picture_as_pdf 2014-11-20

INSTITUTO POLITECNICO

SUPERIOR “GRAL. SAN MARTIN”

UNIVERSIDAD NACIONAL

DE ROSARIO


LLAMADO A INSCRIPCION


Llamado a inscripción de antecedentes, entrevista personal y prueba de oposición, para cubrir cargos interinos y reemplazantes de Preceptores del Instituto Politécnico Superior “General San Martín” de la U.N.R. Fijar el día 1 de diciembre de 2014, a las ocho (8) horas como fecha de apertura del llamado a inscripción con cierre el día 15 de diciembre de 2014 inclusive a las 20 hs.

Además, se comunica que las solicitudes de inscripción y toda otra documentación, se recibirán en Mesa de Entradas del Instituto Politécnico –sito en calle Ayacucho 1667- que atenderá de lunes a viernes de 8:00 a 12:00 y de 18:00 a 20.00 hs.

$ 90 247208 Nov. 20 Nov. 21

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COLEGIO DE MARTILLEROS


INSCRIPCION DE MARTILLERO


A los fines previstos en el Art. 7º de la Ley Nº 7547, y en lo pertinente a la Ley Nac. Nº 20.266, modificada por Ley Nac. Nº 25.028, hace saber que el señor, GONZALEZ LEANDRO DAMIAN, DNI: Nº 29.926.166, Argentino, soltero, nacido el 08/01/1983, de apellido materno IUSTO, con domicilio real y legal Rodo 314 de la localidad de Rosario, código postal Nº 2000 y legal, código postal Nº 2000, Provincia de Santa Fe, ha solicitado su Inscripción en el Registro de Matrículas que lleva el Colegio de Martilleros de Rosario. Las oposiciones a la misma, deberán interponerse dentro de los cincos días posteriores a la última publicación del presente edicto, en la sede del Colegio de Martilleros de Rosario, calle Moreno Nº 1546 de la cuidad de Rosario, a los dieciocho días del mes de noviembre de 2014. Firma: Mirta B. Gianotto – Secretaria.-

$ 90 164493 Nov. 20 Nov. 21

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FIRST TRUST OF NEW YORK S.A.


