picture_as_pdf 2015-08-20

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación del Distrito Judicial Número Uno de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados “RISSO Carolina Mana y otros c/GRAMAJO Esteban Ricardo s/Ejecución hipotecaria, CUIJ 21-01962074-0. Se cita y emplaza a la deudora y terceros adquirentes si los hubiere, a sus sucesores o administrador provisorio de la herencia o al representante legitimo respectivo en caso de concurso, quiebra o incapacidad, a fin de que dentro de cinco días contados desde la última publicación paguen el importe del crédito, intereses y costas prudencialmente estimadas u opongan excepción legitima, bajo apercibimientos de dictarse sentencia en rebeldía, sin más trámite y darlos por notificados de cualquier resolución o providencia posterior desde su fecha, en relación al inmueble cuyo dominio se encuentra inscripto a nombre de la demandada Esteban Ricardo Gramajo, DNI. 11.085.639, de apellido materno Monteverde, inscripto al Nro. 94993 Folio 4028 tomo 622 Impar de la Sección Propiedades del Departamento La Capital del Registro General, y afectado con gravámenes Hipotecarios de primer grado: registrado en el Registro Gral. de la Propiedad así: inscripto el 18 de marzo de 2013 bajo el Nro. 25082 al Folio 314 tomo 213 del Dpto. La Capital del Registro de Gravámenes por $ 230.805 y, en de segundo grado: registrado en el Registro Gral. de la Propiedad así: inscripto el 05 de septiembre de 2013 bajo el Nro. 98708 al Folio 1307 tomo 218 del Dpto. La Capital del Registro de Gravámenes por $ 113.302. Lo que se hace saber a sus efectos. Edictos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 10 de Agosto de 2015. Fdo: Dra. María del Huerto Guayán, secretaria.

$ 165 268782 Ag. 20 Ag. 26

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita y emplaza a los herederos de la demandada, Sra. ANA MENGA ANTHIENI de REUTLINGER, L.C. 2.394.926, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley tomen intervención en los autos caratulados: “Expte. Nº 171/2014 - COMUNA DE SAN CARLOS SUD c/REUTLINGER, Ana M. A. de s/APREMIO”, tramitados ante el mencionado Juzgado. Santa Fe, 27 de julio de 2015. María Soledad Prieu Mántaras, Prosecretaria.

$ 33 268827 Ag. 20 Ag. 24

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos BENET JORGE s/CONC. PREVENTIVO” (Expte. CUIJ 21-00943708-5) se ha dictado la siguiente resolución: “SANTA FE, 07 de agosto de 2015.-VISTOS: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVO: Declarar concluida la quiebra de JORGE ALBERTO BENET, DNI. 11.903.558, disponiendo el cese de las medidas cautelares anotadas, oficiándose a sus efectos. Publicar la presente sentencia en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley. Dar por concluida la intervención del Sindico. Comunicar la presente resolución al Registro de Procesos Concursales, oficiándose a sus efectos. Regístrese, hágase saber y agréguese copia al legajo correspondiente. Fdo.: Dr. Jorge a Gómez (Secretaria); Dr. Luciano F. Pagliano (Juez).

S/C 268829 Ag. 20 Ag. 21

__________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos “Baigorria, Ana Mercedes s/Quiebra (Expte. N° 21-01960536-9)“ la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 12 de Julio de 2015.- AUTOS Y VISTOS:...; CONSIDERANDO:...; RESUELVO: 1) Declarar la quiebra de Ana Mercedes Baigorria, apellido materno Fernández, argentina, casada, D.N.I. N° 16.863.940, CUIL N° 27-16863940-1, mayor de edad, empleada, domiciliada realmente en Barrio El Pozo Manzana 8 vivienda 7, y legal en calle 4 de Enero N° 1148, 3° A, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 12/08/2015 a las 10.00 hs. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q.- Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 25/09/2015, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. Atento lo resuelto en fecha 23/12/2013 en autos “Petitón, Isabel del Rosario s/Quiebra (Expte. Nº 1063/13), autorizase a la Sindicatura la percepción de la suma de $ 280.- en concepto de arancel (art. 32 LCQ), otorgándosele al mismo el carácter de “Gastos de Conservación y Justicia” y conforme ello, la preferencia del art. 240 LCQ, para aquéllos créditos pretendidos superiores a $ 5.600. 15) Fijar el día 13/10/2015 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 10/11/2015 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 28/12/2015 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos oficíese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agregúese copia. Notifíquese.-Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena: Jueza.- Patricia Mazzi: Secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 12 de Agosto de 2015 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designado Síndico la C.P.N. Degano, Elisa María Teresa con domicilio en calle Corrientes 3521 de esta ciudad.

