OMK S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por acta de Asamblea
de fecha 23 de abril de 2009, se informa la designación del nuevo directorio de
OMK S.A., Presidente: Gustavo A. Voget, D.N.I. 18.619.836, Vicepresidente:
Yanina Leoni, D.N.I. 23.061.586, Primer Director Suplente: Sebastián Carturano,
D.N.I. 25.959.850, Segundo Director Suplente: Gustavo Donn, D.N.I. 17.549.641.
Fijando como domicilio calle San Juan Nº 2370 de la ciudad de Rosario.
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15 121444 Dic. 20
__________________________________________
ALI-VAC
S.A.
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición del
Sr. Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rafaela, se ha ordenado la
siguiente publicación correspondiente a la designación de autoridades de
ALI-VAC S.A., según acta de Asamblea Ordinaria y Acta de Directorio, ambas de
fecha 20 de octubre de 2010. Director Titular, Presidente: Edgardo Ernesto
Kinzler, D.N.I. Nº 10.563.132 y Director Suplente: Noelia Beatriz Kinzler,
D.N.I. Nº 31.566.540.
Rafaela, 03 de
Diciembre de 2010. Héctor Raúl Albrecht, secretario.
$ 15 121564 Dic. 20
__________________________________________
KIRKA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
KIRKA S.R.L.
inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario, en Contratos el 21 de
junio de 2000 al tomo 151, folio 7437, Nº 854 y sus modificaciones convienen
prorrogar el plazo de duración de la sociedad por el término de 50 años más y
aumentar el capital social en la suma de $ 38.000 (treinta y ocho mil pesos),
para llevarlo a un capital total de $ 50.000 (cincuenta mil pesos).
Lo precedentemente
enunciado, se publica a todos sus efectos y por el término de ley. Rosario,
diciembre de 2010.
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15 121321 Dic. 20
__________________________________________
NEW
LENS S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
El Sr. Juez del
Registro Público de Rosario ha ordenado la publicación conforme el Art. 10 de
la Ley 19550, lo prórroga de plazo resuelta el día 26 de Noviembre de 2010 de
la Sociedad NEW LENS S.R.L. cuyo plazo vencerá el día 30 de Diciembre de 2010,
el que ha sido prorrogado por 5 años más a partir de dicha fecha, venciendo en
consecuencia el día 30 de Diciembre de 2015. Art. 2 del contrato social.
Aumento de Capital:
Elevar el capital social de $ 24.000 (pesos veinticuatro mil) a $ 40.000, Art.
5 del contrato social.
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15 121355 Dic. 20
__________________________________________
CM
HORSES S.A.
MODIFICACION DE ESTATUTO
En virtud de las
observaciones efectuadas por el Registro Público de Comercio, se ha modificado
el nombre de la misma, motivo por el cual se modifica el nombre de la misma,
motivo por el cual se modifica el artículo Nº 1 del Estatuto Social, el cual
queda redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º: La
sociedad girará bajo la denominación de “C.M. HORSES S.A.”, con domicilio
social en la localidad de Rosario, provincia de Santa Fe, pudiendo instalar
agencias, sucursales, establecimientos o cualquier tipo de representación
dentro o fuera del país.
$ 15 121351 Dic. 20
__________________________________________
LOGISTICA INTEGRAL
SUDAMERICANA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
El Sr. Juez del
Registro Público de Comercio de Rosario a ordenado la publicación conforme al
Art. 10 de la ley 19.550 la solicitud de modificación de la nueva sede de la
sociedad de LOGISTICA INTEGRAL SUDAMERICANA S.R.L.: 1) Que el día 25 del mes de
Agosto de 2010, los socios decidieron por unanimidad modificar el domicilio de
la sede social el que queda constituido en calle Mitre Nº 848, piso 5, oficina
509 de Rosario.
$ 15 121313 Dic. 20
__________________________________________
SISTEMAS DE PINTADO S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
La fecha del
instrumento modificatorio de la gerencia es el 16 de noviembre de 2010.
$ 15 121299 Dic. 20
__________________________________________
DON ELMER S.R.L.
EDICTO COMPLEMENTARIO
Fecha del
instrumento: 29 de Octubre de 2010.
$ 15 121267 Dic. 20
__________________________________________
LALLITA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Se hace saber por un
día que: En fecha de instrumento adicional 10-08-2010; el Sr. Lallita Gustavo
Raúl, D.N.I. 24.552.497, comerciante, domiciliado en calle Pte. Roca Nº 440, P.
6, Depto. A, de Rosario, nacida el 09/04/1975; cede y transfiere la totalidad
de sus cuotas sociales que hasta el momento poseía en la sociedad a la Sra.
Olga Magdalena Ojeda, L.C. 5.134.721, argentina, nacida el 23/05/1945, de
estado civil soltera, comerciante, domiciliada en calle Garibaldi 254 bis de
Rosario. El Sr. Lallita Gustavo Raúl renuncia al cargo de gerente y se decide
la designación como gerente la Sra. Olga Magdalena Ojeda.
$ 15 121302 Dic. 20
__________________________________________
BM AGROPECUARIA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Cláusula adicional al
extracto del contrato social de la publicación de edictos en el BOLETIN
OFICIAL.
Aclaración objeto
social: Venta por mayor y menor de materia prima pecuaria, animales vivos
(bovinos, porcinos, caprinos) insumos y alimentos ganaderos. La materia prima
pecuaria comprende los alimentos, como alfalfa y productos relacionados con la
ganadería.
Aumento capital
social: Por esta cláusula se aumenta el capital social en la suma de $ 50.000
(Pesos: cincuenta mil), dividido en 5.000 (cinco mil) cuotas de $ 10 (pesos:
diez) cada una. El capital social se fija en la suma de $ 100.000 (pesos: cien
mil), dividido en 10.000 (diez mil) cuotas de $ 10 (pesos: diez) cada una;
suscripto e integrado en bienes en este acto.
6) Plazo de duración:
Diez (10) años a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de
Comercio.
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17 121298 Dic. 20
__________________________________________
CEMARES
S.A.
MODIFICACION DE ESTATUTO
En cumplimiento a lo
dispuesto por el artículo 10º, inc. a) de la Ley de Sociedades Comerciales Nº
19.550, se hace saber que en la publicación de la inscripción de CEMARES S.A.
se omitió lo siguiente:
7) Administración y
Representación: Un directorio compuesto del número de miembros que fije la
Asamblea entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, quienes durarán en sus
funciones un ejercicio. La representación legal de la sociedad corresponde al
Presidente, o al Vicepresidente con un director o a dos Directores en forma
conjunta en caso de ser Directorio plural. Presidente: Enrique Manuel Solero.
Director Suplente: Marcos Santiago Rodenas.
$ 15 121297 Dic. 20
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MOLINO MOCONA S.R.L.
CONTRATO
1) Fecha del
instrumento de constitución: 25 de Noviembre del 2010.
2) Socios:
BELTRAMONE, GERARDO DANIEL, argentino, D.N.I. 20.143.557, nacido el 20 de
Febrero de 1968, domiciliado en Romegialli 970 de la localidad de Cañada de
Gómez, casado, de profesión productor agropecuario; BELTRAMONE GABRIELA INES,
argentina, D.N.I. 26.349.303, nacida el 01 de Diciembre de 1977, domiciliada en
Necochea 905 de la localidad de Cañada de Gómez, soltera, de profesión docente
y BELTRAMONE MARIA ALEJANDRA, argentina, D.N.I. 20.977.990, nacida el 14 de
Agosto de 1969, domiciliada en Fisher 244 de la localidad de Armstrong, casada,
de profesión docente.
3) Denominación,
domicilio y duración: Molino Moconá S.R.L. con sede social en calle Romegialli
970 de la localidad de Cañada de Gómez, Provincia de Santa Fe.
El plazo de duración
será de 20 años desde su inscripción registral.
4) Objeto: El
procesamiento de materia prima para la obtención de harina de maíz y la
posterior comercialización, al por mayor y menor, en el mercado local, nacional
e internacional, de los productos obtenidos.
Comercialización al
por mayor y menor, en el mercado local, nacional e internacional del expeller
de maíz.
5) Capital: Ciento
cincuenta mil pesos, representados por mil quinientas cuotas de valor nominal
cien pesos cada una.
6) Administración,
dirección v representación A cargo del socio BELTRAMONE, GERARDO DANIEL,
argentino, D.N.I. Nº 20.143.557, nacido el 20 de Febrero de 1968, domiciliado
en Romegialli 970 de la localidad de Cañada de Gómez, casado, de profesión
productor agropecuario.
7) Fiscalización: A
cargo de todos los socios.
8) Fecha de Cierre de
Ejercicio: 30 de Junio de cada año.
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20 121264 Dic. 20
__________________________________________
ULD
GLOBAL TRADE S.R.L.
CONTRATO
Socios: Nicolás
Andrés Germano, argentino, soltero, titular del D.N.I. Nº 28.771.477,
domiciliado en Av. Pellegrini 135 de esta ciudad, nacido el 9 de Marzo de 1981,
de profesión comerciante y Leonardo Luis Germano, argentino, soltero, titular
del D.N.I Nº 27.055.704, domiciliado en Av. Pellegrini 135 de esta ciudad,
nacido el 10 de Enero de 1979, de profesión comerciante.
Fecha de contrato: 3 de
Noviembre de 2010.
Denominación social:
“ULD GLOBAL TRADE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”.
