GRUPO UNIÓN S.A.
NOTIFICACION
Se notifica que Grupo Unión S.A., con domicilio en San Lorenzo N° 1358, ciudad de Rosario (CP 2000), Provincia de Santa Fe, República Argentina, ha constituido y perfeccionado una prenda de primer grado en favor de Earl Street Investments Ltd., sociedad constituida conforme las leyes de Inglaterra y Gales, conforme lo establecido por el artículo 2219 y subsiguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, sobre todos y cada uno de los préstamos que fueran, otorgados a asociados de Mutual de Jubilados, Retirados y Pensionados Provinciales (“Mutual Provincial”),Unión Provincial Asociación Mutual (“UPAM”), Siempre Joven Asociación Mutual(“Siempra- Joven”), Asociación Mutual de Empleados Sindicatos Unidos y Privados (“AMESUP”), Asociación Mutualista de Empleados Provinciales y Asociados (“AMEPA”),Cooperativa de Crédito, Consumo y Servicios Sociales La Plata Ltda. (“La Cooperativa”). Asociación Mutual del Personal del PAMI (“AMUPPI”) y Asociación Mutual Combatientes en Malvinas de la República Argentina (“AMCMRA) que se identifican con los números: 287668,287708,288036,288106,288195,288272,288309,288415,288426,288675,288772,288775,288797,288822,288853,288883,288945,288982,289070,289142,289181,289185,289271,289320,289352,289482,289624,289715,289835,289843,289887,290027,290042,290086,290176,290195,290196,290201,290216,290219,290262,290266,290294,290336,290347,290384,290386,290401,290403,290431,290435,290440,290492,290510,290513,290577,290597,290670,290716,290718,290787,290809,290835,290844,290874,290883,290886,290892,290917,290919,290922,290941,290970,290983,290987,290999,291027,291056,291067,291078,291130,291236,291272,291328,291385,291393,291401,291454,291463,291508,291509,291535,291565,291566,291584,291587,291591,291612,291620,291621,291629,291640,291666,291668,291691,291729,291832,291833,291834,291836,291837,291838,291840,291842,291843,291844,291845,291846,291848,291849,291851,291852,291855,291856,291860,291861,291862,291863,291864,291865,291867,291868,291870,291871,291872,291876,291877,291878,291881,291882,291883,291885,291886,291887,291888,291889,291890,291891,291892,291893,291894,291895,291896,291900,291901,291903,291905,291906,291907,291908,291909,291912,291913,291915,291916,291918,291919,291920,291921,291922,291923,291925,291926,291927,291928,291929,291930,291932,291933,291934,291935,291936,291937,291938,291939,291940,291941,291942,291943,291944,291945,291946,291947,291948,291949,291950,291951,291952,291954,291957,291959,291960,291962,291964,291966,291967,291968,291973,291974,291978,291981,292000,292002,292023,292043,292051,292059,292096,292104,292108,292122,292131,292137,292142,292144,292150,292161,292165,292172,292181,292185,292192,292213,292222,292224,292236,292245,292247,292249,292253,292262,292272,292283,292288,292303,292317,292327,292340,292342,292382,292397,292398,292402,292409,292414,292423,292427,292429,292440,292441,292459,292474,292490,292504,292506,292508,292511,292513,292518,292529,292554,292556,292565,292571,292574,292607,292616 (en conjunto, los “Préstamos Prendados”). Los Préstamos Prendados fueron otorgados de acuerdo con: (i) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de Julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Nuevo Banco de Santa Fe, (ii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de Julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que tuvieren caja de ahorro o cuenta corriente en el Banco Neuquén S.A., (iii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Mutual Provincial el 29 de julio de 2013, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (iv) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios el 29 de julio de 2013, realizada por Grupo Unión S.A. a UPAM relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (v) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vi) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a Siempre Joven el 29 de julio de 2013 relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (vii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMESUP el 2 de agosto de 2015, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (viii) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMEPA el 02 de agosto de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (ix) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a La Cooperativa el 15 de septiembre de 2016, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Provincial u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados, (x) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMUPPI el 6 de marzo de 2017 y (xi) la Propuesta de Prestación de Servicios Crediticios realizada por Grupo Unión S.A. a AMCMRA el 6 de marzo de 2017, relativa a aquellos potenciales prestatarios que estuviesen en relación de dependencia con diversos empleadores de la Administración Pública Nacional u otros empleadores allí identificados o fuesen jubilados y/o pensionados. La prenda referida ha sido efectuada en garantía de, entre otras, ciertas obligaciones que Grupo Unión S.A. ha asumido en razón de una oferta de préstamo realizada por Grupo Unión S.A., como prestatario, a Earl Street Investments Ltd., como prestamista, en fecha 6 de julio de 2016 (el “Préstamo”). Se notifica a los deudores de los Préstamos Prendados que deberán continuar efectuando los pagos que resulten y/o deriven de los Préstamos Prendados a Grupo Unión S.A. hasta tanto les sea notificado por Earl Street Investments Ltd. o por Banco Coinag S.A. (en su carácter de agente de la garantía) que ha ocurrido un incumplimiento bajo el Préstamo, en cuyo caso los deudores de los Préstamos Prendados deberán realizar en adelante cualquier y todos los pagos debidos bajo y/o derivados los Préstamos Prendados a la cuenta bancaria que sea indicada bajo dicha notificación, sin necesidad de consultar o notificar previamente a Grupo Unión S.A.
