picture_as_pdf 2009-08-20

JUZGADO DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia Laboral de la 3° Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos: “TABORDA CESAR DOMINGO c/LOS CONSTITUYENTES S.A. s/C.P.L.” (Expte. 690/05), se ha decretado lo siguiente: “Santa Fe, 12 de Junio de 2009. No habiendo comparecido el demandado a estar a derecho, decláreselo rebelde y téngase por incontestada la demanda. Para que tenga lugar el sorteo de un Defensor Ad Hoc, señálese el día 25 de agosto de 2009 a las 12 hs. Notifíquese por edictos. Las notificaciones que se practiquen por edictos deberán ser fijadas en el espacio habilitado a tales efectos dentro del Tribunal, conforme lo determine la Corte Suprema de Justicia. Notifíquese. Fdo. Patricia N. de Petre (Jueza); Dr. Mario S. Ruiz (Secretario). Santa Fe, 30 de Junio de 2009. Mario S. Ruiz, secretario.

S/C 76001 Ag. 20 Ag. 26

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4° Nominación, en los autos caratulados “GONZALEZ IVANA DANIELA s/Quiebra” (Expte. 1331/08), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, Julio 3 de 2009. ... Autos y Vistos ... Resulta ... Considerando ... Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Ivana Daniela González, argentina, mayor de edad, empleada, soltera, D.N.I.: 28.855.787, domiciliada realmente en calle Santa Rosa 2752 y constituyendo domicilio legal en calle 25 de Mayo 3271 Piso 4to. Oficina B, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3) Decretar la inhibición general de bienes de la fallida, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios. 4) Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida los entreguen al Síndico. 5) Intimar a la fallida para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6) Prohibir a la fallida la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7) Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8) Hacer saber a la fallida que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los Arts. 25 y 103 de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9) Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles de la fallida con los alcances previstos en el Art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el Inc. 10 del Art. 88 de L.C.Q. 10) Designar el día 12/08/09 a las 10.00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11) Fijar el día 18/09/09 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (Art. 32 ley 24.522). 12) Señalar el día 03/11/09 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (Art. 35 ley 24.522) y designar el día 17/12/09 como fecha para que el Síndico presente el informe general (Art. 39 de la ley concursal). 13) Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra la fallida a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del Art. 132 de la ley 24.522. 14) Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el Art. 89 de la L.C.Q. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1986). Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro decreto: “Sta. Fe, Agosto, 12 de 2009. Habiéndose realizado sorteo un síndico bolilla correspondiente al C.P.N. Carlos Sara con domicilio en calle Juan de Garay 2855. Comparezca a aceptar el cargo. Notifíquese”. Fdo.: Dr. Claudio A. Bermúdez (Juez); Dra. Nilda G. Ojeda (Secretaria). Santa Fe, 12 de Agosto de 2009. Nilda G. Ojeda, secretaria.

