Notarial N° 530 de la localidad de Rosario - Rosario

Registro Notarial N° 467 de la localidad de Casilda - Caseros

ARTÍCULO 2": Establécese que las inscripciones para los concursos de oposición y antecedentes referidos en el artículo 1°serán efectuadas por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe de la Segunda Circunscripción.-

ARTÍCULO 3°: Déjese establecido que el período de inscripción de llamado a concurso para la cobertura de registros notariales vacantes será de 15 días corridos contados a partir del 1° de octubre de 2018 inclusive.-

ARTÍCULO 4°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

S/C 23022 Set. 26 Set. 28

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RESOLUCION N° 0019


SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional",

20 SEP 2018

VISTO:

El expediente N° 02001-0037351-0 del Registro del Sistema de Información de Expedientes -Ministerio de Justicia y Derechos Humanos- por medio del cual se gestiona la convocatoria a concurso para cubrir diversos Registros Notariales vacantes de la Primera Circunscripción, en los términos de la Ley N° 6.898 -modificada por las Leyes N° 12.655 y Nº 12.754- y el Decreto N° 2783/08; y

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto N° 916/08, en su articulo 9° inc. 1) delega en el Ministro de Justicia y Derechos Humanos "Disponer la designación, remoción, traslado y permuta de los Escribanos Públicos de Registro conforme a las disposiciones de la Ley N° 6898 y Decreto N° 1612/95 y sus modificatorias";

Que, asimismo, la Ley de Ministerios N° 13.509, en su artículo 20° inciso 16), le otorga competencias al Ministro de Justicia y Derechos Humanos para "(. . .) entender en la organización, dirección y fiscalización del régimen notarial";

Que, el Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos, al dictar la Resolución N° 0159/18, en su arto 3° inciso 12 estableció como facultad delegada al Sr. Secretario de Gestión Pública "Disponer respecto de la delegación vigente en el articulo 9° del Decreto N° 916/08 (conc.Artículo 22º de la norma): a) la designación, remoción, traslado y permuta de los Escribanos Públicos de Registro, y aceptación de sus renuncias, cesación de las regencias y declaración de vacancia de los registro respectivos, conforme a las disposiciones de la Ley N° 6898 Y Decreto N° 1612/95 y sus modificatorios; b) Decidir la actualizacíón periódica del monto mínimo previsto en el artículo 13º de la Ley N° 7224 y modificatorias (bien de familia).";

Que, conforme a las modificaciones incorporadas por las Leyes N° 12.655 y N° 12.754 a la Ley N° 6.898, se reestableció el sistema de concursos como mecanismo para acceder a un registro notarial en la provincia de Santa Fe;

Que, la vacancia de los registros cuya cobertura se gestiona ha sido declarada oportunamente por diversas resoluciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Que, se ha constituido el Tribunal Calificador y se ha modificado el reglamento de funcionamiento y calificación (aprobado por Decreto N° 1775/09, modificado por Decreto N° 2446/10), necesarios para la implementación de dichos concursos;

Que, en consecuencia, resulta necesario realizar la convocatoria a concurso de antecedentes y oposición para dar cobertura a las vacantes existentes;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE

GESTIÓN PÚBLICA

RESUELVE

ARTÍCULO 1°: Convóquese a concurso de oposición y antecedentes, conforme la Ley N° 6898 - modificada por las Leyes N° 12.655 y Nº .12754- y el Decreto Nº 2783/08,

para cubrir los siguientes registros notariales de la Primera Circunscripción:

Primera Circunscripción - Santa Fe:

Registro Notarial N° 482 de la localidad de Santa Fe - La Capital

Registro Notarial N° 587 de la localidad de Santa Fe - La Capital

Registro Notarial N° 218 de la localidad de Helvecia - Garay

Registro Notarial N° 120 de la localidad de Gálvez - San Jorge

Registro Notarial Nº 276 de la localidad de Hersilia - San Cristóbal

Registro Notarial N° 213 de la Localidad de Suardi - San Cristóbal

ARTÍCULO 2º: Establécese que las inscripciones para los concursos de oposición y antecedentes referidos en el artículo 1°serán efectuadas por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe de la Primera Circunscripción.-

