REGISTRADA BAJO EL N°
12040
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTICULO 1°- Declárase Sitio Histórico Provincial
el área delimitada por la Parcela 483; Tomo 282 P; Folio 1.964; N° 98.644; Partida Impuesto Inmobiliario N° 089951/0000-0; Parcela 501, Subparcela
1, Tomo 267 P, Folio 1.085, N° 45.488 - Partida
Impuesto Inmobiliario N° 089969/0001-8; Parcela 502,
Tomo 238 P, Folio 364, N° 10.295 - Partida Impuesto
Inmobiliario N° 089970/0000-5 y Parcela 482, Subparcela 3, Tomo 200 P, Folio 1.702, N°
97.468 - Partida Impuesto Inmobiliario N°
089950/0003-8, denominada Paraje “Los Cuatro Montes”, por ser el área
fundacional de la Comuna de San Jerónimo Norte, departamento Las Colonias.
ARTICULO 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOS.
NORBERTO BETIQUE
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
ALBERTO NAZARENO HAMMERLY
Presidente
Cámara de Diputados
Dr. RICARDO H. PAULICHENCO
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
AVELINO A. LAGO
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
SANTA FE, 13 Setiembre de 2002.
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución
Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de
Leyes, con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
CARLOS A. REUTEMANN
Gobernador de Santa Fe
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