REGISTRADA BAJO EL Nº 13310
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1.- Incorpóranse a la planta de personal permanente prevista en la Ley de Presupuesto N° 13.174, en el Ministerio de Salud, la cantidad total de setecientos treinta y siete (737) cargos, correspondiendo doscientos cincuenta y dos (252) a la Ley N° 9.282 y cuatrocientos ochenta y cinco (485) a la Ley N° 8.525, con destino a diversos Hospitales y S.A.M.Cos. que funcionan en el ámbito de la citada Jurisdicción, según detalle obrante en las planillas anexas que forman parte de esta Ley.
ARTICULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias pertinentes a fin de habilitar las partidas específicas que demanden las creaciones autorizadas por esta Ley, con reconducción de saldos disponibles del presupuesto vigente.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES NOVIEMBRE DEL AÑO 2012.
Luis Daniel Rubeo
Presidente Cámara de Diputados
Alberto Crossetti
Presidente Provisional Cámara de Senadores
Jorge Raúl Hurani
Secretario Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@santafe.gov.ar
DECRETO Nº 3701
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
12 DIC 2012
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
V I S T O :
La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.310 efectuada por la H. Legislatura;
D E C R E T A :
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
BONFATTI
Miguel Ángel Cappiello
9643
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