ARTÍCULO 3°: Déjese establecido que el período de inscripción de llamado a concurso para la cobertura de registros notariales vacantes será de 15 días corridos contados a partir del 1° de octubre de 2018 inclusive.-

ARTÍCULO 4°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

S/C 23023 Set. 26 Set. 28

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SUBSECRETARIA DE

CONTRATACIONES Y

GESTION DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 0410


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional

, 19/09/18

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de cuatro (04) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 3270/17;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Unico de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: “PAR AUDIOVISUAL” de BENZAQUEN PABLO JOSE CUIT N° 20-28485694-6; CIRUGÍA Y ORTOPEDIA ESCOBAR S.R.L. CUIT N° 33-71589367-9; GRILLO HORACIO ANTONIO CUIT N° 23-28158189-9.

ARTÍCULO 2: Inscríbase en el Registro Unico de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: GEMEPE S.A. CUIT N° 30-65507887-4.

ARTÍCULO 3: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: GIORGI AUTOMOTORES S.A. CUIT N° 30-52023134-6; STOREY S.A. CUIT N° 33-68515964-9.

ARTÍCULO 4: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: CONSTRUCTORA HORIZONTE S.R.L. CUIT N° 30-71161182-3.

ARTÍCULO 5: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 23019 Set. 26 Set. 27

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RESOLUCIÓN Nº 413


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,

19/09/18

VISTO:

El expediente Nº 01601-0091977-9 del SIE en el que obran los antecedentes relativos a la autorización de prórroga del Contrato Público N° 15027 con la firma LAVEREX STRACK S.A. con aprobación del incremento del monto del precio, para el servicio de limpieza en la DIPART Santa Fe dependiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; y

CONSIDERANDO:

Que venidas las actuaciones a ésta Subsecretaría para la instrumentación y formalización del contrato pertinente, se solicitó que la firma Laverex Strak S.A. actualice la vigencia de su inscripción en el Registro Único de Contratistas y Proveedores y ésta se mantuvo reticente a hacerlo;

Que transcurrió todo el lapso de prórroga contractual sin que la firma se reinscriba, debiendo efectuarse los pagos de manera anómala y por renacimiento de servicios;

Que consecuentemente, quedó patentizada la obligación de todo proveedor del estado de inscribirse y registrarse en el Registro que la Administración Pública lleva al efecto;

Que corrida vista de las actuaciones según constancias que precedentemente se agregan, la contratista no acudió a imponerse de lo actuado ni presento descargo alguno;

Que se tiene en cuenta que, según un informe que se agrega, a la fecha se mantiene sin cumplir con dicha obligación, es decir, no actualizó su inscripción registral,

Que asimismo se pondera como atenuante, que no registra imposición de sanciones recientes, es decir, dentro de los últimos dos años de análisis;

Que a criterio la Coordinación de Asesoría Letrada de la Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes, teniendo en cuenta que, en definitiva Laverex Strak SA, CUIT 30-70935009-5; domiciliada en Corrientes 715, Dpto. 5 de la ciudad de Rosario incumplió sus obligaciones formales de manera inexcusable al no mantener la vigencia de su inscripción como proveedor, durante el plazo de prórroga contractual a su favor; corresponde propiciar como medida disciplinaria, con encuadre en lo establecido por el Decreto 1104/16 reglamentario del Art. 142 de la Ley № 12.510 (de Administración, Eficiencia y Control del Estado, ex Ley de Contabilidad) en su título Sanciones 3.d-A) (… incumplimiento leve), la aplicación de un Apercibimiento a la mencionada.

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de la Ley N° 12.510 y su Decreto Reglamentario N° 1104/2016, Decreto N° 2233/16 Art. 2 inc b); del Decreto Nº 3270/17;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES

Y GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Aplicase a la firma Laverex Strak SA, CUIT 30-70935009-5; domiciliada en Corrientes 715, Dpto. 5 de la ciudad de Rosario, la sanción disciplinaria de “APERCIBIMIENTO” conforme el Catálogo de medidas que establece el bloque de legalidad provincial para proveedores, en un todo de acuerdo a los considerandos precedentes y conforme las facultades conferidas por el artículo 142 del Decreto Nº 1104/16 en su título 3.d – a sanciones.

