picture_as_pdf 2017-11-22

Ministerio de

Justicia y

Derechos Humanos


ALQUILER INMUEBLE


El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos busca INMUEBLE para alquiler en la ciudad de SANTA FE

Ubicación del inmueble: Zona céntrica.

Superficie mínima construida: 300 m2.

Características del inmueble: Para conformación del Consejo de la Magistratura, sala de reuniones, salón para toma de exámenes y capacitaciones del Ministerio. Deberá contar con espacio para oficinas y aulas y 2 baños. Ubicación: planta baja o con accesibilidad para discapacitados/ascensor.

Plazo de la locación: 3 años.

Precio del alquiler: El monto del alquiler deberá cotizarse como precio final. Se podrá diferenciar el costo mensual según sea el primer, segundo o tercer año. No incluir IVA, comisiones o gastos adicionales.

Plazo de presentación de los presupuestos: 5 días a partir de la fecha de publicación.

Lugar de presentación de los presupuestos: Subsecretaría de Coordinación Técnica Administrativa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe, 3 de Febrero 2649 (código postal 3000), oficina 211.

Consultas: Teléfono: 0342 - 4506790. E-mail: mpchiappero@santafe.gov.ar

S/C 20928 Nov. 22 Nov. 24

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MINISTERIO DE JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS


GESTION DIRECTA


En el marco del Decreto N° 0713/17 y la Resolución conjunta N° 0213/17 (M.J.D.H.) y Nº 0940/17 (M.D.S.), el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, convoca a la presentación de ofertas para la construcción del Centro Especializado de Responsabilidad Penal Juvenil - Etapa 2 - Instituto para la Recuperación del Adolescente Rosario.

Condiciones

* Sistema de contratación: Ajuste Alzado sin redeterminación de precios.

* Moneda en que se expresará la oferta: Pesos.

* Fianza de la oferta del 1% de la propuesta presentada, la cual será reintegrada posteriormente al Acta de Recepción. Provisoria Total.

* Anticipo financiero del 10%. El anticipo debe garantizarse por un valor equivalente al 150% del anticipo a otorgarse.

* Mantenimiento de Oferta por un plazo de 90 días a partir de la apertura de sobre, pudiendo ser, a criterio de la administración, prorrogada por igual período.

* Plazo de conservación y garantía de la obra por 180 días desde la fecha de acta de recepción provisoria.

* Fondo de reparo del 5% a deducir de cada certificado de obra. Podrá sustituirse por póliza de caución u otro similar.

* Contratar seguro colectivo de vida obligatorio y de Riesgos del trabajo (ART). Debe acreditarse mensualmente.

* La Contratista será responsable por todos los daños y/o perjuicios que ocasionare a terceros por la ejecución de las obras.

* Pliego de especificaciones técnicas y planos debe descargarse desde www.santafe.gov.ar/compras

* Plazo de ejecución de la obra 365 días.

* Expresar el sometimiento a los Tribunales Ordinarios de esta ciudad.

* A criterio de la Administración, se podrá solicitar mejora de oferta.


Plazo de presentación de los presupuestos:

Las propuestas debelan presentarse en la Mesa de Entrada y Salidas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe, 3 de Febrero 2649 (2° piso) y/o en Delegación Rosario, calle Santa Fe 1950, en sobre cerrado y firmado hasta el 13 de Diciembre de 2017 a las 11 hs.

Apertura de sobres: día 15/12/l7 a las 12 hs. en Delegación Rosario.

Consultas: Teléfono: 0342 - 4506790.

S/C 20929 Nov. 22 Nov. 24

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MINISTERIO DE ECONOMÍA


RESOLUCIÓN Nº 795


SANTA FE, 23 de Octubre de 2017.-


VISTO:

El expediente Nº 20301-0000476-3 del registro del Sistema de Información de Expedientes por el cual se gestiona la Devolución de Fondos a la Subdirección General de Administración del Poder Judicial - Rosario; y

CONSIDERANDO:

Que la Subdirección General de Administración del Poder Judicial - Rosario solicita una reversión de los fondos depositados en fecha 27/06/17, en la Cuenta Corriente Oficial N° 3860/09 “Gobierno de Santa Fe - Rentas Generales”, de Titularidad de la Tesorería General de la Provincia, por la suma de $ 1.884,00, en virtud que por un error involuntario ya se había realizado la transferencia por el mismo importe y concepto en fecha 12/06/17, produciéndose por tanto la duplicidad de los depósitos;

Que a tales fines, adjunta los comprobantes respaldatorios de ambas transferencias N° 0004967664 de fecha 27/06/17 y N° 0004905204 de fecha 12/06/17;

Que por ello, la Subdirección General de Administración del Poder Judicial - Rosario solicita la devolución de los fondos a la Cuenta Comente Oficial N° 008-1159/01 “Poder Judicial - Certificaciones” radicada en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., por el monto de $ 1.884,00 (Pesos: Un mil ochocientos ochenta y cuatro con 00/100);

Que la Tesorería General de la Provincia deja constancia que efectivamente se verifican sendos ingresos en la Cuenta Corriente Oficial Nº 3860/09 “Gobierno de Santa Fe - Rentas Generales” por la suma de $ 1.884,00 en fechas 12/06/17 y 27/06/17, y que los mismos fueron registrados en el Módulo de Cuentas Bancarias y Pagos - SIPAF, de acuerdo a las comunicaciones efectuadas oportunamente por la citada Jurisdicción;

Que la Contaduría General de la Provincia, informa que previo a la liquidación que permita efectuar la devolución de los fondos en cuestión, es necesario contar con el acto administrativo pertinente, el que deberá establecer en su articulado que el importe de $ 1.884,00 sea imputado contablemente al Rubro de Recursos 12.9.2.11.00 “Venta de Pliegos”;

Que ha intervenido la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, sin objeciones que formular a la presente gestión;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTICULO 1°: Autorizar a la Tesorería General de la Provincia, a devolver a la Subdirección General de Administración del Poder Judicial - Rosario, el importe que fuera erróneamente depositado en la Cuenta Corriente Oficial N° 3860/09 “Gobierno de Santa Fe - Rentas Generales” por la suma de $ 1.884,00 (pesos: un mil ochocientos ochenta y y cuatro con 00/100), transfiriendo el mismo a la Cuenta Corriente Oficial Nº 008-1159/01 “Poder Judicial - Certificaciones” del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.

ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría General de la Provincia a liquidar la suma de $ 1.884,00 (Pesos: un mil ochocientos ochenta y cuatro, CON 00/100) imputando la misma al Rubro de Recursos 12.9.2.11.00 “Venta de Pliegos”.

ARTICULO 3°: Regístrese, notifíquese, publíquese y archívese.

BLANCA SELVA VAZQUEZ

Subdirector General de Despacho y Servicio Interministerial

Ministerio de Economía

S/C 20914 Nov. 22 Nov. 24

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MINISTERIO DE EDUCACION


RESOLUCION Nº 2222


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

16 NOV 2017


VISTO:

El Expediente N° 00401-0278017-8 del registro de este Ministerio, en cuyas actuaciones se gestiona la rectificación de la Resolución N° 2062/17; y

CONSIDERANDO:

Que por dicho decisorio se convocó a concurso para conformar ternas a efectos de cubrir cargos vacantes de Supervisor de distintos niveles y modalidades educativas dependientes del Servicio Provincial de Enseñanza Privada y contar con nuevos escalafones Para la cobertura de suplencias;

Que en foja 133 el Representante Ministerio de Educación ante el Cuerpo Asesor del referido Servicio solicita la rectificación de su Apartado 4°, por el cual se modificó en el Anexo I de la Resolución N° 2654/13, entre otros, el Item II. De Los Aspirantes, indicando en fojas 132 la redacción correspondiente a! 'b) Requisitos Específicos";

Que el Secretario de. Educación solicita la elaboración del instrumento legal pertinente;

Atento a ello;

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

1°) - Modificar el Item II. DE LOS ASPIRANTES - b) Requisitos Específicos del

Apartado 4º de la Resolución N° 2062/17 (modificatorio del Anexo I de la Resolución Nº 2654/13), el que quedará redactado de la siguiente manera:

Item II. DE LOS ASPIRANTES

b) Requisitos Específicos:

"2.1 Directivo de instituciones educativas de gestión privada autorizadas por el Servicio Provincial de Enseñanza Privada, con 5 (cinco) años de antigüedad en dicho cargo, en ejercicio (que hayan cumplido con el requisito del Articulo 28° del Decreto N° 2880/69 para su designación) o que al menos haya permanecido en dicho cargo hasta el 31 de diciembre de 2015 en el nivel, modalidad o especialidad para el que se concursa"

"2.2 Docente de instituciones educativas de gestión privada autorizadas por el Servicio

Provincial de Enseñanza Privada, con un mínimo de 15 (quince) años de antigüedad en la

gestión privada, en ejercicio o que al menos haya permanecido en dicho cargo hasta el 31 de

diciembre de 2015 en el nivel, modalidad o especialidad para la que concursa"

2°) - Hágase saber y archívese.

Dra. CLAUDIA E. BALAGUE

Ministra de Educación

S/C 20925 Nov. 22 Nov. 23

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MINISTERIO DE

INFRAESTRUCTURA Y

TRANSPORTE


DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD


NOTIFICACIÓN DE EDICTOS


En relación a los autos administrativos N° 16102-0034099-5 y agregado Expediente Nº 16101-0150678-2, del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 2617 de fecha 21/10/15, se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 21° inc. c) y 29° del Decreto N° 4174/15 de Actuaciones Administrativas, al infractor Juan Marcelo Villalba con ultimo domicilio conocido en calle 9 de julio s/n de la localidad de Villa Angela, Provincia de Chaco, de lo establecido en la Resolución Nº 1538 dictada el 16 de Noviembre de 2016, por el Sr. Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad Ing. Civil Jorge Pablo Seghezzo, y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: “VISTO…y CONSIDERANDO…RESUELVE: ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción Nº 2617 de fecha 21/10/2015, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.- Rechazar el Descargo presentado por el Sr. MARIO ANDRES LONGUI, contra el Acta de Infracción 2617 de fecha 21/10/2015, por los motivos invocados en los considerandos que anteceden. ARTICULO 3º.- Intimar al conductor VILLALBA JUAN MARCELO, con domicilio en calle 9 de Julio s/n, de la localidad de Villa Angela, Provincia de Chaco, transportista LONGHI MARIO ANDRES, con domicilio en calle Independencia Nº 1531, de la localidad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, y/o calle J. Ramon Vidal y Dr. Val, de la localidad de San Cosme, Provincia de Corrientes, y el cargador NOBILE HNOS. S.R.L. con domicilio Puerto Reconquista de la localidad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 días de recibida la presente, abonen la suma de $10.359,96 (Pesos Diez Mil Trescientos Cincuenta y Nueve con 96/100), con más el interés resarcitorio y por financiación de las Tasas Activas Promedios que establece el Banco Nación para las operaciones de Descuentos Comerciales desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, sito en Bv. Muttis N° 880 de esta Ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier banco y plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso para ser depositado en la Cta. Nº 9716/07, pudiendo suscribirse convenio de pago en cuotas. ARTICULO 4º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del vehiculo Marca FIAT, Modelo 619 N1 TURBO, Dominio Chasis REI 027, Dominio Acoplado GXC 939, VILLALBA JUAN MARCELO, con domicilio en calle 9 de Julio s/n, de la localidad de Villa Angela, Provincia de Chaco, transportista LONGHI MARIO ANDRES, con domicilio en calle Independencia Nº 1531, de la localidad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, y/o calle J. Ramon Vidal y Dr. Val, de la localidad de San Cosme, Provincia de Corrientes, y el cargador NOBILE HNOS. S.R.L. con domicilio Puerto Reconquista de la localidad de Reconquista, Provincia de Santa Fe, tendiente al cobro de la suma de $10.359,96 (Pesos Diez Mil Trescientos Cincuenta y Nueve con 96/100), con más los intereses que correspondan desde la fecha en que se cometió la infracción y hasta el momento de su efectivo pago. ARTICULO 5º.- Regístrese, comuníquese y archívese.”

Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 20921 Nov. 22 Nov. 23

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