Domicilio social: San
Martín 876, 2° Piso Oficina 9.- Rosario.-
Objeto social: es la
Importación, Exportación y Logística de artículos y bienes de electrónica.-
Plaza de duración: La
duración de la sociedad se fija en el término de diez (10) años a contar de su
inscripción en el Registro Público de Comercio.
Capital social: lo
constituye la suma de $ 150.000.- (ciento cincuenta mil pesos), divididos en
15.000 (quince mil) cuotas de $ 10.- (diez pesos) cada una, y se halla
suscripta de la siguiente manera; el socio Sr. Nicolás Andrés
Germano 7.500.-
(siete mil quinientas) cuotas, o sea la suma $ 75.000.- (setenta y cinco mil
pesos) y el socio Sr. Leonardo Luis Germano la cantidad de 7.500.- (siete mil
quinientas) cuotas, o sea la suma de $ 75.000.- (setenta y cinco mil pesos).-
Los socios integran el Capital, en este acto el 25% (veinticinco por ciento)
del Capital Social lo cual se justifica con el depósito efectuado a tales
efectos en el Banco de Santa Fe S.A. casa Rosario por la suma de $ 37.500.-
(treinta y siete mil quinientos pesos), comprometiéndose los mismos a integrar
el 75% (setenta y cinco por ciento)
restante dentro del plazo de 180 (ciento ochenta) días de la inscripción
del presente en el Registro Público de Comercio, también en efectivo.
Administración y
representación: estará a cargo de los socios quienes revisten el carácter de
socios gerentes.
Fiscalización: de los
socios por sí o por apoderados.
Fecha de cierre de
ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.
$ 27 121348 Dic. 20
__________________________________________
AMAMORA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del
Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María
Celeste Rosso, Secretaria del Dr. Federico Bertram, mediante resolución de
fecha 30 de Noviembre de 2010, se ha ordenado la siguiente publicación:
Cambio de
Jurisdicción: Mediante Acta de Reunión de Socios Nº 5, la que procedió a fijar
el domicilio de la Sede Social en la ciudad de Venado Tuerto, se ha dispuesto
modificar el Domicilio Legal de la firma, implicando la reforma del Artículo 1°
del Estatuto Social, que quedará redactado de la siguiente forma: “La sociedad
se denomina “Amamora S.R.L.” y tiene su domicilio legal en Ruta Nacional N° 8,
Km. 362, de la ciudad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe pudiendo
establecer sucursales, agencias o representaciones en cualquier lugar del país
o del extranjero. Venado Tuerto, 30 de Noviembre de 2010. Federico Bertram,
secretario.
$ 15 121189 Dic. 20
__________________________________________
F.H. S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Se hace saber que en
la ciudad de Rosario a los días del mes de diciembre de 2010 los Sres. SANTIAGO
FRANCHI, argentino, nacido el 17 de Octubre de 1974, casado en primeras nupcias
con Romina Verónica Torregiani, de profesión Contador Público, domiciliado en
calle Rioja Nº 1687, piso 4, Dpto. G, de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa
Fe, D.N.I. N° 23.928.827 y el Sr. PABLO JORGE HANCEVIC, argentino, nacido el 18
de Diciembre de 1974, casado en primeras nupcias con Verónica Bobbett, de
profesión Ingeniero Industrial, domiciliado en Entre Ríos 266 de la ciudad de
Rosario, Pcia. de Santa Fe, D.N.I. 24.282.279 y deciden por unanimidad
modificar el contrato social F.H. S.R.L, en la forma que a continuación se
indica: 1.- MODIFICACION DEL CONTRATO
SOCIAL: 1.1. CAPITULO II: ARTICULO TERCERO: Que estando presente la totalidad
de los socios de F.H. S.R.L., éstos deciden modificar el ARTICULO TERCERO del
contrato social inscripto en el Registro Público de Comercio de Rosario al T°
161, F° 5705, Nro. 419, el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto: a) Construcción: la dirección,
administración y construcción de viviendas, edificios, locales comerciales y
plantas industriales, incluso propiedades destinadas al régimen de propiedad horizontal,
sean todas ella públicas o privadas; refacción, reparación y demolición de las
obras enumeradas; remodelación, decoración y mantenimiento integral de
viviendas y propiedades de todo tipo. B) Inmobiliario: mediante la adquisición,
venta y/o permuta de toda clase de bienes inmuebles sin intermediación entre la
oferta y la demanda, urbanos o rurales; la compra-venta de terrenos y su
subdivisión; fraccionamiento de tierras, urbanizaciones con fines de
explotación, venta o enajenación, inclusive por el régimen de propiedad
horizontal. C) Representaciones: mediante el ejercicio de representaciones y administraciones de
emprendimientos inmobiliarios. D) Agropecuaria: mediante la explotación y/o
arrendamiento de campos propios, la explotación de campos arrendados; la cría,
compraventa de todo tipo de hacienda. E) Comercialización y/o distribución de
combustibles líquidos. 1.2. Modificación ARTICULO CUARTO: Asimismo, la
totalidad de los socios de F.H. S.R.L. deciden aumentar el capital social y
modificar el ARTICULO CUARTO del contrato social, el que quedará redactado de
la siguiente manera: “ARTICULO CUARTO: El capital social se fija en la suma de
Cuatrocientos Mil ($400.000) dividido en diez Mil (10.000) cuotas de Cuarenta
pesos ($40) cada una suscripta por los socios en las siguientes proporciones:
SANTIAGO FRANCHI (5.000) Cinco Mil cuotas por un valor de pesos Doscientos Mil
($200.000) y PABLO JORGE HANCEVIC (5.000)
Cinco Mil, cuotas por
un valor de PESOS Doscientos Mil ($ 200.000) integrando los socios en dinero en
efectivo en este acto el veinticinco por ciento (25%), obligándose a completar
el saldo de sus suscripciones también en dinero en efectivo dentro de los doce
meses a contar de la fecha del presente contrato”.
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43 121305 Dic. 20
__________________________________________
TOP
BROKERS S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del
Juez a cargo del Registro Publico de Comercio de Venado Tuerto, a cargo de la
Dra. Marta Celeste Rosso, Juez Subrogante 1ra. Instancia Civil y Comercial 1ra.
Nominación a/c Reg. Público de Comercio de Venado Tuerto, por resolución de
fecha 5/11/2010 se ordena la siguiente inscripción:
Primera:
Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de “TOP BROKERS S.R.L”.
Segunda: Domicilio:
La sociedad tendrá su domicilio legal en Mitre 498 de la localidad de Bombal,
Pcia. de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto
del país o el extranjero.
Tercera: Duración: El
término de duración se fija en Veinte (20) años a partir de la fecha de su
inscripción en el Registro Público de Comercio.
Cuarta: Objeto: La
sociedad tendrá por objeto dedicarse a: 1) organización y/u producción de
seguros de vida y/o patrimoniales, u otro tipo de contratos de seguros que
pudieran concretarse. 2) Intermediar en la venta de seguros de todo tipo. 3)
Percibir comisiones de operaciones de seguros realizada por cuenta y orden de
terceros. 4) Representar a la compañía de seguros, a cualquier tipo de
asegurados.
Quinta: Capital: El
Capital Social se fija en la suma de Pesos Sesenta Mil ($ 60.000) dividido en
Seiscientas cuotas (600) cuotas de pesos Cien ($ 100) cada una, que los socios
suscriben de la siguiente manera: el Señor Mauricio José Betti suscribe
Trescientas cuotas (300) cuotas de capital o sea la suma de pesos Veinte Mil ($
30.000), el Señor Mario Zabaleta suscribe trescientas cuotas (300) cuotas de
capital o sea la suma de pesos Treinta Mil ($ 30.000).
El capital social se
integra de la siguiente manera: Mario Zabaleta en efectivo: el 25% (veinticinco
por ciento) o sea la suma de Pesos Siete Mil Quinientos ($ 7.500,00) en este
acto, y el saldo el 75% (setenta y cinco por ciento), o sea la suma de pesos
Veintidós Mil Quinientos ($ 22.500) en el término de dos años contados de la
fecha de constitución de la sociedad y en efectivo, y Mauricio José Betti el
25% (veinticinco por ciento) o sea la suma de Pesos Siete Mil Quinientos ($
7.500) en este acto y en efectivo y el saldo el 75% (setenta y cinco por
ciento) o sea la suma de pesos Veintidós Mil Quinientos ($ 22500) en el término
de dos años contados de la fecha de constitución de la sociedad y en efectivo,
con efecto erga ommes. Sexta: Administración, Dirección y Representación:
Estará a cargo de uno o más Gerentes socios o no. A tal fin usaran sus propias
firmas con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente” según el caso,
precedida de la denominación social. El gerente en el cumplimiento de sus funciones,
podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios
para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna,
incluidos los especificados en el art. N° 782 y 1881 del código civil y Dec.
5965/63, art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor
de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.
Séptima:
Fiscalización. Reunión de Socios: La fiscalización de la sociedad estará a
cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad
expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro
especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando todos
los puntos a considerar. Las decisiones se adoptarán según las mayorías
establecidas por el art. 160 de la Ley Nº 19.550.
Octava: Balance
General y Resultados: La sociedad cerrará su ejercicio el día 30 de Septiembre
de cada año, fecha en la cual se confeccionará un balance general.