ARTÍCULO 2: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 23020 Set. 26 Set. 27

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RESOLUCIÓN Nº 0415


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”

, 20/09/18

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 3270/17;

POR ELLO:

EL SUBSECRETARIO DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Unico de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: TECNO AGRO VIAL S.A. CUIT N° 30-66181642-9.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: ALBORNOZ S.R.L. CUIT N° 3-62137656-6; DISTRIBUIDORA DIQUE S.R.L. CUIT N° 30-68469261-1; EQUIPAER S.A. CUIT N° 30-59832643-2; JAEJ S.A. CUIT N° 30-30656652-9.

ARTÍCULO 3: Renuévese en el Registro Único de Proveedores y Contratistas de la Provincia de Santa Fe, por el término de seis (06) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: SERVICIO CENTRAL DE VIGILANCIA S.R.L. CUIT N° 30-65810383-7.

ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 23021 Set. 26 Set. 27

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ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


REMATE POR

ALICIA M. MAGARIÑOS


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos y en ejercicio de las facultades otorgadas por el art. 92 de la Ley N° 11.683 y sus modif., y Decreto 65/05, hace saber en autos FISCO NACIONAL (A.F.I.P.) c/BRIOSCHI NORBERTO NATALIO s/Ejecución Fiscal

Expte. N° 70903, B.D.: 851/80000/01/2010, radicado ante el Juzgado Federal N° 1 de Rosario, se ha dispuesto que la Martillera Alicia María Magariños (CUIT N° 27-06378768-5) venda en pública subasta el día 18 de octubre de 2018, a las 14,00 horas en calle Bv. Balcarce 946 de la localidad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe, el 100% de los siguientes inmuebles Dominios: Lote F uno Tomo: 191 - Folio: 133 - Número: 418640 y Lote G Tomo: 191 - Folio: 134 - Número: 418641, Departamento Belgrano, de la localidad de Las Rosas Provincia de Santa Fe, sito en calle Moreno 118, que corresponde según títulos a: dos lotes de terreno con todo lo edificado, clavado, plantado y adherido al suelo, situado en la ciudad de Las Rosas, Departamento Belgrano de esta provincia, que a continuación se detallan: Primero: El lote señalado con la letra G de la manzana Diez, en el plano de mensura y subdivisión registrado bajo el N° 36.599 del año 1964, confeccionado por el Ingeniero Civil Leandro Campanini, ubicado en en la calle Moreno, a los 49,62 metros de la esquina Sud-Este de dicha manzana hacia el Oeste, que mide: 10,65 metros de frente al Sud, por 54,00 metros de fondo. Encierra una superficie de quinientos setenta y cinco metros, diez decímetros cuadrados (575,10 m2); lindando al Sud, con calle Moreno; al Norte, con parte del lote D; al Este, con lote F; y al Oeste con lote H, todos del plano citado. Y Segundo: El lote señalado con la letra F uno de la manzana número Diez, en el plano de mensura y subdivisión registrado bajo el N° 87.668 del año 1976 confeccionado por el Agrimensor Hugo Rubén Fernández, ubicado en la calle Moreno, a los 107,25 metros de la calle Buenos Aires hacia el Este, que mide 1,75 metros de frente al Sud, por 54,00 metros de fondo. Encierra una superficie de noventa y cuatro metros cincuenta decímetros cuadrados (94,50 m2); lindando al Sud con calle Moreno; al Norte, con propiedad de Hilario A. Mora; al Este con lote F2; y al Oeste, con lote G) antes descripto. Consta de oficina y galpón. Estado de ocupación: Ocupado, según acta de constatación judicial obrante en autos. El mismo sale a la venta con la Base de $ 800.000,00 de no haber postores con una Retasa del 25% o sea $ 600.000,00 y de persistir la falta de oferentes con una última base de $ 400.000,00 y de continuar con la falta de