S/C 268809 Ag. 20 Ag. 26

__________________________________________


En los autos “TURBAY, CINTIA INES s/Quiebra” expediente 21-01962844-9 que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de Santa Fe, se ha designado Síndico a la CPN Laura Alicia Paván, con domicilio en calle Irigoyen Freyre Nro. 2347- 2º B de la ciudad de Santa Fe de esta ciudad, quien atenderá al público, de lunes a viernes de 9 a 17 hs. Firmado: Dr. Walter E. Hrycuk Secretario. Santa Fe, 06 de Agosto de 2015.

S/C 268831 Ag. 20 Ag. 26

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de la Ciudad de Santa Fe se ha dictado la siguiente resolución: “Santa Fe, 30 de Julio de 2015. Y Vistos: Los inconvenientes operativos que genera la acumulación en este Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación, de documental correspondiente a causas que no registran actividad procesal desde un tiempo considerable, siendo necesario adoptar medidas conducentes a un mejor aprovechamiento del espacio físico disponible y, en el marco del proceso de despapelización que ha dispuesto la Excma. Corte Suprema de Justicia, y; Considerando: Que a los fines enunciados precedentemente, resulta oportuno disponer la destrucción de documental, pliegos, alegatos e interrogatorios que se encontraban reservados en Secretaría, correspondientes a expedientes que no han registrado movimiento desde diciembre de 2004, a aquellos que no han sido ingresados en el sistema informático -el cual se implemento en el año 2000-, los remitidos al Archivo General de Tribunales en fecha anterior al 31/12/2004 y aquellos que cuentan con sentencia firme de la Cámara de Apelación u órgano superior. Existe una fuerte presunción de que no se registra interés alguno en el material en cuestión, motivo por el cual se procederá a su destrucción. No obstante, y a fin de evitar cuestionamientos futuros, se procederá a publicar edictos en el BOLETIN OFICIAL y dos avisos en el diario “El Litoral” dando a conocer el presente decisorio, a fin de que los posibles interesados - que pudieren acreditar interés legítimo- se presenten en el Juzgado de lunes a viernes de 8 a 12 hs. a fin de efectuar el requerimiento pertinente, pudiendo realizar dichos reclamos hasta el día 30 de octubre del corriente año inclusive. Por todo lo expuesto: Resuelvo: 1) Disponer la destrucción de la documental, pliegos, alegatos e interrogatorios que se encontraban reservados en Secretaría, correspondientes a expedientes que no han registrado movimiento desde diciembre de 2004, a aquellos que no han sido ingresados en el sistema informático -el cual se implemento en el año 2000-, los remitidos al Archivo General de Tribunales en fecha anterior al 31/12/2004 y aquellos que cuentan con sentencia firme de la Cámara de Apelación u órgano superior. 2) Hacer saber dicho decisorio, a fin de que los posibles interesados en la documental reservada, que pudieren acreditar interés legítimo, se presenten en el Juzgado de lunes a viernes de 8 a 12 hs. a fin de efectuar el requerimiento pertinente, pudiendo realizar dichos reclamos hasta el día 30 de octubre del corriente año inclusive. 3) Publicar edictos en el BOLETIN OFICIAL por tres veces en cinco días y dos avisos en el diario “El Litoral”, un día miércoles y un domingo. 4) Remitir copia de la presente a la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial y a la Excma. Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, a sus efectos. Insértese, archívese y hágase saber. Fdo. Dr. Gabriel O. Abad, Juez; Dra. Adriana L. Benítez, Secretaria. Dra. Mántaras, Prosecretaria.

S/C 268811 Ag. 20 Ag. 24

__________________________________________


Por así estar dispuesto en los autos: “MUSACCHIO, EDGARDO FEDERICO s/Quiebra, (Expte. Nº 21-01961667-0)“, la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 12 de Julio de 2015.- Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Edgardo Federico Musacchio, apellido materno Centurión, argentino, soltero, D.N.I. Nº 11.511.362, CUIL N° 20-11511362-4, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle 4 de Enero 1164, y legal en calle Salta 2791 Of. 4, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del Art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 12/08/2015 a las 10.00 hs. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos.- Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 25/09/2015, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. Atento lo resuelto en fecha 23/12/2013 en autos “Petitón, Isabel del Rosario s/ Quiebra Expte. N° 1063/13)“, autorízase a la Sindicatura la percepción de la suma de $ 280.- en concepto de arancel (art. 32 LCQ), otorgándosele al mismo el carácter de “Gastos de Conservación y Justicia” y conforme ello, la preferencia del art. 240 LCQ, para aquéllos créditos pretendidos superiores a $ 5.600. 15) Fijar el día 13/10/2015 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 10/11/2015 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 28/12/2015 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q.. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275 Inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena: Jueza - Patricia Mazzi: Secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 12 de Agosto de 2015 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designado Síndico el C.P.N. Annichini, Carlos Alberto con domicilio en calle Castellanos 2155 de esta ciudad. Dra. Mazzi, Secretaria.