S/C 75987 Ag. 20 Ag. 26

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Por así estar dispuesto en los autos: “SOSA, RODRIGO GERMAN s/Quiebra”, Expte. Nº 1154/08, el Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3° Nominación, Dr. Norberto Berlanga, ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, 10 de Agosto de 2009. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Rodrigo Germán Sosa, D.N.I. Nº 28.240.987, argentino, soltero, apellido materno Sosa Rey, empleado, domiciliado realmente en calle Pje. Formosa 2045 de la ciudad de Santo Tomé, Pcia. de Santa Fe y legalmente en Monseñor Zazpe 3041 de la ciudad de Santa Fe, lo que se comunicará al Registro Nacional de Concursos y Quiebras, al Registro de Procesos Concúrsales local, a los demás Registros Provinciales y a la Administración Provincial de Impuestos (A.P.I), oficiándose a sus efectos; 2) Ordenar la inhibición general del fallido, debiéndose oficiar a los registros pertinentes; 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero, y la incautación de sus bienes y papeles, que serán entregados al Síndico por intermedio del Oficial de Justicia previa descripción e inventario, todo con las debidas formalidades de ley, con habilitación de los días y horas inhábiles que fueren menester; 4) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 5) Disponer se intercepte la correspondencia del fallido para ser entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la ley 24.522, oficiándose a tal efecto; 6) Hacer saber al fallido que hasta la presentación del informe general sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este tribunal y conforme a lo dispuesto por los arts. 103 de la Ley 24.522, debiendo efectuarse las comunicaciones correspondientes a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior; 7) Desígnase audiencia para el día 12 de Agosto de 2009 a las 10 hs, a los efectos del sorteo de Síndico, lo que se comunicará por oficio al Consejo Profesional de Ciencias Económicas; 8) Oficiar a la empleadora a fin de que a partir de la declaración de quiebra dictada en autos, se practique retención sobre los haberes correspondientes al fallido, en la suma que exceda la ponderación de un salario mínimo, vital y móvil, la que habrá de depositarse en una cuenta judicial abierta en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Agencia Tribunales, a nombre de estos autos y a la orden de este Juzgado, con la debida comunicación. Asimismo se informará si sobre los mencionados haberes se han dispuesto cautelares y/o se efectuaban retenciones en concepto de código de descuentos, los que deberán cesar a partir de la fecha, debiendo en este último caso informar la identidad y domicilio de los acreedores en cuyo favor se efectúan los mismos. 9) Señalar el día 25/09/09, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes a la Sindicatura; 10) Establecer que, dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo para presentar las solicitudes de verificación de créditos ante la Sindicatura, ésta deberá presentar al Juzgado en original y dos copias, una para el legajo previsto en el art. 279 de la Ley 24.522 y otra para ser expuesta en la Mesa de Entradas, un listado de los acreedores insinuados con los montos y privilegios peticionados; 11) Fijar los días 6/11/09 y 21/12/09 para la presentación de los informes individual y general respectivamente; 12) Exhortar a los tribunales ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines y con las excepciones que se han previsto en el art. 132 de la Ley 24.522; y, 13) Ordenar la publicación de edictos conforme a lo dispuesto por el art. 89 de la Ley 24.522 en el BOLETIN OFICIAL. Hágase saber, insértese, agréguese. Fdo. Berlanga: Juez a cargo. Forno de Piedrabuena: Secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 12 de Agosto de 2009 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designada Síndico la C.P.N. Claus María Lucila, con domicilio en calle 4 de Enero 1742 de esta ciudad. Beatriz Forno de Piedrabuena, secretaria.

S/C 75992 Ag. 20 Ag. 26

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Por así estar dispuesto en los autos CETINICH JORGE RAUL s/Quiebra (Expte. 549/09) el Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 3° Nominación, Dr. Norberto Berlanga, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 10 de agosto de 2009. Autos y Vistos:... Considerando:.. Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Jorge Raúl Cetinich, D.N.I. 21.818.453, argentino, casado, apellido materno Acosta, empleado, domiciliado realmente en calle Maletti 2032 de la ciudad de Santo Tomé, Pcia. de Santa Fe y legalmente en 4 de Enero 1872 de la ciudad de Santa Fe, lo que se comunicará al Registro Nacional de Concursos y Quiebras, al Registro de Procesos Concúrsales local, a los demás Registros Provinciales y a la Administración Provincial de Impuestos (A.P.I.), oficiándose a sus efectos; 2) Ordenar la inhibición general del fallido, debiéndose oficiar a los registros pertinentes; 3) Ordenar al fallido y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero, y la incautación de sus bienes y papeles, que serán entregados al Síndico por intermedio del Oficial de Justicia previa descripción e inventario, todo con las debidas formalidades de ley, con habilitación de los días y horas inhábiles que fueren menester; 4) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 5) Disponer se intercepte la correspondencia del fallido para ser entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la ley 24522, oficiándose a tal efecto; 6) Hacer saber al fallido que hasta la presentación del informe general sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este tribunal y conforme a lo dispuesto por los Arts. 103 de la ley 24522, debiendo efectuarse las comunicaciones correspondientes a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior; 7) Desígnase audiencia para el día 12 de Agosto de 2009 a las 10 hs, a los efectos del sorteo de Síndico, lo que se comunicará por oficio al Consejo Profesional de Ciencias Económicas; 8) Oficiar a la empleadora a fin de que a partir de la declaración de quiebra dictada en autos, se practique retención sobre los haberes correspondientes al fallido, en la suma que exceda la ponderación de un salario mínimo, vital y móvil, la que habrá de depositarse en una cuenta judicial abierta en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Agencia Tribunales, a nombre de estos autos y a la orden de este Juzgado, con la debida comunicación. Asimismo se informará si sobre los mencionados haberes se han dispuesto cautelares y/o se efectuaban retenciones en concepto de código de descuentos, los que deberán cesar a partir de la fecha, debiendo en este último caso informar la identidad y domicilio de los acreedores en cuyo favor se efectúan los mismos. 9) Señalar el día 25/09/09, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las solicitudes de verificación de créditos y los títulos pertinentes a la Sindicatura; 10) Establecer que, dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo para presentar las solicitudes de verificación de créditos ante la Sindicatura, ésta deberá presentar al Juzgado en original y dos copias, una para el legajo previsto en el Art. 279 de la ley 24522 y otra para ser expuesta en la Mesa de Entradas, un listado de los acreedores insinuados con los montos y privilegios peticionados; 11) Fijar los días 6/11/09 y 21/12/09 para la presentación de los informes individual y general respectivamente; 12) Exhortar a los tribunales ante los cuales tramitan causas contra el fallido a los fines y con las excepciones que se han previsto en el Art. 132 de la ley 24522; y, 13) Ordenar la publicación de edictos conforme a lo dispuesto por el Art. 89 de la ley 24522 en el BOLETIN OFICIAL. Hágase saber, insértese, agréguese. Fdo: Berlanga, juez a/c. Forno de Piedrabuena, secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 12 de Agosto de 2009 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designada Síndico el C.P.N. Escobar, Roberto Ricardo con domicilio en calle Corrientes 3521 de esta ciudad. Santa Fe, agosto de 2009. Beatriz Forno de Piedrabuena, secretaria.