Novena: Cesión De
Cuotas: a) Entre los socios: Las cesiones de cuotas entre los socios podrán
celebrarse con la única limitación del mantenimiento de las proporciones de
capital existente entre los socios continuadores. Si algún socio desiste de la
compra los restantes podrán adquirirlas proporcionalmente a su participación
social, b) A terceros: Las que se otorguen a favor de terceros estarán sujetas
a las condiciones establecidas por el art. 152 de la Ley 19.550. Las cuotas de
capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento
unánime de los socios, c) Procedimiento de cesión o transferencias: El socio
que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal
circunstancia a la Gerencia y a sus consocio/os, estos último/os deberán
comunicar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta días, vencido
el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En la
comunicación que el socio cedente haga a la Gerencia y a sus consocios deberá
indicar el nombre y apellido del interesado, precio y condiciones de la cesión
y forma de pago. A iguales condiciones los socios tienen derecho de preferencia
de compra. Se deberá dejar constancia en el Libro de Actas de la sociedad sobre
la resolución que se hubiere adoptado y su posterior inscripción en el Registro
Público de Comercio.
Los futuros titulares
de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no
adquirirán por ese solo hecho funciones gerenciales o de administración.
Décima: Fallecimiento
e Incapacidad: En caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que
importe el retiro o desvinculación de algunos de los socios, sus herederos o
sucesores podrán optar por:
a) Continuar en la
sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente. En este caso los herederos,
sucesores o representantes legales deberán unificar su personería y
representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus
relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes
ni de los liquidadores o;
b)Por retirarse de la
sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido,
incapaz o ausente tendrán con relación al balance general que se practicara a
la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia, con citación
de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos
actuar bajo una única y sola representación, unificando su personería. El
importe resultante se abonará a los herederos, sucesores o representantes en
tres (3) cuotas pagaderas la primera de inmediato y las restantes a los dos (2)
y cuatro (4) meses respectivamente, debidamente actualizada y con el interés
fijado por el Banco de la Nación Argentina para préstamos de capital ajustable,
no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las
utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del
fallecimiento, declaración de insania o ausencia. El representante de los
herederos podrá o no ser socio de la sociedad: en caso de ser socio quedará sin
efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de
la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por escrito a la
sociedad en el término de 10 días de ocurrido el fallecimiento, declaración de
insania o ausencia, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En
defecto de esta comunicación se entenderá que deciden continuar en la sociedad
en las condiciones fijadas por este artículo.
Undécima: Disolución
y Liquidación: La sociedad se disolverá por las causales de derecho
establecidas en el art. 94 de la Ley 19.550. En tal caso, la liquidación se
practicará por el gerente/es en ejercicio en ese momento, salvo que los socios,
por las mayorías establecidas en la cláusula séptima de este contrato decidan
nombrar un liquidador en cuyo caso lo harán dentro de los 30 días de haber
entrado la sociedad en este contrato. Los liquidadores actuaran de acuerdo con
lo establecido en los art. 101 a 112 de la Ley 19.550 e instrucciones de los
socios. Realizando el activo y cancelando el pasivo, el saldo tendrá el
siguiente destino: a) se reembolsarán las cuotas de capital según su valor
actualizado a moneda constante, b) el remanente se distribuirá entre los socios
en proporción a la participación de cada uno en las ganancias.
Duodécima: Diferencia
entre Socios: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios
acerca de la interpretación del presente contrato o entre ellos y sus
herederos, legatarios y/o representantes legales de un socio fallecido o
incapacitado, durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución,
liquidación o participación de la sociedad, será sometida a la decisión de los
Tribunales Ordinarios de la localidad de Melincué y/u Firmat indistintamente, a
cuya competencia se someten los socios, expresamente, renunciando a cualquier
fuero de excepción, inclusive el Federal si pudiere corresponderles.
Bajo las cláusulas
que anteceden dejan constituida los otorgantes la presente Sociedad de
Responsabilidad Limitada y previa lectura y ratificación del presente contrato
social a cuyo fiel y estricto cumplimiento se obligan en legal forma, firman el
mismo en tres ejemplares de un mismo tenor en la localidad de Bombal a los 6
días del mes de Diciembre del 2010.
$ 165 121195 Dic. 20
__________________________________________
BIENES RAICES DEL LITORAL
S.A.
MODIFICACION DE ESTATUTO
En la ciudad de
Rosario Prov. de Santa Fe, el día 1ro. del mes de diciembre de 2010, se realizo
una asamblea Extraordinaria de “BIENES RAICES DEL LITORAL S.A.”, donde los
accionistas decidieron la inscripción en el Registro Publico de Comercio del
Directorio y fijación del domicilio especial de los directores. Quedando el
directorio integrado de la siguiente manera: Presidente: Tabares Francisco
Horacio, argentino, D.N.I. N° 23.344.916, nacido el 17 de octubre de 1973,
domiciliado en calle Presidente Roca 768, 6 piso, 2, Rosario, soltero,
empresario y como Director Suplente: José Luis Tabares, argentino, nacido el 2
de Enero de 1977, soltero, D.N.I. N° 25.648.047, domiciliado en calle Buenos
Aires 1335 piso 1ro. Dpto. 7, de esta ciudad, profesión empresario, y se fijo
como domicilio especial de los directores el domicilio de Presidente Roca 768,
6 piso Depto. “2” “A”. Rosario y luego se decidió trasladar la sede a calle
Presidente Roca 768, 6 piso Depto. “2” “A”, de Rosario.
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15 121359 Dic. 20
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MIACONT
S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
1) Miailhe Eduardo,
argentino, nacido el 18 de Abril de 1954, D.N.I. Nro. 11.270.316, domiciliado
en calle Ituzaingo 1877, de la ciudad de Granadero Baigorria, divorciado según
resolución N° 257 del 3 de Junio de 1992 del Tribunal Colegiado de Familia N° 3
de Rosario; el señor Contino Carlos Alberto, argentino, nacido el 23 de Febrero
de 1980, D.N.I. Nro. 28.087.722, domiciliado en calle San Martín 6278 de la
ciudad de Rosario, casado en primeras nupcias con Caprili Vanina; y el señor
Miailhe Carlos Gastón, argentino, nacido el 18 de Octubre de 1975, D.N.I. Nro.
24.720.446, domiciliado en calle 12 de Octubre 2217 de la ciudad de Villa
Gobernador Gálvez, casado en primeras nupcias con Verónica Lis Haydeé del Prado
Andrés; todos de profesión comerciantes, hábiles para contratar y únicos socios
de MIACONT S.R.L. inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de
Rosario en Contrato al Tomo N° 156, Folio N° 26255, Número 2083 del 14 de
Diciembre de 2005, y su modificatorias inscripta en Contrato al Tomo N° 157,
Folio N° 18128, Número 1404 del 28 de Agosto 2006.
2) Por contrato del
día 27 de Octubre 2010 presentado para su inscripción en el Registro Público de
Comercio el día 17/11/2010 bajo el expediente Nro. 3417/10.
3) Se procedió a
prorrogar el vencimiento de la sociedad por el término de 5 años a contar de su
vencimiento en el Registro Público de Comercio; siendo su vencimiento el 14 de
Diciembre de 2015.
4) Se procedió al
aumento del capital social de pesos cincuenta mil ($ 50.000,-) a pesos ciento
setenta mil ($ 170.000,-) y queda constituido de la siguiente manera: El señor
Miailhe Carlos Gastón, posee ochocientos cincuenta (850) cuotas de pesos cien
($ 100,-) cada una, el señor Contino Carlos Alberto, posee seiscientas ochenta
(680) cuotas de pesos cien ($ 100,-) cada una y el señor Miailhe Eduardo, posee
ciento setenta (170)cuotas de pesos cien ($ 100,-) cada una.
5) Se procedió a la
modificación de la dirección y administración de la Sociedad, quedando a cargo
de los socios Miailhe Carlos Gastón y Contino Carlos Alberto, los que
revestirán la función de Socio Gerente, actuando en forma indistinta con las
facultades inherentes al cargo.
6) Se mantienen el
resto de las modalidades del Contrato Social original.
$ 35 121288 Dic. 20
__________________________________________
R. PRODUCCION S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del
señor Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se ha ordenado
la siguiente publicación:
Fecha del contrato:
26 de octubre de 2010.
Los que suscriben,
Miguel Amuchástegui, D.N.I. Nro. 25.900.250, nacido el 14 de Julio de 1977,
casado en primeras nupcias con Melina Lucila Baracco, argentino, abogado,
domiciliado en calle España Nro. 182, Piso 1° “A” de la ciudad de Rosario,
Alfonso Amuchástegui, D.N.I. Nro 23.792.236, nacido el 31 de julio de 1974,
casado en primeras nupcias con María Florencia Linari Micheletti, argentino,
licenciado en ciencias empresariales, con domicilio en calle Montevideo N°
2448, Piso 12° “A” de la ciudad de Rosario y Crisitán José Amuchástegui, D.N.I.
Nro. 26.604.439, nacido el 14 de julio de 1978, soltero, argentino, ingeniero
agrónomo, con domicilio en calle Sánchez de Loria N° 468 bis de la ciudad de
Rosario, socios gerentes de R. PRODUCCION S.R.L.; deciden modificar la fecha de
cierre de Balance al 28 de febrero de cada año.
Los socios ratifican
el contrato social en todo cuanto no ha sido modificado.
$ 17 121317 Dic. 20
__________________________________________
NATALIO AUTOMOTORES S.A.
MODIFICACION DE ESTATUTO
1. Razón Social:
NATALIO AUTOMOTORES S.A.