S/C 268810 Ag. 20 Ag. 26

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados LUNA, ANDREA MELISA s/Quiebra; (Expte. Nº 21-01961557-7), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 13 de Agosto de 2015. Vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Andrea Melisa Luna, DNI Nº 32.059.350, argentina, mayor de edad, empleada, domiciliada en Javier de la Rosa N° 5518 de la ciudad de Santa Fe, y con domicilio ad litem constituido en calle 25 de mayo 2126 Piso 2, Dpto. “B”, de la ciudad de Santa Fe. 2) Decretar la inhibición general del fallido para disponer y gravar bienes registrables, oficiándose a sus efectos. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día 12 de Agosto de 2015 a las 10 horas. 4) Ordenar al fallido y a los terceros que tengan bienes de aquél que los entreguen al Síndico, quien tomará posesión de los mismos. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 6) Interceptar la correspondencia del fallido y disponer su entrega al Síndico, librándose los correspondientes oficios. 7) Ordenar se efectúen las comunicaciones pertinentes para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 103 de la Ley 24.522 respecto del fallido, oficiándose al efecto a la Jefatura de la Policía Federal Argentina- y Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior de la Nación, haciéndose saber que la prohibición de salida el país regirá por un plazo de 18 meses. 8) Designar al Síndico a sortearse para que realice el inventario de los bienes del fallido en el término de tres días. 9) Disponer la inmediata incautación de los bienes. A tal fin se librará mandamiento al señor Oficial de Justicia, debiendo intervenir, de haber aceptado el cargo, el Síndico que se designe. 10) Fijar el día 30 de septiembre de 2015 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 11) Fijar el día 12 de Noviembre de 2015 como fecha en que la Sindicatura deberá presentar el informe individual de los créditos y el 28 de Diciembre de 2015 para que presente el informe general. 12) Disponer la realización de los bienes del fallido en la forma que se determinará una vez realizado el inventario ordenado en el punto octavo. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el Art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio. Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza. Walter E. Hrycuk, Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y de acuerdo a la Ley Nº 11.827, en el lugar habilitado por la CSJP., en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 13 de Agosto de 2015. Dr. Hrycuk, Secretario.

S/C 268706 Ag. 20 Ag. 26

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de la ciudad de Santa Fe, dentro de los autos caratulados PIEDRABUENA, ELISABET GRACIELA c/GAUTO, DARIO ALEJANDRO s/Declaración de Ausencia con presunción de Fallecimiento; Expte. 21-01955366-0, se cita, llama y emplaza una vez por mes, durante seis meses al señor Darío Alejandro Gauto, argentino, casado, D.N.I Nº 18.500.815, de apellido materno Morales, último domicilio conocido Carlos Avalle s/n de la ciudad de San Genaro, Provincia de Santa Fe, para que comparezca a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Fdo.: Dr. Daniel Alonso (Juez); Dra. Silvia Zabala de la Torre (Secretaria). Dr. Silvestrini, Secretario Subr.

$ 66 261094 Ag. 20

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de la ciudad de Santa Fe, Pcia. de Santa Fe, en autos: SILVA YOLANDA ANGELICA y Otros c/MAGDALENA ROBERTO MAXIMILIANO y Otros s/Prescripción Adquisitiva; (Expte. Nº 21-01071826-8, se notifica a los herederos y/o sucesores de los demandados Roberto Maximiliano Magdalena; Oscar Benito Magdalena y Alberto Gabino Magdalena o quien resulte propietario o se considere con derecho sobre el inmueble situado en calle Gdor. Lehman 7951 en la ciudad de Santa Fe; que por decreto de fecha 01 de Julio de 2015, dictado en los autos mencionados, se les ha declarado rebeldes por no comparecer a estar a derecho. Lo que publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 7 de Agosto de 2015. Dra. María Inés Ascua de Leonowiec, Prosecretaria.

$ 33 268799 Ag. 20 Ag. 24

__________________________________________


El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados HSBC BANK ARGENTINA S.A. c/VIDAECHEA PABLO DANIEL s/Ejecutivo; (Expte. 21-01065651-3), se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe, 1 de Julio de 2015. Visto:... Considerando:... Resuelvo: Mandar llevar adelante la ejecución hasta que la parte actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más sus intereses, de conformidad a lo expuesto en los considerandos precedentes y las costas del pleito. Regístrese y hágase saber. Santa Fe, 11 de Agosto de 2015. Fdo. Walter Eduardo Hrycuk (Secretario); Ana Rosa Alvarez, (Jueza). Santa Fe, 11 de Agosto de 2015. Dra. María Inés Ascua de Leonowiec, Prosecretaria.