S/C 75993 Ag. 20 Ag. 26

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4° Nominación, en los autos caratulados: “OVIEDO EDUARDO RAMON s/Quiebra”, Expte. Nº 91/09, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, Julio 3 de 2.009. ...Autos Y Vistos... Resulta.. Considerando.. Resuelvo: 1 Declarar la quiebra de Eduardo Ramón Oviedo, argentino, mayor de edad, empleado, casado, D.N.I. Nº 11.720.294, domiciliado realmente en calle Reinares 8211 y constituyendo domicilio legal en calle 4 de Enero 1148 Dto. 3, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2 Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3 Decretar la inhibición general de bienes de la fallida, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios. 4 Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida los entreguen al Síndico. 5 Intimar a la fallida para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6 Prohibir a la fallida la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8 Hacer saber a la fallida que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley Nº 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9 Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles de la fallida con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley Nº 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del Art. 88 de LCQ. 10 Designar el día 12/08/09 a las 10 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11 Fijar el día 18/09/09 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 12 Señalar el día 03/11/09 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día 17/12/09 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la Ley Concursal). 13 Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra la fallida a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 14 Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETIN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la L.C.Q.. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I., (Art. 23 Ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986). Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro decreto: Sta. Fe, Agosto 12 de 2009. Habiéndose realizado sorteo un sindico bolilla correspondiente a la C.P.N. Viviana Cozza con domicilio en calle 1° de Mayo 4673. Comparezca a aceptar el cargo. Notifíquese. Fdo: Dr. Claudio A. Bermúdez (Juez), Nilda G. Ojeda, secretaria.

S/C 75986 Ag. 20 Ag. 26

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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: “DROGUERA FARMACO SANTA FE S.R.L. s/Concurso preventivo, Hoy Quiebra” (Expte. 334/06), se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el Art. 89 de la ley 24.522, haciendo saber que el 11 de agosto de 2009: 1°) Se ha declarado la quiebra Droguería Fármaco Santa Fe S.R.L., inscripta en el Registro Público de Comercio al T° 12 F° 193 Nº 793 de fecha 28-06-96, con domicilio social en calle Santiago del Estero Nº 3623 de esta ciudad, Pcia. de Santa Fe. 7°) Fijar hasta el día 18 de setiembre de 2009 la fecha hasta la cual los acreedores con crédito con causa posterior a la presentación en concurso, deberán formular las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el artículo 200. 9°) Intimar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida para que dentro del término de 48 horas los entreguen a la Sindicatura. 10°) Intimar a la fallida para que dentro de las cuarenta y ocho horas pongan sus bienes a disposición de la Sindicatura. Asimismo, de conformidad al Art. 27 de la ley 24.522, se informa que se ha designado síndico al C.P.N. Daniel Francisco Piumetti, con domicilio en calle San Martín 2347 P. 2° Ofs. 11 y 12 Galería Florida, Santa Fe. Fdo.: Dr. Daniel O. Celli, Juez; Viviana Marín, Secretaria. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETIN OFICIAL sin cargo (Art. 89 ley 24522). Santa Fe, 12 de agosto de 2009. Gabriela N. Suárez, prosecretaria.