oferentes, el bien se retirará de la venta. No se aceptarán mejoramiento de ofertas inferiores a $ 10.000. El que resulte comprador deberá abonar en el acto de remate el 10% del precio de compra como seña y a cuenta del precio, con más el 3% de comisión de Ley al Martillero, todo en dinero efectivo y/o cheque certificado. El saldo de precio, deberá depositarlo judicialmente dentro de los cinco días una vez notificado el auto aprobatorio. Impuestos, tasas, contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble, son a cargo del adquirente, así como los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble e I.V.A. y cualquier otro impuesto, si correspondiere, serán exclusivamente a cargo del comprador, como así también los importes que puedan resultar y por nuevas mensuras, regularizacíón de planos y/o medianerías en su caso. Los edictos deben ser publicados en el Boletín Oficial sin cargo y diario judicial El Forense por el término de ley. Los ocupantes actuales deberán permitir el acceso al inmueble a las personas interesadas el día 16.10.2018 en el horario de 11,00 a 12,00 horas anoticiando de la visita previamente a la Martillera. Si el día designado para la realización de la subasta resultare inhábil y/o por fuerza mayor no pudiere realizarse la misma, pasará al día siguiente hábil inmediato en el mismo lugar, a la misma hora y con las mismas condiciones. Copias de títulos obran agregados en autos en Secretaría cinco días antes de la subasta, para ser revisados por los interesados, no admitiéndose reclamos por falta o insuficiencia en los mismos en el acto o después del remate. Informa el Registro General Rosario, inmuebles descriptos el 100% a nombre de Brioschi Norberto Natalio, D.N.I.: 14.592.822, Lote F uno, Manzana: 10, Superficie: 94,50 m2, Plano: 87668 Año: 1976, Parte Indivisa: NO, Departamento BELGRANO. Tomo: 191, Folio: 133, Número: 418640: Hipotecas: no registra. Embargos: 1) Inscripción Tomo: 124 E, Folio: 2610, Número: 366633, F. Insc. 26/08/2015, F. carga: 03/09/2015; Clase de inscripción Embargo; Juzgado: J. Fed. Nº 1 Rosario (Santa Fe); Expte. Nº 109506; Año: 2014, Oficio: 3104, Fecha: 13/08/2015; Prof. Ruiz Francisco, Dom. Prof. Alvear 149, Rosario. Carátula: FISCO NACIONAL (AFIP) C/ BRIOSCHI NORBERTO s/EJECUCIÓN FISCAL, Inscripción definitiva; Reaj: NO, Moneda: PESOS; Monto: 3.197,21, Parte Indivisa: NO. 2) INSCRIPCIÓN. Tomo: 124 E, Folio: 2615, Número: 366640, F. insc. 26/08/2015, F. Carga: 03/09/2015, Clase de inscripción: Reinscripción de embargos. Tomo Ant.: 119E, Folio Ant: 4404, Número Ant: 379356, Fecha Ant: 24/09/2010, Juzgado: J. FED. NRO. 1 ROSARIO (SANTA FE), Expte. Nro. 70903, Año: 2010, Oficio: 2050, Fecha: 10/06/2015, Prof. RUIZ FRANCISCO, Dom, Prof,: ALVEAR 149 ROSARIO; Carátula: FISCO NACIONAL (AFIP) c/BRIOSCHI NORBERTO NATALIO s/EJECUCIÓN FISCAL, Inscripción Definitiva, Reaj.: NO, Moneda: PESOS, Monto: 9.130,47, Parte indivisa: NO, 3) INSCRIPCIÓN: Tomo: 124 E, Folio: 3413, Número: 387544, F. Insc. 23/10/2015, F. Carga: 03/11/2015, Clase Inscripción: Embargo, Juzgado: J. FED. NRO. 1 ROSARIO (SANTA FE), Expte Nro. 118545, Año: 2014, Oficio: 4237, Fecha: 19/10/2015, Prof. RUIZ FRANCISCO, Dom. Prof. ALVEAR 149 ROSARIO, Carátula: FISCO NACIONAL (AFIP) C/BRIOSCHI NORBERTO NATALIO S/EJECUCIÓN FISCAL, Inscripción Definitiva, Reaj.: NO, Moneda: PESOS, Monto: 8.844,90, Parte Indiv. NO. 4) ALTA. Tomo:125 E, Folio: 2331. Número: 360825, F. insc. 11/08/2016, f. Carga: 16/08/2016, Clase de inscripción: Reinc. de embargos. Tomo Ant: 120 E, Folio Ant: 3860, Número Ant: 372547, Fecha Ant: 02/09/2011, Juzgado: J. FED. NRO. 2 (SEC b) ROSARIO (SANTA FE), Expte Nro. 54271 Año 2010, Oficio Fecha: 19/08/2016, Prof. RUIZ FRANCISCO, Dom. Prof. ALVEAR 149 ROSARIO, Carátula: FISCO NACIONAL AFIP CONTRA BRIOSCHI NORBERTO NATALIO SOBRE EJECUCIÓN FISCAL, Observaciones: CONSTA CERTIFICADO DE SUBASTA JUDICIAL NRO. 120585 DE FECHA 13/04/2016 JUZGADO FEDERAL NR0.1 DE ROSARIO Y NRO 142576 DE FECHA 20/07/2016 JUZGADO FEDERAL NR0.1, Inscripción Definitiva, Reaj.: NO, Moneda: PESOS, Monto: $ 8.263,15. 