$ 33 268722 Ag. 20 Ag. 24

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nro. 1, se hace saber que en los autos: ZABALA DIEGO RUBEN s/Solicitud de Propia Quiebra; CUIJ Nº 21-01960280-7, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Diego Rubén Zabala, D.N.I. 24.320.768, de apellido materno Boniardi, argentino, mayor de edad, domiciliado realmente en Gaboto 4500 de la ciudad de Santa Fe y legalmente en calle Regimiento 12 de Infantería 970 de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes de la fallida y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (30/12/2015). 8) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del Art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 12) de la presente. 9) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 26/08/2015 a las 10.00 hs. 11) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia, a cuyo fin se librará el mandamiento respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del Art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra, debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, librándose oficio a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un ano contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. 12) Fijar el día 25/09/2015, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los titules pertinentes. La Sindicatura deberá presentar al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13) Fijar el día 15/10/2015 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 13/11/2015 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 30/12/2015 para la presentación del Informe General. 15) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Unica de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. Firmado: Dr. Daniel Alonso, Juez; Dr. Pablo Silvestrini, Secretario. Secretaría, 12 de Julio de 2015.

S/C 268801 Ag. 20 Ag. 26

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza, titular del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, Dra. Viviana Marín, en los autos caratulados BARONI GUSTAVO CEFERINO c/ERNESTA ROSALIA VIGNATTI y Otros s/Prescripción Adquisitiva; (Expte. C.U.I.J. Nº 21-00028232-1), se cita y emplaza a los Sres. ERNESTA ROSALÍA VIGNATTI DE PANOZZO y/o LUIS PANOZZO y/o FRANCISCO PANOZZO y/o JOSÉ PANOZZO y/o ARGENTINA ROSA PANOZZO y/o a sus herederos y/o a quién resulte titular registral del inmueble y/o a quiénes se consideren con derecho sobre el inmueble que se pretende usucapir, para que comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, en la gestión promovida por el Sr. Gustavo Ceferino Baroni referida a la adquisición del dominio por prescripción adquisitiva sobre el siguiente inmueble: una fracción de terreno, que es parte del solar número noventa, de los que forman el pueblo de Emilia, departamento La Capital, provincia de Santa Fe, compuesta de treinta metros en los costados Este y Oeste, por cuarenta y tres metros con treinta centímetros en los costados Norte y Sud, formando una superficie de mil doscientos noventa y nueve metros cuadrados; que linda: al Norte, calle por medio, con el solar noventa y uno; al Sud, con el resto del solar noventa; al Este, con el solar ciento siete y al Oeste, calle por medio, con el solar ochenta y siete y que se halla inscripta en el Registro General de la Propiedad al T° 113 P F° 134 vto. Nº 60745 Ano 1.951. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 11 de Junio de 2015. Fdo. Dr. Daniel Maurutto, Secretario.

$ 33 268793 Ag. 20 Ag. 26

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 25 de la ciudad de San Genaro, en autos caratulados: SANTA SYLVINA S.A. c/MARROME, CARMEN CATALINA s/Demanda Sumaria; (Expte. N° 78, Año 2014) hace saber que habiendo vencido el término sin que la demandada Sra. Carmen Catalina Marrone, DNI Nº 4.554.628, haya comparecido a estar a derecho, se la declara rebelde, prosiguiendo la causa sin dársele representación. Publíquense edictos por el plazo de dos días (Art. 77 del C.P.C.C. de la Provincia de Santa Fe). Fdo. Dr. Rodolfo Baldani (Juez) Dra. Mariana E. Laborde (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. San Genaro, 7 de Agosto de 2015. Dra. Laborde, Secretaria.

$ 33 268742 Ag. 20 Ag. 24

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Truchet Elvira María, DNI N° 2.410.635, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en hall de Tribunales, a los días 30 del mes de Julio de 2015. Todo así ordenado en autos: TRUCHET ELVIRA MARIA s/Sucesorio” (Expte. Nº 727/1987). Dra. Mántaras, Prosecretaria.

$ 45 268744 Ag. 20 Ag. 26

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 25 de la ciudad de San Genaro, en autos caratulados “SANTA SYLV1NA S.A. c/MARRONE, CARMEN CATALINA s/Demanda Sumaria” (Expte. N° 139, Año 2014) hace saber que habiendo vencido el término sin que la demandada Sra. Carmen Catalina Marrone, DNI Nº 4.554.628, haya comparecido a estar a derecho, se la declara rebelde, prosiguiendo la causa sin dársele representación. Publíquense edictos por el plazo de dos días (Art. 77 del C.P.C.C. de la Provincia de Santa Fe). Fdo. Dr. Rodolfo Baldani (Juez) Dra. Mariana E. Laborde (Secretaria). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. San Genaro, Agosto de 2015. Dra. Laborde, Secretaria.