2. Fecha de
Constitución: 04/12/1995, Inscripta en Estatutos, al Tomo 76, Folio 8796, Nº
408.
3. Fecha del
Instrumento modificatorio: 18/02/2010.
4. Domicilio: 9 de
Julio Nº 232, de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.
5. Ampliación del
objeto social: Artículo Tercero: La sociedad tiene por objeto dedicarse por
cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros, a las siguientes
actividades: a) comerciales: mediante la importación y exportación, compraventa
de bienes, automóviles, motocicletas, semovientes, máquinas, mercaderías en
general y productos de toda clase, patentes de invención y marcas nacionales
y/o extranjeras, diseños y modelos industriales, materias primas elaboradas o a
elaborarse, representaciones, comisiones y consignaciones y especialmente la
explotación del ramo depósitos y la explotación del ramo depósitos y
almacenajes en todas sus formas; b) inmobiliarias: mediante la adquisición,
venta y/o permuta de toda clase de bienes inmuebles, urbanos o rurales; la
compra-venta de terrenos y su sub-división: fraccionamiento de tierras,
urbanizaciones, con fines de explotación, renta o enajenación, inclusive por el
régimen de propiedad horizontal: c) construcción: mediante la ejecución, dirección
y administración de proyectos y obras civiles, hidráulicas, portuarias,
sanitarias, eléctricas, urbanizaciones, pavimentos y edificios, incluso
destinados al régimen de propiedad horizontal, construcción de silos,
viviendas, talleres, puentes, sean todos ellos públicos o privados; refacción o
demolición de las obras enumeradas; proyectos, dirección y construcción de
plantas industriales, obras viales, gasoductos, oleoductos y usinas públicas y
privadas; construcción, reparación de edificios de todo tipo, actividades todas
que se llevarán a cabo con la intervención de profesionales con incumbencia en
la materia; d) financieras: mediante prestamos con o sin garantía a corto y
largo plazo, aportes de capitales a personas o sociedades; para financiar operaciones
realizadas o a realizarse, así como la compra-venta de acciones, debentures y
toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito, de cualquiera de los
sistemas o modalidades creados o a crearse; exceptuándose las operaciones
comprendidas en la ley de entidades financieras o cualquier otra en las que se
requieren al concurso público. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los
actos y contratos que no fueren prohibidos por las leyes o por este estatuto.
6. Aumento de Capital
social: Artículo Cuarto: El Capital Social es de Cinco Millones de Pesos ($
5.000.000.) representado por 50.000 acciones ordinarias, nominativas no
endosables, de un voto cada una y de un valor nominal de Cien Pesos ($ 100.)
cada una. El Capital Social podrá ser aumentado por decisión de la Asamblea
Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al art. 188 de la Ley
19.550.
7. Se ratifican todas
las cláusulas del Estatuto Social en cuanto no fueron modificadas.
$ 42 121336 Dic. 20
__________________________________________
ALFONSO CHIACCHIERA S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
En cumplimiento de lo
dispuesto por el Art. 10 de la Ley 19550 “ALFONSO CHIACCHIERA S.R.L.”, hace
conocer, según resolución adoptada unánimemente por sus socios en fecha 30 de
noviembre de 2010, la cesión de cuotas sociales de la socia María Luciana Chiacchiera,
quien cede, vende y transfiere 4.900 cuotas de valor nominal $ 1.- cada una a
su consocio Omar Víctor Chiacchiera, al precio de su valor nominal es decir $
4.900. La socia María Paula Chiacchiera cede, vende y transfiere 4.900 cuotas
de valor nominal $ 1 cada una, en las siguientes proporciones: A su consocio
Omar Víctor Chiacchiera la cantidad de 2.800 cuotas y a Mariana Andrea
Chiacchiera, D.N.I. 31.415.038, argentina, nacida el 10 de junio de 1985,
estudiante, soltera, con domicilio en Rivadavia 218 de la ciudad de Roldán, la
cantidad de 2.100 cuotas. Ambas cesiones se realizan al precio de su valor
nominal, es decir $ 2.800 y $ 2.100 respectivamente.
El Capital Social que
es actualmente de $ 21.000 dividido en 21.000 cuotas de $ 1 cada una, queda
conformado de la siguiente manera: Omar Víctor Chiacchiera 14.700 cuotas de
capital o sea la suma de $ 14.700; María Paula Chiacchiera 2.100 cuotas de
capital o sea la suma de $ 2.100; María Luciana Chiacchiera 2.100 cuotas de
capital o sea la suma de $ 2.100 y Mariana Andrea Chiacchiera 2.100 cuotas de
capital o sea la suma de $ 2.100.
La dirección y
administración de la sociedad estará a cargo de uno o más socios quienes
revestirán el carácter de “socio-gerente” por el término de duración de la
sociedad. Obligarán a la sociedad de la siguiente manera: el socio Omar Víctor
Chiacchiera tendrá el uso de la firma social en forma personal e individual,
las socias María Luciana Chiacchiera, María Paula Chiacchiera y Mariana Andrea
Chiacchiera tendrán el uso de la firma social en forma conjunta, de a dos
cualesquiera de ellas, debiendo todos firmar debajo del sello social y la
aclaración de sus nombres con el aditamento de “socio-gerente”.
Los socios ratifican
y confirman las cláusulas y condiciones del Contrato Social vigente que no
hubieran sido modificadas por el presente.
$ 25 121367 Dic. 20
__________________________________________
PELLEGRINI REFRIGERACION
S.R.L.
CONTRATO
1) Socios: Juan Jorge
Colombo, apellido materno Kolzi, de nacionalidad argentina, titular del D.N.I.
Nº 16.382.400, estado civil casado, nacido en fecha 05/08/1963, con domicilio
real en calle General López 830 de la ciudad de Capitán Bermúdez, de profesión
frigorista y Pedro Antonio Ramírez, apellido materno Ramírez, de nacionalidad
argentino, titular del D.N.I. 20.745.447, estado civil casado, nacido en fecha
19/09/1968, con domicilio real en calle Pje. Peatonal 1784 de la ciudad de
Rosario, de profesión frigorista.
2) Fecha del
instrumento constitutivo: 02 de diciembre de 2010.
3) Denominación:
PELLEGRINI REFRIGERACION S.R.L.
4) Domicilio: General
López 830, localidad Capitán Bermúdez, Provincia Santa Fe.
5) Objeto Social: La
sociedad tendrá por objeto la compraventa, instalación y reparación de equipos
de aire acondicionado y frío comercial en viviendas y locales comerciales. A
tal fin la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer
obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o por este
contrato.
6) Duración: 20 años
a partir de inscripción en Registro Público de Comercio.
7) Capital: $ 70.000
(pesos setenta mil) divididos en 7.000 (siete mil) cuotas de $ 10 (pesos diez)
cada una valor nominal. El socio Juan Jorge Colombo, suscribe la cantidad de
5600 (cinco mil seiscientos) cuotas de capital y el socio Pedro Antonio
Ramírez, suscribe la cantidad de 1400 (un mil cuatrocientas) cuotas de capital.
Las cuotas se integran de la siguiente manera: a) el socio Juan Jorge Colombo:
1) la suma de $ 31.230 (pesos treinta y un mil doscientos treinta) con máquinas
y herramientas detalladas en inventario certificado por el contador Dr. Mariano
G. Vergara (Mat. 12570 de fecha 18/11/2010), 2) el resto en dinero en efectivo
en un 25% en este acto, b) el socio Pedro Antonio Ramírez, en dinero en
efectivo, en un 25 (veinticinco por ciento); el saldo se comprometen ambos
socios integrarlo dentro del plazo de un año en efectivo contado desde la fecha
de la firma del contrato constituido.
8) Administración y
Representación: A cargo de gerentes, socios o no. Se designó Gerente al socio
Juan Jorge Colombo. Para obligarla, firmarán en forma individual.
9) Fiscalización: A
cargo de todos los socios.
10) Fecha cierra
ejercicio: 30 de Junio de cada año.
$ 26 121372 Dic. 20
__________________________________________
OUTSOURCING LOGISTICA
LATINOAMERICANA S.R.L.
CESION DE CUOTAS
Por disposición del
Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y
Comercial, a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que
relacionado con la firma OUTSOURCING LOGISTICA LATINOAMERICANA S.R.L.,
inscripta en el Registro Publico de Comercio de Rosario, en la Sección
Contratos, en Fecha: 24/06/09, al Tomo 160, Folio 14390, Nº 1062; y según instrumento
respectivo de Fecha 10/08/10, que la Socia Lorena Marisa Feludero cedió la
totalidad de sus cuotas sociales (300) de $ 100 cada una, según la siguiente
distribución: 26 cuotas sociales al consocio Lunardi Gustavo Alberto; 74 cuotas
sociales al consocio Hoffsttadter Karen Ana; y 200 cuotas sociales al señor
Horacio Adan Amarante, argentino, nacido el 09 de Octubre de 1975, de profesión
comerciante, con domicilio en la calle Italia N° 451 de Rosario (Pcia. de Santa
Fe), de apellido materno Martínez, de estado civil soltero, titular del DNI N°
24.945.016.
$ 17 121287 Dic. 20
__________________________________________
CACHERO Y KOZUCH
INGENIEROS CIVILES S.A.