S/C 75936 Ag. 20 Ag. 26

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El Sr. Juez del Juz. de 1° Inst. de Dist. en lo C. y C. de la 8° Nom. de Santa Fe; en los autos: “GUERRA ESTELA AIDA c/BOBBIO FRANCISCO S.R.L. s/Prescripción Adquisitiva”, Expte. Nº 1037/08, hace saber que haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárese rebelde al demandado. Santa Fe, 19 de Junio de 2009. Fdo. Dr. Roberto H. Dellamónica, Juez; Dr. Elio F. Alvarez, secretario. Santa Fe, 28 de Julio de 2009. Elio F. Alvarez, secretario.

$ 11 75922 Ag. 20 Ag. 24

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Por disposición de la Sra. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Secretaría a mi cargo, se hace saber que en autos caratulados: “DESCALZO GUILLERMO ANDRES s/Quiebra”, Expte. Nº 1336/06, que se tramitan ante este Juzgado, se ha presentado el informe final y de manifiesto el proyecto de distribución de fondos, que prescribe el Art. 218 de la Ley 24522. Publíquese edictos por el término de ley. Santa Fe, 13 de Agosto 2009. Germán Aníbal Romero, secretario.

S/C 75926 Ag. 20 Ag. 21

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El Sr. Juez de 1° Instancia de Circuito Nº 27 de la ciudad de San Justo, en los autos caratulados: “COMUNA DE MARCELINO ESCALDA c/BELOTTI CELESTINO y/o Otro/s s/Apremio” (Expte. N° 133/08), se cita por el presente al demandado Belotti, Celestino y/o sus herederos para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Fdo.: Dr. Diego Aldao, Juez, Dr. Julio Henares, secretario por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme al Art. 28 ley 5086 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial N° 3456. San Justo, 27 de julio de 2009. Julio José Henares, secretario.

S/C 75927 Ag. 20 Ag. 24

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El Sr. Juez de 1° Instancia de Circuito Nº 27 de la ciudad de San Justo, en los autos caratulados: “COMUNA DE MARCELINO ESCALDA c/MOLINA LEGUIZAMON de ESCALADA YRIONDO LANDA y/o Otro/s s/Apremio” (Expte. N° 134/08), se cita por el presente al demandado Molina Leguizamón de Escalada Yriondo, Yolanda y/o sus herederos para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Fdo. Dr. Diego Aldao, Juez, Dr. Julio Henares, secretario, por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme al Art. 28 ley 5086 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la ley provincial Nº 3456. San Justo, 18 de mayo de 2009. Julio José Henares. secretario.

S/C 75928 Ag. 20 Ag. 24

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El Sr. Juez de 1° Instancia de Circuito N° 27 de la ciudad de San Justo, en los autos caratulados: “COMUNA DE MARCELINO ESCALDA c/MOLINA LEGUIZAMON DE ESCALADA YRIONDO, YOLANDA Otro/s s/Apremio”, Expte. Nº 134/08, se cita por el presente al demandado Georgina Escalada Yriondo de Yriondo, para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Dr. Diego Aldao Juez, Dr. Julio Henares, secretario por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme al Art. 28 Ley 5086 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial Nº 3456. San Justo, 27 de Julio de 2009. Julio José Henares, secretario.

S/C 75958 Ag. 20 Ag. 24

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El Sr. Juez de 1° Instancia de Circuito N° 27 de la ciudad de San Justo, en los autos caratulados: “COMUNA DE MARCELINO ESCALDA c/ESCALADA MARCELINO y/o Otro/s s/Apremio”, Expte. Nº 135/08, se cita por el presente al demandado Escalada Marcelino y/o sus herederos para que dentro del termino de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legitima, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Fdo. Dr. Diego Aldao, Juez, Dr. Julio Henares, secretario, por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme al Art. 28 Ley 5086 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. San Justo.27 de julio de 2009. Julio José Henares, secretario.