$ 33 268738 Ag. 20 Ag. 24

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 31 de la ciudad de Sunchales, Provincia de Santa Fe, comunica que en los autos caratulados NEXO EMPRENDIMIENTOS S.A. c/PAEZ TEJADA EMILIANO BLAS ALBERTO s/Ejecutivo - Expediente N° 217/2012, se ha proveído: Sunchales, 28 de Mayo de 2015. Autos Y Vistos:.... Y Considerando:.... Resuelvo: 1.- Hacer lugar a la demanda y en consecuencia mandar a llevar adelante la ejecución, hasta tanto el acreedor perciba totalmente el capital reclamado, con más un interés mensual igual a la tasa activa sumada que cobra el Banco Nación Argentina, no acumulativo comprensivo de compensatorios y punitorios, a partir de la fecha en que era debido, hasta la fecha del efectivo y total pago. 2.- Costas a la demandada. 3.- Difiérase la regulación de honorarios al momento de aprobarse la respectiva liquidación. Archívese original, agréguese copia. Notifíquese. Firmado: Osmar R. Vargas Páscolo, Secretario; Juan Carlos Marchesse, Juez. Firmado: Osmar Vargas Páscolo, Secretario; Dr. Juan Carlos Marchesse, Juez. Publíquese por un día. Sunchales, 06 de Julio de 2015.

$ 45 268725 Ag. 20

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 31 de la ciudad de Sunchales, Provincia de Santa Fe, comunica que en los autos caratulados NEXO EMPRENDIMIENTOS S.A. c/BARROS PABLO JESÚS s/Ejecutivo - Expediente N° 2510/2011, se ha proveído: “Sunchales, 28 de Mayo de 2015.- Autos Y Vistos: .... Y Considerando: .... Resuelvo: 1) Hacer lugar a la demanda y en consecuencia mandar a llevar adelante la ejecución, hasta tanto el acreedor perciba totalmente el capital reclamado, con más un interés mensual igual a la tasa activa sumada que cobra el Banco Nación Argentina, no acumulativo comprensivo de compensatorios y punitorios, a partir de la fecha en que era debido, hasta la fecha del efectivo y total pago. 2) Costas a la demandada. 3) Difiérase la regulación de honorarios al momento de aprobarse la respectiva liquidación. Archívese original, agréguese copia. Notifíquese”. Fdo.: Osmar R. Vargas Páscolo, Secretario; Juan Carlos Marchesse, Juez”. Fdo.: Osmar Vargas Páscolo, Secretario; Dr. Juan Carlos Marchesse, Juez. Publíquese por un día. Sunchales, 06 de Julio de 2015.

$ 45 268728 Ag. 20

__________________________________________


Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Circuito Nº 20 de la ciudad de Gálvez, se cita y emplaza a los herederos de Ovidio Modesto Acevedo, L.E. N° 6.204.574, en los términos del Art. 597 del CPCC, a que comparezcan en los autos caratulados: DURANTE, MARÍA c/ACEVEDO OVIDIO MODESTO y/o TERCEROS OCUPANTES INMUEBLE Y/O SUBINOUILINOS s/Desalojo. Expte. N° 199 - Año 2015” de trámite por ante este Juzgado. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Gálvez, 10 de Agosto del 2015. Dra. Ilera, Secretaria.

$ 33 268721 Ag. 20 Ag. 24

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito Nro. 20 de la ciudad de San Javier, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Florensa Mauricio Miguel, DNI Nro. 10.246.787, para que comparezcan en autos: FLORENSA MAURICIO MIGUEL s/Declaratoria de herederos (Expte. Nro. 85/2015) a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a los efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en las puertas de este Juzgado. San Javier, 06 de Agosto de 2015. Jueza: Dra. Lilián Insaurralde, Secretaria: Dra. Silvina D. Demboryniski.

$ 45 268783 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de la Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: “KELLER, MARGARITA INÉS s/Sucesorio “ (Expte. CUIJ N° 21-01963500-4 - Año 2015), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Margarita Inés Keller, D.N.I. N° 6.543.265, fallecida en fecha 12/10/2013 en la ciudad de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 12 de Agosto de 2015. Dra. María Ester Noé de Ferro, Secretaria.