$ 400 338347 Oct. 20
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UNIDAD EJECUTORA
CORREDOR VIAL Nº 4 RUTA PROVINCIAL Nº 18 PROVINCIA DE SANTA FE CONSORCIO PUBLICO
NOTIFICACION
Por disposición de la Unidad Ejecutora Corredor Vial N° 4 Ruta Provincial Nº 18 Provincia de Santa Fe, consorcio público, se notifica a CAMPOS MAZZELANI MARCOS MARTÍN, DNI N° 24.333.761, SILVIA ALICIA LIDA, DNI N° 17.406.435 y ABRANCHUK OSCAR ALFREDO, DNI N° 14.753.428 por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) la Resolución Nº CC 017/17 de fecha 11 de abril de 2017- Y Vistos:... Y Considerando:... Por todo lo expuesto el Comité de Administración Resuelve: 1) Rechácese las excepciones de incompetencia planteadas.2) Condénese a CAMPOS MAZZELANI MARCOS MARTÍN al pago de una multa equivalente a la cantidad de 3549 UF, en virtud de lo prescripto por Ley Nacional N° 24449 Decreto Reglamentario 779/95 y Mod. N° 79/98, Ley Provincial Nº 13133 Decreto Prov. N° 2311/99, Ley Prov. N° 12354/04, Decreto 1314/05 siendo solidariamente responsable al cumplimiento de la misma SILVIA ALICIA LIDA y ABRANCHUK OSCAR ALFREDO en carácter de TRANSPORTISTAS y MIGUEL CALDERÓN E HIJOS S.A. y/o CALES BLANCALEY en carácter de cargador en consecuencia de los daños ocasionados por la extralimitación en el peso permitido según lo establecido por la Ley 12.354 (articulo N° 12). 3) Ordénese la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad. 4) Hágase saber -Firmado: Daniel Siliano (Presidente) Gerardo Porfiri (Vicepresidente) Javier Menotti (Secretario).
$ 45 338246 Oct. 20
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NOTIFICACION
Por disposición de la Unidad Ejecutora Corredor Vial N° 4 Ruta Provincial Nº 18 Provincia de Santa Fe consorcio público, se notifica a CONRADO ALBERTO SVEGLIATI, DNI N° 10.247.428, por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por un (1) la Resolución N° CC 031/16 de fecha 30 de Junio de 2016: Y Vistos... Y Considerando:... Por todo lo expuesto el Comité de Administración Resuelve: 1) Rechácese el pedido de nulidad del acta de infracción planteada.2) Condénese a Gómez Stangoni Gerardo Ramón al pago de una multa equivalente a la cantidad de 3192 UF, en virtud de lo prescripto por Ley Nacional N° 24449 Decreto Reglamentario 779/95 y Mod M° 79/98, Ley Provincial Nº 13133 Decreto Prov. N° 2311/99, Ley Prov. N° 12354/04, Decreto 1314/05 siendo solidariamente responsable al cumplimiento de la misma SVEGLIATI CONRADO ALBERTO en carácter de transportista y HORMIGONES CAS S.A. en carácter de cargador y en consecuencia de los daños ocasionados por la extralimitación en el peso permitido según lo establecido por la Ley Nº 12.354 (artículo N° 12). 3) Ordénese la inclusión de los responsables de la carga dentro del Registro de Infractores de la Dirección Provincial de Vialidad. 4) Hágase saber. Daniel Siliano (Presidente); Gerardo Porfiri (Vicepresidente); Javier Menotti (Secretario).
$ 45 338247 Oct. 20
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MUNICIPALIDAD DE FUNES
CONCURSO DE PRECIOS Nº 007/2017
Decreto N° 0268/2017
Mejorado y reacondicionamiento de calles y senderos viales.
Presupuesto Oficial: $ 224.000.
Fecha de apertura: 27 de Octubre de 2017.
Hora de apertura: 10.00 Hs.
Precio del Pliego: $ 224.
Los pliegos podrán ser adquiridos en la sede de la Municipalidad de Funes, sita en Av. Santa Fe 1689 de la ciudad de Funes de lunes a viernes de 08 a 12 horas. Consultas al Tel. 0341-4936027 - Oficina de Compras y Licitaciones.
$ 1080 338160 Oct. 20 Nov. 2
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