S/C 75946 Ag. 20 Ag. 24

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El Sr. Juez de 1° Instancia de Circuito N° 27 de la ciudad de San Justo, en los autos caratulados: “COMUNA DE MARCELINO ESCALDA c/ESCALADA YRIONDO MIGUEL y/o Otro/s s/Apremio”, Expte. Nº 147/08, se cita por el presente al demandado Escalada Yriondo Miguel y/o sus herederos para que dentro del término de 8 (ocho) días comparezca y oponga excepción legítima, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Fdo. Dr. Diego Aldao, Juez, Dr. Julio Henares, secretario. Por lo que se publica el presente por 3 (tres) días conforme al Art. 28 Ley 5086 y sin cargo de acuerdo a lo normado por la Ley Provincial N° 3456. San Justo, 27 de Julio de 2009. Julio José Henares, secretario.

S/C 75962 Ag. 20 Ag. 24

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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia Civil y Comercial de Distrito de la 3° Nominación de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y Legatarios de ROMAN RAQUEL D.N.I. Nº 1.792.340 fallecida el 5 de Octubre de 2004 en Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimiento de Ley, lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Transparente del Palacio de Tribunales. Santa Fe, 4 de Agosto de 2009. Beatriz Forno de Piedrabuena, secretaria.

$ 15 75963 Ag. 20 Set. 2

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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia en lo Civil y Comercial de la 8° Nominación, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante MATILDE CRISTOFOLI (L.C. Nº 6.093.328), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos de conformidad con lo dispuesto por Ley 11.287 y acuerdo N° 3 aprobado el 7/2/96, por el corte suprema de Justicia de Santa Fe. Santa Fe, 2 de Julio de 2009. Elio F. Alvarez, secretario.

$ 15 75961 Ag. 20 Set. 2

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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 1° Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Daniel O. Celli, Secretaría única a cargo de la Dra. Viviana E. Marín, se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de Don ALDO HUMBERTO MARELLI, L.E. N° 6.237.606, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley, por estar así dispuesto en el expediente caratulado: Marelli Aldo Humberto s/Sucesorio. Expediente N° 809/09, lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y se exhibirán los mismos en el Hall de Planta baja de estos Tribunales de la ciudad de Santa Fe. Santa Fe, 11 de agosto de 2009. Gabriela N. Suárez, prosecretaria.

$ 15 75965 Ag. 20 Set. 2

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Por disposición del Juez de 1° Instancia de Distr. en lo Civil y Comercial de la 3ª. Nominación de esta ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados Morinico Bienvenido Espíritu s/Decl. de Herederos. Expte. 1242/08, se cita llama y emplaza a los herederos acreedores y legatarios de Don BIENVENIDO ESPIRITU MORINICO, L.E. 6.160.229 para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 14 de mayo de 2009. Beatriz Forno de Piedrabuena, secretaria.

$ 15 75918 Ag. 20 Set. 2

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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9ª. Nominación de Santa Fe, en los autos Nardoni Leandro Abel s/Sucesorio Expte. 644/09 se cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores y/o a quienes pretendan hacer valer sus derechos sobre los bienes del causante en autos Don LEANDRO ABEL NARDONI D.N.I. 6.205.151. Santa Fe, 6 de agosto de 2009. Jorge Alberto Gómez, secretario.

$ 15 75990 Ag. 20 Set. 2

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Por disposición del Sr. Juez de 1ª. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 4° Nominación de Santa Fe, en los autos caratulados Pastorelli Luisa Prima s/Sucesorio. Expte. 638/09, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de PASTORELLI LUISA PRIMA L.C. N° 6.107.897 a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Santa Fe, 10 de agosto de 2009. Nilda G. Ojeda, secretaria.

$ 15 75999 Ag. 20 Set. 2

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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª. Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: Tonon Clodomiro Luis s/Sucesorio (Expte. 1496/08) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don TONON CLODOMIRO LUIS, D.N.I. 10.065.122, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. El presente Edicto se publica por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL, exhibiéndose conforme lo disponen la ley 11287 y la acordada vigente, cumplimentándose ley 8744. Santa Fe, 30 de junio de 2009. María del Huerto Guayán, secretaria.

$ 15 75915 Ag. 20 Set. 2

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TOSTADO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Dr. Rubén A. Cottet, Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Nº 15 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado, Secretaría Unica, a cargo del Dr. Guillermo N. Loyola, en los autos caratulados: (Expte. N° 279/09) “Ravelo Miguel Angel s/Sucesorio” se cita, llama y emplaza a todos los que se crean con derechos a los bienes dejados por el causante don MIGUEL ANGEL RAVELO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Publíquense edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Tostado, 7 de Julio de 2009. Guillermo N. Loyola, secretario.

