MELINCUE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don ATILIO OSCAR ANDREU, por el término de Ley para que comparezcan ante el Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y Tablero del Juzgado. (Expte. Nº 1543/2015). 3 de Noviembre de 2015. Leandro Carozzo, secretario.
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Por disposición del Juzgado de Distrito Civil, Comercial y Laboral N° 8 de Melincué sito en Moreno N° 517, Provincia de Santa Fe, a cargo de la Dra. Analía M. Irrazábal, Secretaria del Dr. Leandro Carozzo, en los autos caratulados: MUTUAL ENTRE ASOCIADOS DE COOPERACION MUTUAL PATRONAL c/TORRES NOEMI VERONICA s/Juicio Ejecutivo; Expte. 650/2014, se ha dispuesto notificar a la Sra. Torres Noemí Verónica, D.N.I. 35.750.216, de lo siguiente: Melincué, 11 de Junio de 2015. Téngase presente lo manifestado, Agréguese cédula que se acompaña. Informando el actuario en este acto que ha vencido el término señalado sin la comparencia de la parte demandada, pese a estar debidamente notificada, decláresela rebelde, debiendo seguirse el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. 9 de Noviembre de 2015. Fdo. Dra. Analía M. Irrazábal, (Jueza); Dr. Leandro Carozzo (Secretario).
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Por disposición de la Sra. Jueza de 1ra. Ins. de Distrito Nro. 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, Dra. Analía Irrazábal, Secretaría a cargo del Dr. Leandro Carozzo, dentro de los autos caratulados COMUNA DE MELINCUE c/OTEGUI ELENA AMELIA s/Apremio; (Expte. Nº 1526/2013), se ha dispuesto notificar por edictos a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Elena Amelia Otegui la siguiente resolución: Nro. 2852. Tº 75, Fº 10. Melincué, 02 de Noviembre del año 2015. Y Vistos:... Considerando:... Fallo: Haciendo lugar demanda y en consecuencia ordenando llevar adelante la ejecución condenando a la Sra. Elena Amelia Otegui, con domicilio en calle San Lorenzo 862 de Melincué, y/o herederos y/o legatarios y/o quien resulta propietario y/o jurídicamente responsable del inmueble identificado con la Partida de Impuesto Inmobiliario Nro. 17-09-00-370499/0001-2 y 17-09-00-370499/0004-9 y como lote 2 de la manzana Nro. 160 según plano 130609/1991, inscripto en el Registro General Rosario al Tomo 546, Folio 75, Nro. 368788 y Tomo 595, Folio 406, Nro. 378931, por la suma de Pesos Sesenta y Dos Mil Seiscientos Veintitrés con 42/100, ($ 72.623,42), con más los intereses devengados desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago, a razón de la tasa activa mensual sumada del Nuevo Banco de Santa Fe, que publica la Caja Forense. Costas al demandado. A la regulación de honorarios, oportunamente. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. Melincué, 9 de Noviembre de 2015. Fdo. Dra. Analía Irrazábal, Juez Subrogante; Dr. Leandro Carozzo, Secretario.
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