$ 45 268763 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


Por disposición de la Sr. Juez de Primera Instancia Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Santa Fe, en autos caratulados “MARTINEZ, EMILIO OSCAR s/Sucesorio” CUIJ 21-01962287-5, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Martínez, Emilio Oscar, DNI Nº 13.163.309, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de Ley, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y transparente del Palacio de Tribunales. Santa Fe, 7 de Agosto 2015. Dr. Silvestrini, Secretario Subr.

$ 45 268784 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Onceava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos y legatarios de Alicia Victoria Suñe (D.N.I. 6.728.720), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Autos: “SUÑE, ALICIA VICTORIA s/Sucesorio” CUIJ 21-01961161-9. Dr. Hrycuk, Secretario.

$ 45 268770 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nro. 01 en el Fuero de lo Civil y Comercial de la 11a. Nominación, sito en calle San Jerónimo Nro. 1551, ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, cita a herederos y acreedores de la Sra. Gozal, Mónica Cecilia, D.N.I. Nº 11.723.423, por el término de ley a efectos de hacer valer sus derechos en autos caratulados: “GOZAL, MONICA CECILIA s/Sucesorio” (C.U.I.J. 21-01955257-5). El presente edicto deberá ser publicado por tres (3) días en el BOLETIN OFICIAL. A sus efectos se transcribe la parte pertinente de la providencia que así lo ordena: “Santa Fe, 30 de Octubre del año 2014... Estando acreditado el fallecimiento de Mónica Cecilia Gozal con la partida de defunción acompañada, téngase por iniciado el trámite de su declaratoria de herederos. Publíquese edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y el hall de éstos tribunales... Notifíquese. Fdo: Gustavo Alejandro Ríos - Juez. Dr. Walter Eduardo Hrycuk - Secretario. Santa Fe, 7 de Agosto de 2015. Dra. María I. Ascua de Leonowiec, Prosecretaria.

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos: “OJEDA, GREGORIO OSCAR y Otros s/Sucesorio” (Expte. 21019637821 - Año 2015), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Gregorio Oscar Ojeda, DNI Nº 6.227.296, fallecido en Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en fecha 27/01/1998 y de doña Gladis Hilda Patiño, DNI N° 3.341.977, fallecida en Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en fecha 19/09/2012, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Se publica a los efectos legales en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 11 de Agosto de 2015. Dr. Luciano Pagliano, Juez; Dr. Jorge A. Gómez, Secretario.

$ 45 268785 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: BARREYRO, JUAN JOSE s/Sucesorio” (CUIJ N» 21-01962901-2) se cita, U&na y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de Juan José Barreyro, D.N.I. M. 11.316.267, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que publica en el BOLETÍN OFICIAL. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria) y Dr. Claudio Alejandro Bermúdez (Juez).

$ 45 268819 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación, de la ciudad de Santa Fe, Secretaría del Dr. Pablo Cristian Silvestrini, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Eladio Samuel Nardoni, Documento Nacional de Identidad Nro. 10.891.792, para que se presenten y comparezcan a hacer valer sus derechos en el término de ley en los autos caratulados: “(Expte. Nº CUIJ 21-01959663-7) - NARDONI, ELADIO SAMUEL s/Sucesorio”, tramitados por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe. Lo que se publica por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 11.287 y lo resuelto en Acuerdo Ordinario de la Excma. Corte Suprema de Justicia del 07/02/1996, Acta Nº 3. Santa Fe, 6 de Agosto de 2015. Dr. Silvestrini, Secretario Subr.

$ 45 268828 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados “ZAPATA, PEDRO MANUEL y Otros s/Declaratoria de herederos” (CUIJ: 21-01961837-1), tramitados por ante el Juzgado antes mencionado, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Pedro Manuel Zapata, L.C. o L.E. 2.342.971, y de Juana Medarda Matea Díaz de Zapata, L.C. 1.120.891, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales conforme lo resuelto por la C.S.J.S.F. en el Acuerdo Ordinario celebrado el 07/02/96 Acta N° 3. Santa Fe, 11 de Agosto de 2015. Dra. Taboga, Prosecretaria.

$ 45 268830 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial de Distrito de la 9° Nominación de esta Ciudad, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Miguel Angel Lujan, LE. 6.192.954, para que comparezcan en los autos caratulados: “LUJAN, MIGUEL ANGEL s/Declaratoria de herederos”, Expte. N° 21-01959976-8, Año 2015, que se tramita en el mencionado Juzgado, a nacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales; por lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 10 de Agosto de 2015. Dr. Leizza, Prosecretario.

$ 45 268832 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


Por estar así dispuesto en autos caratulados “CLAUSEN, ROGELIO OCTAVIO s/Sucesorio” ( CUIJ 21-01962963-2/2015 ) en trámite por ante el Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9na. Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de ROGELIO OCTAVIO CLAUSEN, L.E. Nº 6.208.988, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de Ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Ley Nº 11.287. Santa Fe, 10 de Agosto de 2015. Fdo: Dr. Carlos Osvaldo Buzzani, Juez, Dr. Néstor A. Tosolini, Secretario. Dr. Leizza, Prosecretario.