REMATE POR

MARCELO EDMUNDO POLIOTTI


Por cuenta y orden del FIRST TRUST OF NEW YORK N.A., con domicilio en calle Santa Fe 1157 de Rosario y de acuerdo a la Ley 24.441 art. 57 y s.s. - Ejecución Hipotecaria, se ha dispuesto que por intermedio del Martillero nombrado y con oficina en calle Corrientes 964 P.B. 2 de Rosario, proceda a vender en pública subasta y ante Escribana Pública Dra. María Alejandra Olivé, el día 25 de Noviembre del 2014 a las 11:00 hs. en el Colegio de Martilleros, sito en Moreno 1546 de Rosario el siguiente inmueble: “Un lote de terreno, con todo lo en el edificado, clavado y plantado, situado en Arroyo Seco Norte, hoy Villa Gobernador Gálvez, de esta provincia, señalado con el número Doce de la manzana ciento cincuenta y nueve en el plano 6829 año 1946, ubicado en la calle Patagonia, hoy Oppici, entre la Avenida Mitre y calle Balcarce, a los 42,45 metros de la Avenida Mitre hacia el Norte y se compone de 10 metros de frente al Este por 45 metros de fondo, lindando: al Este con calle Patagonia, hoy Oppici; al Norte con el lote 11; al Oeste con parte de los lotes 5 y 19; y al Sud con el lote 13”.- Dominio Inscripto al Tomo 725; Folio 89; Nº 409991 Dpto. Rosario.- Cuenta N° 02236-00-05 / Inf. Catastral 09-0043-012.- Municipalidad de Villa Gdor. Gálvez. Informe del Registro de la Propiedad: Dominio: consta el dominio, Hipotecas: Tomo 458 A Folio 2 N° 409992 del 26/12/97 por U$S 67.400,00.- la que se ejecuta, Embargos: Tomo 121 E Folio 3530 N° 379294 del 17/09/2012 por $ 1.800 MILICICH STELLA M. y Otro c/Otro s/Apremio por Honorarios Expte. 179/09 Juz. Dist. Nom. 2° de Rosario- Inhibiciones: 1) Tomo 125I Folio 548 N° 312492 Monto $ 30.000 Fecha 19/02/13 Nuevo Banco de Santa Fe c/Otro s/Ejecutivo Expte. 1971/02 Juzg. Dist. 3° Nom.- 2) Tomo 1251 Folio 2286 Nº 329131 Fecha 22/04/13 Monto $ 8.600 Nuevo Banco de Santa Fe S.A. c/Otro s/Cobro de Pesos Expte. 663/03 Juz. Dist. 5° Nom.- 3) Tomo 125I Folio 5754 N° 367671 Fecha 23/08/13 Monto $ 12.286 Bco. Credicoop C.L. c/Otro s/Embargo Prev. Expte. 166/03 Juz. Dist. 4° Nom.- La base de la subasta es el monto de $ 92.975,35. En caso de falta de postores se reducirá la base en un 25%. Si tampoco existieren postores se realizará sin limitaciones de precio y al mejor postor. No se aceptarán posturas menores de $ 100. El que resulte comprador deberá abonar en el acto de la subasta 10% seña a cuenta precio total, más la comisión de ley del 3%, todo en dinero efectivo o cheque certificado, los impuestos, gastos y honorarios de escrituración y los impuestos, tasas, gastos centrales y/o expensas, contribuciones municipales, provinciales y/o nacionales, creadas o a crearse que se adeudaren son a cargo del comprador. El saldo de precio deberá ser depositado hasta el 29 de diciembre del 2014, bajo apercibimiento establecido en el art. 62 ley 24.441; en el domicilio del Banco Hipotecario S.A. sito en la calle Santa Fe 1157 de Rosario. No se podrá comprar en comisión según lo previsto art. 75 inc. C) ley 24.441. El inmueble sale Ocupado según constancia notarial y con orden de lanzamiento judicial. Se encuentran agregado al expediente, los informes previos, títulos y demás constancias, los que podrán ser revisados en la Oficina del Martillero Actuante sito en calle Corriente 964 P.B. Of. “2” de Rosario, por lo que no se admitirán reclamos una vez adjudicado en la subasta. Asimismo se hace saber que los días de exhibición son los días 20 y 21 de noviembre del 2014 en el horario de 10:00 hs. a 12:00 hs. De resultar inhábil el día fijado o por fuerza mayor, se realizará el día hábil posterior. Rosario, Noviembre de 2014.

$ 590 247223 Nov. 20 Nov. 25

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FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y RELACIONES

INTERNACIONALES


Universidad Nacional de Rosario

Escuela de Trabajo Social


INSCRIPCION EN CONCURSOS

Asignatura Cantidad Cargos y Dedicación

Introducción a la Práctica Profesional 1 1 JTP - Simple

Introducción a la Práctica Profesional I 1 Ayudante de 1°- Simple

Período de Inscripción: del 27 de noviembre de 2014 al 3 de diciembre de 2014 inclusive.

En el horario de 9,00 a 13,00 hs. en la Dirección de Concursos de la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales.

$ 90 245586 Nov. 20

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MUNICIPALIDAD DE CASILDA


CEMENTERIO “SAN SALVADOR”

DESALOJO DE NICHOS: SECCION B – K


Habiéndose ya comunicado por medio de citaciones y debido a que los titulares de los arrendamientos y/o familiares de los extintos al día de la fecha no se han presentado, informamos que el día 28-11-2014 se procederá al desalojo de los nichos.