MODIFICACION DE ESTATUTO
Cachero y Kozuch
Ingenieros Civiles S.A., inscripta en el R.P.C. de Rosario en Estatutos el
24/04/1989 al Tomo 70, Folio 1431, Nro. 75, por asamblea general extraordinaria
de accionistas del 20/10/2010, decidió unánimemente ampliar el objeto social
incorporando los negocios de alquiler de inmuebles propios o ajenos, en forma de
contratos anuales, o contratos temporarios; también el alquiler de espacios
para estacionar por hora, por día o por mes, en forma de playa de
estacionamiento o garaje, el alquiler de máquinas o equipos, o el asesoramiento
comercial en sus diversas formas relacionado con los aspectos contemplados en
el objeto social; y aumentar el capital social en la suma de $ 1.190.000,-
suscriptos por los accionistas en proporción a sus tenencias originales. Se
modifica la cláusula 3ra. con las nuevas actividades y 4ta. del Estatuto
quedando fijado el capital social en $ 1.200.000,- representado por doce mil
acciones de v$n 100.- cada una.
$ 16 121570 Dic. 20
__________________________________________
INQUIPE S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por Acta de Asamblea
de fecha 18 de noviembre de 2010, se informan modificaciones en el contrato
social.
1) Objeto Social: La
sociedad ampliará su objeto por lo cual la cláusula cuarta quedará redactada de
la siguiente manera Cuarta-Objeto: Tiene por objeto a) El transporte general de
carga de corta, mediana y larga distancia. b) Servicios complementarios de
carga, descarga, gestión y logística para el transporte.
2) Prórroga: La
sociedad durará hasta el 27 de junio de 2013.
3) Domicilio legal:
Se ratifica el domicilio en calle Tucumán N° 7140 de la ciudad de Rosario,
Provincia de Santa Fe.
4) Aumento de
Capital: El capital inicial se incrementará en la suma de $ 40.000 (pesos
cuarenta mil), para elevarlo a la suma de $ 100.000 (pesos cien mil),
representado por 1.000 (un mil) cuotas de $ 100 (pesos cien). Dichas cuotas
serán integradas totalmente en efectivo de la siguiente manera: La señora
Marianela Grassini suscribe e integra 200 (doscientas) cuotas de capital
equivalentes a $ 20.000 (pesos veinte mil), y el señor Fabián Alberto Re
suscribe e integra 200 (doscientas) cuotas de capital equivalentes a $ 20.000
(pesos veinte mil).
$
17 121445 Dic. 20
__________________________________________
PLASTICRAFT
S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del
Sr. Juez del Juzgado Civil y Comercial de 1ra. Nominación del Registro Público
de Comercio se ha ordenado la siguiente inscripción:
1) Fecha del
instrumento: 4 de Octubre de 2010.
2) Cesión: Fernando
Ariel Salvia vende y transfiere 10 (Diez) cuotas de $ 50 (pesos cincuenta) cada
una a Analía Claudia Gioiosa, por la suma de $ 500 (pesos quinientos).
3) Denominación:
“PLASTICRAFT S.R.L.”.
4) Socios: Edmundo
Rubén Salvia, argentino, nacido el 15/03/1963, domiciliado en Av. Pellegrini N°
840, Piso 12, Dto. B, de la ciudad de Rosario, D.N.I. 16.220.976, casado y
Analía Claudia Gioiosa, argentina, nacida el 21/04/1969, domiciliada en Av.
Pellegrini Nº 840, Piso 12, Dto. B, de la ciudad de Rosario, casada, D.N.I.
20.674.633.
$
15 121513 Dic. 20
__________________________________________
HIPER
CLEAN S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Denominación Social:
HIPER CLEAN S.R.L.-
Motivo: Cesión de
cuotas del contrato social.
Cedentes: Simón
Gustavo Yomal, D.N.I. Nº 22.391.251, soltero, domiciliado en Ctda. Ricardone Nº
1290, Rosario, nacido el 2/9/1971, argentino y comerciante.- Cesionarios:
Matías Agustín Verzi, D.N.I. Nº 32.287,729, soltero, domiciliado en Servando
Bayo nº 1747, Rosario, nacido el 19/06/1986 y Angel Fabián Blando, D.N.I. Nº
18.043.580, nacido el 10/12/1966, domiciliado en Servando Bayo nº 11747,
Rosario, casado en primeras nupcias con Susana Marcela Coria, ambos argentinos
y comerciantes. El Sr. Simón Gustavo Yomal, vende, cede y transfiere el total
de su participación social: a) 250 cuotas de diez pesos cada una a favor del
señor Matías Agustín Verzi y la presente cesión se realiza en la suma de Tres
Mil Pesos ($ 3.000.-), y b) 2250 cuotas de diez pesos cada una al señor Angel
Fabián Blando, en la suma de Veinticinco Mil Pesos ($ 25.000.-).
Ambas cesiones se
abonarán en este acto en dinero en efectivo. A partir de la fecha el capital de
Hiper Clean S.R.L. es de Pesos Cincuenta Mil ($ 50.000.-) representado por 5000
cuotas de pesos diez ($ 10.-), que corresponden a los socios en la siguiente
forma: Angel Fabián Blando, 4750 cuotas de pesos diez ($ 10.-) cada una, que
representa la suma de pesos Cuarenta y Siete Mil Quinientos ($ 47.500.-), y
Matías Agustín Verzi, 250 cuotas de diez pesos ($ 10.-) cada una que representa
la suma de Pesos dos mil quinientos ($ 2.500.-). Quedan vigentes todas las
demás cláusulas que no fueran modificados por la presente modificación. Fecha
del Acto: 20 de Septiembre de 2010.
$ 17 121439 Dic. 20
__________________________________________
LA COSTA S.R.L.
CONTRATO
En cumplimiento a lo
dispuesto por el art. 10° de la S.C., se hace saber:
1) Datos de los
socios: Mileta, Héctor Antonio, nacido el 02/01/1944, apellido materno Porfiri,
casado en primeras nupcias con Liliana Beatriz Petroselli, argentino, productor
agropecuario, domiciliado en calle Martín Fierro Nº 254 de Los Molinos,
provincia de Santa Fe, L.E., 6.137.631, y Sebastián Ignacio Mileta, nacido el
16/05/1975, apellido materno Petroselli, casado en primeras nupcias con María
Alejandra Sconochini, argentino, productor agropecuario, domiciliado en
Boulevard Nuestra Señora del Rosario Nº 677 de Los Molinos, provincia de Santa
Fe, D.N.I. 24.360.965.
2) Fecha de
instrumento de constitución: 03 de noviembre de 2010.
3) Denominación
social: LA COSTA S.R.L.
4) Domicilio: Martín
Fierro Nº 254 de Los Molinos.
5) Objeto social:
tendrá por objeto las actividades que a continuación se detallan, pudiendo
realizarlas por cuenta propia o de terceros, por si o asociados a otras
sociedades o personas, accidental o permanente, a organismos públicos
descentralizados y/o autárquicos, empresas del Estado Nacional, Provincial,
Municipal y Comunal, entidades intermedias, organizaciones sindicales y
civiles, empresas privadas y particulares, a) La explotación de todas las
actividades agrícolas en general; producción de especies cereales, oleaginosas,
uraníferas, forrajeras, pasturas, algodoneras, fibrosas, tabacaleras,
yerbateras, semillas, vitivinícola, olivícolas, frutícolas, hortícolas y
floricultura; b) La explotación y/o administración de establecimientos
ganaderos para la cría, engorde e invernada de ganado de todo tipo y especie;
cabañeros, para la cría de toda especie de animales de pedigrí; explotación de
tambos; labores de granja avicultura y apicultura; c) la prestación de
servicios a terceros de siembra, recolección de cosechas, fumigación terrestre
o aérea; d) Las operaciones inmobiliarias, tanto de compraventa, como de locación,
usufructo u otros negocios de disposición o administración, excepto la
intermediación entre compra y venta, tanto sobre inmuebles urbanos como
rurales; e) Las operaciones de inversión de capitales o negocios financieros,
mutuos y demás, con o sin garantías personales y reales, excepto las
comprendidas en la Ley de Entidades Financieras, pudiendo realizarlas por
cuenta propia y/o de terceros; f) El transporte de cargas generales a cualquier
parte del país y al extranjero, pudiendo a tales fines, comprar o arrendar
camiones, vehículos, maquinarias, acoplados. Para el mejor cumplimiento de su
objeto la sociedad podrá realizar todas las operaciones y actos jurídicos
necesarios, relacionados directamente con el objeto social, sin más
limitaciones que las establecidas por la ley. A tal efecto la sociedad tiene
plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones,
asociarse con terceros, así como participarlos en los beneficios que se logran
en sus prestaciones, pudiendo ejercer todos los actos que no sean prohibidos
por las leyes o por este contrato.
6) Plazo de duración:
noventa y nueve (99) años desde su inscripción en el Registro Público de
Comercio.
7) Capital social:
pesos un millón cuatrocientos doce mil ($ 1.412.000), divididos en catorce mil
ciento veinte cuotas de pesos cien ($ 100) de valor nominal cada una. El
capital social podrá ser aumentado por resolución de los socios, resolviéndose
en cada oportunidad el monto, forma, naturaleza, modalidad y demás condiciones
conforme a lo dispuesto en la parte pertinente del art. 60 de la Ley 19550.
8) Composición del
órgano de administración: la administración, representación legal y uso de la
firma social estarán a cargo de una o más personas, socios o no, en forma
individual e indistinta y alternativamente cualquiera de ellos a quienes se los
designa gerentes. La designación recae sobre los señores: Héctor Antonio Mileta
y Sebastián Ignacio Mileta.
