REGISTRADA BAJO EL Nº 13205
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Adhiérase la provincia de Santa Fe a la Ley Nacional N° 26.370 que establece las “Reglas de habilitación del personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia en espectáculos públicos”.
ARTÍCULO 2.- Invítase a las Municipalidades y Comunas a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 3.- El Poder Ejecutivo Provincial determinará la autoridad de aplicación de la presente ley y reglamentará su aplicación dentro del plazo de 90 (noventa) días.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE.
Eduardo Alfredo Di Pollina
Presidente
Cámara de Diputados
Griselda Tessio
Presidenta
Cámara de Senadores
Lisandro Rudy Enrico
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
7 DIC 2011
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Antonio Juan Bonfatti
Ministro de Gobierno y
Reforma del Estado.
La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar
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