5) INSCRIPCIÓN Tomo: 126 E, Folio: 275, Número: Nº 313293, F. Insc. 22/02/2017, F. Carga: 23/02/2017, Clase de inscripción: Reinsc. de embargos Tomo Ant: 121 E, Folio Ant: 756, Número Ant: 322130, Fecha Ant: 19/03/2012, Juzgado: J. FEDERAL NRO. 2 ROSARIO (SANTA FE) Expte Nro. 62218, año: 2011, Oficio: fecha: 13/02/2017, Prof. RUIZ FRANCISCO, Dom. Prof. ALVEAR 149 ROSARIO, Carátula: FISCO NACIONAL C/BRIOSCHI NORBERTO NATALIO S/EJECUCIÓN FISCAL. Observaciones: CONSTA CERTIFICADO PARA SUBASTA JUDICIAL NRO. 142576 JUZ. FED. NRO 1. (20/07/2016, Inscripción definitiva, Reaj: NO, Moneda: PESOS, Monto: $ 8.862,41. 6) INSCRIPCIÓN, Tomo: 126 E, Folio: 3140, Número: 387822, F. Insc. 19/10/2017, F. Carga: 23/10/2017, Clase Inscripción: Embargo, Juzgado: J.C.C. Y L. NRO 6 CDA DE GÓMEZ (SANTA FE)- Expte. Nro. 986 Año: 2014, Oficio: 1607, Fecha: 17/10/2017, Prof. CARLUCHIO JORGE, Dom. Prof. SANTA FE 608 LAS ROSAS, Carátula: SOCIEDAD ESPAÑOLA DE SSMM c/BRIOSCHI NORBERTO Y OT S/DEMANDA EJECUTIVA, Inscripción Definitiva, Reaj: NO, Moneda: PESOS, Monto: $ 88.550,05. 7) ALTA. Tomo: 127 E, Folio: 791, Número: 327808, F. Insc. 13/04/2018, F. Carga: 20/04/2018, Clase de inscripción: Embargo, Juzgado: J. FED. NRO.2 (SEC. B) ROSARIO (SANTA FE) Expte. Nro. 71404 Año: 2012, Prof. RUIZ FRANCISCO, Dom. Prof. ALVEAR 149 ROSARIO, Carátula: FISCO NACIONAL AFIP C/BRIOSCHI NORBERTO NATALIO S/EJECUION FISCAL, Observaciones: CONDICIONADO A CERTIFICADO PARA SUBASTA JUDICIAL NRO. 170089 (25/10/2017) JUZG. C. C. Y LAB. C. DE GÓMEZ, Inscripción definitiva, Reaj.: NO, Moneda: PESOS, Monto: $ 15.073,80. 3) INHIBICIONES: 1) Tipo de Inscripción: Inhibición, Aforo: 326282, Fecha de Inscripción: 12/04/2017, Tomo: 129, Letra I, Folio: 1717, Monto: PESOS 60.718,00, Profesional: RUIZ FRANCISCO, Expediente/Año: 16255/2015, Carátula: FISCO NACIONAL AFIP CONTRA BRIOSCHI NORBERTO NATALIO SOBRE/EJECUCIÓN FISCAL, Tramitado en JUZGADO FEDERAL NRO. 2 DE ROSARIO (SANTA FE), Oficio/fecha: 20/03/2017. 2) Tipo de inscripción: inhibición. Aforo: 326283, Fecha de inscripción: 12/04/2017, Tomo: 129, Letra I, Folio: 1718, Monto: PESOS 51.742,00, Profesional: RUIZ, FRANCISCO, Expediente/Año: 101850/2015 Carátula: FISCO NACIONAL AFIP CONTRA BRIOSCHI NORBERTO NATALIO SOBRE EJECUCIÓN FISCAL, Tramitado en: JUZGADO FEDERAL NRO. 2 DE ROSARIO (SANTA FE), Oficio/fecha: 28/03/2017. 3) Tipo de inscripción: Inhibición, Aforo: 326289, Fecha de inscripción: 12/04/2017, Tomo: 129, Letra I, Folio: 1719, Monto: PESOS 32.764,00, Profesional. RUIZ FRANCISCO OMAR, Expediente/Año: 51350/2010, Carátula: FISCO NACIONAL AFIP CONTRA BRIOSCHI NORBERTO NATALIO SOBRE EJECUCIÓN FISCAL, Tramitado en: JUZGADO FEDERAL NRO. 2 DE ROSARIO (SANTA FE), Oficio/fecha: 28/03/2017. 4) Tipo de inscripción: inhibición. Aforo: 352695, Fecha de Inscripción: 11/07/2016, Tomo: 128, Letra I, Folio: 4497, Monto: PESOS 11.759,00, Profesional: GIORDANO MARISA, Expediente/Año: 113239/2014, Carátula: FISCO NACIONAL AFIP (BD: 5974/02/2014) C/BRIOSCHI NORBERTO NATALIO S/EJECUCIÓN FISCAL, Tramitado en: JUZGADO FEDERAL NRO. 1 SECRETARIA A DE ROSARIO (SANTA FE), Oficio/fecha: 06/07/2016.-2) Lote G, Manzana: 10, Plano: 36599 Año: 1964, Parte Indivisa: NO. 1) HIPOTECAS: no posee. 2) EMBARGOS: 1) ALTA, Tomo: 125E, Folio: 3127, Número: 380861, F. Insc. 20/10/2016, F. Carga: 24/10/2016, Clase de Inscripción: Embargo, Juzgado: J. FED. NR0. 1 ROSARIO (SANTA FE) Expte. Nro. 70903 Año: 2010, Oficio fecha: 05/10/2016,