NICHO FILA EXTINTO FECHA

B-11 3 Buri 05/04/1989

Buri Jorge Alberto 10/09/2009

B-65 1 Blunea Ignacio 08/10/1983

B-127 3 Gentili Juan Carlos 25/02/2012

B-181 1 Fernández Rubén Darío 14/02/1999

B-215 3 Cañete Teresa 31/05/2010

B-251 3 Troanes Juan Carlos 04/11/1986

B-267 3 Lola Carmen Francisco L. 21/03/2012

B-283 3 Rosconi Antonio 27/05/1961

B-287 3 Rosconi Julia 21/01/1987

B-295 3 Ceriani Roberto A. 07/01/2011

B-315 3 García Luis 28/04/1983

B-319 3 Ubelarte de García Juana M. 11-11-1998

B-324 4 Zapata Enzo Nahuel 27/02/2010

B-357 1 Piacenzi Roberto R. 09/06/1996

B-376 4 Mira Velli Luis 26/10/1968

B-499 3 Ponce Ramón 20/06/1984

B-538 2 Ferragutti Rosa 27/12/1962

B-895 1 But Gusain Alicia L. de 14/07/1988

B-900 1 But Gusain Antonio 15/04/1991

B-1096 2 Roldán Emilia 06/02/1989

B-1122 3 Latorre Angel 10/12/1964

B-1123 4 Latorre Agustina de 08/04/1954

B-1127 3 Santana Pedro 09/01/1940

Melian José 30/12/1963

B-1128 4 Santana Dolores 07/01/1951

B-1234 5 Britos Clara de

B-1281 2 Apara de Yesere Dominga 23/08/2014

B-1286 2 Chain Mohamet 17/02/1988

B-1347 3 Duarte Rubén 30/07/1990

B-1473 4 Ayala de Vergara Susana 16/03/1992

B-1611 2 Villa Horacio 21/08/1992

B-1611 2 Del Popolo María 02/03/2004

B-2184 2 Lencina Ayrton N. 02/09/2006

B-2184 2 Echevarria 04/10/2013

B-2378 4 Sisi Domingo Ramón 28/08/1992

B-2524 6 Aguilar Narcizo 07/08/2004

K-1118 2 De Las Casas Andrés 17/06/1976

K-1123 2 Orellano Ernesto D. 14/04/1979

$ 135 247141 Nov. 20 Nov. 25

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CONSEJO DIRECTIVO

PROVINCIAL DEL COLEGIO DE

PSICOLOGOS DE SANTA FE


RESOLUCIÓN Nº 007


Santa Fe, 11/10/2014


Sobre la Regulación de Honorarios de Peritos Psicólogos Designados de Oficio en los Tribunales de la Provincia de Santa Fe.

VISTO:

Las facultades conferidas por los artículos 15°, 16°, 19° y 20°, Inc. 2) y 6) de la Ley N° 9538, y los artículos 3°, Inc. d), 4°, Inc. n), 11° y 12° de los Estatutos del Colegio de Psicólogos; y

CONSIDERANDO:

Que las normas generales y aranceles fijados para los abogados y procuradores, como asimismo lo que estipula la Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley N° 10.160), en su Artículo 361 inciso b) en el que se fija un límite -que no supere el 50% de lo que se le regula al curial de la parte vencedora-, ninguna de ellas establece una base o punto de partida para estimar esa regulación, lo que genera un estado de disparidad e inequidad en la regulación de los honorarios de los psicólogos que actúan en calidad de peritos de oficio en los Tribunales Provinciales;

Que atendiendo a esta situación, que conlleva -en muchos casos-, una devaluación pecuniaria respecto de la función y la labor desplegada por los colegas, además de no contemplar otras cuestiones tales como: la del profesional que habiendo aceptado formalmente el cargo en el expediente, por razones ajenas a él, no concreta su trabajo; el psicólogo que debe practicar su labor pericial sobre varios sujetos en un mismo expediente, como ocurre frecuentemente en los asuntos que se dirimen en los Tribunales de Familia y eventualmente en otros; los gastos devengados por el ejercicio de esa función;

Que en tal sentido y en virtud de las permanentes consultas y/o traslados que sobre el tema se realizan ante cada una de las circunscripciones, se dictan las presentes pautas;

Por ello,

EL CONSEJO DIRECTIVO PROVINCIAL

DEL COLEGIO DE PSICOLOGOS

DE SANTA FE

RESUELVE:

Artículo 1: En las causas susceptibles de apreciación pecuniaria, se considera como base mínima para la regulación de honorarios, el 30% de lo que se le regule al curial de la parte vencedora. El Juez o tribunal interviniente de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 361 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley N° 10.160), determinará la regulación sobre el dictamen pericial valorando:

a) La apreciación hecha por el profesional, b) La calidad y extensión de la labor profesional realizada, c) Las ampliaciones del dictamen pericial que a pedido de las partes haya realizado el perito y d) La influencia o trascendencia del dictamen pericial en la decisión del litigio.

Artículo 2: En las causas susceptible de apreciación pecuniaria en la que el perito deba realizar su labor sobre más de una persona en un mismo juicio, deberá adicionársele -al monto de honorarios surgido de lo que se estipula en el Artículo I-, la suma equivalente a Siete (7) Unidades Jus, tantas veces como personas evaluadas, contando a partir de la segunda.