9) Fecha de cierre
del ejercicio: 31 de julio de cada año.
$ 60 121478 Dic. 20
__________________________________________
AGROPECUARIA EL NOGAL
S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Datos de los socios:
Georgina Diruscio, D.N.I. 27.143.669, argentina, empresaria, con domicilio en
Mitre 438, de la localidad de Acebal, casada en primeras nupcias con Germán
Julio Corsalini, y en calidad de socia Gerente de Agropecuaria El Nogal S.R.L.,
Sebastián Diruscio, D.N.I. 28.583.859, argentina, soltero, empresario, con
domicilio en Paraje Cuatro Esquinas, de la localidad de Carmen del Sauce y
Estefanía Diruscio, DNI 30.265.946, argentina, soltera de profesión empresaria,
con domicilio en Paraje Cuatro Esquinas, localidad Carmen del Sauce. Fecha de
constitución del instrumento: 6 de Diciembre de 2010.- Prorroga: La duración de
la sociedad se prorroga por cinco años (5) desde el vencimiento de la misma, es
decir desde el 16/12/2010 hasta el 16/12/2005.- Objeto: a) La compraventa,
comisión, consignación de cereales, semillas, oleaginosas, agroquímicos, abonos
y acopio de cereales. b) El transporte de los productos mencionados mediante
unidades de transporte propias o alquiladas a terceros. Aumento de capital: El
capital social asciende a la suma de $ 90.000.- (pesos noventa mil), dividido
en 9.000 (nueve mil) cuotas de $ 10 (pesos diez), donde Georgina Diruscio suscribe
$ 30000.- Sebastián Diruscio suscribe $ 30.000 y Estefanía Diruscio suscribe $
30000.-
$ 20 121412 Dic. 20
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DIMARVI SA
DESIGNACION DE AUTORIDADES
Por disposición de la
Sra. Jueza a cargo del Registro Publico de Comercio, se ordena la siguiente
publicación de edictos, por Resolución de fecha 02 de diciembre de 2010,
mediante la cual se hace saber el Directorio de DIMARVI S.A., con domicilio en
la localidad de Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe y que su mandato durará
por tres ejercicios, a saber: Presidente: Tarducci Viviana María, argentina, de
profesión comerciante, nacida el 07 de diciembre de 1962 en Venado Tuerto, con
D.N.I. N° 16.573.722, de estado civil divorciada, domiciliada en calle Alberdi
N° 720 de esta ciudad.
Director Suplente:
Borrelli Javier, argentino, de profesión comerciante, nacido el 04 de diciembre
de 1985 en Venado Tuerto, con D.N.I. N° 31.867.945, de estado civil soltero,
domiciliado en calle Saavedra Nº 43 de esta ciudad. Los cuales a los efectos
sociales que pudieran corresponder, fijan domicilios en sus respectivos lugares
de residencia. Venado Tuerto, 02 de diciembre de 2010.
$ 18,15 121488 Dic.
20
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TALLER MODELO S.R.L.
TRANSFORMACION EN
SOCIEDAD ANONIMA
Por estar así
dispuesto en autos caratulados “Taller Modelo S.R.L. s/Transformación en S.A.”,
Expte. N° 1098, F° 380, año 2010, en trámite ante el Registro Público de
Comercio, se hace saber que en reunión de socios celebrada el 12/08/2010,
transcripta como Acta Nro. 11, en el Libro de Actas de la empresa, Miguel
Antonio Maestrecola, nacido el 15 de marzo de 1950, de estado civil casado, de
nacionalidad argentino, de profesión comerciante, con domicilio en Bv. 9 de
Julio N° 1352 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, L.E. Nro.
7.891.169, C.U.I.T. Nro. 20-07891169-8; Carmen Teresa Combina, nacida el 23 de
diciembre de 1951, de estado civil casada, de nacionalidad argentina, de
profesión comerciante, con domicilio en Bv. 9 de Julio Nro. 1352 de la ciudad
de San Jorge, provincia de Santa Fe, D.N.I. Nro. 10.062.855, C.U.I.T. Nro.
23-10062855-4; Andrea Soledad Maestrecola, nacida el 09 de octubre de 1976, de
estado civil soltera, de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, con
domicilio en calle Bv. 9 de Julio N° 1352 de la ciudad de San Jorge, provincia
de Santa Fe, D.N.I. Nro. 25.401.837, C.U.I.T. Nro. 27-25401837-1; Marina
Guadalupe Maestrecola, nacida el 24 de enero de 1980, de estado civil soltera,
de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, con domicilio en calle Bv.
9 de Julio Nro. 1352 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, D.N.I.
Nro. 27.636.760, C.U.I.T. Nro. 27-27636760-4 y Valeria Alejandra Maestrecola,
nacida el 14 de septiembre de 1981, de estado civil soltera, de nacionalidad
argentina, de profesión comerciante, con domicilio en Bv. 9 de Julio Nro. 1352
de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, D.N.I. Nro. 29.056.123,
C.U.I.T. Nro. 27-29056123-5; todos integrantes de la razón social “Taller
Modelo S.R.L.”, según consta en el Contrato Social inscripto en el Registro
Público de Comercio bajo el número 595, folio 191, Libro 15 de S.R.L., Legajo
5840, con fecha 12 de septiembre de 2002 y sus modificatorias; quienes por
unanimidad deciden realizar lo siguiente: a) Transformar la sociedad de
responsabilidad limitada en una sociedad anónima, la cual se convierte en
continuadora de todas las actividades desarrolladas por la firma hasta el
momento, y b) Redactar el nuevo texto del estatuto que regirá los destinos de
la sociedad, del cual se extraen los elementos fundamentales:
1) Denominación:
TALLER MODELO S.A. (continuadora por transformación de TALLER MODELO S.R.L).
2) Accionistas:
Miguel Antonio Maestrecola, nacido el 15 de marzo de 1950, de estado civil casado,
de nacionalidad argentino, de profesión comerciante, con domicilio en Bv. 9 de
Julio Nro. 1352 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, L.E. Nro.
7.891.169, C.U.I.T. N° 20-07891169-8; Carmen Teresa Combina, nacida el 23 de
diciembre de 1951, de estado civil casada, de nacionalidad argentina, de
profesión comerciante, con domicilio en Bv. 9 de Julio Nro. 1352 de la ciudad
de San Jorge, provincia de Santa Fe, D.N.I. Nro. 10.062.855, C.U.I.T. Nro.
23-10062855-4; Andrea Soledad Maestrecola, nacida el 09 de octubre de 1976, de
estado civil soltera, de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, con
domicilio en calle Bv. 9 de Julio N° 1352 de la ciudad de San Jorge, provincia
de Santa Fe, D.N.I. N° 25.401.837, C.U.I.T. N° 27-25401837-1; Marina Guadalupe
Maestrecola, nacida el 24 de enero de 1980, de estado civil soltera, de
nacionalidad argentina, de profesión comerciante, con domicilio en calle Bv. 9
de Julio Nro. 1352 de la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, D.N.I.
Nro. 27.636.760, C.U.I.T. N° 27-27636760-4 y Valeria Alejandra Maestrecola,
nacida el 14 de septiembre de 1981, de estado civil soltera, de nacionalidad
argentina, de profesión comerciante, con domicilio en Bv. 9 de Julio N° 1352 de
la ciudad de San Jorge, provincia de Santa Fe, D.N.I. Nro. 29.056.123, C.U.I.T.
Nro. 27-29056123-5.
3) Lugar y fecha de
constitución: San Jorge, provincia de Santa Fe, 12/08/2010.
4) Domicilio legal:
Bv. 9 de Julio 1336, San Jorge, provincia de Santa Fe.
5) Duración: Noventa
y nueve (99) años contados a partir de la fecha de inscripción original en el
Registro Público de Comercio.
6) Objeto social: La
sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociados a
terceros, dentro y fuera del país, de las siguientes actividades comerciales:
Servicios: Reparación
y pintura de carrocerías, colocación de guardabarros y protecciones exteriores;
instalación y reparación de lunetas y ventanillas, parabrisas, aletas,
burletes, colisas y levantavidrios; grabado de cristales; mecánica integral
(incluye auxilio y servicios de grúa para automotores). Comercio: Venta al por
mayor y menor de partes, piezas y accesorios para automotores.
7) Capital social: El
capital social se fija en la suma de pesos cien mil ($ 100.000), representado
por un mil acciones (1.000) de pesos cien ($ 100) de valor nominal cada una.
El capital social
puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuple de
su monto conforme el Art. 188 de la Ley 19.550. Los señores socios tienen ya
suscripto el capital de cien mil pesos ($ 100.000) equivalente a un mil (1.000)
acciones ordinarias, nominativas no endosables de pesos cien ($ 100) cada una y
de un (1) voto cada una correspondiendo a cada socio un número de acciones
conforme al siguiente detalle: Miguel Antonio Maestrecola, 470 acciones de $
100 cada una, equivalentes a $ 47.000, nominativas no endosables de 1 voto,
representativas del 47%; Carmen Teresa Combina, 470 acciones de $ 100 cada una,
equivalentes a $ 47.000, nominativas no endosables de 1 voto representativas
del 47%; Andrea Soledad Maestrecola, 20 acciones de $ 100 cada una,
equivalentes a $ 2.000, nominativas no endosables de 1 voto, representativas
del 2%; Marina Guadalupe Maestrecola, 20 acciones de $ 100 cada una,
equivalentes a $ 2.000, nominativas no endosables de 1 voto, representativas
del 2%° y Valeria Alejandra Maestrecola, 20 acciones de $ 100 cada una,
equivalentes a 2.000 nominativas no endosables de 1 voto, representativas del
2%.