Prof. RUIZ FRANCISCO, Dom. Prof. ALVEAR 149 ROSARIO, Carátula: FISCO NACIONAL AFIP C/BRIOSCHI NORBERTO NATALIO S/EJECUCIÓN FISCAL. Observaciones: CONDICIONADO A CERTIFICADO PARA SUBASTA JUDICIAL NRO. 146025 (4/8/2016) JUZG. C. C. Y L. 1RA CDA. DE GÓMEZ, Inscripción Condicionada, Motivo: 7 A CERTIFICADO VIGENTE, REAJ: no. Moneda: PESOS Monto: $ 9.130,47. 2) ALTA. Tomo: 125E, Folio: 3898, Número: 398945, F. Insc. 20/12/2016, F. Carga: 23/12/2016, Clase Inscripción: Embargo, Juzgado: J. FED. NRO. 1 ROSARIO (SANTA FE) Expte Nro. 88968 Año: 2012, Prof. RUIZ FRANCISCO, Dom. Prof. ALVEAR 149 ROSARIO, Carátula: FISCO NACIONAL AFIP c/BRIOSCHI NORBERTO NATALIO S/EJECUION FISCAL. Observaciones: CONDICIONADO AL CERTIFICADO DE SUBASTA JUDICIAL NRO. 146025 DE FECHA 04/08/2016, JUZGADO C. C. Y L. DE CAÑADA DE GÓMEZ, Inscripción Condicionada, Motivo: 7 A CERTIFICADO VIGENTE, Reaj. NO, Moneda PESOS, Monto: $ 19.339,69. 3) ALTA, Tomo: 126E, Folio: 353, Número: 314820, F. Insc. 02/03/2017, F. Carga: 13/03/2017, Clase de Inscripción: Embargo, Juzgado: J. C. C. Y L. NRO. 1 CDA. DE GÓMEZ (SANTA FE) Expte Nro. 986 Año: 2014 Oficio 127, Fecha: 21/03/2017, Prof. CARLUCIO, JORGE, Dom. Prof. SANTA FE 608 LAS ROSAS, Carátula: SOCIEDAD ESPAÑOLA DE S.S.M.M. C/ BRIOSCHI NORBERTO Y OT S/DEMANDA EJECUTIVA, Inscripción Definitiva, Reaj: NO, Moneda: PESOS, Monto: 88.550,05. 3) INHIBICIONES: 1) Tipo de inscripción: Inhibición, Aforo: 326282, Fecha de inscripción: 12/04/2017, Tomo: 129-Letra I- Folio: 1717, Monto: PESOS 60.718,00, Profesional: RUIZ FRANCISCO, Expediente/Año: 16255/2015, Carátula: FISCO NACIONAL AFIP C/BRIOSCHI NORBERTO NATALIO SOBRE EJECUCIÓN