Artículo 3: En los juicios en que el perito psicólogo haya aceptado formalmente el cargo, pero que por razones ajenas a él, no concrete la labor pericial, se le regularán los honorarios en la suma equivalente a Una (1) Unidad Jus.

Artículo 4: En las causas no susceptibles de apreciación pecuniaria, los honorarios serán regulados sobre la base mínima establecida en el artículo primero, teniendo en cuenta lo mencionado en los incisos a), b) c), y d) y lo dispuesto en el art. 5 de la ley 6767.- En caso de realizar la evaluación pericial sobre más de una persona dentro de un mismo proceso, el honorario deberá incrementarse reflejando en forma proporcional la labor desarrollada.

Artículo 5: Los psicólogos cuyo ejercicio de la función pericial devengue gastos extraordinarios, podrán solicitar el anticipo de los mismos ante el Juez o Tribunal competente, fundamentando adecuadamente el motivo de tal solicitud, realizando un detalle de los gastos en los que presumiblemente incurrirá para realizar su labor, además de una razonable cuantificación de los mismos. Se entiende por gastos extraordinarios aquellos que difieren de los ordinarios, es decir, de los que forman parte del ejercicio habitual de la profesión.

Será potestad del Juez o Tribunal interviniente, su otorgamiento como la determinación de la cuantía. Una vez otorgado el anticipo de gastos y finalizada la labor pericial, el perito deberá presentar en el expediente, los comprobantes o facturas donde consten los gastos devengados.

Artículo 6: Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe y hágase conocer a todos los matriculados por correo electrónico y página web institucional.

$ 112 247318 Nov. 20

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MERCADO ARGENTINO

DE VALORES S.A.


AUMENTO DEL CAPITAL SOCIAL


La Asamblea Ordinaria y Extraordinaria del 30/10/2014 resolvió aumentar el capital social en la suma de hasta $ 4.000.000 sin reformar el estatuto social. Al efecto referido, se emitirán 4.000.000 de acciones escriturales, de valor nominal un peso cada una, con derecho a un voto por acción cada una y goce de dividendos a partir del ejercicio en el cual se efectúe su suscripción. La asamblea delegó en el directorio las facultades necesarias para la implementación del aumento de capital, incluyendo la determinación de la oportunidad de cada emisión de nuevas acciones a ser emitidas, así como la forma y condiciones de pago, la fijación de la prima de emisión y la determinación de los restantes términos y condiciones de la emisión. En cumplimiento del artículo 194 de la Ley de Sociedades Comerciales se invita a los Sres. Accionistas a ejercer su derecho de suscripción preferente dentro de los diez (10) días siguientes al de la última publicación, mediante comunicación fehaciente en calle Paraguay 777, piso 8, oficina 1, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

$ 135 247701 Nov. 20 Nov. 25

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MERCADO DE PRODUCTORES Y ABASTECEDORES DE FRUTAS, VERDURAS Y HORTALIZAS DE SANTA FE SOCIEDAD ANONIMA


TRANSFERENCIA DE ACCIONES

NOMINATIVAS


Se comunica a los señores accionistas del “Mercado de Productores y Abastecedores de Frutas, Verduras y Hortalizas de Santa Fe Sociedad Anónima” que el señor RUBENS JOSÉ MARIA CIMAOMO, domiciliado realmente en calle Chacabuco Nº 2328, de la ciudad de Santo Tomé, de la Provincia de Santa Fe, titular del D.N.I. Nro. 11.933.877; ha comunicado a Directorio, por nota recibida en fecha 11 de noviembre de 2014, su decisión de ofrecer en venta Tres Mil Ochocientos Setenta y Cinco (3.875) acciones, de $ 0,10 (valor nominal) cada una, ordinarias, nominativas, no endosables, Clase “A” con derecho a cinco votos por acción, totalmente integradas a la fecha y de las cuales es titular. El precio que ha establecido para cada acción es de pesos Quince ($ 15).

Todo accionista que desee ejercer el derecho de preferencia que le confiere el Art. 194 de la Ley nro. 19.550 y su modificatoria nro. 22.903 y, en especial, el Art. 6° del Estatuto Social, dentro del plazo en ellos indicado, deberá comunicarlo en forma fehaciente a Directorio de la sociedad, en su domicilio legal de calle Tte. Florentino Loza s/nro. de la ciudad de Santa Fe.

DIRECTORIO

Santa Fe, 12 de noviembre de 2014.

$ 135 247204 Nov. 20 Nov. 25

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