8) Administración: La
administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto por el
número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno (1) y un máximo
de cinco (5) quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios. La asamblea
debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el
mismo plazo, con el fin de llenar las vacantes que se produjeren en el orden de
su elección. Cuando la asamblea designare un Director Titular, éste será el
Presidente. Cuando la Asamblea designare dos o más Directores Titulares, el
Directorio en su primera sesión deberá designar de entre sus miembros al
Presidente y a un Vicepresidente. El Vicepresidente reemplazará al Presidente
en caso de ausencia o impedimento. El Directorio funciona con la mayoría
absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos presentes. En caso de
empate, el Presidente debe volver a votar para desempatar. La Asamblea fija la
remuneración del Directorio.
9) Fecha de cierre
del ejercicio: el día 31 de julio de cada año.
10) Directorio:
Quedará integrado por tres Directores Titulares y dos Directores Suplentes y
durará tres ejercicios en sus funciones. Director Titular (Presidente): Miguel
Antonio Maestrecola. Directora Titular (Vicepresidente): Carmen Teresa Combina.
Directora Titular: Valeria Alejandra Maestrecola. Directora Suplente: Andrea
Soledad Maestrecola. Directora Suplente: Marina Guadalupe Maestrecola.
Santa Fe, 03/12/10.
Estela C. López Bustos, secretaria.
$ 15 121498 Dic. 20
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TRES IRMAOS S.R.L.
CONTRATO
Por disposición de la
Sra. Jueza a cargo del Registro Público de Comercio, se ordena la siguiente
publicación de edictos, por Resolución de fecha 24 de noviembre de 2010,
mediante la cual se hace saber:
Socios: MARIA ISABEL
IMAZ, argentina, de profesión comerciante, nacida el 07/02/1968, con D.N.I. N°
20.077.558, de estado civil casada en primeras nupcias con Daniel Alberto
Maderna, domiciliada en calle Leoncio de la Barrera 1136 de esta ciudad; MARIA
DE LOS ANGELES ELIDA IMAZ, argentina, de profesión comerciante, nacida el
19/02/1963, con D.N.I. N° 14.766.910, de estado civil casada en primeras
nupcias con Jorge Anibal Rena, domiciliada en calle Arenales 251 de esta
ciudad; GROSSO JUAN JOSE, argentino, de profesión comerciante, nacido el
10/10/1970, con D.N.I. N° 21.753.522, de estado civil soltero, domiciliado en
calle Roque Saenz Peña N° 672 de la ciudad de Alejo Ledesma, Provincia de
Córdoba.
Fecha del Contrato:
16 de Setiembre de 2010.
Denominación: TRES
IRMAOS S.R.L.
Domicilio: Venado
Tuerto, Santa Fe.
Dirección de la sede
social: Monteagudo Nº 612, Venado Tuerto.
Duración: 20 años
contados a partir de la fecha de inscripción en Registro Público de Comercio.
Objeto: La sociedad
tiene por objeto la distribución, representación y venta de productos
alimenticios y bebidas en general, en cualquiera de las modalidades que fijen
las leyes.
En cumplimiento de
sus fines, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se
relacionan con su objeto.
Capital social: El
Capital Social, lo constituye la cantidad de cien mil Pesos ($ 100 000.),
dividido en un mil (1.000) cuotas partes de Un Peso ($ 1,00) cada una.
Administración y
Representación: La fiscalización, dirección y administración de la sociedad
estará a cargo de las socias Imaz María Isabel y María de los Angeles Elida
Imaz, a quienes se le confiere el cargo de Socios Gerentes.
Socios Gerentes;
María Isabel Imaz con D.N.I. N° 20.077.558 y María de los Angeles Elida Imaz
con D.N.I. N° 14.766.910.
Fiscalización: La
fiscalización de todos los actos de la sociedad se encuentra a cargo de los
socios.
Fecha de cierre de
ejercicio: La sociedad cerrara su ejercicio el 31 de agosto de
cada año.
Venado Tuerto, 24 de
noviembre de 2010.
$ 40,48 121489 Dic.
20
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AKOPLADOS ROSARIO S.R.L.
CONTRATO
Por disposición del
Sr. Juez de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación a
cargo del Registro Público de Comercio, ordénese la publicación por el término
de un día del siguiente aviso referido a la constitución de Akoplados Rosario
S.R.L.-
1) Datos de los
fundadores: Ruiz Juana Susana, argentina, empleada, nacida el 15 de mayo de
1949, D.N.I. 6.210.544, con domicilio en calle Dorrego 156 Piso 8 Departamento
C de la ciudad de Rosario. Provincia de Santa Fe, divorciada según sentencia N°
672 del 05/11/2003 del Tribunal Colegiado de Familia de la 5ta. Nominación de
Rosario; y Tadic Valeria Soledad, argentina, empleada, nacida el 08 de mayo de
1978, DNI 26.603.169, con domicilio en calle Cafferata 1571 de la ciudad de
Rosario, Provincia de Santa Fe, soltera.
2) Fecha del
instrumento constitutivo: 16 de noviembre de 2010.
3) Denominación
social: AKOPLADOS ROSARIO S.R.L.-
4) Domicilio: La Sede
Social se establece en calle San Martín 2456 de la ciudad de Rosario, Provincia
de Santa Fe.
5) Objeto social: La
sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros a la venta
a) por mayor y menor, comercialización, importación y exportación de repuestos,
accesorios, equipos, materiales, insumos, autopartes y todo tipo de artículos
accesorios a los automotores. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que
no sean prohibidos por las Leyes o por este Estatuto.
6) Plazo de duración:
10 (diez) años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro
Público de Comercio.
7) Capital Social: El
capital social se fija en la suma de pesos ciento dos mil cuatrocientos
cuarenta ($ 102.440.), dividido en diez mil doscientas cuarenta y cuatro
(10.244) cuotas de pesos diez ($10,-) cada una, que los socios suscriben e
integran de la siguiente manera: Ruiz Juana Susana suscribe cinco mil ciento
veintidós (5.122) cuotas de capital de $ 10.- cada una que representa la suma
de pesos cincuenta y un mil doscientos veinte ($ 51.220) y Tadic Valeria
Soledad suscribe cinco mil ciento veintidós (5.122) cuotas de capital de $10.-
cada una que representan la suma de pesos cincuenta y un mil doscientos veinte
($ 51.220).
8) Organo de
administración, dirección y fiscalización: Estará a cargo de uno o más
gerentes, socios o no. A tal fin usaran sus propias firmas con el aditamento de
Socio-Gerente o Gerente, según el caso, precedida de la denominación social,
actuando en forma individual, indistintamente y alternativamente cualesquiera
de ellos. La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.
9) Fecha de cierre
del ejercicio: el 31 de octubre de cada año.
10) Gerencia: se
resuelve por unanimidad designar como gerente a Ruiz Juana Susana, DNI
6.210.544, quien actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula séptima del
contrato social.
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35 121428 Dic. 20
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PROTECTOR
S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
Por disposición del
Sr. Juez de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación a
cargo del Registro Público de Comercio, ordénese la publicación por el término
de un día del siguiente aviso referido a la cesión de cuotas y la consecuente
modificación del Contrato Social de Protector S.R.L.
1) Fecha del
instrumento de cesión de cuotas y modificación del Contrato Social: 14 de
octubre de 2010.
2) El Sr. Marcelo
Javier Micheri, vende, cede y transfiere en plena propiedad, la cantidad de un
mil quinientas (1500) cuotas de Capital de valor nominal de pesos diez ($ 10)
cada una de la sociedad -Protector S.R.L.” a Eduardo Aníbal Acosta quien acepta
de conformidad. El precio de esta Cesión de Cuotas se realiza por el valor
total de pesos quince mil ($ 15.000.-) que se abona en este acto en dinero en
efectivo.
3) El señor Juan
Ignacio Rizzotto vende, cede y transfiere en plena propiedad, la cantidad de un
mil quinientas (1500) cuotas de Capital de valor nominal de pesos diez ($10)
cada una de la sociedad “Protector S.R.L.” a Hernán Aníbal Acosta quien acepta
de conformidad. El precio de esta Cesión de Cuotas se realiza por el valor
total de pesos quince mil ($15.000.-) que se abona en este acto en dinero en
efectivo. 4) Como consecuencia de la presente Cesión de Cuotas los vendedores
transfieren a los compradores, quienes aceptan de conformidad con las cuotas
partes objeto del presente Contrato de Cesión de Cuotas. la parte proporcional
de todos los Créditos y Debitos que por cualquier causa o motive tuvieren con
“Protector S.R.L.”, comprendido por los saldos en Cuentas Particulares,
Reservas, Resultados No Asignados, Dividendos y cualquier otra cuenta
integrante de la referida sociedad.
5) Capital Social:
Como consecuencia de la presente Cesión de Cuotas: El capital social se fija en
la suma de pesos treinta mil ($ 30.000.-), dividido en tres mil (3000) cuotas
de pesos diez ($10.-) cada una, que los socios suscriben e integran de la
siguiente manera: el socio Eduardo Aníbal Acosta suscribe un mil quinientas
(1500) cuotas de capital de pesos diez ($10.-) cada una que representan la suma
de pesos quince mil ($ 15.000) que se encuentran totalmente integradas, y el
socio Hernán Aníbal Acosta suscribe un mil quinientas (1500) cuotas de capital
de pesos diez ($10.-) cada una que representan la suma de pesos quince mil ($
15.000) que se encuentran totalmente integradas.
