picture_as_pdf 2002-09-20

REGISTRADA BAJO EL 12040

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

 

ARTICULO 1°- Declárase Sitio Histórico Provincial el área delimitada por la Parcela 483; Tomo 282 P; Folio 1.964; 98.644; Partida Impuesto Inmobiliario 089951/0000-0; Parcela 501, Subparcela 1, Tomo 267 P, Folio 1.085, 45.488 - Partida Impuesto Inmobiliario 089969/0001-8; Parcela 502, Tomo 238 P, Folio 364, 10.295 - Partida Impuesto Inmobiliario 089970/0000-5 y Parcela 482, Subparcela 3, Tomo 200 P, Folio 1.702, 97.468 - Partida Impuesto Inmobiliario 089950/0003-8, denominada Paraje “Los Cuatro Montes”, por ser el área fundacional de la Comuna de San Jerónimo Norte, departamento Las Colonias.

ARTICULO 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOS.

 

NORBERTO BETIQUE

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

ALBERTO NAZARENO HAMMERLY

Presidente

Cámara de Diputados

Dr. RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

AVELINO A. LAGO

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

 

SANTA FE, 13 Setiembre de 2002.

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes, con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

CARLOS A. REUTEMANN

Gobernador de Santa Fe

 

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