$ 45 268789 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Distrito de la 8va. Nominación de esta ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: “DELFINO, JOSE BAUTISTA y Otros s/Sucesorio” (Expte. 21-01961303-5)“, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don José Bautista Delfino, Doc. Ident. L.E. 3.170.169 y de doña Elsa Crispina Gómez, Doc. Ident. F6.098.953, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 5 de Agosto de 2015. Dra. Mántaras, Prosecretaria.

$ 45 268723 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


TOSTADO

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado - Distrito Judicial Nº 15 - Secretaría única a cargo de la Dra. Marcela A. Barrera, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores del causante don Juan Bautista Romano, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: “Expte. Nº 279- año 2015 - ROMANO JUAN BAUTISTA s/Sucesorio. Tostado, 31 de Julio de 2015. Dra. Barrera, Secretaria.

$ 45 268778 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


SAN JORGE

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo, Distrito N° 11 de la ciudad de San Jorge, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “HEFFNER, MARIA s/Sucesorio” (Expte. Nº 619 año 2015) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. María Heffher, Doc. Ident. N° 2.893.136, fallecida en fecha 15 de Abril del año 2015; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. San Jorge, 29 de Julio de 2015. Dra. Piazzo, Secretaria.

$ 72 268749 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo, Distrito Nº 11 de la ciudad de San Jorge, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: “BUSSO, PEDRO SANTIAGO s/Sucesorio” (Expte. N° 618 año 2015) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. Pedro Santiago Busso, Doc. Ident. N° 6.271.905, fallecido en fecha 17 de Junio del año 2014; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de ley. San Jorge, 29 de Julio de 2015. Dra. Piazzo, Secretaria.

$ 72 268752 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 11 en lo Civil, Comercial y Laboral, con asiento en esta ciudad de San Jorge, en los autos caratulados: “TERAGNI ELVA ADELA s/Sucesorio (Expte N° 723/2015), se cita, llama y emplaza a acreedores, herederos y legatarios de la Sra. Elva Adela Teragni, Doc. Ind. Nº 6.311.634, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. San Jorge, 6 de Agosto de 2015. Dra. Piazzo, Secretaria.

$ 72 268737 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


SAN CRISTOBAL

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaría única de la ciudad de San Cristóbal, en autos caratulados: “FORNERO, ELIDA ROSA s/Sucesorio” (Expte. N° 196 - Año 2015), se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se creyeran con derechos sobre los bienes de la causante, señora Elida Rosa Fornero, D.N.I. N° 0.912.830, para que comparezcan a éste Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. San Cristóbal, 24 de Junio de 2015. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.

$ 45 268765 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaria única de la ciudad de San Cristóbal, en autos caratulados: “CRAVERO, FEDERICO s/Sucesorio” (Expte. N° 309 - Año 2015), se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores, legatarios y a todos aquellos que se creyeran con derechos sobre los bienes del causante, señor Federico Cravero, L.E. N° 7.096.236, para que comparezcan a éste Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. San Cristóbal, 26 de Junio de 2015. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.

$ 45 268766 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito Nº 10 en lo Civil, Comercial y Laboral, Única Secretaria de la ciudad de San Cristóbal, se cita y emplaza a todos los que se consideren con derechos sobre los bienes de Víctor Carmelo Failia, DNI 2.507.043 y de Estanislada Florentín, DNI 3.521.429, por sus fallecimientos, para que los hagan valer dentro del término y bajo apercibimientos de ley en autos “FAILLA VICTOR CARMELO y Otra s/Sucesorio”, Expte. Nº 446 Año 2015. San Cristóbal, 7 de Agosto de 2015. Dr. Ruiz Díaz, Secretario.

$ 45 268698 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


VERA

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En los autos caratulados:”VAZQUEZ CARLOS y Otros s/Sucesorio” Expte. Nro. 249/2015, que se tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de Vera, 2da. Nominación, se ha dispuesto citar, llamar y emplazar a los herederos, legatarios y acreedores y a todos los que tengan derecho para que comparezcan al Juicio Sucesorio de don Carlos Vázquez y Mary Eglis Studer y lo hagan valer, dentro del término de ley. Vera, 10 de Junio de 2015. Dra. Deiber de Fabbro, Secretaria.

$ 33 268806 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


RAFAELA

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados “Expte. N° 7089 - Año 2007 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MORETTO HUGO s/Apremio”, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 23 de Abril de 2010. Y Vistos:... Resulta:... Y Considerando:... Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto, en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese”. Fdo.: Gustavo Mié (Secretario) - Jorge A. Platini (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme Art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 9 de Febrero de 2015. Dr. Mié, Secretario.