$ 15 75998 Ag. 20 Set. 2

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SAN JORGE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito Nº 11 de San Jorge en autos: “COMUNA DE CAÑADA ROSQUIN c/NICOLI, OMAR FELIX y Otra s/Ordinario” (Expte. N° 178/09), se ha ordenado lo siguiente: “San Jorge, de 25 Junio de 2009. Declárase rebelde a los demandados. Notifíquese. Fdo Dra. Patricia Laura Mazzi, Secretaria. Dr. Tristán R. Martínez, Juez”. San Jorge, 3 de Julio de 2009. Patricia Laura Mazzi, secretaria.

S/C 76068 Ag. 20 Ag. 26

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito Judicial Nº 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Vera, Depto Vera, Pcia. de Santa Fe, a cargo del Dr. Eduardo Germán Fabro, Juez a/c. Dr. Alejandro Rodríguez, Secretario, en los autos caratulados “DIETTERE ANDREA DANIELA c/ZALAZAR RUBEN s/Ejecutivo”, Expte. Nº 1346/08, que se tramitan por ante el Juzgado de 1° Instancia de Distrito Judicial N° 13 en lo Civil, Comercial y Laboral de ésta ciudad de Vera, Depto Vera, Pcia. de Santa Fe, se ha ordenado lo siguiente: Vera, 29 de Julio de 2009. Agréguense los edictos con certificación del actuario. Declárese rebelde a los herederos de Rubén Zalazar. Notifíquese. Fdo. Dr. Eduardo Germán Fabro, Juez a/c. Dr. Alejandro Rodríguez, Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Puertas del Juzgado. Vera, Agosto de 2009. Alejandro H. Rodríguez, secretario.

$ 15 75979 Ag. 20 Ag. 26

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El Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito Judicial Nº 13 en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Vera, secretaría del Dr. Alejandro H. Rodríguez, llama a los herederos, acreedores y legatarios del causante, AMANDO OSCAR ANGULO, L.E. Nº 6.329.592 en autos “Ángulo, Amando Oscar s/Sucesorio”, Expte. Nº 788/09, por el término de diez días, para que comparezcan a éste Tribunal, a hacer valer sus derechos. Vera, 11 de Agosto de 2009. Alejandro H. Rodríguez, secretario.

$ 15 76052 Ag. 20 Set. 2

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El Sr. Juez de Distrito N° 13 de Vera, cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios y acreedores y a todos los que tengan derecho para que comparezcan al juicio sucesorio de don ISMAEL LUQUE y de ADELA REGINELLI (Expte. Nº 568/09) bajo apercibimientos y dentro del termino de ley. Fdo. Dr. Luis O. Silva, Juez a/c. Dr. Alejandro H. Rodríguez, Secretario. Vera, Junio de 2009. Alejandro H. Rodríguez, secretario.

$ 15 76039 Ag. 20 Set. 2

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos Expediente 1338/07. PEROTTI OVIDIO NESTOR c/SCHUPER CRISTIAN SERGIO s/Ejecutivo, se hace saber al demandado lo ordenado en autos Libro 14 Sentencia 514 F. 025 Año 2009. Rafaela, 31 de julio de 2009. y Vistos: Estos caratulados: Expte. N° 1338/07 Perotti, Ovidio Néstor c/Schuper Cristian Sergio s/Ejecutivo. Resulta:. y Considerando:.. Resuelvo: Llevar adelante la ejecución hasta que la acreedora se cobre íntegramente la suma de $ 1.900, con más el interés que, a la tasa promedio mensual activa, en pesos, no acumulativa, establezca el Banco de la Nación Argentina para operaciones de documentos, desde la fecha vencimientos de la obligación y hasta la del efectivo pago y costas. Diferir la regulación de honorarios hasta que se liquide el capital y los intereses. Archívese el original, expídase copia y hágase saber. Rafaela, 5 de agosto de 2009. Fdo: Dra. Liliana G. Maina de Beldomenico, Jueza, Elido G. Ercole, secretario a/c.

$ 11 75904 Ag. 20 Ag. 24

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil, Comercial y del Trabajo de la 4ª. Nominación de la ciudad de Rafaela, en autos caratulados: Ocampo Jorge Omar s/Sucesorio (Expte. 1108/09), se cita y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de OCAMPO JORGE OMAR, D.N.I. N° 11.766.566, para que en el plazo y bajo los apercibimientos de la ley comparezca a hacer valer sus derechos. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y en Sede Judicial; conforme lo dispuesto en la ley 11.287 y acuerdo del 7/2/96 acta 3. Rafaela, 3 de agosto de 2009. Elido G. Ercole, secretario.

