picture_as_pdf 2012-12-20

REGISTRADA BAJO EL Nº 13312


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :


ARTÍCULO 1.- Autorizase a la Comuna de San Guillermo, Departamento San Cristóbal, a donar al Obispado de Rafaela las parcelas de terreno ubicadas en el citado distrito, que se describen a continuación:

a) Lote N° 1 de la Manzana N° 32 cuyas medidas son 11,24 metros de frente al Norte sobre calle Alte. Brown, 11,03 metros de contrafrente al Sury linda con el lote N° 18, 20 metros al Este y linda con el lote N° 2 y 20 metros al Oeste sobre calle Jonas Salk, encerrando una superficie total de 222,70 m2 según Plano de Mensura N° 113.764. El dominio figura inscripto a nombre de la Comuna de San Guillermo, Tomo 182 P, Folio 319, Número 19526, Fecha 24-04-1991, Partida Impuesto Inmobiliario N° 07-16-00 542112/0077-5.

b) Lote N° 13 de la Manzana 127, cuyas medidas son 10 metros de frente al Oeste sobre calle Albert Sabin, 10 metros de contrafrente al Este y linda con el lote N° 14, 30 metros de frente al Sur sobre calle Lehmann y 30 metros al Norte y linda con el lote N° 12, encerrando una superficie total de 300 m2 según Plano de Mensura N° 128330. El dominio figura inscripto a nombre de la Comuna de San Guillermo, Tomo 207 P, Folio 892, Número 113796, Fecha 06-12-2001, Partida Impuesto Inmobiliario N°07-16-00542191/0338-2.

c) ARTÍCULO 2.- La donaciones a que refiere el artículo anterior se efectúan con el cargo de que:

el lote descripto en el apartado a) se destine a la construcción de una ermita y de los edificios necesarios y vinculados a su actividad religiosa, conforme a la Ordenanza N° 33/95 de fecha 24 de Octubre de 1995;

en el descripto en el apartado b) a la construcción de un edificio vinculado con la actividad religiosa según Ordenanza N° 20/99 de fecha 02 de Junio de 1999 de la Comuna de San Guillermo.

ARTÍCULO 3.- La totalidad de los gastos que demande la presente donación serán a cargo de la donataria.

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES NOVIEMBRE DEL AÑO 2012.

Luis Daniel Rubeo

Presidente Cámara de Diputados

Alberto Crossetti

Presidente Provisional Cámara de Senadores

Jorge Raúl Hurani

Secretario Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo Cámara de Senadores


DECRETO Nº 3702


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 12 DIC 2012


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

V I S T O :

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.312 efectuada por la H. Legislatura;

D E C R E T A :

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BONFATTI

Rubén Darío Galassi

9644

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