FISCAL, Tramitado en: JUZGADO FEDERAL NRO. 2 DE ROSARIO (SANTA FE), Oficio/fecha: 20/03/2017, 2) Tipo de inscripción: inhibición. Aforo: 326283, Fecha de inscripción: 12/04/2017, Tomo: 129, Letra I, Folio: 1718, Monto: PESOS 51.742,00, Profesional: RUIZ FRANCISCO, Expte/Año: 101850/2015, Carátula: FISCO NACIONAL AFIP CONTRA BRIOSCHI NORBERTO NATALIO SOBRE EJECUCIÓN FISCAL, Tramitado en: JUZGADO FEDERAL NRO. 2 DE ROSARIO (SANTA FE), Oficio/fecha: 28/03/2017. 3) Tipo de Inscripción: Inhibición, Aforo: 326289, Fecha de Inscripción: 12/04/2017, Tomo: 129 - Letra I - Folio: 1719, Monto: PESOS 32.764,00, Profesional: RUIZ FRANCISCO OMAR, Expediente/Año: 51350/2010, Carátula: FISCO NACIONAL AFIP CONTRA BRIOSCHI NORBERTO NATALIO SOBRE EJECUION FISCAL, Tramitado en: JUZGADO FEDERAL NRO. 2 DE ROSARIO (SANTA FE), Oficio/fecha: 28/03/2017. 4) Tipo de Inscripción: inhibición, Aforo: 352695, Fecha de Inscripción: 11/07/2016, Tomo: 128, Letra I, Folio: 4497, Monto: PESOS 11.759,00, Expediente/Año: 113239/2014, Carátula: FISCO NACIONAL AFIP C/BRIOSCHI NORBERTO NATALIO S/EJECUCIÓN FISCAL, Tramitado en: JUZGADO FEDERAL NRO. 1 SECRETARIA A DE ROSARIO, SANTA FE), Oficio/fecha: 06/07/2016. Todo lo que se hace a los efectos legales. Rosario, 12 de Septiembre de 2018. Firmado: Francisco Omar Ruiz, Agente Fiscal A.F.I.P.