S/C 268693 Ag. 20 Ag. 24

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados “Expte. N° 3769 - Año 2009 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/VASQUEZ VALERIA NOEMI s/Apremio”, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 31 de Agosto de 2010. Y Vistos:... Resulta:..., Y Considerando:... Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto, en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Jorge A. Platini (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme Art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 22 de diciembre de 2014. Dr. Mié, Secretario.

S/C 268697 Ag. 20 Ag. 24

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados “EXPTE. N° 1391 - AÑO 2009 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/DIAZ CARLOS MANUEL s/Apremio”, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 20 de Abril de 2010.- Y Vistos:... Resulta:... Y Considerando:... Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con mas un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto, en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese”.- Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Jorge A. Platini (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme Art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 9 de Febrero de 2015. Dr. Mié, Secretario.

S/C 268694 Ag. 20 Ag. 24

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, Secretaría a cargo del Dr. Gustavo Mié, en los autos caratulados “Expte. Nº 3017- año 2009 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/MANSILLA VICTOR s/Apremio”, se hace saber al demandado, Sr. Víctor Mansilla lo siguiente: “Rafaela, 27 de Agosto de 2009. (...) Cítese de remate a la parte demandada para que dentro del término de ocho días oponga excepción legítima alguna, bajo apercibimientos de llevarse adelante la ejecución. (...) Notifíquese”.- Firmado: Jorge A. Platini (Juez); Gustavo Mié (Secretario). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme Art. 28 ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 4 de Febrero de 2015. Dr. Mié, Secretario.

S/C 268699 Ag. 20 Ag. 24

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados “Expte. N° 4731 - Año 2019 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/TRANSP. ANTONIO MANSILLA S.A. s/Apremio”, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la Siguiente resolución: “Rafaela, 13 de febrero de 2012. Y Vistos:... Resulta:... Y Considerando:... Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto, en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Jorge A. Platini (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme Art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 22 de Diciembre de 2014. Dr. Mié, Secretario.

S/C 268719 Ag. 20 Ag. 24

__________________________________________


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 5 de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados “Expte. N° 3664 - AÑO 2009 - MUNICIPALIDAD DE RAFAELA c/HERNANDEZ GUILLERMO s/Apremio, por el presente se le hace saber al demandado que se ha dictado la siguiente resolución: “Rafaela, 31 de Agosto de 2010. Y Vistos:... Resulta:... Y Considerando:... Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la parte Actora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más un interés equivalente al interés de la tasa activa promedio mensual para operaciones de descuento de documentos comerciales que percibe el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Rafaela, no acumulativos, desde la fecha de la liquidación y hasta el efectivo pago. Con costas a la demandada perdidosa. Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto, en la liquidación respectiva se determinen capital e intereses adeudados. Archívese el original, agréguese copia y notifíquese. Firmado: Gustavo Mié (Secretario) - Jorge A. Platini (Juez). Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme Art. 28 Ley 5066 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. Rafaela, 9 de Febrero de 2015. Dr. Mié, Secretario.

S/C 268692 Ag. 20 Ag. 24

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial y laboral de la 3ra. Nominación, ciudad de Rafaela, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante, Allesso, Irene Inés, D.N.I. N°: 06.318.263; argentina; casada; ama de casa, domiciliada en calle Mariano Moreno N° 1486 de la Localidad de Pilar, Dpto. Las Colonias, Pcia. de Santa Fe; nacida el 05 de Abril de 1.916 en Zenón Pereyra, (Santa Fe); fallecida en Pilar, Provincia de Santa Fe, en fecha 30 de Marzo de 2.015; para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos Caratulados “ALLESSO, IRENE INES s/Sucesorio”, Expte. Nº 341/2015, que tramita por ante el Juzgado referido. Los que se publican a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de estos Tribunales, en sede Judicial. Rafaela, 30 de Julio de 2015. Dra. Castellano, Secretaria.

$ 45 268805 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos Expte. 230 Año 2014 MALANO HÉCTOR MIGUEL y Otro s/Sucesorio, se cita y emplaza a acreedores, legatarios y herederos de Héctor Miguel Malano, L.E. N° 6.274.185 Evilda Zulma Margarita Mondino o Zulma Margarita Mondino, L.E. N° 6.088.420, para que dentro del término de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Sucesorio promovido por Estudio Marquínez. Publicaciones por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y conforme artículo 67 C.P.C.C. Rafaela, 10 de Agosto de 2015. Fdo. Hail (Juez) Naveda Marco (Secretaria).

$ 45 268761 Ag. 20 Sep. 2

__________________________________________