6) Con motivo del
presente contrato de Cesión de Cuotas, los Sres. Eduardo Aníbal Acosta y Hernán
Aníbal Acosta son únicas y actuales socios de “Protector S.R.L.”.
7) Como consecuencia
del presente Contrato de Cesión y de la renuncia presentada al cargo de Gerente
de “Protector S.R.L.” por parte del Sr. Juan Ignacio Rizzotto, se resuelve por
unanimidad designar como gerente a Eduardo Aníbal Acosta, DNI 10.594.402, quien
actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula quinta del contrato social.
8) Se decide mudar el domicilio de la sede social a la calle Ovidio Lagos 448
de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
$ 40 121430 Dic. 20
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LOPEZ HERMANOS S.R.L.
MODIFICACION DE CONTRATO
En documento privado
de fecha 26 de noviembre de 2010 se otorgaron los siguientes actos:
1 Fermín Andrés López
Torres renuncio gratuitamente al usufructo sobre 1.200 cuotas sociales.
2. Héctor Luis López
cedió a Alberto Angel López, Mariela Fátima López, Daniel Nazareno López,
Francisco Solano López y Beltrán León López la nuda propiedad de 192 cuotas
sociales, quienes las adquirieron en la siguiente proporción: Alberto Angel
López adquirió 39 cuotas sociales; Mariela Fátima López adquirió 39 cuotas
sociales; Daniel Nazareno López adquirió 38 cuotas sociales; Francisco Solano
López adquirió 38 cuotas sociales y Beltrán León López adquirió 38 cuotas
sociales.
3. Rubén Andrés López
cedió a Alberto Angel López, Mariela Fátima López, Daniel Nazareno López,
Francisco Solano López y Beltrán León López el dominio pleno de 2133 cuotas
sociales y la nuda propiedad de 348 cuotas sociales, quienes las adquirieron en
la siguiente proporción: Alberto Angel López adquirió el dominio pleno de 426
cuotas sociales y la nuda propiedad de 69 cuotas sociales; Mariela Fátima López
adquirió el dominio pleno de 426 cuotas sociales y la nuda propiedad de 69
cuotas sociales; Daniel Nazareno López adquirió el dominio pleno de 427 cuotas
sociales y la nuda propiedad de 70 cuotas sociales; Francisco Solano López
adquirió el dominio pleno de 427 cuotas sociales y la nuda propiedad de 70
cuotas sociales y Beltrán León López adquirió el dominio pleno de 427 cuotas
sociales y la nuda propiedad de 70 cuotas sociales.
4. Se modificó la
cláusula Cuarta del contrato social que quedo redactada de la siguiente manera:
Cuarta: El capital social lo forma la cantidad de pesos ochenta y ocho mil
ochocientos ($ 88.800), el que estará dividido en ocho mil ochocientos ochenta
(8.880) cuotas de $ 10 cada una, totalmente suscripto e integrado por los
socios en la proporción siguiente: A) Nudos Propietarios: a-1) Alberto Angel
López, la Nuda Propiedad de novecientas tres (903) cuotas representativas de la
suma de nueve mil treinta pesos ($ 9.030); de dichas cuotas tienen usufructo
vitalicio: a) Jacinto Angel López Torres, sobre seiscientas (600) cuotas y b)
Marta Benita López Torres, sobre trescientas tres (303) cuotas; a-2) Mariela
Fátima López, la nuda propiedad de ochocientas ochenta y cinco (885) cuotas
representativas de la suma de ocho mil ochocientos ochenta y cinco pesos ($
8.885); de dichas cuotas tienen usufructo vitalicio: a) Jacinto Angel López
Torres, sobre seiscientas (600) cuotas y b) Marta Benita López Torres, sobre
doscientos ochenta y cinco (285) cuotas; a-3) Daniel Nazareno López, la nuda
propiedad de trescientas (300) cuotas representativas de la suma de tres mil
pesos ($ 3.000); de dichas cuotas tiene usufructo vitalicio Marta Benita López
Torres, sobre las trescientas (300) cuotas; a-4) Francisco Solano López, la
nuda propiedad de doscientas setenta y seis (276) cuotas representativas de la
suma de dos mil setecientos sesenta pesos ($ 2.760); de dichas cuotas tiene
usufructo vitalicio Marta Benita López Torres, sobre las doscientas setenta y
seis (276) cuotas y a_5) Beltrán León López, la nuda propiedad de doscientas
setenta y seis (276) cuotas representativas de la suma de dos mil setecientos
sesenta pesos ($ 2.760); de dichas cuotas tiene usufructo vitalicio Marta
Benita López Torres, sobre las doscientas setenta y seis (276) cuotas; B)
Usufructuarios: b_1) Marta Benita López Torres, el usufructo de un mil
cuatrocientas cuarenta (1.440) cuotas sociales; de las cuales son nudos
propietarios: Alberto Angel López, sobre trescientas tres (303) cuotas; Mariela
Fátima López, sobre doscientas ochenta y cinco (285) cuotas; Daniel Nazareno
López, sobre trescientas (300) cuotas; Francisco Solano López, sobre doscientos
setenta y seis (276) cuotas y Beltrán León López, sobre doscientos setenta y
seis (276) cuotas y b-2) Jacinto Angel López Torres, el usufructo de un mil
doscientas (1.200) cuotas sociales; de las cuales son nudos propietarios:
Alberto Angel López, sobre seiscientas (600) cuotas y Mariela Fátima López,
sobre seiscientas (600) cuotas y C) Dominio Pleno: c-1) Alberto Angel López, el
dominio pleno de ochocientas ochenta y dos (882) cuotas representativas de la
suma de ocho mil ochocientos veinte pesos ($ 8.820); c_2) Mariela Fátima López,
el dominio pleno de ochocientas setenta y nueve (879) cuotas representativas de
la suma de ocho mil setecientos noventa pesos ($ 8.790); c_3) Daniel Nazareno
López, el dominio pleno de un mil cuatrocientas setenta y siete (1.477) cuotas
representativas de la suma de catorce mil setecientos setenta pesos ($ 14.770);
C_4) Francisco Solano López, el dominio pleno de un mil quinientas una (1.501)
cuotas representativas de la suma de quince mil diez pesos ($ 15.010) y c_5)
Beltrán León López, el dominio pleno de un mil quinientas una (1.501) cuotas
representativas de la suma de quince mil diez pesos ($ 15.010)“.
$ 65 121461 Dic. 20
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LA ALBORADA S.R.L.
CONTRATO
Por estar así
dispuesto en autos caratulados: “La Alborada S.R.L.”, Expte. Nº 1096/10, de
trámite ante el Registro Público de Comercio de la ciudad de Santa Fe, se hace
saber la siguiente constitución de sociedad:
Denominación: La
Alborada S.R.L.
Fecha de
Constitución: 5 de Noviembre de 2010.
Socios: Noemí Ester
Vera, argentina, nacida el 14 de marzo de 1949, de apellido materno Vila, L.C
n° 5.880.731, CUIT N° 27-05880731-7, soltera, domiciliada en calle La Rioja 3047
de Santa Fe; María Elena Roca, argentina, nacida el 3 de enero de 1956, de
apellido materno Sandoz, DNI N° 12.181.834, CUIT N° 27-12181834-0, soltera,
domiciliada en calle La Rioja 3052 de Santa Fe.
Domicilio: La Rioja
3051, ciudad de Santa Fe.
Plazo de duración:
Diez años a contar de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Objeto: La sociedad
tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros y/o asociada a
terceros en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: a) Comerciales:
venta y comercialización de inmuebles urbanos, suburbanos, y/o rurales. Todo
cuanto se relacione con la comercialización en todos sus tipos y la explotación
de inmuebles urbanos y rurales, bien sea para la compra, venta y/o locación de
los mismos, de cualquier naturaleza; urbanizaciones, subdivisiones, loteos,
compraventa de terrenos y su subdivisión, rurales, urbanos o suburbanos,
fraccionamiento de tierras, administración y cualquier otra operación
inmobiliaria, con exclusión de toda actividad del art. 299 inc. 4 de la Ley N°
19550. Para su cumplimiento la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para
realizar todo tipo de actos, contratos u operaciones que se vinculen directa o
indirectamente con su objeto social; y asimismo dichas actividades serán
realizadas por profesionales con incumbencia en la materia.
Capital: Cien mil
pesos ($ 100.000) dividido en cien (100) cuotas de pesos un mil ($ 1.000) cada
una, suscriptas por las socias en la siguiente proporción: Noemí Ester Vera,
ochenta (80) cuotas de capital que representan la suma de Ochenta mil pesos ($
80.000) y María Elena Roca, veinte (20) cuotas de capital que representan la
suma de Veinte mil pesos ($ 20.000), siendo dichos aportes en dinero en
efectivo.
Administración: La
sociedad será representada por las socias Noemí Ester Vera y/o María Elena
Roca, conjunta o indistintamente, y/o personas que designen las socias.
Fiscalización: Los
socios tendrán derecho de fiscalización personalmente o por medio de
profesional designado al efecto.
Fecha de cierre del
balance: 31 de diciembre de cada año.
Santa Fe, Diciembre 3
de 2010. Estela López Bustos, secretaria.
$ 27 122110 Dic. 20
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