picture_as_pdf 2018-07-20

REGISTRADA BAJO EL Nº 13765


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

ARTÍCULO 1 - Apruébase el Convenio Marco para la Implementación del Programa Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables en la Provincia de Santa Fe, celebrado en fecha 20 de febrero de 2017, entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe.

Dicho Convenio, fue aprobado ad referéndum de esta Legislatura por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 1129 del 03/05/17 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales el día 3 de mayo de 2017, con el Nº 7637, Folio 25, Tomo XIV, cuyo texto se agrega e integra la presente.

ARTÍCULO 2 - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA TREINTA Y UNO DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO.

ANTONIO JUAN BONFATTI

Presidente

Cámara de Diputados

C.P.N. RUBÉN PIROLA

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Dr. MARIO GONZALEZ RAIS

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Dr. RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,

17 JUL 20


De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.


La presente Ley se publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado - 3 de Febrero 2649 2° Piso, oficina n° 227, Santa Fe Tel. 0342-4506607 - e-mail: tecnicalegislativa@santafe.gov.ar

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