$ 15 76053 Ag. 20 Set. 2

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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de la ciudad de Rafaela, se cita y emplaza a los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Don LEONILDO ALFREDO MIGUEL RINAUDO, para que en el término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, a sus efectos se publican edictos en el BOLETIN OFICIAL y en Sede Judicial por el término de ley en los autos: Expte. N° 817/09. Rinaudo Leonildo Alfredo Miguel s/Sucesorio, iniciado con el patrocinio de las Dras. María Adela Salari y María José Brocca. Rafaela, 24 de julio de 2009. Héctor Raúl Albrecht, secretario.

$ 24 76060 Ag. 20 Set. 2

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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito N° 5 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de la ciudad de Rafaela, se cita y emplaza a los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Don DANIEL GOLDEMBERG, para que en el término y bajo apercibimiento de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, a sus efectos se publican edictos en el BOLETIN OFICIAL y en Sede Judicial por el término de ley en los autos: Expte. N° 982/09 - Goldemberg, Daniel s/Sucesorio, iniciado con el patrocinio de la Dra. María Adela Salari. Rafaela, 5 de agosto de 2009. Carlos Molinari, secretario.

$ 24 76058 Ag. 20 Set. 2

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Por disposición de la Sra. Juez de 1° Instancia de Distrito N° 5 Civil, Comercial y del Trabajo de la 2ª. Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados: Busso Edith Teresita s/Sucesorio (Expte. N° 982/09), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. BUSSO, EDITH TERESITA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Sede Judicial (Art. 67 C.P.C.C. Ref. Ley 11.287). Rafaela, 4 de agosto de 2009. Elido G. Ercole, secretario.

$ 11 75995 Ag. 20 Set. 2

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RECONQUISTA

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JUZGADO FEDERAL


En los autos caratulados: “AGUIRRE ALCIDES ELIGIO y Otros c/BANCO DE LA NACION ARGENTINA s/Laboral y Medida Cautelar” Expte. Nº 1187/05, que se tramita por ante el Juzgado Federal de 1° Instancia de la ciudad de Reconquista, Secretaría Civil a mi cargo, se ha dispuesto citar por el término de cinco (5) días a los herederos y/o sucesores del Sr. Julio Hacen, para que comparezcan a estar a derecho, todo bajo apercibimientos de nombrar en su representación al Sr. Defensor Oficial. Publíquese en el BOLETIN OFICIAL y en un periódico de circulación en el último domicilio conocido del deudor por el término de ley. Reconquista, 9 de Febrero de 2009. Andrea I. de Ramseyer, secretaria.

$ 15 76009 Ag. 20 Ag. 26

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia Civil y Comercial, 3° Nominación, Distrito 4, Reconquista, se cita, llama y emplaza, a los herederos, acreedores y legatarios de don RICARDO AMARO FISCH, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: “Fisch Ricardo Amaro s/Sucesorio”, Expte. 391/09, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Reconquista, 3 de Julio de 2009. Esteban Montyn, secretario.

$ 15 76042 Ag. 20 Set. 2

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Por disposición de la Sra. Juez de 1° Instancia de Distrito Nº 4, en lo Civil y Comercial, de la 3ª Nominación de la ciudad de Reconquista, en los autos caratulados: “Tedesca Victorino s/Sucesorio” (Expte. Nº 638/09), se cita, llama emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y/o todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por don VICTORIO TEDESCA, para que dentro del término de ley comparezcan a hacerlos valer. Reconquista, 3 de Agosto de 2009. Esteban R. Montyn, secretario.

$ 15 76036 Ag. 20 Set. 2

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de Reconquista, Dr. José M. Zarza, Secretaría de la Dra. P. Vanrrell, en los autos caratulados: “ROMERO GLORIA NELIDA c/BOYKO DEMETRIO y Otro s/Declaratoria de Pobreza”, Expte. 1146/08, se ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 19/03/09. Haciéndose efectivos los apercibimientos, declárase rebelde a los demandados. Notifíquese. Fdo. Dra. P. Vanrrell, Secretaria. Dr. J. M. Zarza, Juez. Reconquista, 9 de Junio de 2009. Patricia Vanrrell, secretaria.

S/C 75959 Ag. 20 Ag. 24

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