S/C 368764 Set. 26 Set. 28

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TRIBUNAL DE CUENTAS


EDICTO


Por disposición de la Sala II del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, se ha dispuesto publicar el presente Edicto a los fines de hacer saber al Ex Miembro del Consejo, de Administración del Hospital “Olga Stuky de Rizzi”, Sr. Carlos Faulkner, que en autos caratulados: Expediente Nro. 00901-0027055-5 SIE -TCP, s/ Resolución de S II Nº 250 de fecha 11/05/2018, referida al Balance de Movimiento de Fondos del efector, correspondiente al período Abril a Junio de 2003, la cual en su parte pertinente establece: “VISTO:... CONSIDERANDO:... RESUELVE: Artículo 1º: Dejar sin efecto la Resolución de formulación de cargo S.II n.º 463/10, conforme a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente, por la suma total de $ 14.378,63.- (pesos catorce mil trescientos setenta y ocho con sesenta y tres centavos), suma ésta conformada por $ 13.527,00.- de monto inicial, más $851,63.- de intereses, determinados de acuerdo con el procedimiento instrumentado por Resolución n.º 048/03 T.C.P.. Artículo 2º: Aprobar del importe total consignado como “Rendiciones de Cuentas Faltantes” en el artículo 2º de la Resolución S.II n.º 526/07, la suma de $ 13.527,00.- (pesos trece mil quinientos veintisiete), importe que resultara objeto del emplazamiento formulado por decisorio S.II n.º 534/07. Artículo 3º: Rechazar la presentación formalizada por los entonces integrantes del Consejo de Administración del Hospital Central Reconquista “Olga Stucky de Rizzi”: Dr. LUIS D. PRENDES, Sr. CARLOS FAULKNER y Sra. MARÍA SUSANA VISCIGLIO (obrante a fs. 113, y reproducida a fs. 116 de los presentes actuados); ello en atención a las razones que se consignaran en la parte considerativa de esta resolución. Artículo 4º: Rectificar los artículos 2º y 3º de la Resolución n.º 413 -de fecha 09/06/2011 de esta Sala II, los que quedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo 2º: Declarar admisible el Recurso de Revocatoria incoado a fs. 32/41 por el Dr. LUIS D.PRENDES, en contra de la Resolución condenatoria S.II n.º 463 -del 18/06/2010-, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 238º de la Ley n.º 12.510, reglamentado por Resolución n.º 006/06 TCP.” y “Artículo 3º: Rechazar por improcedente el Recurso interpuesto por el nombrado Dr. LUIS D. PRENDES, en contra de la referida Resolución de formulación de cargo n.º 463/10, concediéndole la Apelación subsidiariamente impetrada ante el Tribunal de Cuentas en Acuerdo Plenario.”; ello a tenor de lo señalado en los Considerandos de este decisorio. Artículo 5º: Rechazar “in límine” el Recurso de Revocatoria interpuesto por los nominados entonces miembros del Consejo de Administración del Hospital Central Reconquista “Olga Stucky de Rizzi”: Dr. OSCAR R. ENRIQUE, Sr. HUGO FIRMAN y Sr.CARLOS FAULKNER (agregado a fs. 69/76 de las presentes actuaciones), así como la Apelación incoada en Subsidio, en contra de la referida Resolución condenatoria S.II n.º 463/10, ello en razón de su extemporánea presentación, conforme se señalara en el Considerando de esta resolución, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 4º de la Resolución n.º 006/06 TCP -y similar modificatoria R n.º 013/16 TCP-, reglamentaria del artículo 238º de la Ley nº 12.510; manteniéndose consecuentemente respecto de los responsables nominados en el decisorio de emplazamiento S.II n.º 534/07, el cargo formulado por la suma de $ 65.802,39.- (pesos sesenta y cinco mil ochocientos dos con treinta y nueve centavos), integrada por los importes de $ 61.905,00.- de monto inicial, más $ 3.897,39.- de intereses, determinados de acuerdo con el procedimiento de cálculo instrumentado mediante Resolución n.º 048/03 TCP, confirmándose así el artículo 2º de la citada Resolución condenatoria n.º 463/10, de intimación a los individualizados entonces consejeros del efector para que procedan al reintegro del referido importe. Artículo 6º: Dejar constancia que la aprobación de la rendición de cuentas efectuada en la presente resolución, se realiza sin perjuicio de la posibilidad de disponer de una nueva revisión si, con posterioridad, se manifestaren otros elementos probatorios, errores de hecho o de cálculo o falsedad en la documentación, o se dispusiere de otros elementos probatorios que no fueran señaladas o no se encontraren disponibles al momento del informe de la primera revisión realizada. Artículo 7º: Regístrese, comuníquese y archívese, derivándose los presentes actuados administrativos a la Presidencia de este Tribunal de Cuentas para la consideración por el Cuerpo en un próximo Acuerdo Plenario, de la Apelación que se le concediera al Dr. Luis D. Prendes, y que fuera subsidiariamente interpuesta por el nombrado en contra de la Resolución de formulación de cargo S.II n.º 463/10; ello conforme a lo dispuesto en el anterior artículo 4º de este decisorio.- Firmado: CPN Oscar Marcos Biagioni – Presidente / CPN María del Carmen Crescimanno – Vocal / Dr. Dalmacio Juan Chavarri –Vocal / CPN Claudia E. Aragno – Secretaria Sala II. ”.

S/C 23024 Set. 26 Set. 27

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